EL PODER PUNITIVO Y EL SISTEMA PENAL EN EL ECUADOR
Medicina Legal
1. República Bolivariana de Venezuela
Universidad Fermín Toro
Escuela de Derecho
Barquisimeto – Lara
José Miguel Bello Rodríguez
V- 18.198.993
MEDICINA LEGAL
SAIA B
Medicina Legal.
2. La muerte.
La muerte como se cree, no es un paro total e instantáneo de la vida, sino un
fenómeno lento y progresivo, que se inicia en los centros vitales cerebrales y/o cardiacos,
para propagarse en seguida progresivamente a todos los órganos y a todos los tejidos.
Esta es el resultado de la incapacidad orgánica de mantener una condición interna
estable (homeostasis), compensando los cambios en su entorno mediante el cambio
regulado de materia y energía con el exterior. Dada la degradación del ácido
desoxirribonucleico (ADN) contenido en los núcleos celulares, la réplica de las células se
hace cada vez más complicada.
En condiciones estables, en el cuerpo humano se presentan una serie fenómenos
bioquímicos, que al desarrollarse de manera normal y sin ningún imprevisto, arroja una
serie de valores que se traducen en estabilidad y equilibrio, entre ellos tenemos
temperatura corporal, metabolismo basal, respiración, pulso, tensión arterial. Pero
cuando la muere se produce, esos fenómenos son interrumpidos el cuerpo con vida pasa
a ser un cuerpo inerte en el cual dichos valores ya no son iguales.
Definición médico legal de la muerte.
Jorge Avendaño la define como “la abolición definitiva, irreversible y permanente
de las funciones viales del organismo.”
Clasificación médico legal de la muerte.
MUERTE CLINICA.
Aquella donde cesan en su totalidad las funciones cardiacas y respiratorias, pero
la actividad cerebral se mantiene sin ningún deterioro; por lo que a la persona presenta un
cuadro de muerte temporal que puede ser revertida a través de intervención medica como
por ejemplo la reanimación cardiopulmonar.
La muerte clínica puede ocurrir de forma espontánea en una persona
aparentemente sana, ser producto de una enfermedad grave o corresponder a
consecuencias de un accidente, también se le conoce como muerte cardiorrespiratoria.
MUERTE CEREBRAL.
También llamada muerte encefálica, se define como el cese completo e irreversible de la
actividad cerebral o encefálica.
3. Se caracteriza por que a pesar de la desaparición completa de la actividad cerebral,
algunas veces se mantiene la actividad cardiaca; ya que mientras el corazón tenga
oxigeno puede seguir latiendo, los respiradores artificiales proveen oxigeno suficiente
para que eso ocurra, más sin este el corazón eventualmente cesaría sus latidos.
Hay que tener especial cuidado en no confundir la muere cerebral con un coma,
ya que en el segundo a diferencia del primero, todavía se presenta actividad cerebral.
Hoy se considera, en casi todo el mundo, difunta a una persona (incluso si
permanece con actividad cardiaca y ventiladora gracias al soporte artificial en una unidad
de cuidados intensivos), tras el cese irreversible de la actividad vital de todo el cerebro,
incluido el tallo cerebral (la estructura más baja del encéfalo, encargada de la gran
mayoría de las funciones vitales), comprobada mediante protocolos clínicos neurológicos
bien definidos y respaldada por pruebas especializadas.
En Gaceta Oficial Nº 39.808 del 25 de noviembre de 2011, la ASAMBLEA
NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Decreta la
siguiente, LEY SOBRE DONACIÓN Y TRASPLANTE DE ÓRGANOS, TEJIDOS Y
CÉLULAS EN SERES HUMANOS
Artículo 25.
Criterios de muerte encefálica
Para los efectos de esta Ley, la muerte según criterios neurológicos, podrá ser
establecida en alguna de las siguientes formas:
1. La presencia del conjunto de los siguientes signos clínicos:
a. Coma o pérdida permanente e irreversible del estado de conciencia.
b. Ausencia de respuesta motora y de reflejos a la estimulación externa.
c. Ausencia de reflejos propios del tallo cerebral.
d. Apnea.
Previa a la certificación clínica de la muerte, según criterios neurológicos, deben
descartarse casos de:
a. Hipotermia.
b. Intoxicaciones irreversibles.
c. Alteraciones metabólicas graves.
d. Shock.
e. Uso de sedantes o bloqueadores neuromusculares.
2. La realización de pruebas instrumentales, se considerará en aquellos casos donde
haya imposibilidad de realizar el examen neurológico y para acortar los tiempos
de observación entre diferentes evaluaciones clínicas; su objetivo es valorar tanto
el flujo sanguíneo cerebral como las funciones electrofisiológicas del encéfalo y
el tallo cerebral. Son pruebas instrumentales:
4. a. Las que valoran la función electrofisiológica encefálica y del tallo cerebral:
i. Electroencefalograma.
ii. Potenciales evocados de tallo cerebral.
b. Las que valoran la circulación cerebral:
i. Sonografía doppler transcraneal.
ii. Artenografía cerebral de 4 vasos.
La muerte encefálica, según criterios clínicos neurológicos, se establece
legalmente, cuando así conste en declaración certificada por tres médicos o médicas que
no formen parte del equipo de trasplante.
MUERTE APARENTE.
Conocida también como catalepsia, es un trastorno del sistema nervioso, de
especial estado del organismo, donde los signos vitales se han reducido al mínimo,
aparentando haber desaparecido, formulan la duda sobre la muerte; son los llamados
confines de la vida y de la muerte (Simoni).
Se caracteriza por:
1) Perdida de la Conciencia: el cerebro suprime determinados actos reflejos y sólo
reacciona ante determinados estímulos
2) Inmovilidad Neuromuscular: los nervios músculos se deterioran o paralizan
significativamente, aparentando un estado de rigor mortis
3) Ausencia Aparente de Latidos Cardiacos y Pulsos: se altera el impulso eléctrico
que origina la contracción del musculo cardiaco para que realice su función de bombear
e impulsar la sangre hacia la periferia del organismo.
Estas muertes son frecuentes en casos de:
Estado de coma severo, sincope, conmoción cerebral);
En intoxicaciones severas;
En casos de algunas enfermedades psiquiátricas como Neurosis de
conversión (Histerismo);
Estados de asfixia mecánica como las sumersión
La catalepsia o muerte aparente no tiene una duración definida, pudiendo
extenderse incluso a años. Antiguamente se llegó a cometer el error de declarar como
muerta a personas que estaban en ese estado; desde el año 1978 se utilizan los
electroencefalogramas para diagnosticar una muerte clínica con total fiabilidad, que es
difícil equivocarse.
MUERTE ABSOLUTA O REAL.
Ocurre cuando cesan en su totalidad las tres funciones vitales del cuerpo humano
(respiratoria, cardiaca y cerebral). Ese es un proceso gradual de la cesación de todas las
5. reacciones bioquímicas que son necesarias para sostener la vida. A partir de ese momento
comienzan a manifestarse los llamados fenómenos abióticos consecutivos en el cadáver.
MUERTE SUBITA.
Es aquella que le ocurre de modo más o menos inesperado o brusco en el
transcurso de segundos o minutos, a personas aparentemente sanas; donde no existe una
causa obvia, por lo que comúnmente es una muerte sospechosa y se hace necesaria la
práctica de una autopsia para certificar la muere.
MUERTE REPENTINA.
Se da cuando el fallecimiento se produce en un individuo que ha venido
padeciendo de una enfermedad conocida por el médico que certifica la muerte sin que sea
necesaria la autopsia del cadáver. No debe confundirse con muere súbita.
MUERTE ASISTIDA.
Proceso por el cual una persona ayuda a otra a conseguir su objetivo de
morir prematuramente, ya sea asesorándolo sobre los métodos a seguir, ya sea
proporcionándole el veneno, medicación o instrumentos mortales para llevar a cabo esa
decisión.
Ese tipo de muere comúnmente es confundida con eutanasia, pero hay que tener
claro que se diferencian en el CONOCIMIENTO. Mientras en la muere asistida el
paciente no está incapacitado y es el mismo quien toma la medicación y decide cuando
hacerlo; por oro lado, en la Euanasia es imposible la comunicación paciene docor, ya que
el primero, bien por permanecer en estado vegetal o bien por estar inconsciente a causa
de la enfermedad o medicación, no es capaz de decidir por si mismo. En esos casos el
doctor o la familia (muchas veces previa petición del paciente) son los que toman la
decisión y realizan el procedimiento.
Hay un tercer concepto, relacionado con estos dos, que es el de ortotanasia. A
diferencia de los anteriores este no busca adelantar la muerte del enfermo, simplemente
aboga por una muerte digna, sin la necesidad de alargar artificialmente la vida, sino que
simplemente aspira a que el paciente sea tratado con paliativos para no sufrir y poder
morir en paz.
La eutanasia es legal en Holanda, Bélgica y Luxemburgo (también el suicidio
médicamente asistido, en realidad el paciente escoge la forma en que quiere ser ayudado
para morir). El suicidio médicamente asistido es legal en Oregón, Washington y Montana
en los Estados Unidos de América, pero en estos estados se establece una clara diferencia
con la eutanasia, la cual está prohibida
6. Docimasia.
Griego Dokimasia = exploración.
Por lo que se puede decir que es el conjunto de pruebas que se emplean para la
comprobación de los signos vitales en los cadáveres. Esos signos particularmente se
revelan en las funciones respiratorias, digestivas, hepáticas y circulatorias.
Docimasia hepática
Investiga las reservas de glucógeno y de glucosa en el hígado, las que se conservan
si no hubo agonía.
Docimasia suprarrenal
Investiga la presencia de adrenalina en las glándulas suprarrenales. Si hubo larga
agonía, los depósitos de esta sustancia están muy disminuidos.
7. Tanatología.
Griego anaos = muere Logos = tratado
Tanatología es la parte de la medicina legal que estudia las modificaciones del
organismo humano, a partir del momento en que se produjo la muerte.
El cronotanatodiagnóstico.
Es el cálculo y opinión medico forense que permite señalar el tiempo que ha
transcurrido desde el momento de la muerte de un individuo hasta que se inicia un acto
pericial, empleando técnicas y observaciones de los fenómenos o cambios cadavéricos.
Determinación de la Data de Muerte.
Establecer con la máxima precisión posible el momento de la muerte tiene una
gran transcendencia, puede representar le éxito o el fracaso de una investigación policial
en el esclarecimiento de un crimen.
Ese momento (Data) puede interesar bien aisladamente en sentido absoluto, es
decir, tratar de precisar cuando falleció un determinado individuo; o en términos relativos,
o sea, establecen la secuencia del fallecimiento de dos o más personas cuando estas
fallecen simultáneamente o en tiempos muy próximos.
El precisar en términos absolutos el momento de la muerte puede representar el
éxito o el fracaso en la investigación policial en el esclarecimiento de un crimen.
La data de la muerte no es siempre, coetánea a las lesiones, es este el primer error
que puede cometerse: el creer que las lesiones causantes de la muerte y estas mismas
fueron simultáneas. Mediante el diagnóstico de la muerte, se precisan los signos de la
muerte y los fenómenos cadavéricos, para verificar si ella se ha producido, cuáles son sus
causas, la forma en que ocurrió, la data o fecha de la muerte. Si la muerte ha sido natural
o por acto de terceros, el tipo de muerte, entre otros. Para el diagnostico se recurre a dos
tipos de comprobaciones o exámenes:
1. SIGNOS NEGATIVOS DE LA VIDA.
Son los que procuran comprobar la cesación de las funciones vitales. Sirven para
determinar la muerte.
Se desencadenan inmediatamente después de producida la muerte y son de valor
relativo porque, en general, no excluyen los casos de muerte aparente, y no constituyen
plena prueba.
8. Un solo signo de la muerte no es determinante para su constatación efectiva, se
deben apreciar varios signos y pruebas conjuntamente:
Signos de cesación de las funciones respiratorias se verifica por medio de:
Prueba o signo de Icart o de la reacción sulfhídrica
Signos de cesación de las funciones circulatoria:
La supresión de la actividad circulatoria, como la ausencia de pulso, silencio
ausculatorio, falta de movimiento del corazón, paralización cardiaca, y los signos que la
demuestran, son los más importantes y los que dan una mayor certeza en el diagnóstico
de la muerte.
2. SIGNOS POSITIVOS DE LA MUERTE.
Son los fenómenos físicos, químicos y microbiológicos que aparecen en el
cadáver, pasado un tiempo después de la muerte, que la demuestran de forma inequívoca.
Algunos se presentan simultáneamente con la muerte y otros luego de transcurrir un
tiempo.
A diferencia de los signos negativos de la vida o signos de la muerte, los signos
positivos de la muerte o fenómenos cadavéricos permiten un diagnostico seguro del
fallecimiento y son irreversibles
Fenómenos cadavéricos.
1. Fenómenos cadavéricos tempranos.
Enfriamiento cadavérico o Argor Moris.
Luego de perder totalmente las tres funciones vitales, el cadáver mantiene cierta
temperatura que va disminuyendo con el paso de las horas y al mismo tiempo, va
muriendo cada célula. Esa pérdida de temperatura se da gradualmente comenzando en el
rostro y extremidades.
Su importancia medico legal se divide en:
a) diagnóstico de muerte verdadera.
b) diagnóstico de intervalo post mortem.
Para determinar la data de la muerte, orienandonos por el enfriamieno cadavérico,
exise una regla denominada la Regla de Tointo.
A. Si el cadáver esta aún caliente, no presenta aún ni rigideces, ni livideces
Entonces se calcula la data de la muerte entre 2 y 5 horas.
9. B. Si el cadáver ha perdido calor, hay rigidez en la cara y cuello, formación
de livideces entonces la muerte se calcula entre 6 y 10 horas.
C. Si el cadáver esta Frío, hay rigidez total del cuerpo, livideces fijas entonces
la muerte se calcula entre 12 y 18 horas.
D. Si el cadáver está frío, livideces fijas, la parte inferior presenta flacidez
entonces la muerte data de 18 a 24 horas.
E. Si el cadáver está completamente frío, livideces, flacidez total entonces la
muerte se calcula entre 24 y 36 horas.
Se debe considerar que existen circunstancias que pueden retardar o acelerar el
proceso de enfriamiento.
Retardan el enfriamiento Cadavérico.
1. Ambientes cálidos
2. Temperaturas latas
3. Ropaje Pesados
4. La Obesidad
5. Aridez de los terrenos
6. Muertes por envenenamiento
7. Muertes por altas Fiebres.
Aceleran el Enfriamiento Cadavérico:
1. Ambientes Fríos
2. Desnudez del Cadáver
3. Contexturas delgadas
4. Niños pequeños
5. Personas Ancianas
6. Terrenos húmedos
7. Muerte por inanición (desnutrición)
8. Muerte por hemorragias
10. Rigidez cadavérica o Rigor Moris.
Es la dureza que adquiere el cadáver como consecuencia de los gases que
comienza a desprender el mismo.
Los líquidos del cuerpo se transforman en ácido sarcolactico, consecuencia de la
muere celular, a raíz de ese cambio bioquímico sé que produce después de la muerte, los
músculos se tornan rígidos. Ese fenómeno se manifiesta entre las 3 6 horas del
fallecimiento.
La rigidez comienza en la cara, luego se expande al cuello, tórax, los miembros
superiores, abdomen, los miembros inferiores, hasta llegar a los pies, ese proceso dura
12 horas. Al cumplir ese lapso la rigidez del cadáver es reversible, comienza un proceso
de flacidez que se da en forma conraria comenzando desde los pies hasta la cara, con una
duración igual a 12 horas.
Cuando se cumple ese periodo de 24 horas, es cuando comienza a manifestarse el
fenómeno cadavérico de la putrefacción.
Su importancia medico legal se divide en:
a) diagnóstico de muerte.
b) diagnóstico de la hora de la muerte o intervalo post mortem.
Factores que aceleran el rigor mortis:
1. la vejez.
2. la niñez.
3. la infancia.
4. el frío.
Factores que retardan el rigor mortis:
1. ropajes pesados.
2. calor en niños recién nacidos.
3. la temperatura muy fría.
Deshidratación cadavérica.
11. Se debe a la pérdida de agua por evaporación sus principales manifestaciones se
observan en los ojos, y constituyen los signos de Stenon Louis y de Sommer.
El Signo de Sommer o también llamada mancha negra esclerótica. Consiste en un
triángulo oscuro con la base en la córnea, y otras veces, en una línea oscura que sigue el
ecuador del ojo. Alcanza su máximo tono entre 12 y 15 horas del inicio. En la sumersión
pueden ser muy pálidas; en el intoxicado por monóxido de carbono, rosa cereza;
achocolatadas en la metahemoglobinemia, y violáceas cuando la hemoglobina está
reducida.
Su importancia medico legal consiste en:
a) Diagnóstico de muerte verdadera.
b) Diagnóstico del intervalo post mortem.
c) Diagnóstico de cambios de posición del cadáver.
Espasmo cadavérico.
Es la rigidez inmediata a la muerte, que fija la posición que tenía el individuo al
momento de morir. Puede ser localizado en un segmento corporal y es un fenómeno raro,
que se observa en las enfermedades o traumatismos del sistema nervioso central o del
sistema circulatorio, cuando la muerte sobreviene en plena actividad muscular
Su importancia medico legal radica en que su presencia contribuye al diagnóstico
del carácter suicida de una muerte.
12. 2. Fenómenos cadavéricos tardíos.
I. Fenómenos tardíos destructores.
Autolisis.
Griego auto = el mismo, y lisis= pérdida, disolución, es un proceso biológico por
el cual una célula se autodestruye. Es un proceso no común en condiciones normales,
pero puede ser inducido por radiación o la presencia de daños severos en los ejidos, como
por ejemplo la necrosis.
Esta se manifiesta en:
La sangre
Páncreas
Glándulas suprarrenales
Encéfalo, Estomago y Esófago
13. Putrefacción cadavérica.
Es la descomposición de la materia orgánica del cadáver, por acción de las
bacterias. Estas bacterias suelen provenir de los intestinos, y después de la muerte se
propagan por la sangre.
Una vez que se paraliza el bombeo de sangre y se extinguen las tres funciones
vitales; los microbios del intestino producen un cambio bioquímico que origina gases en
el cadáver, que unido a la hemoglobina de la sangre comienza a producir una acción
química de descomposición o transformación.
La putrefacción se manifiesta en cuatro fases, cuya cronología en temperaturas,
entre 17 y 24ºC puede ser la siguiente:
1. Periodo cromático. Su primera manifestación es la mancha verdosa
abdominal, por lo general en la fosa iliaca derecha o en ambas fosas iliacas,
a las 24 horas; el veteado venoso, a las 48 horas, que consiste en la
visualización de la red venosa de la piel por imbibición de la hemoglobina
transformada en compuestos azufrados, y finalmente, la coloración
verdosa o negruzca del cadáver, a los cuatro días. o
2. Periodo enfisematoso. Por la acción de las bacterias productoras de gases,
los tejidos se hinchan. En la piel se forman ampollas con despegamiento
de la epidermis, que luego caerá en colgajos en palmas y plantas, incluidas
las uñas. El abdomen, las mejillas y los párpados se hacen prominentes.
Hay sapiencia de la lengua y del recto. En el cadáver de una embarazada
puede producirse la expulsión del feto. Eso ocurre a la semana de la
muerte. o
3. Periodo colicuativo. Se licuan los tejidos, empezando por las partes bajas.
El cadáver tiene entonces un aspecto acaramelado. Esto puede ocurrir
entre dos y cuatro semanas.
4. Periodo de reducción esquelética. También se conoce como
esqueletización. Ocurre entre tres y cinco años. Puede avanzar hasta la
pulverización.
Factores que influyen en la putrefacción.
Factores Ambientales:
La temperatura, donde las más elevadas favorecen la putrefacción.
La humedad, donde la mayor humedad también la favorece.
La naturaleza del lugar (Terreno) de la muerte donde los suelos secos y
porosos son conservadores del cadáver.
14. La profundidad de la fosa, donde a mayor profundidad menor
putrefacción.
Y la estación del año, donde altas temperaturas favorecen igualmente la
putrefacción.
Factores Propios del cadáver:
La edad, siendo la putrefacción menos acentuada en las edades extremas.
Constitución orgánica, produciéndose putrefacciones acentuadas en los
pícnicos, no así en los leptosomaticos (secos).
El estado de enflaquecimiento u obesidad influye en igual forma.
El tipo o clase de enfermedad que produjo la muerte, siendo notorio el
retardo de la putrefacción cuando se han utilizado abundantes cantidades
de agua de antibióticos pre mortem.
El grado de cubrimiento del cadáver o sellado del ataúd que lo contiene.
Antropofagia cadavérica.
Es la destrucción del cadáver por la acción de animales. Los más frecuentes son
las moscas, que depositan los huevos alrededor de la nariz, boca y ano; a partir de ellos
se desarrollan las larvas que son muy devoradoras, le siguen las pupas y finalmente la
mosca
15. II. Fenómenos tardíos conservadores.
Momificación.
Consiste en la desecación del cadáver al evaporarse el agua de los tejidos.
Requiere medio seco con aire circulante. Se produce luego de un periodo mínimo de un
año, en las condiciones ideales.
Hay pérdida de peso y aspecto oscuro de la piel, que se adosa al esqueleto. Se
preservan la fisonomía y los traumatismos en partes blandas.
Su importancia medico legal abarca:
a) identificación del cadáver.
b) diagnóstico de causa de muerte.
c) diagnóstico de intervalo post mortem.
La Saponificación.
Es un fenómeno raro; se da, generalmente, cuando el cadáver ha permanecido
dentro de las aguas y se manifiesta por una formación grasosa en los miembros, que
algunas veces es amarillenta y otras veces grisáceo-blanco, puede estar completamente
16. conservado; de tal manera que si hay lesiones en ese lugar indudablemente que se van a
poder detectar.
La Corificación.
Es una forma de momificación en donde no interviene para nada la mano del
hombre, y se produce cuando el cadáver es sepultado en una caja; los únicos casos que se
han dado de este fenómeno, que es muy raro, han sido en cajas mortuorias fabricadas en
zinc.
La entomología forense o médico legal.
17. Es el estudio de los artrópodos asociados con cadáveres, se utiliza, entre otros
propósitos, para estimar el tiempo trascurrido desde la muerte o intervalo postmortem
(IPM) y la identificación de los posibles traslados del cuerpo.
Esos episodios entomológicos, inician con los dípteros (insectos caracterizados
porque poseen sólo dos alas membranosas, moscas) a continuación suelen aparecen los
coleópteros (con piezas bucales de tipo masticador, y las alas delanteras transformadas en
rígidas armaduras escarabajos) y durante un tiempo convivirán en nichos diferentes
coleópteros y dípteros, por ultimo convivirán, también en nichos diferentes, coleópteros,
ácaros y lepidópteros (insectos voladores, conocidos comúnmente como mariposas) .
Pero la propia secuencia de colonización y las especies implicadas variarán en función de
múltiples parámetros, entre los que destacan la región biogeográfica, la época del año y
las características ambientales particulares del hábitat en que se encuentre el cadáver.
Periodos entomológicos
Sarcofágico
Constituido por dípteros como moscas y mosquitos. Se alimentan de los líquidos
cadavéricos. Tiene una duración cercana a los tres meses.
Dermesteriano
Constituido por coleópteros como escarabajos y lepidoptera como las polillas.
Determinan procesos de adipocira o de momificación. Se toman un tiempo de entre tres
y cuatro meses después del período sarcofágico.
Acariano
Constituido por otros dípteros y coleópteros. Se dedican a la licuefacción del
cadáver sobre las sustancias estercocráceas. Se toman un tiempo de entre cuatro y cuatro
meses después del período dermesteriano.
Segundo acariano
Constituido por ácaros arácnidos. Se dedican a la desecación del esqueleto en
virtud de su acción roedora siempre que no haya tenido lugar antes la transformación
adipocírica. Se toman un tiempo de entre seis meses y un año después del período
acariano.
18. Inhumación.
Latín in = en y humus = tierra «Acción de enterrar un cadáver».
Cualquier otro destino que se le de al cadáver no entra dentro del concepto de
inhumación.
En la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad al Decreto 115, de
fecha 03 de noviembre de 1948 se establece el Reglamento de Cementerios Inhumaciones
y exhumaciones, aún vigente, y se normaliza para proceder al acto de inhumación donde,
se hace necesario el cumplimiento de una serie de requisitos de carácter sucesivo e
imprescindible:
a. Certificado de defunción.
b. Autorización civil y sanitaria para el enterramiento.
c. Inscripción en el libro de defunciones que se encuentra en los registros civiles.
d. Y posteriormente se genera la llamada “partida de defunción”
Cremación.
La cremación o incineración es la práctica de deshacer un cuerpo
humano muerto, quemándolo, lo que frecuentemente se lleva a cabo en un lugar
denominado crematorio.
La autorización es librada, por el alcalde, tras presentación de los documentos
siguientes:
1°Instancia inscrita de la familia.
2°Certificado del Médico de cabecera afirmando la causa natural de la muerte.
3° Informe de un médico comisionado por el oficial del Registro Civil,
confirmando la causa natural de la muerte. A falta de certificado médico, el médico
comisionado debe proceder a una encuesta.
Exhumación.
Es aquella en virtud del cual se amplía o se practica una autopsia para la
comprobación de un delito o sospecha de índole penal. Se efectúa cuando se establece
que la autopsia al inhumado, puede suministrar un valioso aporte a la investigación
judicial.
19. Generalmente responde al hecho de no haber realizado una autopsia, o cuando aun
habiéndose realizado, no aporta los resultados convincentes. Articulo 203 Código
Orgánico Procesal Pena
Fase de un proceso de exhumación:
1. Justificación por parte de la Fiscalía del Ministerio Publico ante el Juez, o la
defensa, previo conocimiento del caso, de las circunstancias y de la posibilidad de colectar
indicios de interés criminalisticos y medico legales que coadyuven a la investigación y a
la solución del problema.
2. Autorización del tribunal competente quien informara a las partes de las
notificaciones de la fecha, hora y lugar por parte del tribunal de control a las siguientes
personas:
a) Fiscalía del ministerio público.
b) Integrantes de la defensa pública o privada.
c) Peritos expertos.
d) Gerente del cementerio.
e) Familiares solicitantes.
f) Otras personas que el juez considere prudente su asistencia a este acto.
Autopsia.
Griego, autós = uno mismo y opsis = observar, significa por tanto 'ver a uno
mismo'.
La autopsia, también llamado examen pos moren, es un procedimiento médico
que emplea disección, con el fin de obtener información anatómica sobre la causa,
naturaleza y extensión de las causas de la muere de un individuo. Se puede acotar que la
necropsia es usada en el área de criminalística más que en cualquier otra rama de la
investigación ya que la necropsia comprende todo lo relacionado al lugar del hecho, todo
lo concerniente a los indicios y herramientas que se usaron para realizar el asesinato y su
posterior levantamiento del lugar.
En el Articulo 202 del CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL se establece
que es el procedimiento médico que se realiza sobre el cadáver con el fin de determinar
la causa, el mecanismo y la manera de la muerte, es un acto central en las ciencias
forenses, de ahí su estudio en profundidad y con una metodología sistemática.
Existen dos tipos de autopsias:
Autopsia Forense: es realizada por razones médico-legales .La realizan los
médicos especializados en Medicina Legal y Forense por orden judicial es solicitada por
20. el juez ante cualquier muerte sospechosa de criminalidad y no puede ser rechazada por
los familiares.
Autopsia Clínica: es generalmente realizada para determinar no sólo la causa de
la muerte, que en muchos casos es conocida, sino todos los procesos patológicos que
afectaban al individuo. Tiene propósitos de estudio e investigación. Es llevada a cabo por
médicos especializados en Anatomía Patológica. Es solicitada por los facultativos que
atendieron al paciente y debe ser autorizada por los familiares.
Protocolo de la autopsia legal.
Toda información recaudada por el anatomopatologo forense, al momento de
realizar el examen del cadáver, debe ser vaciada en forma descriptiva, detallada y
sistemática en el protocolo de autopsia, que incluye:
1. Encabezamiento: indica el nombre del fallecido, fecha y hora del examen.
2. Causa de la muerte: debe ser expresada en términos sencillos y con la
terminología médica.
3. Otros hallazgos de la autopsia: es la numeración de los principales
traumatismos.
4. Forma de la muerte: desde el punto de vista médico-legal.
5. Resultado de exámenes de laboratorio: con una interpretación sencilla de las
conclusiones médicas.
6. Observaciones y comentarios. En él se destacan las lesiones, debe incluirse,
fotografía del rostro de frente, para propósitos de investigación.
Base Legal:
•Código de Instrucción Médico Forense
•Código Orgánico Procesal Penal
•Código Civil de Venezuela
•Manual de Normas y Procedimientos para el Manejo del Certificado de
Defunción EV-14
En Venezuela, La autopsia, es un procedimiento pericial previsto por el legislador
penal venezolano, tipificado en el Código de Instrucción médico forense, Art. 77 al 106
(de los procedimientos después de la defunción); en el Código Orgánico Procesal Penal,
Artículos 214 al 217, Código Civil de Venezuela, Art. 476-598 y el Art. 285
Constitucional.
21. Es importante señalar, que es el Código de Instrucción Médico Forense, el que
establece las normas de la Experticia Médico Legal, no obstante de su data (1.878), aún
está vigente. Los Artículos del 77 al 106, contienen el procedimiento a seguir, luego de
la defunción.
Unidades que intervienen:
-Unidades de medicina legal
-Ministerio Público
-Policía investigativa (Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y
Criminalísticas CICPC).
-Autoridad Civil
La importancia de la autopsia forense es extraordinaria, puesto que de ella se
podrá señalar fundamentalmente si la muerte de una persona es fruto de un estado
patológico natural, o por el contrario han intervenido agentes extraños.
A raves de ella se puede Establecer:
La causa de la muerte.
Determinar la forma de la muerte.
Identificar a la persona fallecida.
Averiguar el tiempo de la muerte.
Buscar evidencias en orden de identificar el objeto vulnerante causante de
la muerte o cualquier otro indicio que nos permita establecer nexos con el
perpetrador o con el lugar en que sucedieron los hechos.
El reconocimiento de lesiones o condiciones patológicas (enfermedades)
que puedan ser relevantes para el estudio judicial del caso.
22. Levantamiento del cadáver.
El Proceso del Levantamiento del Cadáver es el Estudio que Realiza el Médico
Legista y el Equipo de profesionales de las Ciencias Forenses, de todo lo existente en el
lugar de los hechos o el lugar del hallazgo, donde se encuentre(n) cadáver(es) o restos
humanos con la finalidad de establecer si la muerte es de naturaleza violenta, natural o
sospechosa de criminalidad.
Objeto del levantamiento del cadáver.
1. - Comprobar la Muerte.
2. - Estimar el Intervalo Post Mortem.
3. - Contribuir a determinar el modo, mecanismo, y manera de muerte.
4. - Contribuir con información sobre la presunta causa de muerte.
Técnicas de levantamiento de cadáver según el CODIGO ORGANICO
PROCESAL PENAL.
Se establece en el artículo 187 Del Código Orgánico Procesal Penal como
“Cadena de custodia” esa es una garantía legal que permite el manejo correcto de las
evidencias física, materiales y digitales, con el fin de que no sean modificadas, alteradas,
contaminadas o inutilizadas.
Protección
No se debe permitir la entrada de personas no autorizadas que puedan alterar,
mover, destruir o desaparecer rastros, huellas u otras evidencias. Para trabajar el sitio del
suceso se debe tener autorización previa del Fiscal del Ministerio Publico
Fijación e identificación del sitio del levantamiento (exploración del lugar del
hecho)
Consiste en reproducir de forma exacta y precisa el sitio del suceso, sus
características, dimensiones, elementos, la distribución y todo lo referente al delito
investigado, a través de operaciones científicas y métodos de fijación y descripción
escrita.
El lugar de la muerte o sitio del suceso, debe explorarse en 4 pasos básicos
1. Observar
23. 2. Registrar
3. Fotografiar y
4. No alterar la escena
El primer punto se refiere a la observación criminalística del lugar del hecho, en
la cual el equipo interdisciplinario debe ser muy cuidadoso desde el mismo momento de
entrar en la escena de los hechos, tratando de no modificar ninguna de las circunstancias
ni elementos que se encuentran en el sitio.
La observación visual que hace el equipo que efectúa el levantamiento de cadáver
es básico para poder dar curso a las siguientes fases de la exploración.
Existen diferentes métodos para el estudio sistemático de dicha superficie, por
ejemplo:
a) Espiral, donde el cadáver ocupa el punto central, y el investigador siguiendo el
sentido de las agujas del reloj y en forma centrípeta registra el área hasta llegar al cuerpo.
b) Las Coordenadas: se tiende una coordenada de norte a sur, en el centro se ubica
el cadáver y se trazan las ordenadas hacia los elementos importantes (armas, huellas) este
método aporta datos de distancia y localización.
c) El tablero de ajedrez Se procede a cuadricular el lugar en forma planimetríca y
se enumeran los casilleros (este método es útil en grandes espacios abiertos). Hay una
inspección ocular primaria en el momento de llegar al lugar.
Una vez que se ha completado la observación visual de la escena deberá pasarse
al registro de la misma que se realiza en dos formas.
En primer lugar registrándolo, describiendo lo observado...
1.- Narrar por escrito características, ubicación y dimensiones del S.S.
2.- Consignar su orientación geográfica
3.- Describir los elementos que se encuentran, su distribución y características
4.- Dejar constancia de ciertas medidas básicas para la investigación, ejemplo,
distancia del arma en relación al cadáver.
5.- Debe realizarse siguiendo un orden metodológico.
6.- Nada debe omitirse en la descripción escrita, aunque en los primeros momentos
parezca desvinculado del hecho.
Si el hecho no dejo rastros ni efectos materiales, o si desparecieron o fueron
alertados, se debe describir el estado actual en que fueron encontrados y a su vez describir
el anterior indicando el modo, tiempo y causa de su desaparición o alteración. De todo
lo actuado se le notificará a el o la Fiscal del Ministerio Público
En segundo lugar se debe realizar una fijación.
Fijación fotográfica:
24. Se debe revisar micro y macro fotografía; efectuar el registro y toma fotográfica
del sitio del suceso; Fotografiar en forma relacionada la posición de la víctima con los
objetos; Documentar las etapas presumiblemente cubiertas por el delincuente y presentar
la fotografía en forma nítida, exacta, sin deformaciones que puedan ocasionar duda o
formar falsas opiniones.
Fijación planimetría:
Es el diseño de un croquis o plano, que representa auténtica y sustancialmente el
Sitio del Suceso, sus características, la colección de evidencias asociadas.
Luego de ese procedimiento y una vez que el equipo llega al sitio del suceso, el
primero en pasar debe ser el médico forense, quien usando una técnica determinada para
no alterar la escena deberá constatar que realmente se trata de un cadáver.
El médico deberá determinar si hay signos de muerte o hay fenómenos
cadavéricos en el cuerpo encontrado, en cuyo caso se procederá a practicar el resto de la
inspección judicial.
Si el medico forense no esa disponible, la policía de investigaciones penales, debe
procedes a levantar el cadáver disponer su traslado a la morgue correspondiente, para
practicar la autopsia, la identificación final y la entrega a los familiares.
Luego de eso los funcionarios deben cumplir con el proceso de recolección de
evidencia, siguiendo los siguientes lineamientos:
Colección: Es recabar todo elemento generador de una acción criminal o delictiva.
Se deben colocar los objetos grandes y visibles, objetos poco visibles, objetos que
requieren tratamiento especial y realizarse una reactivación especial de huellas
digitales.
Embalaje una vez que se colectaron y preservaron en el orden correspondiente se
tiene que embalar primero en una cobertura de papel metálico y papel especial.
Rotulado Y Etiquetado esto debe contener:
1. Identificación del Órgano de investigación y despacho que instruye.
2. Número de registro de cadena de custodia.
3. Número de expediente.
4. Tipo de delito.
5. Observación del caso
6. Funcionario que lo colecta.
7. Numero de inspección técnica.
8. Soporte donde se colecto el o los rastros revelados.
9. Funcionario identificador
25. 10. Numero de peritaje.
11. Clasificación de la huella.
Preservación es proteger, tomar todos los pasos y las medidas para garantizar la
pureza de la evidencia.
Traslado todas las evidencias deben ser trasladadas por el funcionario de la
policía de investigaciones penales o el médico forense al laboratorio. Que debe
contener la Planilla de Registro de Evidencias Físicas Indicación de los
funcionarios o funcionarias. Personas que intervinieron en el resguardo.
Fijación fotográfica u otro medio.
Si por algún motivo se rompiera un eslabón de la cadena de custodia, se
comprometerá en su totalidad la investigación judicial. Por lo que se debe ser muy
cuidadoso y cauteloso en el transcurso de la misma.
Los procedimientos generales y específicos, fundados en los principios básicos de
la cadena de custodia de las evidencias físicas, estarán regulados por un manual de
procedimiento único, de uso obligatorio para todas las instituciones policiales del
territorio nacional, que practiquen entre sus labores, el resguardo, fijación fotográfica o
por otro medio, colección, embalaje, etiquetaje, traslado, preservación, análisis,
almacenaje y custodia de evidencias físicas, con la finalidad de mantener un criterio
unificado de patrones criminalísticos. El referido Manual de Procedimientos en Materia
de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas, es competencia del Ministerio del Poder
Popular para Relaciones Interiores y Justicia en coordinación con el Ministerio Público.
CASO PRACTICO.
Según el artículo 201 del CODIGO ORGANICO PROSESAL PENAL.
En caso de muerte en accidente de tránsito, el levantamiento de cadáver las
actuaciones pueden ser realizados por un oficial del SERVCIO DE CONTROL Y
VIGILANCIA DE TRANSITO TERRESTRE DE LA POLICIA NACIONAL
BOLIVARIANA, (que son los representantes del INSTITUTO NACIONAL DE
TRANSITO TERRESTRE INTT) auxiliado por el medico forense, dejando constancia
de lo actuado en conformidad con las normas generales de este Código
NORMATIVA LEGAL Ley de Transporte Terrestre, publicada en G.O. N°
38.985 de fecha 01 de agosto de 2008. Reforma del Código Orgánico Procesal Penal
Artículos 113 al 117, 119, 153, 285. En caso de Personas Fallecidas: 200 y 201 COPP.
Por Flagrancia 234 COPP
FUNCIONARIOS Dentro de las labores de sus funcionarios, se encuentra el
levantamiento de los accidentes viales y de tránsito a nivel nacional, sin importar la
gravedad del mismo, en este momento que los funcionarios del Cuerpo Técnico de
vigilancia de Transporte Terrestre, deben aplicar sus conocimientos y adicionalmente un
conjunto de procedimientos legales para poder realizar el levantamiento de un accidente
con lesiones.
26. Certificado de defunción.
Según el Artículo 128. De LA Ley Orgánica del registro civil.
El certificado de defunción es el instrumento indispensable para efectuar la
declaración y promover su inscripción en el Registro Civil, el cual será expedido por el
Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Salud y suscrito por personal
médico, de conformidad con la ley.
El certificado de defunción debe contener:
1. Fecha y número del certificado de defunción.
2. Nombres, apellidos, número único de identidad y dalos del registro sanitario
del personal médico que lo suscribe.
3. Número de pasaporte, en el caso de ser extranjero o extranjera quien certifique
la defunción, con los correspondientes datos del registro sanitario.
4. Denominación y ubicación de la dependencia de salud.
5. Fecha, hora y lugar del deceso.
6. Identificación completa de la persona fallecida.
7. Causas del fallecimiento.
8. Firma del médico o médica.
Solicitantes de la declaración de una defunción.
Los familiares directos hasta el tercer grado de consanguinidad y primero de
afinidad.
El o la cónyuge o la persona con quien haya mantenido una unión estable de
hecho.
Los capitanes o las capitanas de buque o aeronave donde haya ocurrido el
fallecimiento.
Cualquier persona o autoridad civil, médica, militar o policial, que tuviere
conocimiento del fallecimiento de una persona desconocida, del hallazgo de un
cadáver cuya identidad no sea posible comprobar o de una inhumación practicada
en lugares distintos a los autorizados.
Análisis de la Le Orgánica del Registro Civil.
Fue publicada en Gaceta Oficial el 15 de Septiembre de 2009; entra en vigencia
el 15 de Marzo de 2010. Esta Ley tiene por objeto regular la competencia, formación,
organización, funcionamiento, centralización de la información, supervisión y control del
Registro Civil.