Este documento describe conceptos clave relacionados con el matrimonio, divorcio y concubinato desde una perspectiva legal. Explica el concepto de matrimonio, sus tipos y fines. También describe los requisitos, impedimentos y efectos del matrimonio como la creación de deberes y derechos entre los cónyuges. Explica los tipos de divorcio y sus efectos legales y sentimientos. Por último, define el concubinato y los derechos y obligaciones que surgen de esta unión.
El contrato constituye una especie de convención o pacto, es un negocio jurídico, es una manifestación de voluntad dirigida a un fin práctico tutelado por el ordenamiento jurídico.
Cuando se forma un compromiso estamos ante la especie de convención denominada contrato
El contrato constituye una especie de convención o pacto, es un negocio jurídico, es una manifestación de voluntad dirigida a un fin práctico tutelado por el ordenamiento jurídico.
Cuando se forma un compromiso estamos ante la especie de convención denominada contrato
En derecho, se asume en sentido estricto, es decir, el nexo o relación que une al hijo con su madre y con su padre, o sea el vínculo parental consanguíneo de primer grado en línea recta.
En derecho, se asume en sentido estricto, es decir, el nexo o relación que une al hijo con su madre y con su padre, o sea el vínculo parental consanguíneo de primer grado en línea recta.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
2. MATRIMONIO
Concepto
• Se trata de la unión de un hombre y una mujer que se concreta a
través de determinados ritos o trámites legales. Para realizar la
comunidad de vida, en la que ambos se procuran respeto,
igualdad, asistencia y ayuda mutua, pudiendo o no procrear
hijos.
•
3. TIPOS DE MATRIMONIO
• el matrimonio civil :que se concreta frente a una autoridad
estatal competente
• el matrimonio religioso :que legitima la unión ante los ojos
de Dios
4. LOS FINES DEL MATRIMONIO
• Estabilizar las relaciones sexuales
• Crear una familia y libre procreación
• Generar en ella condiciones de óptimo desarrollo e igualdad
• Cohabitación y fidelidad
• La ayuda mutua
• La generación de deberes, derechos y obligaciones.
5. ELEMENTOS DEL MATRIMONIO
• Son esencial y de validez
• Esencial: constituye manifestación de su voluntad , los consorte
y oficial de registro civil.
• Validez: la capacidad , ausencia de vicios de consentimientos,
formalidades, legales, etc.,
6. REQUISITOS MATRIMONIO
• Son de existencia y validez:
• Existencia:
• Diferencia del sexo, unidad de personas
• Consentimiento
• Celebración: presencia de oficial de registro civil y dos testigos.
• Validez:
• Consentimiento libre y espontaneo: error, fuerza o rapto.
• Capacidad de las partes: impedimentos , dirimentes, son absolutos y
relativos.
• Formalidades: anteriores, posteriores y coetáneos.
7. IMPEDIMENTOS MATRIMONIO
• a) La falta de edad
• b) La falta de consentimiento
• c) El parentesco de consanguinidad
• d) El parentesco por afinidad en línea recta sin límite de grado
• e) El adulterio entre las personas que quieren contraer
matrimonio, siempre que el adulterio se haya probado judicialmente
• f) El atentado contra la vida de uno de los miembros de un
matrimonio preexistente para contraer nupcias con otra persona o con
el que quede libre
• g) La violencia física o moral para la celebración del matrimonio
• h) La impotencia incurable para la cópula.
8. • i) Padecer una enfermedad crónica e incurable, que sea,
además, contagiosa o hereditaria
• j) Padecer alguno de los estados de incapacidad consistentes
en el su-puesto de un mayor de edad que: por causa de
enfermedad reversible o irreversible, o por su estado
particular de discapacidad, ya sea; carácter físico, sensorial,
intelectual, emocional, mental o varias de ellas a la vez,
• k) El matrimonio subsistente con persona distinta de aquella
con que se pretende contraer nupcias
• l) El parentesco civil extendido hasta los descendientes
del adoptado; por lo tanto, el adoptante no puede
contraer matrimonio con el adoptado o sus descendientes
9. DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE
NACEN DEL MATRIMONIO
• Son tres caracteres fundamentales
• 1.Legales: la raíz de los deberes y derechos conyugales sea de carácter ético, desde el
punto de vista jurídico se trata simplemente de obligaciones y facultades legales.
• 2.Orden Público: los deberes y derechos que hace nacer el matrimonio constituyen el
núcleo del estado conyugal
• 3.Recíprocos: corresponden al marido frente a la mujer y a ésta respecto de aquél.
10. DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE
NACEN DEL MATRIMONIO
• Estos Deberes y Derechos son:
• Cohabitación
• •Fidelidad.
• •Asistencia.
• •Socorro.
• •Protección
11. EFECTOS
• Se clasifican :
• Cónyuges: Deber de fidelidad,cohabitación,asitencia,protección, elevación del
domicilio conyugal y contribución a los gastos hogar.
• Sus hijos: Obligación de mantener y educarlos a los hijos, ambos padres ejercen la
patria potestad sobre sus hijos.
• Bienes: Nace la sociedad conyugal de bienes, son bienes generales , separación
judicial de bienes.
12. NULIDAD DEL MATRIMONIO
Es la disolución del vínculo matrimonial en vida de concepto los cónyuges, o por
faltar formalidades. Es decir; es nulo todo acto o contrato a que falta alguno de los
requisitos que la ley prescribe para el valor del mismo acto o contrato, según su
especie y la calidad o estado de las partes.
Existen tres causas de nulidad
• El error
• Los impedimentos
• Falta de formalidades
13. DIVORCIO
Concepto
• Es la disolución del vínculo matrimonial quedando ambos
divorciados en la posibilidad de contraer nuevo matrimonio.
Pudiendo ser este voluntario o necesario
14. DIVORCIO
• Cuando se da por acuerdo de los cónyuges y hay hijos menores
de edad, debe ser parte del convenio: patria potestad, tenencia,
régimen de visitas, alimentos..
• Cuando se establece por mandato judicial: El Juez debe
determinar: la patria potestad, tenencia, régimen de visitas,
alimentos, etc.
15. TIPOS DE
DIVORCIO
• DIVORCIO NECESARIO: consiste en la demanda de uno de los
cónyuges a partir de la presentación de una o más causales
contempladas en el Código Civil o Código Familiar como, por
ejemplo, adulterio o abandono del hogar sin causa aparente.
• DIVORCIO VOLUNTARIO : la demanda es generada por ambas
partes y con el consentimiento de la pareja frente al tribunal.
16. • DIVORCIO INCAUSADO: es una reforma en la ley de
divorcio que permite la disolución del matrimonio sin la
necesidad de expresar la causa de la ruptura
• DIVORCIO EXPRESS: es una modalidad de divorcio
caracterizada porque la solicitud de divorcio se presenta de
forma unilateral, es de mayor rapidez, permitiendo que los
cónyuges se separen de forma más rápida y menos complicada
17. TIPOS DE DIVORCIO MEXICO
• 1. DIVORCIO NECESARIO: consiste en la demanda de uno de los
cónyuges a partir de la presentación de una o más causales contempladas en
el Código Civil o Código Familiar.
• 2. DIVORCIO VOLUNTARIO O POR MUTUO CONSENTIMIENTO:
la demanda es generada por ambas partes y con el consentimiento de la
pareja frente al tribunal.
• 3. DIVORCIO ADMINISTRATIVO: puede ser tramitado en una Oficina
del Registro Civil cumpliendo con algunos requisitos como, por ejemplo,
tener por lo menos un año de casados, no tener hijos.
• 4. DIVORCIO INCAUSADO: se caracteriza porque no necesita de una
causa para la ruptura y puede ser exigido unilateralmente14
18. EFECTOS DEL DIVORCIO
• CONSECUENCIAS DEL DIVORCIO
• Separación judicial si los cónyuges se reconcilian, solo tienen que (como si
nunca hubiese existido)
• Los cónyuges se reconcilien, el divorcio no puede dejarse sin efecto.
• CONSECUENCIAS DEL DIVORCIO (LEGALES)
• una vez dictado sentencia de divorcio, ya no hay marcha atrás
• los cónyuges quieren volver a estar casados, tendrán que volver a casarse, no
pueden recuperar el vínculo matrimonial por la vía de la reconciliación
"judicial",
19. • CONSECUENCIAS DEL DIVORCIO
(SENTIMENTALES)
Es irretractable y deja el vínculo matrimonial sin efectos, aunque
no las relaciones entre los progenitores y los hijos.
EFECTOS DEL DIVORCIO
20. ESTOS DERECHOS Y DEBERES
(OBLIGACIONES) SON, ENTRE OTROS:
• Derecho a tomar decisiones sobre la vida de los hijos (mientras estos son
menores de edad).
• Derecho a estar informado y conocer cualquier aspecto importante sobre la
vida de los hijos.
• Derecho a cuidarlos.
• Derecho a pasar tiempo con ellos, es decir, a tener un régimen de visitas
cuando no tenemos una guarda y custodia compartida.
• Deber de alimentarlos, pasar una pensión alimenticia.
• Deber de cuidarlos y protegerlos
21. TIPOS DE EFECTOS
• EFECTOS DE CARÁCTER PROVISIONAL:
que se producen mientras dura el juicio de divorcio
• EFECTOS DEFINITIVOS:
que se dan, una vez que se pronuncia la sentencia ejecutoria se
disuelve el vínculo matrimonial
22. • EFECTOS PROVISIONALES
• Efectos entre consorte
• Efectos con relación a los bienes.
• Efectos con relación a los hijos
.
EFECTOS DEFINITIVOS
• Situación jurídica de los hijos
Patria potestad
Alimento
Legitimidad e ilegitimidad
• Situación definitiva de los cónyuges
Capacidad de contraer nuevamente
matrimonio (divorcio)
Derecho a llevar o no apellido(esposo).
Capacidad jurídica
Alimentos
Daños y prejuicios
Seguridad social
23. • Estos se presentan principalmente en la sociedad conyugal y en las donaciones.
• 1. Sociedad conyugal.: permiten a la pareja convenir sobre los productos delos
bienes que posees o de algunos de ellos, especificándolos con relación a los
productos de su trabajo, profesión, industria o comercio.
• El artículo 163 del CCSLP, señala : “el hombre y la mujer al celebrar el contrato
de matrimonio, conservaran la propiedad y administración de los bienes que
respectivamente le pertenezcan; todos los frutos y acciones de dichos bienes no
serán comunes, sino de dominio exclusivo de la persona a quien aquellos
correspondan”.
• 2. Devolución de donaciones. El artículo 247 del CCSLP, previene que; “el
cónyuge que diere causa al divorcio perderá todo lo que se le hubiere dado o
prometido por su consorte o por otra persona a este; el cónyuge inocente
conservará lo recibido, y podrá reclamar lo pactado en su provecho.
EFECTOS DEFINITIVOS
CON RELACIÓN A LOS BIENES
24. CONCUBINATO
Concepto
• Es un hecho jurídico que consiste en la unión de dos personas
de distinto sexo, es decir, un hombre y una mujer, sin
impedimento, de conformidad a la ley, para contraer
matrimonio, que hagan vida en común, como si estuvieran
casados, por dos años, o bien que hayan vivido por menos de
dos años, pero que hayan concebido un hijo en común de esta
relación.
25. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE
LOS CONCUBINOS
• La concubina y el concubinario tienen derechos y obligaciones recíprocos
siempre que sin impedimentos legales para contraer matrimonio, hayan
vivido en común en forma constante y permanente por un periodo mínimo de
dos inmediatos.
• Demandar por una indemnización por daños y perjuicios el concubino(a) que
actuó de buena fe.
• Regirán al concubinato todos los derechos y obligaciones inherentes a la
familia
• A una pensión alimenticia por un tiempo igual al que ha durado el
concubinato
• A una indemnización civil y a la reparación del daño moral por causa de
lesiones o muerte del otro
26. LA DIFERENCIA CON OTRAS
UNIONES SEXUALES
• En la actualidad existen otras uniones reconocidas por el
derecho, ya sea que éstas se establezcan entre personas de
diferente o mismo sexo.
• Unión de hecho homosexual
• Sociedad de convivencia
un acto jurídico bilateral que se constituye cuando dos personas físicas
de diferente o del mismo sexo, mayores de edad y con capacidad jurídica
plena, establecen un hogar común, con voluntad de permanencia y de
ayuda mutua.