Este documento presenta el Reglamento de Evaluadores Externos de la Educación Superior del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES). Establece las normas para la selección, calificación y desempeño de evaluadores externos. Define los requisitos para ser evaluador externo, el proceso de postulación, la conformación de un banco de evaluadores, y la selección de evaluadores para cada proceso de evaluación específico.
Instructivo Procedimental Codificado para la Recepcion de Audiencias PublicasUEES
Este documento establece el procedimiento para las audiencias públicas solicitadas por instituciones de educación superior durante los procesos de evaluación del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES). Detalla los requisitos para solicitar una audiencia, el proceso de aprobación, la conformación de una comisión para recibirla y elaborar un informe, y los pasos a seguir durante la audiencia. El objetivo es regular la recepción de audiencias como parte de los procesos de evaluación
Reglamento para la Evaluación Externa de las Extensiones Condicionadas y Fuer...UEES
Este documento establece el reglamento para la evaluación externa de extensiones universitarias condicionadas y fuertemente condicionadas. Se detallan los objetivos y alcance de la evaluación, el modelo a seguir basado en criterios e indicadores, la selección de evaluadores externos independientes, y la conformación de comités evaluadores. El propósito es garantizar la calidad de la educación superior en estas extensiones mediante la evaluación de su cumplimiento de planes de mejora.
Instructivo para la Elaboracion del Plan de Mejoras y el Plan de Aseguramient...UEES
Este instructivo establece la estructura y contenido que deben seguir las extensiones de instituciones de educación superior clasificadas como "condicionadas", "fuertemente condicionadas" o "no aprobadas" para la elaboración de sus planes de mejora y planes de aseguramiento de calidad. Estos planes deberán detallar las variables con baja puntuación, las medidas que se implementarán, el presupuesto asignado y la documentación de respaldo. Asimismo, se deberán presentar informes trimestrales o semestrales que evidencien
Reglamento del Proceso de Evaluación Externa de los Institutos Superiores Ped...UEES
Este documento presenta el reglamento para el proceso de evaluación externa de los Institutos Superiores Pedagógicos e Interculturales Bilingües del Ecuador. Establece las normas y procedimientos para la selección de evaluadores externos, la conformación de comisiones de evaluación, y el proceso de evaluación de acuerdo a la Constitución, la Ley Orgánica de Educación Superior y el marco legal vigente.
Instructivo para la Elaboración de Planes de Fortalecimiento para las Carrera...UEES
Este documento presenta un instructivo para la elaboración de planes de fortalecimiento para carreras de educación superior que se encuentran en proceso de acreditación. Explica que las instituciones educativas deben desarrollar estos planes para mejorar los indicadores evaluados por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior que obtuvieron un bajo desempeño. El instructivo proporciona lineamientos sobre la estructura, elementos y evaluación que deben contener los planes de fortalecimiento para cumplir con
Reglamento Evaluación Externa Instituciones de Eduación SuperiorUEES
Este documento presenta el reglamento para la evaluación externa de las instituciones de educación superior en Ecuador. Establece que el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES) es responsable de realizar procesos de evaluación externa para garantizar la calidad de la educación superior. Describe los comités de evaluación externa, sus funciones y la selección de evaluadores. También especifica las obligaciones de las instituciones de educación superior y del CEAACES durante el proceso de evaluación
Reglamento para la Determinación de Resultados del Proceso de Evaluación Inst...UEES
Este documento establece el reglamento para determinar los resultados del proceso de evaluación institucional de los institutos superiores de artes y conservatorios superiores del Ecuador realizado por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES). El reglamento define los pasos para aprobar el informe final de evaluación, determinar la situación académica e institucional, y establecer categorías como "acreditado", "en proceso de acreditación" y "no acreditado" dependiendo de los resultados
Instructivo Procedimental Codificado para la Recepcion de Audiencias PublicasUEES
Este documento establece el procedimiento para las audiencias públicas solicitadas por instituciones de educación superior durante los procesos de evaluación del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES). Detalla los requisitos para solicitar una audiencia, el proceso de aprobación, la conformación de una comisión para recibirla y elaborar un informe, y los pasos a seguir durante la audiencia. El objetivo es regular la recepción de audiencias como parte de los procesos de evaluación
Reglamento para la Evaluación Externa de las Extensiones Condicionadas y Fuer...UEES
Este documento establece el reglamento para la evaluación externa de extensiones universitarias condicionadas y fuertemente condicionadas. Se detallan los objetivos y alcance de la evaluación, el modelo a seguir basado en criterios e indicadores, la selección de evaluadores externos independientes, y la conformación de comités evaluadores. El propósito es garantizar la calidad de la educación superior en estas extensiones mediante la evaluación de su cumplimiento de planes de mejora.
Instructivo para la Elaboracion del Plan de Mejoras y el Plan de Aseguramient...UEES
Este instructivo establece la estructura y contenido que deben seguir las extensiones de instituciones de educación superior clasificadas como "condicionadas", "fuertemente condicionadas" o "no aprobadas" para la elaboración de sus planes de mejora y planes de aseguramiento de calidad. Estos planes deberán detallar las variables con baja puntuación, las medidas que se implementarán, el presupuesto asignado y la documentación de respaldo. Asimismo, se deberán presentar informes trimestrales o semestrales que evidencien
Reglamento del Proceso de Evaluación Externa de los Institutos Superiores Ped...UEES
Este documento presenta el reglamento para el proceso de evaluación externa de los Institutos Superiores Pedagógicos e Interculturales Bilingües del Ecuador. Establece las normas y procedimientos para la selección de evaluadores externos, la conformación de comisiones de evaluación, y el proceso de evaluación de acuerdo a la Constitución, la Ley Orgánica de Educación Superior y el marco legal vigente.
Instructivo para la Elaboración de Planes de Fortalecimiento para las Carrera...UEES
Este documento presenta un instructivo para la elaboración de planes de fortalecimiento para carreras de educación superior que se encuentran en proceso de acreditación. Explica que las instituciones educativas deben desarrollar estos planes para mejorar los indicadores evaluados por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior que obtuvieron un bajo desempeño. El instructivo proporciona lineamientos sobre la estructura, elementos y evaluación que deben contener los planes de fortalecimiento para cumplir con
Reglamento Evaluación Externa Instituciones de Eduación SuperiorUEES
Este documento presenta el reglamento para la evaluación externa de las instituciones de educación superior en Ecuador. Establece que el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES) es responsable de realizar procesos de evaluación externa para garantizar la calidad de la educación superior. Describe los comités de evaluación externa, sus funciones y la selección de evaluadores. También especifica las obligaciones de las instituciones de educación superior y del CEAACES durante el proceso de evaluación
Reglamento para la Determinación de Resultados del Proceso de Evaluación Inst...UEES
Este documento establece el reglamento para determinar los resultados del proceso de evaluación institucional de los institutos superiores de artes y conservatorios superiores del Ecuador realizado por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES). El reglamento define los pasos para aprobar el informe final de evaluación, determinar la situación académica e institucional, y establecer categorías como "acreditado", "en proceso de acreditación" y "no acreditado" dependiendo de los resultados
Contenido General - Normativa Sistema Educación SuperiorUEES
El documento presenta una recopilación de la normativa del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES) de Ecuador. Incluye la legislación relevante, el marco legal y los reglamentos internos del CEAACES, así como los reglamentos para la evaluación externa, autoevaluación, examen de habilitación profesional e intervención de instituciones de educación superior en Ecuador.
Reglamento de Evaluación, Acreditación y Categorización de Carreras de las In...UEES
Este documento presenta el Reglamento de Evaluación, Acreditación y Categorización de Carreras de las Instituciones de Educación Superior aprobado por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES). El reglamento establece las obligaciones de las instituciones de educación superior y del CEAACES en relación con los procesos de evaluación, acreditación y categorización de carreras. Asimismo, describe los procesos de evaluación que incluyen la evaluación del entorno de aprendiz
Instructivo para la Elaboración y Evaluación de Planes de Fortalecimiento Ins...UEES
Este documento provee lineamientos para la elaboración de planes de fortalecimiento institucional y aseguramiento de la calidad por parte de los Institutos Superiores Pedagógicos Interculturales Bilingües. Explica que estos planes deben permitir a los institutos alcanzar los estándares de calidad requeridos para su acreditación en un plazo máximo de 2 años. Además, orienta a los institutos a enfocarse en mejorar su consistencia con su misión y visión, identificar prioridades clave, y definir acciones que generen un impact
Reglamento para el Funcionamiento Ulterior de las Extensiones de las Instituc...UEES
Este documento establece las normas para el funcionamiento de las extensiones de las instituciones de educación superior después de ser evaluadas por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES). Define cuatro grupos de desempeño y establece procedimientos para las extensiones que están "aprobadas", "condicionadas", "fuertemente condicionadas" y "no aprobadas". Las extensiones condicionadas y fuertemente condicionadas deben presentar un plan de mejoras para continuar operando, el
Instructivo para la Evaluacion del Plan de Mejoras y Aseguramiento de la CalidadUEES
Este documento presenta un instructivo para la evaluación de los planes de mejoras y de aseguramiento de la calidad que deben presentar las extensiones de las instituciones de educación superior. Describe la estructura que deben tener estos planes y los criterios de evaluación. Explica el proceso de evaluación que realizará un equipo técnico, incluyendo la ponderación de elementos como los indicadores, objetivos, actividades, cronogramas y presupuestos. El propósito es estandarizar la evaluación para minimizar la subjetividad.
Directiva que regula_el_proceso_de_acreditacion_de_las_instituciones_educativasHeivyTejadaPrez
La directiva establece el marco regulatorio para el proceso de acreditación de instituciones educativas en Perú. Regula las etapas de autoevaluación, evaluación externa y acreditación, así como los procedimientos, roles y responsabilidades de las entidades educativas, evaluadores externos y el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa durante el proceso de acreditación.
Reglamento para los Procesos de Autoevalaucion de las Intituciones, Carreras ...UEES
Este documento establece las normas para que las instituciones de educación superior en Ecuador realicen procesos de autoevaluación institucional y de sus carreras y programas. Se crea la Comisión General de Evaluación Interna, responsable de coordinar la autoevaluación, e instruye a las instituciones a conformar comités internos de apoyo. El objetivo es que las instituciones analicen sus fortalezas y debilidades para mejorar continuamente la calidad de la educación.
Este documento presenta el Manual para Capacitación de Pares Académicos del Consejo Nacional de Acreditación de Colombia. Explica el objetivo de capacitar a los pares académicos en los aspectos normativos y procedimentales de la acreditación para garantizar la calidad en sus funciones. Describe brevemente el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad, que incluye la evaluación de programas e instituciones, el subsistema de información y el de fomento. Finalmente, detalla los criterios y procesos de la evaluación ex
Guia para evaluacion externa con fines de acreditacionFrancisco Muñoz
Este documento presenta las pautas para la evaluación externa de programas académicos de pregrado con fines de acreditación. Explica que la evaluación externa es realizada por pares académicos designados por el Consejo Nacional de Acreditación. Describe las características y responsabilidades de los pares académicos y el proceso de evaluación externa, incluyendo las acciones previas a la visita, la visita en sí y las actividades posteriores. El objetivo es que los pares realicen una evaluación riguro
Este documento presenta la guía para la Evaluación Externa con fines de acreditación de programas académicos de pregrado. Explica el proceso de evaluación externa, el rol de los pares académicos, las características que deben tener y las actividades que deben realizar durante la visita a la institución. Además, describe los principios rectores del Sistema Nacional de Acreditación en Colombia y las etapas del proceso de acreditación.
Modelo de Calidad para la Acreditación UniversitariaJavier Villar
Este documento presenta el Modelo de Calidad para la Acreditación de Carreras Universitarias propuesto por la Dirección de Evaluación y Acreditación del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (CONEAU). El modelo contiene 3 dimensiones, 9 factores, 16 criterios, 84 indicadores y 267 fuentes de verificación. También incluye 97 estándares específicos para la carrera de Educación. El modelo se basa en un enfoque sistémico y ciclo de mejora contin
RD ACREDITACIÓN NACIONAL PARA EL ACCESO A LOS CUERPOS DOCENTES UNIVERSITARIOS.eraser Juan José Calderón
PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL
DECRETO 1312/2007, DE 5 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE ESTABLECE
LA ACREDITACIÓN NACIONAL PARA EL ACCESO A LOS CUERPOS
DOCENTES UNIVERSITARIOS.
Este documento presenta el modelo de licenciamiento institucional implementado por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) en Perú. El licenciamiento verifica que las universidades cumplan con las Condiciones Básicas de Calidad para operar de manera legal. El proceso consta de revisión documental, verificación presencial y emisión de resolución para otorgar o denegar la Licencia de Funcionamiento Institucional por un plazo renovable de seis años. El modelo se aplica de manera progresiva
El documento presenta información sobre el proceso de acreditación universitaria en la Universidad Nacional del Centro del Perú (UNCP). Detalla los criterios y estándares para la acreditación establecidos por el Consejo Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior (CONEAU). Resalta que el proceso de acreditación involucra la autoevaluación, mejora continua y verificación externa para garantizar la calidad educativa. Finalmente, hace recomendaciones para que la UNCP mejore su gestión de la
El documento presenta el Código de Ética del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior. Establece los principios de responsabilidad, pertinencia, razonabilidad, ponderación, imparcialidad, transparencia, honestidad, probidad, interés general, lealtad, colaboración, discreción, prudencia, integridad y uso de información que rigen al Consejo. También define el conflicto de intereses y establece normas sobre las conductas y acciones de sus miembros.
Este documento presenta el Reglamento Interno del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES). Establece las normas para el funcionamiento del Pleno del CEAACES y de sus miembros, así como las atribuciones de la Presidencia. También regula aspectos como la designación de miembros subrogantes, causales de destitución, licencias temporales y el proceso de reemplazo de miembros.
Este documento presenta la Ley Orgánica de Educación Superior del Ecuador. Establece los principios y fines del sistema de educación superior, incluyendo formar profesionales con una visión humanista, solidaria y comprometida con los objetivos nacionales. También define los derechos de los estudiantes a acceder a una educación superior de calidad, movilizarse entre instituciones, y participar en los procesos de gobernanza de las universidades. El documento regula el sistema de educación superior y las instituciones que lo componen.
Contenido General - Normativa Sistema Educación SuperiorUEES
El documento presenta una recopilación de la normativa del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES) de Ecuador. Incluye la legislación relevante, el marco legal y los reglamentos internos del CEAACES, así como los reglamentos para la evaluación externa, autoevaluación, examen de habilitación profesional e intervención de instituciones de educación superior en Ecuador.
Reglamento de Evaluación, Acreditación y Categorización de Carreras de las In...UEES
Este documento presenta el Reglamento de Evaluación, Acreditación y Categorización de Carreras de las Instituciones de Educación Superior aprobado por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES). El reglamento establece las obligaciones de las instituciones de educación superior y del CEAACES en relación con los procesos de evaluación, acreditación y categorización de carreras. Asimismo, describe los procesos de evaluación que incluyen la evaluación del entorno de aprendiz
Instructivo para la Elaboración y Evaluación de Planes de Fortalecimiento Ins...UEES
Este documento provee lineamientos para la elaboración de planes de fortalecimiento institucional y aseguramiento de la calidad por parte de los Institutos Superiores Pedagógicos Interculturales Bilingües. Explica que estos planes deben permitir a los institutos alcanzar los estándares de calidad requeridos para su acreditación en un plazo máximo de 2 años. Además, orienta a los institutos a enfocarse en mejorar su consistencia con su misión y visión, identificar prioridades clave, y definir acciones que generen un impact
Reglamento para el Funcionamiento Ulterior de las Extensiones de las Instituc...UEES
Este documento establece las normas para el funcionamiento de las extensiones de las instituciones de educación superior después de ser evaluadas por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES). Define cuatro grupos de desempeño y establece procedimientos para las extensiones que están "aprobadas", "condicionadas", "fuertemente condicionadas" y "no aprobadas". Las extensiones condicionadas y fuertemente condicionadas deben presentar un plan de mejoras para continuar operando, el
Instructivo para la Evaluacion del Plan de Mejoras y Aseguramiento de la CalidadUEES
Este documento presenta un instructivo para la evaluación de los planes de mejoras y de aseguramiento de la calidad que deben presentar las extensiones de las instituciones de educación superior. Describe la estructura que deben tener estos planes y los criterios de evaluación. Explica el proceso de evaluación que realizará un equipo técnico, incluyendo la ponderación de elementos como los indicadores, objetivos, actividades, cronogramas y presupuestos. El propósito es estandarizar la evaluación para minimizar la subjetividad.
Directiva que regula_el_proceso_de_acreditacion_de_las_instituciones_educativasHeivyTejadaPrez
La directiva establece el marco regulatorio para el proceso de acreditación de instituciones educativas en Perú. Regula las etapas de autoevaluación, evaluación externa y acreditación, así como los procedimientos, roles y responsabilidades de las entidades educativas, evaluadores externos y el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa durante el proceso de acreditación.
Reglamento para los Procesos de Autoevalaucion de las Intituciones, Carreras ...UEES
Este documento establece las normas para que las instituciones de educación superior en Ecuador realicen procesos de autoevaluación institucional y de sus carreras y programas. Se crea la Comisión General de Evaluación Interna, responsable de coordinar la autoevaluación, e instruye a las instituciones a conformar comités internos de apoyo. El objetivo es que las instituciones analicen sus fortalezas y debilidades para mejorar continuamente la calidad de la educación.
Este documento presenta el Manual para Capacitación de Pares Académicos del Consejo Nacional de Acreditación de Colombia. Explica el objetivo de capacitar a los pares académicos en los aspectos normativos y procedimentales de la acreditación para garantizar la calidad en sus funciones. Describe brevemente el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad, que incluye la evaluación de programas e instituciones, el subsistema de información y el de fomento. Finalmente, detalla los criterios y procesos de la evaluación ex
Guia para evaluacion externa con fines de acreditacionFrancisco Muñoz
Este documento presenta las pautas para la evaluación externa de programas académicos de pregrado con fines de acreditación. Explica que la evaluación externa es realizada por pares académicos designados por el Consejo Nacional de Acreditación. Describe las características y responsabilidades de los pares académicos y el proceso de evaluación externa, incluyendo las acciones previas a la visita, la visita en sí y las actividades posteriores. El objetivo es que los pares realicen una evaluación riguro
Este documento presenta la guía para la Evaluación Externa con fines de acreditación de programas académicos de pregrado. Explica el proceso de evaluación externa, el rol de los pares académicos, las características que deben tener y las actividades que deben realizar durante la visita a la institución. Además, describe los principios rectores del Sistema Nacional de Acreditación en Colombia y las etapas del proceso de acreditación.
Modelo de Calidad para la Acreditación UniversitariaJavier Villar
Este documento presenta el Modelo de Calidad para la Acreditación de Carreras Universitarias propuesto por la Dirección de Evaluación y Acreditación del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (CONEAU). El modelo contiene 3 dimensiones, 9 factores, 16 criterios, 84 indicadores y 267 fuentes de verificación. También incluye 97 estándares específicos para la carrera de Educación. El modelo se basa en un enfoque sistémico y ciclo de mejora contin
RD ACREDITACIÓN NACIONAL PARA EL ACCESO A LOS CUERPOS DOCENTES UNIVERSITARIOS.eraser Juan José Calderón
PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL
DECRETO 1312/2007, DE 5 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE ESTABLECE
LA ACREDITACIÓN NACIONAL PARA EL ACCESO A LOS CUERPOS
DOCENTES UNIVERSITARIOS.
Este documento presenta el modelo de licenciamiento institucional implementado por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) en Perú. El licenciamiento verifica que las universidades cumplan con las Condiciones Básicas de Calidad para operar de manera legal. El proceso consta de revisión documental, verificación presencial y emisión de resolución para otorgar o denegar la Licencia de Funcionamiento Institucional por un plazo renovable de seis años. El modelo se aplica de manera progresiva
El documento presenta información sobre el proceso de acreditación universitaria en la Universidad Nacional del Centro del Perú (UNCP). Detalla los criterios y estándares para la acreditación establecidos por el Consejo Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior (CONEAU). Resalta que el proceso de acreditación involucra la autoevaluación, mejora continua y verificación externa para garantizar la calidad educativa. Finalmente, hace recomendaciones para que la UNCP mejore su gestión de la
El documento presenta el Código de Ética del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior. Establece los principios de responsabilidad, pertinencia, razonabilidad, ponderación, imparcialidad, transparencia, honestidad, probidad, interés general, lealtad, colaboración, discreción, prudencia, integridad y uso de información que rigen al Consejo. También define el conflicto de intereses y establece normas sobre las conductas y acciones de sus miembros.
Este documento presenta el Reglamento Interno del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES). Establece las normas para el funcionamiento del Pleno del CEAACES y de sus miembros, así como las atribuciones de la Presidencia. También regula aspectos como la designación de miembros subrogantes, causales de destitución, licencias temporales y el proceso de reemplazo de miembros.
Este documento presenta la Ley Orgánica de Educación Superior del Ecuador. Establece los principios y fines del sistema de educación superior, incluyendo formar profesionales con una visión humanista, solidaria y comprometida con los objetivos nacionales. También define los derechos de los estudiantes a acceder a una educación superior de calidad, movilizarse entre instituciones, y participar en los procesos de gobernanza de las universidades. El documento regula el sistema de educación superior y las instituciones que lo componen.
Reglamento General Ley Orgánica de Educacion SuperiorUEES
Este documento presenta el Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Superior del Ecuador. Establece normas relativas a los principios rectores del sistema de educación superior como las autoridades académicas, la igualdad de oportunidades, la calidad de la educación y la tipología de instituciones. El reglamento busca garantizar la correcta aplicación de los principios constitucionales y legales en el ámbito de la educación superior ecuatoriana.
El documento describe los diferentes espacios físicos de bienestar de la Universidad de Especialidades Espíritu Santo, incluyendo 3 auditorios, 1 capilla, 1 enfermería, 1 complejo deportivo, residencias universitarias, 5 restaurantes, 3 salas, salones, áreas verdes y salas de descanso y bienestar. Proporciona detalles como la ubicación, capacidad y uso de cada espacio.
Instructivo para la Presentación del Informe de Autoevaluacion InstitucionalUEES
Este documento proporciona instrucciones para la presentación del informe de autoevaluación institucional o de carreras/programas. Describe la estructura y contenido requerido para el informe, incluyendo una sección de datos generales, resumen ejecutivo, autoevaluación de variables, conclusiones, propuestas de mejora y anexos. El objetivo es guiar a las instituciones en la realización de un proceso de autoevaluación completo y riguroso.
Este documento presenta una tabla con información sobre 13 edificios de la Universidad de las Fuerzas Armadas ESPE. Detalla el número de edificio, nombre, área de construcción, ubicación física, número de aulas y laboratorios, oficinas y otros detalles por piso. El objetivo es registrar los datos básicos de la infraestructura física de la universidad.
La composición de los docentes según dedicación en 2015 mostraba que el 62% eran profesores de tiempo completo, el 36% eran profesores de tiempo parcial y el 2% eran profesores de medio tiempo. En términos de formación, el 94% de los docentes tenían una maestría mientras que el 6% tenían un doctorado.
Este documento lista 23 carreras de grado vigentes en la Universidad Particular de Especialidades Espíritu Santo. Proporciona información sobre la facultad, código, modalidad (presencial o a distancia), duración, título otorgado y fecha de creación de cada carrera. Las carreras se agrupan en 8 facultades principales como Arquitectura e Ingeniería Civil, Artes Liberales, Ciencias Empresariales, Ciencias de la Comunicación, Ciencias Médicas, Derecho, Política y Desarrollo, Sistem
Normas Pertinentes de la Constitución del EcuadorUEES
Este documento presenta las normas pertinentes de la Constitución de la República del Ecuador relacionadas con la educación. Establece que la educación es un derecho a lo largo de la vida y un deber del Estado. Define los principios de la educación como participativa, obligatoria, intercultural, democrática e inclusiva. También establece que el Estado ejercerá la rectoría del Sistema Nacional de Educación y del Sistema de Educación Superior a través de organismos públicos de planificación, regulación, acreditación y aseguramiento
Este documento lista 11 programas de postgrado vigentes en una universidad, incluyendo maestrías en administración de empresas, auditoría de tecnologías de la información, contabilidad y finanzas, derecho de empresa, dirección de proyectos, dirección del talento humano y marketing. También incluye especializaciones en cirugía general, coloproctología, medicina crítica y cirugía plástica reconstructiva y estética. Proporciona detalles sobre cada programa como código, modalidad, duración, título, fecha de creación y aprob
El 63% de la matrícula universitaria se correspondía con estudios de grado, mientras que el 37% restante cursaba estudios de postgrado. De los estudios de grado, el 59% eran presenciales, el 4% a distancia y el 37% de postgrado se repartía entre el 15% de presenciales, el 6% semipresenciales y el 16% a distancia.
El documento presenta información general sobre la Universidad de Especialidades Espíritu Santo (UEES) en Ecuador. Detalla que la UEES es una universidad privada sin fines de lucro que ofrece 23 carreras de grado y 12 programas de posgrado. En los últimos 5 años, la UEES ha logrado que todos sus profesores tengan maestría o PhD, ha rediseñado sus mallas curriculares, ha firmado convenios internacionales y ha incrementado las publicaciones indexadas de sus académicos. El documento también incluye datos sobre la matrícula y el
Acuerdo 2/CD/2009, por el que se establecen las reglas para el ingreso, perma...DGETI Zacatecas
Este documento establece las reglas para el ingreso, permanencia y salida de instituciones educativas al Sistema Nacional de Bachillerato en México. Se describen los requisitos y compromisos que las escuelas públicas y privadas deben cumplir para ingresar al sistema, como adoptar el marco curricular común, contar con una planta docente calificada y tener instalaciones adecuadas. También se especifican las condiciones que las escuelas deben cumplir para permanecer en el sistema y las causales que pueden resultar en su
Acuerdo 2 cd 2009, ingreso, permanencia y salida del SNBCarlos Silva
Este documento establece las reglas para el ingreso, permanencia y salida de instituciones educativas al Sistema Nacional de Bachillerato en México. Para ingresar, las instituciones deben cumplir con requisitos como adoptar el marco curricular común y contar con instalaciones y profesores adecuados, y asumir compromisos como desarrollar competencias en los estudiantes y participar en procesos de evaluación. La adopción del marco curricular común requiere identificar competencias en los planes de estudio y vincular los objet
Reconocimiento,homologacion de titulos extranjerosAnalid Narvaez
Este documento establece el procedimiento para el reconocimiento, homologación y revalidación de títulos obtenidos en el extranjero en Ecuador. Se crean cuatro categorías de reconocimiento: automático para títulos de instituciones de alto prestigio, a través de convenios internacionales, mediante un comité interinstitucional para otros títulos, y luego de homologación o revalidación por una institución ecuatoriana. Además, define los términos clave y establece los requisitos y procedimientos para cada categoría.
Este documento presenta un resumen del Manual de Acreditación de Instituciones de Educación Superior. Define la acreditación como el reconocimiento público que se otorga a una institución educativa cuando cumple con estándares de calidad. Detalla el proceso de acreditación institucional o de carreras, incluyendo la presentación de solicitudes, evaluación basada en categorías como gobierno, estudiantes e investigación, y posibles resultados como la acreditación o inadmisibilidad. También cubre aspectos como la vigencia y posible pérdida del estatus de
La nueva legislación establece un Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación para mejorar la calidad de la educación superior universitaria en Panamá. El sistema incluye procesos de autoevaluación institucional y de programas, evaluación externa por pares académicos e independientes, y acreditación. Se crea el Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria de Panamá para administrar el sistema de manera independiente. Las universidades deben someterse a estos procesos de evaluación y acreditación cada seis años para garantizar alt
La nueva legislación establece un Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación para mejorar la calidad de la educación superior universitaria en Panamá. El sistema incluye procesos de autoevaluación institucional y de programas, evaluación externa por pares académicos y acreditación a través del Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria. La ley también establece nuevos requisitos para las universidades como contar con docentes de cuarto nivel, ofrecer becas a estudiantes con mérito y someterse a proces
El documento describe la estructura legal y regulatoria del Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior en Ecuador. Explica que la Constitución y la Ley Orgánica de Educación Superior establecen este sistema para evaluar y asegurar la calidad de las universidades del país. El Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación dirige el sistema de manera autónoma e independiente y establece las políticas, criterios y procesos de autoevaluación, evaluación externa y acreditación de las instituciones de educación superior.
Pedro Espino Vargas y Guía de acreditación de carreras profesionales universi...Dr. Pedro Espino Vargas
Este documento presenta la Guía para la Acreditación de Carreras Profesionales Universitarias del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (CONEAU). La guía describe el proceso de acreditación que consta de cuatro etapas: etapa previa, autoevaluación, evaluación externa y acreditación. El proceso de autoevaluación ahora se realiza de forma semipresencial combinando una plataforma virtual con talleres presenciales. La evaluación externa es super
El documento presenta una guía para el proceso de acreditación de carreras profesionales universitarias en Perú. La guía explica los objetivos, alcance, documentos de referencia, definiciones, responsabilidades y procedimientos del proceso de acreditación, el cual consta de cuatro etapas: etapa previa, autoevaluación, evaluación externa y acreditación. La guía provee orientación para que las universidades puedan obtener la acreditación de sus carreras profesionales al cumplir con los estándares de calidad estable
Este documento presenta la Guía para la Acreditación de Carreras Profesionales Universitarias del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (CONEAU). La guía describe el proceso de acreditación que incluye una etapa previa, autoevaluación realizada por la universidad, evaluación externa por una entidad autorizada y la decisión final de acreditación. El proceso busca garantizar que las carreras cumplan con los estándares de calidad establecidos a través de una evalu
Este documento describe las normas y procedimientos para la acreditación de carreras y programas de pregrado por parte de la Comisión Nacional de Acreditación de Chile (CNA). Incluye criterios para la evaluación de carreras, requisitos para ingresar al proceso de acreditación, y una descripción del proceso de autoevaluación interna y evaluación externa por pares. El objetivo final es fomentar y garantizar públicamente la calidad de la educación superior en Chile.
Esta directiva establece las normas para la convalidación de estudios de titulados y estudiantes con estudios superiores no concluidos que ingresan a institutos superiores. Describe los procedimientos para la convalidación y revalidación de estudios, incluyendo los requisitos y criterios para determinar la equivalencia de asignaturas. Además, especifica los pasos del proceso de convalidación, como la presentación de documentos, aprobación por decreto administrativo y emisión del acta correspondiente.
Este documento establece el reglamento interno de las comisiones de evaluación y promoción de la Institución Educativa Santa Rosa. Define la integración, principios, funciones y procedimientos de las comisiones de cada grado, las cuales estarán conformadas por el rector, docentes y un representante de padres de familia. Además, establece los requisitos y causales para la selección y pérdida de calidad de los integrantes de las comisiones.
LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LA C...Javier Villar
Este documento presenta la Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa en Perú. Establece el SINEACE, conformado por organismos que garantizan procesos independientes de evaluación, acreditación y certificación de la calidad educativa en instituciones públicas y privadas. Define los principios, funciones y órganos del sistema, incluyendo el Ente Rector, los órganos operadores y los procesos de autoevaluación, evaluación externa, acreditación y certificación.
Identificación de Competencias Profesionales y Laborales con Análisis FuncionalRAÚL SUÁREZ ÁLVAREZ
Contiene los aspectos del SINEACE relacionados a competencias, aspectos básicos sobre competencias, los métodos para identificación de competencias, el Análisis Funcional y la construcción del Mapa Funcional.
La Comisión Nacional de Control de Calidad del Colegio de Contadores Públicos y Auditores de Guatemala tiene como objetivo fundamental desarrollar un sistema de aseguramiento de calidad en el trabajo del auditor y con ello implementar la Norma Internacional de Control de Calidad NICC 1 (ISQC 1 por sus siglas en inglés), sus modificaciones y las que se promulguen a futuro por el órgano correspondiente.
El documento presenta la Guía de Procedimientos para la Autorización y Registro de Entidades Evaluadoras con
fines de acreditación del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior
Universitaria (CONEAU). Describe el procedimiento para que instituciones públicas o privadas sean autorizadas y
registradas como entidades evaluadoras, incluyendo los requisitos, la solicitud, evaluación, autorización, registro,
supervisión, renovación y posible revocatoria de la autorización.
El CONEAU es uno de los órganos operadores del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa en Perú. Tiene como objetivo principal promover procesos de evaluación, acreditación y certificación de la educación superior universitaria para alcanzar altos niveles de calidad.
Este documento establece la organización y funciones del Instituto Peruano de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Básica (IPEBA). Se crean dos direcciones de línea, una de Evaluación y Acreditación y otra de Evaluación y Certificación. También se crea un Directorio y un Consejo Consultivo para asesorar al Directorio. El Directorio aprueba las normas de acreditación y certificación y determina los estándares educativos. Las direcciones de línea desarrollan procesos de evaluación, a
Similar a Reglamento Evaluadores Externos de la Educacion Superior (20)
La Universidad Espíritu Santo (UEES) es una institución privada de educación superior en Ecuador que ofrece programas de pregrado, posgrado y educación continua. La UEES se adhirió al Pacto Global de la ONU en 2010 y sigue los estándares GRI para reportar sobre su desempeño económico, ambiental y social. El informe presenta datos de 2018-2019 que muestran los impactos de la UEES en estas áreas clave y su compromiso con los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Este documento presenta el primer informe de sostenibilidad de la Universidad Espíritu Santo (UEES) para los años 2016-2017. Resume los principales aspectos de la organización como su misión, visión y valores, así como su gobierno, oferta académica, personal y logros recientes en materia de acreditación, rankings y compromiso con los objetivos de desarrollo sostenible. Además, incluye información sobre sus estudiantes, docentes, programas y desempeño en áreas como investigación, vinculación con la comunidad y responsabil
El 2017 fue el cuarto año del período estratégico 2014-2018 planificado para esta Universidad. En dicho año se obtuvieron logros significativos en los procesos establecidos en el Plan Estratégico de Desarrollo Institucional (PEDI). Así mismo se realizó el seguimiento y cumplimiento del Plan Operativo Anual a nivel institucional y de las unidades académicas de la universidad.
Este documento presenta el Reglamento Interno de Facultades de la Universidad Particular de Especialidades Espíritu Santo (UEES). Establece las normas sobre el proceso de postulación, admisión, registro de estudiantes, tipos de estudiantes, políticas académicas, reconocimiento de estudios previos, consejos directivos y carreras y programas de la UEES. Se compone de 7 títulos y varios capítulos que desarrollan cada uno de estos aspectos con el fin de regular el funcionamiento académico de la
Carta de adhesión a la Red de Pacto Global EcuadorUEES
La Universidad Espíritu Santo se compromete a apoyar los 10 principios del Pacto Global de las Naciones Unidas relacionados con derechos humanos, estándares laborales, medio ambiente y anticorrupción. La universidad también se compromete a difundir este compromiso y participar en actividades del Pacto Global en la medida de lo posible, como participar en redes locales y proyectos de asociación.
La Universidad de Especialidades Espíritu Santo (UEES), presenta el Informe de Rendición de Cuentas Institucional, no solo dando cumplimiento a la Ley Orgánica de Educación Superior, (LOES), sino también a la necesidad de informar debidamente a la comunidad universitaria, a los organismos de control y a la sociedad de los logros y proyecciones en el año transcurrido. La presente Rendición de Cuentas muestra el trabajo de la comunidad universitaria, con la complejidad y diversidad de los estamentos que la componen y sirve de base para el establecimiento de nuevos retos.
Este documento presenta el informe de comunicación sobre el compromiso de la Universidad de Especialidades Espíritu Santo (UEES) con los Principios de las Naciones Unidas para una Educación Responsable en Gestión (PRME) para el año 2015. Detalla los logros de la UEES en la implementación de los seis principios de los PRME en sus funciones académicas, de investigación y vinculación, así como en temas de derechos humanos, medio ambiente, estándares laborales y anticorrupción. Además, presenta información general sobre
Este protocolo establece las pautas para la organización de eventos académicos en la Facultad de Derecho. Los eventos deben ser aprobados primero por el Consejo de la Facultad y luego revisados por el Comité de Imagen. El líder del evento es responsable de solicitar los recursos necesarios, invitar a los asistentes y asegurarse de que los discursos se ajusten a las directrices de la universidad. La participación de estudiantes requiere su registro previo como protocolo de la Facultad.
Reglamento interno de carrera y escalafón del profesor e investigadorUEES
Este documento presenta el Reglamento Interno de Carrera y Escalafón del Profesor e Investigador de la Universidad Espíritu Santo (UEES). Establece las normas y procedimientos para el ingreso, promoción y evaluación del personal académico de la UEES. Incluye disposiciones sobre los tipos de personal académico, requisitos de ingreso, concurso de méritos y oposición, actividades, escalafón, evaluación, derechos y deberes.
Instructivo para la elaboración, monitoreo y evaluación de las prácticas pre ...UEES
Este instructivo establece los procedimientos y responsabilidades para la realización de prácticas preprofesionales de los estudiantes de derecho en el Consultorio Jurídico de la Universidad Espíritu Santo. Las prácticas tienen una duración de 200 horas en un período de 3 a 5 meses, durante las cuales los estudiantes aplicarán sus conocimientos legales para resolver casos reales bajo la supervisión de un tutor. Al finalizar, los estudiantes deben presentar informes de actividades y un trabajo integrador para evaluar el cumplimiento de los
El documento presenta la Rendición de Cuentas de 2015 de la Universidad de Especialidades Espíritu Santo (UEES). Resume los logros académicos, de investigación e institucionales de la UEES durante el año, incluyendo la acreditación de carreras, el aumento de publicaciones de profesores, y el cumplimiento de su Plan Operativo Anual en un 90.8%. Además, presenta datos generales sobre la UEES, su oferta académica, autoridades y proyecciones para 2016, con el objetivo de continuar mejorando la calidad
Informe de autoevaluación - Carrera de Derecho, Político y Desarrollo UEES
Este documento presenta el informe de autoevaluación de la carrera de Derecho de la Universidad Espíritu Santo. Incluye la descripción de la metodología de autoevaluación utilizada, los miembros del comité de autoevaluación de la carrera, y un resumen ejecutivo con la misión, visión, logros y retos de la carrera. Entre los logros se encuentran una planta docente calificada y la articulación de la carrera con demandas sociales. Entre los retos aún pendientes están crear una
Manual para la elaboración de distributivos - DocentesUEES
Este documento proporciona instrucciones para la elaboración y seguimiento de los distributivos de planificación docente en la Universidad Espíritu Santo. Explica los componentes del distributivo, incluyendo datos del docente, resumen de horas, actividades de docencia, investigación, vinculación y consejerías. También describe cómo distribuir las horas semanales y certificar la validez de los distributivos. Al final del período, los coordinadores entregarán un informe consolidado sobre el cumplimiento de las actividades planificadas.
Este documento presenta el reglamento del consultorio jurídico de la Facultad de Derecho, Política y Desarrollo de la Universidad de Especialidades Espíritu Santo. Establece la misión, visión, estructura administrativa, normatividad, procesos de competencia y requisitos para el director, abogado civilista y docente-tutor del consultorio jurídico. El consultorio tiene como objetivo brindar asesoramiento y patrocinio legal gratuito a personas de escasos recursos económicos y practicantes de la facultad de
Manual de Procedimento de los Practicantes del Consultorio JurídicoUEES
La Unión Europea ha propuesto un nuevo paquete de sanciones contra Rusia que incluye un embargo al petróleo ruso. El embargo se aplicaría gradualmente durante seis meses para el petróleo crudo y ocho meses para los productos refinados. Este paquete de sanciones requiere la aprobación unánime de los 27 estados miembros de la UE.
Este documento presenta una lista de 46 procedimientos, normas, políticas, reglamentos y manuales relacionados con diferentes procesos de una universidad. Los procesos cubiertos incluyen planeación, evaluación y acreditación, recursos humanos, posgrado, docencia, investigación, vinculación, bienestar estudiantil, administración e infraestructura. Cada elemento de la lista describe brevemente el tema cubierto por el procedimiento, norma, política, reglamento o manual correspondiente.
José Luis Jiménez Rodríguez
Junio 2024.
“La pedagogía es la metodología de la educación. Constituye una problemática de medios y fines, y en esa problemática estudia las situaciones educativas, las selecciona y luego organiza y asegura su explotación situacional”. Louis Not. 1993.
Reglamento Evaluadores Externos de la Educacion Superior
1. ceeacesCONSEJO DE EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN Y ASEGURAMIENTO
DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR
EVALUACIÓN EXTERNA
PROIIIBID-,1 REPROM CCIÓN
iceCORPORACIÓN
E5,1.09 , PIASCAOONIS
• •
•
•
•
•
2. • •
•
•
ceeacesCONSEJO DE EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN Y ASEGURAMIENTO
DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR
REGLAMENTO DE EVALUADORES
EXTERNOS DE LA DE EDUCACIÓN
SUPERIOR
icePROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN
CORPORACIÓN
,F F5,1,05 + RIPLICAL 0,4E,
3. 3.1 REGLAMENTO DE EVALUADORES EXTERNOS DE LA
EDUCACIÓN SUPERIOR
Resolución No. 109-CEAACES-S0-13-2014
•
•
Considerando:
Que el artículo 173 de la Ley Orgánica
de Educación Superior (LOES),
establece que el Consejo de Eva-
luación, Acreditación y Asegu-
ramiento de la Calidad de la Edu-
cación Superior (CEAACES) es
el organismo público técnico en-
cargado de ejecutar los procesos
de evaluación externa, acredita-
ción y aseguramiento de la cali-
dad de la educación superior, así
como de normar el proceso de au-
toevaluación;
Que conforme al artículo 100 de la
LOES, la evaluación externa es el
proceso de verificación que reali-
za el CEAACES mediante pares
académicos, de las actividades
institucionales, de una carrera o
programa, con la finalidad de de-
terminar si su desempeño cumple
con las características y estánda-
res de calidad y se efectúan de
acuerdo a su misión, propósitos y
objetivos de la institución o de la
carrera o programa;
Que el artículo 102 ibídem, señala que
el CEAACES creará un banco de
datos de evaluadores externos de
la educación superior, integrado
por personas nacionales o extran-
jeras que acrediten formación
académica de maestría o doctora-
do y experiencia en procesos de
evaluación y acreditación de la
educación superior; a quienes se
les deberá calificar de manera in-
dividual;
Que el artículo 174 literal g) de la
LOES determina como función
del CEAACES el "(...) calificar a
los evaluadores externos, nacio-
nales o internacionales, para la
ejecución de procesos de evalua-
ción externa, acreditación y clasi-
ficación académica de las institu-
ciones del Sistema de Educación
Superior, las carreras y progra-
mas;"
4. REPÚBLICA DEL ECUADOR
2 CONSEJO DE EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN Y ASEGURAMIENTO
DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR
Que el literal p) del artículo referido
en el considerando que antecede,
faculta al CEAACES a suscribir
convenios con instituciones de
educación superior para formar y
capacitar evaluadores externos, a
fin de que se profesionalice esta
labor;
Que el artículo 174 en su literal g)
establece que el CEAACES debe
aprobar un Reglamento para el
proceso de selección de evaluado-
res externos especializados, na-
cionales o extranjeros;
Que los procesos de selección de eva-
luadores externos deben ser
transparentes, enmarcados en
parámetros meritocráticos y guia-
dos por normas claras; al igual
que la evaluación de la participa-
ción de evaluadores externos; y,
En ejercicio de las atribuciones que le
confiere la Ley Orgánica de Educación
Superior,
RESUELVE:
Expedir el siguiente,
REGLAMENTO DE EVALUADORES
EXTERNOS DE LA EDUCACIÓN
SUPERIOR (CODIFICADO)
CAPÍTULO I
DEL OBJETO Y ÁMBITO DE APLI-
CACIÓN
Artículo 1.- Objeto y ámbito de aplica-
ción.- Este Reglamento tiene por objeto
establecer las normas que se aplicarán a
los procesos de postulación, selección y
medición de rendimiento de evaluadoras y
evaluadores externos del CEAACES; así
como las funciones, deberes y atribuciones
que éstos deben cumplir en el desarrollo
de los diferentes procesos de evaluación y
acreditación que realice el Consejo, en
ejercicio de sus competencias.
CAPÍTULO II
DE LA INTEGRACIÓN DEL BANCO
DE EVALUADORAS Y
EVALUADORES EXTERNOS DEL
CEAACES
Artículo 2.- De las evaluadoras y eva-
luadores externos.- El CEAACES con-
tará con pares evaluadoras y evaluadores
externos de alta calificación técnica y
académica, seleccionados mediante proce-
sos públicos y reglados, quienes deberán
cumplir con las funciones, deberes y atri-
buciones establecidos en este Reglamento,
para los procesos de evaluación externa
que realice el Consejo.
Las evaluadoras y evaluadores están suje-
tos a las normas del presente Reglamento
y al Código de Ética del CEAACES.
Artículo 3.- Del banco de evaluadoras y
evaluadores externos.- El CEAACES
conformará un banco de evaluadoras y
evaluadores externos, integrado por profe-
sionales y académicos nacionales o extran-
jeros, que hayan realizado el proceso de
postulación y cumplan con los requisitos
exigidos en este Reglamento.
Para la conformación del banco de eva-
luadoras y evaluadores externos, el CEA-
5. REGLAMENTO DE EVALUADORES EXTERNOS DE LA
EDUCACIÓN SUPERIOR CelaS 3
•
ACES podrá suscribir convenios de co-
operación con organismos de evaluación y
acreditación extranjeros, con instituciones
relacionadas con la educación superior
nacionales o extranjeras, o realizar convo-
catorias abiertas para quienes deseen pos-
tularse para ser evaluadoras o evaluadores
externos del Consejo.
Artículo 4.- De la postulación para inte-
grar el banco de evaluadoras y evalua-
dores externos.- El CEAACES realizará
convocatorias para quienes tengan interés
en postularse para integrar el "Banco de
evaluadoras y evaluadores externos del
CEAACES", a través de su página web
y/o mediante comunicados enviados a las
instituciones de educación superior, espe-
cificando los requisitos y la fecha límite
para la inscripción.
Las evaluadoras y los interesados en for-
mar parte del "Banco de evaluadoras y
evaluadores externos del CEAACES",
deberán presentar su solicitud completan-
do la información requerida por el CEA-
ACES, en el formulario electrónico que se
encontrará habilitado en la página web
institucional.
Artículo 5.- Requisitos para postular a
evaluadora o evaluador externo.- Son
requisitos para postular a formar parte del
Banco de evaluadoras y evaluadores ex-
ternos del CEAACES, los siguientes:
a) Acreditar título académico de
maestría o de Ph.D o su equiva-
lente, debidamente registrados
por la SENESCYT. Para el caso
de evaluadoras o evaluadores ex-
tranjeros, el título deberá estar
debidamente apostillado y regis-
trado en el país de emisión del
mismo; sólo podrán aceptarse
títulos otorgados por las univer-
sidades extranjeras determinadas
por la SENESCYT, según lo es-
tablecido en el artículo 27 del
Reglamento General a la LOES.
b) Acreditar, preferiblemente, cono-
cimientos y experiencia en eva-
luación y acreditación de la edu-
cación superior.
c) Acreditar experiencia en docen-
cia, investigación o gestión
académica, de al menos cinco
años en instituciones relacionadas
con la educación superior, sean
éstas nacionales o extranjeras.
d) Llenar el formulario de postula-
ción habilitado en la página web
del CEAACES.
Artículo 6.- Prohibiciones de las y los
postulantes.- No podrá postularse para
ser evaluador/a externo/a de la educación
superior, quien:
a) Se halle en interdicción judicial,
mientras esta subsista, salvo el
caso de insolvencia o quiebra
que no haya sido declarada
fraudulenta;
b) Haya sido condenado o conde-
nada por sentencia ejecutoriada
a pena privativa de libertad,
mientras esta subsista;
6. 4
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CONSEJO DE EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN Y ASEGURAMIENTO
DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR
cesen
Tenga obligaciones en mora con
el IESS como empleador o pres-
tatario;
c) Tenga obligaciones tributarias
pendientes con deuda en firme
con el SRI;
d) Sea cónyuge, tenga unión de
hecho, o sea pariente dentro
del cuarto grado de consan-
guinidad o segundo de afinidad
de las consejeras y consejeros
del Consejo de Evaluación,
Acreditación y Aseguramiento
de la Calidad de la Educación
Superior (CEAACES);
e) Haya sido sancionado o sancio-
nada con destitución por respon-
sabilidad administrativa o tenga
sanción en firme por responsabi-
lidad civil o penal en el ejercicio
de funciones públicas, sin que se
encuentre rehabilitado o rehabi-
litada;
f) Incurra en alguna de las inhabi-
lidades, impedimentos o prohi-
biciones para el ingreso al servi-
cio público;
g) Quienes desempeñen los cargos
de Rector, Vicerrector, Decanos,
Subdecanos u otros de similar
jerarquía;
h) Las demás prescritas en la Cons-
titución, la Ley, el presente Re-
glamento y en el Código de Éti-
ca expedido por el CEAACES.
(Artículo reformado mediante Resolución
No.139-CEAACES-S0-19-2014, expedida en la
décima novena sesión ordinaria del Pleno del
Consejo de Evaluación, Acreditación y Asegu-
ramiento de la Calidad de la Educación Supe-
rior, desarrollada el 19 de septiembre de
2014).
Artículo 7.- Del proceso de selección de
evaluadores externos para integrar el
banco de evaluadoras y evaluadores
externos.- La Comisión de Selección y
Calificación de evaluadoras y evaluadores
externos designada por el Pleno del CEA-
ACES, verificará que las y los aspirantes
cumplan con los requisitos establecidos en
este Reglamento y determinará quienes
integrarán el "Banco de evaluadoras y
evaluadores externos del CEAACES",
clasificándolos de acuerdo a su perfil, por
campos del conocimiento: amplio, especí-
fico y detallado.
Artículo 8.- De la integración de la Co-
misión de Selección y Calificación de
evaluadoras y evaluadores externos.- El
CEAACES conformará una comisión
permanente para la selección y califica-
ción de evaluadoras y evaluadores exter-
nos, que estará integrada por un consejero
o consejera, quien la presidirá; el Coordi-
nador General Técnico o su delegado; y,
un delegado del Presidente del CEAA-
CES.
Esta Comisión estará a cargo de los proce-
sos de selección y calificación de evalua-
doras y evaluadores externos, de confor-
midad con las normas establecidas en el
presente Reglamento.
Artículo 9.- De los convenios con las
instituciones de educación superior.- El
•
7. REGLAMENTO DE EVALUADORES EXTERNOS DE LA
EDUCACIÓN SUPERIOR
./anices
CEAACES podrá celebrar convenios con
elas instituciones de educación superior
nacionales con la finalidad de promover y
garantizar, en forma permanente, la parti-
cipación del personal académico de estas
instituciones como evaluadores externos
acreditados del CEAACES.
En el convenio se establecerán las obliga-
ciones de las instituciones, del personal
académico que participará como evaluado-
ras o evaluadores externos y del CEAA-
CES.
Artículo 10.- De los convenios con insti-
tuciones extranjeras.- El CEAACES
podrá celebrar convenios con instituciones
de educación superior extranjeras, entida-
•des internacionales de evaluación y acredi-
tación u otros organismos vinculados con
el desarrollo de la educación superior, con
la finalidad de determinar mecanismos de
cooperación, participación e intercambio
de evaluadoras y evaluadores externos.
Los pares evaluadores externos que, en
virtud de la ejecución de convenios inter-
nacionales suscritos de conformidad con
lo dispuesto en el presente artículo, parti-
cipen en los procesos de evaluación que
desarrolle el CEAACES, podrán ser con-
tratados o designados sin necesidad de
cumplir el procedimiento de selección
establecido en este Reglamento siempre y
cuando cumplan con los requisitos para
•ser evaluador.
(Artículo reformado mediante Resolución
No.139-CEAACES-S0-19-2014, expedida en la
décima novena sesión ordinaria del Pleno del
Consejo de Evaluación, Acreditación y Asegu-
ramiento de la Calidad de la Educación Supe-
rior, desarrollada el 19 de septiembre de
2014).
CAPÍTULO III
DE LA SELECCIÓN DE EVALUA-
DORAS Y EVALUADORES EXTER-
NOS
PARA CADA PROCESO DE EVA-
LUACIÓN ESPECÍFICO
Artículo 11.- Definición de perfiles de
las evaluadoras y los evaluadores exter-
nos.- La comisión permanente u ocasional
del CEAACES que tenga a su cargo el
desarrollo de un proceso de evaluación,
presentará a la Comisión de Selección los
perfiles de evaluadoras o evaluadores
externos requeridos para el desarrollo de
dicho proceso.
Artículo 12.- De la postulación para
procesos de evaluación específicos.- Una
vez que sean aprobados por la comisión
de selección los perfiles de evaluadoras o
evaluadores externos requeridos para el
proceso de evaluación específico, se con-
vocará a través de Secretaría General a las
y los integrantes del "Banco de evaluado-
ras y evaluadores externos del CEAA-
CES" cuyo perfil y campo del conoci-
miento guarde relación con los perfiles
aprobados, para que a través de la página
web del CEAACES, postulen para partici-
par en el proceso de evaluación específico.
Si la Comisión encargada del proceso de
evaluación determina la pertinencia de
contar con evaluadores extranjeros para un
proceso específico, su contratación se
llevará a cabo a través de los organismos
8. 6
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CONSEJO DE EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN Y ASEGURAMIENTO
DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR
OBS
con los que el CEAACES tenga suscrito
un convenio de cooperación o se los podrá
contratar directamente si el caso lo ameri-
ta.
Las y los integrantes del "Banco de eva-
luadoras y evaluadores externos del
CEAACES" que postulen para participar
en el proceso de evaluación específico,
deberán ingresar los datos solicitados por
el CEAACES.
No podrán postular para ser evaluadores
de carreras o programas, quienes desem-
peñen funciones de Directores, Coordina-
dores u otros de similar denominación, de
las carreras o programas de educación
superior que se encuentren en proceso de
evaluación y que son afines a aquellas en
las que desempeñan estas funciones.
(Artículo reformado mediante Resolución
No.139-CEAACES-S0-19-2014, expedida en la
décima novena sesión ordinaria del Pleno del
Consejo de Evaluación, Acreditación y Asegu-
ramiento de la Calidad de la Educación Supe-
rior, desarrollada el 19 de septiembre de
2014).
Artículo 13.- De la selección de las eva-
luadoras y los evaluadores externos
para los procesos de evaluación especí-
ficos.- La Comisión de selección y califi-
cación de evaluadoras y evaluadores ex-
ternos identificará a las y los postulantes a
evaluadoras y evaluadores externos para
los procesos de evaluación específicos que
cumplan con los perfiles definidos para el
proceso de evaluación, considerando los
lineamientos establecidos en este Regla-
mento.
La Comisión presentará al Pleno del
CEAACES un informe en el que se des-
criba el análisis realizado para la selección
de las evaluadoras y los evaluadores ex-
ternos, incluyendo los resultados obteni-
dos por cada postulante.
En casos excepcionales, cuando en el
"Banco de evaluadoras y evaluadores
externos del CEAACES" no consten espe-
cialistas calificados en el campo del cono-
cimiento requerido o no se adecuen al
perfil definido para cada proceso, el
CEAACES podrá contratarlos de manera
directa.
Artículo 14.- De la calificación de méri-
tos.- La Comisión encargada del proceso
de selección valorará los méritos de los
postulantes a partir de la información
consignada por los mismos al momento de
su postulación, aplicando los siguientes
parámetros y criterios:
•
•
•
9. •
e
REGLAMENTO DE EVALUADORES EXTERNOS DE LA
EDUCACIÓN SUPERIOR
mares 7
PARÁMETROS CUANTITATIVOS CRITERIO PUNTAJ E
Acreditar título de Doctorado Ph.D
o su equivalente, debidamente regir-
trado en la SENESCYT
- PhD o su equivalente: 2
puntos.
- 1 punto por un Ph.D. adí-
cional, siempre y cuando
haya sido obtenido por lo
menos con dos años de
diferencia.
Hasta 3 puntos
Acreditar título de Maestría, debida-
mente registrado en la SENESCYT
- Maestría: 1 punto.
- 0,5 puntos por Maestría
adicional, siempre y
cuando haya sido obteni-
da por lo menos con un
año de diferencia
Hasta 1,5 pun-
tos
Acreditar experiencia como profesor
de carreras de grado o programas de
posgrado, excepto en maestrías de
investigación o en doctorado, Ph.D o
su equivalente
- 0,2 puntos por cada año
Hasta 2 puntos
Acreditar experiencia como profesor
en programas de Ph.D en universida-
des o escuelas politécnicas distintas a
la que obtuvo su título principal; o
haber dirigido tesis doctoral, Ph.D o su
equivalente dentro de los últimos 5
años.
- Experiencia en docencia:
0,5 puntos por cada año.
- Dirección de tesis docto-
ral:
0,5 puntos por cada tesis.
Hasta 2 puntos
Acreditar experiencia en investigación
* Publicación indexada: Base de datos
ISI WEB Of KNOWLEDGE y SCO-
PUS. Eventualmente se considerarán
Bases de Datos especializadas en el área
de conocimiento.
- Investigación: 0,5 puntos
si dirigió en los últimos
cinco años un proyecto
de investigación cuyos
resultados hayan sido
publicados en revistas
indexadas y 0,2 puntos si
participó como investi-
gador en dicho proyecto.
- Publicaciones indexadas:
Valoración sobre 2 pun-
tos de las publicaciones
realizadas durante su vi-
da académica. Se consi-
Hasta 3,5 pun-
tos
10. 8
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CONSEJO DE EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN Y ASEGURAMIENTO
DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR
CeaaCeS
derará el impacto y la re-
levancia científica en el
área de conocimiento,
bajo la metodología
comparativa adoptada
por el CEAACES.
- LATINDEX, SCIELO o
LILACS: 0,25 puntos
por cada publicación rea-
lizada durante los últi-
mos cinco años
Experiencia en gestión académica en
una universidad, escuela politécnica o
en uno de los organismos públicos que
rige el Sistema de Educación Superior
- 0,25 puntos por cada año Hasta 2 puntos
Acreditar experiencia en evaluación de
instituciones de educación superior,
carreras o programas, a nivel nacional e
internacional en los últimos 5 años
- 0,5 puntos por cada pro-
ceso de evaluación en el
que haya participado. En
caso de evaluaciones na-
cionales se considerarán
las participaciones en las
que el trabajo del eva-
luados haya sido califi-
cado como bueno o exce-
lente por el CEAACES.
Hasta 2 punto
Acreditar experiencia profesional no
académica, en su área de formación
dentro de los últimos 5 años
- 0,2 puntos por cada año
Hasta 1 puntos
TOTAL 1 7 punto,
(Artículo reformado mediante Resolución
No.139-CEAACES-SO-19-2014, expedida en la
décima novena sesión ordinaria del
Pleno del Consejo de Evaluación, Acreditación
y Aseguramiento de la Calidad de
la Educación Superior, desarrollada el 19 de
septiembre de 2014).
Artículo 15.- De la entrevista.- Los
integrantes de la Comisión de Selección
para cada proceso de evaluación realizarán
una entrevista personal a las y los postu
lantes, con la finalidad de analizar en
forma cualitativa su perfil.
La Comisión podrá asignar al postulante
hasta un máximo de 3 puntos, en razón de
la entrevista realizada.
(Artículo reformado mediante Resolución
No.139-CEAACES-S0-19-2014, expedida en la
décima novena sesión ordinaria del Pleno del
Consejo de Evaluación, Acreditación y Asegu-
ramiento de la Calidad de la Educación Supe-
11. REGLAMENTO DE EVALUADORES EXTERNOS DE LA
EDUCACIÓN SUPERIOR
rior, desarrollada el 19 de septiembre de
2014).
Artículo 16.- Selección de postulantes.-
La Comisión de Selección deberá designar
a las evaluadoras y los evaluadores exter-
nos en razón de los perfiles requeridos
para cada proceso de evaluación, teniendo
en cuenta criterios de pertinencia, tales
como: objeto de la evaluación, ubicación
geográfica, existencia de conflicto de
intereses con las IES a ser evaluadas, y los
resultados alcanzados en forma acumulada
en la calificación por méritos y la entrevis-
ta realizada a los postulantes.
Un evaluador o evaluadora no podrá parti-
•cipar en dos procesos simultáneos de eva-
luación.
Artículo 17.- De las pruebas de valora-
ción del perfil personal y de conoci-
miento de los modelos y metodologías
que se emplearán en los procesos de
evaluación específicos.- El CEAACES
tomará pruebas de valoración del perfil
personal y de conocimiento de los mode-
los y metodologías que emplearán en los
procesos de evaluación específicos, a
quienes resulten seleccionados para parti-
cipar como evaluadoras o evaluadores
externos en procesos específicos, previo a
su contratación.
emplearán en los procesos de evaluación
específicos, para ser contratados.
Artículo 18.- De la contratación de eva-
luadoras y evaluadores externos.-
Además de los requisitos establecidos por
la normativa relacionada a los tipos de
contratos laborales para el sector público,
los evaluadores externos seleccionados
deberán suscribir un documento en el que
se comprometan a cumplir el Código de
Ética del CEAACES y en el que declaren
conocer la responsabilidad civil, adminis-
trativa o penal que podría acarrear su
incumplimiento; además, deberán presen-
tar una declaración juramentada de no
tener conflictos de interés con la institu-
ción, carrera o programa que va a ser
evaluado, acreditado y/o categorizado.
Artículo 19.- De la remuneración y
honorarios.- Las evaluadoras y los eva-
luadores externos, suscribirán con el
CEAACES contratos ocasionales o contra-
tos civiles de servicios profesionales, en
virtud de los cuales recibirán una remune-
ración u honorarios, según el caso.
Los honorarios o la remuneración serán
pagados considerando las disposiciones de
la Ley Orgánica de Servicio Público, su
Reglamento General y las resoluciones
dictadas por el Ministerio de Relaciones
Laborales, en cuanto a los montos autori-
zados para la contratación de evaluadoras
o evaluadores externos y demás beneficios
a que tuvieran derecho.
Para la realización de los pagos, el CEA-
ACES solicitará al evaluador o evaluadora
la presentación de un informe aprobado
por el Coordinador General Técnico de
este Organismo; así como la entrega de la
•
•En caso de que las o los seleccionados no
superen estas pruebas, no podrán ser con-
tratados y deberá llamarse a las o los pos-
tulantes que les siguen en puntuación,
quienes deberán también rendir y aprobar
las pruebas psicológicas y de conocimien-
to de los modelos y metodologías que
12. 10
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CONSEJO DE EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN Y ASEGURAMIENTO
DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR
MaCeS
respectiva factura, en caso de contratos
civiles de servicios ocasionales.
Las remuneraciones u honorarios serán
establecidas de acuerdo a las actividades
que realicen las evaluadoras o evaluadores
externos y el puntaje obtenido en el proce-
so de selección, pudiendo determinarse
únicamente una remuneración más alta
para quienes sean nombrados coordinado-
res o coordinadoras de los comités de
evaluación externa.
CAPÍTULO IV
DE LAS EVALUADORAS Y LOS
EVALUADORES EXTERNOS
Y DE LA COMISIÓN DE EVALUA-
CIÓN
Artículo 20.- De los deberes y atribucio-
nes de las evaluadoras y los evaluadores
externos.- Las evaluadoras y evaluadores
externos, sean nacionales o extranjeros, se
encargarán de realizar la verificación y
análisis de la información consignada por
las IES en el Sistema Nacional de Infor-
mación de la Educación Superior del
Ecuador (SNIESE) o entregada directa-
mente al CEAACES, relacionada a la
institución, sus sedes, extensiones, carre-
ras y programas, según le sea requerido
por el CEAACES.
La verificación y análisis de la informa-
ción que deben realizar las evaluadoras y
los evaluadores externos, dependerán de
las particularidades de cada proceso de
evaluación que realice el CEAACES,
según se trate de la evaluación institucio-
nal, de carreras o de programas de posgra-
do.
Artículo 21.- Apoyo del CEAACES a las
evaluadoras y los evaluadores externos.-
El CEAACES dará las facilidades técni-
cas, instrumentales y logísticas que sean
necesarias, a las evaluadoras y los evalua-
dores externos para el cumplimiento de
sus deberes y atribuciones.
Artículo 22.- De las obligaciones de las
evaluadoras y los evaluadores externos.-
Son obligaciones de las evaluadoras y los
evaluadores externos de la educación
superior:
a) Asistir a procesos de capacitación y
de formación de evaluadores de la
educación superior que sean convoca-
dos por el CEAACES;
b) Colaborar activa y responsablemente
con el CEAACES en la organización
previa del proceso de evaluación ex-
terna, de la visita in situ y en todo el
proceso;
c) Mantener la confidencialidad de toda
la información que reciba en relación
al proceso de evaluación, así como
también la recogida en el curso de la
visita in situ;
d) Actuar en forma ética, honesta y trans-
parente, debiendo suscribir su com-
promiso de cumplir con las disposicio-
nes del Código de Ética del CEAA-
CES;
e) Aplicar el protocolo de verificación y
visitas in situ establecido por el CEA-
ACES;
•
13. REGLAMENTO DE EVALUADORES EXTERNOS DE LA
EDUCACIÓN SUPERIOR
Revisar y evaluar los informes de
autoevaluación presentados por las ins-
tituciones de educación superior;
g) Coordinar sus actividades con el equi-
po de evaluadores;
h) Cumplir el cronograma de visitas a las
instituciones de educación superior y
demás actividades previstas dentro del
proceso de evaluación externa;
i) Elaborar conjuntamente con los demás
evaluadores los respectivos informes
de la verificación evaluación a su car-
go; y,
• j) Las demás establecidas por el Pleno o
por el Presidente del CEAACES.
Artículo 23.- De la conformación de
Comités de Evaluación Externa.- La
Comisión permanente u ocasional que esté
a cargo del proceso de evaluación confor-
mará Comités de Evaluación Externa,
integradas por un mínimo de 2 y un
máximo de 5 evaluadores. Adicionalmen-
te, a cada Comisión se integrará un técnico
del CEAACES para coordinar, acompañar
y supervisar el trabajo del Comité.
Artículo 24.- Funciones de los Comités
de Evaluación Externa.- Son funciones
de los Comités de evaluación externa:
a) Analizar el informe de autoeva-
luación y demás información pre-
sentada por la institución de edu-
cación superior;
b) Conocer a profundidad y aplicar
la metodología e instrumentos de
evaluación que se vayan a utilizar
en el proceso de evaluación ex-
terna;
c) Verificar la información consig-
nada por la IES, mediante revi-
sión documental y/u observación
física, según sea pertinente;
d) Asentar los resultados de la in-
formación obtenida durante la re-
visión documental y la visita in
situ en los formularios corres-
pondientes, tomando en cuenta
las inconsistencias en caso de que
existan;
e) Cumplir el cronograma y agenda
de visitas;
f) En caso de existir inconsistencias
entre la información consignada
por la IES y la verificación reali-
zada, el Comité deberá asentar
estas diferencias en los documen-
tos previstos para el efecto y do-
cumentar las razones de las in-
consistencias;
g) Revisar, conjuntamente con la
contraparte de la IES, el listado
de actividades llevadas a cabo
durante la visita;
h) Apoyar al equipo técnico del
CEAACES en la elaboración del
informe preliminar de evaluación
del entorno de aprendizaje;
14. REPÚBLICA DEL ECUADOR
12 CONSEJO DE EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN Y ASEGURAMIENTO
DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR
~S
i) Participar en las reuniones de
consistencia con los demás Co-
mités, con la finalidad de armo-
nizar los criterios que se emple-
arán en el proceso de evaluación;
i) Las demás que le asigne el Pleno
del Consejo o la Comisión que
esté a cargo del proceso de eva-
luación externa.
Artículo 25.- De las funciones del Coor-
dinador del Comité de Evaluación Ex-
terna del CEAACES.- Son funciones del
Coordinador del Comité de Evaluación
Externa del CEAACES:
a) Suscribir el acta de visita in situ
conjuntamente con el Rector de
la IES o su delegado y con el
Técnico del CEAACES;
b) Revisar conjuntamente con el
Técnico del CEAACES que el in-
forme preliminar se encuentre to-
tal y coherentemente sustentado
c) Coordinar el trabajo académico
del Comité de Evaluación Exter-
na; y,
d) Las demás que le asigne la Comi-
sión Permanente de Evaluación y
Acreditación de las Carreras de
las Universidades y Escuelas Po-
litécnicas.
Artículo 26.- Informe del Comité de
Evaluación Externa.- El Comité de Eva-
luación Externa, una vez finalizadas las
visitas in situ que le han sido asignadas,
dentro del término de 48 horas elaborará el
primer informe del proceso de evaluación
a su cargo, que será firmado conjuntamen-
te por todos los miembros del Comité de
evaluación externa.
Artículo 27.- Lineamientos generales
para el contenido del informe de eva-
luación.- Los lineamientos generales que
deberá observar el Comité de evaluación
externa para la elaboración y presentación
de su informe, serán los establecidos en el
instructivo que el CEAACES expida.
CAPÍTULO V
EVALUACIÓN DE LA PARTICIPA-
CIÓN DE LAS EVALUADORAS Y
LOS EVALUADORES EXTERNOS
Artículo 28.- Desempeño de los evalua-
dores.- El CEAACES realizará evaluacio-
nes de la participación de las evaluadoras
y los evaluadores externos en los distintos
procesos de evaluación, considerando las
disposiciones establecidas en este Regla-
mento.
Artículo 29.- Criterios para la medición
de desempeño de evaluadores.- La Co-
misión de Selección medirá el desempeño
de las evaluadoras y los evaluadores apli-
cando los siguientes criterios:
a) Número de procesos de evaluación en
los que ha participado;
b) Actualización de la hoja de vida y
perfil;
C) Informes realizados por los Directores
de las áreas técnicas del CEAACES
e
•
•
15. REGLAMENTO DE EVALUADORES EXTERNOS DE LA
EDUCACIÓN SUPERIOR
maces13
respecto de la participación de la o el
• evaluador externo;
d) Calidad de los informes de evaluación
presentados; y,
e) Cumplimiento de los plazos y requisi-
tos para la entrega de los informes de
evaluación.
Artículo 30.- De la depuración del ban-
co de evaluadoras y evaluadores exter-
nos del CEAACES.- Las evaluadoras y
los evaluadores que obtengan un bajo
rendimiento en los criterios de medición
de desempeño, serán separados del "Ban-
co de evaluadoras y evaluadores exter-
•nos", previa notificación.
Artículo 31.- Criterios para calificación
del informe de evaluación.- Para la cali-
ficación del informe de evaluación presen-
tado por la evaluadora o el evaluador
externo en forma individual, la Comisión
de selección y calificación de evaluadoras
y evaluadores externos aplicará la guía
que expida el CEAACES para este fin.
Artículo 32.- Evaluadores acreditados.-
El CEAACES acreditará a los evaluadores
que cumplan con una calificación mínima
de 12,00/20,00 puntos durante el proceso
de selección y sean evaluados satisfacto-
riamente en el desempeño de sus funcio-
nes.
DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERA.- El CEAACES considerará
como un criterio para la definición del
indicador de excelencia que se aplicará en
la fórmula de la distribución de los recur-
sos a las instituciones que reciben rentas y
asignaciones del Estado, el número de
evaluadores acreditados que formen parte
de la base de datos del CEAACES.
SEGUNDA.- La participación del perso-
nal académico de las instituciones de edu-
cación superior en calidad de evaluadoras
o evaluadores externos de los procesos de
evaluación realizados por el CEAACES,
será considerada como actividad de do-
cencia, conforme lo señala el artículo 6 del
Reglamento de Carrera y Escalafón del
Profesor e Investigador del Sistema de
Educación Superior.
TERCERA.- El CEAACES podrá consi-
derar como un indicador de evaluación
institucional el número de evaluadoras y
evaluadores externos que las universida-
des y escuelas politécnicas tengan acredi-
tados en la base de datos del Consejo,
siempre que éstos cumplan con determi-
nada puntuación en su calificación indivi-
dual, que será establecida por el CEAA-
CES.
CUARTA.- El CEAACES de forma inde-
pendiente o con el apoyo de universidades
y escuelas politécnicas nacionales o ex-
tranjeras, o instituciones internacionales
de evaluación y acreditación, desarrollará
permanentemente cursos de capacitación
para evaluadoras y evaluadores externos.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente reglamento entrará en vigencia
desde su aprobación, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial.
16. 14
REPÚBLICA DEL ECUADOR
CONSEJO DE EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN Y ASEGURAMIENTO
DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIORM.mMr.**1
Dado en la ciudad de San Francisco de
Quito, D.M., en la décima tercera sesión,
con carácter de ordinaria, del Pleno del
Consejo de Evaluación, Acreditación y
Aseguramiento de la Calidad de la Educa-
ción Superior, desarrollada el día diecio-
cho (18) de julio de 2014.
Francisco Cadena
PRESIDENTE DEL CEAACES
Superior, en la sesión décima tercera,
realizada el día 18 de julio de 2014 y re-
formado en la décima novena sesión ordi-
naria del Pleno del CEAACES desarro-
lladla el día 19 de septiembre de 2014.
Lo certifico.
•
En mi calidad de Secretaria General del
CEAACES, CERTIFICO: que el presen-
te Reglamento fue aprobado por unanimi-
dad de los miembros del Pleno del Conse-
jo de Evaluación, Acreditación y Asegu-
ramiento de la Calidad de la Educación
Ab. Sofía Andrade G.
SECRETARIA GENERAL DEL
CEAACES
•
•