Este documento presenta el protocolo de actuación del Colegio Concepción ante accidentes escolares. Establece que ante cualquier accidente se debe denunciar al Servicio Nacional de Salud, comunicar a los padres e implementar primeros auxilios. Asimismo, define las responsabilidades de la comunidad educativa y el deber de la entidad sostenedora de mantener medidas de seguridad.
Protocolo de accion en caso de accidente escolar ccpcristian rojas
El documento presenta el protocolo de acción del Colegio Cristiano Los Pinos en caso de accidentes escolares. Describe los tipos de accidentes (leves, menos graves y graves) y los procedimientos a seguir en cada caso, como dar aviso, aplicar primeros auxilios y coordinar el traslado a un centro de salud. También incluye anexos con formatos para el registro y toma de conocimiento del protocolo por parte de los apoderados.
Normas de Convivencia en la UNES Universidad Nacional Experimental de la Seguridad. Única Universidad del Mundo especializada en la Seguridad Ciudadana.
Este documento presenta las Normas de Convivencia de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad. Establece disposiciones para regular la conducta de estudiantes con el objetivo de lograr relaciones armoniosas basadas en el respeto. Incluye capítulos sobre disposiciones generales, niveles de autoridad, deberes y derechos de los estudiantes.
Protocolo de agresion y accidente escolar.sofia8095
Este documento presenta un protocolo de actuación y prevención ante casos de agresión y acoso entre alumnos en un colegio. Describe 8 pasos a seguir que incluyen la identificación y denuncia de la situación, comunicación con las familias de los alumnos involucrados, adopción de medidas disciplinarias y seguimiento del caso. También incluye un protocolo de actuación ante accidentes escolares que clasifica los accidentes y establece los procedimientos a seguir dependiendo de si son leves, menos graves o graves.
Plan de respuesta ante explosivos con anexosCandy Jimenez
El documento presenta el Plan Institucional de Reducción de Riesgos ante Amenazas de Artefactos Explosivos de la Unidad Educativa “Rafael Aguilar Pesántez” para el año lectivo 2017-2018. El plan describe los procedimientos a seguir por la comunidad educativa en caso de amenazas de artefactos explosivos, incluyendo la coordinación de la respuesta, evacuación, y evaluación de las actividades. Se realizarán capacitaciones al personal y estudiantes y se implementarán medidas de prevención como carteles informativos.
Este documento presenta los objetivos y contenidos de un módulo de capacitación sobre primeros auxilios para brigadas contra incendios. El módulo cubre temas como el rol y responsabilidades del primer respondiente, el uso adecuado de equipo de protección personal, la evaluación y atención inicial de pacientes, y técnicas para tratar obstrucciones, hemorragias, fracturas y quemaduras. El objetivo general es desarrollar las habilidades para atender emergencias médicas prehospitalarias.
Este documento presenta información sobre el primer respondiente a emergencias médicas. Cubre temas como las responsabilidades del primer respondiente, el uso adecuado del equipo de protección personal, los pasos para la evaluación y atención inicial de un paciente, y técnicas para atender obstrucciones, hemorragias, fracturas y quemaduras. También describe el sistema de emergencias médicas y la cadena de supervivencia.
Este protocolo establece las acciones a seguir ante episodios de desregulación emocional y conductual de estudiantes en establecimientos educacionales. Define 3 etapas de intervención según la gravedad de la situación y las acciones a tomar en cada una, incluyendo contención emocional, comunicación con apoderados y derivación a servicios médicos si es necesario. También incluye acciones remediales posteriores y de apoyo a la comunidad educativa. El objetivo es garantizar la seguridad y bienestar de los estudiantes.
Protocolo de accion en caso de accidente escolar ccpcristian rojas
El documento presenta el protocolo de acción del Colegio Cristiano Los Pinos en caso de accidentes escolares. Describe los tipos de accidentes (leves, menos graves y graves) y los procedimientos a seguir en cada caso, como dar aviso, aplicar primeros auxilios y coordinar el traslado a un centro de salud. También incluye anexos con formatos para el registro y toma de conocimiento del protocolo por parte de los apoderados.
Normas de Convivencia en la UNES Universidad Nacional Experimental de la Seguridad. Única Universidad del Mundo especializada en la Seguridad Ciudadana.
Este documento presenta las Normas de Convivencia de la Universidad Nacional Experimental de la Seguridad. Establece disposiciones para regular la conducta de estudiantes con el objetivo de lograr relaciones armoniosas basadas en el respeto. Incluye capítulos sobre disposiciones generales, niveles de autoridad, deberes y derechos de los estudiantes.
Protocolo de agresion y accidente escolar.sofia8095
Este documento presenta un protocolo de actuación y prevención ante casos de agresión y acoso entre alumnos en un colegio. Describe 8 pasos a seguir que incluyen la identificación y denuncia de la situación, comunicación con las familias de los alumnos involucrados, adopción de medidas disciplinarias y seguimiento del caso. También incluye un protocolo de actuación ante accidentes escolares que clasifica los accidentes y establece los procedimientos a seguir dependiendo de si son leves, menos graves o graves.
Plan de respuesta ante explosivos con anexosCandy Jimenez
El documento presenta el Plan Institucional de Reducción de Riesgos ante Amenazas de Artefactos Explosivos de la Unidad Educativa “Rafael Aguilar Pesántez” para el año lectivo 2017-2018. El plan describe los procedimientos a seguir por la comunidad educativa en caso de amenazas de artefactos explosivos, incluyendo la coordinación de la respuesta, evacuación, y evaluación de las actividades. Se realizarán capacitaciones al personal y estudiantes y se implementarán medidas de prevención como carteles informativos.
Este documento presenta los objetivos y contenidos de un módulo de capacitación sobre primeros auxilios para brigadas contra incendios. El módulo cubre temas como el rol y responsabilidades del primer respondiente, el uso adecuado de equipo de protección personal, la evaluación y atención inicial de pacientes, y técnicas para tratar obstrucciones, hemorragias, fracturas y quemaduras. El objetivo general es desarrollar las habilidades para atender emergencias médicas prehospitalarias.
Este documento presenta información sobre el primer respondiente a emergencias médicas. Cubre temas como las responsabilidades del primer respondiente, el uso adecuado del equipo de protección personal, los pasos para la evaluación y atención inicial de un paciente, y técnicas para atender obstrucciones, hemorragias, fracturas y quemaduras. También describe el sistema de emergencias médicas y la cadena de supervivencia.
Este protocolo establece las acciones a seguir ante episodios de desregulación emocional y conductual de estudiantes en establecimientos educacionales. Define 3 etapas de intervención según la gravedad de la situación y las acciones a tomar en cada una, incluyendo contención emocional, comunicación con apoderados y derivación a servicios médicos si es necesario. También incluye acciones remediales posteriores y de apoyo a la comunidad educativa. El objetivo es garantizar la seguridad y bienestar de los estudiantes.
Este protocolo establece 3 fases para abordar supuestos de posible acoso escolar: 1) Conocer, identificar y parar la situación en 48 horas, incluyendo medidas inmediatas. 2) Si se confirma el acoso, apoyar a la víctima, reeducar al agresor y concienciar a testigos, con medidas de protección, comunicación y seguimiento. 3) Si no se confirma, comunicar conclusiones e implementar medidas preventivas.
Plan de emergencia y contingencia escolar instituto principio de una esperanzaSandra Rivera
El documento presenta el Plan de Prevención y Emergencias Escolar de un instituto educativo. Describe la justificación y marco legal para la creación del plan. Explica que el plan busca generar capacidades de respuesta ante eventos mayores o menores mediante la identificación de riesgos y vulnerabilidades. El plan contiene cinco capítulos sobre aspectos generales, estructura organizativa, análisis de riesgos, estrategias de respuesta y cronograma de actividades.
Este documento discute la responsabilidad legal de las escuelas por los daños causados por los estudiantes. Explora varios principios legales como la responsabilidad de los padres, tutores y escuelas. También analiza casos específicos sobre responsabilidad en accidentes escolares, deportes y más. El documento provee una guía sobre cómo las escuelas deben proceder en diferentes situaciones como alumnos no retirados, permisos de fotografía y más.
Este documento presenta el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad del Colegio España. Establece normas para prevenir riesgos laborales y promover un ambiente de trabajo seguro. Incluye definiciones de términos como empleador, trabajador, jornada laboral. También describe los procedimientos de contratación, horarios, permisos y remuneraciones. El objetivo general es cumplir la ley chilena en materia laboral y de seguridad ocupacional en el colegio.
Este documento presenta el reglamento interno de orden, higiene y seguridad laboral de un colegio. Establece disposiciones para prevenir riesgos laborales y enfermedades profesionales. Define términos como empleador, trabajador, jornada laboral, y describe procedimientos de postulación, contratación y responsabilidades de trabajadores y empleador en relación a cumplir las normas de seguridad.
Este documento establece un protocolo de actuación para abordar el acoso escolar en las escuelas públicas y privadas de Coahuila, México. El protocolo define el acoso escolar, establece las etapas para notificar e investigar los casos de acoso, y especifica los procedimientos y documentos requeridos. Las escuelas deben notificar a las autoridades competentes cuando se identifique un caso de acoso escolar de acuerdo con el catálogo de conductas del protocolo.
Se define como accidente a cualquier suceso no planeado y no deseado que provoca un daño, lesión u otra incidencia negativa sobre un objeto o sujeto. Para tomar esta definición, se debe entender que los daños se dividen en accidentales e intencionales (o dolosos y culposos)
Este documento resume la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT) de Venezuela, la cual promueve la implementación del régimen de seguridad y salud en el trabajo. Describe los tipos de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales, así como los derechos de los trabajadores en caso de sufrir un accidente o enfermedad laboral. Incluye varios ejemplos de accidentes de trabajo y explica cómo la ley establece las responsabilidades de los empleadores y las sanciones en
El documento describe un caso de un trabajador que murió después de caer de un poste de alumbrado eléctrico. Su jefe le ordenó realizar el trabajo en alturas sin el equipo de protección adecuado y bajo la amenaza de despido. Como consecuencia, el trabajador falleció. El documento propone medidas para prevenir futuros accidentes, como inspeccionar equipos de seguridad, capacitar a trabajadores, y establecer un plan de emergencias con equipos de rescate.
Pasos para investigar y declarar una posible enfermedad ocupacionalmarvinm59
Artículo 70
Definición de Enfermedad Ocupacional
Se entiende por enfermedad ocupacional, los estados patológicos contraídos o agravados con ocasión del trabajo o exposición al medio en el que el trabajador o la trabajadora se encuentra obligado a trabajar, tales como los imputables a la acción de agentes físicos y mecánicos, condiciones disergonómicas, meteorológicas, agentes químicos, biológicos, factores psicosociales y emocionales, que se manifiesten por una lesión orgánica, trastornos enzimáticos o bioquímicos, trastornos funcionales o desequilibrio mental, temporales o permanentes. Se presumirá el carácter ocupacional de aquellos estados patológicos incluidos en la lista de enfermedades ocupacionales establecidas en las normas técnicas de la presente Ley, y las que en lo sucesivo se añadieren en revisiones periódicas realizadas por el Ministerio con competencia en materia de seguridad y salud en el trabajo conjuntamente con el Ministerio con competencia en materia de salud.
Este documento contiene información sobre riesgos laborales según las normas venezolanas (COVENIN). Define riesgo y explica que los controles de riesgos deben aplicarse inicialmente en la fuente del problema, luego en el ambiente de trabajo y finalmente en el trabajador a través de equipos de protección personal y capacitación. También cubre tipos de notificaciones de riesgos a los trabajadores, la base legal de los riesgos ocupacionales en Venezuela y un formato de notificación de riesgos laborales según la ley laboral venez
Recomendaciones para Padres de Famila Escuelas y GuarderiasGonzalo De La Peña
El documento contiene recomendaciones para directores, maestros y padres de familia sobre cómo prevenir tragedias en guarderías e instituciones educativas. Recomienda que las instalaciones tengan un programa de protección civil con personal capacitado, equipo contra incendios, y cumplan con la normativa de seguridad. Además, pide a los responsables establecer programas de capacitación y realizar simulacros periódicos para estar preparados ante cualquier emergencia.
Este documento describe los accidentes del trabajo, incluyendo sus causas, clasificación y métodos de control. Explica que los accidentes ocurren debido a acciones inseguras o condiciones inseguras, y que tienen causas directas e indirectas. Describe cómo se clasifican los accidentes según cómo ocurre el contacto entre la persona y el agente, e identifica herramientas como los comités paritarios, departamentos de prevención de riesgos y reglamentos internos para controlar y prevenir accidentes.
La ley establece normas para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores venezolanos. Requiere que todos los trabajadores y empleadores se afilien al régimen de seguridad y salud en el trabajo. También crea comités de seguridad laboral en los que los trabajadores eligen delegados. Establece obligaciones para empleadores y trabajadores relacionadas con el cumplimiento de normas de seguridad.
Los mecanismos de elaboración de los informesmariana serrano
El documento describe los mecanismos de elaboración de informes sobre accidentes de trabajo en Venezuela. Explica qué constituye un accidente de trabajo según la ley y otros tipos de accidentes. Detalla los pasos para prevenir accidentes, como crear un ambiente seguro, capacitar al personal, y dar mantenimiento a equipos. También explica los procedimientos legales en caso de un accidente y las obligaciones del empleador de reportar y investigar accidentes. Finalmente, resume los controles como comités de seguridad y departamentos de prevención de riesgos.
El documento habla sobre los accidentes del trabajo, definiéndolos, clasificándolos y explicando los procedimientos legales en caso de accidente y las causas. También describe las herramientas de control de accidentes como los comités paritarios, departamentos de prevención de riesgos, reglamentos internos y el derecho de los trabajadores a recibir información sobre riesgos.
El documento habla sobre los tipos de responsabilidad en el ámbito escolar: penal, civil y administrativa. La responsabilidad civil es la más común y puede surgir de daños a alumnos dentro de la escuela. Los directores, docentes y padres pueden ser responsables dependiendo de las circunstancias. Se deben tomar recaudos como contar con seguro, realizar actas de accidentes, informar a padres y autoridades, y cumplir con normas de prevención.
Este documento es una declaración de responsabilidad a favor de la Universidad Estatal de Bolívar por el ingreso al campus durante la pandemia de Covid-19. En ella, el estudiante declara conocer los protocolos y normas de bioseguridad, así como asume la responsabilidad por cualquier incumplimiento o contagio. Adicionalmente, renuncia a reclamos contra la universidad y se compromete a informar sobre cualquier cambio en su estado de salud.
El documento presenta información sobre protocolos de atención en caso de accidentes escolares o brotes virales en un colegio técnico. Describe los pasos a seguir en caso de accidente, que incluyen prestar primeros auxilios, activar la línea 123, notificar a los padres y llevar al estudiante a un centro de salud. También presenta el protocolo para el manejo de brotes virales, que comprende aislar a los estudiantes enfermos, desinfectar las instalaciones y promover medidas de higiene. Finalmente, ofrece
El documento presenta los nueve ámbitos para la acreditación de un laboratorio clínico, incluyendo el respeto a la dignidad del paciente, gestión de la calidad, gestión de procesos, acceso a la atención, competencias del recurso humano, registros, seguridad del equipamiento e instalaciones, y servicios de apoyo. Además, contiene información sobre diferentes temas relacionados al recurso humano como inducción, capacitación, competencias, comunicación y reuniones.
Este protocolo establece 3 fases para abordar supuestos de posible acoso escolar: 1) Conocer, identificar y parar la situación en 48 horas, incluyendo medidas inmediatas. 2) Si se confirma el acoso, apoyar a la víctima, reeducar al agresor y concienciar a testigos, con medidas de protección, comunicación y seguimiento. 3) Si no se confirma, comunicar conclusiones e implementar medidas preventivas.
Plan de emergencia y contingencia escolar instituto principio de una esperanzaSandra Rivera
El documento presenta el Plan de Prevención y Emergencias Escolar de un instituto educativo. Describe la justificación y marco legal para la creación del plan. Explica que el plan busca generar capacidades de respuesta ante eventos mayores o menores mediante la identificación de riesgos y vulnerabilidades. El plan contiene cinco capítulos sobre aspectos generales, estructura organizativa, análisis de riesgos, estrategias de respuesta y cronograma de actividades.
Este documento discute la responsabilidad legal de las escuelas por los daños causados por los estudiantes. Explora varios principios legales como la responsabilidad de los padres, tutores y escuelas. También analiza casos específicos sobre responsabilidad en accidentes escolares, deportes y más. El documento provee una guía sobre cómo las escuelas deben proceder en diferentes situaciones como alumnos no retirados, permisos de fotografía y más.
Este documento presenta el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad del Colegio España. Establece normas para prevenir riesgos laborales y promover un ambiente de trabajo seguro. Incluye definiciones de términos como empleador, trabajador, jornada laboral. También describe los procedimientos de contratación, horarios, permisos y remuneraciones. El objetivo general es cumplir la ley chilena en materia laboral y de seguridad ocupacional en el colegio.
Este documento presenta el reglamento interno de orden, higiene y seguridad laboral de un colegio. Establece disposiciones para prevenir riesgos laborales y enfermedades profesionales. Define términos como empleador, trabajador, jornada laboral, y describe procedimientos de postulación, contratación y responsabilidades de trabajadores y empleador en relación a cumplir las normas de seguridad.
Este documento establece un protocolo de actuación para abordar el acoso escolar en las escuelas públicas y privadas de Coahuila, México. El protocolo define el acoso escolar, establece las etapas para notificar e investigar los casos de acoso, y especifica los procedimientos y documentos requeridos. Las escuelas deben notificar a las autoridades competentes cuando se identifique un caso de acoso escolar de acuerdo con el catálogo de conductas del protocolo.
Se define como accidente a cualquier suceso no planeado y no deseado que provoca un daño, lesión u otra incidencia negativa sobre un objeto o sujeto. Para tomar esta definición, se debe entender que los daños se dividen en accidentales e intencionales (o dolosos y culposos)
Este documento resume la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT) de Venezuela, la cual promueve la implementación del régimen de seguridad y salud en el trabajo. Describe los tipos de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales, así como los derechos de los trabajadores en caso de sufrir un accidente o enfermedad laboral. Incluye varios ejemplos de accidentes de trabajo y explica cómo la ley establece las responsabilidades de los empleadores y las sanciones en
El documento describe un caso de un trabajador que murió después de caer de un poste de alumbrado eléctrico. Su jefe le ordenó realizar el trabajo en alturas sin el equipo de protección adecuado y bajo la amenaza de despido. Como consecuencia, el trabajador falleció. El documento propone medidas para prevenir futuros accidentes, como inspeccionar equipos de seguridad, capacitar a trabajadores, y establecer un plan de emergencias con equipos de rescate.
Pasos para investigar y declarar una posible enfermedad ocupacionalmarvinm59
Artículo 70
Definición de Enfermedad Ocupacional
Se entiende por enfermedad ocupacional, los estados patológicos contraídos o agravados con ocasión del trabajo o exposición al medio en el que el trabajador o la trabajadora se encuentra obligado a trabajar, tales como los imputables a la acción de agentes físicos y mecánicos, condiciones disergonómicas, meteorológicas, agentes químicos, biológicos, factores psicosociales y emocionales, que se manifiesten por una lesión orgánica, trastornos enzimáticos o bioquímicos, trastornos funcionales o desequilibrio mental, temporales o permanentes. Se presumirá el carácter ocupacional de aquellos estados patológicos incluidos en la lista de enfermedades ocupacionales establecidas en las normas técnicas de la presente Ley, y las que en lo sucesivo se añadieren en revisiones periódicas realizadas por el Ministerio con competencia en materia de seguridad y salud en el trabajo conjuntamente con el Ministerio con competencia en materia de salud.
Este documento contiene información sobre riesgos laborales según las normas venezolanas (COVENIN). Define riesgo y explica que los controles de riesgos deben aplicarse inicialmente en la fuente del problema, luego en el ambiente de trabajo y finalmente en el trabajador a través de equipos de protección personal y capacitación. También cubre tipos de notificaciones de riesgos a los trabajadores, la base legal de los riesgos ocupacionales en Venezuela y un formato de notificación de riesgos laborales según la ley laboral venez
Recomendaciones para Padres de Famila Escuelas y GuarderiasGonzalo De La Peña
El documento contiene recomendaciones para directores, maestros y padres de familia sobre cómo prevenir tragedias en guarderías e instituciones educativas. Recomienda que las instalaciones tengan un programa de protección civil con personal capacitado, equipo contra incendios, y cumplan con la normativa de seguridad. Además, pide a los responsables establecer programas de capacitación y realizar simulacros periódicos para estar preparados ante cualquier emergencia.
Este documento describe los accidentes del trabajo, incluyendo sus causas, clasificación y métodos de control. Explica que los accidentes ocurren debido a acciones inseguras o condiciones inseguras, y que tienen causas directas e indirectas. Describe cómo se clasifican los accidentes según cómo ocurre el contacto entre la persona y el agente, e identifica herramientas como los comités paritarios, departamentos de prevención de riesgos y reglamentos internos para controlar y prevenir accidentes.
La ley establece normas para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores venezolanos. Requiere que todos los trabajadores y empleadores se afilien al régimen de seguridad y salud en el trabajo. También crea comités de seguridad laboral en los que los trabajadores eligen delegados. Establece obligaciones para empleadores y trabajadores relacionadas con el cumplimiento de normas de seguridad.
Los mecanismos de elaboración de los informesmariana serrano
El documento describe los mecanismos de elaboración de informes sobre accidentes de trabajo en Venezuela. Explica qué constituye un accidente de trabajo según la ley y otros tipos de accidentes. Detalla los pasos para prevenir accidentes, como crear un ambiente seguro, capacitar al personal, y dar mantenimiento a equipos. También explica los procedimientos legales en caso de un accidente y las obligaciones del empleador de reportar y investigar accidentes. Finalmente, resume los controles como comités de seguridad y departamentos de prevención de riesgos.
El documento habla sobre los accidentes del trabajo, definiéndolos, clasificándolos y explicando los procedimientos legales en caso de accidente y las causas. También describe las herramientas de control de accidentes como los comités paritarios, departamentos de prevención de riesgos, reglamentos internos y el derecho de los trabajadores a recibir información sobre riesgos.
El documento habla sobre los tipos de responsabilidad en el ámbito escolar: penal, civil y administrativa. La responsabilidad civil es la más común y puede surgir de daños a alumnos dentro de la escuela. Los directores, docentes y padres pueden ser responsables dependiendo de las circunstancias. Se deben tomar recaudos como contar con seguro, realizar actas de accidentes, informar a padres y autoridades, y cumplir con normas de prevención.
Este documento es una declaración de responsabilidad a favor de la Universidad Estatal de Bolívar por el ingreso al campus durante la pandemia de Covid-19. En ella, el estudiante declara conocer los protocolos y normas de bioseguridad, así como asume la responsabilidad por cualquier incumplimiento o contagio. Adicionalmente, renuncia a reclamos contra la universidad y se compromete a informar sobre cualquier cambio en su estado de salud.
El documento presenta información sobre protocolos de atención en caso de accidentes escolares o brotes virales en un colegio técnico. Describe los pasos a seguir en caso de accidente, que incluyen prestar primeros auxilios, activar la línea 123, notificar a los padres y llevar al estudiante a un centro de salud. También presenta el protocolo para el manejo de brotes virales, que comprende aislar a los estudiantes enfermos, desinfectar las instalaciones y promover medidas de higiene. Finalmente, ofrece
El documento presenta los nueve ámbitos para la acreditación de un laboratorio clínico, incluyendo el respeto a la dignidad del paciente, gestión de la calidad, gestión de procesos, acceso a la atención, competencias del recurso humano, registros, seguridad del equipamiento e instalaciones, y servicios de apoyo. Además, contiene información sobre diferentes temas relacionados al recurso humano como inducción, capacitación, competencias, comunicación y reuniones.
Automatización Estratégica: De Hojas de Cálculo a Software EspecializadoAleksey Savkin
Descubre cómo transformar la gestión estratégica de tu empresa pasando de métodos basados en hojas de cálculo a software especializado. Este completo tutorial detalla una agenda de cambio en seis perspectivas clave: indicadores de rendimiento, mapas estratégicos, marcos empresariales, alineación estratégica, informes y trabajo en equipo. Aprende a automatizar y optimizar tu planificación estratégica con herramientas avanzadas que mejoran la precisión, la eficiencia y la colaboración. Ideal para empresas que buscan modernizar su enfoque estratégico.
Bienvenido al mundo real de la teoría organizacional. La suerte cambiante de Xerox
muestra la teoría organizacional en acción. Los directivos de Xerox estaban muy involucrados en la teoría organizacional cada día de su vida laboral; pero muchos nunca se
dieron cuenta de ello. Los gerentes de la empresa no entendían muy bien la manera en que
la organización se relacionaba con el entorno o cómo debía funcionar internamente. Los
conceptos de la teoría organizacional han ayudado a que Anne Mulcahy y Úrsula analicen
y diagnostiquen lo que sucede, así como los cambios necesarios para que la empresa siga
siendo competitiva. La teoría organizacional proporciona las herramientas para explicar
el declive de Xerox, entender la transformación realizada por Mulcahy y reconocer algunos pasos que Burns pudo tomar para mantener a Xerox competitiva.
Numerosas organizaciones han enfrentado problemas similares. Los directivos de
American Airlines, por ejemplo, que una vez fue la aerolínea más grande de Estados
Unidos, han estado luchando durante los últimos diez años para encontrar la fórmula
adecuada para mantener a la empresa una vez más orgullosa y competitiva. La compañía
matriz de American, AMR Corporation, acumuló $11.6 mil millones en pérdidas de 2001
a 2011 y no ha tenido un año rentable desde 2007.2
O considere los errores organizacionales dramáticos ilustrados por la crisis de 2008 en el sector de la industria hipotecaria
y de las finanzas en los Estados Unidos. Bear Stearns desapareció y Lehman Brothers se
declaró en quiebra. American International Group (AIG) buscó un rescate del gobierno
estadounidense. Otro icono, Merrill Lynch, fue salvado por formar parte de Bank of
America, que ya le había arrebatado al prestamista hipotecario Countrywide Financial
Corporation.3
La crisis de 2008 en el sector financiero de Estados Unidos representó un
cambio y una incertidumbre en una escala sin precedentes, y hasta cierto grado, afectó a
los gerentes en todo tipo de organizaciones e industrias del mundo en los años venideros.
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Í N D I C E
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE ACCIDENTES ESCOLARES.
FUNDAMENTOS LEGALES.
INTRODUCCIÓN
TÍTULO I. DEL PROCEDIMIENTO EN CASO DE ACCIDENTE ESCOLAR.
GENERALIDADES
ARTÍCULO 1. Concepto de accidente escolar.
ARTÍCULO 2. Casos en que se aplica.
ARTÍCULO 3. Obligación de denunciar al Servicio Nacional de Salud.
ARTÍCULO 4. Quienes deben denunciar.
ARTÍCULO 5. Obligación de comunicar la ocurrencia del accidente.
ARTÍCULO 6. Deber de la comunidad educativa.
ARTÍCULO 7. Deber de la entidad sostenedora. Medidas de higiene y seguridad.
ARTÍCULO 8. Medidas inmediatas, según la gravedad del accidente.
ARTÍCULO 9. Procedimiento según la gravedad de las lesiones o daños.
ARTÍCULO 10. Procedimiento de actuación inmediata ante la ocurrencia de un accidente
en el establecimiento.
ARTÍCULO 11. Actuación inmediata ante la ocurrencia de un accidente fuera del
establecimiento.
ARTÍCULO 12. Actuación inmediata ante la ocurrencia de un accidente de trayecto.
ARTÍCULO 13. Actuaciones Posteriores. Primeros Auxilios.
ARTÍCULO 14. Traslado en vehículos autorizados.
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ARTÍCULO 15. Concurrencia de padres, madres, apoderados u otros.
ARTÍCULO 16. Bitácora Diaria de Enfermería.
ARTÍCULO 17. Información y seguimiento.
TITULO II. NORMAS ESENCIALES DEL SEGURO DE ACCIDENTES ESCOLARES.
ARTÍCULO 18. Del accidente escolar.
ARTÍCULO 19. Beneficiarios.
ARTÍCULO 20. Vigencia.
ARTÍCULO 21. Prestaciones médicas que incluye el seguro.
ARTÍCULO 22. Personas protegidas.
ARTÍCULO 23. Quienes están obligados a denunciar.
ARTÍCULO 24. Organismos responsables del otorgamiento de las prestaciones.
ARTÍCULO 25. Atención en centros médicos privados.
ARTÍCULO 26. Cuota mortuoria.
ARTÍCULO 27. Fiscalización del seguro.
ARTÍCULO 28. Difusión del Protocolo.
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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE ACCIDENTE ESCOLAR
FUNDAMENTOS LEGALES
1. Ley N° 16.744 del Ministerio del Trabajo y Previsión social, que establece normas sobre
accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
2. D. S. N° 313/1973. Incluye a escolares en seguro de accidentes de acuerdo con la Ley N°
16.744 (aplicable a alumnos que realizan práctica profesional en empresas.).
3.Ord. N° 0156- de 26.03.2014 de la Superintendencia de Educación Escolar.
4.Orientaciones a las comunidades educativas en la prevención de accidentes escolares.
Mineduc. 2013.
5. Reglamento Interno.
INTRODUCCIÓN
El Colegio Concepción, de conformidad con lo dispuesto en el Ordinario N° 156 de Marzo
de 2014, de la Superintendencia de Educación Escolar, ha elaborado el presente Protocolo
General de actuación frente a accidentes escolares, que se produzcan en el
establecimiento educacional, cuyo objetivo es permitir que la comunidad escolar aborden
adecuadamente las situaciones que acaezcan en su interior.
El Protocolo es obligatorio y todos los miembros de la comunidad escolar deberán
subordinar su actuar a las normas reglamentarias contempladas en él.
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TÍTULO I. DEL PROCEDIMIENTO EN CASO DE ACCIDENTE ESCOLAR
GENERALIDADES
ARTÍCULO 1. Concepto de accidente escolar.
Se entiende por accidente escolar:
a) Toda lesión que un estudiante sufra a causa o con ocasión de sus estudios, o de la
realización de su práctica profesional o educacional, y que le produzca incapacidad o
muerte.
b) Los ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación o sitio de
trabajo del estudiante y el establecimiento educacional respectivo, el lugar donde
realice su práctica educacional o profesional como también los ocurridos en el trayecto
directo entre estos últimos lugares.
c) Excepción: Los accidentes debidos a fuerza mayor extraña que no tenga relación alguna
con los estudios o práctica educacional o profesional y los producidos intencionalmente
por la víctima. La prueba de las excepciones corresponderá al organismo
administrador.
ARTÍCULO 2. Casos en que se aplica.
El presente procedimiento o protocolo se aplicará en todas las actividades curriculares
lectivas, extracurriculares, extraescolares, talleres actividades deportivas y, en general, en
todas las actividades que se realizan en las dependencias de cada establecimiento
educacional, tales como salas de clases, patio, gimnasio, canchas habilitadas y
laboratorios.
Este procedimiento es aplicable a todas las situaciones en que algún alumno(a) sufra un
accidente escolar dentro o fuera del establecimiento, en la forma que en este documento
se indica.
Toda situación que no esté contemplada en el protocolo será atendida por el Comité de
Seguridad Escolar.
ARTÍCULO 3. Obligación de denunciar al Servicio Nacional de Salud.
Todo accidente escolar deberá ser denunciado al Servicio Nacional de Salud, en un
formulario aprobado por dicho Servicio, denominado Declaración Individual de Accidente
Escolar, emitido por el Instituto de Seguridad Laboral (ex INP) disponible en las oficinas del
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Instituto de Seguridad Laboral (ISL) o en los sitios www.isl.gob.cl, www.escuelasegura.mineduc.cl,
o en www.convivenciaescolar.cl, link seguridad escolar.
ARTÍCULO 4. Quienes deben denunciar.
La denuncia la efectuará:
El director/a del establecimiento educacional u otro docente directivo, tan pronto
como tenga conocimiento de su ocurrencia.
El médico a quién corresponda conocer y tratar un accidente escolar, en el mismo
acto en que preste atención al accidentado.
En caso de que el establecimiento no efectuare la denuncia dentro de las 24 horas
siguientes al accidente, podrá hacerla el propio accidentado o quien lo represente.
En caso de que el establecimiento no efectuare la denuncia respectiva, dentro de las 24
horas siguientes al accidente, podrá hacerla el propio accidentado o quien lo represente.
La denuncia podrá ser hecha por cualquier persona que haya tenido conocimiento de los
hechos.
ARTÍCULO 5. Obligación de comunicar la ocurrencia del accidente. Sanción por
incumplimiento.
Todo miembro de la comunidad educativa que tome conocimiento o presencie un
accidente escolar que afectare a algún (a) alumno (a) dentro del Colegio deberá
comunicarlo de inmediato al Encargado de Accidentes Escolares: Enfermería del colegio
(Enfermería es dependiente de la Unidad de Inspectoría General).
El encargado comunicará de inmediato el hecho al Rector del establecimiento.
Siempre y en todo caso, se deberá comunicar el hecho a los padres y apoderados, de
forma inmediata.
ARTÍCULO 6. Deber de la comunidad educativa.
Es responsabilidad de todo el personal, de los(as) alumnos(as), padres, madres y
apoderados(as) y, en general, de toda la comunidad educativa de cada establecimiento,
tomar conocimiento y respetar todas las disposiciones contenidas en el presente
documento.
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ARTÍCULO 7. Deber de la entidad sostenedora. Medidas de higiene y seguridad.
Las instituciones o entidades a que se refiere la ley N° 16.744, están obligadas a adoptar y
mantener medidas de higiene y seguridad en la forma, dentro de los términos y con las
sanciones que señala esa ley.
Lo anterior se entiende complementado con el Plan Integral de Seguridad Escolar
formulado por la Oficina Nacional de Emergencias (ONEMI).
ARTÍCULO 8. Medidas inmediatas, según la gravedad del accidente.
La o las personas responsables o encargadas de la seguridad escolar en el
establecimiento dispondrán el traslado del accidentado al servicio de salud público más
próximo.
ARTÍCULO 9. Procedimiento según la gravedad de las lesiones o daños.
Para la aplicación del presente procedimiento deberá distinguirse lo siguiente:
a) Casos de accidente leve:
Aquellos que solo requieren atención primaria de heridas superficiales o golpes suaves.
El estudiante será llevado a la enfermería del Colegio por el docente que se encuentre a
cargo en el momento.
Si estuviere en recreo será llevado por un inspector de turno en el área en que
ocurriese.
La encargada de accidentes calificará el carácter leve, registrará la atención y enviará
una nota informativa a los padres, vía agenda escolar y llamará telefónicamente a los
padres.
b) Casos de accidente menos grave:
Aquellos que necesitan de asistencia médica como heridas o golpes en la cabeza u otra
parte del cuerpo.
El docente o educadora que se encuentre a cargo deberá avisar en forma inmediata al
enfermería para coordinar el traslado del estudiante.
Si sucede en recreos, el inspector de turno del área donde ocurriese avisará a
enfermería.
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c) Casos de accidente grave:
Aquellos que requieren de inmediata de asistencia médica, como caídas de altura,
golpe fuerte de la cabeza u otra parte del cuerpo, heridas sangrantes por cortes
profundos, quebraduras de extremidades, pérdida del conocimiento, quemaduras,
atragantamientos por comida u objetos.
En caso de golpe en la cabeza o quebraduras se mantendrá al estudiante en el lugar del
accidente y se aplicarán los primeros auxilios sólo por la enfermera.
En caso que no sea posible ubicar a los padres, se llevará de forma inmediata al centro
asistencial más cercano, en ambulancia o vehículo particular.
Tanto en caso de accidentes menos graves como graves, la enfermera informará a los
padres de inmediato a la dirección o teléfono fijo o celular registrados por éstos en el
Colegio, o en la forma que resulte más expedita.
ARTÍCULO 10. Procedimiento de actuación inmediata ante la ocurrencia de un accidente
en el establecimiento.
a) En el mismo lugar del accidente, se observará al alumno(a) para detectar su estado
general de salud y, si es posible, las lesiones específicas y condiciones en que ocurrió el
accidente escolar.
b) Evaluada la lesión y de acuerdo al grado de ella, se determinará la necesidad de
mantener al o la accidentada en el mismo lugar o trasladarlo a la Sala de Enfermería.
c) En aquellos accidentes que requieran de asistencia médica inmediata, como heridas
sangrantes por cortes profundos, fracturas expuestas, pérdida del conocimiento por
golpe en la cabeza, inmovilidad por golpes en la espalda, quemaduras, u otros que
enfermería determine, se requerirá la ambulancia al Servicio de Salud. De no ser
posible su concurrencia, el Rector o quien lo subrogue, tomará la decisión de traslado
en vehículo particular autorizado.
d) Simultáneamente a la prestación de los primeros auxilios, la enfermera procederá,
de inmediato, a dar cuenta del hecho al apoderado(a), al teléfono o celular registrado
en el establecimiento, y de su traslado al Hospital Regional de Concepción, ubicado en
calle San Martín N° 1436 Ciudad de Concepción. (o al centro de salud más próximo
público o privado, según lo informado por el padre y/o apoderado).
e) Enfermería procederá a extender el Formulario Tipo de Accidente Escolar
correspondiente para el uso de la ley sobre Seguro de Accidente Escolar, en todos los
accidentes que ocurran, aunque sean leves. El Formulario será entregado a la persona
que traslada al alumno(a) accidentado(a) para presentarlo en el ingreso de Urgencia.
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f) El alumno(a) que deba ser trasladado al Hospital, será acompañado por la enfermera
Y/o Inspector, quien deberá permanecer con éste hasta la llegada de sus padres o
apoderados. El alumno(a) nunca deberá quedar solo.
g) Se deberá requerir del Servicio de emergencias médicas el certificado o constancia de
atención por parte del profesional médico interviniente.
ARTÍCULO 11. Actuación inmediata ante la ocurrencia de un accidente fuera del
establecimiento.
a) Si el accidente ocurriese fuera del establecimiento, en alguna actividad escolar, uno de
los profesores o inspectores acompañantes, deberá trasladar de inmediato al o la
alumna al centro de salud más cercano.
Simultáneamente, deberá informar el hecho a Secretaría del establecimiento a objeto
de que ésta comunique la situación al apoderado y solicite a enfermería la elaboración
del formulario del seguro escolar.
b) Si el accidente ocurriere en la comuna a la que pertenece el establecimiento, el
formulario deberá ser presentado en el Hospital que corresponda.
Si el accidente ocurriese fuera de la comuna, Enfermería y secretaría se contactará con
el centro asistencial al cual fue trasladado el accidentado para requerir información
sobre la situación y tramitación del seguro escolar.
En todo caso, el profesor o inspector acompañante deberá permanecer con él o la
alumna, hasta la concurrencia de sus padres.
ARTÍCULO 12. Actuación inmediata ante la ocurrencia de un accidente de trayecto.
Si el accidente ocurriese en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación o sitio
de trabajo del estudiante y el establecimiento educacional, será responsabilidad de los
padres y/o apoderados el traslado de su pupilo(a) al Hospital, lo que deberán comunicar al
Colegio para la elaboración del formulario de accidentes escolares, el cual deberán retirar
de enfermería.
Para dar por acreditado el accidente en el trayecto, servirá el parte de Carabineros, la
declaración de testigos presenciales o cualquier otro medio de prueba igualmente
fehaciente.
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ARTÍCULO 13. Actuaciones posteriores: Primeros Auxilios.
Ubicado el lesionado(a) en la Enfermería, sólo y únicamente la enfermera (o Inspectoría
General, si fuere necesario) estará autorizada, según la gravedad del caso, para aplicar el
procedimiento básico de primeros auxilios, específicamente en casos de desmayos,
heridas, quemaduras, fracturas, contusiones, luxaciones o torceduras, envenenamientos o
golpes de corriente.
En todo caso, además de la ocurrencia del accidente, se informará, asimismo, a los
padres, las medidas de primeros auxilios aplicadas.
ARTÍCULO 14. Traslado en vehículos autorizados.
En todos los casos de accidentes graves que afecten a los alumnos(as), el Colegio
dispondrá de vehículos autorizados por la Dirección de Colegio, para el traslado del
accidentado(a) a la Urgencia.
ARTÍCULO 15. Concurrencia de padres, madres, apoderados u otros.
El apoderado(a) deberá concurrir al Colegio o a la Urgencia del Hospital o centro médico
para acompañar a su pupilo(a). En caso de impedimento, solicitará a algún familiar
cercano el apoyo necesario para tal efecto; una vez atendido el alumno y determinado su
tratamiento, deberá trasladarlo a su hogar en la Ambulancia o por medios personales.
ARTÍCULO 16. Bitácora Diaria de Enfermería.
La Encargada de Enfermería, ante el evento de un accidente, deberá registrar en la
Bitácora Diaria de Enfermería:
a) Todos los datos personales del alumno(a)
b) Diagnóstico de salud
c) Atención dada en la Urgencia u Hospital, identificándolo.
d) Tratamiento y período de duración, con o sin asistencia a clases;
e) Llevar el registro de todos los certificados médicos y tratamientos al cual está o será
sometido el alumno(a) para conocer su situación individual y contar con todos los
antecedentes médicos ante una nueva situación de riesgo o accidente escolar.
f) Llevar un registro ordenado y cronológico de los Certificados de Accidentes Escolares
emitidos que, mensualmente, se deben informar a la Dirección Provincial de Educación.
ARTÍCULO 17. Información y seguimiento.
La Enfermera del Colegio se informará periódica y permanentemente respecto del
tratamiento y salud del alumno(a) hasta su alta y reincorporación normal a clases
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informando, asimismo, a Rectoría e Inspector General de la situación. Confeccionará un
acta de cada visita que efectúe.
TÍTULO II. NORMAS ESENCIALES DEL SEGURO DE ACCIDENTES ESCOLARES.
ARTÍCULO 18. Del accidente escolar.
Para los efectos del decreto N°313 se entenderá por accidente toda lesión que un
estudiante sufra a causa o con ocasión de sus estudios, o de la realización de su práctica
profesional o educacional, y que le produzca incapacidad o muerte.
Se considerarán también como accidente escolar, los ocurridos en el trayecto directo, de
ida o regreso, entre la habitación y el establecimiento educacional respectivo, el lugar
donde realice su práctica educacional o profesional como también los ocurridos en el
trayecto directo entre estos últimos lugares.
ARTÍCULO 19. Beneficiarios.
Estarán sujetos al seguro escolar todos los estudiantes que tengan la calidad de alumnos
regulares del establecimiento, del nivel de Medio Mayor de la educación parvularia, de
enseñanza básica, media Humanista Científica.
ARTÍCULO 20. Vigencia.
Los estudiantes gozarán de los beneficios del seguro escolar de accidentes desde el
instante en que se matriculen en el establecimiento.
Los efectos del seguro se suspenderán durante los períodos en que los estudiantes no
realicen sus estudios o su práctica educacional o profesional, tales como las de
vacaciones o los que puedan producirse con posterioridad al egreso del establecimiento.
Los estudiantes quedan, asimismo, cubiertos por el seguro durante el tiempo que deban
pernoctar fuera de su residencia habitual, bajo la responsabilidad de autoridades
educacionales, con motivo de la realización de su práctica educacional.
ARTÍCULO 21. Prestaciones médicas que incluye el seguro.
El estudiante víctima de un accidente escolar tendrá derecho a las siguientes prestaciones,
que se otorgarán gratuitamente hasta su curación completa o mientras subsistan los
síntomas de las secuelas causadas por el accidente:
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a) Atención médica, quirúrgica y dental en establecimientos externos o a domicilio.
b) Hospitalización si fuere necesario, a juicio del facultativo tratante.
c) Medicamentos y productos farmacéuticos.
d) Prótesis y aparatos ortopédicos y su reparación.
e) Rehabilitación física y reeducación profesional.
f) Los gastos de traslados y cualquier otro necesario para el otorgamiento de estas
prestaciones.
El estudiante accidentado estará obligado a someterse a los tratamientos médicos que le
fueren prescritos para obtener su rehabilitación.
ARTÍCULO 22. Personas protegidas.
Estarán protegidos todos los estudiantes por los accidentes que sufran a causa o con
ocasión de sus estudios o en la realización de su práctica profesional.
Para estos efectos se entenderá por estudiantes a los alumnos de cualquiera de los niveles
o cursos de los establecimientos educacionales reconocidos oficialmente.
Estarán también protegidos los estudiantes que deban ejecutar trabajos que signifiquen
una fuente de ingreso para el respectivo plantel.
ARTÍCULO 23. Quienes están obligados a denunciar.
Estará obligado a denunciar los accidentes escolares el Jefe del establecimiento
educacional respectivo, tan pronto como tenga conocimiento de su ocurrencia.
Igualmente, deberá hacer la denuncia respectiva todo médico a quien corresponda
conocer y tratar un accidente escolar, en el mismo acto en que preste atención al
accidentado.
ARTÍCULO 24. Organismos responsables del otorgamiento de las prestaciones.
El Servicio Nacional de Salud es el responsable del otorgamiento de las prestaciones
médicas y el Instituto de Salud Previsional, del otorgamiento de las prestaciones
pecuniarias.
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ARTÍCULO 25. Atención en centros médicos privados.
Si el estudiante, por cualquier razón, se atiende en un establecimiento privado, regirán las
condiciones de su plan de salud particular.
La atención médica prestada en un centro asistencial privado o haciendo uso de un seguro
adicional privado, es opcional y voluntaria, siendo responsable el usuario de los costos que
irroga.
ARTÍCULO 26. Cuota mortuoria.
Si un estudiante protegido por el seguro escolar fallece por un accidente a causa o con
ocasión de sus estudios, la persona o institución que compruebe haberse hecho cargo de
los funerales, tiene derecho a que el Estado le entregue un monto en dinero o cuota
mortuoria, equivalente a 3 ingresos mínimos para fines no remuneracionales, vigentes a
la fecha de fallecimiento del estudiante.
ARTÍCULO 27. Fiscalización del seguro.
La fiscalización de la aplicación de este seguro escolar corresponderá a la
Superintendencia de Seguridad Social. (www.suseso.cl).
ARTÍCULO 28. Difusión del Protocolo.
El presente protocolo se informa anualmente a todos los padres y apoderados(as),
quienes además, completan y firman una ficha de salud individual del alumno, aportando
información de salud complementaria.
COLEGIO CONCEPCIÓN