El documento explica los conceptos de exequatur y extradición. El exequatur es el proceso por el cual un estado verifica si una sentencia judicial extranjera cumple los requisitos para ser reconocida. La extradición es el proceso por el cual una persona acusada de un delito en un estado es detenida en otro estado y devuelta para ser juzgada. Ambos procesos tienen requisitos formales y de fondo, y se rigen por tratados internacionales y los principios de doble incriminación y no extradición de nacionales.
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Nilza michieli
1. Republica Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria
Universidad Yacambu
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Vicerrectorado de Estudios Virtuales
Noviembre de 2016
EXEQUATUR Y
EXTRADICIÓN
Nilza Michieli de Barrios
C.I. 14.316.361
2. Exequatur
es el conjunto de reglas
conforme a las cuales el
ordenamiento jurídico de un
Estado verifica si una
sentencia judicial emanada de
un tribunal de otro Estado
reúne o no los requisitos que
permiten reconocimiento u
homologación.
Titularidad
Toda persona en cuyo
favor se dictó la
sentencia
Toda persona a quien la
sentencia extranjera le
ocasione un perjuicio o le
impida un beneficio que
sólo la declaración
puede hacer cesar.
Procedimiento
Verificación
de tratado
Es decir si existen tratados
al respecto con el Estado
del cual emana la sentencia.
De existir se debe atener a
estos. En caso contrario, se
aplica el principio de
reciprocidad.
Reciprocidad
Si hay reciprocidad con
el país de origen de la
sentencia, o sea, si el
Estado del cual emana la
sentencia le otorga valor
a las demanadas del
Estado ante quien se
tramita el exequatur.
Regularidad
internacional
de los fallos
La compatibilidad de la
sentencia con las leyes
del país donde se
solicita que sea
reconocida
Órganos
Competentes
La Sala de
Casación
Civil
procedimientos
contenciosos
Los Tribunales
Superiores
decisiones no
contenciosas
Requisitos
de Fondo
El Art. 851 del CPC
derogado
por el
artículo 53
de la LDIP
Requisitos
de forma
Art. 852 del CPC
El requisito de la
legalización
base legal
Convenio del
Haya
Art. 185CPC
3. Exequatur tratado
El Convenio
Boliviano sobre
Ejecución de Actos
Extranjeros
La Convención
Interamericana sobre
Eficacia
Extraterritorial de
Sentencias y Laudos
Arbitrales Extranjeros
La Convención
Interamericana sobre
arbitraje comercial
internacional
Tratado que crea el Tribunal
de Justicia de la Comunidad
Andina
Convenio sobre Arreglo de
Diferencias Relativas a
inversiones entre Estados y
Nacionales de Otros Estados
Tratado de Libre Comercio entre
la República de Venezuela,
Estados Unidos de México y
Colombia
4. Extradición
es el procedimiento
judicial (penal-
administrativo) por el
cual una persona
acusada o condenada
por un delito conforme a
la ley de un Estado es
detenida en otro Estado
y devuelta al primero
para ser enjuiciada o
para que cumpla la
pena ya impuesta.
Requisitos
En la mayor parte
de los tratados de
extradición se
requiere que el
Estado que la pide
demuestre la
existencia de causa
para enjuiciar o
castigar al
requerido.
que el delito
imputado se haya
tipificado como tal
tanto en la
legislación penal
del Estado
requerido como en
la del Estado
requirente.
Se establece la
extradición con
respecto a las
personas
procesadas o
condenadas por las
autoridades de un
Estado y que se
encuentre en el
territorio de otra
Se solicita además que
el Estado requirente
tenga jurisdicción para
conocer y fallar el delito
No se extraditará hacia los
Estados que tengan pena
de muerte y en caso de
que el mismo delito por el
que se requiere a un
individuo ya haya sido
juzgado en el Estado
requerido.
Clasificación
Activa
Pasiva
Acto de petición
del país
requirente al país
donde se
encuentra el
individuo
Es la que recae
en el Estado
detenedor o
poseedor de la
persona
requerida
La
extradición
de los
nacionales
En cuanto al derecho internacional se
establece la obligación de extraditar;
pero cuando se trata de nacionales
del Estado requerido la entrega se
torna facultativa, queda a juicio del
Estado, pero con la obligación
subsidiaria, que en el caso que no se
entregue, se enjuicie al nacional
delincuente y comunicar el fallo al
Estado requeriente
Principios
Principio de
Doble
Incriminación.
Principio de no
entrega de los
nacionales.
Principio de no
extradición por
delitos políticos.
Principio de denegación de la
Extradición en caso de pena de
muerte, pena privativa de la
libertad a perpetuidad o superior a
treinta años.
Principio de
especialidad de la
extradición.
Prescripción de
la acción penal
o de la pena.