Este documento trata sobre el objeto y la forma del contrato. En 3 oraciones:
El objeto del contrato se refiere a la creación, regulación, modificación o extinción de las obligaciones que surgen del mismo. La obligación debe ser lícita y la prestación debe ser posible física o jurídicamente. La forma del contrato se refiere a cómo se manifiesta la voluntad de las partes para perfeccionar el acuerdo, aunque no siempre se requiere una forma específica.