Cuando una sociedad se disuelve, entra en liquidación para concluir las operaciones pendientes. Existen dos tipos de liquidación: judicial, que proviene de una sentencia, y no judicial, que surge de las causas de disolución. Los liquidadores, representantes legales de la sociedad, deben concluir operaciones, cobrar y pagar deudas de la sociedad, vender bienes, liquidar haberes de socios, y una vez terminada la liquidación, cancelar la inscripción de la sociedad.