Este documento describe los procedimientos para convocar una Reunión Normativa Laboral en Venezuela. Indica que el ministerio competente tiene 30 días para convocar la reunión o negarla si no se cumplen los requisitos legales. Durante ese plazo se publicará la convocatoria indicando lugar, fecha y hora de la reunión, así como la rama de actividad convocada. Los sindicatos o patronos que no fueron convocados pueden adherirse si su ámbito de actuación es concurrente, mediante solicitud escrita al presidente de la reunión,