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(Orientadores de Secundaria)
Esther Blanco Toldos
Francisco Sánchez García
Servicio de Inspección Educativa
Dirección del Área Territorial Madrid Este
29-11-2016
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
¿DIVERSIDAD?
GENERAL
(medidas ordinarias)
• INTERÉS
• MOTIVACION
• CAPACIDAD
• APTITUD
• ESFUERZO
ANEAE (ART. 71 LOE-LOMCE)
(Además, medidas específicas)
• ACNEE
• ALTAS CAPACIDADES
• INCORPORACIÓN TARDÍA AL SEE
• CONDICIONES PERSONALES O
HISTORIA
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
TODOS LOS ALUMNOS
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
Preámbulo
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación
modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de
diciembre para la mejora de la calidad educativa.
“La atención a la diversidad se establece como
principio fundamental que debe regir toda la
enseñanza básica, con el objetivo de proporcionar
a todo el alumnado una educación adecuada a sus
características y necesidades”
MARCO GENERAL DE LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD
DETECTAR
NECESIDADES
DETECTAR
NECESIDADES
APLICAR
MEDIDAS MAS
ADECUADAS
APLICAR
MEDIDAS MAS
ADECUADAS
SEGUIMIENTOSEGUIMIENTO
EVALUAR
MEDIDAS
EVALUAR
MEDIDAS
¿QUÉ SIGNIFICA ATENDER A LA DIVERSIDAD?
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
AGENTES RESPONSABLES
En centro educativoEn centro educativo
TUTORTUTOR
PROFESORPROFESOR
E. DIRECTIVOE. DIRECTIVO
D. ORIENTACIÓN (detecta, aplica,
supervisa, evalúa, coordina, ASESORA)
MEDIDAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD
ORGANIZATIVAS
DESDOBLES,
FLEXIBLES,
APOYOS
AUTONOMÍA (oferta
de materias, talleres
habilidades sociales,
técnicas estudio,….)
CURRICULARES
ADAPTACIÓN //
ENRIQUECIMIENTO
DEL CURRÍCULO
ORGANIZACIÓN
FLEXIBLE DE
LAS
ENSEÑANZAS
ORGANIZACIÓN
POR ÁMBITOS
(1º ESO, PMAR,
GECE, GES)
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
PLANIFICACIÓN
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
Plan de Atención a la Diversidad (PAD)- Ins.
19-7-2005
DEFINICIÓN (Instrucción 1ª)
Conjunto de actuaciones, adaptaciones al currículo,
medidas organizativas, apoyos y refuerzos que un centro
diseña, selecciona y pone en práctica para proporcionar,
tanto al conjunto del alumnado del centro la respuesta
mas ajustada a sus necesidades educativas generales y
particulares, como a las propias dificultades que puede
suponer la enseñanza de ciertas áreas o materias,
intentando prevenir posibles dificultades de aprendizaje.
PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (PAD)-
INS. 19-7-2005
ELABORACIÓN (Instrucción 2ª)
•COMPETENCIADE TODA LA COMUNIDAD EDUCATIVA.
•ELABORAUNA COMISIÓN DESDE LA CCP (CON J.E Y JD
ORIENTACIÓN)
•FORMA PARTE DE LA PGA
•(SE FACILITA UN MODELO- ANEXO II)
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (PAD)-
INS. 19-7-2005
CONTENIDO (Instrucción 3ª)
•Análisis de la realidad actual de centro.
•Determinación de los objetivos a conseguir.
•Medidas que se llevarán a cabo para atender a
la diversidad del alumnado.
•Recursos tanto humanos como temporales,
materiales y didácticos, que se van a destinar
para ello.
•Procedimiento de seguimiento, evaluación y
revisión del PAD.
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
NORMATIVA SOBRE ATENCIÓN A
LA DIVERSIDAD
Normativa
—LODE- Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio
Reguladora del Derecho a la Educación.
Art. 6 (Derechos de los alumnos)
Se reconoce a los alumnos los siguientes derechos:
h) A recibir las ayudas y los apoyos precisos para
compensar las carencias
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
Normativa
—LOE-LOMCE- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de la Educación modificada por la Ley
Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre para la
mejora de la calidad educativa.
Titulo II (arts. 71-90)- EQUIDAD
CAPITULO I- Alumnado con NEAE
CAPITULO II- Compensación de las desigualdades
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
Normativa
— REAL DECRETO 1105/2014, de 26 de
diciembre por el que se establece el
currículo básico de la Educación
Secundaria Obligatoria y del Bachillerato.
— ESO- Arts. 9 y del 15-19
— BACHILLERATO- Art. 29
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
Normativa
ESO:
—Decreto 48/2015, de 14 de mayo, del Consejo de
Gobierno, por el que se establece para la C.M. el
currículo de ESO. Artículos 15-19
—Orden 2398/2016, de 22 de julio, de la Consejería de
Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de
Madrid, por la que se regulan determinados aspectos
de organización, funcionamiento y evaluación en la
Educación Secundaria Obligatoria.
Capitulo II- Att Diversidad (arts.8-14)
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
Normativa
BACHILLERATO:
—Decreto 52/2015, de 21 de mayo, del Consejo de
Gobierno, por el que se establece para la C.M. el
currículo del bachillerato. Artículo 17.
—Orden 2582/2016, de 17 de agosto, de la Consejería
de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de
Madrid, por la que se regulan determinados aspectos de
organización, funcionamiento y evaluación en el
Bachillerato.
Capitulo III- Att Diversidad (arts.11-15)
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
Normativa específica
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
ORDEN 3295/2016, DE 10 DE OCTUBRE, de la Consejería de
Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan para la
Comunidad de Madrid los Programas de Mejora del aprendizaje y
del Rendimiento en la educación Secundaria Obligatoria (PMAR).
INSTRUCCIONES CONJUNTAS DE 12 DE DICIEMBRE DE 2014
sobre la aplicación de medidas para la evaluación de los alumnos
con dislexia, TDHA en Ed. Primaria, ESO y Bachillerato.
RESOLUCIÓN DE 21 DE JULIO DE 2006, de la Viceconsejería de
Educación, por la que se dictan instrucciones para la organización
de las actuaciones de compensación educativa en el ámbito de
la enseñanza básica en los centros docentes sostenidos con fondos
públicos de la Comunidad de Madrid. (Con modificaciones 2008 y
2012). CONSULTAR NORMA CONSOLIDADA
Normativa específica
—CIRCULAR 27-7-12 de las Direcciones Generales De Educación
Infantil Y Primaria y de Educacion Secundaria y enseñanzas de
régimen especial para la organización de la atención educativa de
los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo que
presentan necesidades educativas especiales y de los alumnos con
necesidades de compensación educativa en centros de educación
infantil y primaria y en institutos de educación secundaria de la
Comunidad de Madrid.
—CIRCULAR 26-9-2003 de la Dirección General de Centros Docentes
relativa a la organización en los centros públicos de educación infantil y
primaria y de educación secundaria, del profesorado de apoyo
educativo al alumnado con necesidades educativas especiales
asociadas a condiciones personales de discapacidad
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
Normativa específica
—REAL DECRETO 943/2003, de 18 de julio, por el que se regulan las
condiciones para flexibilizar la duración de los diversos niveles y
etapas del sistema educativo para los alumnos superdotados
intelectualmente.
—ORDEN 70/2005, de 11 de Enero, de la Consejería de Educación, por
la se regula con carácter excepcional la flexibilización de la duración
de las diferentes enseñanzas escolares para los alumnos con
necesidades educativas especificas por superdotación intelectual (aún
vigente para Secundaria).
—SUPLETORIA: En lo no regulado
O. 14-2-1996- Evaluación psicopedagógica
O. 18-9-1990- Ratio profesorado-alumnos nee
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
PROGRAMAS DE MEJORA DEL APRENDIZAJE Y
DEL RENDIMIENTO (PMAR) (O. 3295/2016)
FINALIDAD (Art. 1)
— Que los alumnos puedan cursar el cuarto curso por
la vía ordinaria y obtener el título del graduado en
ESO
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
PROGRAMAS DE MEJORA DEL APRENDIZAJE Y
DEL RENDIMIENTO (PMAR)
DESTINATARIOS (art. 3)
— Alumnos con dificultades de aprendizaje no debidas
a falta de estudio.
— Podrá participar el ANEAE y con discapacidad
(con recursos de apoyos que con carácter general se
lleven a cabo).
— El programa se desarrollará en 2º y 3º de ESO.
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
PROGRAMAS DE MEJORA DEL APRENDIZAJE Y
DEL RENDIMIENTO (PMAR)
REQUISITOS (art. 3)
— Haber repetido al menos un curso en cualquier etapa.
— Alumnos:
— Una vez cursado 1º no estar en condiciones de cursar 2º. Se incorpora a
1º PMAR (2º ESO)
— Una vez cursado 2º no estar en condiciones de cursar 3º. Se incorpora a
2º PMAR (3º ESO)
— 3º ESO, excepcionalmente: no estar en condiciones de promocionar a 4º
ESO (2º PMAR). (NO requiere repetición previa).
— Requiere Evaluación académica y psicopedagógica.
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
Formación Profesional Básica
•Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que
se regulan aspectos específicos de la Formación
Profesional Básica…
•Real Decreto 356/2014, de 16 de mayo, por el que se
establecen siete títulos de Formación Profesional
Básica…
•Decreto 107/2014, de 11 de septiembre, del Consejo
de Gobierno, por el que se regula la Formación
Profesional Básica en la Comunidad de Madrid…
•Orden 1409/2015, de 18 de mayo, de la Consejería de
Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan
aspectos específicos de la Formación Profesional
Básica en la Comunidad de Madrid.
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
Formación Profesional Básica
Objetivos
Facilitar la permanencia de los alumnos en el sistema
educativo.
Ofrecerles mayores posibilidades para su desarrollo personal y
profesional.
Que alcancen y desarrollen las competencias del aprendizaje
permanente a lo largo de la vida para proseguir estudios de
enseñanza secundaria postobligatoria.
Requisitos de Acceso
15-17 años
Haber cursado 3º de ESO, o excepcionalmente 2º
Ser propuesto por el equipo docente
Duración: 2 años
Sustituye a PCPI. Incorpora FCT
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Formación Profesional Básica
Los currículos serán establecidos por las
Administraciones Educativas.
Duración de 2.000 horas, dos cursos completos;
ampliable a tres si ha formado parte de la FP dual
Podrán permanecer cursando el ciclo hasta cuatro
años (5 años para ACNEE)
Los centros serán elegidos por la Administración
Educativa. 30 alumnos por grupo como máximo.
En la C. de Madrid, 20 alumnos
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PROGRAMAS PROFESIONALES ESPECIALES
(ACNEE)
Normativa: Regulación anual
Objetivo: Facilitar a los jóvenes con necesidades
educativas especiales que no han obtenido el título de
Graduado en Educación Secundaria, el acceso al mundo
laboral.
Duración: dos cursos académicos.
Las enseñanzas se desarrollan durante treinta horas
semanales
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
MEDIDAS DE APOYO ORDINARIO ESO
(ART. 9 de 0rden 2398/2016)
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
Aquellas que permitan la obtención de los
hábitos y conocimientos no adquiridos a los
alumnos que presenten dificultades de
aprendizaje en los aspectos básicos e
instrumentales del currículo o que no hayan
desarrollado convenientemente los hábitos de
trabajo y estudio.
MEDIDAS DE APOYO ORDINARIO ESO
(ART. 9 de 0rden 2398/2016)
CARÁCTER
ORGANIZATIVO Y
METODOLÓGICO
DIRIGIDOS
ESPECIALMENTE
A 1º, 2º, 3º ESO
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
MEDIDAS DE APOYO ORDINARIO ESO
(ART. 9 de Orden 2398/2016)
- Refuerzo individual en grupo
ordinario.
-Agrupamientos flexibles.
- Organización enseñanzas en
ámbitos de conocimiento 1º ESO.
(previo informe SIE).
-Estudios dirigidos (pendientes).
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MEDIDAS DE APOYO ORDINARIO ESO
(ART. 9 de Orden 2398/2016)
- DIRIGIDAS A LOS ALUMNOS:
-Procedentes Primaria con carencias
significativas en materias instrumentales.
-Alumnos repetidores.
- Alumnos que promocionan PIL sin
requisitos de promoción.
-De incorporación tardía con carencias
significativas en materias instrumentales.
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
MEDIDAS DE APOYO ORDINARIO ESO
(ART. 9 de 0rden 2398/2016)
PAPEL DEL ORIENTADOR:
LA DECISIÓN SOBRE LA APLICACIÓN
DE ESTAS MEDIDAS A UN ALUMNO SE
TOMARÁ POR EL EQUIPO DOCENTE
ASESORADO POR EL ORIENTADOR.
(participa en sesiones de evaluación, en
la formación agrupamientos, PAD, etc)
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
CUANDO LAS MEDIDAS ORDINARIAS NO
SON SUFICIENTES…
ANEAE (art. 71 LOE-LOMCE)
Requieren una atención educativa diferente a la ordinaria, por
presentar
— necesidades educativas especiales,
— altas capacidades intelectuales,
— dificultades específicas de aprendizaje,
— por haberse incorporado tarde al sistema educativo
— dificultades por condiciones personales o de historia escolar.
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
—A CONTINUACIÓN ANALIZAMOS
CONCRETAMENTE…..
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
ACNEE
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
— DEFINICIÓN (ART. 73 LOE-LOMCE)
Aquellos que requieren, de forma transitoria o a lo largo
de su escolarización apoyos y atenciones educativas
específicas derivadas de:
— DISCAPACIDAD (visual, motórica, auditiva, psiquica,…)
— TRASTORNOS GRAVES DE CONDUCTA (TEA)
(El alumno TDAH no es acnee a no ser que exista
comorbilidad o trastorno asociado)
ACNEE: MEDIDAS ESPECÍFICAS
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
ADAPTACIONES CURRICULARES (DE ACCESO y SIGNIFICATIVAS)ADAPTACIONES CURRICULARES (DE ACCESO y SIGNIFICATIVAS)
ATENCIÓN ESPECIALIZADA DENTRO/FUERA DEL AULAATENCIÓN ESPECIALIZADA DENTRO/FUERA DEL AULA
PERMANENCIA EN LA ESOPERMANENCIA EN LA ESO
FRAGMENTACIÓN EN EL BACHILLERATOFRAGMENTACIÓN EN EL BACHILLERATO
EXENCIÓN PARCIAL EN DETERMINADAS MATERIASEXENCIÓN PARCIAL EN DETERMINADAS MATERIAS
ACNEE: MEDIDAS ESPECÍFICAS
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
ADAPTACIONES CURRICULARES SIGNIFICATIVAS (art. 10.
O. 2398/2016).
1. A fin de atender al alumnado con necesidades educativas
especiales, los centros podrán establecer, cuando sea necesario, los
procedimientos oportunos para realizar adaptaciones
significativas de los elementos del currículo que, en todo caso,
requerirán la EVALUACIÓN PSICOPEDAGÓGICA previa del
estudiante, que será́realizada por el Departamento de
Orientación.
ADAPTACIONES CURRICULARES SIGNIFICATIVAS (art. 10.
O. 2398/2016).
1. A fin de atender al alumnado con necesidades educativas
especiales, los centros podrán establecer, cuando sea necesario, los
procedimientos oportunos para realizar adaptaciones
significativas de los elementos del currículo que, en todo caso,
requerirán la EVALUACIÓN PSICOPEDAGÓGICA previa del
estudiante, que será́realizada por el Departamento de
Orientación.
ACNEE: MEDIDAS ESPECÍFICAS
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
ADAPTACIONES CURRICULARES SIGNIFICATIVAS (art. 10 O.
2398/2016).
2. Dichas adaptaciones se realizarán buscando el máximo desarrollo
posible de las competencias.
Los centros establecerán las medidas más adecuadas para que las
condiciones de realización de las evaluaciones se adecuen a las
necesidades de este alumnado, adaptando, siempre que sea
necesario, los instrumentos de evaluación, los tiempos y los
apoyos de acuerdo con las adaptaciones curriculares que, en su
caso, se hayan establecido.
ADAPTACIONES CURRICULARES SIGNIFICATIVAS (art. 10 O.
2398/2016).
2. Dichas adaptaciones se realizarán buscando el máximo desarrollo
posible de las competencias.
Los centros establecerán las medidas más adecuadas para que las
condiciones de realización de las evaluaciones se adecuen a las
necesidades de este alumnado, adaptando, siempre que sea
necesario, los instrumentos de evaluación, los tiempos y los
apoyos de acuerdo con las adaptaciones curriculares que, en su
caso, se hayan establecido.
ACNEE: MEDIDAS ESPECÍFICAS
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
ADAPTACIONES CURRICULARES SIGNIFICATIVAS (art.
10. O. 2398/2016).
3. La evaluación continua y la promoción de estos alumnos
tomarán como referente los elementos fijados en dichas
adaptaciones.
En cualquier caso, los alumnos con adaptaciones
curriculares significativas deberán superar la evaluación
final para poder obtener el titulo correspondiente????
ACNEE: MEDIDAS ESPECÍFICAS
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
ATENCIÓN ESPECIALIZADA FUERA DEL AULA
CIRCULAR 27-7-12- Organización de la atención
educativa de ACNEE y compensatoria.
-Nª alumnos- mínimo 3
-Horas apoyo- Entre 6 y 9
-Materias de Apoyo- Instrumentales MT, LC
-No coincidencia con materias donde estén
mas integrados.
ACNEE: MEDIDAS ESPECÍFICAS
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
PERMANENCIA EN LA ESO (Art. 10. Orden 2398/16)
La escolarización de los ACNEE en centros ordinarios podrá́
prolongarse un año más, sin menoscabo de lo dispuesto en el
artículo 28.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, según el
cual, el alumno podrá́repetir el mismo curso una sola vez y dos
veces como máximo dentro de la etapa. Cuando esta segunda
repetición deba producirse en tercero o cuarto curso, se prolongará
un año el limite de edad al que se refiereel apartado 2 del artículo 4
de dicha Ley. Excepcionalmente, un alumno podrá́repetir una
segunda vez en cuarto curso si no ha repetido en los cursos
anteriores de la etapa.
ACNEE: MEDIDAS ESPECÍFICAS
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
— FRAGMENTACIÓN DEL BACHILLERATO (art. 12 O. 2582/2016)
- Previa autorización de la DAT. Solicita el director, antes
de la formalización de la matricula acompañada de
evaluación psicopedagógica e informe del equipo
educativo con la propuesta razonada de la organización de
las materias que serán cursadas cada año.
- Permanencia máxima 6 años en la etapa en régimen
ordinario.
- La fragmentación se hará́constar en los documentos de
evaluación del alumno y se adjuntará copia de la
resolución al expediente académico.
ACNEE: MEDIDAS ESPECÍFICAS
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
— EXENCIÓN PARCIAL EN DETERMINADAS MATERIAS PARA AUMNADO
CON PROBLEMAS GRAVES DE AUDICIÓN, VISION O MOTRICIDAD
(art. 13 O. 2582/2016)
- Exención parcial en determinadas materias del Bachillerato, cuando
circunstancias excepcionales y debidamente acreditadas así́lo aconsejen,
previa autorización por la D.G. de Ordenación Académica.
- Solicitud a DAT acompañando la evaluación psicopedagógica
analizando las dificultades del alumno en relación con cada faceta del
aprendizaje de la materia, y la propuesta de los contenidos que deberán ser
trabajados, metodología, criterios de evaluación y estándares de
aprendizaje evaluables. Informe SIE.
- La exención se hará́constar en los documentos de evaluación del
alumno y se adjuntará copia de la resolución al expediente académico.
ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALES
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
(Articulo 76 LOE-LOMCE)
Aquellos alumnos que poseen
aptitudes y capacidades muy por
encima de la media y con un gran
potencial para el aprendizaje y la
creatividad en todos sus ámbitos.
ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALESALTAS CAPACIDADES INTELECTUALES
(ART. 11. O. 2389/2016)
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
—Corresponde a los Departamentos
de Orientación adoptar las
medidas necesarias para
identificar al alumnado con altas
capacidades intelectuales y valorar
de forma temprana sus necesidades.
ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALES
(ART. 11. O. 2389/2016)
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
—Los centros podrán adoptar medidas
organizativas especificas así́como
programas de enriquecimiento y/o
ampliación curricular para el
desarrollo máximo de sus capacidades.
ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALES
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
En el caso de resultar insuficiente se podrá flexibilizar:
—REAL DECRETO 943/2003, de 18 de julio, por el que se
regulan las condiciones para flexibilizar la duración de los
diversos niveles y etapas del sistema educativo para los
alumnos superdotados intelectualmente.
—ORDEN 70/2005, de 11 de Enero, de la Consejería de
Educación, por la se regula con carácter excepcional la
flexibilización de la duración de las diferentes enseñanzas
escolares para los alumnos con necesidades educativas
especificas por superdotación intelectual.
ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALES
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
Artículo 14 de la Orden 2582/2016 (Bachillerato CM)
**“Asimismo, se prestará atención al alumnado
especialmente motivado por el aprendizaje para el
que también se podrán adoptar medidas
organizativas especificas y programas de
enriquecimiento y/o ampliación curricular”.
INTEGRACIÓN TARDÍA EN EL SEE
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
(ART. 78 LOE-LOMCE)
Aquellos que, por proceder de otros
países o por cualquier otro motivo, se
incorporan de forma tardía al sistema
educativo español.
INTEGRACIÓN TARDÍA EN EL SEE
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
(ART. 12. Orden 2398/2016)
-Quienes presenten un desfase en su nivel de competencia
curricular de más de dos años podrán ser escolarizados en el
curso inferior al que les correspondería por edad. Para estos
alumnos se adoptarán las medidas de refuerzo necesarias que
faciliten su integración escolar y la recuperación de su desfase y
le permitan continuar con aprovechamiento sus estudios.
-En el caso de superar dicho desfase, se incorporarán al curso
correspondiente a su edad.
INTEGRACIÓN TARDÍA EN EL SEE
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
(ART. 12. Orden 2398/2016)
Cuando los alumnos presenten graves carencias en la
lengua española, se incorporarán a un AULA DE
ENLACE, de acuerdo con la normativa en vigor, donde
recibirán una atención especifica. Esta atención será́,
en todo caso, simultánea a su escolarización en los
grupos ordinarios, con los que compartirán el mayor
tiempo posible del horario semanal.
ALUMNOS CON DIFICULTADES
ESPECÍFICAS DE APRENDIZAJE
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
(ART. 79 bis LOE-LOMCE)
Son aquellos que presentan dificultades específicas
de aprendizaje no asociadas a discapacidad ni
trastornos graves de conducta (TDAH, Dislexia,
DEA)
ALUMNOS CON DIFICULTADES
ESPECÍFICAS DE APRENDIZAJE
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
(ART. 13. Orden 2398/2016)
—La detección inicial de la dislexia, otras DEA o
TDAH puede producirse tanto en el centro educativo
como en el ámbito familiar. En este ultimo caso, la
familia aportar al centro el dictamen emitido por un
facultativo colegiado.
ALUMNOS CON DIFICULTADES
ESPECÍFICAS DE APRENDIZAJE
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
(ART. 13. Orden 2398/2016)
—- El orientador junto con el equipo docente del alumno,
determinará el tipo de medidas referidas a la evaluación que se
aplicará al alumno. Todo ello plasmado en un informe que debe
estar firmado por el orientador y por el tutor del grupo, con el
visto bueno del jefe de estudios del centro.
—El informe se adjuntará al expediente académico del alumno
custodiado en el centro, en el que se extenderán las oportunas
diligencias.
ALUMNOS CON DIFICULTADES
ESPECÍFICAS DE APRENDIZAJE
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
— La aplicación de las medidas recogidas en el
informe del tutor un período de validez
limitado al año académico para el que ha
sido emitido, procediéndose a su
actualización al comienzo de cada curso
escolar.
ALUMNOS CON DIFICULTADES
ESPECÍFICAS DE APRENDIZAJE
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
INSTRUCCIONES CONJUNTAS DE 12 DE
DICIEMBRE DE 2014 sobre la aplicación de
medidas para la evaluación de los alumnos
con dislexia, TDAH en Ed. Primaria, ESO y
Bachillerato.
ALUMNOS CON DIFICULTADES
ESPECÍFICAS DE APRENDIZAJE
Medidas concretas (Inst. 12-12-14)
ADAPTACIÓN
DEL MODELO
DE EXAMEN
(Tipo y tamaño
fuente. Folio blanco)
ADAPTACIÓN
DE TIEMPOS
(incremento
hasta 35%)
ADAPTACIÓN DE
LA EVALUACIÓN
(formato variados:
oral, respuesta
múltiple, etc)
FACILIDADES:FACILIDADES:
- Técnicas/materiales
(lectura enunciados
voz alta)
- Adaptación de
espacios(aula
separada)
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ALUMNOS DE COMPENSATORIA
(Art. 71 LOE-LOMCE)
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
Aquellos que presentan dificultades debido a
sus condiciones personales o de historia
escolar (factores sociales, económicos,
culturales, geográficos, étnicos,…)
ALUMNOS DE COMPENSATORIA
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
RESOLUCIÓN DE 21 DE JULIO DE 2006, de la
Viceconsejería de Educación, por la que se dictan
instrucciones para la organización de las
actuaciones de compensación educativa en el
ámbito de la enseñanza básica en los centros
docentes sostenidos con fondos públicos de la
Comunidad de Madrid. (Con modificaciones 2008 y
2012)
3 REQUISITOS simultáneos (Art. 3. R. 21-JULIO-06)
SITUACIÓN DE DESVENTAJA
SOCIOEDUCATIVA
DOS O MÁS CURSOS DE DESFASE
CURRICULAR
DIFICULTADES DE INSERCIÓN Y
NECESIDADES DE APOYO ESPECÍFICO por
incorporación tardía o escolarización
irregular (absentismo,….)
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
ALUMNOS DE COMPENSATORIA
COMPENSATORIA: MEDIDAS ESPECÍFICAS
(Art. 17. R. 21 DE JULIO DE 2006)
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
APOYOS EN GRUPOS ORDINARIOS (TIPO A)APOYOS EN GRUPOS ORDINARIOS (TIPO A)
GRUPOS DE APOYO FUERA AULA (TIPO B)GRUPOS DE APOYO FUERA AULA (TIPO B)
GRUPOS ESPECIFICOS DE COMPENSACIÓN EDUCATIVA (en centro)GRUPOS ESPECIFICOS DE COMPENSACIÓN EDUCATIVA (en centro)
GRUPOS ESPECÍFICOS SINGULARES (en centro) (Regulación específica)GRUPOS ESPECÍFICOS SINGULARES (en centro) (Regulación específica)
AULAS DE COMPENSACIÓN EDUCATIVA (Regulación específica)AULAS DE COMPENSACIÓN EDUCATIVA (Regulación específica)
ALUMNOS DE COMPENSATORIA
MEDIDAS
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
— GRUPOS DE APOYOS DENTRO DEL AULA (apoyo tipo A)
- Alumnos- Buen nivel de integración escolar
- Medidas- Adaptaciones curriculares no significativas
- Estrategias- AC por profesor grupo en el aula
Segundo profesor de apoyo en grupo
Grupos flexibles //Desdobles
ALUMNOS DE COMPENSATORIA
MEDIDAS
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
— GRUPOS DE APOYOS FUERA DEL AULA (apoyo tipo B)
CIRCULAR 27-7-12- Organización de la atención educativa de
ACNEE y compensatoria.
- Nª alumnos- Entre 8 y 12
- Horas apoyo- Entre 6 y 9
- Materias de Apoyo- Instrumentales LC y MT
- No coincidencia con EPV, EF, TC, MU, RL o alter.
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
MEDIDA PERFIL MATERIAS/EVAL OBSERVACIONE
S
GECE
(GRUPO
EN EL CENTRO)
AUTORIZA DG
(Centro presenta
proyecto y
requiere informe
SIE)
-Graves
dificultades de
adaptación en el
aula.
-Desmotivación
hacia el trabajo
escolar y
-Riesgo de
abandono
prematuro del
sistema educativo.
- 1º Y 2º (EXC. 3º)
Pertenecen a un
grupo ordinario
Adaptaciones
curriculares
significativas, como
máximo en las
materias: LC, MT, IN,
CCSS, CCNN.
-el centro en su
proyecto puede
organizar por
ámbitos si lo cree
oportuno.
EVALUACIÓN
GENERAL
R. 21-7-2006
Tienen dos
tutores, el del
grupo de
referencia y el
del GECE
La propuesta
de los alumnos
al grupo la
hace el propio
centro.
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
MEDIDA PERFIL MATERIAS/EVAL OBSERVACIONES
GES
(GRUPO EN
EL CENTRO)
AUTORIZA DG
(Centro
presenta
proyecto y
requiere
informe SIE)
1º y 2º ESO
-Grave
inadaptación
al marco
escolar
- y/o un
severo
absentismo
escolar.
Enseñanzas
organizadas por
ÁMBITOS:
A. Práctico,
A.Lingüistico-social
A.Científico- tecnol
EVALUACIÓN
REGULACIÓN
PROPIA
REGULACIÓN
NORMATIVA
PROPIA
ANUALMENTE
La propuesta de los
alumnos al grupo la
hace el propio
centro.
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
MEDIDA PERFIL MATERIAS OBSERVACIONES
ACE
(Aulas en
IES)
-Con desfase curricular
significativo en la mayoría de
las áreas,
-Que valore negativamente el
marco escolar
-Que presente serias
dificultades de adaptación al
mismo, o haya seguido un
proceso de escolarización tardía
o muy irregular,
ADEMÁS:
-Desescolarizados o en grave
riesgo de abandono escolar.
-Se hayan tomado medidas de
AD anteriormente no
funcionaron
El currículo se
organiza en los
tres ámbitos:
A. Práctico,
A.Lingüistico-social
A.Científico- tecnol
EVALUACIÓN
REGULACIÓN
PROPIA
R. 21-7-2006 Y
REGULACIÓN
propia
anualmente.
PROPUESTA
DE
DERIVACIÓN
desde los
centros
educativos (o por
otra Institución
como Servicios
Sociales, etc.)
OTRAS MEDIDAS:DERIVACIONES
— SAED- Programas de atención domiciliaria para
alumnado enfermo o convaleciente.
— A.H.-Aulas hospitalarias. Unidades escolares dentro
de un hospital para la atención a alumnos que son
ingresados a fin de que puedan continuar su proceso
educativo.
— CET- Centro Educativo terapéutico. Unidades
escolares en hospitales de día para alumnos con
problemas de salud mental diagnosticados
clínicamente.
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
OTRAS MEDIDAS:DERIVACIONESOTRAS MEDIDAS:DERIVACIONES
— PROGRAMAS PROFESIONALES modalidad general
(UFIL)- Unidades de Formación e inserción laboral.
Dirigido a jóvenes desescolarizados en situación de
marginación para facilitar el acceso al mundo laboral.
— PROGRAMAS ENRIQUECIMIENTO CURRICULAR
para alumnos de altas capacidades. Fuera del horario
escolar. Proporciona profundización en áreas de
conocimiento a través de la experimentación,
investigación y creación.
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
SERVICIOS EN LA C.M.
— SAI- Servicio de Apoyo Itinerante a alumnos inmigrantes.
Favorece el aprendizaje del español (apoyo al alumnado,
colaboración con profesorado, acogida, asesoramiento).
— SETI- Servicio de traductores e interpretes.
Favorece la relación del centro con la familia del alumno
inmigrante (labores de traducción de documentos e
interpretación)
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
A MODO DE RESUMEN…CONSIDERACIONES
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
— MEDIDAS ESPECÍFICAS después de las ordinarias, si
estas no funcionan (en especial compensatoria).
— SÓLO EVALUACIÓN ACNEES- La evaluación
continua y la promoción de estos alumnos tomarán
como referente los elementos fijados en sus
adaptaciones curriculares.
— EVALUACIÓN EN RESTO DE ANEAE- Se toma como
referencia los elementos generales para todos los
alumnos del curso(objetivos, contenidos, criterios de
evaluación y estándares de aprendizaje de las PPDD).
A MODO DE RESUMEN…CONSIDERACIONES
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
— EXPEDIENTE DEL ALUMNO- INCLUIR TODA LA
DOCUMENTACIÓN Y LAS RESOLUCIONES DE
AUTORIZACIÓN (fragmentación, flexibilización,…).
— DOCUMENTACION ACADÉMICA- SEÑALAR TODAS
LAS MEDIDAS APLICADAS A LOS ANEAE.
— PROTECCIÓN DATOS- ESPECIALMENTE SENSIBLES
(DOCUMENTACIÓN GUARDADA CON LLAVE)
— CONFIDENCIALIDAD, DEBER DE SIGILO
— RECOMENDACIÓN- EN PROPUESTAS PEDIR FIRMA
DOS PADRES (aunque no sea prescriptivo)
CUESTIONES SIN RESOLVER
— TITULACIÓN DE ACNEES????? REVÁLIDA???
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
¡GRACIAS!
Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
(Orientadores de Secundaria)
Esther Blanco Toldos
Francisco Sánchez García
Servicio de Inspección Educativa
Dirección del Área Territorial Madrid Este
29-11-2016

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  • 2. Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 ¿DIVERSIDAD?
  • 3. GENERAL (medidas ordinarias) • INTERÉS • MOTIVACION • CAPACIDAD • APTITUD • ESFUERZO ANEAE (ART. 71 LOE-LOMCE) (Además, medidas específicas) • ACNEE • ALTAS CAPACIDADES • INCORPORACIÓN TARDÍA AL SEE • CONDICIONES PERSONALES O HISTORIA Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 TODOS LOS ALUMNOS
  • 4. Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 Preámbulo Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre para la mejora de la calidad educativa. “La atención a la diversidad se establece como principio fundamental que debe regir toda la enseñanza básica, con el objetivo de proporcionar a todo el alumnado una educación adecuada a sus características y necesidades” MARCO GENERAL DE LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD
  • 6. Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 AGENTES RESPONSABLES En centro educativoEn centro educativo TUTORTUTOR PROFESORPROFESOR E. DIRECTIVOE. DIRECTIVO D. ORIENTACIÓN (detecta, aplica, supervisa, evalúa, coordina, ASESORA)
  • 7. MEDIDAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD ORGANIZATIVAS DESDOBLES, FLEXIBLES, APOYOS AUTONOMÍA (oferta de materias, talleres habilidades sociales, técnicas estudio,….) CURRICULARES ADAPTACIÓN // ENRIQUECIMIENTO DEL CURRÍCULO ORGANIZACIÓN FLEXIBLE DE LAS ENSEÑANZAS ORGANIZACIÓN POR ÁMBITOS (1º ESO, PMAR, GECE, GES) Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
  • 8. Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 PLANIFICACIÓN
  • 9. Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 Plan de Atención a la Diversidad (PAD)- Ins. 19-7-2005 DEFINICIÓN (Instrucción 1ª) Conjunto de actuaciones, adaptaciones al currículo, medidas organizativas, apoyos y refuerzos que un centro diseña, selecciona y pone en práctica para proporcionar, tanto al conjunto del alumnado del centro la respuesta mas ajustada a sus necesidades educativas generales y particulares, como a las propias dificultades que puede suponer la enseñanza de ciertas áreas o materias, intentando prevenir posibles dificultades de aprendizaje.
  • 10. PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (PAD)- INS. 19-7-2005 ELABORACIÓN (Instrucción 2ª) •COMPETENCIADE TODA LA COMUNIDAD EDUCATIVA. •ELABORAUNA COMISIÓN DESDE LA CCP (CON J.E Y JD ORIENTACIÓN) •FORMA PARTE DE LA PGA •(SE FACILITA UN MODELO- ANEXO II) Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
  • 11. Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD (PAD)- INS. 19-7-2005 CONTENIDO (Instrucción 3ª) •Análisis de la realidad actual de centro. •Determinación de los objetivos a conseguir. •Medidas que se llevarán a cabo para atender a la diversidad del alumnado. •Recursos tanto humanos como temporales, materiales y didácticos, que se van a destinar para ello. •Procedimiento de seguimiento, evaluación y revisión del PAD.
  • 12. Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 NORMATIVA SOBRE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD
  • 13. Normativa —LODE- Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio Reguladora del Derecho a la Educación. Art. 6 (Derechos de los alumnos) Se reconoce a los alumnos los siguientes derechos: h) A recibir las ayudas y los apoyos precisos para compensar las carencias Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
  • 14. Normativa —LOE-LOMCE- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de la Educación modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre para la mejora de la calidad educativa. Titulo II (arts. 71-90)- EQUIDAD CAPITULO I- Alumnado con NEAE CAPITULO II- Compensación de las desigualdades Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
  • 15. Normativa — REAL DECRETO 1105/2014, de 26 de diciembre por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato. — ESO- Arts. 9 y del 15-19 — BACHILLERATO- Art. 29 Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
  • 16. Normativa ESO: —Decreto 48/2015, de 14 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la C.M. el currículo de ESO. Artículos 15-19 —Orden 2398/2016, de 22 de julio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid, por la que se regulan determinados aspectos de organización, funcionamiento y evaluación en la Educación Secundaria Obligatoria. Capitulo II- Att Diversidad (arts.8-14) Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
  • 17. Normativa BACHILLERATO: —Decreto 52/2015, de 21 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la C.M. el currículo del bachillerato. Artículo 17. —Orden 2582/2016, de 17 de agosto, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid, por la que se regulan determinados aspectos de organización, funcionamiento y evaluación en el Bachillerato. Capitulo III- Att Diversidad (arts.11-15) Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
  • 18. Normativa específica Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 ORDEN 3295/2016, DE 10 DE OCTUBRE, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan para la Comunidad de Madrid los Programas de Mejora del aprendizaje y del Rendimiento en la educación Secundaria Obligatoria (PMAR). INSTRUCCIONES CONJUNTAS DE 12 DE DICIEMBRE DE 2014 sobre la aplicación de medidas para la evaluación de los alumnos con dislexia, TDHA en Ed. Primaria, ESO y Bachillerato. RESOLUCIÓN DE 21 DE JULIO DE 2006, de la Viceconsejería de Educación, por la que se dictan instrucciones para la organización de las actuaciones de compensación educativa en el ámbito de la enseñanza básica en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid. (Con modificaciones 2008 y 2012). CONSULTAR NORMA CONSOLIDADA
  • 19. Normativa específica —CIRCULAR 27-7-12 de las Direcciones Generales De Educación Infantil Y Primaria y de Educacion Secundaria y enseñanzas de régimen especial para la organización de la atención educativa de los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo que presentan necesidades educativas especiales y de los alumnos con necesidades de compensación educativa en centros de educación infantil y primaria y en institutos de educación secundaria de la Comunidad de Madrid. —CIRCULAR 26-9-2003 de la Dirección General de Centros Docentes relativa a la organización en los centros públicos de educación infantil y primaria y de educación secundaria, del profesorado de apoyo educativo al alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a condiciones personales de discapacidad Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
  • 20. Normativa específica —REAL DECRETO 943/2003, de 18 de julio, por el que se regulan las condiciones para flexibilizar la duración de los diversos niveles y etapas del sistema educativo para los alumnos superdotados intelectualmente. —ORDEN 70/2005, de 11 de Enero, de la Consejería de Educación, por la se regula con carácter excepcional la flexibilización de la duración de las diferentes enseñanzas escolares para los alumnos con necesidades educativas especificas por superdotación intelectual (aún vigente para Secundaria). —SUPLETORIA: En lo no regulado O. 14-2-1996- Evaluación psicopedagógica O. 18-9-1990- Ratio profesorado-alumnos nee Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
  • 21. PROGRAMAS DE MEJORA DEL APRENDIZAJE Y DEL RENDIMIENTO (PMAR) (O. 3295/2016) FINALIDAD (Art. 1) — Que los alumnos puedan cursar el cuarto curso por la vía ordinaria y obtener el título del graduado en ESO Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
  • 22. PROGRAMAS DE MEJORA DEL APRENDIZAJE Y DEL RENDIMIENTO (PMAR) DESTINATARIOS (art. 3) — Alumnos con dificultades de aprendizaje no debidas a falta de estudio. — Podrá participar el ANEAE y con discapacidad (con recursos de apoyos que con carácter general se lleven a cabo). — El programa se desarrollará en 2º y 3º de ESO. Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
  • 23. PROGRAMAS DE MEJORA DEL APRENDIZAJE Y DEL RENDIMIENTO (PMAR) REQUISITOS (art. 3) — Haber repetido al menos un curso en cualquier etapa. — Alumnos: — Una vez cursado 1º no estar en condiciones de cursar 2º. Se incorpora a 1º PMAR (2º ESO) — Una vez cursado 2º no estar en condiciones de cursar 3º. Se incorpora a 2º PMAR (3º ESO) — 3º ESO, excepcionalmente: no estar en condiciones de promocionar a 4º ESO (2º PMAR). (NO requiere repetición previa). — Requiere Evaluación académica y psicopedagógica. Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
  • 24. Formación Profesional Básica •Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica… •Real Decreto 356/2014, de 16 de mayo, por el que se establecen siete títulos de Formación Profesional Básica… •Decreto 107/2014, de 11 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la Formación Profesional Básica en la Comunidad de Madrid… •Orden 1409/2015, de 18 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica en la Comunidad de Madrid. Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
  • 25. Formación Profesional Básica Objetivos Facilitar la permanencia de los alumnos en el sistema educativo. Ofrecerles mayores posibilidades para su desarrollo personal y profesional. Que alcancen y desarrollen las competencias del aprendizaje permanente a lo largo de la vida para proseguir estudios de enseñanza secundaria postobligatoria. Requisitos de Acceso 15-17 años Haber cursado 3º de ESO, o excepcionalmente 2º Ser propuesto por el equipo docente Duración: 2 años Sustituye a PCPI. Incorpora FCT Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
  • 26. Formación Profesional Básica Los currículos serán establecidos por las Administraciones Educativas. Duración de 2.000 horas, dos cursos completos; ampliable a tres si ha formado parte de la FP dual Podrán permanecer cursando el ciclo hasta cuatro años (5 años para ACNEE) Los centros serán elegidos por la Administración Educativa. 30 alumnos por grupo como máximo. En la C. de Madrid, 20 alumnos Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
  • 27. PROGRAMAS PROFESIONALES ESPECIALES (ACNEE) Normativa: Regulación anual Objetivo: Facilitar a los jóvenes con necesidades educativas especiales que no han obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria, el acceso al mundo laboral. Duración: dos cursos académicos. Las enseñanzas se desarrollan durante treinta horas semanales Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
  • 28. MEDIDAS DE APOYO ORDINARIO ESO (ART. 9 de 0rden 2398/2016) Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 Aquellas que permitan la obtención de los hábitos y conocimientos no adquiridos a los alumnos que presenten dificultades de aprendizaje en los aspectos básicos e instrumentales del currículo o que no hayan desarrollado convenientemente los hábitos de trabajo y estudio.
  • 29. MEDIDAS DE APOYO ORDINARIO ESO (ART. 9 de 0rden 2398/2016) CARÁCTER ORGANIZATIVO Y METODOLÓGICO DIRIGIDOS ESPECIALMENTE A 1º, 2º, 3º ESO Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
  • 30. MEDIDAS DE APOYO ORDINARIO ESO (ART. 9 de Orden 2398/2016) - Refuerzo individual en grupo ordinario. -Agrupamientos flexibles. - Organización enseñanzas en ámbitos de conocimiento 1º ESO. (previo informe SIE). -Estudios dirigidos (pendientes). Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
  • 31. MEDIDAS DE APOYO ORDINARIO ESO (ART. 9 de Orden 2398/2016) - DIRIGIDAS A LOS ALUMNOS: -Procedentes Primaria con carencias significativas en materias instrumentales. -Alumnos repetidores. - Alumnos que promocionan PIL sin requisitos de promoción. -De incorporación tardía con carencias significativas en materias instrumentales. Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
  • 32. MEDIDAS DE APOYO ORDINARIO ESO (ART. 9 de 0rden 2398/2016) PAPEL DEL ORIENTADOR: LA DECISIÓN SOBRE LA APLICACIÓN DE ESTAS MEDIDAS A UN ALUMNO SE TOMARÁ POR EL EQUIPO DOCENTE ASESORADO POR EL ORIENTADOR. (participa en sesiones de evaluación, en la formación agrupamientos, PAD, etc) Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
  • 33. CUANDO LAS MEDIDAS ORDINARIAS NO SON SUFICIENTES… ANEAE (art. 71 LOE-LOMCE) Requieren una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar — necesidades educativas especiales, — altas capacidades intelectuales, — dificultades específicas de aprendizaje, — por haberse incorporado tarde al sistema educativo — dificultades por condiciones personales o de historia escolar. Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
  • 35. ACNEE Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 — DEFINICIÓN (ART. 73 LOE-LOMCE) Aquellos que requieren, de forma transitoria o a lo largo de su escolarización apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de: — DISCAPACIDAD (visual, motórica, auditiva, psiquica,…) — TRASTORNOS GRAVES DE CONDUCTA (TEA) (El alumno TDAH no es acnee a no ser que exista comorbilidad o trastorno asociado)
  • 36. ACNEE: MEDIDAS ESPECÍFICAS Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 ADAPTACIONES CURRICULARES (DE ACCESO y SIGNIFICATIVAS)ADAPTACIONES CURRICULARES (DE ACCESO y SIGNIFICATIVAS) ATENCIÓN ESPECIALIZADA DENTRO/FUERA DEL AULAATENCIÓN ESPECIALIZADA DENTRO/FUERA DEL AULA PERMANENCIA EN LA ESOPERMANENCIA EN LA ESO FRAGMENTACIÓN EN EL BACHILLERATOFRAGMENTACIÓN EN EL BACHILLERATO EXENCIÓN PARCIAL EN DETERMINADAS MATERIASEXENCIÓN PARCIAL EN DETERMINADAS MATERIAS
  • 37. ACNEE: MEDIDAS ESPECÍFICAS Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 ADAPTACIONES CURRICULARES SIGNIFICATIVAS (art. 10. O. 2398/2016). 1. A fin de atender al alumnado con necesidades educativas especiales, los centros podrán establecer, cuando sea necesario, los procedimientos oportunos para realizar adaptaciones significativas de los elementos del currículo que, en todo caso, requerirán la EVALUACIÓN PSICOPEDAGÓGICA previa del estudiante, que será́realizada por el Departamento de Orientación. ADAPTACIONES CURRICULARES SIGNIFICATIVAS (art. 10. O. 2398/2016). 1. A fin de atender al alumnado con necesidades educativas especiales, los centros podrán establecer, cuando sea necesario, los procedimientos oportunos para realizar adaptaciones significativas de los elementos del currículo que, en todo caso, requerirán la EVALUACIÓN PSICOPEDAGÓGICA previa del estudiante, que será́realizada por el Departamento de Orientación.
  • 38. ACNEE: MEDIDAS ESPECÍFICAS Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 ADAPTACIONES CURRICULARES SIGNIFICATIVAS (art. 10 O. 2398/2016). 2. Dichas adaptaciones se realizarán buscando el máximo desarrollo posible de las competencias. Los centros establecerán las medidas más adecuadas para que las condiciones de realización de las evaluaciones se adecuen a las necesidades de este alumnado, adaptando, siempre que sea necesario, los instrumentos de evaluación, los tiempos y los apoyos de acuerdo con las adaptaciones curriculares que, en su caso, se hayan establecido. ADAPTACIONES CURRICULARES SIGNIFICATIVAS (art. 10 O. 2398/2016). 2. Dichas adaptaciones se realizarán buscando el máximo desarrollo posible de las competencias. Los centros establecerán las medidas más adecuadas para que las condiciones de realización de las evaluaciones se adecuen a las necesidades de este alumnado, adaptando, siempre que sea necesario, los instrumentos de evaluación, los tiempos y los apoyos de acuerdo con las adaptaciones curriculares que, en su caso, se hayan establecido.
  • 39. ACNEE: MEDIDAS ESPECÍFICAS Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 ADAPTACIONES CURRICULARES SIGNIFICATIVAS (art. 10. O. 2398/2016). 3. La evaluación continua y la promoción de estos alumnos tomarán como referente los elementos fijados en dichas adaptaciones. En cualquier caso, los alumnos con adaptaciones curriculares significativas deberán superar la evaluación final para poder obtener el titulo correspondiente????
  • 40. ACNEE: MEDIDAS ESPECÍFICAS Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 ATENCIÓN ESPECIALIZADA FUERA DEL AULA CIRCULAR 27-7-12- Organización de la atención educativa de ACNEE y compensatoria. -Nª alumnos- mínimo 3 -Horas apoyo- Entre 6 y 9 -Materias de Apoyo- Instrumentales MT, LC -No coincidencia con materias donde estén mas integrados.
  • 41. ACNEE: MEDIDAS ESPECÍFICAS Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 PERMANENCIA EN LA ESO (Art. 10. Orden 2398/16) La escolarización de los ACNEE en centros ordinarios podrá́ prolongarse un año más, sin menoscabo de lo dispuesto en el artículo 28.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, según el cual, el alumno podrá́repetir el mismo curso una sola vez y dos veces como máximo dentro de la etapa. Cuando esta segunda repetición deba producirse en tercero o cuarto curso, se prolongará un año el limite de edad al que se refiereel apartado 2 del artículo 4 de dicha Ley. Excepcionalmente, un alumno podrá́repetir una segunda vez en cuarto curso si no ha repetido en los cursos anteriores de la etapa.
  • 42. ACNEE: MEDIDAS ESPECÍFICAS Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 — FRAGMENTACIÓN DEL BACHILLERATO (art. 12 O. 2582/2016) - Previa autorización de la DAT. Solicita el director, antes de la formalización de la matricula acompañada de evaluación psicopedagógica e informe del equipo educativo con la propuesta razonada de la organización de las materias que serán cursadas cada año. - Permanencia máxima 6 años en la etapa en régimen ordinario. - La fragmentación se hará́constar en los documentos de evaluación del alumno y se adjuntará copia de la resolución al expediente académico.
  • 43. ACNEE: MEDIDAS ESPECÍFICAS Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 — EXENCIÓN PARCIAL EN DETERMINADAS MATERIAS PARA AUMNADO CON PROBLEMAS GRAVES DE AUDICIÓN, VISION O MOTRICIDAD (art. 13 O. 2582/2016) - Exención parcial en determinadas materias del Bachillerato, cuando circunstancias excepcionales y debidamente acreditadas así́lo aconsejen, previa autorización por la D.G. de Ordenación Académica. - Solicitud a DAT acompañando la evaluación psicopedagógica analizando las dificultades del alumno en relación con cada faceta del aprendizaje de la materia, y la propuesta de los contenidos que deberán ser trabajados, metodología, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables. Informe SIE. - La exención se hará́constar en los documentos de evaluación del alumno y se adjuntará copia de la resolución al expediente académico.
  • 44. ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALES Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 (Articulo 76 LOE-LOMCE) Aquellos alumnos que poseen aptitudes y capacidades muy por encima de la media y con un gran potencial para el aprendizaje y la creatividad en todos sus ámbitos.
  • 45. ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALESALTAS CAPACIDADES INTELECTUALES (ART. 11. O. 2389/2016) Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 —Corresponde a los Departamentos de Orientación adoptar las medidas necesarias para identificar al alumnado con altas capacidades intelectuales y valorar de forma temprana sus necesidades.
  • 46. ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALES (ART. 11. O. 2389/2016) Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 —Los centros podrán adoptar medidas organizativas especificas así́como programas de enriquecimiento y/o ampliación curricular para el desarrollo máximo de sus capacidades.
  • 47. ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALES Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 En el caso de resultar insuficiente se podrá flexibilizar: —REAL DECRETO 943/2003, de 18 de julio, por el que se regulan las condiciones para flexibilizar la duración de los diversos niveles y etapas del sistema educativo para los alumnos superdotados intelectualmente. —ORDEN 70/2005, de 11 de Enero, de la Consejería de Educación, por la se regula con carácter excepcional la flexibilización de la duración de las diferentes enseñanzas escolares para los alumnos con necesidades educativas especificas por superdotación intelectual.
  • 48. ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALES Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 Artículo 14 de la Orden 2582/2016 (Bachillerato CM) **“Asimismo, se prestará atención al alumnado especialmente motivado por el aprendizaje para el que también se podrán adoptar medidas organizativas especificas y programas de enriquecimiento y/o ampliación curricular”.
  • 49. INTEGRACIÓN TARDÍA EN EL SEE Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 (ART. 78 LOE-LOMCE) Aquellos que, por proceder de otros países o por cualquier otro motivo, se incorporan de forma tardía al sistema educativo español.
  • 50. INTEGRACIÓN TARDÍA EN EL SEE Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 (ART. 12. Orden 2398/2016) -Quienes presenten un desfase en su nivel de competencia curricular de más de dos años podrán ser escolarizados en el curso inferior al que les correspondería por edad. Para estos alumnos se adoptarán las medidas de refuerzo necesarias que faciliten su integración escolar y la recuperación de su desfase y le permitan continuar con aprovechamiento sus estudios. -En el caso de superar dicho desfase, se incorporarán al curso correspondiente a su edad.
  • 51. INTEGRACIÓN TARDÍA EN EL SEE Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 (ART. 12. Orden 2398/2016) Cuando los alumnos presenten graves carencias en la lengua española, se incorporarán a un AULA DE ENLACE, de acuerdo con la normativa en vigor, donde recibirán una atención especifica. Esta atención será́, en todo caso, simultánea a su escolarización en los grupos ordinarios, con los que compartirán el mayor tiempo posible del horario semanal.
  • 52. ALUMNOS CON DIFICULTADES ESPECÍFICAS DE APRENDIZAJE Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 (ART. 79 bis LOE-LOMCE) Son aquellos que presentan dificultades específicas de aprendizaje no asociadas a discapacidad ni trastornos graves de conducta (TDAH, Dislexia, DEA)
  • 53. ALUMNOS CON DIFICULTADES ESPECÍFICAS DE APRENDIZAJE Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 (ART. 13. Orden 2398/2016) —La detección inicial de la dislexia, otras DEA o TDAH puede producirse tanto en el centro educativo como en el ámbito familiar. En este ultimo caso, la familia aportar al centro el dictamen emitido por un facultativo colegiado.
  • 54. ALUMNOS CON DIFICULTADES ESPECÍFICAS DE APRENDIZAJE Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 (ART. 13. Orden 2398/2016) —- El orientador junto con el equipo docente del alumno, determinará el tipo de medidas referidas a la evaluación que se aplicará al alumno. Todo ello plasmado en un informe que debe estar firmado por el orientador y por el tutor del grupo, con el visto bueno del jefe de estudios del centro. —El informe se adjuntará al expediente académico del alumno custodiado en el centro, en el que se extenderán las oportunas diligencias.
  • 55. ALUMNOS CON DIFICULTADES ESPECÍFICAS DE APRENDIZAJE Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 — La aplicación de las medidas recogidas en el informe del tutor un período de validez limitado al año académico para el que ha sido emitido, procediéndose a su actualización al comienzo de cada curso escolar.
  • 56. ALUMNOS CON DIFICULTADES ESPECÍFICAS DE APRENDIZAJE Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 INSTRUCCIONES CONJUNTAS DE 12 DE DICIEMBRE DE 2014 sobre la aplicación de medidas para la evaluación de los alumnos con dislexia, TDAH en Ed. Primaria, ESO y Bachillerato.
  • 57. ALUMNOS CON DIFICULTADES ESPECÍFICAS DE APRENDIZAJE Medidas concretas (Inst. 12-12-14) ADAPTACIÓN DEL MODELO DE EXAMEN (Tipo y tamaño fuente. Folio blanco) ADAPTACIÓN DE TIEMPOS (incremento hasta 35%) ADAPTACIÓN DE LA EVALUACIÓN (formato variados: oral, respuesta múltiple, etc) FACILIDADES:FACILIDADES: - Técnicas/materiales (lectura enunciados voz alta) - Adaptación de espacios(aula separada) Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
  • 58. ALUMNOS DE COMPENSATORIA (Art. 71 LOE-LOMCE) Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 Aquellos que presentan dificultades debido a sus condiciones personales o de historia escolar (factores sociales, económicos, culturales, geográficos, étnicos,…)
  • 59. ALUMNOS DE COMPENSATORIA Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 RESOLUCIÓN DE 21 DE JULIO DE 2006, de la Viceconsejería de Educación, por la que se dictan instrucciones para la organización de las actuaciones de compensación educativa en el ámbito de la enseñanza básica en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid. (Con modificaciones 2008 y 2012)
  • 60. 3 REQUISITOS simultáneos (Art. 3. R. 21-JULIO-06) SITUACIÓN DE DESVENTAJA SOCIOEDUCATIVA DOS O MÁS CURSOS DE DESFASE CURRICULAR DIFICULTADES DE INSERCIÓN Y NECESIDADES DE APOYO ESPECÍFICO por incorporación tardía o escolarización irregular (absentismo,….) Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 ALUMNOS DE COMPENSATORIA
  • 61. COMPENSATORIA: MEDIDAS ESPECÍFICAS (Art. 17. R. 21 DE JULIO DE 2006) Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 APOYOS EN GRUPOS ORDINARIOS (TIPO A)APOYOS EN GRUPOS ORDINARIOS (TIPO A) GRUPOS DE APOYO FUERA AULA (TIPO B)GRUPOS DE APOYO FUERA AULA (TIPO B) GRUPOS ESPECIFICOS DE COMPENSACIÓN EDUCATIVA (en centro)GRUPOS ESPECIFICOS DE COMPENSACIÓN EDUCATIVA (en centro) GRUPOS ESPECÍFICOS SINGULARES (en centro) (Regulación específica)GRUPOS ESPECÍFICOS SINGULARES (en centro) (Regulación específica) AULAS DE COMPENSACIÓN EDUCATIVA (Regulación específica)AULAS DE COMPENSACIÓN EDUCATIVA (Regulación específica)
  • 62. ALUMNOS DE COMPENSATORIA MEDIDAS Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 — GRUPOS DE APOYOS DENTRO DEL AULA (apoyo tipo A) - Alumnos- Buen nivel de integración escolar - Medidas- Adaptaciones curriculares no significativas - Estrategias- AC por profesor grupo en el aula Segundo profesor de apoyo en grupo Grupos flexibles //Desdobles
  • 63. ALUMNOS DE COMPENSATORIA MEDIDAS Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 — GRUPOS DE APOYOS FUERA DEL AULA (apoyo tipo B) CIRCULAR 27-7-12- Organización de la atención educativa de ACNEE y compensatoria. - Nª alumnos- Entre 8 y 12 - Horas apoyo- Entre 6 y 9 - Materias de Apoyo- Instrumentales LC y MT - No coincidencia con EPV, EF, TC, MU, RL o alter.
  • 64. Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 MEDIDA PERFIL MATERIAS/EVAL OBSERVACIONE S GECE (GRUPO EN EL CENTRO) AUTORIZA DG (Centro presenta proyecto y requiere informe SIE) -Graves dificultades de adaptación en el aula. -Desmotivación hacia el trabajo escolar y -Riesgo de abandono prematuro del sistema educativo. - 1º Y 2º (EXC. 3º) Pertenecen a un grupo ordinario Adaptaciones curriculares significativas, como máximo en las materias: LC, MT, IN, CCSS, CCNN. -el centro en su proyecto puede organizar por ámbitos si lo cree oportuno. EVALUACIÓN GENERAL R. 21-7-2006 Tienen dos tutores, el del grupo de referencia y el del GECE La propuesta de los alumnos al grupo la hace el propio centro.
  • 65. Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 MEDIDA PERFIL MATERIAS/EVAL OBSERVACIONES GES (GRUPO EN EL CENTRO) AUTORIZA DG (Centro presenta proyecto y requiere informe SIE) 1º y 2º ESO -Grave inadaptación al marco escolar - y/o un severo absentismo escolar. Enseñanzas organizadas por ÁMBITOS: A. Práctico, A.Lingüistico-social A.Científico- tecnol EVALUACIÓN REGULACIÓN PROPIA REGULACIÓN NORMATIVA PROPIA ANUALMENTE La propuesta de los alumnos al grupo la hace el propio centro.
  • 66. Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 MEDIDA PERFIL MATERIAS OBSERVACIONES ACE (Aulas en IES) -Con desfase curricular significativo en la mayoría de las áreas, -Que valore negativamente el marco escolar -Que presente serias dificultades de adaptación al mismo, o haya seguido un proceso de escolarización tardía o muy irregular, ADEMÁS: -Desescolarizados o en grave riesgo de abandono escolar. -Se hayan tomado medidas de AD anteriormente no funcionaron El currículo se organiza en los tres ámbitos: A. Práctico, A.Lingüistico-social A.Científico- tecnol EVALUACIÓN REGULACIÓN PROPIA R. 21-7-2006 Y REGULACIÓN propia anualmente. PROPUESTA DE DERIVACIÓN desde los centros educativos (o por otra Institución como Servicios Sociales, etc.)
  • 67. OTRAS MEDIDAS:DERIVACIONES — SAED- Programas de atención domiciliaria para alumnado enfermo o convaleciente. — A.H.-Aulas hospitalarias. Unidades escolares dentro de un hospital para la atención a alumnos que son ingresados a fin de que puedan continuar su proceso educativo. — CET- Centro Educativo terapéutico. Unidades escolares en hospitales de día para alumnos con problemas de salud mental diagnosticados clínicamente. Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
  • 68. OTRAS MEDIDAS:DERIVACIONESOTRAS MEDIDAS:DERIVACIONES — PROGRAMAS PROFESIONALES modalidad general (UFIL)- Unidades de Formación e inserción laboral. Dirigido a jóvenes desescolarizados en situación de marginación para facilitar el acceso al mundo laboral. — PROGRAMAS ENRIQUECIMIENTO CURRICULAR para alumnos de altas capacidades. Fuera del horario escolar. Proporciona profundización en áreas de conocimiento a través de la experimentación, investigación y creación. Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
  • 69. SERVICIOS EN LA C.M. — SAI- Servicio de Apoyo Itinerante a alumnos inmigrantes. Favorece el aprendizaje del español (apoyo al alumnado, colaboración con profesorado, acogida, asesoramiento). — SETI- Servicio de traductores e interpretes. Favorece la relación del centro con la familia del alumno inmigrante (labores de traducción de documentos e interpretación) Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
  • 70. A MODO DE RESUMEN…CONSIDERACIONES Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 — MEDIDAS ESPECÍFICAS después de las ordinarias, si estas no funcionan (en especial compensatoria). — SÓLO EVALUACIÓN ACNEES- La evaluación continua y la promoción de estos alumnos tomarán como referente los elementos fijados en sus adaptaciones curriculares. — EVALUACIÓN EN RESTO DE ANEAE- Se toma como referencia los elementos generales para todos los alumnos del curso(objetivos, contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje de las PPDD).
  • 71. A MODO DE RESUMEN…CONSIDERACIONES Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016 — EXPEDIENTE DEL ALUMNO- INCLUIR TODA LA DOCUMENTACIÓN Y LAS RESOLUCIONES DE AUTORIZACIÓN (fragmentación, flexibilización,…). — DOCUMENTACION ACADÉMICA- SEÑALAR TODAS LAS MEDIDAS APLICADAS A LOS ANEAE. — PROTECCIÓN DATOS- ESPECIALMENTE SENSIBLES (DOCUMENTACIÓN GUARDADA CON LLAVE) — CONFIDENCIALIDAD, DEBER DE SIGILO — RECOMENDACIÓN- EN PROPUESTAS PEDIR FIRMA DOS PADRES (aunque no sea prescriptivo)
  • 72. CUESTIONES SIN RESOLVER — TITULACIÓN DE ACNEES????? REVÁLIDA??? Esther Blanco Toldos- Noviembre 2016
  • 74. (Orientadores de Secundaria) Esther Blanco Toldos Francisco Sánchez García Servicio de Inspección Educativa Dirección del Área Territorial Madrid Este 29-11-2016