El documento se refiere a las Leyes de Desarrollo Agrario en Ecuador, con objetivos de analizar su normativa y aplicar los procedimientos establecidos. Aborda temas como la reforma agraria, colonización, expropiación, fraccionamiento de tierras y las instituciones encargadas como el IERAC e INDA. Describe los objetivos de lograr una justicia social distributiva a través de la reestructuración de la tenencia de la tierra, así como los procedimientos de expropiación y desalojo de invasores.
Bases Legales
Relación del Derecho Agrario y Derecho Ambiental
Control de la Actividad Agraria para conservar el Ambiente
Desarrollo Rural y Sustentable
Derecho Agrario bajo la perspectiva del desarrollo sustentable
La Biodiversidad
Tipos de Contaminación Ambiental
Bases Legales
Relación del Derecho Agrario y Derecho Ambiental
Control de la Actividad Agraria para conservar el Ambiente
Desarrollo Rural y Sustentable
Derecho Agrario bajo la perspectiva del desarrollo sustentable
La Biodiversidad
Tipos de Contaminación Ambiental
Derecho Agrario.Concepto. Objeto. Naturaleza, Autonomía, Fuentes. Principios constitucionales y legales que lo sustentan. Sujetos que intervienen en las relaciones jurídicas agrarias.
Referencia a los órganos Administrativos Agrarios. Instituto Nacional de Tierras. Oficinas Regionales de Tierras. La Corporación Venezolana Agraria. Instituto Nacional de Desarrollo Rural. Ministerio de Agricultura y Tierras. Procuraduría Agraria. Atribuciones.
Derecho Agrario.Concepto. Objeto. Naturaleza, Autonomía, Fuentes. Principios constitucionales y legales que lo sustentan. Sujetos que intervienen en las relaciones jurídicas agrarias.
Referencia a los órganos Administrativos Agrarios. Instituto Nacional de Tierras. Oficinas Regionales de Tierras. La Corporación Venezolana Agraria. Instituto Nacional de Desarrollo Rural. Ministerio de Agricultura y Tierras. Procuraduría Agraria. Atribuciones.
Líder principal de la lucha indígena del Ecuador a los comienzos del siglo XX. Acabó con la esclavitud de las mujeres indígenas. Fundadora de la FEI, mentalizadora de la educación bilingüe del Ecuador.
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Las capacidades sociomotrices son las que hacen posible que el individuo se pueda desenvolver socialmente de acuerdo a la actuación motriz propias de cada edad evolutiva del individuo; Martha Castañer las clasifica en: Interacción y comunicación, introyección, emoción y expresión, creatividad e imaginación.
1. 1
LEYES ESPECIALES I
6º. Ciclo
ESCELA: CIENCIAS JURIDICAS
PONENTE: Dr. Luis Alfredo Figueroa S.
BIMESTRE: I BIMESTRE
CICLO: SEPTIEMBRE 2010 –FEBRERO 2011
2. INTRODUCCIÓN
Se prentende que el estudiante analice
las Leyes de Desarrollo Agrario, para
que pueda aplicarlas adecuadamente
en los diferentes casos.
Buscando niveles de integración y con
el propósito de tener una visión global
de los contenidos a desarrollarse.
Estudiaremos La Reforma Agraria,
colonización, Ley de Desarrollo Agrario,
de las obligaciones del estado, la
administración de la política agraria, las
causas de expropiación, jurisdicción y
controversias.
3. 3
En el desarrollo de esta temática se ha incluído la
práctica de ciertas diligencias, en el sentido de
proporcionar al alumno los conocimientos y
desarrollo de teorías y fomentar destrezas
inherentes a la profesión.
4. OBJETIVOS
El estudiante estará en capacidad de: Analizar y aplicar
la normativa en los procedimientos y trámites que
establece la ley de Desarrollo Agrario.
Identificar los objetivos
de la Ley de Desarrollo
Agrario
Identificar el procedimiento
administrativo para la
expropiación y sus causales
5. CAPITULO I
EL DERECHO AGRARIO. LEY DE DESARROLLO AGRARIO
COLONIZACIÓN
La colonización.- Definición.
Clases de colonización.
Fines de colonización.
LA REFORMA
AGRARIA
Corrige injusticias, realizando una sana
justicia social distributiva en beneficio de la
población campesina, en particular, y de la
Nación, en general.
6. CAPITULO II
• Función Administrativa
• Función Judicial
EL SISTEMA PARA ADMINISTRAR
JUSTICIA
7. CAPITULO III
• Concepto de expropiación.
• Causales para la expropiación.-
Ejemplo de demanda.
Adjudicación.
Concepto de invasión
Procedimiento para desalojar a
los invasores de predios
rústicos.
8. CAPITULO IV
TRANSFORMACIÓN DE LAS COMUNAS .
• Fraccionamiento de las tierras
comunales.
• Prohibición para el fraccionamiento.
• BIBLIOGRAFIA.
• ORIENTACIONES GENERALES
PARA EL ESTUDIO
9. LEY DE DESARROLLO AGRARIO
EXPROPIACIÓN Y FRACCIONAMIENTO EN EL DESARROLLO AGRARIO
DEL ECUADOR
Se refieren a
Tema a tratarse
OBJETIVOS Y
FINES
INSTITUCIONES
ENCARGADAS
DE SU APLICACIÓN
ADJUDICACIÓN
EXPROPIACIÓN
10. OBJETIVO
• El Derecho Agrario en su sentido objetivo, es un conjunto de
principios, preceptos e instituciones.
• Regulan las diversas formas de tenencia de la tierra
. Y los sistemas de explotación agrícola con el propósito
teológico de realizar la justicia social, el bien común y la
seguridad jurídica.
• Regula relaciones socio jurídicas en constante cambio y
transformación.
• Fines propios y específicos: regulación racional y técnica de
las relaciones agrarias; fomentar y encauzar las nuevas
relaciones sociales, políticas económicas y jurídicas
emanadas de su aplicación.
11. EL DERECHO AGRARIO
INSTRUMENTO
EFICAZ DEL DESARROLLO
CRECIMIENTO
POBLACIONAL
• Creación y el aprovechamiento de
la riqueza que surge de la actividad
económica
. Orienta y asegura la transformación
de la estructura agraria
. Confiere cierto nivel de estabilidad
• ZONAS RURALES
contribuye EN
12. REFORMA
AGRARIA
• Objetivo total se orienta al logro
de la reestructuración radical en
los sistemas de tenencia y
explotación de la tierra
• Corrigiendo injusticias y
• Realizando una sana justicia
social distributiva en beneficio de
la población campesina, en
particular, y de la Nación, en
general.
13. LEY DE REFORMA
AGRARIA DE 1973 ES
MAS RADICAL QUE LA
DE 1964
Dr. José María Velasco
Ibarra
Gobierno del
Arq. Sixto Durán
Ballén.
Se promulga Ley de
Desarrollo Agrario
Recibió fuerte
impulso
Decreto de abolición del
Trabajo precario
Gobierno
Esta ley permite vender,
dividir o cambiar la estructura
comunitaria de la tierra
14. INSTITUCIONES ENCARGADAS
DE SU APLICACIÓN
La Reforma Agraria
Se aprueba 1964
Gobierno de
VELASCO IBARRA
ART. 42 IERAC
PRESERVAR
HACIENDAS
propone
Fue impulsada
Con el
de
Alta productividad Orienta futuras
afectaciones
Baja productividad Haciendas públicas
hacia
DECRETO DE ABOLICIÓN
DEL TRABAJO PRECARIO
EN LA AGRICULTURA.
DETERMINA
ZONA “UNIDAD
AGRÍCOLA FAMILIAR
15. “Es una institución cuyo objetivo total se orienta al
logro de una reestructuración radical en los sistemas
de tenencia explotación de la tierra, corrigiendo injusticias y
realizando una sana justicia social distributiva en beneficio de
la población campesina, en particular, y de la nación, en general".
1964
REFORMA AGRARIA
Orientando
Haciendas de
Alta
productividad
Futuras Afectaciones
16. LEY DE DESARROLLO AGRARIO
GOBIERNO DE
SIXTO DURAN
1992-1996
ESTIPULA QUE LAS
TIERRAS DE PASTOREO
COMUNALES Y FORESTALES
NO PUEDEN
SUBDIVIDIRSE
O EN FORMA
INDIVIDUAL
PROMULGACIÓN
EN EL
SIN RESTRICCIONES
TENGAN
ACCESO
A LA TIERRAS PUEDAN
A COOPERATIVAS
COMPRAR
O VENDER
17. IERAC E INDA
INSTITUTO ECUATORIANO
DE REFORMA AGRARIA
iNSTITUTO NACIONAL DE
DESARROLLO AGRARIO
• Títulos de propiedad se
encontraban a nombre del Jefe
del Hogar
• En esta época en el Ecuador
se introduce el Programa
Nacional de Desarrollo Rural
• ( PRONADER) que trató de
coincidir con el Código Civil
con respecto a la titulación de
tierras salga a nombre de la
pareja
• El IERAC fue reemplazado con el INDA
• Cumple las mismas funciones
• Principal función: titulación para
legalizar la tenencia de tierras a nombre
de la pareja
• Esta ley trata de ser neutral con
respecto al género, ( 1998) con reforma
a la Constitución se toma la igualdad
de género, declarando asegurar la
vigencia de los derechos humanos y
libertades fundamentales de hombre y
mujeres
18. SI EL
DEMANDADO
NO ESTUVIERE
DE ACUERDO
1. Con el precio, la controversia se ventilará ante los jueces
comunes de conformidad con lo establecido con el
Código de Procedimiento Civil
2. El pago se realizará de contado y en dinero efectivo
3. Nadie podrá ingresar a ocupar dicho predio, mientras no
se cancele su valor.
DIRECTORES
DISTRITALES
Art. 33 LEY DE DESARROLLO AGRARIO
ENCARGADOS DE DECLARAR LA
EXPROPIACIÓN DE LAS
TIERRAS DE LOS PARTICULARES
IMPUGNADAS
ANTE EL DIRECTOR EJECUTIVO NACIONAL
ANTE LOS TRIBUNALES DISTRITALES DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
19. CAUSAS PARA LA EXPROPIACIÓN
Cuando el predio esté sujeto
A gran presión demográfica
Se lo hará solamente cuando
Existan los informes favorables
respectivos
Tierras aptas para la
explotación agrícola
se hallen inexplotadas
más de dos años
consecutivos
Sean expropiadas en
formas precarias
o formas no
contempladas en esta ley,
como lícitas
Su explotación se utilizan
formas no aptas para
conservar los recursos
naturales renovables
20. LA EXPROPIACION
Countre
Acción y efecto de
privar a sus
propietarios
causa
Necesidad
Utilidad públicas
Bienes
inmuebles
Se realiza
Procedimiento
regulado
A garantizar
los derechos
del expropiado
21. CAUSALES DE EXPROPIACION
• Cuando sean expropiadas en
formas precarias o formas no
contempladas en esta ley, como
lícitas
• Para su explotación se utilizan
formas no aptas para conservar los
recursos naturales renovables .
Cuando las tierras aptas para la
explotación agrícola se hallen
inexplotadas más de dos años
consecutivos siempre que estén fuera
de las áreas protegidas de reservas
ecológicas
• Cuando el predio esté sujeto a gran
presión demográfica, se lo hará
solamente cuando existan los informes
favorables respectivos
Tierras rústicas
De dominio Privado
22. APELACION
• Ante el Consejo Superior del INDA
• Dos instancias
• Contencioso administrativo Distrital.
• Casación ante la Corte Suprema de Justicia (Corte
Nacional.
• Directores Distritales, son los encargados de dictar la
expropiación
• Tierras de los particulares que estén incursos en las
causales establecidas..
RESOLUCION
23. PROCEDIMIENTO PARA SACAR INVASORES
EtapasTrámite Denuncia Verificación
Sumarísimo De la invasiónDebe contenerDel trámite
En el peor de los
Casos no puede
Demorar más de
8 días
• Funcionario
encargado 24 H. y
Presentar informe.
• Resolución
Director ejecutivo
• Ejecución
Desalojar.
•Fecha
•Ubicación e
Identificación
•Singularización.
•Denuncia
•Verificación
•Resolución
•Ejecución
•Protección del
Predio.
24. Acción y efecto de
colonizarEs la
significa
Establecer,
Organizar
Instrumentar
Una o varias
Colonias de
un país.
PORCION DE GENTE
CLASES DE COLONIZACION
Que se envía de orden del Estado
a establecerse en otro país, para
poblarlo y cultivarlo.
Colonización, objeto de cultivar,
Poblar y defender las tierras
ESPONTANEA.-
Cuando la población civil toma la iniciativa
de trasladarse desde su lugar de origen
hasta las tierras incultas y baldías.
DIRIGIDA.-
Aquella que consta previamente en los
planes de la política administrariva del
Estado. Esto planifica y ejecuta la
Colonización con los habitantes de su
Territorio.
FINES DE LA
COLONIZACIÓN
• Ampliar la frontera agrícola
• Incrementar la producción.
• Poblar territorios
• Ejercer y defender la
soberanía nacional sobre las
tierras baldías; crear fuentes
de trabajo; mejorar nivel
de vida.