Este documento explica la reunión normativa laboral en Venezuela. Una reunión normativa laboral es convocada por sindicatos de empleados y/o patronos para establecer mejoras laborales y políticas a través de una convención colectiva. La ley venezolana estipula los requisitos y procedimientos para convocar una reunión normativa, la cual dura 120 días pudiendo ser prorrogada. Su objetivo es llegar a un acuerdo que regule las condiciones laborales de un sector.
CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
Reunion normativa laboral
1. República Bolivariana de Venezuela
Vice Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Políticas y Jurídicas.
Universidad Fermín Toro.
Barquisimeto- Estado Lara.
Convocatoria y constitución de la reunión
normativa laboral
(DERECHO LABORAL COLECTIVO)
Estudiante:
Emily A. Bastardo.
C.I 26584751
2. Convocatoria y constitución de la Reunión Normativa Laboral.
Para empezar, es importante destacar que la reunión normativa laboral es una de las
formas de celebrar una convención colectiva de trabajo, en el cual forman parte
importante los sindicatos o varios sindicatos de empleados, así como también los
sindicatos o varios sindicatos de patronos; ya que estos son los que convocan la
reunión, con el fin de establecer mejoras en el ámbito de trabajo en el que se
encuentran, así como también implementar políticas que vayan de la mano con aras
de una buena prestación de servicios; bien sea para el sector público o privado.
Ahora bien, la reunión normativa laboral, tiene su argumento jurídico en la Ley
Orgánica Del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras en el cual se establecen
indicaciones para crear una reunión normativa, del mismo modo; se estipulan sus
requisitos, el lapso para la convocatoria, sus efectos, la oportunidad para oponerse, y
la duración de la misma, entre otras manifestaciones que trata la ley anteriormente
mencionada; todo esto se encuentra determinado desde el articulo 452 hasta el 467 de
la Ley Orgánica del Trabajo.
Es preciso destacar, que la solicitud de la Reunión Normativa Laboral la pueden
llevar a cabo uno o varios sindicatos de trabajadores, así como también uno o varios
sindicatos de patronos, ante el Ministerio del Poder Popular con competencia en
materia laboral, con el fin de requerir una convocatoria y suscribir posteriormente una
convención colectiva de trabajo del cual emane el requerimiento exigido. Ahora bien,
esta solicitud de convocatoria debe contener previas indicaciones de la rama en el
cual se tratara y se lleva a cabo la convención, así como también nóminas de
trabajadores afiliados; del mismo modo cuando lo soliciten uno o varios patronos
debe presentar la nómina de sus trabajadores, entre otros.
Consecutivamente, en caso de que todas las indicaciones requeridas hayan sido
aceptadas, y se cumpla con las exigencias, el Ministerio encargado facultara que los
3. interesados representen la mayoría en su ámbito laboral y así proseguir con el lapso
que para estos asuntos es de 30 días continuos, para hacer la convocatoria. A este
respecto, se puede afirmar que si la solicitud contiene todos los requisitos, mediante
una publicación en Gaceta Oficial el Ministerio encargado expondrá motivos y
ordenara la convocatoria para la reunión normativa laboral que contendrá,
obligaciones para instalar la reunión.
Así mismo, se dará una publicación de convocatoria donde se establecerá la
actividad citada. En el mismo ámbito, se prevé que toda reunión deberá contar con
un presidente que administre la misma, con el fin de que este sea el que tenga la
facultad de decidir asuntos relativos. Esta reunión surtirá efectos inmediatos cuando
se reconozca su tramitación legal según sea el caso. Y de igual forma, existirá la
oportunidad para oponerse en el caso de que existan personas afectadas y estos
podrán promover sus alegatos para impedir la continuación de la misma.
En otro orden de ideas, es importante destacar que aquellos sindicatos, federaciones o
confederaciones que aún no se encuentren adheridos o convocados a la reunión
pueden apegarse a ella y aplicar en su ámbito lo señalado y concretado en la reunión.
Con respecto a la duración de la misma se establece que esta tendrá un lapso de 120
días continuos pudiendo convenirse posteriormente una prorroga según lo que decida
el ministerio encargado en materia laboral. En cuanto al ámbito de aplicación, se
puede decir que esta se empleara en aquellos trabajadores que presten servicios a
patrones comprendidos en uno o en otro, sin importar profesión o rama y las
condiciones de trabajo que se establezcan.
Para finalizar, se puede decir que una Reunión Normativa Laboral es una junta que se
lleva a cabo para efectuar una convención colectiva laboral por rama de actividades,
la cual es un acuerdo entre sindicatos de trabajadores, o de patronos con el propósito
de establecer condiciones y mejores en su ámbito laboral. Esta surge cuando ocurre
algún desacuerdo entre trabajadores y patronos que pertenecen a un mismo ramo de
4. actividad económica y así poner fin a las discrepancias entre ambas partes y llegar a
un acuerdo reglamentado en un determinado sector laboral.