INTERPRETACIÓN LEYES ADMINISTRATIVAS: El ordenamiento jurídico administrativo requiere para su interpretación de métodos que este artículo establece (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
DERECHO COLECTIVO DE TRABAJO PÚBLICO: Se muestran los principales temas del servicio civil en derechos colectivos como sindicación, negociación colectiva y huelga (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
METODOLOGÍA DE ANÁLISIS DE LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS: Se establecen los criterios para determinar la existencia de una barrera burocrática ilegal y/o irrazonable (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
PERMUTA DE PERSONAL: Es una forma de desplazamiento de personal que tiene por objeto mejorar la calidad de vida de los servidores públicos facilitando la unidad familiar y garantizando la salud (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Elementos que hacen al proceso contencioso en el Perú como la vía idónea, hacia la creación de un proceso contencioso administrativo de tutela de derechos (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
DESCRIPCIÓN DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN EL SECTOR PÚBLICO (PERÚ): A través de presentaciones, se muestran los principales temas de la negociación de los servidores públicos con las entidades del Estado. Nota: estas diapositivas serán utilizadas en la ponencia del 03/05/16 que se realizará en la Corte Superior de Justicia de Tacna organizada por el GRUPO CROMEO (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
PRÓRROGA DE LA COMPETENCIA TERRITORIAL EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO: Un tema de discusión para el acceso a la justicia en lo contencioso administrativo (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
LEGITIMACIÓN ADMINISTRADOS: Desde el punto de vista de la legislación boliviana se muestra como se hace el tratamiento de los administrados en el procedimiento administrativo (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
DERECHO COLECTIVO DE TRABAJO PÚBLICO: Se muestran los principales temas del servicio civil en derechos colectivos como sindicación, negociación colectiva y huelga (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
METODOLOGÍA DE ANÁLISIS DE LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS: Se establecen los criterios para determinar la existencia de una barrera burocrática ilegal y/o irrazonable (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
PERMUTA DE PERSONAL: Es una forma de desplazamiento de personal que tiene por objeto mejorar la calidad de vida de los servidores públicos facilitando la unidad familiar y garantizando la salud (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Elementos que hacen al proceso contencioso en el Perú como la vía idónea, hacia la creación de un proceso contencioso administrativo de tutela de derechos (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
DESCRIPCIÓN DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN EL SECTOR PÚBLICO (PERÚ): A través de presentaciones, se muestran los principales temas de la negociación de los servidores públicos con las entidades del Estado. Nota: estas diapositivas serán utilizadas en la ponencia del 03/05/16 que se realizará en la Corte Superior de Justicia de Tacna organizada por el GRUPO CROMEO (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
PRÓRROGA DE LA COMPETENCIA TERRITORIAL EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO: Un tema de discusión para el acceso a la justicia en lo contencioso administrativo (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
LEGITIMACIÓN ADMINISTRADOS: Desde el punto de vista de la legislación boliviana se muestra como se hace el tratamiento de los administrados en el procedimiento administrativo (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
SILENCIO ADMINISTRATIVO EN LA LEY 27444: Estando a la reciente modificación de la Ley 27444 y la derogación de la Ley que regulaba en silencio administrativo, se analizan las principales modificaciones que se han dado en nuestro ordenamiento jurídico (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
PODERES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA: Los poderes o funciones del Estado son: judicial, legislativo, gobierno y administrativo. Este poder administrativo se divide en: jerárquico, disciplinario, reglamentario y policía. El poder de policía se divide en administrativo y judicial (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
CPE COMO CUADRO DE CATEGORÍAS: Se hace un análisis del Cuadro de Puestos de la Entidad previsto en la Ley 30057 en relación al cuadro de categorías (Autor José María Pacori Cari)
LAS VACACIONES EN EL DECRETO LEG. 276: Se muestran los principales temas de la regulación de las vacaciones para los servidores de carrera (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
TIPOS DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA. Se muestran los diversos tipos de responsabilidad en la que pueden incurrir los agentes públicos en el ejercicio de la función pública (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
LOS PRINCIPIOS GENERALES DE LA LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN BOLIVIA...Alan Vargas Lima
En fecha 23 de abril de 2002, se promulgó la Ley Nº2341 de Procedimiento Administrativo –publicada en la Gaceta Oficial de Bolivia Nº2390, en fecha 25 de abril de 2002–, que surgió con el objeto principal de establecer las normas que regulan la actividad administrativa y el procedimiento administrativo del sector público; hacer efectivo el ejercicio del derecho de petición ante la Administración Pública; así como regular la impugnación de actuaciones administrativas que afecten derechos subjetivos o intereses legítimos de los administrados y, regular procedimientos especiales. Al año siguiente, en fecha 23 de julio de 2003, se emitió el Decreto Supremo Nº27113, que aprueba el Reglamento a la Ley Nº2341 de Procedimiento Administrativo, extendiendo su ámbito de aplicación al entonces “Poder Ejecutivo, que comprende la administración nacional, las administraciones departamentales y las entidades desconcentradas y descentralizadas”, así como las Empresas públicas y Sociedades de economía mixta, que deben sujetarse a dicho Reglamento para el ejercicio de la función administrativa.
Al presente, resulta conveniente realizar una sistematización jurisprudencial de los hitos más importantes que ha tenido la jurisprudencia emitida por el Tribunal Constitucional (desde su primera época, en la época de transición, y en la época plurinacional), y que han coadyuvado de manera importante al mejor conocimiento sobre los alcances de las disposiciones contenidas en la Ley de Procedimiento Administrativo Boliviano, a fin de comprender la aplicación práctica del derecho a la petición en el ámbito de la Administración Pública, a la luz de los Principios Generales de la Actividad Administrativa, considerados como las directrices o líneas rectoras dentro de cuyo marco deben desarrollarse las distintas instituciones del procedimiento administrativo.
Las Sentencias Constitucionales Plurinacionales en Bolivia - 2017Alan Vargas Lima
Muestra algunos aspectos relevantes sobre la configuración constitucional del Tribunal Constitucional Plurinacional en Bolivia, los Principios procesales de la Jurisdicción Constitucional, haciendo énfasis en la fuerza vinculante de la Jurisprudencia Constitucional en Bolivia.
TÉRMINOS Y PLAZOS: Se hace un comentario a las normas que regulan los términos y plazos en el procedimiento administrativo del ordenamiento jurídico boliviano (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
CURSO DE INVESTIGACIÓN JURÍDICA - CÓMO HACER UNA TESIS JURÍDICA - Se subieron vídeos de este curso, en esta oportunidad se ofrece el íntegro de las diapositivas utilizadas para este curso, de no entender la diapositiva, se sugiere recurrir a los vídeos de explicación (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
SILENCIO ADMINISTRATIVO EN LA LEY 27444: Estando a la reciente modificación de la Ley 27444 y la derogación de la Ley que regulaba en silencio administrativo, se analizan las principales modificaciones que se han dado en nuestro ordenamiento jurídico (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
PODERES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA: Los poderes o funciones del Estado son: judicial, legislativo, gobierno y administrativo. Este poder administrativo se divide en: jerárquico, disciplinario, reglamentario y policía. El poder de policía se divide en administrativo y judicial (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
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LOS PRINCIPIOS GENERALES DE LA LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN BOLIVIA...Alan Vargas Lima
En fecha 23 de abril de 2002, se promulgó la Ley Nº2341 de Procedimiento Administrativo –publicada en la Gaceta Oficial de Bolivia Nº2390, en fecha 25 de abril de 2002–, que surgió con el objeto principal de establecer las normas que regulan la actividad administrativa y el procedimiento administrativo del sector público; hacer efectivo el ejercicio del derecho de petición ante la Administración Pública; así como regular la impugnación de actuaciones administrativas que afecten derechos subjetivos o intereses legítimos de los administrados y, regular procedimientos especiales. Al año siguiente, en fecha 23 de julio de 2003, se emitió el Decreto Supremo Nº27113, que aprueba el Reglamento a la Ley Nº2341 de Procedimiento Administrativo, extendiendo su ámbito de aplicación al entonces “Poder Ejecutivo, que comprende la administración nacional, las administraciones departamentales y las entidades desconcentradas y descentralizadas”, así como las Empresas públicas y Sociedades de economía mixta, que deben sujetarse a dicho Reglamento para el ejercicio de la función administrativa.
Al presente, resulta conveniente realizar una sistematización jurisprudencial de los hitos más importantes que ha tenido la jurisprudencia emitida por el Tribunal Constitucional (desde su primera época, en la época de transición, y en la época plurinacional), y que han coadyuvado de manera importante al mejor conocimiento sobre los alcances de las disposiciones contenidas en la Ley de Procedimiento Administrativo Boliviano, a fin de comprender la aplicación práctica del derecho a la petición en el ámbito de la Administración Pública, a la luz de los Principios Generales de la Actividad Administrativa, considerados como las directrices o líneas rectoras dentro de cuyo marco deben desarrollarse las distintas instituciones del procedimiento administrativo.
Las Sentencias Constitucionales Plurinacionales en Bolivia - 2017Alan Vargas Lima
Muestra algunos aspectos relevantes sobre la configuración constitucional del Tribunal Constitucional Plurinacional en Bolivia, los Principios procesales de la Jurisdicción Constitucional, haciendo énfasis en la fuerza vinculante de la Jurisprudencia Constitucional en Bolivia.
TÉRMINOS Y PLAZOS: Se hace un comentario a las normas que regulan los términos y plazos en el procedimiento administrativo del ordenamiento jurídico boliviano (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
CURSO DE INVESTIGACIÓN JURÍDICA - CÓMO HACER UNA TESIS JURÍDICA - Se subieron vídeos de este curso, en esta oportunidad se ofrece el íntegro de las diapositivas utilizadas para este curso, de no entender la diapositiva, se sugiere recurrir a los vídeos de explicación (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
AGOTAMIENTO DE LA VÍA ADMINISTRATIVA COMO REQUISITO PERVERSO: En reciente Casación, la Corte Suprema establece los casos en los cuales no sería exigible el agotamiento de la vía administrativa, pese a que la ley exigiría su agotamiento (COMPILADOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
REQUISITOS PARA INGRESAR AL SERVICIO CIVIL: Se hace un desarrollo normativo de los requisitos que exige la Ley del Servicio Civil para ingresar al servicio del Estado (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
OBJETO - ÁMBITO - EXCLUSIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN BOLIVIA. Se muestran alcances sobre el objeto de la regulación del procedimiento administrativo, el ámbito de la aplicación normativa del procedimiento administrativo y la exclusión de actuaciones administrativas (AUTOR José María Pacori Cari)
CAUSALES DE NULIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO. El acto administrativo se encuentra protegido por el principio de presunción de validez por el cual se presume que el acto es válido mientras la ley o un mandato judicial declaren su nulidad, por lo que es importante establecer cuáles son las causales de nulidad del acto administrativo, en el cuadro que se ofrece al lector podrá observar además de las causales de nulidad del acto administrativo su desarrollo debidamente sustentado en el derecho positivo (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI).
REQUISITOS DE VALIDEZ DEL ACTO ADMINISTRATIVO. Se establecen los requisitos de validez del acto administrativo para comprender su naturaleza jurídica (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
Esta ponencia fue presentada a la Asociación Argentina de Derecho Administrativo y tiene por objeto establecer las formas de interpretación que tiene la autoridad administrativa al momento de aplicar el derecho (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
SEGURIDAD SOCIAL EN IBEROAMÉRICA: Recientemente, en el Diario Oficial El Peruano (Separata Especial) se ha publicado (16-11-2016) el Acuerdo de Aplicación del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (COMPILADOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
ACTUACIONES ESTATALES: Se hace una descripción de los actos que un Estado puede realizar desde actos legislativos, actos jurisdiccionales, actos de gobierno y actos administrativos, dentro de los cuales encontramos otras manifestaciones (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
ORGANISMOS CONSTITUCIONALMENTE AUTÓNOMOS: Se hace una descripción de las principales características de los organismos constitucionalmente autónomos creados por la Constitución peruana (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
EXONERACIÓN DE PAGO DE AUTOVALÚA PARA ADULTO MAYOR: Ahora el adulto mayor no pensionista al igual que el pensionista tiene derecho a esta exoneración (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
GESTIÓN DE LA CAPACITACIÓN: Se muestran los elementos esenciales del proceso de capacitación en la Ley del Servicio Civil (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
CAUSALES DE EXONERACIÓN DE RESPÓNSABILIDAD ADMINISTRATIVA: Se hace un análisis de los supuestos que eximen de responsabilidad administrativa, la conducta faltosa será típica pero no antijurídica (AUTOR: JOSÉ MARÍA PACORI CARI)
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES. Se puede solicitar a las entidades públicas inicien de procedimientos de revisión de los actos administrativos que agravian derechos fundamentales (autor José María Pacori Cari).
EL RÉGIMEN LABORAL DE LOS TRABAJADORES DEL PODER JUDICIAL. Teniendo en cuenta la Ley 26586 vigente y aplicable como ley especial antes que el régimen de contratación administrativa de servicios (autor José María Pacori Cari).
INTRODUCCIÓN AL DERECHO ADMINISTRATIVO DE TRÁNSITO. Se ofrece al lector un análisis de los fundamentos del Derecho Administrativo de Tránsito, estableciendo una definición, su normatividad básica y principios de regulación (autor José María Pacori Cari)
LOS PUESTOS EN LA LEY DEL SERVICIO CIVIL – LEY 30057. Se ofrece al lector un análisis jurídico – administrativo de los puestos en el servicio civil, teniendo en cuenta la importancia del cumplimiento del perfil del puesto (autor José María Pacori Cari)
EL ASISTENTE ADMINISTRATIVO EN EL SECTOR PÚBLICO. Se hace un análisis del cargo de asistente administrativo desde el empleo público hasta el servicio civil, funciones e intervención en los sistemas administrativos (autor José María Pacori Cari)
MODELO DE CARTA NOTARIAL PARA EL PAGO DEL SUBSIDIO POR MATERNIDAD DIRIGIDO A UNA ENTIDAD PÚBLICA. Ante el incumplimiento del pago de este subsidio, usted podría solicitar formalmente su pago a través de una carta notarial (autor José María Pacori Cari)
EL SILENCIO POSITIVO EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR. Se ofrece al lector un análisis jurídico – administrativo del silencio administrativo aplicable en los procedimientos administrativos sancionadores (Autor José María Pacori Cari).
LA ESTABILIDAD LABORAL DE LOS TRABAJADORES CAS EN LA LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2024. Irrenunciabilidad del derecho al trabajo de los Trabajadores CAS. En este artículo se sustenta la defensa de los derechos laborales del trabajador CAS (autor José María Pacori Cari)
LA NOVACIÓN EN EL CONTRATO DE TRABAJO. Se analiza la aplicación de la novación en el Derecho del Trabajo a través de la sustitución de una obligación laboral primigenia por una nueva obligación laboral por el acuerdo expreso o tácito entre el empleador y el trabajador (autor José María Pacori Cari)
ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO. Se hace un análisis de los elementos sustanciales y formales del contrato de trabajo, partiendo de su clasificación, sujetos y capacidad, para analizar la prestación de servicios, remuneración y subordinación (autor José María Pacori Cari)
LA DELEGACIÓN DE FIRMA EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO. El titular de un órgano administrativo puede delegar su firma a un subalterno sin alterar su competencia (autor José María Pacori Cari)
MODELO RECURSO DE APELACIÓN EN EL DISCIPLINARIO DE LAS FUERZAS ARMADAS. Iniciado el procedimiento disciplinario e impuesta una sanción disciplinaria, el miembro de las fuerzas armadas puede interponer apelación (autor José María Pacori Cari)
EL PRINCIPIO DE REALIDAD EN EL DERECHO ADMINISTRATIVO. Las normas administrativas deben aplicarse e interpretarse conforme a la realidad (autor José María Pacori Cari).
EL TRABAJO NOCTURNO EN EL SECTOR PÚBLICO. Se hace un análisis de la jornada y horario de trabajo nocturno de los trabajadores estatales (autor José María Pacori Cari)
MODELO DE CONTESTACIÓN DE DEMANDA DE ALIMENTOS DE MENOR DE EDAD. Habiendo sido notificado con la demanda de alimentos, el demandado debe presentar su contestación (autor José María Pacori Cari)
MODELO DE DEMANDA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA CONTRA EL SAT. Se muestra como impugnar judicialmente papeletas confirmadas por el SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima (autor José María Pacori Cari)
INAPLICACIÓN DEL PRECEDENTE HUATUCO A LOS TRABAJADORES DE LAS SOCIEDADES DE BENEFICENCIA. A los trabajadores de las Sociedades de Beneficencia no les es aplicable el precedente Huatuco al no ser las Sociedades de Beneficencia entidades públicas, ni estar sujetas al sistema administrativo de gestión de recursos humanos (autor José María Pacori Cari)
MODELO DE DESCARGOS AL INFORME FINAL DE INSTRUCCIÓN (IFI) EN EL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR DE TRÁNSITO. Se muestra cómo realizar descargos al IFI antes de la resolución final (autor José María Pacori Cari)
MODELO DE SOLICITUD PARA EXTENDER EL EJERCICIO DE LA CARRERA MÉDICA HASTA LOS 75 AÑOS. Reconocimiento del derecho del médico nombrado a la extensión del límite de edad para prestar servicios en el sector público hasta los 75 años de edad (autor José María Pacori Cari)
MODELO DE QUEJA CONTRA DISPOSICIÓN FISCAL DE ARCHIVO. Cuando se presenta una denuncia al fiscal penal, éste podría disponer el archivo de la denuncia, supuesto en el cual se puede presentar una queja (autor José María Pacori Cari).
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
INTERPRETACIÓN DE LAS LEYES ADMINISTRATIVAS - JOSÉ MARÍA PACORI CARI la gaceta jurídica 25-12-16
1. La Paz, dOminGO 25 de diciembre de 2016 5ensayos
La interpretación de las leyes administrativas
MÉTODOS Y COMPRENSIÓN
l artículo 2 del Código Civil y Co-
mercial de la Nación, Ley 26.994
(Argentina), establece que “la ley
debe ser interpretada teniendo en cuenta
sus palabras, sus finalidades, las leyes
análogas, las disposiciones que surgen de
los tratados sobre derechos humanos, los
principios y los valores jurídicos, de modo
coherente con todo el ordenamiento”.
Así establece métodos de interpreta-
ción que se debe tener en cuenta al apli-
car las normas jurídicas. La generalidad
del término ley implica su comprensión
desde un punto de vista material e implica
cualquier disposición normativa emitida
por una entidad competente. En este con-
texto y desde un punto de vista adminis-
trativo, explicamos los métodos de in-
terpretación de la normatividad civil.
INTERPRETACIÓN OBJETIVA
Donde la ley no distingue, la indicación de
que la ley debe ser interpretada teniendo
en cuenta sus palabras es aplicable a las
leyes administrativas, en concreto a las
normas jurídicas administrativas. Una pa-
labra es un segmento del discurso. La pala-
bra es una unidad léxica constituida por un
sonido o conjunto de sonidos articulados
con significado fijo y categoría gramatical.
En el Derecho Administrativo, las au-
toridades administrativas solo pueden ha-
cer aquello que expresamente les autoriza
la ley, para esto la autoridad administrati-
va toma en cuenta las palabras que for-
man oraciones en las leyes que aplican. El
significado de las palabras que conforman
una norma jurídica es importante para la
interpretación y posterior aplicación de
las normas del derecho administrativo.
Antes de aplicar una norma administra-
tiva, la autoridad administrativa le da lec-
tura, luego, busca el significado de cada
una de las palabras que conforman la nor-
ma. Hallados los significados, reconstruye
la norma, la vuelve a leer y le da un signifi-
cado acabado que le permite su aplicación.
La autoridad administrativa aplica las
leyes para cumplir su función pública. La
primera forma de interpretación que realiza
esta autoridad es la de normas en base a
las palabras que las componen, para ello
parte de su sentido común, de un dicciona-
rio para reconstruir conjuntos de palabras y
darles un significado para volver a la norma
primigenia, ya con significado, y proceder
a su aplicación. No dudamos que la autori-
dad administrativa puede recurrir a fuentes
del derecho administrativo como la doctrina
y la jurisprudencia, para dar un significado
a las palabras que comprende la ley.
INTERPRETACIÓN FINALISTA
La ley administrativa debe ser interpreta-
E
José María Pacori Cari*
da tomando en cuenta sus finalidades.
Las expresiones con varios sentidos de-
ben entenderse en el más adecuado a la
naturaleza y al objeto del acto.
La interpretación de las normas de dere-
cho administrativo sustantivo debe ser de
forma que mejor atienda el fin público al
cual se dirigen, preservando razonablemen-
te los derechos de los administrados.
La creación o inicio de una ley admi-
nistrativa tiene como fin el público, no
existe un fin privado. Esta finalidad tiene
que ver con lo que interesa a toda la co-
lectividad de un Estado. La interpretación
de las normas administrativas debe tener
en cuenta el interés público.
Es decir, la autoridad administrativa de-
be establecer cuál es la finalidad pública de
la norma, a partir de esto analizará los su-
puestos de hecho para establecer si se res-
peta la finalidad pública y que no se favorece
a una finalidad privada. En el caso del doble
cargo remunerado, evidentemente, se puede
verificar que la finalidad pública es la pro-
tección de los recursos del estado, impi-
diendo ocupar dos cargos públicos o per-
cibir dos remuneraciones del Estado.
INTERPRETACIÓN SISTEMÁTICA
La ley debe ser interpretada teniendo en
cuenta las leyes análogas. Esta es una in-
terpretación sistemática de normas jurídi-
cas. Para la interpretación de una norma
jurídica la autoridad administrativa recu-
rrirá a otras normas análogas o compati-
bles con la norma a interpretarse.
Las normas jurídicas son interpretadas
unas por medio de las otras, atribuyéndo-
se a las dudosas el sentido que resulte del
conjunto de todas. La norma primigenia es
la base de la interpretación normativa,
puesto que a partir de esta se buscará
normas análogas que mejoren la interpre-
tación de la norma inicial, la autoridad ad-
ministrativa por el principio de legalidad,
antes de aplicar las leyes, las interpreta y,
A partir de
la finalidad
pública de
la norma
se analiza
los supuestos
de respeto a
esta finalidad.
FOTO:lABrechA.me
en su labor, combina normas análogas que
justificarán su decisión, esto dará lugar a
la motivación de sus decisiones.
INTERPRETACIÓN PREFERENTE
DE LOS DERECHOS HUMANOS
La ley debe ser interpretada teniendo en
cuenta las disposiciones que surgen de
los tratados sobre derechos humanos. An-
tes indicamos que la finalidad de las nor-
mas administrativas es pública.
Esto comprende que existe la finalidad
pública de proteger y defender los dere-
chos fundamentales de la personas. “Tal
circunstancia genera el cumplimiento del
deber de oficialidad por parte de los órga-
nos públicos en la medida en que existe la
inexorable necesidad de satisfacer el inte-
rés público de proteger y defender los de-
rechos fundamentales de la persona”.
La autoridad administrativa realiza
una interpretación de las normas admi-
nistrativas teniendo en cuenta los dere-
chos humanos que les asisten a los
administrados conforme a los tratados
que haya ratificado el Estado.
INTERPRETACIÓN POR PRINCIPIOS
La ley debe ser interpretada teniendo en
cuenta los principios. Los principios genera-
lesdelderechoadministrativosonfuentesdel
derecho que sirven para interpretar el orde-
namiento jurídico administrativo positivo.
Podemos encontrar la interpretación de
las normas administrativas al tener en
cuenta el principio de informalidad, confor-
me a este principio las normas de derecho
administrativo procedimental deben ser in-
terpretadas en forma favorable a la admi-
sión y decisión final de las pretensiones de
los administrados, esto es que en caso de
duda sobre la interpretación de una norma
del procedimiento administrativo se estará
a lo que favorece a los administrados.
La autoridad administrativa utiliza
principios generales del derecho para in-
terpretar normas administrativas, estos
principios pueden provenir del mismo or-
denamiento jurídico administrativo o de
otros ordenamientos jurídicos, como en
este caso el laboral.
INTERPRETACIÓN DEONTOLÓGICA
La ley debe ser interpretada teniendo en
cuenta los valores jurídicos. Cuando ha-
blamos de valor nos referimos a lo que tie-
ne un grado de utilidad para satisfacer las
necesidades de los seres humanos, será
jurídico si el ordenamiento lo incorpora.
La moral, por sí misma, no es un valor
jurídico. Por ejemplo, ninguna regulación
del procedimiento administrativo puede
interpretarse de modo tal que ampare al-
guna conducta contra la buena fe proce-
sal. Otros valores son libertad, justicia,
bienestar y paz.
En conclusión, la nueva normatividad
civil y comercial establece métodos de in-
terpretación de cualquier ley, inclusive la
administrativa. Estos métodos de inter-
pretación son: objetivo, finalista, sistemá-
tico, preferencia de derechos humanos,
por principios y valores. Estos métodos
pueden ser utilizados por la autoridad ad-
ministrativa en la interpretación de nor-
mas antes de acceder a su aplicación. La
utilización de estos métodos no es exclu-
yente de otros.
ista en
* Es catedrático de Derecho Administrativo de la
Universidad José Carlos Mariátegui, Perú, y
miembro de la Asociación Argentina de Derecho
Administrativo.
Referencias
Decreto Legislativo 295 (1984) Código
Civil. 27 de julio de 1984. Perú: Poder
Ejecutivo.
Ley 19.549 (1972). Ley de Procedimiento
Administrativo. 27 de abril de 1972. Argentina:
Presidente de la Nación.
Ley 24.185 (1992). Convenciones
Colectivas de Trabajo. 16 de diciembre de
1992. Argentina: Senado y Cámara de
Diputados de la Nación.
Ley 25.164 (1999). Ley Marco de regula-
ción del Empleo Público Nacional. 06 de octu-
bre de 1999. Argentina: Senado y Cámara de
Diputados de la Nación.
Ley 26.994 (2014). Código Civil y
Comercial de la Nación. 07 de octubre del
2014. Argentina: Senado y Cámara de
Diputados de la Nación.
Ley 27444 (2001). Ley del Procedimiento
Administrativo General. 11 de abril del 2001.
Lima, Perú: Congreso de la República.
Sentencia del Tribunal Constitucional
(2004). Exp. 0569-2003-AC/TC Nemesio
Echevarría Gómez. 05 de abril del 2004. Lima,
Perú: Tribunal Constitucional.
ón de
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