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1
MINUTA CON RESULTADOS DE SESIONES DE LA COMISIÓN DE
GOBIERNO DEL SENADO REPECTO DEL PROYECTO DE LEY
“Que Fortalece la gestión y la Profesionalización del Personal
Municipal e introduce Otras Modificaciones legales”
I. SESIÓN COMISIÓN DE GOBIERNO EN SANTIAGO EL DÍA LUNES 7 DE
SEPTIEMBRE:
Estimados(as) Directores(as), para conocimiento y fines, la Comisión de
Gobierno del Senado, sesionó integrada por los Honorables Senadores Espina (Presidente),
Von Baer, Quinteros, Horvath (quien se encontraba participando en paralelo de otra
comisión por lo que algunos artículos e indicaciones no los votó) y Matta (en reemplazo
temporal de Zaldívar).
La modalidad de votación, por acuerdo de funcionamiento de la comisión, es
que artículo que no presenta ninguna indicación sustitutiva se entiende por aprobado
inmediatamente. Además los artículos pueden quedar tramitados o votados en 3 situaciones
diversas, según se detalla:
1. Aprobado por unanimidad, por lo que pasa a la Sala en pleno tal como fue presentado
por el Ejecutivo en el Proyecto.
2. Aprobado por mayoría, lo que significa que su situación será discutida en el Senado en
pleno.
3. Rechazado, lo que significa que pasa a sala con indicación de la Comisión, frente a lo
cual el Ejecutivo puede reponerlo o modificarlo.
A continuación el resultado de los artículos votados y cómo votó cada Senador:
Artículo 1: Reconocimiento Asignación Profesional para los escalafones Directivos,
Profesionales y Jefaturas. Aprobado por mayoría (Senadores Horvath, Quintero y Matta,
en contra Espina y Von Baer). La discusión se centró en que este beneficio alcance a los
Jueces de Policía Local y a funcionarios de otros escalafones. En consecuencia, por
involucrar mayores recursos, es resorte del Ejecutivo responder al planteamiento de
senadores que votaron en contra. Redacción final se debatirá en la sala. El Senador
Quintero, observó que votaba a favor con la condición de que el Ejecutivo mejore la
redacción involucrando a los Jueces de Policía Local.
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Artículo 2: Componentes para calcular monto de la Asignación Profesional en relación a la
E.U.S. En general fue aprobado por mayoría (Senadores Horvath, Quintero y Matta a
favor. En contra Espina y Von Baer). Los Senadores que rechazaron el artículo plantean que
tal como está, desde el grado 6º en adelante no se recibirá este derecho, por lo tanto lo
encuentran injusto si lo que se busca es mejorar la función pública y plantean al ejecutivo
que se pague sin tope a todos. Redacción final se debatirá en la sala. Nuevamente, el
Senador Quintero, aprobó con reserva, en cuanto a que según los cálculos que ha realizado
este beneficio no se pagará del grado 6º hacia arriba; fue insistente en ello hasta que Víctor
Hugo Miranda le tuvo que confirmar que en la práctica así es; por tanto le solicitó al
Ejecutivo que le entregue un informe al respecto lo que condicionará su voto en la sala.
Articulo 3: Derecho a acceder al Bono Post Laboral de la aquellos funcionarios(as) que
percibieron la bonificación por retiro voluntario de la ley Nº 20649 y que presentaron la
solicitud para acceder a este de conformidad a la ley Nº 20.305. Aprobado por
unanimidad.
Articulo 4: Interpreta Art. 2 del Decreto Ley 3.501, de 1980, sobre cálculo del Incremento
Previsional Compensatorio. Se aprueba la indicación del Senador Ossandon “para
suprimirlo” por tres votos contra dos (por la aprobación Horvath, Von Baer y Espina y por
el rechazo Quintero y Matta). En suma, esto significa que se suprimiría el artículo 4º del
proyecto. Por tanto, pasa a sala para discusión, con la argumentación de que si bien es
necesario hacerse cargo del problema que existe en el país y buscar una solución, lo que
propone el Ejecutivo debiera conciliarse en un proyecto de ley separado de este.
Artículo 5: Obligación de las municipalidades a remitir, a lo menos anualmente, a la
SUBDERE información referida a materias relacionadas con el recurso humano. Aprobado
por unanimidad, no obstante se mejorará la redacción del último inciso, a cargo de los
asesores legislativos de los senadores.
Artículo 6: Introduce modificaciones a la ley Nº 18.695 Modifica Art 6 de la Ley Orgánica
Constitucional de Municipalidades:
- Nº 1: Aprobado por unanimidad, no obstante se mejorará la redacción. Además, se
aprueba la indicación presentada por senador Horvath, en el sentido de agregar la letra
d) que propone al art. 22 de la ley Nº 18.695.
- Nº 2: Aprobado por unanimidad, En relación al inciso tercero de este artículo se
aprueba idea de legislar con las siguientes indicaciones.
- Nº 3: Aprobado por unanimidad. Además se aprueba por unanimidad la idea de
legislar para separar de las funciones de la DAF aquellas relacionadas con el recurso
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humano, para cuyo efecto se autoriza a los asesores para redactar el punto. En suma se
facultaría a los alcaldes para crear la unidad de Recurso Humanos.
- Nº 4: Que agrega a continuación del art. 49, los artículos 49 bis, 49 ter y 49 quater:
a) Del 49 bis los numerales 1, 2, 3 y 4 fueron aprobadas por unanimidad.
b) El numeral 5, se rechazó por unanimidad (Quintero, Espina y Von Baer) y, en su
lugar se aprueba la indicación del senador Quintero, en el sentido de incluir a
los secretarios abogados de JPL para que, al igual que los jueces ocupen el grado
más alto de la respectiva planta.
c) El numeral 6 se aprueba, con la salvedad de mejorar la redacción para
considerar la indicación del senador Ossandon en cuanto a que se establezca
la facultad del alcalde para considerar la opinión de un Comité Bipartito, que es
aprobada por dos votos contra uno (Espina y Von Baer).
d) El numeral 7 se aprueba por mayoría tal como está en el proyecto tres votos
contra uno (Espina, Horvath y Von Baer) y se rechaza la indicación del Senador
Quintero en el sentido de bajar el quórum para aprobar la propuesta de planta y el
reglamento que la contenga por parte del concejo, éste proponía sólo mayoría
absoluta.
e) El numeral 8 y 9 se aprueban por unanimidad.
f) En cuanto a los dos inciso finales del artículo 49 bis. se aprueban por
unanimidad, no obstante se solicita mejorar la redacción en cuanto a definir o
precisar la frase “injustificadamente errónea” y se rechaza la indicación del
ejecutivo en cuanto a agregar la frase “incluso aquellos” después de la
palabra “déficits”, por cuanto la hace aun más gravosa la responsabilidad fiscal
para los alcaldes.
g) Del artículo 49 ter, referido al proceso de encasillamiento de las nuevas plantas, se
aprueba por unanimidad con la indicación de que en la letra b) se baja el requisito de
antigüedad del personal a contrata para ser encasillado en la planta de 10 a 5 años,
además, en caso que existan más funcionarios a contrata que cargos vacantes, la
provisión de éstos se efectuará, en primer término, de acuerdo al resultado de la
última calificación obtenida y, en caso de empate, conforme a la antigüedad de
servicio en la respectiva municipalidad y en el evento de mantenerse la igualdad,
decidirá el Alcalde.
II. SESIÓN COMISIÓN DE GOBIERNO EN VALPARAISO EL DÍA MARTES 8 DE
SEPTIEMBRE:
h) En esta sesión, continuando con el análisis y discusión del artículo 49 ter., en primer
término conveniente es precisar que, debido a que los dirigentes de todas las
organizaciones fueron autorizados a ingresar con posterioridad al inicio de la misma,
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no se pudo verificar el pronunciamiento de los Senadores en las siguientes letras del
referido artículo del proyecto:
c) Una vez practicado el procedimiento anterior, los cargos que queden
vacantes se proveerán con los funcionarios señalados en la letra a)
anterior, de acuerdo a los artículos 51, 52 y 53 de la ley N° 18.883. Si
después de este procedimiento quedaren aún cargos vacantes, estos se
proveerán en conformidad a lo estatuido en el Párrafo I del Título II de la
citada ley.
d) Lo dispuesto en este artículo quedará sujeto a las siguientes
restricciones, respecto del personal al que afecte:
i.- El encasillamiento no podrá tener como consecuencia, ni podrá ser
considerado como causal de término de servicios, cesación de
funciones o término de la relación laboral del personal.
ii.- No podrá significar pérdida del empleo, disminución de sus
remuneraciones, excepto en el caso contemplado en el párrafo
tercero del literal b), ni modificación de derechos previsionales.
iii.- Cualquier diferencia de remuneraciones deberá ser pagada por
planilla suplementaria, la que se absorberá por los futuros
mejoramientos de remuneraciones que correspondan a los
funcionarios, excepto los derivados de reajustes generales que se
otorguen a los trabajadores del sector público. Dicha planilla
mantendrá la misma imponibilidad que aquella de las
remuneraciones que compensa. Además, a la planilla suplementaria
se le aplicará el reajuste general antes indicado.
iv.- Los funcionarios encasillados conservarán la asignación de
antigüedad que tengan reconocida, como también el tiempo
computable para dicho reconocimiento.
Nota:
Para esta parte del proyecto, sólo se presenta la siguiente indicación
del senador Horvath: “c) Una vez practicado el procedimiento anterior, los cargos
que queden vacantes se proveerán con los funcionarios señalados en la letra a)
anterior, de acuerdo a los artículos 51, 52, 53 y 54 de la ley N° 18.883. Si después
de este procedimiento quedaren aún cargos vacantes, estos se proveerán por
concurso interno, gozando de preferencia para su nombramiento, el personal de
planta, contrata, honorario y códigos del trabajo, siempre que tengan una
antigüedad laboral de al menos cinco años continuos o discontinuos. Los cargos que
quedaran vacantes, después de haber realizado los ascensos y concurso interno
señalados en el párrafo anterior, estos se proveerán de conformidad a lo estatuido
en el Párrafo I del Título II de la citada ley.”.
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i) Del articulo 49 quater, se aprueba por unanimidad la indicación del gobierno de 8
años, para reestructurar las plantas municipales, para lo cual la primera formulación
y aprobación de planta y reglamento que la contiene deberá realizarse en 2017 y
hacerse efectiva a contar del 01 de enero del 2018. Para ese efecto se encargó a los
asesores de los senadores realizar una redacción adecuada.
- Nº 5: Que agrega a continuación del punto final del inciso segundo del artículo 56, que
pasa a ser punto seguido lo que indica el proyecto, se aprueba por unanimidad, no
obstante, se agrega la indicación del senador Horvath, a continuación de la palabra
egreso: “Dicha política deberá incluir además diversos planes piloto
relacionados con el recurso humano, a fin de permitir un mejor desempeño
laboral”.
- Nº 6: Que introduce en el inciso segundo del artículo 67 las siguientes modificaciones
señaladas en respectivas letras a9 y b) del proyecto, se aprueban por unanimidad.
Artículo 7: Introduce modificaciones a la ley Nº 18.883, Estatuto Administrativo para
Funcionarios Municipales:
- Nº 1: Para modificar el artículo 2° en el siguiente sentido:
a) Reemplazase en el inciso cuarto el vocablo “veinte”, la primera vez que aparece,
por “cuarenta”, y la expresión “cuatro” por “ocho”. (es decir significa aumentar el
gasto en personal a contrata de un 20% a un 40% respecto de los ingresos
propios). Lo que se aprobó por mayoría.
En este punto, la Senadora Von Baer, se abstiene de aprobar, a fin de que se discuta
en la sala, no obstante, su aprobación está condicionada a que se garantice que el
personal a honorarios de funciones permanentes pase a la contrata. No obstante, el
presidente de la comisión, Senador Espina, a pesar de haberlo aprobado, indicó que
revisaría este punto junto a los Senadores de la Comisión el día miércoles 9 del
presente, en tanto le hizo sentido la aprensión planteada por la senadora Von Baer, en
cuanto a que con la propuesta del Ejecutivo se aumente la precariedad del empleo. No
sólo eso, a término de la sesión el Senador Espina llamó a los Dirigentes Ufemuch,
don Christian Gajardo y de Asemuch, don Juan Camilo, para indagar sobre la postura
de una y otra confederación en este punto, a lo que este último manifestó que
estaban de acuerdo con aumentar el gasto a contrata de un 20% al 40%, en tanto el
representante de Ufemuch le manifestó que, a lo más, estábamos por mantener el
máximo actual a fin de no continuar precarizando el empleo, postura que fue
reafirmada por Víctor Mora en mensaje enviado al senador Espina vía WhatsApp, ya
que hoy a las 12 hrs. se verá en la Comisión sólo este punto.
La discusión y análisis del proyecto debiera continuar el próximo lunes 14
de septiembre.
Villarrica, 9 de septiembre de 2015.
COMISIÓN TECNICA UFEMUCH

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  • 1. CONFEDERACIÓN NACIONAL UNIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES DECHILE San Antonio Nº418, oficina 1011, Santiago – Fono (02) 26331209 ufemuch.chile@gmail.com - www.ufemuch.cl 1 MINUTA CON RESULTADOS DE SESIONES DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO DEL SENADO REPECTO DEL PROYECTO DE LEY “Que Fortalece la gestión y la Profesionalización del Personal Municipal e introduce Otras Modificaciones legales” I. SESIÓN COMISIÓN DE GOBIERNO EN SANTIAGO EL DÍA LUNES 7 DE SEPTIEMBRE: Estimados(as) Directores(as), para conocimiento y fines, la Comisión de Gobierno del Senado, sesionó integrada por los Honorables Senadores Espina (Presidente), Von Baer, Quinteros, Horvath (quien se encontraba participando en paralelo de otra comisión por lo que algunos artículos e indicaciones no los votó) y Matta (en reemplazo temporal de Zaldívar). La modalidad de votación, por acuerdo de funcionamiento de la comisión, es que artículo que no presenta ninguna indicación sustitutiva se entiende por aprobado inmediatamente. Además los artículos pueden quedar tramitados o votados en 3 situaciones diversas, según se detalla: 1. Aprobado por unanimidad, por lo que pasa a la Sala en pleno tal como fue presentado por el Ejecutivo en el Proyecto. 2. Aprobado por mayoría, lo que significa que su situación será discutida en el Senado en pleno. 3. Rechazado, lo que significa que pasa a sala con indicación de la Comisión, frente a lo cual el Ejecutivo puede reponerlo o modificarlo. A continuación el resultado de los artículos votados y cómo votó cada Senador: Artículo 1: Reconocimiento Asignación Profesional para los escalafones Directivos, Profesionales y Jefaturas. Aprobado por mayoría (Senadores Horvath, Quintero y Matta, en contra Espina y Von Baer). La discusión se centró en que este beneficio alcance a los Jueces de Policía Local y a funcionarios de otros escalafones. En consecuencia, por involucrar mayores recursos, es resorte del Ejecutivo responder al planteamiento de senadores que votaron en contra. Redacción final se debatirá en la sala. El Senador Quintero, observó que votaba a favor con la condición de que el Ejecutivo mejore la redacción involucrando a los Jueces de Policía Local.
  • 2. CONFEDERACIÓN NACIONAL UNIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES DECHILE San Antonio Nº418, oficina 1011, Santiago – Fono (02) 26331209 ufemuch.chile@gmail.com - www.ufemuch.cl 2 Artículo 2: Componentes para calcular monto de la Asignación Profesional en relación a la E.U.S. En general fue aprobado por mayoría (Senadores Horvath, Quintero y Matta a favor. En contra Espina y Von Baer). Los Senadores que rechazaron el artículo plantean que tal como está, desde el grado 6º en adelante no se recibirá este derecho, por lo tanto lo encuentran injusto si lo que se busca es mejorar la función pública y plantean al ejecutivo que se pague sin tope a todos. Redacción final se debatirá en la sala. Nuevamente, el Senador Quintero, aprobó con reserva, en cuanto a que según los cálculos que ha realizado este beneficio no se pagará del grado 6º hacia arriba; fue insistente en ello hasta que Víctor Hugo Miranda le tuvo que confirmar que en la práctica así es; por tanto le solicitó al Ejecutivo que le entregue un informe al respecto lo que condicionará su voto en la sala. Articulo 3: Derecho a acceder al Bono Post Laboral de la aquellos funcionarios(as) que percibieron la bonificación por retiro voluntario de la ley Nº 20649 y que presentaron la solicitud para acceder a este de conformidad a la ley Nº 20.305. Aprobado por unanimidad. Articulo 4: Interpreta Art. 2 del Decreto Ley 3.501, de 1980, sobre cálculo del Incremento Previsional Compensatorio. Se aprueba la indicación del Senador Ossandon “para suprimirlo” por tres votos contra dos (por la aprobación Horvath, Von Baer y Espina y por el rechazo Quintero y Matta). En suma, esto significa que se suprimiría el artículo 4º del proyecto. Por tanto, pasa a sala para discusión, con la argumentación de que si bien es necesario hacerse cargo del problema que existe en el país y buscar una solución, lo que propone el Ejecutivo debiera conciliarse en un proyecto de ley separado de este. Artículo 5: Obligación de las municipalidades a remitir, a lo menos anualmente, a la SUBDERE información referida a materias relacionadas con el recurso humano. Aprobado por unanimidad, no obstante se mejorará la redacción del último inciso, a cargo de los asesores legislativos de los senadores. Artículo 6: Introduce modificaciones a la ley Nº 18.695 Modifica Art 6 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades: - Nº 1: Aprobado por unanimidad, no obstante se mejorará la redacción. Además, se aprueba la indicación presentada por senador Horvath, en el sentido de agregar la letra d) que propone al art. 22 de la ley Nº 18.695. - Nº 2: Aprobado por unanimidad, En relación al inciso tercero de este artículo se aprueba idea de legislar con las siguientes indicaciones. - Nº 3: Aprobado por unanimidad. Además se aprueba por unanimidad la idea de legislar para separar de las funciones de la DAF aquellas relacionadas con el recurso
  • 3. CONFEDERACIÓN NACIONAL UNIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES DECHILE San Antonio Nº418, oficina 1011, Santiago – Fono (02) 26331209 ufemuch.chile@gmail.com - www.ufemuch.cl 3 humano, para cuyo efecto se autoriza a los asesores para redactar el punto. En suma se facultaría a los alcaldes para crear la unidad de Recurso Humanos. - Nº 4: Que agrega a continuación del art. 49, los artículos 49 bis, 49 ter y 49 quater: a) Del 49 bis los numerales 1, 2, 3 y 4 fueron aprobadas por unanimidad. b) El numeral 5, se rechazó por unanimidad (Quintero, Espina y Von Baer) y, en su lugar se aprueba la indicación del senador Quintero, en el sentido de incluir a los secretarios abogados de JPL para que, al igual que los jueces ocupen el grado más alto de la respectiva planta. c) El numeral 6 se aprueba, con la salvedad de mejorar la redacción para considerar la indicación del senador Ossandon en cuanto a que se establezca la facultad del alcalde para considerar la opinión de un Comité Bipartito, que es aprobada por dos votos contra uno (Espina y Von Baer). d) El numeral 7 se aprueba por mayoría tal como está en el proyecto tres votos contra uno (Espina, Horvath y Von Baer) y se rechaza la indicación del Senador Quintero en el sentido de bajar el quórum para aprobar la propuesta de planta y el reglamento que la contenga por parte del concejo, éste proponía sólo mayoría absoluta. e) El numeral 8 y 9 se aprueban por unanimidad. f) En cuanto a los dos inciso finales del artículo 49 bis. se aprueban por unanimidad, no obstante se solicita mejorar la redacción en cuanto a definir o precisar la frase “injustificadamente errónea” y se rechaza la indicación del ejecutivo en cuanto a agregar la frase “incluso aquellos” después de la palabra “déficits”, por cuanto la hace aun más gravosa la responsabilidad fiscal para los alcaldes. g) Del artículo 49 ter, referido al proceso de encasillamiento de las nuevas plantas, se aprueba por unanimidad con la indicación de que en la letra b) se baja el requisito de antigüedad del personal a contrata para ser encasillado en la planta de 10 a 5 años, además, en caso que existan más funcionarios a contrata que cargos vacantes, la provisión de éstos se efectuará, en primer término, de acuerdo al resultado de la última calificación obtenida y, en caso de empate, conforme a la antigüedad de servicio en la respectiva municipalidad y en el evento de mantenerse la igualdad, decidirá el Alcalde. II. SESIÓN COMISIÓN DE GOBIERNO EN VALPARAISO EL DÍA MARTES 8 DE SEPTIEMBRE: h) En esta sesión, continuando con el análisis y discusión del artículo 49 ter., en primer término conveniente es precisar que, debido a que los dirigentes de todas las organizaciones fueron autorizados a ingresar con posterioridad al inicio de la misma,
  • 4. CONFEDERACIÓN NACIONAL UNIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES DECHILE San Antonio Nº418, oficina 1011, Santiago – Fono (02) 26331209 ufemuch.chile@gmail.com - www.ufemuch.cl 4 no se pudo verificar el pronunciamiento de los Senadores en las siguientes letras del referido artículo del proyecto: c) Una vez practicado el procedimiento anterior, los cargos que queden vacantes se proveerán con los funcionarios señalados en la letra a) anterior, de acuerdo a los artículos 51, 52 y 53 de la ley N° 18.883. Si después de este procedimiento quedaren aún cargos vacantes, estos se proveerán en conformidad a lo estatuido en el Párrafo I del Título II de la citada ley. d) Lo dispuesto en este artículo quedará sujeto a las siguientes restricciones, respecto del personal al que afecte: i.- El encasillamiento no podrá tener como consecuencia, ni podrá ser considerado como causal de término de servicios, cesación de funciones o término de la relación laboral del personal. ii.- No podrá significar pérdida del empleo, disminución de sus remuneraciones, excepto en el caso contemplado en el párrafo tercero del literal b), ni modificación de derechos previsionales. iii.- Cualquier diferencia de remuneraciones deberá ser pagada por planilla suplementaria, la que se absorberá por los futuros mejoramientos de remuneraciones que correspondan a los funcionarios, excepto los derivados de reajustes generales que se otorguen a los trabajadores del sector público. Dicha planilla mantendrá la misma imponibilidad que aquella de las remuneraciones que compensa. Además, a la planilla suplementaria se le aplicará el reajuste general antes indicado. iv.- Los funcionarios encasillados conservarán la asignación de antigüedad que tengan reconocida, como también el tiempo computable para dicho reconocimiento. Nota: Para esta parte del proyecto, sólo se presenta la siguiente indicación del senador Horvath: “c) Una vez practicado el procedimiento anterior, los cargos que queden vacantes se proveerán con los funcionarios señalados en la letra a) anterior, de acuerdo a los artículos 51, 52, 53 y 54 de la ley N° 18.883. Si después de este procedimiento quedaren aún cargos vacantes, estos se proveerán por concurso interno, gozando de preferencia para su nombramiento, el personal de planta, contrata, honorario y códigos del trabajo, siempre que tengan una antigüedad laboral de al menos cinco años continuos o discontinuos. Los cargos que quedaran vacantes, después de haber realizado los ascensos y concurso interno señalados en el párrafo anterior, estos se proveerán de conformidad a lo estatuido en el Párrafo I del Título II de la citada ley.”.
  • 5. CONFEDERACIÓN NACIONAL UNIÓN DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES DECHILE San Antonio Nº418, oficina 1011, Santiago – Fono (02) 26331209 ufemuch.chile@gmail.com - www.ufemuch.cl 5 i) Del articulo 49 quater, se aprueba por unanimidad la indicación del gobierno de 8 años, para reestructurar las plantas municipales, para lo cual la primera formulación y aprobación de planta y reglamento que la contiene deberá realizarse en 2017 y hacerse efectiva a contar del 01 de enero del 2018. Para ese efecto se encargó a los asesores de los senadores realizar una redacción adecuada. - Nº 5: Que agrega a continuación del punto final del inciso segundo del artículo 56, que pasa a ser punto seguido lo que indica el proyecto, se aprueba por unanimidad, no obstante, se agrega la indicación del senador Horvath, a continuación de la palabra egreso: “Dicha política deberá incluir además diversos planes piloto relacionados con el recurso humano, a fin de permitir un mejor desempeño laboral”. - Nº 6: Que introduce en el inciso segundo del artículo 67 las siguientes modificaciones señaladas en respectivas letras a9 y b) del proyecto, se aprueban por unanimidad. Artículo 7: Introduce modificaciones a la ley Nº 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales: - Nº 1: Para modificar el artículo 2° en el siguiente sentido: a) Reemplazase en el inciso cuarto el vocablo “veinte”, la primera vez que aparece, por “cuarenta”, y la expresión “cuatro” por “ocho”. (es decir significa aumentar el gasto en personal a contrata de un 20% a un 40% respecto de los ingresos propios). Lo que se aprobó por mayoría. En este punto, la Senadora Von Baer, se abstiene de aprobar, a fin de que se discuta en la sala, no obstante, su aprobación está condicionada a que se garantice que el personal a honorarios de funciones permanentes pase a la contrata. No obstante, el presidente de la comisión, Senador Espina, a pesar de haberlo aprobado, indicó que revisaría este punto junto a los Senadores de la Comisión el día miércoles 9 del presente, en tanto le hizo sentido la aprensión planteada por la senadora Von Baer, en cuanto a que con la propuesta del Ejecutivo se aumente la precariedad del empleo. No sólo eso, a término de la sesión el Senador Espina llamó a los Dirigentes Ufemuch, don Christian Gajardo y de Asemuch, don Juan Camilo, para indagar sobre la postura de una y otra confederación en este punto, a lo que este último manifestó que estaban de acuerdo con aumentar el gasto a contrata de un 20% al 40%, en tanto el representante de Ufemuch le manifestó que, a lo más, estábamos por mantener el máximo actual a fin de no continuar precarizando el empleo, postura que fue reafirmada por Víctor Mora en mensaje enviado al senador Espina vía WhatsApp, ya que hoy a las 12 hrs. se verá en la Comisión sólo este punto. La discusión y análisis del proyecto debiera continuar el próximo lunes 14 de septiembre. Villarrica, 9 de septiembre de 2015. COMISIÓN TECNICA UFEMUCH