IVA Y RETENCION EN LA FUENTE
1 consultar concepto de IVA
IVA (Impuesto al valor agregado)
Es un impuesto sobre las ventas, comúnmente denominado Impuesto al valor agregado IVA, es un gravamen que recae sobre el consumo de bienes servicios y explotación de juegos de suerte y azar. Es un impuesto de orden nacional, indirecta, de naturaleza real, de causación instantánea y de régimen general. En la Colombia se aplica en las diferentes etapas del ciclo económico de la producción, distribución comercialización e importación.
Es un impuesto, por consiguiente es una obligación pecuniaria que debe sufragar el sujeto pasivo sin ninguna contraprestación directa. Es del orden nacional porque su ámbito de aplicación lo constituye todo el territorio nacional y el titular de la acreencia tributaria es la nación. Es indirecta porque entre el contribuyente, entendiendo como quien efectivamente asume la carga económica de impuesto y la nación como sujeto activo, acreedor de la obligación tributaria, mediante un intermediario denominado responsable.
2. de que tarta el estatuto tributario
ESTATUTO TRIBUTARIO
En el Estatuto Tributario se encuentran las normas correspondientes al contenido de los impuestos de renta y complementarios, ventas, timbre y retención en la fuente, como también los procedimientos respectivos.
El Estatuto recoge y amplía los principios generales de la Constitución Nacional sobre esta materia, la cual es esencialmente compleja y extensa. Sus artículos definen términos, establece" sujetos de los tributos y aclaran situaciones que normalmente surgen de su aplicación.
Se refiere el Estatuto a qué es el impuesto sobre la renta y los denominados complementarios, cuáles son los sujetos pasivos, las sociedades y entidades sometidas al impuesto, las entidades contribuyentes, los contribuyentes de régimen tributario especial, las sociedades extranjeras contribuyentes, quiénes no son contribuyentes.
De igual modo, diferencia los ingresos de fuente nacional y de fuente extranjera y establece con total claridad cuáles ingresos no se consideran de fuente nacional.
3. Clasificación de los bienes para afectos del IVA
CLASIFICACION DE LOS BIENES CORPORALES MUEBLES PARA EFECTOS DEL IVA
GRAVADOS
Son aquellos a los que se les aplica la tarifa general del 16% o una tarifa diferencia, según el caso.
EXENTOS
Tienen un tratamiento especial y se encuentran gravados a la tarifa 0 (cero)
Los productores y los exportadores, tienen la calidad de responsables del IVA con derecho a impuestos descontables y devoluciones, con la obligación de inscribirse y declarar bimestralmente.
En la venta de bienes exentos los comerciantes no son responsables ni están sometidos al régimen del impuesto sobre las ventas y, por lo tanto, no se encuentran en la obligación de inscribirse en el RUT, ni de dar cumplimiento a ninguna otra obligación que la ley expresamente señale para quienes sí revistan la calidad de respons
Este documento proporciona definiciones y explicaciones de varias cuentas clave de activo y pasivo. Define activo como los bienes y derechos de propiedad de la empresa, y pasivo como las deudas y obligaciones de la empresa. Explica conceptos como capital contable, capital propio y capital social. También describe cuando aumentan y disminuyen varias cuentas de activo como caja, bancos, mercancías, clientes, terrenos, edificios y equipo.
Este documento describe la cuenta 74 de descuentos, rebajas y bonificaciones concedidos. Explica que esta cuenta acumula los descuentos y bonificaciones distintos a los de pronto pago, y proporciona ejemplos de su aplicación al cerrar la cuenta y trasladar los saldos a las cuentas de margen comercial u otras cuentas relacionadas.
Este documento describe un proyecto para controlar y emitir comprobantes fiscales de forma electrónica. Explica las características, funcionamiento y cronograma del proyecto, así como las definiciones de los diferentes tipos de comprobantes fiscales. También compara la experiencia de países como Argentina, Chile, México y Bolivia con sistemas similares.
El documento describe las ecuaciones contables y financieras, incluyendo la ecuación tradicional de Activo = Pasivo + Patrimonio. Explica los componentes del activo, pasivo y patrimonio, así como los ingresos, gastos, costos de producción y ventas. También proporciona ejemplos de transacciones contables relacionadas con cuentas como caja, bancos, deudores e inventarios.
La NIIF 6 establece pautas para el tratamiento contable de los gastos de exploración y evaluación de recursos minerales. Permite que las entidades continúen aplicando sus políticas contables existentes para dichos gastos, pero exige que realicen pruebas de deterioro del valor cuando haya indicios de que el valor en libros de los activos exceda su valor recuperable, midiendo cualquier deterioro identificado de acuerdo con la NIC 36. Además, requiere la revelación de información sobre los importes relacionados con la exploración y evaluación
Este documento describe los conceptos, clasificaciones y tipos de combinaciones de negocios. Explica que una combinación de negocios es la unificación de empresas independientes que da como resultado una nueva entidad económica. Describe los métodos aplicables como el método de compra y el método de adquisición de intereses. También cubre los aspectos fiscales de las combinaciones de negocios y las diferencias temporales que pueden surgir.
La empresa debe registrar los espárragos a su valor razonable de S/238,525 en lugar del valor en libros de S/184,000. El valor razonable se determina en base a la cotización internacional de US$3.50 por kilo y el tipo de cambio de S/2.90 por dólar. Al valor razonable se le restan los costos de venta estimados de S/17,600, resultando en una ganancia por medición al valor razonable de S/31,850.
Las cuentas son registros de transacciones expresadas en dinero que representan conceptos abstractos de las operaciones de una empresa. Existen cuentas reales que forman parte del balance, como activo, pasivo y patrimonio, y cuentas nominales del estado de ganancias y pérdidas, como ingresos, gastos, costos de ventas. Las cuentas se debitan o acreditan dependiendo si aumentan o disminuyen, y tienen saldos debito o crédito.
Este documento proporciona definiciones y explicaciones de varias cuentas clave de activo y pasivo. Define activo como los bienes y derechos de propiedad de la empresa, y pasivo como las deudas y obligaciones de la empresa. Explica conceptos como capital contable, capital propio y capital social. También describe cuando aumentan y disminuyen varias cuentas de activo como caja, bancos, mercancías, clientes, terrenos, edificios y equipo.
Este documento describe la cuenta 74 de descuentos, rebajas y bonificaciones concedidos. Explica que esta cuenta acumula los descuentos y bonificaciones distintos a los de pronto pago, y proporciona ejemplos de su aplicación al cerrar la cuenta y trasladar los saldos a las cuentas de margen comercial u otras cuentas relacionadas.
Este documento describe un proyecto para controlar y emitir comprobantes fiscales de forma electrónica. Explica las características, funcionamiento y cronograma del proyecto, así como las definiciones de los diferentes tipos de comprobantes fiscales. También compara la experiencia de países como Argentina, Chile, México y Bolivia con sistemas similares.
El documento describe las ecuaciones contables y financieras, incluyendo la ecuación tradicional de Activo = Pasivo + Patrimonio. Explica los componentes del activo, pasivo y patrimonio, así como los ingresos, gastos, costos de producción y ventas. También proporciona ejemplos de transacciones contables relacionadas con cuentas como caja, bancos, deudores e inventarios.
La NIIF 6 establece pautas para el tratamiento contable de los gastos de exploración y evaluación de recursos minerales. Permite que las entidades continúen aplicando sus políticas contables existentes para dichos gastos, pero exige que realicen pruebas de deterioro del valor cuando haya indicios de que el valor en libros de los activos exceda su valor recuperable, midiendo cualquier deterioro identificado de acuerdo con la NIC 36. Además, requiere la revelación de información sobre los importes relacionados con la exploración y evaluación
Este documento describe los conceptos, clasificaciones y tipos de combinaciones de negocios. Explica que una combinación de negocios es la unificación de empresas independientes que da como resultado una nueva entidad económica. Describe los métodos aplicables como el método de compra y el método de adquisición de intereses. También cubre los aspectos fiscales de las combinaciones de negocios y las diferencias temporales que pueden surgir.
La empresa debe registrar los espárragos a su valor razonable de S/238,525 en lugar del valor en libros de S/184,000. El valor razonable se determina en base a la cotización internacional de US$3.50 por kilo y el tipo de cambio de S/2.90 por dólar. Al valor razonable se le restan los costos de venta estimados de S/17,600, resultando en una ganancia por medición al valor razonable de S/31,850.
Las cuentas son registros de transacciones expresadas en dinero que representan conceptos abstractos de las operaciones de una empresa. Existen cuentas reales que forman parte del balance, como activo, pasivo y patrimonio, y cuentas nominales del estado de ganancias y pérdidas, como ingresos, gastos, costos de ventas. Las cuentas se debitan o acreditan dependiendo si aumentan o disminuyen, y tienen saldos debito o crédito.
El documento define los diferentes tipos de pasivos de una empresa. Explica que el pasivo está constituido por todas las obligaciones y deudas de una empresa, como préstamos de instituciones financieras. Describe los pasivos a corto plazo (deudas que se pagan en menos de un año), pasivos a largo plazo (más de un año) y pasivos diferidos (ingresos cobrados por adelantado como rentas o intereses). También identifica cuentas específicas del pasivo como proveedores, documentos por pagar, acreedores y
El documento presenta un plan de cuentas para una empresa o entidad. Explica que un plan de cuentas proporciona una estructura organizada para el sistema contable de una organización y permite obtener información sobre sus finanzas de manera sencilla. Detalla que debe ser amplio, flexible y usar un sistema de codificación numérica para agrupar cuentas. A continuación, presenta un ejemplo de plan de cuentas para una unidad educativa con cuentas de activos, pasivos, patrimonio, ingresos y gastos.
El documento describe los papeles de trabajo del auditor, los cuales constituyen la evidencia documental del trabajo realizado. Explica que los papeles de trabajo incluyen cédulas que contienen información obtenida y elaborada por el auditor durante todas las etapas de la auditoría, desde la planificación hasta la emisión del informe. También clasifica los papeles de trabajo y describe los diferentes tipos de cédulas, marcas de auditoría y archivos relacionados con los papeles de trabajo.
Diapositivas ajustes de cuentas y hoja de trabajoDaniela G.
Este documento explica diferentes tipos de ajustes contables que se realizan al final de un periodo contable para asegurar que los saldos de las cuentas reflejen correctamente su valor. Describe ajustes comunes como los realizados a las cuentas de caja, bancos, inventarios, cuentas por cobrar, depreciación de activos fijos y más. Además, explica cómo contabilizar estos ajustes a través de asientos contables.
1. La contabilidad se basa en el sistema de partida doble donde cada transacción afecta a dos o más cuentas. 2. Las transacciones de negocios afectan directamente los componentes de la ecuación contable básica. 3. El documento explica conceptos contables como activos, pasivos, capital contable, cuentas, diario general, impuestos y el proceso contable.
Sección 18: Activos Intangibles distintos de la PlusvaliaLorena Escobar Ruiz
Este documento proporciona información sobre la contabilización e información financiera de activos intangibles de acuerdo con la Sección 18 de la NIIF para PYMES. Explica cómo determinar si un activo intangible cumple las condiciones para su reconocimiento, cómo medirlos inicial y posteriormente, y qué revelaciones se deben incluir en los estados financieros sobre los activos intangibles.
El documento describe los cambios realizados a las cuentas del activo disponible y exigible en el Plan Contable General Empresarial (PCGE) respecto al Plan Contable General de la República del Perú (PCGR). Se explican las nuevas denominaciones y definiciones de las cuentas que comprenden desde la 10 hasta la 19, las cuales incluyen efectivo, inversiones financieras, cuentas por cobrar comerciales y no comerciales.
El documento habla sobre la Norma Internacional de Auditoría 580 sobre representaciones de la administración. La NIA establece que el auditor debe obtener evidencia escrita de la administración reconociendo su responsabilidad sobre los estados financieros y aprobarlos. También debe obtener una carta de representación detallando afirmaciones clave. Si la administración se niega a proporcionar esta carta, el auditor debe calificar su opinión debido a una limitación al alcance de su trabajo.
Este documento describe las diferentes categorías de pasivos que una empresa puede tener. Explica que el pasivo está representado por todas las deudas y obligaciones de la empresa, incluyendo deudas tributarias, remuneraciones por pagar, deudas a proveedores, obligaciones financieras, y provisiones. Divide el pasivo en corriente (deuda a menos de un año) y no corriente (deuda a más de un año) y proporciona ejemplos de cuentas que pertenecen a cada categoría.
Este documento resume los conceptos clave de la retención en la fuente en Colombia. Explica que la retención en la fuente es un mecanismo de recaudo anticipado de impuestos aplicado por agentes retenedores como entidades públicas y privadas. Detalla las obligaciones de los agentes retenedores como retener, declarar y conservar registros de las retenciones realizadas. También explica casos en los que no se aplica la retención y cómo se contabiliza contablemente.
El documento define los componentes del activo, pasivo y patrimonio de una empresa. El activo incluye recursos tangibles e intangibles que posee la empresa. Se divide en activo corriente, como efectivo y mercaderías, y no corriente, como cuentas por cobrar y activos fijos. El pasivo incluye obligaciones de la empresa, dividido en corriente, como deudas a corto plazo, y no corriente, como deudas a largo plazo. El patrimonio representa los recursos aportados por los socios y util
Este documento presenta las cuentas contables más importantes, incluyendo proveedores, documentos por pagar, acreedores diversos, impuestos por pagar, IVA trasladado, IVA por trasladar, IVA por pagar, documentos por pagar a largo plazo, acreedores hipotecarios, capital social, capital suscrito no pagado, utilidad del ejercicio, y utilidad o pérdida del ejercicio. Define el cargo y abono de cada cuenta y indica que la mayoría de los saldos son acreedores.
El grupo de pasivo diferido comprende obligaciones de la empresa por efectivo recibido anticipadamente para prestar servicios en varios ejercicios. Los ingresos recibidos por anticipado no se contabilizan como ingresos del período actual sino cuando se presta el servicio. Igualmente, los ajustes a cuotas por variaciones de precios y las utilidades en ventas a plazos solo se reconocen cuando se recupera la cartera del cliente.
El documento habla sobre el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en México. Explica el origen del IVA, quiénes deben pagarlo, cómo se declara a través del Formulario 29, los medios y lugares para declarar el IVA, y qué hacer si se venció el plazo. También define los conceptos de IVA Acreditable, que es el impuesto que el comerciante tiene derecho a recuperar, e IVA Causado, que es el monto de IVA pendiente de pago a la autoridad fiscal.
Este documento presenta el código de ética profesional para contadores públicos. Describe ocho principios fundamentales de integridad, objetividad, independencia, competencia, confidencialidad, cumplimiento de normas, difusión y comportamiento profesional. Luego detalla criterios específicos para aplicar estos principios en situaciones comunes relacionadas con conflictos de intereses, competencia, secreto profesional, publicidad y ejercicio profesional. El código busca establecer pautas éticas rigurosas para que los contadores públicos desempeñ
La Empresa Agrícola SANTIAGO LABRADOR S.A.C se dedica a la producción de palta en el Cusco. Comenzó operaciones el 2 de enero de 2014 con activos que incluyen efectivo, materia prima, terrenos, vehículos y maquinaria valorados en S/. 285,000.00. En enero realizó varias compras de insumos, ventas de productos, pagos a empleados y depreciación de maquinaria. Se pide registrar todas estas operaciones en los libros correspondientes.
Este documento resume las normas generales del impuesto a la renta en Ecuador. Establece que el impuesto grava los ingresos de personas naturales, sucesiones indivisas y sociedades nacionales y extranjeras. Define los conceptos de renta, sujetos activos y pasivos obligados a pagar el impuesto. Explica cómo se determina la base imponible y las deducciones permitidas para el cálculo del impuesto.
El documento presenta una actualización tributaria sobre el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Ecuador. Explica que el IVA grava la transferencia de bienes muebles y servicios, con algunas excepciones como donaciones benéficas. Define qué es una transferencia y enumera los bienes y servicios sujetos a tarifas de 0% de IVA. También cubre aspectos como el crédito tributario, la proporcionalidad y los plazos para declarar y pagar el impuesto.
El documento proporciona una introducción al plan contable empresarial, incluyendo definiciones de los elementos del plan contable como activos, pasivos, patrimonio, gastos e ingresos. Explica que el plan contable es una clasificación de cuentas contables obligatorias y proporciona ejemplos de cuentas de balance y cuentas de resultados, mostrando cómo se utilizan para registrar las operaciones de una empresa.
1) La empresa SCOMI Oiltools de Venezuela S.A. se dedica a la prestación de servicios relacionados con la extracción de petróleo y gas, incluyendo la venta y alquiler de equipos.
2) La empresa tiene una estructura organizativa funcional con departamentos como Administración, Finanzas, Contabilidad, Recursos Humanos y Tecnologías de la Información.
3) El documento describe los cargos y responsabilidades de la Gerencia General, el Gerente Administrativo, el Contador General y otros puestos clave dentro de la organiz
La retención en la fuente no es un impuesto, sino un mecanismo de recaudo anticipado de impuestos como el impuesto sobre la renta. Consiste en que el agente retenedor retenga y conserve una parte del pago según el porcentaje establecido por la ley para ser entregado al Estado. La retención en la fuente tiene como objetivo recaudar gradualmente el impuesto sobre la renta en el mismo año gravable en que se genera la renta. Los agentes de retención incluyen entidades públicas, fondos, consorcios y personas natural
Solicitud certificado de retención en la fuente año gravable 2010Yenifer Mejia
John Fernando Forero Alarcón solicita un certificado de retención en la fuente para el año gravable 2010. Adjunta una carta de solicitud con su número de identificación para que le envíen el certificado por correo electrónico. Agradece por la ayuda.
El documento define los diferentes tipos de pasivos de una empresa. Explica que el pasivo está constituido por todas las obligaciones y deudas de una empresa, como préstamos de instituciones financieras. Describe los pasivos a corto plazo (deudas que se pagan en menos de un año), pasivos a largo plazo (más de un año) y pasivos diferidos (ingresos cobrados por adelantado como rentas o intereses). También identifica cuentas específicas del pasivo como proveedores, documentos por pagar, acreedores y
El documento presenta un plan de cuentas para una empresa o entidad. Explica que un plan de cuentas proporciona una estructura organizada para el sistema contable de una organización y permite obtener información sobre sus finanzas de manera sencilla. Detalla que debe ser amplio, flexible y usar un sistema de codificación numérica para agrupar cuentas. A continuación, presenta un ejemplo de plan de cuentas para una unidad educativa con cuentas de activos, pasivos, patrimonio, ingresos y gastos.
El documento describe los papeles de trabajo del auditor, los cuales constituyen la evidencia documental del trabajo realizado. Explica que los papeles de trabajo incluyen cédulas que contienen información obtenida y elaborada por el auditor durante todas las etapas de la auditoría, desde la planificación hasta la emisión del informe. También clasifica los papeles de trabajo y describe los diferentes tipos de cédulas, marcas de auditoría y archivos relacionados con los papeles de trabajo.
Diapositivas ajustes de cuentas y hoja de trabajoDaniela G.
Este documento explica diferentes tipos de ajustes contables que se realizan al final de un periodo contable para asegurar que los saldos de las cuentas reflejen correctamente su valor. Describe ajustes comunes como los realizados a las cuentas de caja, bancos, inventarios, cuentas por cobrar, depreciación de activos fijos y más. Además, explica cómo contabilizar estos ajustes a través de asientos contables.
1. La contabilidad se basa en el sistema de partida doble donde cada transacción afecta a dos o más cuentas. 2. Las transacciones de negocios afectan directamente los componentes de la ecuación contable básica. 3. El documento explica conceptos contables como activos, pasivos, capital contable, cuentas, diario general, impuestos y el proceso contable.
Sección 18: Activos Intangibles distintos de la PlusvaliaLorena Escobar Ruiz
Este documento proporciona información sobre la contabilización e información financiera de activos intangibles de acuerdo con la Sección 18 de la NIIF para PYMES. Explica cómo determinar si un activo intangible cumple las condiciones para su reconocimiento, cómo medirlos inicial y posteriormente, y qué revelaciones se deben incluir en los estados financieros sobre los activos intangibles.
El documento describe los cambios realizados a las cuentas del activo disponible y exigible en el Plan Contable General Empresarial (PCGE) respecto al Plan Contable General de la República del Perú (PCGR). Se explican las nuevas denominaciones y definiciones de las cuentas que comprenden desde la 10 hasta la 19, las cuales incluyen efectivo, inversiones financieras, cuentas por cobrar comerciales y no comerciales.
El documento habla sobre la Norma Internacional de Auditoría 580 sobre representaciones de la administración. La NIA establece que el auditor debe obtener evidencia escrita de la administración reconociendo su responsabilidad sobre los estados financieros y aprobarlos. También debe obtener una carta de representación detallando afirmaciones clave. Si la administración se niega a proporcionar esta carta, el auditor debe calificar su opinión debido a una limitación al alcance de su trabajo.
Este documento describe las diferentes categorías de pasivos que una empresa puede tener. Explica que el pasivo está representado por todas las deudas y obligaciones de la empresa, incluyendo deudas tributarias, remuneraciones por pagar, deudas a proveedores, obligaciones financieras, y provisiones. Divide el pasivo en corriente (deuda a menos de un año) y no corriente (deuda a más de un año) y proporciona ejemplos de cuentas que pertenecen a cada categoría.
Este documento resume los conceptos clave de la retención en la fuente en Colombia. Explica que la retención en la fuente es un mecanismo de recaudo anticipado de impuestos aplicado por agentes retenedores como entidades públicas y privadas. Detalla las obligaciones de los agentes retenedores como retener, declarar y conservar registros de las retenciones realizadas. También explica casos en los que no se aplica la retención y cómo se contabiliza contablemente.
El documento define los componentes del activo, pasivo y patrimonio de una empresa. El activo incluye recursos tangibles e intangibles que posee la empresa. Se divide en activo corriente, como efectivo y mercaderías, y no corriente, como cuentas por cobrar y activos fijos. El pasivo incluye obligaciones de la empresa, dividido en corriente, como deudas a corto plazo, y no corriente, como deudas a largo plazo. El patrimonio representa los recursos aportados por los socios y util
Este documento presenta las cuentas contables más importantes, incluyendo proveedores, documentos por pagar, acreedores diversos, impuestos por pagar, IVA trasladado, IVA por trasladar, IVA por pagar, documentos por pagar a largo plazo, acreedores hipotecarios, capital social, capital suscrito no pagado, utilidad del ejercicio, y utilidad o pérdida del ejercicio. Define el cargo y abono de cada cuenta y indica que la mayoría de los saldos son acreedores.
El grupo de pasivo diferido comprende obligaciones de la empresa por efectivo recibido anticipadamente para prestar servicios en varios ejercicios. Los ingresos recibidos por anticipado no se contabilizan como ingresos del período actual sino cuando se presta el servicio. Igualmente, los ajustes a cuotas por variaciones de precios y las utilidades en ventas a plazos solo se reconocen cuando se recupera la cartera del cliente.
El documento habla sobre el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en México. Explica el origen del IVA, quiénes deben pagarlo, cómo se declara a través del Formulario 29, los medios y lugares para declarar el IVA, y qué hacer si se venció el plazo. También define los conceptos de IVA Acreditable, que es el impuesto que el comerciante tiene derecho a recuperar, e IVA Causado, que es el monto de IVA pendiente de pago a la autoridad fiscal.
Este documento presenta el código de ética profesional para contadores públicos. Describe ocho principios fundamentales de integridad, objetividad, independencia, competencia, confidencialidad, cumplimiento de normas, difusión y comportamiento profesional. Luego detalla criterios específicos para aplicar estos principios en situaciones comunes relacionadas con conflictos de intereses, competencia, secreto profesional, publicidad y ejercicio profesional. El código busca establecer pautas éticas rigurosas para que los contadores públicos desempeñ
La Empresa Agrícola SANTIAGO LABRADOR S.A.C se dedica a la producción de palta en el Cusco. Comenzó operaciones el 2 de enero de 2014 con activos que incluyen efectivo, materia prima, terrenos, vehículos y maquinaria valorados en S/. 285,000.00. En enero realizó varias compras de insumos, ventas de productos, pagos a empleados y depreciación de maquinaria. Se pide registrar todas estas operaciones en los libros correspondientes.
Este documento resume las normas generales del impuesto a la renta en Ecuador. Establece que el impuesto grava los ingresos de personas naturales, sucesiones indivisas y sociedades nacionales y extranjeras. Define los conceptos de renta, sujetos activos y pasivos obligados a pagar el impuesto. Explica cómo se determina la base imponible y las deducciones permitidas para el cálculo del impuesto.
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El documento proporciona una introducción al plan contable empresarial, incluyendo definiciones de los elementos del plan contable como activos, pasivos, patrimonio, gastos e ingresos. Explica que el plan contable es una clasificación de cuentas contables obligatorias y proporciona ejemplos de cuentas de balance y cuentas de resultados, mostrando cómo se utilizan para registrar las operaciones de una empresa.
1) La empresa SCOMI Oiltools de Venezuela S.A. se dedica a la prestación de servicios relacionados con la extracción de petróleo y gas, incluyendo la venta y alquiler de equipos.
2) La empresa tiene una estructura organizativa funcional con departamentos como Administración, Finanzas, Contabilidad, Recursos Humanos y Tecnologías de la Información.
3) El documento describe los cargos y responsabilidades de la Gerencia General, el Gerente Administrativo, el Contador General y otros puestos clave dentro de la organiz
La retención en la fuente no es un impuesto, sino un mecanismo de recaudo anticipado de impuestos como el impuesto sobre la renta. Consiste en que el agente retenedor retenga y conserve una parte del pago según el porcentaje establecido por la ley para ser entregado al Estado. La retención en la fuente tiene como objetivo recaudar gradualmente el impuesto sobre la renta en el mismo año gravable en que se genera la renta. Los agentes de retención incluyen entidades públicas, fondos, consorcios y personas natural
Solicitud certificado de retención en la fuente año gravable 2010Yenifer Mejia
John Fernando Forero Alarcón solicita un certificado de retención en la fuente para el año gravable 2010. Adjunta una carta de solicitud con su número de identificación para que le envíen el certificado por correo electrónico. Agradece por la ayuda.
La enfermera jefa Diana Carolina Ossa Martínez le solicita al departamento de nómina de la Clínica María Angel en Tuluá que le expidan un certificado laboral no mayor a 30 días y los desprendibles de nómina de los últimos 3 meses. Estos documentos son necesarios para cumplir con los requisitos de una solicitud de crédito a la que está aplicando.
Este documento presenta una lista de bienes y servicios gravados con el impuesto al valor agregado (IVA) en Colombia, indicando las tarifas aplicables. Los bienes exentos o gravados con tarifa 0% incluyen productos agrícolas y alimenticios básicos. Los bienes gravados al 5% comprenden productos agrícolas e insumos, así como transporte público eléctrico. Los servicios también gravados al 5% son almacenamiento agrícola y seguros agropecuarios y de salud. Todos los demás bien
¿Qué iva aplico a mi bienes y servicios desde el 1 de septiembre del 2012www.SmartColombia.org
El documento habla sobre los tipos de IVA aplicables a diferentes actividades económicas en España desde el 1 de septiembre de 2012. Explica que si eres un emprendedor o empresario debes verificar el IVA que has aplicado a la entrega de bienes o servicios. También ofrece los servicios de contabilidad de Portafolio para ayudar a los clientes a llevar bien su contabilidad y saber lo que tienen en todo momento.
El documento trata sobre la merceología y la clasificación arancelaria. Explica que en la década de 1980 existían más de 15 sistemas de clasificación de mercancías que dificultaban el comercio internacional. Bajo la OMA se creó el Sistema Armonizado para estandarizar la clasificación de mercancías a nivel mundial mediante un sistema jerárquico de códigos de 6 dígitos. Más del 98% del comercio mundial actualmente usa el Sistema Armonizado.
Los agentes de retención son contribuyentes designados para retener el IVA en las compras de bienes y servicios y depositarlo en las arcas del Estado. En Ecuador, los agentes de retención del IVA incluyen entidades públicas, empresas consideradas contribuyentes especiales, emisoras de tarjetas de crédito y aseguradoras. Retienen entre el 30% y 70% del IVA causado y declaran y pagan el impuesto retenido mensualmente.
Este documento describe los procedimientos de retención en la fuente del IVA e impuesto a la renta en Ecuador. Explica que los agentes de retención del IVA deben retener entre el 30%-100% del IVA dependiendo del tipo de transacción. También detalla los porcentajes de retención del impuesto a la renta, que van del 1% al 22% dependiendo del tipo de pago. Finalmente, brinda ejemplos sobre cómo calcular las retenciones aplicables a empleados y el proceso de devolución de IVA.
El documento habla sobre la retención del impuesto sobre la renta (ISLR) en Venezuela. Explica que la retención es un anticipo del ISLR que pagan los agentes de retención por cuenta de los contribuyentes. También define a los agentes de retención, sus deberes de retener e ingresar el impuesto, así como los porcentajes y plazos de retención para diferentes casos. Por último, explica conceptos como el formulario AR-I que usan los trabajadores para calcular su retención.
Este documento es una certificación de empleo emitida por Flor Pesantez Idrovo a favor de José Antonio Pilay Cantos. En él, Pesantez Idrovo certifica que Pilay Cantos ha trabajado como maestro albañil para ella durante aproximadamente 5 años, ganando $600 dólares mensuales. Además, ella lo describe como una persona honorable, responsable y confiable.
El certificado indica que Henry Mauricio Alzate Arbelaez trabajo como administrador del deposito de materiales Arco Ltda durante un periodo de un año y seis meses, tiempo durante el cual demostró responsabilidad, honestidad y cumplimiento en todas sus labores. El certificado fue firmado el 16 de enero del 2013 por el representante legal de Deposito Arco Ltda, Carlos Albeiro Ramírez.
Este documento proporciona una explicación detallada del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Colombia. Explica qué es el IVA y cómo se aplica a diferentes bienes y servicios, incluyendo las tarifas del 0%, 1.6%, 10%, 14%, 16%, 20%, 25% y 35% para diferentes categorías de productos y servicios. También enumera los bienes y servicios que están exentos del IVA o sujetos a una tarifa del 0%.
Este documento proporciona una explicación detallada del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Colombia. Describe qué es el IVA, cómo se aplica a diferentes bienes y servicios, y las diferentes tarifas de IVA que van del 0% al 35%. Explica que el IVA se aplica a la venta de bienes y servicios, con exenciones para algunos productos básicos y servicios. Además, detalla las tarifas específicas de IVA del 1,6%, 10%, 14%, 16%, 20%, 25% y 35% que se aplican a diferentes
El documento explica el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Colombia. El IVA es un impuesto indirecto que se aplica sobre el consumo y las importaciones. Existen varias tarifas de IVA, incluyendo una tarifa general del 16% y tarifas diferenciales menores y mayores. Algunos bienes como alimentos básicos tienen una tarifa de 0%, mientras que bienes suntuosos tienen tarifas más altas como el 20%, 25% o 35%.
Este documento presenta información sobre el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Colombia. Explica conceptos como hecho generador, responsables de pagar el impuesto, base gravable, tarifas aplicables y bienes y servicios exentos o gravados con tarifa 0%. Menciona que a partir de 2013 se aplican cambios en el IVA introducidos por la Ley 1607 de 2012, afectando operaciones comerciales.
Este documento resume los conceptos básicos del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Colombia. Explica que el IVA se paga sobre el valor agregado a los bienes y servicios, con una tarifa general del 16%. También describe los responsables de pagar el IVA, los bienes y servicios exentos o con tarifas diferenciales, y las bases gravables y hechos generadores del impuesto.
Este documento contiene información sobre el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Colombia. Explica que el IVA es un impuesto indirecto que grava el consumo aplicado sobre bienes y servicios a una tarifa general del 19%. También define conceptos como bienes gravados, excluidos, exentos y no sometidos al IVA. Finalmente, detalla las condiciones para pertenecer al Régimen Simplificado de pago de IVA y lista varios bienes que se encuentran exentos del impuesto.
El IVA es un impuesto indirecto que grava el consumo y las importaciones. Los consumidores deben pagar el IVA al Estado por el uso de servicios o la adquisición de bienes. El IVA se cobra en las diferentes etapas de la producción y se aplica de forma proporcional al valor de los bienes y servicios, aunque existen algunos bienes y servicios excluidos como los alimentos básicos y los servicios médicos. Los responsables del IVA deben registrarse ante la administración tributaria, discriminar el IVA en las facturas que emitan
El documento explica el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Ecuador. Señala que el IVA grava la transferencia de bienes y servicios en todas sus etapas comerciales, y que existen dos tarifas principales (12% y 0%). Luego detalla las transferencias y bienes/servicios que están exentos del impuesto o tienen tarifa 0%, como alimentos, medicinas, libros, transporte público y educación.
El documento explica las tarifas del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Colombia. Hay tres tipos de tarifas: general del 16%, diferencial que varía del 2% al 10%, y especial como el 20% para el servicio de telefonía móvil. También describe los regímenes simplificado y común del IVA y sus condiciones, así como los bienes y servicios sujetos a cada tarifa diferencial.
Este documento presenta una introducción a los impuestos en Colombia. Explica que los impuestos son pagos al estado para financiar necesidades colectivas. Distingue entre impuestos directos e indirectos, e identifica algunos impuestos nacionales, departamentales y municipales. Luego se enfoca en explicar en detalle el Impuesto al Valor Agregado (IVA), incluyendo tasas, bienes exentos y excluidos, y cómo calcular el IVA.
El documento describe los tres tipos principales de contribuyentes según el código orgánico tributario de Venezuela: 1) Contribuyentes ordinarios como importadores, industriales y comerciantes que realizan actividades gravadas con IVA; 2) Contribuyentes formales que realizan actividades exentas o exoneradas de IVA; 3) Contribuyentes especiales calificados por el SENIAT que actúan como agentes de retención del IVA generado.
El documento describe los tres tipos principales de contribuyentes según el código orgánico tributario de Venezuela: 1) Contribuyentes ordinarios como importadores, industriales y comerciantes que realizan actividades gravadas con IVA; 2) Contribuyentes formales que realizan actividades exentas o exoneradas de IVA; 3) Contribuyentes especiales calificados por el SENIAT que actúan como agentes de retención del IVA generado.
Este documento resume las categorías de contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Venezuela. Existen tres tipos de contribuyentes: 1) Contribuyentes ordinarios que pagan IVA en la mayoría de bienes y servicios excepto exportaciones. 2) Contribuyentes formales que no pagan IVA por bienes y servicios esenciales como alimentos y servicios educativos y médicos. 3) Contribuyentes especiales que retienen el IVA pagado por sus proveedores y lo entregan al gobierno.
El documento explica los conceptos de IVA e impuesto de retención en la fuente en Colombia. El IVA es un impuesto indirecto que se aplica en diferentes etapas del ciclo económico. Existen bienes gravados, exentos y excluidos del IVA. Las tarifas van del 1.6% al 20% dependiendo del bien. La retención en la fuente es un mecanismo para recaudar anticipos del impuesto de renta aplicando porcentajes sobre pagos por compras.
El documento describe el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Ecuador. Explica que el IVA es un impuesto indirecto que grava todas las etapas de comercialización de bienes y servicios, afectando al consumidor final. Señala que las tarifas del IVA son 0% y 12% y describe los bienes y servicios sujetos a cada tarifa. También explica conceptos como base imponible, crédito tributario, declaración y pago del IVA.
Este documento resume las principales modificaciones a los impuestos sobre las ventas y la renta introducidas por las leyes 788/2002, 812/2003 y 818/2003 de la reforma tributaria colombiana. Entre los cambios se encuentran la ampliación de la base gravada del IVA, nuevas tarifas entre el 2% y 20%, bienes excluidos y exentos, y descuentos especiales del IVA por maquinaria. También se modificaron los límites de beneficios para ingresos no constitutivos de renta.
El documento resume los temas del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y la Mayorización. Explica cómo se calcula y declara el IVA, los asientos contables relacionados, y las transferencias y servicios sujetos a tarifas 0% de IVA.
Glcsc lca bolivia guia importacion 140930Mirko Montes
Este documento proporciona una guía sobre el régimen tributario y de importaciones de Bolivia. Describe los principales impuestos aplicados, como el IVA, RCIVA, IU e impuestos específicos. También detalla las instituciones involucradas en el comercio exterior como la Aduana Nacional y los organismos que controlan ciertos productos. Por último, explica el régimen de importaciones incluyendo aranceles, impuestos y documentos requeridos, así como productos que requieren autorización previa.
Este documento describe el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Venezuela. Explica que el IVA grava la enajenación de bienes muebles, la prestación de servicios y la importación de bienes. También describe las características del IVA como un impuesto indirecto, real y a la circulación. Finalmente, detalla las numerosas exenciones y exoneraciones del IVA para bienes y servicios en Venezuela.
Este documento resume los conceptos clave del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Colombia. Explica que el IVA es un impuesto indirecto que grava el consumo a lo largo del proceso económico. Distingue entre bienes gravados con IVA, bienes excluidos del IVA, y bienes exentos. También describe los responsables del IVA y los dos regímenes posibles: el régimen simplificado y el régimen común.
PRESENTACION TEMA COMPUESTO AROMATICOS YWillyBernab
Acerca de esta unidad
La estructura característica de los compuestos aromáticos lleva a una reactividad única. Abordamos la nomenclatura de los derivados del benceno, la estabilidad de los compuestos aromáticos, la sustitución electrofílica aromática y la sustitución nucleofílica aromática
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Iva y retencion en la fuente
1. 1 consultar concepto de IVA
IVA (Impuesto al valor agregado)
Es un impuesto sobre las ventas, comúnmente denominado Impuesto al valor agregado IVA,
es un gravamen que recae sobre el consumo de bienes servicios y explotación de juegos de
suerte y azar. Es un impuesto de orden nacional, indirecta, de naturaleza real, de causación
instantánea y de régimen general. En la Colombia se aplica en las diferentes etapas del ciclo
económico de la producción, distribución comercialización e importación.
Es un impuesto, por consiguiente es una obligación pecuniaria que debe sufragar el sujeto
pasivo sin ninguna contraprestación directa. Es del orden nacional porque su ámbito de
aplicación lo constituye todo el territorio nacional y el titular de la acreencia tributaria es la
nación. Es indirecta porque entre el contribuyente, entendiendo como quien efectivamente
asume la carga económica de impuesto y la nación como sujeto activo, acreedor de la
obligación tributaria, mediante un intermediario denominado responsable.
2. de que tarta el estatuto tributario
ESTATUTO TRIBUTARIO
En el Estatuto Tributario se encuentran las normas correspondientes al contenido de los
impuestos de renta y complementarios, ventas, timbre y retención en la fuente, como también
los procedimientos respectivos.
El Estatuto recoge y amplía los principios generales de la Constitución Nacional sobre esta
materia, la cual es esencialmente compleja y extensa. Sus artículos definen términos,
establece" sujetos de los tributos y aclaran situaciones que normalmente surgen de su
aplicación.
Se refiere el Estatuto a qué es el impuesto sobre la renta y los denominados complementarios,
cuáles son los sujetos pasivos, las sociedades y entidades sometidas al impuesto, las entidades
contribuyentes, los contribuyentes de régimen tributario especial, las sociedades extranjeras
contribuyentes, quiénes no son contribuyentes.
De igual modo, diferencia los ingresos de fuente nacional y de fuente extranjera y establece
con total claridad cuáles ingresos no se consideran de fuente nacional.
2. 3. Clasificación de los bienes para afectos del IVA
CLASIFICACION DE LOS BIENES CORPORALES MUEBLES PARA EFECTOS DEL
IVA
GRAVADOS
Son aquellos a los que se les aplica la tarifa general del 16% o una tarifa diferencia, según
el caso.
EXENTOS
Tienen un tratamiento especial y se encuentran gravados a la tarifa 0 (cero)
Los productores y los exportadores, tienen la calidad de responsables del IVA con derecho
a impuestos descontables y devoluciones, con la obligación de inscribirse y declarar
bimestralmente.
En la venta de bienes exentos los comerciantes no son responsables ni están sometidos al
régimen del impuesto sobre las ventas y, por lo tanto, no se encuentran en la obligación de
inscribirse en el RUT, ni de dar cumplimiento a ninguna otra obligación que la ley
expresamente señale para quienes sí revistan la calidad de responsables.
EXLUIDOS
Por expresa disposición de la ley no causan el impuesto.
Los productores y comerciantes de bienes excluidos no son responsables del IVA, no tienen
derecho a solicitar impuestos descontables ni devoluciones, constituye un mayor costo del
respectivo bien.
No tiene obligación alguna en relación con el gravamen.
BIENES EXCLUIDOS
Atún, miel, productos agrícolas (frutas y verduras), café, cebada, avena, arroz, pan, agua
envasada, sal, energía eléctrica, sangre humana, medicamentos, anticonceptivos orales,
abonos minerales, plaguicidas, preservativos, lentes de contacto, entre otros.
SERVICIOS EXCLUIDOS
Servicios médicos para la salud humana, servicio de transporte público, terrestre, fluvial y
marítimo de personas en el territorio nacional, intereses y rendimientos financieros por
operaciones de crédito, servicios públicos de energía, acueducto y alcantarillado,
arrendamiento de bienes inmuebles para vivienda, educación y planes obligatorios de salu,
entre otros.
BIENES Y OPERACIONES EXENTAS
Libros y revistas de carácter científico y cultural, según clasificación que hará el Gobierno
Nacional., bienes corporales muebles que se exporten, los servicios que sean prestados en el
país en desarrollo de un contrato escrito y se utilicen exclusivamente en el exterior, por
empresas o personas sin negocios o actividades en Colombia, los fondos provenientes de
3. entidades o gobiernos extranjeros, entre otros.
BIENES Y SERVICIOS GRAVADOS
- 16% - Se aplicará a todos los bienes y servicios que no se encuentren expresamente
excluidos o sometidos a tarifas diferenciales o especiales.
- 2% Comercialización de animales vivos – Se causa el IVA en el momento en que el
animal es sacrificado.
- 5% Juegos de azar.
- 10% Café tostado o descafeinado, centeno, avena, maíz para uso industrial, arroz para uso
industrial, atún enlatado y sardinas, jarabes de glucosa, chocolate, arrendamiento de bienes
inmuebles diferentes de vivienda o exposiciones, aseo y vigilancia por empresas,
temporales, planes de medicina prepagada, servicios de alojamiento prestado por hoteles,
- 20% Telefonía celular.
- 25% Vehículos automotores con motor hasta de 1400 cc, motos con motor mayor a 185
cc, vehículos importados con cilindraje menor a 1400 cc.
- 35% y 38% Vehículos lujosos, licores vinos y aperitivos.
- 11% Cerveza de producción nacional (8% IVA y 3% Impoconsumo)
4. tarifa
TARIFA
Las tarifas son los porcentajes aplicables a las bases gravables para determinar el impuesto
sobre las ventas, las cuales son de tres tipos: general, diferencial y especial.
TARIFA GENERAL
La tarifa general del impuesto sobre las ventas es del dieciséis por ciento (16%), la cual se
aplicará también a los servicios, con excepción de los excluidos.
TARIFA DIFERENCIAL 2%
• Animales vivos de las especies bovina, porcina, ovina o caprina (excepto los toros
de lidia)
• Gallos, gallinas, patos, gansos, pavos vivos
• Peces vivos (excepto ornamentales)
• Los demás animales vivos
• El impuesto se causa cuando se sacrifican o procesan o se entregan para su
sacrificio o procesamiento
• Se causa sobre el valor comercial de la operación que no puede ser inferior al valor
comercial en plaza del animal
7%
4. Arrendamiento de inmuebles diferentes a vivienda y de espacios para
exposiciones y muestras artesanales nacionales
- Servicios de aseo, vigilancia y temporales de empleo en la parte correspondiente
al AIU.
- Planes de medicina prepagada
- Pólizas de seguros de cirugía y hospitalización
- Pólizas de seguros de servicios de salud.
10%
Café tostado o descafeinado; cáscara y cascarilla de café; sucedáneos de café que
contengan café en cualquier proporción, incluido el café soluble.
Trigo y Morcajo (tranquillón)
Maíz para uso industrial
Arroz para uso industrial
Harina de trigo o de morcajo (tranquillón)
Las demás harinas de cereales
Semillas para caña de azúcar
Embutidos y productos similares, de carne, de despojos o de sangre, preparaciones
alimenticias a base de estos productos
Las demás preparaciones y conservas de carne, de despojos o de sangre
Azúcar de caña o de remolacha
Jarabes de glucosa
Las demás
Jarabes de glucosa
Las demás fructosas y jarabe de fructosa, con un contenido de fructosa, en estado
seco, superior al 50% en peso
Melazas de la extracción o del refinado del azúcar
Cacao en masa o en panes (pasta de cacao), incluso desgrasado,
Cacao en polvo, sin azucarar
5. Chocolate y demás preparaciones alimenticias que contengan cacao excepto gomas
de mascar, bombones, confites, caramelos y chocolatinas
Pastas alimenticias sin cocer, rellenar, ni preparar de otra forma, que contengan
huevo
Productos de panadería, pastelería o galletería, incluso con adición de cacao,
excepto el pan
Fibras de algodón
20%
Servicio de telefonía móvil
El incremento del 4% en la tarifa de este servicio será destinado a inversión
social, especialmente en el fomento, promoción y desarrollo del deporte, la
recreación, la cultura y la actividad artística colombiana
TARIFAS DEL IVA VIGENTES
2% Sacrificio o procesamiento de ganado.
3% Cervezas y sifones.
5% Juegos de suerte y azar.
7% Nuevos bienes y servicios gravados.
16% IVA general.
20% Servicio de Telefonía Móvil
21% Vehículos nacionales hasta de 1.400cc.
33% Vehículos importados hasta de 1.400 cc.
10% Nuevos bienes y servicios a partir enero de 2005
6. 5. elaborar una lista de gravados
Partida
Arancelaria
Descripción
01.02 01.02
Animales vivos de la especie bovina, excepto los de lidia
01.05.11.00.00 Pollitos de un día de nacidos.
02.01 Carne de animales de la especie bovina, fresca o refrigerada.
02.02 Carne de animales de la especie bovina, congelada.
02.03 Carne de animales de la especie porcina, fresca, refrigerada o congelada.
02.04 Carne de animales de las especies ovina o caprina, fresca, refrigerada o
congelada.
02.06 Despojos comestibles de animales de las especies bovina, porcina, ovina,
caprina, caballar, asnal o mular, frescos, refrigerados o congelados.
02.07 Carne y despojos comestibles, de aves de la partida 01.05, frescos, refrigerados
o congelados.
02.08.10.00.00 02.08.10.00.00
Carnes y despojos comestibles de conejo o liebre, frescos, refrigerados o
congelados.
03.02 Pescado fresco o refrigerado, excepto los filetes y demás carne de pescado de la
partida 03.04.
03.03 Pescado congelado, excepto los filetes y demás carne de pescado de la partida
03.04. Excepto los atunes de las partidas 03.03.41.00.00, 03.03.42.00.00 y
03.03.45.00.00.
03.04 Filetes y demás carne de pescado (incluso picada), frescos, refrigerados o
congelados.
03.06.16.00.00 Camarones y langostinos y demás decápodos Natantia de agua fría, congelados.
03.06.17 Los demás camarones, langostinos y demás decápodos Natantia, congelados.
03.06.26.00.00 Camarones y langostinos y demás decápodos Natantia de agua fría, sin
congelar.
03.06.27 Los demás camarones, langostinos y demás decápodos Natantia, sin congelar.
7. Partida
Arancelaria
Descripción
04.01 Leche y nata (crema), sin concentrar, sin adición de azúcar ni otro edulcorante.
04.02 04.02
Leche y nata (crema), concentradas o con adición de azúcar u otro edulcorante.
04.06.10.00.00 Queso fresco (sin madurar), incluido el del lactosuero, y requesón
04.07.11.00.00 Huevos de gallina de las especies Gallusdomesticus, fecundadas para
incubación.
04.07.19.00.00 Huevos fecundados para incubación de las demás aves
04.07.21.90.00 Huevos frescos de gallina
04.07.29.90.00 Huevos frescos de las demás aves
19.01.10.10.00 Fórmulas lácteas para niños de hasta 12 meses de edad, únicamente la leche
maternizada o humanizada.
19.01.10.99.00 Únicamente preparaciones infantiles a base de leche.
Alcohol carburante, con destino a la mezcla con gasolina para los vehículos automotores.
El biocombustible de origen vegetal o animal para uso en motores diésel de producción
nacional con destino a la mezcla con ACPM.
Para efectos de lo dispuesto en el artículo 477, se considera productor en relación con las
carnes, el dueño de los respectivos bienes, que los sacrifique o los haga sacrificar; en relación
con la leche el ganadero productor; respecto de huevos el avicultor. (Art. 440, E.T.)
Articulo 481 E.T
Los bienes corporales muebles que se exporten.
Los bienes corporales muebles que se vendan en el país a las sociedades de
comercialización internacional, siempre que hayan de ser efectivamente exportados
directamente o una vez transformados.
Las materias primas, partes, insumos y bienes terminados que se vendan desde el territorio
aduanero nacional a usuarios industriales de bienes o de servicios de Zona Franca o entre
estos, siempre que los mismos sean necesarios para el desarrollo del objeto social de
dichos usuarios.
8. Los impresos contemplados en el artículo 478 del Estatuto Tributario, los productores de
cuadernos de tipo escolar de la subpartida 48.20.20.00.00, y los diarios y publicaciones
periódicas, impresos, incluso ilustrados o con publicidad de la partida arancelaria 49.02.
Servicios Exentos de IVA o Gravados con Tarifa 0%
los servicios intermedios de la producción que se presten a tales sociedades, siempre y
cuando el bien final sea efectivamente exportado.
Los servicios que sean prestados en el país y se utilicen exclusivamente en el exterior
por empresas o personas sin negocios o actividades en Colombia, de acuerdo con los
requisitos que señale el reglamento. Quienes exporten servicios deberán conservar los
documentos que acrediten debidamente la existencia de la operación. El Gobierno
Nacional reglamentará la materia.
Los servicios turísticos prestados a residentes en el exterior que sean utilizados en
territorio colombiano, originados en paquetes vendidos por agencias operadores u
hoteles inscritos en el registro nacional de turismo, según las funciones asignadas, de
acuerdo con lo establecido en la Ley 300 de 1996. En el caso de los servicios hoteleros
la exención rige independientemente de que el responsable del pago sea el huésped no
residente en Colombia o la agencia de viajes.
Los paquetes turísticos vendidos por hoteles inscritos en el registro nacional de turismo
a las agencias operadoras, siempre que los servicios turísticos hayan de ser utilizados en
el territorio nacional por residentes en el exterior.
Los servicios de conexión y acceso a internet desde redes fijas de los suscriptores
residenciales de los estratos 1 y 2.
Bienes Gravados con la Tarifa 5%
Articulo 468-1 E.T
Partida
Arancelaria
Descripción
09.01 Café, incluso tostado o descafeinado; cáscara y cascarilla de café; sucedá-neos
del café que contengan café en cualquier proporción, excepto el de la subpartida
09.01.11
10.01 Trigo y morcajo (tranquillón), excepto el utilizado para la siembra.
10.02.90.00.00 Centeno.
10.04.90.00.00 Avena.
9. Partida
Arancelaria
Descripción
10.05.90 Maíz para uso industrial.
10.06 Arroz para uso industrial.
10.07.90.00.00 Sorgo de grano.
10.08 Alforfón, mijo y alpiste; los demás cereales.
11.01.00.00.00 Harina de trigo o de morcajo (tranquillón)
11.02 Harina de cereales, excepto de trigo o de morcajo (tranquillón)
11.04.12.00.00 Granos aplastados o en copos de avena
12.01.90.00.00 Habas de soya.
12.07.10.90.00 Nuez y almendra de palma.
12.07.29.00.00 Semillas de algodón.
12.07.99.99.00 Fruto de palma de aceite
12.08 Harina de semillas o de frutos oleaginosos, excepto la harina de mostaza.
15.07.10.00.00 Aceite en bruto de soya
15.11.10.00.00 Aceite en bruto de palma
15.12.11.10.00 Aceite en bruto de girasol
15.12.21.00.00 Aceite en bruto de algodón
15.13.21.10.00 Aceite en bruto de almendra de palma
15.14.11.00.00 Aceite en bruto de colza
15.15.21.00.00 Aceite en bruto de maíz
16.01 Únicamente el salchichón y la butifarra
16.02 Únicamente la mortadela
17.01 Azúcar de caña o de remolacha y sacarosa químicamente pura, en estado sólido,
excepto la de la subpartida 17.01.13.00.00
10. Partida
Arancelaria
Descripción
17.03 Melaza procedente de la extracción o del refinado de la azúcar.
18.06.32.00.90 Chocolate de mesa.
19.02.11.00.00 Pastas alimenticias sin cocer, rellenar ni preparar de otra forma que con-tengan
huevo.
19.02.19.00.00 Las demás pastas alimenticias sin cocer, rellenar, ni preparar de otra forma.
19.05 Los productos de panadería a base de sagú, yuca y achira.
21.01.11.00 Extractos, esencias y concentrados de café.
21.06.90.60.00 Preparaciones edulcorantes a base de sustancias sintéticas o artificiales.
21.06.90.91.00 Preparaciones edulcorantes a base de estevia y otros de origen natural.
23.01 Harina, polvo y pellets, de carne, despojos, pescados o de crustáceos, mo-luscos
o demás invertebrados acuáticos, impropios para la alimentación humana;
chicharrones.
23.02 23.02
Salvados, moyuelos y demás residuos del cernido, de la molienda o de otros
tratamientos de los cereales o de las leguminosas incluso en pellets.
23.03 Residuos de la industria del almidón y residuos similares, pulpa de re-molacha,
bagazo de caña de azúcar y demás desperdicios de la industria azucarera, heces y
desperdicios de cervecería o de destilería, incluso en “pellets”.
23.04 Tortas y demás residuos sólidos de la extracción del aceite desoja (soya), incluso
molidos o en “pellets”.
23.05 Tortas y demás residuos sólidos de la extracción del aceite de maní (caca-huete,
cacahuate), incluso molidos o en “pellets”.
23.06 Tortas y demás residuos sólidos de la extracción de grasas o aceites ve-getales,
incluso molidos o en “pellets”, excepto los de las partidas 23.04 o 23.05.
23.08 Materias vegetales y desperdicios vegetales, residuos y subproductos ve-getales,
incluso en “pellets”, de los tipos utilizados para la alimentación de los animales,
no expresados ni comprendidos en otra parte.
23.09 Preparaciones de los tipos utilizados para la alimentación de los animales.
11. Partida
Arancelaria
Descripción
52.01 Algodón sin cardar ni peinar
82.01 Layas, palas, azadas, picos, binaderas, horcas de labranza, rastrillos y rae-deras;
hachas, hocinos y herramientas similares con filo; tijeras de podar de cualquier
tipo; hoces y guadañas, cuchillos para heno o para paja, cizallas para setos, cuñas
y demás.
84.32 Máquinas, aparatos y artefactos agrícolas, hortícolas o silvícolas, para la
preparación o el trabajo del suelo o para el cultivo.
84.34 Únicamente máquinas de ordeñar y sus partes.
84.36.21.00.00 Incubadoras y criadoras.
84.36.29 Las demás máquinas y aparatos para la avicultura.
84.36.91.00.00 Partes de máquinas o aparatos para la avicultura.
87.02 Vehículos automóviles eléctricos, para transporte de 10 o más personas, incluido
el conductor, únicamente para transporte público
87.03 .Los taxis automóviles eléctricos, únicamente para transporte público.
87.06 Chasis de vehículos automotores eléctricos de las partidas 87.02 y 87.03,
únicamente para los de transporte público.
87.07 Carrocerías de vehículos automotores eléctricos de las partidas 87.02 y 87.03,
incluidas las cabinas, únicamente para los de transporte público.
Servicios Gravados con la Tarifa del 5%
Artículo 468-3 E.T
1. El almacenamiento de productos agrícolas en almacenes generales de depósito y las
comisiones directamente relacionadas con negociaciones de productos de origen
agropecuario que se realicen a través de bolsas de productos agropecuarios legalmente
constituidas.
2. El seguro agropecuario.
3. Los planes de medicina prepagada y complementarios, las pólizas de seguros de cirugía y
hospitalización, pólizas de seguros de servicios de salud y en general los planes adicionales,
conforme con las normas vigentes.
12. Bienes y Servicios Gravados con la Tarifa General del 16%
Artículo 468 E.T
Es la tarifa de impuesto a las ventas que se aplica a todo bien o servicio gravado y que no
tengan ningún otro tipo de tarifa especial.
Cuando un contribuyente desea profundizar si un bien corporal mueble que se importe, se
produzca o se comercialice, es un bien que está, o no, excluido del IVA, se puede remitir a
una importante herramienta que tiene dispuesta la DIAN en sus servicios informáticos
electrónicos denominado “Consultas Arancel” donde se podrá conocer si determinado
producto se encuentra excluido, exento o gravado del impuesto a las ventas y la tarifa a la
que se encuentra gravado en caso de estarlo.
6 .Régimen de venta actualizado
En la actualidad existen a los cuales pueden acogerse los responsables del impuesto a las
ventas, el régimen simplificado y el régimen común.
Régimen simplificado
Consiste en un tratamiento especial que se ha diseñado para los comerciantes minoristas o
detallistas, cuyas ventas o servicios gravados.
Requisitos
Que sean personas naturales
Que sean minoristas o detallistas, cuyas cuentas están gravadas o presentes servicios
gravados.
Que tengan un establecimiento de comercio, oficina, local sede o negocio donde ejercen su
actividad
Inscripción en el registro nacional de vendedores
Llevar un libro fiscal de registro de operaciones
No se les está permitido cobrar en impuesto a las ventas
No les esta permitido presentar declaración en ventas
13. No se les permite descontar el valor del impuesto a las ventas pagado en las adquisiciones.
Régimen Común.
Son responsables del Impuesto a las ventas pertenecientes al régimen común, todas las
personas jurídicas y aquellas personas naturales que no cumplan los requisitos para
pertenecer el Régimen simplificado. Toda Persona jurídica por el solo hecho de ser jurídica
pertenece al régimen común. Aquellos contribuyentes personas jurídicas que realicen
operaciones gravadas o exentas y también las personas naturales que superen los montos para
pertenecer al régimen simplificado.
Responsabilidades del Régimen Común
Recaudar y declarar oportunamente el IVA.
Pagar oportunamente el IVA recaudado.
Llevar un registro auxiliar de ventas y compras, una cuenta mayor o de balance denominada
Impuesto a las ventas por pagar.
Expedir factura con la totalidad de los requisitos legales.
Informar del cese de actividades
El régimen común está obligado a facturar, a cobrar Iva, a declarar y a llevar contabilidad.
El régimen simplificado no está obligado a ninguna de ellas.
Los responsables del régimen común deben solicitar autorización para facturar. Los
responsables del régimen simplificado no
Los responsables del régimen común deben declarar renta, los responsables del régimen
simplificado por regla general no.
Pertenecer al régimen común implica estar formalizado, entre tanto el régimen simplificado
se caracteriza por ser informal.
7 conceptos de retención en la fuente
Contrario el concepto popular, la retención en la fuente no es ningún impuesto, sino que es
el simple cobro anticipado de un impuesto, que bien puede ser el impuesto de renta, a las
ventas o de industria y comercio.
La retención en la fuente por ser un pago anticipado de un impuesto, ésta se puede
descontar en la respectiva declaración, ya sea de Iva, de Renta o de Ica.
La retención en la fuente comprende elementos como el sujeto pasivo, que es la persona a
la que se le debe retener, el agente de retención que es la persona obligada a practicar la
retención, el concepto de retención que es el hecho económico que se realiza y está
sometido a retención, la tarifa que es el porcentaje que se aplica a la base de retención, y la
base de retención es el valor o monto sujeto a retención.
14. 8 agentes retenedores
AGENTES RETENEDORES
Este concepto se usa en el contexto de la Economía y las finanzas públicas.
Los agentes retenedores son empresas fiscales, semifiscales o organismo fiscales,
municipalidades, personas jurídicas en general, sean o no contribuyentes de la Ley de la
Renta y tengan que llevar contabilidad o no, personas naturales o jurídicas que
ganenRentas de la primera categoría , siempre que obtengan Ingresos que se clasifiquen en
esta categoría, por disposición legal están obligados a retener los Impuestos que afectan a los
contribuyentes con los cuales realizan transacciones.
9. Obligaciones de los agentes retenedores
Naturalmente que todo agente retenedor debe practicar la retención en la fuentecuando haya
lugar a ello. Para esto se debe tener en cuenta tanto el sujeto de retención, como el concepto
a retener.
Respecto a los sujetos de retención, hay que tener en cuenta que algunas empresas no están
sujetas a retención en la fuente por renta, como es el caso de las empresas pertenecientes al
régimen especial, a las entidades no contribuyentes, al estado y sus diferentes unidades
administrativas, y cuando la operación sujeta a retención no supere los topes establecidos por
la ley (4 UVT en servicios y 27 UVT en compras).
Si un agente de retención estando obligado a practicar la retención y no lo hiciere, deberá
responder ante el estado por el valor dejado de retener incluyendo intereses. En este caso, el
agente de retención puede solicitar al sujeto de retención el reembolso del valor no retenido.
Obligación de declarar
Todo agente de retención está en la obligación de declarar las retenciones que haya
practicado.
Consignar las retenciones
El agente retenedor está en la obligación de consignar oportunamente los valores retenidos.
Si no lo hace, su declaración se considera ineficaz. Consulte: Ineficacia de la declaración de
retención en la fuente presentada sin pago total.
Expedir certificados
Los agentes de retención están obligados a expedir los respectivos certificados de retención a
los sujetos pasivos a quienes se les haya retenido. El certificado debe ser expedido dentro de
los plazos fijados por el gobierno nacional.
15. 10. cuando no se efectúa retención en la fuente
Conforme el Artículo 369 del E.T., NO se efectúa retención en la fuente a título de renta y
complementario sobre los pagos o abonos en cuenta que se realicen a:
- La Nación y sus divisiones administrativas contempladas en el Art. 22 del E.T
- Las entidades no contribuyentes del impuesto de renta y complementario. (Ver Art. 23 del
E.T)
- Los pagos o abonos en cuenta que por disposiciones especiales sean exentas en cabeza del
beneficiario.
- Cuando la cuantía objeto del pago no esté sometida a retención en la fuente en virtud de
disposiciones especiales.
- Cuando los pagos o abonos en cuenta se encuentren exentos o constituyan ingresos no
constitutivos de renta ni ganancia ocasional en virtud de leyes especiales.
- Cuando corresponden a pagos que no constituyan ingresos de fuente nacional para quien
los percibe.
- Los pagos o abonos en cuenta diferentes a rendimientos financieros que se hagan a favor
de entidades del régimen tributario especial (Ver Art. 19 del E.T) siempre y cuando estas
demuestren su naturaleza jurídica ante al agente retenedor, mediante copia de la certificación
de la entidad encargada de su vigilancia o de la que haya concedido su personería jurídica, la
cual debe ser conservada por el agente retenedor.
- Las transacciones que se realicen a través de la Bolsa de Energía.
- No se debe practicar retención en la fuente cuando quien vende el bien o prest el servicio
es unautorretenedor, puesto que éste es el responsable de la retención y el mismo es quien
debe practicarse la retención.
11 pagos sujetos a retención en la fuente
RETENCION EN LA FUENTE SOBRE SALARIOS E INGRESOS LABORALES
GRAVABLES
La retención en la fuente se efectuara sobre pagos originados. Para efectos tributarios el
concepto de ingreso provenientes en la relación laboral son gravables y por lo tanto se
encuentran sometidos a retención en la fuente, con excepción de los que están expresamente
exceptuados.
RETENCION EN LA FUENTE POR SERVICIOS
Se entiende por servicios toda actividad, laboral o trabajo prestado por una persoa natural o
jurídica sin relación de dependencia laboral, que contenga una obligación de hacer en la que
predomine el factor manual, material o mecánico y no intelectual.
16. RETENCION EN LA FUENTE SOBRE HONORARIOS Y COMISIONES
Se entiende por honorarios la remuneración al trabajo prestado sin subordinación donde
permite al factor intelectual la creatividad o el ingenio sobre el trabajo material o manual.
Comisión es la retribución que se hace a quien realiza un negocio o un encargo por venta
ajena, pero sin vínculo laboral, con la promesa de pagarle un valor fijo o un porcentaje de la
transacción.
RETENCION EN LA FUENTE POR ARRENDAMIENTOS
Las persona jurídicas o sociedades de hecho, cualquiera que sea su naturaleza, sea o no
contribuyentes, deben efectuar retención en la fuente cuando realicen pagos o abonos a una
cuenta por concepto de arrendamiento de bienes o inmuebles, sea directa o intermediario.
RETENCION EN LA FUENTE SORE COMPRA
Cuando se efectúen abonos, compras o pagos susceptibles de constituir ingresos tributarios,
para quien los reciba deben practicar retención en la fuente, sobre el valor de la mercancía
sin incluir el IVA
RETENCION EN LA FUENTE POR VENTAS CON TARJETA DE CREDITO
Las entidades financieras o intermediarios deben efectuar retención en la fuente sobre la
venta de bienes o prestación de servicios, efectuados a través de tarjetas de crédito cuando
estos ingresos sean conceptibles de constituir un ingreso tributario para que efectué la venta
o preste el servicio.
12. causación de la retención en la fuente
CAUSACION
La retención en la fuente se causa en el momento del pago o abono en una cuenta, el que
ocurra primero, se entiende por el pago, el desembolso de la obligación y el en cuenta, en el
momento en el que nace la obligación de pagar aun cuando efectivamente el pago real se
efectué posteriormente.
13. tramite de retención en la fuente por operaciones anuladas
Cuando, o se resuelvan operaciones que haya sido sometidas a retención en la fuente,
por impuestos sobre la renta o complementarios , el agente retenedor podrá descontar las
sumas que hubiera retenido por tales operaciones , del monto de las retenciones por
declarar y consignar en le periodo cuando se haya a anulado resuelto las mismas. Si el
monto de las retenciones que debieron efectuaron fue suficiente, con el saldo podrá
afectar la de los dos periodos siguientes.
14. tratamiento de la retención en la fuente en operaciones con descuento financiero
En el sector comercial, es común que las empresas les otorguen descuentos a sus clientes.
Estos descuentos pueden estar sometidos a una determinada condición para poder acceder
17. al descuento, o ser descuentos generalizados que no tienen límites ni restricciones para
poder acceder a ellos.
En el primer caso, el descuento se denomina descuento condicionado, odescuento
financiero, por estar sujeto a una condición. En el segundo caso, se denomina descuento
comercial.
15. retención del impuesto de industria y comercio anticipado
Es el anticipo del impuesto de industria y comercio efectuado por el vendedor y
descontado por el comprador en el momento de causar, pagar o abonar en cuenta, las
facturas o cuentas de cobro.
Quiénes están obligados a retener y consignar oportunamente?
Están obligados a retener:
1. Entidades de derecho público.
2. Grandes contribuyentes.
3. Los que mediante resolución del Director de Impuestos municipal se designen
como agentes de retención.
4. Los intermediarios o terceros que intervengan en operaciones económicas que
generen retención ICA.
5. Consorcios y Uniones temporales.
6. Los contribuyentes de régimen común.
16. retención en la fuente en el impuesto sobre las ventas
Al igual que en el Impuesto a la renta y el Impuesto de industria y comercio, en el Impuesto
a las ventas también existe la figura de la Retención en la fuente. Esta figura se conoce
comúnmente como Reteiva.
La retención en la fuente por Iva consiste en que el comprador, al momento de causar o
pagar la compra, retiene al vendedor el 15% del valor del Iva (Artículo 437-2 del estatuto
tributario modificado por el artículo 42 de la ley 1607 de 2012). Ejemplo: La empresa A
compra a la Empresa B, mercancías por valor de $1.000.000 + Iva. El valor del Iva, a la
tarifa general es de $160.000. La empresa A, de esos $160.000 de Iva, solo pagará a la
empresa B el valor de $136.000, que corresponde al 85% del valor toral del Iva, el restante
15% la empresa B lo retiene, lo declara y lo paga en junto con las demás retenciones en la
fuente que haya practicado en el respectivo mes.
18. La retención en la fuente por Iva se practica siempre y cuando el hecho u operación
económica supere la base mínima, que para servicios es de 4 UVT y para compras es de 27
UVT.
Contabilización de la retención en la fuente por Iva.
Siguiendo con el ejemplo, la empresa A, que es la que retiene deberá contabilizar el valor
retenido a la empresa B como un crédito a la cuenta 236701 (Impuesto a las ventas
retenido).
La empresa B, a quien la empresa A le practicó la retención, deberá contabilizar esa
retención por Iva como un debito a la cuenta 135517 (Impuesto a las ventas retenido).
La empresa A, debe declarar esa retención en el mes en el cual la practicó (Declaración de
retención en la fuente), y la empresa B, debe incluir esa retención practicada en la
declaración de Iva del respectivo bimestre.
17. gravamen al movimiento financiero
El Gravamen a los Movimientos Financieros es un impuesto nacional instantáneo que se
causa por la disposición de recursos.
SUJETOS PASIVOS: Son sujetos pasivos del Gravamen a los Movimientos Financieros
los usuarios y clientes de las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera o de
Economía Solidaria, las entidades vigiladas por estas mismas Superintendencias y el
Banco de la República.
TARIFA: La tarifa del Gravamen a los Movimientos Financieros es del cuatro por mil (4 x
1.000), pero ésta se reducirá gradualmente de la siguiente manera:
- Al dos por mil (2X1000) en el año 2015.
- Al uno por mil (1X 1000) en los años 2016 y 2017.
- Al cero por mil (0X 1000) en los años 2018 y siguientes.
HECHO GENERADOR: Entre otros, los movimientos financieros que están sujetos al
gravamen a cargo del cliente, son los siguientes:
1. Transacciones financieras, mediante las cuales se disponga de recursos en:
tas prepago (ver lo consagrado sobre el tema en exenciones)
19. 2. Giros de cheques de gerencia. Tratándose de giro de cheques con cargos a los
recursos depositados en la cuenta, el Gravamen se causará por una sola vez.
3. Débitos a Fondos de Inversión Colectiva (anteriormente carteras colectivas, Fondos
comunes ordinarios, fondos de valores).
4. Los desembolsos de créditos y los p El Gravamen a los Movimientos Financieros es un
impuesto nacional instantáneo que se
causa por la disposición de recursos.
SUJETOS PASIVOS: Son sujetos pasivos del Gravamen a los Movimientos Financieros
los usuarios y clientes de las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera o de
Economía Solidaria, las entidades vigiladas por estas mismas Superintendencias y el
Banco de la República.
TARIFA: La tarifa del Gravamen a los Movimientos Financieros es del cuatro por mil (4 x
1.000), pero ésta se reducirá gradualmente de la siguiente manera:
- Al dos por mil (2X1000) en el año 2015.
- Al uno por mil (1X 1000) en los años 2016 y 2017.
- Al cero por mil (0X 1000) en los años 2018 y siguientes.
HECHO GENERADOR: Entre otros, los movimientos financieros que están sujetos al
gravamen a cargo del cliente, son los siguientes:
1. Transacciones financieras, mediante las cuales se disponga de recursos en:
as prepago (ver lo consagrado sobre el tema en exenciones)
2. Giros de cheques de gerencia. Tratándose de giro de cheques con cargos a los recursos
depositados en la cuenta, el Gravamen se causará por una sola vez.
3. Débitos a Fondos de Inversión Colectiva (anteriormente carteras colectivas, Fondos
comunes ordinarios, fondos de valores).
20. 18 causación del GMF
El GMF es un impuesto instantáneo y se causa en el momento en que se realice la transacción
financiera, es decir, que se obtenga la disposición de los recursos objeto de la transacción, sea
por abono, pago en efectivo o expedición de cheques. Se causa por cada operación sujeta al
impuesto, pero por efectos administrativos se consagra un periodo semanal para presentar las
declaraciones correspondientes por parte de los responsables.
Agentes retenedores
Los agentes retenedores autorizados por la ley son responsables del recaudo y pago del GMF.
Las principales entidades que tienen a su cargo esta responsabilidad son:
ƒ Banco de la República.
ƒ Entidades vigiladas por la Superintendencia Bancaria.
ƒ Entidades vigiladas por la Superintendencia de Valores.
ƒ Entidades vigiladas por la Superintendencia de Economía Solidaria.
19. exenciones del GMF
Exenciones al impuesto
Para que procedan las exenciones que a continuación se relacionan, las entidades respectivas
deberán identificar las cuentas a través de las
cuales se van a manejar de manera exclusiva las operaciones financieras. Serán exentas del
GMF:
ƒ Los retiros efectuados de las cuentas de ahorro abiertas en entidades financieras y/o
cooperativas de naturaleza financiera o de ahorro y
crédito vigiladas por las superintendencias Financiera o de Economía Solidaria
respectivamente, que no excedan mensualmente de
trescientas cincuenta (350) UVT2, para lo cual el titular de la cuenta deberá indicar por escrito
ante el respectivo establecimiento de
crédito o cooperativa financiera, que dicha cuenta será la única beneficiada con la exención.
ƒ Los traslados entre cuentas corrientes de un mismo establecimiento de crédito, cuando
dichas cuentas pertenezcan a un mismo y único titular que sea una sola persona.
21. ƒ Las operaciones que realice la dirección del tesoro nacional directamente o a través de los
órganos ejecutores, incluyendo las operaciones de reporto que se celebren con esta entidad y
el traslado de impuestos a dicha dirección por parte de las entidades recaudadoras.
ƒ Las operaciones de liquidez que realice el Banco de la República.
ƒ Los créditos interbancarios.
ƒ Los créditos interbancarios y la disposición de recursos originadas en las operaciones de
reporto y operaciones simultáneas y de transferencia temporal de valores sobre títulos
materializados o desmaterializados, realizados exclusivamente entre entidades vigiladas por
la Superintendencia Financiera de Colombia, entre estas e intermediarios de valores inscritos
en el registro nacional de agentes de mercado de valores o entre dichas entidades vigiladas y
la Tesorería General de la Nación y las tesorerías de las entidades públicas
ƒ La compensación y liquidación que se realice a través de sistemas de compensación y
liquidación administradas por entidades autorizadas para tal fin respecto a operaciones que se
realicen en el mercado de valores, derivados, divisas o en las bolsas de productos
agropecuarios o de otros comodities, incluidas las garantías entregadas por cuenta de
participantes y los pagos correspondientes a la administración de valores en los depósitos
centralizados de valores.
ƒ Las operaciones reporto realizadas entre el FOGAFIN o el Fondo de Garantías de
Instituciones Cooperativas (FOGACOOP) con entidades inscritas ante tales instituciones.
ƒ El manejo de recursos públicos que hagan las tesorerías de las entidades territoriales.
ƒ Las operaciones financieras realizadas con recursos del sistema general de seguridad social
en salud, de las EPS y ARS diferentes a los que financian gastos administrativos, del sistema
general de pensiones a que se refiere la Ley 100 de 1993, de los fondos de pensiones de que
trata el Decreto 2513 de 1987 y del sistema general de riesgos profesionales, hasta el pago a
las instituciones prestadoras de salud, IPS, o al pensionado, afiliado o beneficiario, según el
caso.
ƒ Las operaciones financieras que se efectúen con recursos del sistema general de riesgos
profesionales hasta el pago a las instituciones prestadoras de salud (IPS), al pensionado,
afiliado o beneficiario.
ƒ Las operaciones realizadas con los recursos correspondientes a los giros que reciben las
IPS (instituciones prestadoras de servicios) por concepto de pago del POS (plan obligatorio
de salud) por parte de las EPS o ARS hasta en un 50%.
ƒ Los desembolsos de crédito mediante abono a la cuenta o mediante expedición de cheques
que realicen los establecimientos de crédito,
las cooperativas con actividad financiera o las cooperativas de ahorro y crédito vigiladas por
las superintendencias Financiera o de Economía Solidaria respectivamente.
22. ƒ Las operaciones de compra y venta de divisas efectuadas a través de cuentas de depósito
del Banco de la República o de cuentas corrientes, realizadas entre intermediarios del mercado
cambiario vigilados por las Superintendencias Bancaria o de Valores, el Banco de la
República y la Dirección del Tesoro Nacional; estas cuentas deben ser de uso exclusivo para
la compra y venta de divisas entre los intermediarios del mercado cambiario.
ƒ Los cheques de gerencia cuando se expidan con cargo a los recursos de la cuenta corriente
o de ahorros del ordenante, siempre ycuando el cheque sea de la misma entidad.
ƒ Los traslados que se realicen entre cuentas corrientes y/o de ahorros abiertos en un mismo
establecimiento de crédito, cooperativa con actividad financiera o cooperativa de ahorro y
crédito vigiladas por las superintendencias Financiera o de Economía Solidaria
respectivamente a nombre de un mismo y único titular.
ƒ Los traslados entre cuentas de ahorro colectivo y cuenta corriente o de ahorro que
pertenezca a un mismo y único titular y sean del mismo establecimiento de crédito.
ƒ Los retiros efectuados de cuentas de ahorro especial que los pensionados abran para
depositar el valor de sus mesadas pensionales y hasta el monto de las mismas, cuando estas
sean equivalentes a cuarenta y un (41) unidades de valor tributario - UVT o menos. Los
pensionados podrán abrir y marcar otra cuenta en el mismo establecimiento de crédito para
gozar de la exención.
ƒ Las operaciones del fondo de estabilización de la cartera hipotecaria creados por el artículo
48 de la Ley 546 de 1999.
ƒ Las operaciones derivadas del mecanismo de cobertura de tasa de interés para los créditos
individuales hipotecarios para la adquisición de vivienda.
ƒ Los movimientos contables correspondientes a pago de obligaciones o traslado de bienes,
recursos y derechos a cualquier título efectuado entre entidades vigiladas por la
Superintendencia Bancaria o de Valores, entre éstas e intermediarios de valores inscritos en
el registro nacional de valores e intermediarios o entre dichas entidades vigiladas y la
Tesorería General de la Nación y las tesorerías de las entidades públicas, siempre que
correspondan a operaciones de compra y venta de títulos de deuda pública.
ƒ Los movimientos contables correspondientes efectuado entre entidades vigiladas por la
Superintendencia Bancaria o de Valores y la Tesorería General de la Nación y las tesorerías
de las entidades públicas, siempre que correspondan a operaciones de compra y venta de
títulos de deuda pública.
ƒ Los retiros que realicen las asociaciones de hogares comunitarios autorizadas por el
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, de los recursos asignados por esta entidad.
ƒ Los movimientos contables correspondientes a la compensación derivada de operaciones
de reaseguro.
23. ƒ La Ley 1111 de 2006 adicionó la exención para la disposición de recursos y los débitos
contables respecto de las primeras sesenta (60) unidades de valor tributario – UVT- mensuales
que se generen por el pago de los giros provenientes del exterior, que se canalicen a través de
entidades sometidas a inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera. PAR.—El
gravamen a los movimientos financieros que se genere por el giro de recursos exentos de
impuestos de conformidad con los tratados, acuerdos y convenios internacionales suscritos
por el país, será objeto de devolución en los términos que indique el reglamento. PAR. 2º— .
Para efectos de control de las exenciones consagradas en el artículo 42 de la mencionada Ley
las entidades respectivas deberán identificar las cuentas en las cuales se manejen de manera
exclusiva dichas operaciones, conforme lo disponga el reglamento que se expida para el
efecto. En ningún caso procede la exención de las operaciones señaladas en el presente
artículo cuando se incumpla con la obligación de identificar las respectivas cuentas, o cuando
aparezca más de una cuenta identificada para el mismo cliente. PAR. 3º— Adicionado. L.
1111/2006, art. 42. Los contribuyentes beneficiarios de los contratos de estabilidad tributaria
que regulaba el artículo 240-1 de este estatuto, están excluidos del gravamen a los
movimientos financieros durante la vigencia del contrato, por las operaciones propias como
sujeto pasivo del tributo, para lo cual el representante legal deberá identificar las cuentas
corrientes o de ahorros en las cuales maneje los recursos de manera exclusiva. Cuando el
contribuyente beneficiario del contrato de estabilidad tributaria sea agente retenedor del
gravamen a los
NOTA
El IVA en compras y pagos se registra en él debe
En ventas e ingresos se registra en el haber
La RETENCION EN LA FUENTE en compras y pagos se
registra en el haber.
En ventas o ingresos se registra en él debe se utiliza 1355