1. COLEGIO LA SALLE BUCARAMANGA
PROYECTOS PEDAGOGICOS
AÑO: 2012 ÁREA O DEPENDENCIA: CIENCIAS NATURALES Y EDUCACION AMBIENTAL
NOMBRE DEL PROYECTO: PRODUCTOS NATURALES SALLY´S NATURAL CARE
1. ELEMENTOS DE ENTRADA PARA EL DISEÑO Y DESARROLLO DE PROYECTOS
1.1 REQUISITOS DE LEY
La Ley General de Educación, y sus posteriores artículos, enuncian una serie de ejes transversales, proyectos obligatorios establecidos desde el
decreto 1860. Esta enumeración de proyectos necesariamente es abierta y puede complementarse con nuevas iniciativas institucionales.
La implementación de los proyectos transversales está soportada conceptual y metodológicamente en normas y políticas nacionales claramente
planteadas. Decreto 1860 de Agosto 3 de 1994 (reglamenta la ley 115 en los aspectos pedagógicos).
Capítulo V. Orientaciones curriculares
Artículo 36. Proyectos pedagógicos.
El proyecto pedagógico es una actividad dentro del plan de estudio que de manera planificada ejercita al educando en la solución de problemas
cotidianos, seleccionados por tener relación directa con el entorno social, cultural, científico y tecnológico del alumno.
En el decreto 919 de 1989 se organiza el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres y se dictan otras disposiciones. En el
capítulo I, artículo 1 se definen como objetivo las responsabilidades y funciones de todos los organismos y entidades públicas, privadas y
comunitarias, en las fases de prevención, manejo, rehabilitación, reconstrucción y desarrollo a que dan lugar las situaciones de desastre o de
calamidad. En el artículo 2, numeral 10, define dentro de los integrantes del sistema nacional para la prevención y atención de desastres a las
entidades y personas privadas que por su objeto y funciones tengan relación con las actividades de prevención y atención de desastres y
calamidades. En el artículo 3, numeral c, se incluye dentro de los aspectos del plan, la educación, capacitación y participación comunitaria.
En la resolución 7550 de 1994, se regulan las actuaciones del sistema educativo nacional en la prevención de emergencias y desastres, en el
artículo 1, resuelve impulsar a través de las secretarías de educación a nivel departamental y municipal, acciones para incorporar la prevención y
atención de desastres dentro del proyecto educativo institucional, según las necesidades de la región, propiciando el conocimiento de su entorno
geográfico, cultural, ambiental y económico, efectuando un detallado balance sobre los riesgos que presenta cada establecimiento educativo y su
área de influencia, a partir de estudios e investigaciones realizadas conjuntamente con directivos, docentes y alumnos con la respectiva asesoría
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