Este documento presenta un resumen de tres leyes y normativas ambientales en Colombia: la Ley 99 de 1993, el Decreto 2811 de 1974 y la Constitución Política de Colombia. La Ley 99 crea el Ministerio del Medio Ambiente y establece el Sistema Nacional Ambiental, describiendo su estructura y funciones. El Decreto 2811 habla sobre los recursos naturales renovables y la protección ambiental. Finalmente, la Constitución contiene artículos clave sobre la conservación del medio ambiente. El documento analiza en detalle diferentes t
La ley deroga las leyes anteriores sobre recursos hídricos y establece el Sistema Nacional de Gestión de Recursos Hídricos. El agua es un recurso de propiedad de la nación y su uso debe ser sostenible e integrado entre los diferentes sectores. La ley contiene disposiciones sobre la estructura de la Autoridad Nacional del Agua y los principios de gestión descentralizada y participativa de los recursos hídricos a nivel de cuencas hidrográficas.
Este documento presenta conceptos básicos relacionados con la educación ambiental. Explica que la educación ambiental surgió en respuesta a la crisis ambiental de los años 70 y a los modelos de desarrollo insostenibles. Su propósito es brindar el conocimiento y las habilidades necesarias para comprender y abordar problemas ambientales actuales y futuros. También introduce conceptos clave como ecosistema, ecología, ambientalismo y ecologismo.
El documento presenta una lista de decretos y leyes colombianas relacionadas con la normatividad ambiental. Describe los procedimientos sancionatorios ambientales, incluyendo las autoridades competentes, las medidas preventivas y sanciones aplicables, y los pasos del proceso como la formulación de cargos, presentación de descargos, y decisión final.
Presentacion de la Autoridad Nacional del Agua: Gobernanza de la Informacion ...InfoAndina CONDESAN
Presentación de la Autoridad Nacional del Agua en el Primer Taller de Gobernanza de la Información Ambiental realizado en Piura , Perú del 22 al 24 de agosto. Se muestra, además del marco legal y la estructura organización del ANA, la aprobación en el Acuerdo Nacional la Política de Estado sobre Recursos Hídricos y el Sistema Nacional de Información de Recursos Hídricos en el Perú.
La Ley 99 de 1993 creó el Ministerio del Medio Ambiente y estableció el Sistema Nacional Ambiental de Colombia. La ley consta de 16 títulos y 118 artículos que tratan temas como los principios de la política ambiental, la creación de corporaciones autónomas regionales, licencias ambientales, participación ciudadana, y establecimiento de un fondo nacional ambiental.
El documento describe la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) como un proceso sistemático para examinar las posibles consecuencias ambientales de proyectos de desarrollo e identificar medidas para prevenir o mitigar dichas consecuencias. Explica que la EIA debe incluir una descripción del proyecto y su entorno, los posibles impactos, alternativas consideradas, y medidas de monitoreo. También presenta leyes de las provincias de Río Negro y Neuquén en Argentina que regulan el proceso de EIA para proyectos que podrían afect
La Ley 99 de 1993 establece los principios generales ambientales en Colombia y crea el Ministerio del Medio Ambiente y el Sistema Nacional Ambiental (SINA). El SINA define las orientaciones, normas e instituciones para implementar una gestión ambiental descentralizada, democrática y participativa a través de entidades como las Corporaciones Autónomas Regionales. La ley también regula aspectos como licencias ambientales, participación ciudadana, y sanciones por daños ambientales.
1. La legislación ambiental peruana incluye tratados internacionales, la Constitución, leyes, decretos y resoluciones que inciden sobre el ambiente y el desarrollo sostenible.
2. El documento describe la evolución de la normativa ambiental peruana desde 1990 hasta la actualidad, incluyendo leyes clave como la Ley General del Ambiente de 2005.
3. También presenta aspectos fundamentales de normas como el Reglamento de Protección Ambiental para Actividades Mineras de 2014 en relación a definiciones, responsabilidad ambient
La ley deroga las leyes anteriores sobre recursos hídricos y establece el Sistema Nacional de Gestión de Recursos Hídricos. El agua es un recurso de propiedad de la nación y su uso debe ser sostenible e integrado entre los diferentes sectores. La ley contiene disposiciones sobre la estructura de la Autoridad Nacional del Agua y los principios de gestión descentralizada y participativa de los recursos hídricos a nivel de cuencas hidrográficas.
Este documento presenta conceptos básicos relacionados con la educación ambiental. Explica que la educación ambiental surgió en respuesta a la crisis ambiental de los años 70 y a los modelos de desarrollo insostenibles. Su propósito es brindar el conocimiento y las habilidades necesarias para comprender y abordar problemas ambientales actuales y futuros. También introduce conceptos clave como ecosistema, ecología, ambientalismo y ecologismo.
El documento presenta una lista de decretos y leyes colombianas relacionadas con la normatividad ambiental. Describe los procedimientos sancionatorios ambientales, incluyendo las autoridades competentes, las medidas preventivas y sanciones aplicables, y los pasos del proceso como la formulación de cargos, presentación de descargos, y decisión final.
Presentacion de la Autoridad Nacional del Agua: Gobernanza de la Informacion ...InfoAndina CONDESAN
Presentación de la Autoridad Nacional del Agua en el Primer Taller de Gobernanza de la Información Ambiental realizado en Piura , Perú del 22 al 24 de agosto. Se muestra, además del marco legal y la estructura organización del ANA, la aprobación en el Acuerdo Nacional la Política de Estado sobre Recursos Hídricos y el Sistema Nacional de Información de Recursos Hídricos en el Perú.
La Ley 99 de 1993 creó el Ministerio del Medio Ambiente y estableció el Sistema Nacional Ambiental de Colombia. La ley consta de 16 títulos y 118 artículos que tratan temas como los principios de la política ambiental, la creación de corporaciones autónomas regionales, licencias ambientales, participación ciudadana, y establecimiento de un fondo nacional ambiental.
El documento describe la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) como un proceso sistemático para examinar las posibles consecuencias ambientales de proyectos de desarrollo e identificar medidas para prevenir o mitigar dichas consecuencias. Explica que la EIA debe incluir una descripción del proyecto y su entorno, los posibles impactos, alternativas consideradas, y medidas de monitoreo. También presenta leyes de las provincias de Río Negro y Neuquén en Argentina que regulan el proceso de EIA para proyectos que podrían afect
La Ley 99 de 1993 establece los principios generales ambientales en Colombia y crea el Ministerio del Medio Ambiente y el Sistema Nacional Ambiental (SINA). El SINA define las orientaciones, normas e instituciones para implementar una gestión ambiental descentralizada, democrática y participativa a través de entidades como las Corporaciones Autónomas Regionales. La ley también regula aspectos como licencias ambientales, participación ciudadana, y sanciones por daños ambientales.
1. La legislación ambiental peruana incluye tratados internacionales, la Constitución, leyes, decretos y resoluciones que inciden sobre el ambiente y el desarrollo sostenible.
2. El documento describe la evolución de la normativa ambiental peruana desde 1990 hasta la actualidad, incluyendo leyes clave como la Ley General del Ambiente de 2005.
3. También presenta aspectos fundamentales de normas como el Reglamento de Protección Ambiental para Actividades Mineras de 2014 en relación a definiciones, responsabilidad ambient
El documento trata sobre los pasivos ambientales mineros en Perú. Brevemente:
1) La minería en Perú se remonta a culturas preincas y ha dejado 152 minas abandonadas que han contaminado cuencas hidrográficas.
2) Desde 1991 se incorporaron obligaciones ambientales en el sector minero, aunque recién en 1995 se empezaron estudios sobre pasivos ambientales mineros.
3) Actualmente hay más de 8,000 pasivos identificados, los cuales causan contaminación de agua, suelo y aire, afectando
MONITOREO DE PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES (PTAR)Andre's Garcia
Este documento describe la metodología para realizar el monitoreo de plantas de tratamiento de aguas residuales (PTAR). Explica que los puntos de monitoreo deben incluir la entrada y salida de la PTAR, los parámetros a medir como demanda bioquímica y química de oxígeno, y la frecuencia del monitoreo. También cubre los equipos necesarios, la toma y preservación de muestras, y el procesamiento y reporte de datos para asegurar la calidad del monitoreo.
La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente (LGEEPA) estableció los cimientos para la conservación de los recursos naturales y el medio ambiente en México. La LGEEPA promueve la organización ecológica del territorio, la evaluación del impacto ambiental, y la participación social. Como resultado, se han protegido más de 34 millones de hectáreas en áreas naturales protegidas en todo el país. La LGEEPA proporciona el marco jurídico necesario para lograr el desar
El documento describe la evolución del derecho ambiental internacional a través de varias etapas, desde normas enfocadas en el uso de recursos hasta normas que protegen ecosistemas globales. Explica principios clave como soberanía y responsabilidad, acción preventiva, precaución y desarrollo sostenible. También analiza varios tratados ambientales multilaterales importantes y sus objetivos de proteger la salud y el medio ambiente.
Este documento presenta 15 preguntas y 3 instrucciones para un examen final sobre minería y medio ambiente. Las preguntas cubren temas como las normas ambientales aplicables a la minería, los impactos ambientales de la minería, ecosistemas, cadenas tróficas, fotosíntesis, estudios de impacto ambiental, línea base ambiental, actividades mineras, normas ISO 14000, políticas ambientales, drenaje ácido de mina, tratamiento de aguas ácidas, disposición de relaves y estabilidad de presas de
La Ley de Minería norma el ejercicio de los derechos del Estado sobre el sector minero bajo principios de sostenibilidad. El Estado puede delegar actividades mineras a empresas mixtas u otros actores privados. La ley crea una Empresa Nacional Minera y una agencia reguladora, y establece requisitos como estudios de impacto ambiental y consulta previa para proyectos mineros.
Este documento describe la evolución de los instrumentos internacionales ambientales hacia enfoques más globalizadores e integradores, influenciados por la interdisciplinariedad ambiental y las teorías ecodesarrollistas. Esto resultó en la modificación de la estructura del derecho ambiental internacional. Entre los documentos más importantes elaborados por ONGs u organismos internacionales se encuentran la Estrategia Mundial para la Conservación de 1980, el Informe Brundtland de 1987 y las Perspectivas ambientales para el año 2000 del PNUMA.
Este documento resume los principales aspectos del derecho ambiental internacional. Explica que se deriva de cuatro fuentes principales y que el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente ha celebrado más de 200 acuerdos internacionales sobre temas como los océanos, la diversidad biológica y el cambio climático. También describe siete principios generales del derecho ambiental internacional como la soberanía de los estados sobre sus recursos y la obligación de no causar daños transfronterizos.
Elaboracion de estudio de impacto ambientalcesarucv2015
El documento presenta información sobre la evaluación de estudios de impacto ambiental. Explica conceptos clave como medio ambiente, efectos, impactos y aspectos ambientales. Describe el proceso de evaluación de impacto ambiental, incluyendo sus principios, buenas prácticas y etapas como alcance, análisis de alternativas e impactos, y seguimiento. También resume la legislación peruana relacionada a la evaluación de impacto ambiental y la clasificación de proyectos según su riesgo ambiental.
El documento describe los componentes de una línea base ambiental para un proyecto. Una línea base incluye estudios sobre el estado actual del área de influencia del proyecto en términos del medio físico, biótico y socioeconómico. La información de la línea base se usa para identificar y evaluar impactos ambientales y desarrollar un plan de manejo ambiental.
Este documento introduce la legislación ambiental y define el derecho ambiental como el conjunto de reglas y normas que buscan proteger el medio ambiente y mantener el equilibrio ecológico permitiendo el uso sostenible de los recursos naturales. Explica que la eficiencia del derecho ambiental depende de normas preventivas que regulen prácticas adecuadas y eviten la contaminación, y que los instrumentos de gestión ambiental incluyen instrumentos de regulación directa, administrativos, económicos y educativos.
Este documento presenta información sobre la Autoridad Nacional del Agua en Perú. Explica que la Autoridad Nacional del Agua supervisa las Administraciones Locales de Agua, como la Administración Local de Agua "Chillón Rimac Lurín", que administra las cuencas de los ríos Chillón, Rimac y Lurín. También describe conceptos clave como cuenca hidrográfica, cuenca hidrológica y el ciclo hidrológico, y muestra un mapa de la distribución espacial del agua en Perú
El Ministerio del Ambiente (MINAM) con la participación de los diferentes sectores que conforman la “Red de instituciones Especializadas en Capacitación para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos”, propuso la ejecución de la Guía de diseño, construcción, operación, mantenimiento y cierre de relleno sanitario manual, con la finalidad de facilitar a las municipalidades y empresas prestadoras de servicios de residuos sólidos (EPS-RS), una herramienta ágil para la implementación de infraestructuras de disposición final de residuos sólidos municipales en el País
Este documento trata sobre el control y tratamiento del agua en el sector minero. Describe los diferentes tipos de contaminantes del agua, enfermedades relacionadas, sistemas de monitoreo de calidad del agua, tratamiento de aguas residuales mineras y domésticas, y los estándares nacionales de calidad ambiental para el agua.
La Ley de Recursos Hídricos establece un marco normativo para la gestión integrada y sostenible de los recursos hídricos en el Perú. Se crea el Sistema Nacional de Gestión de Recursos Hídricos para articular el accionar de las instituciones públicas y privadas involucradas. La Autoridad Nacional del Agua es la encargada de formular la política y estrategia nacional de recursos hídricos, aprobar los planes de gestión a nivel de cuenca, otorgar derechos de uso de agua y e
El documento regula el aprovechamiento y uso de las aguas no marítimas en Colombia. Establece que las aguas son de dominio público y su uso requiere concesión. Define las diferentes fuentes de agua y regula aspectos como obras hidráulicas, servidumbres, prevención de contaminación, usos especiales de aguas y protección de aguas subterráneas. El código busca regular de manera integral el recurso hídrico en el país.
Este documento describe las funciones y responsabilidades de la Autoridad Nacional del Agua de Perú (ANA) para la gestión de la calidad del agua. La ANA monitorea y regula los vertimientos, clasifica los cuerpos de agua, y desarrolla programas para mejorar la calidad del agua. Un objetivo clave es identificar los vertimientos en cada cuenca y asegurar que cumplan con los estándares de calidad del agua.
El documento define la zona costera de México y describe su importancia económica. Explica que la zona costera concentra una gran parte de la precipitación, energía y recursos pesqueros del país. Sin embargo, el crecimiento de la población y la construcción en zonas de riesgo amenazan los sistemas costeros naturales. El documento argumenta que se necesita una mejor coordinación institucional y participación ciudadana para lograr una gestión integral sustentable de los recursos costeros de México.
Este documento resume la Ley 99 de 1993 que establece el Fondo Nacional Ambiental (FONAM) y el Fondo Ambiental de la Amazonía. El FONAM es un instrumento financiero administrado por el Ministerio de Medio Ambiente para apoyar proyectos ambientales. El Fondo Ambiental de la Amazonía canaliza recursos internacionales para proyectos ambientales en la región amazónica colombiana. Ambos fondos cuentan con recursos humanos, físicos y técnicos del Ministerio de Medio Ambiente.
El documento presenta una introducción al medio ambiente y su importancia para los seres vivos. Luego, resume la evolución de la legislación ambiental en Colombia desde 1829 hasta la actualidad, incluyendo la creación de entidades como Corporaciones Autónomas Regionales. Finalmente, detalla algunas de las principales normas colombianas relacionadas con recursos naturales como el agua, el aire y el suelo.
El documento trata sobre los pasivos ambientales mineros en Perú. Brevemente:
1) La minería en Perú se remonta a culturas preincas y ha dejado 152 minas abandonadas que han contaminado cuencas hidrográficas.
2) Desde 1991 se incorporaron obligaciones ambientales en el sector minero, aunque recién en 1995 se empezaron estudios sobre pasivos ambientales mineros.
3) Actualmente hay más de 8,000 pasivos identificados, los cuales causan contaminación de agua, suelo y aire, afectando
MONITOREO DE PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES (PTAR)Andre's Garcia
Este documento describe la metodología para realizar el monitoreo de plantas de tratamiento de aguas residuales (PTAR). Explica que los puntos de monitoreo deben incluir la entrada y salida de la PTAR, los parámetros a medir como demanda bioquímica y química de oxígeno, y la frecuencia del monitoreo. También cubre los equipos necesarios, la toma y preservación de muestras, y el procesamiento y reporte de datos para asegurar la calidad del monitoreo.
La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente (LGEEPA) estableció los cimientos para la conservación de los recursos naturales y el medio ambiente en México. La LGEEPA promueve la organización ecológica del territorio, la evaluación del impacto ambiental, y la participación social. Como resultado, se han protegido más de 34 millones de hectáreas en áreas naturales protegidas en todo el país. La LGEEPA proporciona el marco jurídico necesario para lograr el desar
El documento describe la evolución del derecho ambiental internacional a través de varias etapas, desde normas enfocadas en el uso de recursos hasta normas que protegen ecosistemas globales. Explica principios clave como soberanía y responsabilidad, acción preventiva, precaución y desarrollo sostenible. También analiza varios tratados ambientales multilaterales importantes y sus objetivos de proteger la salud y el medio ambiente.
Este documento presenta 15 preguntas y 3 instrucciones para un examen final sobre minería y medio ambiente. Las preguntas cubren temas como las normas ambientales aplicables a la minería, los impactos ambientales de la minería, ecosistemas, cadenas tróficas, fotosíntesis, estudios de impacto ambiental, línea base ambiental, actividades mineras, normas ISO 14000, políticas ambientales, drenaje ácido de mina, tratamiento de aguas ácidas, disposición de relaves y estabilidad de presas de
La Ley de Minería norma el ejercicio de los derechos del Estado sobre el sector minero bajo principios de sostenibilidad. El Estado puede delegar actividades mineras a empresas mixtas u otros actores privados. La ley crea una Empresa Nacional Minera y una agencia reguladora, y establece requisitos como estudios de impacto ambiental y consulta previa para proyectos mineros.
Este documento describe la evolución de los instrumentos internacionales ambientales hacia enfoques más globalizadores e integradores, influenciados por la interdisciplinariedad ambiental y las teorías ecodesarrollistas. Esto resultó en la modificación de la estructura del derecho ambiental internacional. Entre los documentos más importantes elaborados por ONGs u organismos internacionales se encuentran la Estrategia Mundial para la Conservación de 1980, el Informe Brundtland de 1987 y las Perspectivas ambientales para el año 2000 del PNUMA.
Este documento resume los principales aspectos del derecho ambiental internacional. Explica que se deriva de cuatro fuentes principales y que el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente ha celebrado más de 200 acuerdos internacionales sobre temas como los océanos, la diversidad biológica y el cambio climático. También describe siete principios generales del derecho ambiental internacional como la soberanía de los estados sobre sus recursos y la obligación de no causar daños transfronterizos.
Elaboracion de estudio de impacto ambientalcesarucv2015
El documento presenta información sobre la evaluación de estudios de impacto ambiental. Explica conceptos clave como medio ambiente, efectos, impactos y aspectos ambientales. Describe el proceso de evaluación de impacto ambiental, incluyendo sus principios, buenas prácticas y etapas como alcance, análisis de alternativas e impactos, y seguimiento. También resume la legislación peruana relacionada a la evaluación de impacto ambiental y la clasificación de proyectos según su riesgo ambiental.
El documento describe los componentes de una línea base ambiental para un proyecto. Una línea base incluye estudios sobre el estado actual del área de influencia del proyecto en términos del medio físico, biótico y socioeconómico. La información de la línea base se usa para identificar y evaluar impactos ambientales y desarrollar un plan de manejo ambiental.
Este documento introduce la legislación ambiental y define el derecho ambiental como el conjunto de reglas y normas que buscan proteger el medio ambiente y mantener el equilibrio ecológico permitiendo el uso sostenible de los recursos naturales. Explica que la eficiencia del derecho ambiental depende de normas preventivas que regulen prácticas adecuadas y eviten la contaminación, y que los instrumentos de gestión ambiental incluyen instrumentos de regulación directa, administrativos, económicos y educativos.
Este documento presenta información sobre la Autoridad Nacional del Agua en Perú. Explica que la Autoridad Nacional del Agua supervisa las Administraciones Locales de Agua, como la Administración Local de Agua "Chillón Rimac Lurín", que administra las cuencas de los ríos Chillón, Rimac y Lurín. También describe conceptos clave como cuenca hidrográfica, cuenca hidrológica y el ciclo hidrológico, y muestra un mapa de la distribución espacial del agua en Perú
El Ministerio del Ambiente (MINAM) con la participación de los diferentes sectores que conforman la “Red de instituciones Especializadas en Capacitación para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos”, propuso la ejecución de la Guía de diseño, construcción, operación, mantenimiento y cierre de relleno sanitario manual, con la finalidad de facilitar a las municipalidades y empresas prestadoras de servicios de residuos sólidos (EPS-RS), una herramienta ágil para la implementación de infraestructuras de disposición final de residuos sólidos municipales en el País
Este documento trata sobre el control y tratamiento del agua en el sector minero. Describe los diferentes tipos de contaminantes del agua, enfermedades relacionadas, sistemas de monitoreo de calidad del agua, tratamiento de aguas residuales mineras y domésticas, y los estándares nacionales de calidad ambiental para el agua.
La Ley de Recursos Hídricos establece un marco normativo para la gestión integrada y sostenible de los recursos hídricos en el Perú. Se crea el Sistema Nacional de Gestión de Recursos Hídricos para articular el accionar de las instituciones públicas y privadas involucradas. La Autoridad Nacional del Agua es la encargada de formular la política y estrategia nacional de recursos hídricos, aprobar los planes de gestión a nivel de cuenca, otorgar derechos de uso de agua y e
El documento regula el aprovechamiento y uso de las aguas no marítimas en Colombia. Establece que las aguas son de dominio público y su uso requiere concesión. Define las diferentes fuentes de agua y regula aspectos como obras hidráulicas, servidumbres, prevención de contaminación, usos especiales de aguas y protección de aguas subterráneas. El código busca regular de manera integral el recurso hídrico en el país.
Este documento describe las funciones y responsabilidades de la Autoridad Nacional del Agua de Perú (ANA) para la gestión de la calidad del agua. La ANA monitorea y regula los vertimientos, clasifica los cuerpos de agua, y desarrolla programas para mejorar la calidad del agua. Un objetivo clave es identificar los vertimientos en cada cuenca y asegurar que cumplan con los estándares de calidad del agua.
El documento define la zona costera de México y describe su importancia económica. Explica que la zona costera concentra una gran parte de la precipitación, energía y recursos pesqueros del país. Sin embargo, el crecimiento de la población y la construcción en zonas de riesgo amenazan los sistemas costeros naturales. El documento argumenta que se necesita una mejor coordinación institucional y participación ciudadana para lograr una gestión integral sustentable de los recursos costeros de México.
Este documento resume la Ley 99 de 1993 que establece el Fondo Nacional Ambiental (FONAM) y el Fondo Ambiental de la Amazonía. El FONAM es un instrumento financiero administrado por el Ministerio de Medio Ambiente para apoyar proyectos ambientales. El Fondo Ambiental de la Amazonía canaliza recursos internacionales para proyectos ambientales en la región amazónica colombiana. Ambos fondos cuentan con recursos humanos, físicos y técnicos del Ministerio de Medio Ambiente.
El documento presenta una introducción al medio ambiente y su importancia para los seres vivos. Luego, resume la evolución de la legislación ambiental en Colombia desde 1829 hasta la actualidad, incluyendo la creación de entidades como Corporaciones Autónomas Regionales. Finalmente, detalla algunas de las principales normas colombianas relacionadas con recursos naturales como el agua, el aire y el suelo.
El documento establece la normatividad general y temática relacionada con el manejo y conservación de los recursos naturales y el medio ambiente en Colombia según la Constitución de 1991. Describe los principios de derecho a un ambiente sano, el medio ambiente como patrimonio común, y desarrollo sostenible. Además, presenta las principales normas sobre diversos temas como participación comunitaria, flora y bosques, recursos atmosféricos y otros.
El documento establece las diferentes fuentes de financiación de las Corporaciones Autónomas Regionales de acuerdo con la Ley 99 de 1993, incluyendo porcentajes del impuesto predial transferidos por los municipios, recursos provenientes de tasas retributivas y compensatorias, y transferencias de empresas del sector eléctrico y del sector automotor. También determina que los recursos destinados a la preservación ambiental se consideran gasto público social y que la auditoría de las Corporaciones Autónomas Regionales estará a cargo de la Contraloría General de la República.
Este documento establece el Sistema Nacional Ambiental de Colombia. Designa al Ministerio del Medio Ambiente como la autoridad rectora de la gestión ambiental del país. Crea el Fondo Nacional Ambiental para apoyar la ejecución de políticas ambientales. También describe las responsabilidades de las Corporaciones Autónomas Regionales y municipios en la protección del medio ambiente.
Leyes ambientales aplicadas a las empresasJean lew
Un sistema de gestión ambiental es un método integral para administrar problemas ambientales que incorpora consideraciones ambientales en todos los aspectos de la administración de una empresa. Esto garantiza que los problemas ambientales sean una prioridad junto con otros como costos y calidad. Un sistema de gestión ambiental puede abordar problemas ambientales y mejorar la calidad, competitividad y procesos productivos de una empresa.
La extracción ilegal de material de arrastre en el río Algodonal en la provincia de Ocaña genera impactos negativos en el medio ambiente. La normatividad colombiana exige permisos para la extracción de estos materiales, pero muchas operaciones no cumplen con estos requisitos. El documento analiza los principales impactos ambientales de esta actividad y la legislación relevante.
La normatividad ambiental en Colombia se rige principalmente por la Constitución Política de 1991, la Ley 99 de 1993 y el Decreto 2811 de 1974. La Constitución elevó los recursos naturales y el medio ambiente a normas constitucionales y estableció principios como el derecho a un ambiente sano. La Ley 99 creó el Ministerio del Medio Ambiente y el Sistema Nacional Ambiental. El Decreto 2811 estableció el Código de Recursos Naturales para preservar el ambiente y los recursos de forma sostenible.
Las car como agentes de regulación hídricaalexa842003
El documento habla sobre el marco normativo y las instituciones relacionadas con la gestión de los recursos hídricos en Colombia de acuerdo con la Ley 99 de 1993. Describe las corporaciones autónomas regionales como entes encargados de regular y controlar los sistemas hídricos en sus jurisdicciones. También explica los principales decretos relacionados con la ordenación y manejo de cuencas hidrográficas y la calidad del agua.
Este documento parece ser un código nacional de recursos naturales renovables y protección ambiental de Colombia que contiene 3 partes y un capítulo único.
La Ley 99 de 1993 estableció el Ministerio del Medio Ambiente como autoridad ambiental en Colombia y creó el Sistema Nacional Ambiental para regular el uso de los recursos naturales renovables.
La legislación ambiental colombiana se inició en 1913 con leyes de protección de bosques y en 1973 se creó la ley marco que autorizó el código de recursos naturales, reconociendo por primera vez el ambiente y la contaminación. La ley 99 de 1993 creó el Ministerio del Medio Ambiente y el Sistema Nacional Ambiental para coordinar las entidades ambientales como las Corporaciones Autónomas Regionales. El proceso de licencias ambientales incluye la presentación de estudios como el Diagnóstico Ambiental de Alternativas y el Estudio de Impacto Ambiental
Este documento describe el marco jurídico ambiental de Venezuela. El Ministerio del Poder Popular para el Ambiente es responsable de establecer las normas ambientales del país. La Constitución, leyes orgánicas, leyes ordinarias, decretos, resoluciones y ordenanzas conforman la pirámide jurídica ambiental venezolana. Venezuela ha ratificado varios tratados internacionales sobre protección ambiental.
Este documento presenta una introducción a la normatividad ambiental específica en Colombia. Explica la estructura jerárquica de las normas, incluyendo la Constitución Política, el Decreto 2811 de 1974, y la Ley 99 de 1993, las cuales establecen los principios y organismos ambientales del país. También identifica desafíos como la protección de recursos naturales y el logro del desarrollo sostenible.
Rol de la Auditoria Ambiental en el Desarrollo SostenibleAndesco
5:00 a 5:30 p.m. Rol de autoridad ambiental en el desarrollo sostenible regional.
Juan Carlos Castro Ortiz, Subdirector de Gestión Ambiental Urbana Sostenible - Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga
Este documento resume el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables de Colombia. Establece que los recursos naturales renovables son de dominio público pero pueden ser usados privadamente mediante permisos o concesiones. Describe los diferentes modos de adquirir derechos sobre los recursos, incluyendo por ministerio de ley, permisos, concesiones y asociaciones. También cubre temas como reservas de recursos, prioridades de uso, registro y representación cartográfica de los recursos, y restricciones sobre el dominio privado cuando sea necesario por
La institución educativa busca formar estudiantes productivos y competitivos mediante una educación ambiental pertinente. Creó un vivero y reforesto zonas degradadas para preservar recursos naturales, enseñar sobre cambios ambientales y fomentar el respeto por el medio ambiente. Esto mejora la calidad educativa y forma a los estudiantes, incluyendo aquellos con necesidades especiales, para proteger el ambiente y contribuir a una sociedad sostenible.
La Ley 99 de 1993 creó el Ministerio del Medio Ambiente y el Sistema Nacional Ambiental en Colombia para proteger la biodiversidad. Esta ley ordenó el sector público encargado de la gestión de los recursos naturales y el medio ambiente. Aunque Colombia es megadiverso y protege su biodiversidad a través de leyes, hace falta más legislación para penalizar el tráfico de especies.
La ley 99 de 1993 creó el Ministerio del Medio Ambiente en Colombia y estableció el Sistema Nacional Ambiental para coordinar las políticas y acciones ambientales en el país. El Ministerio del Medio Ambiente es la máxima autoridad ambiental y tiene la responsabilidad de formular la política ambiental nacional, coordinar el SINA, expedir licencias ambientales y regular el uso de los recursos naturales para lograr un desarrollo sostenible.
Este documento establece la Ley 99 de 1993 en Colombia, la cual crea el Ministerio del Medio Ambiente. El Ministerio será el organismo rector encargado de formular las políticas ambientales y de recursos naturales del país para garantizar el desarrollo sostenible. Además, la ley organiza el Sistema Nacional Ambiental que coordinará el Ministerio y estará integrado por principios, normas, instituciones y recursos para la gestión ambiental de manera descentralizada, democrática y participativa.
Este documento establece la Ley del Medio Ambiente de Bolivia de 1992. Establece la creación de una Secretaría Nacional del Medio Ambiente y secretarías departamentales para proteger el medio ambiente y los recursos naturales del país. También requiere evaluaciones de impacto ambiental para proyectos y actividades que puedan afectar el medio ambiente, y establece normas y regulaciones para controlar la contaminación y promover el desarrollo sostenible.
Este documento presenta la Ley No. 1333 de Medio Ambiente de Paraguay. Establece la creación de la Secretaría Nacional del Medio Ambiente y los Consejos Departamentales del Medio Ambiente para proteger el medio ambiente y los recursos naturales. También requiere que proyectos públicos y privados realicen Evaluaciones de Impacto Ambiental para identificar y mitigar posibles efectos negativos en el medio ambiente.
El documento describe la evolución de la legislación ambiental en Colombia desde la década de 1970. La legislación se ha fortalecido con el tiempo, pasando de decretos iniciales a una constitución que reconoce el derecho a un ambiente sano y la Ley 99 de 1993 que establece el Sistema Nacional Ambiental de Colombia. La Ley 99 también define principios como el desarrollo sostenible y establece requisitos para licencias ambientales y estudios de impacto ambiental.
1) La Ley 99 de 1993 creó el Ministerio del Medio Ambiente y estableció el Sistema Nacional Ambiental para definir las políticas ambientales de Colombia y organizar las entidades responsables de la gestión ambiental. 2) El Ministerio del Medio Ambiente será la máxima autoridad ambiental y coordinará el SINA para garantizar el desarrollo sostenible. 3) El SINA estará integrado por principios, normas, instituciones y organizaciones públicas, privadas y comunitarias involucradas en la protección ambiental.
El medioambiente en algún momento fue considerado ajeno al Derecho, sin embargo se pretende demostrar que los Juristas son vitales para la conservación del mismo. La naturaleza es el único garante de que podamos vivir en un mundo de derechos y justicia por lo que compete a los futuros abogados velar porque estas condiciones se mantengan y respeten para la presente y futuras generaciones, hoy ya sujeto de Derechos. No se puede hablar de Derecho sin conocer al hombre, razón por la cual sería infructuoso pretender plantear el Derecho Ambiental sin saber lo que es Medioambiente, posteriormente nos ubicarnos dentro del Constitucionalismo Ambiental, la normativa vigente de la materia, su relación en el concierto internacional, terminando con la practica procesal dentro de nuestro marco jurídico de aplicación.
Este documento presenta un proyecto sobre la creación de jardines en la Institución Educativa Distrital Venecia en Bogotá. El proyecto analiza el problema de la falta de atención a las zonas verdes de la escuela y propone objetivos para mejorar los espacios verdes e inculcar conciencia ambiental en la comunidad estudiantil. Incluye marco legal sobre medio ambiente y funciones de entidades como el Ministerio de Medio Ambiente y las Corporaciones Autónomas Regionales.
Este documento presenta un proyecto sobre la creación de jardines en la Institución Educativa Distrital Venecia en Bogotá. El proyecto describe el planteamiento del problema, los objetivos generales y específicos, y el marco teórico legal que incluye varios artículos de la Ley 99 de 1993 sobre medio ambiente. El objetivo principal es crear conciencia sobre los problemas ambientales que afectan a la comunidad de Venecia.
El documento resume la legislación ambiental chilena. Explica que la Constitución Política garantiza el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. La Ley 19.300 de 1994 establece la institucionalidad y los instrumentos de gestión ambiental, incluyendo el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Este sistema evalúa proyectos o actividades que puedan afectar el medio ambiente y determina si requieren de una Declaración o Estudio de Impacto Ambiental.
El documento resume la legislación ambiental chilena. Explica que la Constitución Política garantiza el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. La Ley 19.300 de 1994 establece la institucionalidad ambiental, incluyendo el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Este proceso evalúa proyectos e identifica si requieren una Declaración o Estudio de Impacto Ambiental.
Es un proyecto con el cual se basa en mejorar el medio ambiente, creado creado por Jazmín Riveros y Marcela Vega estudiantes del colegio institucional Venecia
Este documento discute la posible explotación minera en el paramo de Santurbán por parte de la compañía GreyStar. Mientras que la mina podría traer regalías, también podría destruir el ecosistema y privar de agua a más de 2.2 millones de personas. La explotación minera violaría valores como el derecho a un ambiente sano y el respeto a la biodiversidad, según la Constitución y la Ley 99 de 1993.
Este documento presenta un proyecto sobre la creación de jardines en la Institución Educativa Distrital Venecia en Bogotá. El proyecto analiza el estado actual de las zonas verdes de la escuela y propone mejorarlas para crear conciencia ambiental entre la comunidad estudiantil. El documento incluye la introducción del proyecto, marco teórico con leyes ambientales colombianas, objetivos, metodología y planes para encuestas y entrevistas para evaluar el proyecto.
Curso adm 575 aplicacion de la legislación forestalProcasecapacita
Este curso de 30 horas busca que los participantes aprendan a identificar y aplicar la legislación forestal chilena y otros instrumentos legales relacionados con los recursos forestales. El temario incluye conceptos básicos de derecho, silvicultura, beneficios forestales, uso del fuego, bosque nativo, medio ambiente y sanciones ambientales. El objetivo es que los participantes puedan aplicar estas leyes y regulaciones para la conservación, protección y aprovechamiento sustentable de los recursos forestales de Chile.
El documento describe la evolución de la legislación ambiental en Colombia. Se explica que la Constitución de 1991 reconoció derechos ambientales y que la Ley 99 de 1993 estableció el Sistema Nacional Ambiental, definido las competencias del Ministerio de Ambiente y otras entidades territoriales en materia de políticas, planes y proyectos ambientales.
Este documento presenta la información sobre un curso de Ingeniería Ambiental, incluyendo los objetivos, requisitos de aprobación y bibliografía. Se detalla que el curso consta de dos unidades, una sobre introducción a la ingeniería ambiental y otra sobre la normatividad ambiental peruana y el sistema de gestión ambiental. Los requisitos para aprobar incluyen asistir a clases en un 70% y obtener un promedio final mayor o igual a 11.
El documento describe el marco legislativo de la educación ambiental en Perú. Explica las leyes y políticas clave a nivel nacional y regional que promueven la educación ambiental y el desarrollo sostenible, incluyendo la Constitución de Perú, la Ley General de Educación, el Código del Medio Ambiente, y los programas educativos regionales de Lambayeque. También destaca los objetivos e iniciativas clave de estas leyes y programas para integrar principios ambientales en la educación y concienciar a la sociedad sobre la
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José Luis Jiménez Rodríguez
Junio 2024.
“La pedagogía es la metodología de la educación. Constituye una problemática de medios y fines, y en esa problemática estudia las situaciones educativas, las selecciona y luego organiza y asegura su explotación situacional”. Louis Not. 1993.
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2. LEY 99 DE 1993, DECRETO 2811 DE 1974, CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE
COLOMBIA
DIANA PATRICIA GUZMÁN ROJAS
CENTRO TECNOLÓGICO DE LA AMAZONÍA
SENA REGIONAL CAQUETÁ
TÉCNICO EN MANEJO AMBIENTAL
FLORENCIA – CAQUETÁ
2013
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3. LEY 99 DE 1993, DECRETO 2811 DE 1974, CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE
COLOMBIA
DIANA PATRICIA GUZMÁN ROJAS
INGENIERO
SEBASTIAN GALEANO URUEÑA
CENTRO TECNOLÓGICO DE LA AMAZONÍA
SENA REGIONAL CAQUETÁ
TÉCNICO EN MANEJO AMBIENTAL
FLORENCIA – CAQUETÁ
2013
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4. TABLA DE CONTENIDO
INTRODUCCION
2. OBJETIVOS
2.1 OBJETIVO GENERAL
2.2 OBJETVOS ESPECIFICOS
3. LEY 99 DE 1993
1.
4.
5.
6.
7.
8.
TITULO I FUNDAMENTOS DE LA POLÍTICA AMBIENTAL COLOMBIANA
SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL SINA
TITULO II DEL MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE Y DEL SISTEMA NACIONAL
AMBIENTAL
TITULO III DE LA ESTRUCTURA DEL MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
TITULO IV DEL CONSEJO NACIONAL AMBIENTAL
5. 9.
10.
11.
12.
13.
14.
15.
16.
17.
18.
19.
TITULO V DEL APOYO CIENTÍFICO Y TÉCNICO DEL MINISTERIO
TITULO VI DE LAS CORPORACIONES AUTÓNOMAS REGIONALES
TITULO VII DE LAS RENTAS DE LAS CORPORACIONES AUTÓNOMAS REGIONALES
TITULO VIII DE LAS LICENCIAS AMBIENTALES
TITULO IX DE LAS FUNCIONES DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES Y DE
LA PLANIFICACIÓN AMBIENTAL
TITULO X DE LOS MODOS Y PROCEDIMIENTOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA TITULO XI
DE LA ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO EN ASUNTOS AMBIENTALES
TITULO XII DE LAS SANCIONES Y MEDIDAS DE LA POLICÍA
TITULO XIII DEL FONDO NACIONAL AMBIENTAL Y DEL FONDO AMBIENTAL DE LA
AMAZONIA
TITULO XIV DE LA PROCURADURÍA DELEGADA PARA ASUNTOS AMBIENTALES
TITULO XV DE LA LIQUIDACIÓN DEL INDERENA Y DE LAS GARANTÍAS LABORALES
TITULO XVI DISPOSICIONES FINALES
6. 20. DECRETO 2811 DE 1974 (Diciembre 18)
21. TÍTULO PRELIMINAR CAPÍTULO ÚNICO
22. PARTE II. DE LOS ASUNTOS AMBIENTALES DE AMBITO O INFLUENCIA
23.
24.
25.
26.
27.
INTERNACIONALES
PARTE III. MEDIOS DE DESARROLLO DE LA POLITICA AMBIENTAL
TITULO I. INCENTIVOS Y ESTIMULOS ECONOMICOS
TITULO II. ACCION EDUCATIVA, USO DE MEDIOS DE COMUNICACION
SOCIAL Y SERVICIO NACIONAL AMBIENTAL
TITULO III. TASAS RETRIBUTIVAS DE SERVICIOS AMBIENTALES
TITULO IV. SISTEMA DE INFORMACION AMBIENTAL
TITULO V. DE LAS INVERSIONES FINANCIERAS ESTATALES EN OBRAS
Y TRABAJOS PUBLICOS AMBIENTALES
7. 28. LA MATERIA AMBIENTAL EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA
29. CONCLUSIONES
30. WED GRAFIA
8. INTRODUCCIÓN
Este trabajo tiene como fin dar a conocer la Ley 99 del 93 con sus artículos,
parágrafos y modificaciones, también el Decreto 2811 del 74, junto con sus
artículos y la Constitución Política de Colombia en la cual resalta los artículos más
importantes para la conservación, preservación del medio ambiente.
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9. OBJETIVOS
OBJETIVO GENERAL
OBJETIVOS ESPECIFICOS
• Conocer a cerca de la Ley 99 de 1993 y como está organizada.
• Identificar el Decreto 2811 de 1974 donde se habla de los Recursos Naturales
Renovables y de Protección al Medio Ambiente.
• Revisar los principales Artículos de la Constitución Política de Colombia en los
cuales se enfoca la conservación del medio ambiente.
10. LEY 99 DE 1993
Por la cual se crea el MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE,
Se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio
ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional
Ambiental -SINA-y se dictan otras disposiciones
EL CONGRESO DE COLOMBIA,
DECRETA:
11. TITULO I
FUNDAMENTOS DE
LA POLÍTICA AMBIENTAL COLOMBIANA
ARTÍCULO l.- Principios Generales Ambientales. La política ambiental colombiana
seguirá los siguientes principios generales:
1. El proceso de desarrollo económico y social del país.
2. La biodiversidad del país.
3. Las zonas de páramos, subpáramos, los nacimientos de agua.
4. En la utilización de los recursos hídricos.
5. La formulación de las políticas ambientales tendrán cuenta el resultado del
proceso de investigación científica.
6. El Estado fomentará la incorporación de los costos ambientales y el uso de
instrumentos económicos.
7. El paisaje por ser patrimonio común deberá ser protegido.
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12. 8. La prevención de desastres será materia de interés colectivo .
9. La acción para la protección y recuperación ambientales del país.
10. Para el manejo ambiental del país, se establece el SINA.
11. Los estudios de impacto ambiental serán el instrumento básico para la toma de
decisiones respecto a la construcción de
obras y actividades que afecten significativamente el medio ambiente natural o
artificial.
12. El manejo ambiental del país, conforme a la Constitución Nacional, será
descentralizado, democrático y participativo.
13. Para el manejo ambiental del país, se establece SINA- cuyos componentes y su
interrelación definen los mecanismos de actuación del Estado y la sociedad civil.
14. Las instituciones ambientales del Estado se estructurarán teniendo como base
criterios de manejo integral del medio ambiente y su interrelación con los
procesos de planificación económica, social y física.
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13.
14. TITULO II
DEL MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE Y
DEL SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL
ARTÍCULO 2: Creación y Objetivos del MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE.
ARTÍCULO 3: Del Concepto de Desarrollo Sostenible.
ARTÍCULO: 4, Sistema Nacional Ambiental -SINA
ARTÍCULO 5: FUNCIONES DEL MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
ARTÍCULO 6: Cláusula General de Competencia.
ARTÍCULO 7: Del Ordenamiento Ambiental del Territorio.
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15. ARTÍCULO 8.- De la Participación en el CONPES.
ARTÍCULO 9.- Orden de Precedencia.
TITULO III
DE LA ESTRUCTURA DEL
MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
ARTÍCULO 10.- Estructura Administrativa del Ministerio. El MINISTERIO DEL MEDIO
AMBIENTE tendrá la siguiente estructura administrativa básica:
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16. MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
Despacho del Ministro
Despacho del viceministro
Despacho del Secretario General
Direcciones Generales
Consejo de Gabinete
Despacho del viceministro
Oficina de Análisis Económico
Oficina de Cooperación Internacional
Internacional
Oficina de Información Nacional Ambiental
Oficina de Investigación y
Tecnología Ambiental
Despacho del Secretario General
Oficina Jurídica
División Administrativa
División de Finanzas y Presupuesto
División de Personal
Direcciones Generales
Dirección General de Asentamientos Humanos y Población
Dirección General de Medio Ambiente Físico Jurídica
Dirección General de Planeación y Ordenamiento Ambiental del Territorio
Dirección General Forestal y de Vida
Silvestre
Dirección Ambiental Sectorial
17. TITULO IV
DEL CONSEJO NACIONAL AMBIENTAL
ARTÍCULO 13.- El Consejo Nacional Ambiental.
- El Ministro del Medio Ambiente, quien lo presidirá.
- El Ministro de Agricultura.
- El Ministro de Salud.
- El Ministro de Desarrollo Económico.
- El Ministro de Minas y Energía.
- El Ministro de Educación Nacional.
- El Ministro de Obras Públicas y Transporte.
- El Ministro de Defensa Nacional
- El Ministro de Comercio Exterior.
- El Director del Departamento Administrativo de Planeación Nacional.
- El Defensor del Pueblo.
- El Contralor General de la República.
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18. - Un representante de los gobernadores.
- Un alcalde representante de la Federación Colombiana de Municipios.
- El Presidente del Consejo Nacional de Oceanografía.
- Un representante de las comunidades indígenas.
- Un representante de las comunidades negras.
- Un representante de los gremios de la producción agrícola.
- Un representante de los gremios de la producción industrial.
- El Presidente de ECOPETROL o su delegado.
- Un representante de los gremios de la producción minera.
- Un representante de los gremios de exportadores.
- Un representante de las organizaciones ambientales no gubernamentales.
- Un representante de la universidad elegido por el Consejo Nacional de
Educación Superior -CESU-.
- Un representante de los gremios de la actividad forestal.
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19. TITULO V
DEL APOYO CIENTÍFICO Y TÉCNICO DEL MINISTERIO
ARTÍCULO 16: De las Entidades Científicas Adscritas y Vinculadas al MINISTERIO DEL
MEDIO AMBIENTE. El MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE tendrá las siguientes
entidades científicas adscritas y vinculadas:
a. El Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales -IDEAM-;
b. El Instituto de Investigaciones Marinas y Costeras “José Benito Vives de
Andreis” -INVEMAR-;
c. El Instituto de Investigación de Recursos Biológicos “Alexander von Humboldt”;
d. El Instituto Amazónico de Investigaciones Científicas “SINCHI”;
e. El Instituto de Investigaciones Ambientales del Pacífico “John von Neumann”.
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20. TITULO VI
DE LAS CORPORACIONES AUTÓNOMAS REGIONALES
ARTÍCULOS: 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32
ARTÍCULO: 33. PARÁGRAFO: 1, 2, 3, 4.
Algunas regiones tienen régimen especial como son:
Región Amazónica, el Chocó, en la Sierra Nevada de Santa Marta, en la Serranía de
la Macarena, en la Región
de Urabá, en el departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa
Catalina, y en la Región de la Mojana y del San Jorge
ARTÍCULOS: 34, 35, 36.
ARTÍCULOS: 37 PARÁGRAFO: 1, 2.
ARTÍCULOS: 38, 39, 40, 41.
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21. TITULO VII
DE LAS RENTAS DE LAS CORPORACIONES
AUTÓNOMAS REGIONALES
ARTÍCULO 42.- Tasas Retributivas y Compensatorias.
ARTÍCULO 43.- Tasas por Utilización de Aguas.
ARTÍCULO 44.- Porcentaje Ambiental de los Gravámenes a la Propiedad Inmueble.
ARTÍCULO 45.- Transferencia del Sector Eléctrico.
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22. TITULO VIII
DE LAS LICENCIAS AMBIENTALES
ARTÍCULOS: 49, 50 , 51.
ARTÍCULO 52. PARÁGRAFO: 1, 2.
ARTÍCULOS: 53, 54, 55, 56, 57.
ARTÍCULO 58. PARÁGRAFO.
Artículos: 59, 60, 61, 62.
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23. TITULO IX
DE LAS FUNCIONES DE
LAS ENTIDADES TERRITORIALES Y DE
LA PLANIFICACIÓN AMBIENTAL
ARTÍCULO 63: Armonía Regional, Gradación Normativa y Rigor Subsidiario.
ARTÍCULOS: 64, 65, 66, 67, 68.
Funciones de los Departamentos, Municipios y Distritos
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24. TITULO X
DE LOS MODOS Y PROCEDIMIENTOS
DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
ARTÍCULOS: 69, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 76.
TITULO XI
DE LA ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO
EN ASUNTOS AMBIENTALES
ARTÍCULO 77: Del Procedimiento de la Acción de Cumplimiento.
ARTÍCULO 78: Competencia.
ARTÍCULO 79: Requerimiento.
ARTÍCULO 80: Mandamiento de Ejecución.
ARTÍCULO 81: Desistibilidad.
ARTÍCULO 82: Imprescriptibilidad.
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25. TITULO XII
DE LAS SANCIONES Y MEDIDAS DE LA POLICÍA
ARTÍCULO 83:
ARTÍCULO 84:
ARTÍCULO 85:
ARTÍCULO 86:
Atribuciones de Policía.
Sanciones y Denuncias.
Tipos de Sanciones.
Del Mérito Ejecutivo.
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26. TITULO XIII
DEL FONDO NACIONAL AMBIENTAL Y
DEL FONDO AMBIENTAL DE LA AMAZONIA
ARTÍCULO 87: Creación, Naturaleza y Jurisdicción.
ARTÍCULO 88: Objetivos.
ARTÍCULO 89: Dirección y Administración del FONAM.
ARTÍCULO 90: Recursos.
ARTÍCULO 91: De los Recursos para el Medio Ambiente del Fondo Nacional de
Regalías.
ARTÍCULO 92: Creación y Naturaleza del Fondo Ambiental de la Amazonia.
ARTÍCULO 93: Objetivos
ARTÍCULO 94: Dirección y Administración del Fondo.
ARTÍCULO 95: Recursos.
ARTÍCULO 96: Restricción de Destino de los Recursos del Fondo Ambiental de la
Amazonía y del FONAM.
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27. TITULO XIV
DE LA PROCURADURÍA DELEGADA
PARA ASUNTOS AMBIENTALES
ARTÍCULO 97: Funciones.
TITULO XV
DE LA LIQUIDACIÓN DEL INDERENA Y
DE LAS GARANTÍAS LABORALES
ARTÍCULO 98: Liquidación del INDERENA.
ARTÍCULO 99: Garantías al Personal de INDERENA.
ARTÍCULO 100: Prestaciones y Pensiones.
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28. TITULO XVI
DISPOSICIONES FINALES
ARTÍCULO 101: Del Cuerpo Especializado de Policía Ambiental y de los
Recursos Naturales de la Policía
Nacional.
ARTÍCULO 102: Del Servicio Ambiental.
ARTÍCULO 103: Del Apoyo de las Fuerzas Armadas.
ARTÍCULO 104: De la Comisión Colombiana de Oceanografía.
ARTÍCULO 105: De las Funciones de INGEOMINAS en Materia Ambiental.
ARTÍCULO 106: Del Reconocimiento de Personería Jurídica a Entidades
Ambientalistas.
ARTÍCULO 107: Utilidad Pública e Interés Social, Función Ecológica de la
Propiedad.
ARTÍCULO 108: Adquisición por la Nación de Áreas o Ecosistemas de Interés
Estratégico para la Conservación de los Recursos Naturales.
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29. ARTÍCULO 109: De las Reservas Naturales de la Sociedad Civil.
ARTÍCULO 110: Del Registro de las Reservas Naturales de la Sociedad Civil.
ARTÍCULO 111: Adquisición de Áreas de Interés para Acueductos Municipales.
ARTÍCULO 112: Comisión Revisora de la Legislación Ambiental.
ARTÍCULO 113: Reestructuración de la Corporación Autónoma Regional del
Cauca -CVCARTÍCULO 114: Reestructuración de CDMB.
ARTÍCULO 115: Garantías laborales a los funcionarios de entidades del orden
nacional que se reforman.
ARTÍCULO 116: Autorizaciones
ARTÍCULO 117: Transición de Procedimientos.
ARTÍCULO 118: Vigencia.
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31. DECRETO 2811 DE 1974
(Diciembre 18)
Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de
Protección al Medio Ambiente.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
en ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas por la Ley 23 de 1973 y
previa consulta con las comisiones designadas por las Cámaras Legislativas y el
Consejo de Estado, respectivamente.
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32. DECRETA:
El siguiente será el texto del Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y
de Protección al Medio Ambiente.
TÍTULO PRELIMINAR
CAPÍTULO ÚNICO
ARTÍCULO 1: El ambiente es patrimonio común.
ARTÍCULO 2: Fundado en el principio de que el ambiente es patrimonio común de la
humanidad y necesario para la supervivencia y el desarrollo económico y social de
los pueblos.
ARTÍCULO 3: De acuerdo con los objetivos enunciados, el presente Código regula:
El manejo de los recursos naturales renovables a saber:
ARTÍCULO 4: Se reconocen los derechos adquiridos por particulares con arreglo a
la ley sobre los elementos ambientales y los recursos naturales renovables.
.
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33. ARTÍCULO 5: El presente Código rige en todo el territorio nacional, el mar
territorial con su suelo, subsuelo y espacio aéreo, la plataforma continental y la
zona económica o demás espacios marítimos en los cuales el país ejerza
jurisdicción de acuerdo con el derecho internacional.
ARTÍCULO 6: La ejecución de la política ambiental de este Código será función del
gobierno Nacional, que podrá delegarla en los gobiernos seccionales o en otras
entidades públicas especializadas.
LIBRO PRIMERO - DEL AMBIENTE
PARTE I
DEFINICIÓN Y NORMAS GENERALES DE POLÍTICA AMBIENTAL
ARTÍCULO 7: Toda persona tiene derecho a disfrutar de ambiente sano.
ARTÍCULO 8: El uso de elementos ambientales y de recursos naturales renovables,
debe hacerse de acuerdo con los siguientes principios:
ARTÍCULO 9: El uso de elementos ambientales y de recursos naturales renovables.
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34. PARTE II.
DE LOS ASUNTOS AMBIENTALES DE AMBITO O INFLUENCIA INTERNACIONALES
ARTICULO 10: Para prevenir o solucionar los problemas ambientales y regulares la
utilización de recursos naturales renovables compartidos con países limítrofes y
sin perjuicio de los tratados vigentes, el Gobierno procurará complementar las
estipulaciones existentes o negociar otros que prevean.
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35. ARTICULO 11: Los recursos naturales materia de las previsiones a que se refiere el
artículo precedente son, entre otros, los siguientes:
a). Las cuencas hidrográficas de ríos que sirven de límite
b). Los bosques de ambos lados de una frontera;
c). Las especies de la fauna en que tengan interés común Colombia y los países
vecinos;
d). Las aguas marítimas nacionales y los elementos que ellas contienen;
e). La atmósfera, en cuanto los actos ya verificados o los proyectados en un país
puedan producir efectos nocivos en el vecino o alteraciones climáticas
perjudiciales;
f). Los yacimientos geotérmicos que se extienden a ambos lados de una frontera.
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36. ARTICULO 12: El Gobierno procurará evitar o prohibirá la utilización de elementos
ambientales y recursos naturales renovables que puedan producir deterioro
ambiental en países no vecinos, en alta mar o en su lecho, o en la atmósfera o
espacio aéreo más allá de la jurisdicción territorial.
PARTE III.
MEDIOS DE DESARROLLO DE LA POLITICA AMBIENTAL
TITULO I.
INCENTIVOS Y ESTIMULOS ECONOMICOS
ARTICULO 13: Con el objeto de fomentar la conservación, mejoramiento y
restauración del ambiente y de los recursos naturales renovables, el Gobierno
establecerá incentivos económicos.
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37. TITULO II.
ACCION EDUCATIVA, USO DE MEDIOS DE COMUNICACION SOCIAL Y SERVICIO
NACIONAL AMBIENTAL
ARTICULO 14: Dentro de las facultades que constitucionalmente le competen, el
Gobierno al reglamentar la educación primaria, secundaria y universitaria
procurará:
a). Incluir cursos sobre ecología, preservación ambiental y recursos naturales
renovables;
b). Fomentar el desarrollo de estudios interdisciplinarios;
c). Promover la realización de jornadas ambientales con participación de la
comunidad y de campañas de educación popular, en los medios urbanos y rurales
para lograr la comprensión de los problemas del ambiente, dentro del ámbito en el
cual se presentan.
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38. ARTICULO 15: Por medios de comunicación adecuada, se motivará a la
población para que formule sugerencias y tome iniciativas a la protección
ambiental y para el mejor manejo de los recursos naturales renovables y se
adelantarán programas de divulgación y adiestramiento en la identificación y
manejo de sustancias nocivas al ambiente.
ARTICULO 16: Para ayudar a formar y mantener en la comunidad
conocimiento y convicción suficientes sobre la necesidad de proteger el
medio ambiente y de mantener bien los recursos naturales renovables, el
gobierno, en los contratos sobre espacios de televisión o frecuencias de
radiodifusión, estipulará cláusulas concernientes a su colaboración con las
otras partes contratantes, en programas educativos y de divulgación
apropiados para el cumplimiento de esos fines.
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39. ARTICULO 17: Créase el Servicio Nacional Ambiental Obligatorio que no
excederá de un año y que será prestado gratuitamente.
El Gobierno determinará la manera como se organizará la prestación de este
servicio.
TITULO III.
TASAS RETRIBUTIVAS DE SERVICIOS AMBIENTALES
ARTICULO 18: Artículo derogado por el artículo 118 de la Ley 99 de 1993.
ARTICULO 19: El Gobierno Nacional calculará por sectores de usuarios y por
regiones que individualizará, los costos de prevención, corrección o
eliminación de los efectos nocivos al ambiente.
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40. TITULO IV.
SISTEMA DE INFORMACION AMBIENTAL
ARTICULO 20: Se organizará y mantendrá al día un sistema de informaciones
ambientales
ARTICULO 21: Mediante el sistema de informaciones ambientales se procesarán y
analizarán, por lo menos las siguientes especies de información:
a). Cartográfica;
b). Hidrometeorológica, hidrológica, hidrogeológica y climática.
c). Edafológica;
d). Sobre usos no agrícolas de la tierra;
f). El inventario forestal;
g). El inventario fáunico;
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41. h). La información legal a que se refiere el Título VI; Capítulo I, Parte I del Libro II;
i). Los niveles de contaminación por regiones;
j). El inventario de fuentes de emisión y de contaminación
TITULO V.
DE LAS INVERSIONES FINANCIERAS ESTATALES EN OBRAS Y TRABAJOS
PUBLICOS AMBIENTALES
ARTICULO 25: En el Presupuesto Nacional se incluirá anualmente una partida
especial y exclusivamente destinada a financiar los programas o proyectos de
preservación ambiental.
ARTICULO 26: En el proyecto general de cualquier obra pública que utilice o
deteriore un recurso natural renovable o el ambiente se contemplará un programa
que cubra totalmente, los estudios, planos, y presupuesto con destino a la
conservación y mejoramiento del área afectada.
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43. LA MATERIA AMBIENTAL EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA
El reconocimiento que el Constituyente de 1991 hizo del Medio Ambiente como
elemento esencial para el desarrollo humano, al igual que el establecimiento de su
defensa como objetivo de principio dentro de la forma organizativa del Estado
Social de Derecho1, ha llevado a que muchos cataloguen a la actual Constitución
Política Colombiana como una constitución ecológica.
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44. ARTÍCULO 7: Diversidad étnica y cultural de la nación.(150)
ARTÍCULO 8: La obligación del Estado y de las personas de proteger las
riquezas culturales y naturales de la Nación.(95)
ARTICULO 49: La atención del saneamiento ambiental como servicio
público a cargo del Estado.
ARTICULO 58: la función social que cumple la propiedad, (a la que le es)
inherente una función ecológica.
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45. ARTICULO 63: Bienes de uso público.
ARTÍCULO 66: El reconocimiento de condiciones especiales de crédito agropecuario
teniendo en cuenta las calamidades ambientales.
ARTÍCULO 67: La educación como proceso de formación para la protección del
ambiente.
ARTICULO 79: El derecho de todas las personas a gozar de un Ambiente sano.
ARTICULO 80: Planificación del manejo y aprovechamiento de los recursos
naturales.
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46. ARTÍCULO 81: La prohibición de fabricación, importación, posesión y uso de
armas químicas, biológicas y nucleares.
ARTÍCULO 82: El deber del Estado de velar por la protección de la integridad
del espacio público y su destinación al uso común, que prevalece sobre el
interés particular.
ARTÍCULO 215: La declaratoria de la emergencia ecológica por el Presidente
de la República y sus ministros y la facultad de dictar decretos legislativos.
ARTÍCULO 226: El deber del Estado de promover la internacionalización de
las relaciones ecológicas sobre bases de equidad, reciprocidad y
conveniencia nacional.
ARTICULO 330. Administración de los territorios indígenas.
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47. CONCLUSIÓN
• Es obligación del estado Colombiano preservar y
asegurar el futuro de los recursos naturales y
crear un ambiente sostenible, mediante la
normatividad ambiental colombiana vigente.
• La ley 99 de 1993, faculta al ente nacional,
departamental y municipal para garantizar la
conservación y preservación de los recursos
naturales.
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