1. UNIVERSIDAD “FERMIN TORO”
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
VICE-RECTORADO ACADEMICO
ESCUELA DE DERECHO
Elías Chakra C.I.: 26.846.868
SAIA-E
2. Principio de Unidad
Se basa en que las pruebas deben ser analizadas como una
unidad, es decir, en conjunto, por lo que el juez deberá
motivarlas como una sola.
Principio de Comunidad
En este principio indica que la prueba deja de pertenecer a
las partes, a pesar de que son ellas quienes la promueven y
pasan a ser parte del proceso.
3. Principio de Contradicción
Dentro de este se les otorga el derecho a las partes de
oponerse a las pruebas promovidas por la contraparte, con
el fin de que esta pueda alegar sus propios argumentos.
Principio de Publicidad
El proceso debe ser publico, transparente para las partes y
para los terceros que formen parte o no del proceso.
4. Principio de Formalidad
A pesar de que la Constitución de la nación establece que no
se debe perder tiempo procesal es formalismos inútiles, es
necesario seguir un conjunto de pasos prestablecidos en la
ley para que el proceso sea llevado a cabo.
Principio de Libertad
Las partes poseen el
derecho de usar todos
los medios probatorios
lícitos posibles para
comprobar sus alegatos.
Principio de Legitimidad
Solo podrán promover
pruebas quienes tengan
la capacidad o
legitimidad procesal.
5. Principio de Concentración
Es deber de juez ser el rector del proceso, y ser quien medie
entre las partes analizando las pruebas de manera imparcial.
Principio de Inmediación
Todas las pruebas , de ambas partes se deben de
concentrar dentro de un mismo expediente y un mismo
asunto
6. Principio de Igualdad
En este principio indica que las partes pueden promover las
pruebas que crean necesarios para convencer al juez de sus
alegatos.
Principio de Necesidad
Este principio se apega al precepto constitucional que indica
que todos somos iguales ante la ley, por lo tanto ambas
partes tienen los mismos derechos de ser oídos y que sus
pruebas o argumentos sean analizados por igual.