El documento resume las nuevas regulaciones sobre hábeas corpus y amparo en Perú. Brevemente: 1) El amparo puede usarse contra leyes autoaplicativas inconstitucionales, declarando su inaplicabilidad para el caso; 2) Existen procedimientos cautelares "general" y "especial" en amparo, variando en elementos como audiencia y apelación; 3) Las medidas cautelares deben cumplir con apariencia de derecho, peligro en demora y proporcionalidad.
26. Contenidos a tratar 1 . Los procedimientos cautelares «general» y «especial» en el amparo del CPCons 2 . El derecho fundamental a la tutela cautelar como parte de la tutela jurisdiccional “efectiva” 3. Elementos que debe contener toda medida cautelar: 3.1. La apariencia del derecho 3.2. El peligro en la demora 3.3 La proporcionalidad de la medida
27. 4. El derecho al libre acceso a la jurisdicción 5. El derecho a la igualdad «en» la ley 6. Algunas interrogantes que plantea el tema: ¿Es inconstitucional el requisito inaudita et altera pars ? ¿este requisito limita arbitrariamente la independencia del juzgador? ¿Cómo compatibilizar la tutela cautelar efectiva con un eficaz accionar de la municipalidades?
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29. 2 . El derecho fundamental a la tutela cautelar como parte de la tutela jurisdiccional “efectiva” Expediente N.º 0023-2005-AI/TC S e constituye en una manifestación implícita del derecho a la tutela jurisdiccional “efectiva” consagrado en el artículo 139° inciso 3) de la Constitución y tiene por finalidad precisamente hacer efectiva la tutela jurisdiccional.
30. -> El derecho a la tutela cautelar no sólo persigue el aseguramiento provisional de los efectos de la decisión jurisdiccional definitiva, ni sólo la neutralización de los perjuicios irreparables, sino principalmente, la EFECTIVIDAD DE LA TUTELA . -> No sólo las dilaciones «indebidas» pueden generar un perjuicio irreparables. También lo puede hacer el trámite «regular» del proceso
31. -> Según Andrea Proto Pisani, el principio según el cual la duración del proceso no debe ir en contra del actor que tiene la razón responde a la efectividad de la tutela jurisdiccional .
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34. -> No obstante, cabe mencionar que el derecho fundamental a la tutela cautelar tiene LÍMITES . Uno de ellos, es que puede no ser exigible en el proceso de inconstitucionalidad (artículo 105° CPCons) que establece: “En el proceso de inconstitucionalidad no se admiten medidas cautelares”.
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36. 3.2. El peligro en la demora Este presupuesto se encuentra relacionado con el daño que se produciría o agravaría, como consecuencia del transcurso del tiempo, si la medida cautelar no fuera adoptada, privando así de efectividad a la sentencia que ponga fin al proceso
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38. 4. El derecho al libre acceso a la jurisdicción Es una manifestación del derecho a la tutela judicial efectiva, previsto en el artículo 139° 3) de la Constitución TC: “ el derecho de acceso a la justicia–que forma parte del contenido del derecho de tutela judicial efectiva- no se agota en prever mecanismos de tutela, en abstracto, sino que supone posibilitar al justiciable la obtención de un resultado óptimo con el mínimo de empleo de actividad procesal, con la intención de permitirle acceder de modo real al servicio de justicia y obtenerla en el menor tiempo y al menor costo posible” (Exp. 4330-2004-AA)
39. Sigue... “Este esfuerzo tiene una repercusión directa no solo en el justiciable en busca de tutela, sino, adicionalmente, en todo el aparato estatal, a través de la maximización de los recursos disponibles ”.
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42. 5. El derecho a la igualdad «en» la ley Co nstituye un límite al legislador, en tanto la actividad legisferante deberá estar encaminada a respetar la igualdad, encontrándose vedado establecer diferenciaciones basadas en criterios irrazonables y desproporcionados.