1. CÓMO funciona La reunión normativa laboral: su naturaleza.
2. Señale las Fuentes legales de la reunión normativa laboral.
3. Explique la reunión normativa laboral ante la huelga y el arbitraje.
Regimen Procesal y Procesos JurisdiccionalesDavid Torres
Comprender las Leyes a las que estamos sujetos no necesariamente significa utilizar el sesgo, las Leyes contienen el espíritu del legislador por lo cual las interpretaciones estarán siempre a la orden del día.
1. CÓMO funciona La reunión normativa laboral: su naturaleza.
2. Señale las Fuentes legales de la reunión normativa laboral.
3. Explique la reunión normativa laboral ante la huelga y el arbitraje.
Regimen Procesal y Procesos JurisdiccionalesDavid Torres
Comprender las Leyes a las que estamos sujetos no necesariamente significa utilizar el sesgo, las Leyes contienen el espíritu del legislador por lo cual las interpretaciones estarán siempre a la orden del día.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Según Couture, en sentido procesal, la prueba es un medio de verificación de las proposiciones que los litigantes formulan en un juicio. Desde el punto de vista de las partes, las pruebas es además una forma de crear la convicción del Magistrado.
Para Sentis Melendo, Prueba “es la verificación de las afirmaciones formuladas en el proceso conducentes a la sentencia”
Por Prueba entendemos los hechos personales y materiales en un proceso judicial, y que le sirven al Juez para llegar a la convicción o no de la certeza del hecho desconocido que el va a declarar en su sentencia” (Omar Alfredo Mora Díaz, Derecho Procesal del Trabajo, 2013, Pág. 262)
Instituto Academia de Formación Jurídica
“Simón Rodríguez”
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
“LIDER EN EDUCACION VIRTUAL JURIDICA”
El IAFJSR es una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notariasy ante los órganos educativos del Estado Venezolano,entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
EL IAFJSR; ofrece su programa de Educación, formación y Capacitación Jurídica actualizado y permanente (TALLERES ò CURSOS DE CONTINUACIÒN, CURSOS AVANZADOS ò DE PERFECCIONAMIENTO, CURSOS DE ESPECIALIZACION, DIPLOMADOS, SEMINARIOS CONFERENCIAS y JORNADAS), en las modalidades presencial y OnLine (E-LEARNIG), que permitirán el beneficio para toda la comunidad estudiantil y profesional necesitada del mismo y de la población jurídica interesada en su consolidación en el ejercicio a través de la mejora continua.
EL IAFJSR; a través de la Dirección de Desarrollo de Sistemas, en aras de cumplir con la misión de formar integralmente a la población venezolana y de otros países del mundo y considerando los principios esbozados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ha adelantado esfuerzos en la Construcción del Sistema de Educación a Distancia, completamente virtualizada en la modalidad en línea a través del sistema de comunicación internet y canales electrónicos pertinentes, útiles y necesarios en materia de derecho público y privado permitiéndoles a las comunidades adquirir o actualizar, según el caso, conocimientos, habilidades y destrezas en función de su crecimiento individual y el mejoramiento de su comunidad.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com
ENSAYO SOBRE:
La Convocatoria y constitución de la reunión normativa laboral, cuáles son los Requisitos legales de la reunión normativa laboral.
La Resolución para instalar la reunión normativa laboral y cómo funcionan Las resoluciones de oficio por parte del ministerio del ramo.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
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Según Couture, en sentido procesal, la prueba es un medio de verificación de las proposiciones que los litigantes formulan en un juicio. Desde el punto de vista de las partes, las pruebas es además una forma de crear la convicción del Magistrado.
Para Sentis Melendo, Prueba “es la verificación de las afirmaciones formuladas en el proceso conducentes a la sentencia”
Por Prueba entendemos los hechos personales y materiales en un proceso judicial, y que le sirven al Juez para llegar a la convicción o no de la certeza del hecho desconocido que el va a declarar en su sentencia” (Omar Alfredo Mora Díaz, Derecho Procesal del Trabajo, 2013, Pág. 262)
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El IAFJSR es una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notariasy ante los órganos educativos del Estado Venezolano,entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
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ENSAYO SOBRE:
La Convocatoria y constitución de la reunión normativa laboral, cuáles son los Requisitos legales de la reunión normativa laboral.
La Resolución para instalar la reunión normativa laboral y cómo funcionan Las resoluciones de oficio por parte del ministerio del ramo.
Es una de la formas de celebrar una convención colectiva. Se convoca a Reunión entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios sindicatos de patronos, con la finalidad de mejorar las condiciones de prestación del servicio en una misma rama de actividad, con alcance local, regional o nacional, del sector público o del sector privado y siempre con intervención de la autoridad administrativa, en forma tripartita: trabajadores-autoridad administrativa-patronos.
En la presente actividad se desarrolla el tema de la reunión normativa laboral, su naturaleza, fuentes legales, y su posición ante el arbitraje y la huelga
En la presente actividad se explica el sindicalismo, sindicato y libertad sindical, Fuero sindical y otros fueros Y fondos sindicales. La formación de un sindicato según la legislación venezolana.
En la presente actividad se desarrollara el material de los fines de la OIT, el funciona la Participación de la OIT en el desarrollo del derecho colectivo del trabajo. y como funciona el derecho colectivo del trabajo en los distintos sistemas de gobierno.
En este mapa conceptual se desarrollara el material sobre ¿que es el derecho laboral colectivo? cual es su origen, las etapas las influencias políticas de las confederaciones de trabajos en Venezuela, ¿que es la OIT? y su origen..
La Unidad Eudista de Espiritualidad se complace en poner a su disposición el siguiente Triduo Eudista, que tiene como propósito ofrecer tres breves meditaciones sobre Jesucristo Sumo y Eterno Sacerdote, el Sagrado Corazón de Jesús y el Inmaculado Corazón de María. En cada día encuentran una oración inicial, una meditación y una oración final.
1. UNIVERSIDAD “FERMIN TORO”
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
VICE-RECTORADO ACADEMICO
ESCUELA DE DERECHO
REUNIÓN NORMATIVA
LABORAL
Elías Chakra C.I.: 26.846.868
SAIA-A
2. Reunión Normativa Laboral
Es una manera de celebrar una convención colectiva. Esta se convoca a
Reunión entre uno o varios sindicatos de trabajadores o de patronos, con el objeto de
mejorar las condiciones en las que se labora o se prestación algún servicio en una
misma rama de actividad, con alcance local, regional o nacional, del sector público o
del sector privado y siempre con intervención de la autoridad administrativa. Así lo
establece la legislación venezolana, específicamente la Ley Orgánica del trabajo, del
trabajador y trabajadoras en su artículo 452: “La convención colectiva de trabajo por
rama de actividad puede ser acordada en una Reunión Normativa Laboral,
especialmente convocada o reconocida como tal, entre una o varias organizaciones
sindicales de trabajadores y trabajadoras y uno o varios patronos, una o varias
patronas o sindicatos de patronos y patronas, con el objeto de establecer las
condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una misma rama de
actividad”. Para solicitar dicha reunión la mayoría de los trabajadores de determinada
rama de actividad deben estar de acuerdo en llevarla a cabo, se solicita ante el
ministerio del Poder Popular con competencia en materia de trabajo, la cual debe
contener: a) La indicación expresa de la rama de actividad de que se trate y el alcance
local, regional o nacional que pretenda darse a la convención. b) Cuando la formulen
organizaciones sindicales de trabajadores, presentar la nómina de afiliados a las
mismas, que prestan servicios en las entidades de trabajo requeridas a negociar. c)
Cuando la formule uno o varios patronos, presentar la nómina de los trabajadores al
servicio de los patronos interesados. d) El proyecto de convención colectiva de
trabajo a negociarse en la Reunión Normativa Laboral. Por lo que el ministerio del
Poder Popular con competencia en materia de trabajo y seguridad social tendrá un
término de treinta días continuos para hacer la convocatoria de la Reunión o negarla
en caso de que no se cumplen con los requisitos legales. Cuando se acepta hacer la
reunión el ministerio debe realizar una convocatoria o una resolución, dentro del
plazo de treinta días continuos lo cual se hará en un diario de amplia circulación en el
3. ámbito territorial de la Reunión Normativa Laboral, cabe destacar que dicha
resolución debe contener: a. Día y hora en que se instalará la reunión normativa
laboral y sede de la misma. b. Lista de patrono y de organizaciones sindicales de
trabajadores que hacen actividad en la rama. c. Rama de actividad de que se trate. d.
Alcance local, regional o nacional que se proponga darle a la reunión normativa. e.
Anuncio de que a partir de la publicación se suspenderá la tramitación de los
proyectos de convenciones colectivas o pliegos de peticiones en curso en los cuales
sea parte alguno de los patronos y patronas convocados y convocadas. f. Advertencia
de que desde el día y hora de la solicitud de la reunión, y hasta que esta haya
concluido, ningún patrono podrá despedir, trasladar ni desmejorar a ningún trabajador
sin causa justificada debidamente calificada por un inspector. Una vez iniciada la
reunión contara con la intervención del ministerio del Poder Popular con competencia en
materia de trabajo y seguridad social, por órgano del Ministro, o del funcionario que éste
designe. El cual será competente para decidir todas las cuestiones, por lo que será el quien la
presida. Además la convocatoria de una Reunión Normativa Laboral producirá efecto de
inmediato, la terminación en escala local, regional o nacional según sea el caso, en la rama de
actividad de que se trate, de la tramitación legal de todo pliego de peticiones en el cual sean
parte patronos o asociaciones de patronos, o bien sindicatos, federaciones o confederaciones
de sindicatos de trabajadores y trabajadoras comprendidos en la Reunión Normativa Laboral.
La Reunión concluirá o finalizara a los ciento veinte días continuos de su instalación,
pudiendo las partes convenir prórrogas de su duración. El ministerio del Poder Popular con
competencia en materia de trabajo, podrá también prorrogarla hasta por un máximo de
sesenta días continuos cuando, a su juicio, hubiere la posibilidad de que las partes lleguen a
un acuerdo definitivo. Pero en caso de que a pesar de ellos no se llegue a un acuerdo
definitivo, el ministerio del Poder Popular con competencia en materia de trabajo y seguridad
social someterá las diferencias a mediación tomando como base lo establecido en la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo para la tramitación de la audiencia de mediación. Si no fuera
posible la conciliación, el funcionario del Trabajo, a solicitud de parte o de oficio, someterá
el conflicto a arbitraje con base a lo establecido en esta Ley, a menos que las organizaciones
sindicales participantes manifiesten al funcionario que preside la Reunión, su propósito de
4. ejercer el derecho a huelga. En conclusión estas reuniones son sumamente importantes al
momento en que los sindicatos busca mejorar la calidad de trabajo o las condiciones donde
laboran los mismos, ya que es allí donde se escucha la opinión de todos los involucrados con
el fin de llegar a un acuerdo que los beneficie.