El documento resume los principales aspectos de la legislación laboral y de seguridad y salud ocupacional en Venezuela. Detalla los requisitos para la constitución del Comité de Seguridad y Salud Laboral, la elaboración del Programa de Seguridad y Salud Laboral, la notificación de accidentes y enfermedades ocupacionales, y las sanciones por incumplimiento de la normativa. Además, explica los beneficios y prestaciones en caso de accidentes laborales o enfermedades profesionales.
Según lo establecido por la Ley 16.744, las actividades de prevención de riesgos deben ser desarrolladas en una empresa sobre 25 trabajadores por el C.P.H.S.
Según lo establecido por la Ley 16.744, las actividades de prevención de riesgos deben ser desarrolladas en una empresa sobre 25 trabajadores por el C.P.H.S.
Catálogo de Servicios de Seguridad y Salud LaboralAltaGerenciaDOC
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Presentación utilizada en la conferencia impartida en el X Congreso Nacional de Médicos y Médicas Jubiladas, bajo el título: "Edadismo: afectos y efectos. Por un pacto intergeneracional".
La predisposición genética no garantiza que una persona desarrollará una enfermedad específica, sino que aumenta el riesgo en comparación con individuos que no tienen esa predisposición genética.
2. Registro de Empresas.
Libros Registro de Vacaciones, Horas Extras yLibros Registro de Vacaciones, Horas Extras y
Días Feriados.
Declaración Trimestral de Empleo Horas
Trabajadas y Salarios Pagados.
Solvencia Laboral.
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3. Cumplimiento de los Aportes Trimestrales.
2% Sobre Sueldos y Salarios, Bono Vacacional,
Honorarios Profesionales y remuneraciones deHonorarios Profesionales y remuneraciones de
cualquier especie.
0,5% Sobre Utilidades
Cumplimiento del Programa Nacional de
Aprendizaje.
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4. Registro Electrónico.
Aportes al FAOV.
De enero del año 2000 a mayo de 2005 los aportes se calculan
sobre la base del Salario Normal de los trabajadores.
De junio del año 2005 hasta julio de 2008 los aportes se
calculan sobre el Ingreso Total Mensual.
A partir del 31 de julio de 2008, los aportes se calculan sobre el
Salario Integral.
Aportes al FAOV.
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5. Sistema de Gestión y Autoliquidación
Tiuna.
Todas las Empresas deben estar Registradas enTodas las Empresas deben estar Registradas en
el Sistema.
Reducción de los Trámites Administrativos.
Inclusión , exclusión de trabajadores y cambios
de salarios por parte del patrono.
Carga de Incapacidad Temporal.
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6. Promulgada el 18 de Julio de 1986
Reformada el 30 de Junio de 2005 y
Publicada el 25 de Julio del 2005.
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7. Establecer bases para garantizar condiciones de seguridad, salud y
bienestar en el trabajo.
Desarrollar lo dispuesto en la Constitución y en la Ley Orgánica del
Sistema de Seguridad Social.
Garantizar a los trabajadores condiciones de seguridad, salud y bienestarGarantizar a los trabajadores condiciones de seguridad, salud y bienestar
en un ambiente de trabajo adecuado y Propicio.
Regular los deberes y derechos de trabajadores y empleadores en
relación a Seguridad y Salud Ocupacional, así como la responsabilidad del
empleador en caso de enfermedad ocupacional o accidente de trabajo.
Normar las prestaciones derivadas de la responsabilidad de los
empleadores ante la ocurrencia de un accidente de trabajo o enfermedad
ocupacional.
Establecer sanciones por incumplimiento de la normativa.
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8. Empresas públicas o privadas, persigan o no fines de lucro.
Cooperativas u otras formas asociativas, comunitarias de
carácter productivo o de servicio.
Todos los trabajadores en relación de dependencia,
incluyendo trabajadores a domicilio, domésticos y de
conserjería.
Se exceptúan los miembros de la Fuerza Armada Nacional
de conformidad con el Art. 328 CRBV.
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9. Aprobar las guías técnicas.
Inspecciones de condiciones de seguridad y salud .
Aplicar sanciones.
Calificar el grado de peligrosidad de las empresas.
Investigar los accidentes.
Calificar el origen ocupacional de la enfermedad o el accidente.
Dictaminar el grado de discapacidad.
Registrar y acreditar a los profesionales, técnicos, personal, Servicios y
comités de Seguridad y salud en el trabajo.
Establecer los principios para la elaboración, implementación, evaluación
de los programas de Seguridad y salud laboral.
Crear y mantener el sistema nacional de vigilancia epidemiológica.
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10. Registro, Afiliación y Cotización al Régimen Prestacional
de Seguridad y Salud en el Trabajo (Art. 6 Lopcymat)
Afiliación de los trabajadores y trabajadoras al Sistema de Seguridad
Social y Cotizar el Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en elSocial y Cotizar el Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el
trabajo.
Incorporación
Desincorporación
3 días Hábiles
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11. Conformar un Comité de Seguridad y Salud
Laboral
Órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta
regular y periódica de las políticas, programas y actuaciones en materia
de Seguridad y Salud en el Trabajo. (Lopcymat Art. 46 )de Seguridad y Salud en el Trabajo. (Lopcymat Art. 46 )
¿Dónde Deben Constituirse?
“En todo centro de trabajo, establecimiento, o unidad de explotación de
las diferentes empresas o de instituciones públicas o privadas”
(Lopcymat Art. 46)
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12. NÚMERO DE NÚMERO DE DELEGADOS Y NÚMERO DE
¿Cómo se Constituye el Comité?
A través de la elección de los Delegados de Prevención por parte de los
trabajadores, y la designación de los representantes de la empresa por
parte del empleador (ambos constituirán el CSSL en partes iguales).
(Lopcymat Art. 46)
NÚMERO DE
TRABAJADORES Y
TRABAJADORAS
NÚMERO DE DELEGADOS Y
DELEGADAS DE
PREVENCIÓN
NÚMERO DE
REPRESENTANTES DEL
PATRONO O PATRONA
HASTA 10 UNO (01) UNO (01)
DE 11 HASTA 50 DOS (02) DOS (02)
DE 51 HASTA 250 TRES (03) TRES (03)
DE 251 HASTA 500 CUATRO (04) CUATRO (04)
DE 501 EN ADELANTE CINCO (05) CINCO (05)
Lopcymat Art. 41 Reglamento Lopcymat Art. 67
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13. Crear un Órgano de Seguridad y Salud Laboral en
el Centro Trabajo
Artículo 39 Lopcymat
“Los empleadores y empleadoras, así como las cooperativas y las otras“Los empleadores y empleadoras, así como las cooperativas y las otras
formas asociativas comunitarias de carácter productivo o de servicio,
deben organizar un servicio propio o mancomunado de Seguridad y
Salud en el Trabajo, conformado de manera multidisciplinaria, de
carácter esencialmente preventivo, de acuerdo a lo establecido en el
Reglamento de esta Ley.”
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14. Notificar los Accidentes y Enfermedades
Ocupacionales
Art. 73 Lopcymat y Art. 83 Reglamento Lopcymat
“El empleador o empleadora debe informar de la ocurrencia del
accidente de trabajo de forma inmediata ante el Instituto Nacional deaccidente de trabajo de forma inmediata ante el Instituto Nacional de
Prevención, Salud y Seguridad Laborales, el Comité de Seguridad y Salud
Laboral y el Sindicato.”
La notificación se realiza:
Dentro de los sesenta (60) minutos siguientes a la ocurrencia del
accidente.
La del comité de seguridad y salud laboral y el sindicato deberá realizarse
dentro de las doce (12) horas siguientes.
La Declaración formal veinticuatro (24) horas siguientes.
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15. Pueden hacerlo además:
Otros Sujetos que Podrán Notificar (Art. 74 Lopcymat)
Notificar los Accidentes y Enfermedades
Ocupacionales
Pueden hacerlo además:
• El trabajador o sus familiares.
• El Comité de Salud y Seguridad Laboral.
• Otro Trabajador o Trabajadora.
INPSASEL puede iniciar investigación de oficio.
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16. Elaborar Programa De Seguridad y Salud Laboral
Art. 61 Lopcymat, 80,81,82 Regl.
“Toda empresa, establecimiento, explotación o faena deberá
diseñar una política y elaborar e implementar un Programadiseñar una política y elaborar e implementar un Programa
de Seguridad y Salud Laboral, específico y adecuado a sus
procesos, el cual deberá ser presentado para su aprobación
ante el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad
Laborales, sin perjuicio de las responsabilidades del
empleador o empleadora previstas en la ley”.
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17. Practicar Exámenes Preventivos a Cargo
Exclusivo Del Empleador
De Ingreso
Exámenes
De Egreso
Periódicos
Pre y Post Vacacionales
Exámenes pertinentes a la exposición de
factores de riesgo
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18. Elaborar Las Notificaciones De Riesgos Laborales
Qué Contienen?
Las actividades o tareas del puesto de trabajo. (Art. 56. 2Las actividades o tareas del puesto de trabajo. (Art. 56. 2
Lopcymat.)
Los posibles riesgos asociados con la tarea. (Art. 56. 3y4
Lopcymat,)
Los equipos de protección personal que requiere para la
tarea.(Art. 54.3 y 55.8 Lopcymat.)
Las medidas preventivas.(Art. 43.6 Lopcymat.)
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19. Llevar Un Registro Detallado De:
Efectuar Reuniones Mensuales Con El Comité
Notificación De Accidentes.
Sistema De Vigilancia Epidemiológica.
Sistema De Vigilancia Del Tiempo Libre.
Índice De Frecuencia De Accidentes.
Llevar Un Registro Detallado De:
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20. Solicitar La Ruta Del Trabajador
Artículo 69 Lopcymat
Numeral 3Numeral 3
“ Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora en el trayecto
hacia y desde su centro de trabajo, siempre que ocurra durante el recorrido
habitual, salvo que haya sido necesario realizar otro recorrido por motivos
que no le sean imputables al trabajador o la trabajadora, y exista
concordancia cronológica y topográfica en el recorrido.“
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21. Incumplimiento en Cotizaciones, Afiliación y
Registro; Afiliación a destiempo; declaraciones
inexactas:
• Infracción Leve: 25 UT
• Infracción Grave: 75,25 UT
• Infracción Muy grave: 100 UT
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22. Salario de 12 años en caso de muerte.
Salario de 10 años: discapacidad absoluta permanente.
Salario de 8 años: discapacidad absoluta permanente
para el cargo que desempeña.
Salario de 6 años: discapacidad parcial permanente.
Triple del salario de la incapacidad. (Incapacidad
Temporal).
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23. 8 a 10 años: Muerte
5 a 8 años: Discapacidad total y permanente
4 a 7 años: Discapacidad total y permanente para el trabajo
habitual.
2 a 4 años: Discapacidad parcial y permanente, o cuando no
pueda realizar actos elementales de la vida diaria.
2 meses a 2 años: Discapacidad temporal.
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24. Promulgada en Gaceta Oficial Nº 38.598 en fecha 05 de Enero de
2007
Regula los derechos a: la salud, rehabilitación, educación, cultura, deporte,
trabajo, accesibilidad, vivienda, transporte, económicos y participación
política, de los Discapacitados.política, de los Discapacitados.
Todo empleador debe incorporar en su nómina al menos el 5% de
discapacitados permanentes.
Los empleadores deben informar semestralmente al:
Consejo Nacional para las Personas Discapacitadas,
Instituto Nacional de Empleo
Instituto Nacional de Estadística, sobre sus trabajadores discapacitados.
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25. SANCIONES
A los empleadores por no cumplir con la cuota de
trabajadores discapacitados: de 50 a 1000 (antes 500)
Unidades Tributarias.Unidades Tributarias.
A los empleadores por no informar semestralmente:
de 30 a 60 Unidades Tributarias.
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26. HURTADO GONZÁLEZ CONSULTORES & ASESORES, C.A.
ASESORÍAS EN MATERIA LABORAL
APLICACIÓN EFECTIVA DE LA LOPCYMAT (COMITÉ SSL, PROGRAMAS SSL, RIESGOS DE
TRABAJO, ENTRE OTROS)
SISTEMAS DE NÓMINA a2
0414-7870285 / 0426-5869443
Email lcda.andreinahurtadog@hotmail.com
hgconsultoresasesores@gmail.com