Este documento describe los principios de la prueba en el derecho procesal. Explica 14 principios clave como la unidad de la prueba, la comunidad de la prueba, la contradicción de la prueba, la licitud y espontaneidad de la prueba, la evaluación de la prueba, la igualdad de oportunidades para la prueba, la formalidad y legitimidad de la prueba, la pertinencia e idoneidad de la prueba, y la gratuidad de la prueba. Cada principio describe un aspecto fundamental de
Cuando se habla de los principios el Juez va a revisar los hechos del asunto, va a analizar las pruebas del hecho aportadas por las partes, no lo hace de manera somera, a la ligera, sino que él hace un análisis de los elementos que se encuentran en el proceso, de los elementos que han sido producidos, promovidos y evacuados durante el desarrollo del proceso.
Los principios de la prueba nos indican los criterios que deben cumplirse para que esta cumpla con su función dentro de un proceso, ya que en presencia de estos, orientan al juez en el esclarecimiento de la verdad y determinar el otorgamiento y reconocimiento de los derechos y obligaciones de las partes controvertidas.
Cuando se habla de los principios el Juez va a revisar los hechos del asunto, va a analizar las pruebas del hecho aportadas por las partes, no lo hace de manera somera, a la ligera, sino que él hace un análisis de los elementos que se encuentran en el proceso, de los elementos que han sido producidos, promovidos y evacuados durante el desarrollo del proceso.
Los principios de la prueba nos indican los criterios que deben cumplirse para que esta cumpla con su función dentro de un proceso, ya que en presencia de estos, orientan al juez en el esclarecimiento de la verdad y determinar el otorgamiento y reconocimiento de los derechos y obligaciones de las partes controvertidas.
Lamina Principios Generales de la Prueba -Anais Flores SAIA-CLCDA ANAIS FLORES
La prueba, es una sola y, sobre todo, debe ser apreciada en su conjunto. Y consta de:
PRINCIPIOS GENERALES DE LA PRUEBA:
Principio de la Unidad.
Principio de la Comunidad.
Principio de la Contradicción.
Principio de la Publicidad.
Principio de la Formalidad.
Principio de la Libertad.
Principio de la Legitimidad.
Principio de la Concentración.
Principio de la Inmediación.
Principio de la Igualdad.
Principio de la Necesidad.
los principios de la prueba nos indican los criterios que deben cumplirse para que esta cumpla con su función dentro de un proceso, ya que en presencia de estos, orientan al juez en el esclarecimiento de la verdad y determinar el otorgamiento y reconocimiento de los derechos y obligaciones de las partes controvertidas.
Las capacidades sociomotrices son las que hacen posible que el individuo se pueda desenvolver socialmente de acuerdo a la actuación motriz propias de cada edad evolutiva del individuo; Martha Castañer las clasifica en: Interacción y comunicación, introyección, emoción y expresión, creatividad e imaginación.
Today is Pentecost. Who is it that is here in front of you? (Wang Omma.) Jesus Christ and the substantial Holy Spirit, the only Begotten Daughter, Wang Omma, are both here. I am here because of Jesus's hope. Having no recourse but to go to the cross, he promised to return. Christianity began with the apostles, with their resurrection through the Holy Spirit at Pentecost.
Hoy es Pentecostés. ¿Quién es el que está aquí frente a vosotros? (Wang Omma.) Jesucristo y el Espíritu Santo sustancial, la única Hija Unigénita, Wang Omma, están ambos aquí. Estoy aquí por la esperanza de Jesús. No teniendo más remedio que ir a la cruz, prometió regresar. El cristianismo comenzó con los apóstoles, con su resurrección por medio del Espíritu Santo en Pentecostés.
ACERTIJO DE CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS. Por JAVIER SOLIS NOYOLAJAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA, crea y desarrolla ACERTIJO: «CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS». Esta actividad de aprendizaje lúdico que implica de cálculo aritmético y motricidad fina, promueve los pensamientos lógico y creativo; ya que contempla procesos mentales de: PERCEPCIÓN, ATENCIÓN, MEMORIA, IMAGINACIÓN, PERSPICACIA, LÓGICA LINGUISTICA, VISO-ESPACIAL, INFERENCIA, ETCÉTERA. Didácticamente, es una actividad de aprendizaje transversal que integra áreas de: Matemáticas, Neurociencias, Arte, Lenguaje y comunicación, etcétera.
Instrucciones del procedimiento para la oferta y la gestión conjunta del proceso de admisión a los centros públicos de primer ciclo de educación infantil de Pamplona para el curso 2024-2025.
2. PRINCIPIO DE LA UNIDAD DE LA PRUEBA
Efectivamente, la prueba, compuesta
de diversas piezas, como referimos,
es una sola y, sobre todo, debe ser
apreciada en su conjunto.
3. Este principio, también llamado
de la comunidad de la prueba,
sostiene que ésta no pertenece a
la parte que la solicita ni aun al
propio juez, sino al proceso. Y se
funda, también, en los principios
de lealtad y buena fe.
PRINCIPIO DE LA COMUNIDAD DE LA
PRUEBA, TAMBIÉN LLAMADO DE
ADQUISICIÓN
4. PRINCIPIO DE LEALTAD Y PROBIDAD O
VERACIDAD DE LA PRUEBA
Es consecuencia directa de los
anteriores; si la prueba es común, si
tiene su unidad y su función de
interés general, no debe usarse para
ocultar o deformar la realidad, para
tratar de inducir al Juez en error o
engaño, sino que dicha lealtad y
probidad o veracidad, debe provenir
de la iniciativa de las partes
intervinientes.
5. No es otra cosa que la parte contra quien
se opone una prueba, debe gozar de la
oportunidad procesal para conocerla y
discutirla, incluyendo en esto el ejercicio
de su derecho de contraprobar, es decir,
que debe llevarse a la causa con
conocimiento y audiencia de todas las
partes; se relaciona con los principios de
unidad y comunidad de la prueba, ya que
si las partes pueden utilizar a su favor los
medios suministrados por su adversario.
PRINCIPIO DE CONTRADICCIÓN DE LA PRUEBA
6. Se refiere, en especial, al rechazo de
la prueba ilícita, que sería la
prohibida por la ley, en especial,
porque viola los derechos de la
persona humana. Y se podría
agregar, aunque interfiere con otros
principios (de ambos grupos), la que
viola las garantías del debido
proceso legal y de la defensa en
juicio
PRINCIPIO DE NATURALIDAD, ESPONTANEIDAD Y
LICITUD DE LA PRUEBA Y DEL RESPETO A LA
PERSONA HUMANA.
7. La prueba debe ser objeto de
valoración en cuanto a su
mérito para llevar la convicción
al Juez, sobre los hechos que
interesan proceso.
PRINCIPIO DE EVALUACIÓN O
APRECIACIÓN DE LA PRUEBA
8. PRINCIPIO DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
PARA LA PRUEBA
Que las partes dispongan de idénticas oportunidades para
presentar o pedir la práctica de pruebas, persigan o no
contradecir las aducidas por el contrario. Es un aspecto del
principio más general de la igualdad de las partes ante la Ley
procesal, según el cual se exigen las mismas oportunidades
para la defensa; pero esta igualdad de oportunidades para
probar no significa que exista un trato procesal similar en
materia de pruebas, en el sentido de que se exija a las
partes por igual la prueba de los diversos hechos que
interesan al proceso y de que ellas tengan idéntica
necesidad de aducir su prueba, pues, por el contrario, la
condición de demandante o demandado y la posición frente
a cada hecho influye en esta situación, como se observa en
el principio fundamental de la carga de la prueba.
9. PRINCIPIO DE FORMALIDAD Y LEGITIMIDAD DE LA
PRUEBA
Este principio implica que la prueba está
revestida de requisitos extrínsecos e
intrínsecos. Los primeros se refieren a las
circunstancias de tiempo, modo y lugar; los
segundos contemplan principalmente la
ausencia de vicios, como dolo, error,
violencia y de inmoralidad en el medio
mismo, como sería la reconstrucción total de
un delito sexual o de una unión
extramatrimonial para establecer la
concepción; procuran que con ella se busque
en realidad el convencimiento del Juez sobre
hechos que interesan al proceso y no
lesionar el patrimonio moral o económico de
la parte contraria, como ocurriría con la
exhibición de escritos sobre escabrosos
secretos familiares que en nada influyan
sobre el litigio y lo alegado en autos.
10. PRINCIPIO DE PERTINENCIA, IDONEIDAD O
CONDUCENCIA Y UTILIDAD DE LA PRUEBA
Puede decirse que éste principio representa una limitación a la
libertad de la prueba, pero es igualmente necesario, pues
significa que el tiempo y el trabajo de los funcionarios judiciales y
de las partes en esta etapa del proceso no debe perderse en la
práctica de medios que por sí mismos o por su contenido no
sirvan en lo absoluto para los fines propuestos y aparezcan
claramente improcedentes o inidóneos. De esta manera se
contribuye a la concentración y a la eficacia procesal de la
prueba.
11. PRINCIPIO DE LA GRATUIDAD DE LA PRUEBA
Significa éste principio, que dado el fin de interés general
que radica en el proceso y en la prueba, lo ideal es que el
Estado satisfaga el servicio público de Justicia de manera
gratuita, sin gravar económicamente a las partes por la
recepción y práctica de los medios probatorios
12. PRINCIPIO DE EVALUACIÓN O APRECIACIÓN DE LA PRUEBA
La prueba debe ser objeto de valoración
en cuanto a su mérito para llevar la
convicción al Juez, sobre los hechos que
interesan proceso.