Este documento establece las normas para el funcionamiento de las extensiones de las instituciones de educación superior después de ser evaluadas por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES). Define cuatro grupos de desempeño y establece procedimientos para las extensiones que están "aprobadas", "condicionadas", "fuertemente condicionadas" y "no aprobadas". Las extensiones condicionadas y fuertemente condicionadas deben presentar un plan de mejoras para continuar operando, el
Instructivo para la Evaluacion del Plan de Mejoras y Aseguramiento de la CalidadUEES
Este documento presenta un instructivo para la evaluación de los planes de mejoras y de aseguramiento de la calidad que deben presentar las extensiones de las instituciones de educación superior. Describe la estructura que deben tener estos planes y los criterios de evaluación. Explica el proceso de evaluación que realizará un equipo técnico, incluyendo la ponderación de elementos como los indicadores, objetivos, actividades, cronogramas y presupuestos. El propósito es estandarizar la evaluación para minimizar la subjetividad.
Reglamento Evaluación Externa Instituciones de Eduación SuperiorUEES
Este documento presenta el reglamento para la evaluación externa de las instituciones de educación superior en Ecuador. Establece que el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES) es responsable de realizar procesos de evaluación externa para garantizar la calidad de la educación superior. Describe los comités de evaluación externa, sus funciones y la selección de evaluadores. También especifica las obligaciones de las instituciones de educación superior y del CEAACES durante el proceso de evaluación
Reglamento de Evaluación, Acreditación y Categorización de Carreras de las In...UEES
Este documento presenta el Reglamento de Evaluación, Acreditación y Categorización de Carreras de las Instituciones de Educación Superior aprobado por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES). El reglamento establece las obligaciones de las instituciones de educación superior y del CEAACES en relación con los procesos de evaluación, acreditación y categorización de carreras. Asimismo, describe los procesos de evaluación que incluyen la evaluación del entorno de aprendiz
Instructivo para la Elaboración de Planes de Fortalecimiento para las Carrera...UEES
Este documento presenta un instructivo para la elaboración de planes de fortalecimiento para carreras de educación superior que se encuentran en proceso de acreditación. Explica que las instituciones educativas deben desarrollar estos planes para mejorar los indicadores evaluados por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior que obtuvieron un bajo desempeño. El instructivo proporciona lineamientos sobre la estructura, elementos y evaluación que deben contener los planes de fortalecimiento para cumplir con
Reglamento para la Evaluación Externa de las Extensiones Condicionadas y Fuer...UEES
Este documento establece el reglamento para la evaluación externa de extensiones universitarias condicionadas y fuertemente condicionadas. Se detallan los objetivos y alcance de la evaluación, el modelo a seguir basado en criterios e indicadores, la selección de evaluadores externos independientes, y la conformación de comités evaluadores. El propósito es garantizar la calidad de la educación superior en estas extensiones mediante la evaluación de su cumplimiento de planes de mejora.
Instructivo para la Elaboración y Evaluación de Planes de Fortalecimiento Ins...UEES
Este documento provee lineamientos para la elaboración de planes de fortalecimiento institucional y aseguramiento de la calidad por parte de los Institutos Superiores Pedagógicos Interculturales Bilingües. Explica que estos planes deben permitir a los institutos alcanzar los estándares de calidad requeridos para su acreditación en un plazo máximo de 2 años. Además, orienta a los institutos a enfocarse en mejorar su consistencia con su misión y visión, identificar prioridades clave, y definir acciones que generen un impact
Reglamento del Proceso de Evaluación Externa de los Institutos Superiores Ped...UEES
Este documento presenta el reglamento para el proceso de evaluación externa de los Institutos Superiores Pedagógicos e Interculturales Bilingües del Ecuador. Establece las normas y procedimientos para la selección de evaluadores externos, la conformación de comisiones de evaluación, y el proceso de evaluación de acuerdo a la Constitución, la Ley Orgánica de Educación Superior y el marco legal vigente.
Instructivo para la Evaluacion del Plan de Mejoras y Aseguramiento de la CalidadUEES
Este documento presenta un instructivo para la evaluación de los planes de mejoras y de aseguramiento de la calidad que deben presentar las extensiones de las instituciones de educación superior. Describe la estructura que deben tener estos planes y los criterios de evaluación. Explica el proceso de evaluación que realizará un equipo técnico, incluyendo la ponderación de elementos como los indicadores, objetivos, actividades, cronogramas y presupuestos. El propósito es estandarizar la evaluación para minimizar la subjetividad.
Reglamento Evaluación Externa Instituciones de Eduación SuperiorUEES
Este documento presenta el reglamento para la evaluación externa de las instituciones de educación superior en Ecuador. Establece que el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES) es responsable de realizar procesos de evaluación externa para garantizar la calidad de la educación superior. Describe los comités de evaluación externa, sus funciones y la selección de evaluadores. También especifica las obligaciones de las instituciones de educación superior y del CEAACES durante el proceso de evaluación
Reglamento de Evaluación, Acreditación y Categorización de Carreras de las In...UEES
Este documento presenta el Reglamento de Evaluación, Acreditación y Categorización de Carreras de las Instituciones de Educación Superior aprobado por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES). El reglamento establece las obligaciones de las instituciones de educación superior y del CEAACES en relación con los procesos de evaluación, acreditación y categorización de carreras. Asimismo, describe los procesos de evaluación que incluyen la evaluación del entorno de aprendiz
Instructivo para la Elaboración de Planes de Fortalecimiento para las Carrera...UEES
Este documento presenta un instructivo para la elaboración de planes de fortalecimiento para carreras de educación superior que se encuentran en proceso de acreditación. Explica que las instituciones educativas deben desarrollar estos planes para mejorar los indicadores evaluados por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior que obtuvieron un bajo desempeño. El instructivo proporciona lineamientos sobre la estructura, elementos y evaluación que deben contener los planes de fortalecimiento para cumplir con
Reglamento para la Evaluación Externa de las Extensiones Condicionadas y Fuer...UEES
Este documento establece el reglamento para la evaluación externa de extensiones universitarias condicionadas y fuertemente condicionadas. Se detallan los objetivos y alcance de la evaluación, el modelo a seguir basado en criterios e indicadores, la selección de evaluadores externos independientes, y la conformación de comités evaluadores. El propósito es garantizar la calidad de la educación superior en estas extensiones mediante la evaluación de su cumplimiento de planes de mejora.
Instructivo para la Elaboración y Evaluación de Planes de Fortalecimiento Ins...UEES
Este documento provee lineamientos para la elaboración de planes de fortalecimiento institucional y aseguramiento de la calidad por parte de los Institutos Superiores Pedagógicos Interculturales Bilingües. Explica que estos planes deben permitir a los institutos alcanzar los estándares de calidad requeridos para su acreditación en un plazo máximo de 2 años. Además, orienta a los institutos a enfocarse en mejorar su consistencia con su misión y visión, identificar prioridades clave, y definir acciones que generen un impact
Reglamento del Proceso de Evaluación Externa de los Institutos Superiores Ped...UEES
Este documento presenta el reglamento para el proceso de evaluación externa de los Institutos Superiores Pedagógicos e Interculturales Bilingües del Ecuador. Establece las normas y procedimientos para la selección de evaluadores externos, la conformación de comisiones de evaluación, y el proceso de evaluación de acuerdo a la Constitución, la Ley Orgánica de Educación Superior y el marco legal vigente.
Reglamento para la Determinación de Resultados del Proceso de Evaluación Inst...UEES
Este documento establece el reglamento para determinar los resultados del proceso de evaluación institucional de los institutos superiores de artes y conservatorios superiores del Ecuador realizado por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES). El reglamento define los pasos para aprobar el informe final de evaluación, determinar la situación académica e institucional, y establecer categorías como "acreditado", "en proceso de acreditación" y "no acreditado" dependiendo de los resultados
Instructivo Procedimental Codificado para la Recepcion de Audiencias PublicasUEES
Este documento establece el procedimiento para las audiencias públicas solicitadas por instituciones de educación superior durante los procesos de evaluación del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES). Detalla los requisitos para solicitar una audiencia, el proceso de aprobación, la conformación de una comisión para recibirla y elaborar un informe, y los pasos a seguir durante la audiencia. El objetivo es regular la recepción de audiencias como parte de los procesos de evaluación
Instructivo para la Elaboracion del Plan de Mejoras y el Plan de Aseguramient...UEES
Este instructivo establece la estructura y contenido que deben seguir las extensiones de instituciones de educación superior clasificadas como "condicionadas", "fuertemente condicionadas" o "no aprobadas" para la elaboración de sus planes de mejora y planes de aseguramiento de calidad. Estos planes deberán detallar las variables con baja puntuación, las medidas que se implementarán, el presupuesto asignado y la documentación de respaldo. Asimismo, se deberán presentar informes trimestrales o semestrales que evidencien
Reglamento Evaluadores Externos de la Educacion SuperiorUEES
Este documento presenta el Reglamento de Evaluadores Externos de la Educación Superior del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES). Establece las normas para la selección, calificación y desempeño de evaluadores externos. Define los requisitos para ser evaluador externo, el proceso de postulación, la conformación de un banco de evaluadores, y la selección de evaluadores para cada proceso de evaluación específico.
Contenido General - Normativa Sistema Educación SuperiorUEES
El documento presenta una recopilación de la normativa del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES) de Ecuador. Incluye la legislación relevante, el marco legal y los reglamentos internos del CEAACES, así como los reglamentos para la evaluación externa, autoevaluación, examen de habilitación profesional e intervención de instituciones de educación superior en Ecuador.
Este documento presenta el Manual para Capacitación de Pares Académicos del Consejo Nacional de Acreditación de Colombia. Explica el objetivo de capacitar a los pares académicos en los aspectos normativos y procedimentales de la acreditación para garantizar la calidad en sus funciones. Describe brevemente el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad, que incluye la evaluación de programas e instituciones, el subsistema de información y el de fomento. Finalmente, detalla los criterios y procesos de la evaluación ex
Reglamento para los Procesos de Autoevalaucion de las Intituciones, Carreras ...UEES
Este documento establece las normas para que las instituciones de educación superior en Ecuador realicen procesos de autoevaluación institucional y de sus carreras y programas. Se crea la Comisión General de Evaluación Interna, responsable de coordinar la autoevaluación, e instruye a las instituciones a conformar comités internos de apoyo. El objetivo es que las instituciones analicen sus fortalezas y debilidades para mejorar continuamente la calidad de la educación.
Modelo de Calidad para la Acreditación UniversitariaJavier Villar
Este documento presenta el Modelo de Calidad para la Acreditación de Carreras Universitarias propuesto por la Dirección de Evaluación y Acreditación del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (CONEAU). El modelo contiene 3 dimensiones, 9 factores, 16 criterios, 84 indicadores y 267 fuentes de verificación. También incluye 97 estándares específicos para la carrera de Educación. El modelo se basa en un enfoque sistémico y ciclo de mejora contin
Este documento establece tres resoluciones de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) en Perú. La primera publica los criterios técnicos de evaluación para expedientes de licenciamiento institucional. La segunda publica la metodología para determinar la vigencia de las licencias institucionales otorgadas a universidades. Y la tercera publica las consideraciones para la presentación de medios de verificación por las universidades en el proceso de licenciamiento.
Evaluacion 14 nstrumentos del subsistema_de_evaluacion. de colegios y univers...Adalberto
Este documento presenta el subsistema de evaluación de instituciones de educación superior en El Salvador. El proceso de evaluación tiene cinco etapas: 1) autoevaluación institucional, 2) visita de verificación de pares evaluadores, 3) informe de pares evaluadores, 4) resolución y comunicación de resultados, y 5) publicación de resultados. El propósito es mejorar la calidad de las instituciones mediante la evaluación periódica basada en once criterios organizados en dimensiones.
El documento presenta un resumen de las actividades realizadas en 2011 por la Dirección de Evaluación y Acreditación del Consejo Nacional para la Educación, la Ciencia y la Tecnología del Perú. Se evaluaron 15 carreras de acreditación obligatoria, se capacitó a 136 eventos a evaluadores externos, y se publicaron varios libros con estándares y lineamientos para la acreditación de programas universitarios. Adicionalmente, se reconoció a una entidad evaluadora y se establecieron planes para la selección de evaluadores y el desar
El documento presenta el Código de Ética del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior. Establece los principios de responsabilidad, pertinencia, razonabilidad, ponderación, imparcialidad, transparencia, honestidad, probidad, interés general, lealtad, colaboración, discreción, prudencia, integridad y uso de información que rigen al Consejo. También define el conflicto de intereses y establece normas sobre las conductas y acciones de sus miembros.
Este documento presenta el Reglamento Interno del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES). Establece las normas para el funcionamiento del Pleno del CEAACES y de sus miembros, así como las atribuciones de la Presidencia. También regula aspectos como la designación de miembros subrogantes, causales de destitución, licencias temporales y el proceso de reemplazo de miembros.
Este documento presenta la Ley Orgánica de Educación Superior del Ecuador. Establece los principios y fines del sistema de educación superior, incluyendo formar profesionales con una visión humanista, solidaria y comprometida con los objetivos nacionales. También define los derechos de los estudiantes a acceder a una educación superior de calidad, movilizarse entre instituciones, y participar en los procesos de gobernanza de las universidades. El documento regula el sistema de educación superior y las instituciones que lo componen.
Reglamento General Ley Orgánica de Educacion SuperiorUEES
Este documento presenta el Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Superior del Ecuador. Establece normas relativas a los principios rectores del sistema de educación superior como las autoridades académicas, la igualdad de oportunidades, la calidad de la educación y la tipología de instituciones. El reglamento busca garantizar la correcta aplicación de los principios constitucionales y legales en el ámbito de la educación superior ecuatoriana.
El documento describe los diferentes espacios físicos de bienestar de la Universidad de Especialidades Espíritu Santo, incluyendo 3 auditorios, 1 capilla, 1 enfermería, 1 complejo deportivo, residencias universitarias, 5 restaurantes, 3 salas, salones, áreas verdes y salas de descanso y bienestar. Proporciona detalles como la ubicación, capacidad y uso de cada espacio.
Instructivo para la Presentación del Informe de Autoevaluacion InstitucionalUEES
Este documento proporciona instrucciones para la presentación del informe de autoevaluación institucional o de carreras/programas. Describe la estructura y contenido requerido para el informe, incluyendo una sección de datos generales, resumen ejecutivo, autoevaluación de variables, conclusiones, propuestas de mejora y anexos. El objetivo es guiar a las instituciones en la realización de un proceso de autoevaluación completo y riguroso.
Reglamento para la Determinación de Resultados del Proceso de Evaluación Inst...UEES
Este documento establece el reglamento para determinar los resultados del proceso de evaluación institucional de los institutos superiores de artes y conservatorios superiores del Ecuador realizado por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES). El reglamento define los pasos para aprobar el informe final de evaluación, determinar la situación académica e institucional, y establecer categorías como "acreditado", "en proceso de acreditación" y "no acreditado" dependiendo de los resultados
Instructivo Procedimental Codificado para la Recepcion de Audiencias PublicasUEES
Este documento establece el procedimiento para las audiencias públicas solicitadas por instituciones de educación superior durante los procesos de evaluación del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES). Detalla los requisitos para solicitar una audiencia, el proceso de aprobación, la conformación de una comisión para recibirla y elaborar un informe, y los pasos a seguir durante la audiencia. El objetivo es regular la recepción de audiencias como parte de los procesos de evaluación
Instructivo para la Elaboracion del Plan de Mejoras y el Plan de Aseguramient...UEES
Este instructivo establece la estructura y contenido que deben seguir las extensiones de instituciones de educación superior clasificadas como "condicionadas", "fuertemente condicionadas" o "no aprobadas" para la elaboración de sus planes de mejora y planes de aseguramiento de calidad. Estos planes deberán detallar las variables con baja puntuación, las medidas que se implementarán, el presupuesto asignado y la documentación de respaldo. Asimismo, se deberán presentar informes trimestrales o semestrales que evidencien
Reglamento Evaluadores Externos de la Educacion SuperiorUEES
Este documento presenta el Reglamento de Evaluadores Externos de la Educación Superior del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES). Establece las normas para la selección, calificación y desempeño de evaluadores externos. Define los requisitos para ser evaluador externo, el proceso de postulación, la conformación de un banco de evaluadores, y la selección de evaluadores para cada proceso de evaluación específico.
Contenido General - Normativa Sistema Educación SuperiorUEES
El documento presenta una recopilación de la normativa del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES) de Ecuador. Incluye la legislación relevante, el marco legal y los reglamentos internos del CEAACES, así como los reglamentos para la evaluación externa, autoevaluación, examen de habilitación profesional e intervención de instituciones de educación superior en Ecuador.
Este documento presenta el Manual para Capacitación de Pares Académicos del Consejo Nacional de Acreditación de Colombia. Explica el objetivo de capacitar a los pares académicos en los aspectos normativos y procedimentales de la acreditación para garantizar la calidad en sus funciones. Describe brevemente el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad, que incluye la evaluación de programas e instituciones, el subsistema de información y el de fomento. Finalmente, detalla los criterios y procesos de la evaluación ex
Reglamento para los Procesos de Autoevalaucion de las Intituciones, Carreras ...UEES
Este documento establece las normas para que las instituciones de educación superior en Ecuador realicen procesos de autoevaluación institucional y de sus carreras y programas. Se crea la Comisión General de Evaluación Interna, responsable de coordinar la autoevaluación, e instruye a las instituciones a conformar comités internos de apoyo. El objetivo es que las instituciones analicen sus fortalezas y debilidades para mejorar continuamente la calidad de la educación.
Modelo de Calidad para la Acreditación UniversitariaJavier Villar
Este documento presenta el Modelo de Calidad para la Acreditación de Carreras Universitarias propuesto por la Dirección de Evaluación y Acreditación del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (CONEAU). El modelo contiene 3 dimensiones, 9 factores, 16 criterios, 84 indicadores y 267 fuentes de verificación. También incluye 97 estándares específicos para la carrera de Educación. El modelo se basa en un enfoque sistémico y ciclo de mejora contin
Este documento establece tres resoluciones de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) en Perú. La primera publica los criterios técnicos de evaluación para expedientes de licenciamiento institucional. La segunda publica la metodología para determinar la vigencia de las licencias institucionales otorgadas a universidades. Y la tercera publica las consideraciones para la presentación de medios de verificación por las universidades en el proceso de licenciamiento.
Evaluacion 14 nstrumentos del subsistema_de_evaluacion. de colegios y univers...Adalberto
Este documento presenta el subsistema de evaluación de instituciones de educación superior en El Salvador. El proceso de evaluación tiene cinco etapas: 1) autoevaluación institucional, 2) visita de verificación de pares evaluadores, 3) informe de pares evaluadores, 4) resolución y comunicación de resultados, y 5) publicación de resultados. El propósito es mejorar la calidad de las instituciones mediante la evaluación periódica basada en once criterios organizados en dimensiones.
El documento presenta un resumen de las actividades realizadas en 2011 por la Dirección de Evaluación y Acreditación del Consejo Nacional para la Educación, la Ciencia y la Tecnología del Perú. Se evaluaron 15 carreras de acreditación obligatoria, se capacitó a 136 eventos a evaluadores externos, y se publicaron varios libros con estándares y lineamientos para la acreditación de programas universitarios. Adicionalmente, se reconoció a una entidad evaluadora y se establecieron planes para la selección de evaluadores y el desar
El documento presenta el Código de Ética del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior. Establece los principios de responsabilidad, pertinencia, razonabilidad, ponderación, imparcialidad, transparencia, honestidad, probidad, interés general, lealtad, colaboración, discreción, prudencia, integridad y uso de información que rigen al Consejo. También define el conflicto de intereses y establece normas sobre las conductas y acciones de sus miembros.
Este documento presenta el Reglamento Interno del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES). Establece las normas para el funcionamiento del Pleno del CEAACES y de sus miembros, así como las atribuciones de la Presidencia. También regula aspectos como la designación de miembros subrogantes, causales de destitución, licencias temporales y el proceso de reemplazo de miembros.
Este documento presenta la Ley Orgánica de Educación Superior del Ecuador. Establece los principios y fines del sistema de educación superior, incluyendo formar profesionales con una visión humanista, solidaria y comprometida con los objetivos nacionales. También define los derechos de los estudiantes a acceder a una educación superior de calidad, movilizarse entre instituciones, y participar en los procesos de gobernanza de las universidades. El documento regula el sistema de educación superior y las instituciones que lo componen.
Reglamento General Ley Orgánica de Educacion SuperiorUEES
Este documento presenta el Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Superior del Ecuador. Establece normas relativas a los principios rectores del sistema de educación superior como las autoridades académicas, la igualdad de oportunidades, la calidad de la educación y la tipología de instituciones. El reglamento busca garantizar la correcta aplicación de los principios constitucionales y legales en el ámbito de la educación superior ecuatoriana.
El documento describe los diferentes espacios físicos de bienestar de la Universidad de Especialidades Espíritu Santo, incluyendo 3 auditorios, 1 capilla, 1 enfermería, 1 complejo deportivo, residencias universitarias, 5 restaurantes, 3 salas, salones, áreas verdes y salas de descanso y bienestar. Proporciona detalles como la ubicación, capacidad y uso de cada espacio.
Instructivo para la Presentación del Informe de Autoevaluacion InstitucionalUEES
Este documento proporciona instrucciones para la presentación del informe de autoevaluación institucional o de carreras/programas. Describe la estructura y contenido requerido para el informe, incluyendo una sección de datos generales, resumen ejecutivo, autoevaluación de variables, conclusiones, propuestas de mejora y anexos. El objetivo es guiar a las instituciones en la realización de un proceso de autoevaluación completo y riguroso.
Este documento presenta una tabla con información sobre 13 edificios de la Universidad de las Fuerzas Armadas ESPE. Detalla el número de edificio, nombre, área de construcción, ubicación física, número de aulas y laboratorios, oficinas y otros detalles por piso. El objetivo es registrar los datos básicos de la infraestructura física de la universidad.
El 63% de la matrícula universitaria se correspondía con estudios de grado, mientras que el 37% restante cursaba estudios de postgrado. De los estudios de grado, el 59% eran presenciales, el 4% a distancia y el 37% de postgrado se repartía entre el 15% de presenciales, el 6% semipresenciales y el 16% a distancia.
La composición de los docentes según dedicación en 2015 mostraba que el 62% eran profesores de tiempo completo, el 36% eran profesores de tiempo parcial y el 2% eran profesores de medio tiempo. En términos de formación, el 94% de los docentes tenían una maestría mientras que el 6% tenían un doctorado.
Normas Pertinentes de la Constitución del EcuadorUEES
Este documento presenta las normas pertinentes de la Constitución de la República del Ecuador relacionadas con la educación. Establece que la educación es un derecho a lo largo de la vida y un deber del Estado. Define los principios de la educación como participativa, obligatoria, intercultural, democrática e inclusiva. También establece que el Estado ejercerá la rectoría del Sistema Nacional de Educación y del Sistema de Educación Superior a través de organismos públicos de planificación, regulación, acreditación y aseguramiento
Este documento lista 23 carreras de grado vigentes en la Universidad Particular de Especialidades Espíritu Santo. Proporciona información sobre la facultad, código, modalidad (presencial o a distancia), duración, título otorgado y fecha de creación de cada carrera. Las carreras se agrupan en 8 facultades principales como Arquitectura e Ingeniería Civil, Artes Liberales, Ciencias Empresariales, Ciencias de la Comunicación, Ciencias Médicas, Derecho, Política y Desarrollo, Sistem
Este documento lista 11 programas de postgrado vigentes en una universidad, incluyendo maestrías en administración de empresas, auditoría de tecnologías de la información, contabilidad y finanzas, derecho de empresa, dirección de proyectos, dirección del talento humano y marketing. También incluye especializaciones en cirugía general, coloproctología, medicina crítica y cirugía plástica reconstructiva y estética. Proporciona detalles sobre cada programa como código, modalidad, duración, título, fecha de creación y aprob
El documento presenta información general sobre la Universidad de Especialidades Espíritu Santo (UEES) en Ecuador. Detalla que la UEES es una universidad privada sin fines de lucro que ofrece 23 carreras de grado y 12 programas de posgrado. En los últimos 5 años, la UEES ha logrado que todos sus profesores tengan maestría o PhD, ha rediseñado sus mallas curriculares, ha firmado convenios internacionales y ha incrementado las publicaciones indexadas de sus académicos. El documento también incluye datos sobre la matrícula y el
1) El CEAACES evaluará y acreditará todas las carreras de las universidades del país usando un modelo genérico de evaluación con aspectos comunes y un enfoque específico para cada área.
2) Anteriormente, el CONEA evaluó 68 universidades usando cuatro indicadores y recomendó la depuración de 26 universidades.
3) El CEAACES evaluó las 26 universidades cuestionadas y ordenó la suspensión de 14 de ellas.
Los organismos de gobierno que evalúan las carreras de las universidades en Ecuador son el Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación (CONEA) y el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES). El CONEA evaluó 68 universidades en 2008 y recomendó la depuración de 26, mientras que el CEAACES suspendió definitivamente 14 de las 26 universidades cuestionadas. Actualmente, el CEAACES es el encargado de la evaluación y acreditación de las 57 universidades y escuelas polit
La nueva legislación establece un Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación para mejorar la calidad de la educación superior universitaria en Panamá. El sistema incluye procesos de autoevaluación institucional y de programas, evaluación externa por pares académicos e independientes, y acreditación. Se crea el Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria de Panamá para administrar el sistema de manera independiente. Las universidades deben someterse a estos procesos de evaluación y acreditación cada seis años para garantizar alt
La nueva legislación establece un Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación para mejorar la calidad de la educación superior universitaria en Panamá. El sistema incluye procesos de autoevaluación institucional y de programas, evaluación externa por pares académicos y acreditación a través del Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria. La ley también establece nuevos requisitos para las universidades como contar con docentes de cuarto nivel, ofrecer becas a estudiantes con mérito y someterse a proces
El documento describe el desarrollo del modelo de acreditación en Chile, incluyendo hitos clave desde 1980 hasta la actualidad. Se creó la Comisión Nacional de Acreditación en 2006 para supervisar el proceso de acreditación institucional y de carreras a través de agencias acreditadoras autorizadas. El sistema actual evalúa la calidad de acuerdo a ocho criterios como el perfil profesional, la estructura curricular, los recursos humanos y los resultados del proceso de formación.
Ley general del servicio ´profesional docente sintesishugomedina36
Este documento resume los aspectos clave de la Ley General del Servicio Profesional Docente. Establece que la ley tiene como objetivo regular el servicio profesional docente en educación básica y media superior, estableciendo perfiles, parámetros e indicadores. También regula los derechos, obligaciones y asegura la transparencia en el servicio. Explica que la evaluación del desempeño docente es obligatoria cada cuatro años, y aquellos con resultados insuficientes deben incorporarse a programas de regularización y sujetarse a una segunda y pot
Este documento propone cambios al sistema de acreditación universitaria en Chile, incluyendo: 1) Hacer la acreditación obligatoria y vinculante; 2) Crear tres nuevos tipos de acreditación según el nivel académico en lugar de los tipos existentes; 3) Transformar las agencias acreditadoras en agencias externas sin vínculos con las universidades; 4) Evaluar anualmente el cumplimiento de los requisitos de acreditación y requerir una tercera acreditación enfocada en investigación después de 10 años.
Antecedentes de la evaluación educativa en el EcuadorJhon Mera
El documento describe los procesos de evaluación, acreditación y categorización de la calidad de la educación superior en Ecuador. Estos procesos son llevados a cabo por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES) y buscan mejorar continuamente la calidad de las instituciones, carreras y programas a través de la autoevaluación, evaluación externa y el cumplimiento de estándares. El CEAACES juega un papel vital en la transformación de la educación superior en el
El CONEAU es uno de los órganos operadores del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa en Perú. Tiene como objetivo principal promover procesos de evaluación, acreditación y certificación de la educación superior universitaria para alcanzar altos niveles de calidad.
Este documento presenta el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de los Estudiantes (SIEE) de la Institución Educativa La Esperanza. Describe los componentes del SIEE, su fundamentación legal, conceptos clave como evaluación, promoción, competencia y desempeño. También define las responsabilidades de la institución educativa, derechos y deberes de estudiantes y padres. Explica los objetivos, ámbitos, características y coherencia de la evaluación con el currículo, así como las estrategias, escal
Este documento provee instrucciones para la elaboración de planes de mejora por parte de Institutos Superiores Técnicos y Tecnológicos acreditados en Ecuador. Explica que dichos planes deben enfocarse en mejorar la calidad de la educación y elevar los estándares, a través de estrategias y un plan de acción de dos años. Además, provee una estructura recomendada para los planes, incluyendo una filosofía institucional, objetivos, análisis situacional, estrategias, plan de acción y mecanismos de
Este documento presenta el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de los Estudiantes (SIEE) de la Institución Educativa La Esperanza para los años 2017. Describe los componentes, fundamentos legales, conceptos, responsabilidades, objetivos y estrategias de evaluación de los estudiantes. Además, incluye la escala de valoración, criterios de evaluación, comisiones de evaluación y promoción, informes periódicos, repitencia, promoción y graduación. Finalmente, establece el debido proceso en la evalu
El documento presenta un modelo para la evaluación y acreditación de instituciones de educación superior en Ecuador. Describe los antecedentes legales que requieren que todas las instituciones se sometan a procesos periódicos de evaluación y acreditación. Luego introduce el modelo, el cual se basa en criterios como la academia, estudiantes, investigación, vinculación con la comunidad, organización institucional e infraestructura. Finalmente, explica el proceso de autoevaluación, evaluación externa y acreditación de carreras que deben seguir las instituciones.
Este documento presenta el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de Estudiantes (SIEE) de la Institución Educativa La Esperanza. El SIEE define los componentes, fundamentos legales, conceptos y procedimientos de evaluación de estudiantes. Incluye capítulos sobre responsabilidades, estrategias de evaluación, promoción de estudiantes, debido proceso y aprobación del SIEE por el Consejo Directivo. El objetivo del SIEE es establecer una metodología de evaluación integral, continua y coherente con el curr
Este documento describe una iniciativa de ley para regular el servicio profesional docente en la educación básica y media superior en México. La iniciativa busca establecer criterios para el ingreso, promoción y permanencia de docentes, así como mejorar la calidad de la educación a través de la evaluación del desempeño docente. De manera adicional, la iniciativa distribuye competencias entre el Instituto, autoridades educativas locales y la Secretaría de Educación Pública para regular diferentes aspectos del servicio profesional docente.
Identificación de Competencias Profesionales y Laborales con Análisis FuncionalRAÚL SUÁREZ ÁLVAREZ
Contiene los aspectos del SINEACE relacionados a competencias, aspectos básicos sobre competencias, los métodos para identificación de competencias, el Análisis Funcional y la construcción del Mapa Funcional.
INSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN Rossy Rochin
Este documento establece los lineamientos para la certificación de evaluadores en educación básica y media superior en México. Describe los requisitos para ser evaluador, como tener título universitario y experiencia docente. Explica el programa de formación de evaluadores que deben completar y la evaluación para la certificación. También establece las obligaciones de los evaluadores certificados como mantener actualizada su información y sujetarse a procesos de evaluación de desempeño.
LINEAMIENTOS iniciales generales para llevar a cabo la evaluación del ingreso al
Servicio Profesional Docente en Educación Básica y Educación Media Superior y
lineamientos iniciales generales para llevar a cabo la evaluación para la promoción a
cargos con funciones de Dirección (Directores) en Educación Media Superior, para el
ciclo escolar 2014-2015
Sistema Institucional de Evaluacion Educativoyeyoreloaded
Este documento presenta el Sistema Institucional de Evaluación de Estudiantes de la Institución Educativa Jorge Isaacs del Placer. Define los componentes del sistema como los criterios de evaluación, la escala de valoración, las estrategias de evaluación, y los procesos de seguimiento y apoyo a estudiantes. También establece las responsabilidades de la institución educativa, los derechos y deberes de estudiantes y padres de familia, y los principios de evaluación de aprendizaje, competencias y desempeño que rigen el sistema
Los tres organismos principales que evalúan las carreras de las universidades en Ecuador son:
1) El Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación (CONEA), que dirige el Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior.
2) La Contraloría General del Estado, que supervisa la rendición financiera de cuentas de las universidades.
3) El Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (SEESCYT), que es el organismo rector del sistema de educación superior en Ecuador.
Similar a Reglamento para el Funcionamiento Ulterior de las Extensiones de las Instituciones (20)
La Universidad Espíritu Santo (UEES) es una institución privada de educación superior en Ecuador que ofrece programas de pregrado, posgrado y educación continua. La UEES se adhirió al Pacto Global de la ONU en 2010 y sigue los estándares GRI para reportar sobre su desempeño económico, ambiental y social. El informe presenta datos de 2018-2019 que muestran los impactos de la UEES en estas áreas clave y su compromiso con los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Este documento presenta el primer informe de sostenibilidad de la Universidad Espíritu Santo (UEES) para los años 2016-2017. Resume los principales aspectos de la organización como su misión, visión y valores, así como su gobierno, oferta académica, personal y logros recientes en materia de acreditación, rankings y compromiso con los objetivos de desarrollo sostenible. Además, incluye información sobre sus estudiantes, docentes, programas y desempeño en áreas como investigación, vinculación con la comunidad y responsabil
El 2017 fue el cuarto año del período estratégico 2014-2018 planificado para esta Universidad. En dicho año se obtuvieron logros significativos en los procesos establecidos en el Plan Estratégico de Desarrollo Institucional (PEDI). Así mismo se realizó el seguimiento y cumplimiento del Plan Operativo Anual a nivel institucional y de las unidades académicas de la universidad.
Este documento presenta el Reglamento Interno de Facultades de la Universidad Particular de Especialidades Espíritu Santo (UEES). Establece las normas sobre el proceso de postulación, admisión, registro de estudiantes, tipos de estudiantes, políticas académicas, reconocimiento de estudios previos, consejos directivos y carreras y programas de la UEES. Se compone de 7 títulos y varios capítulos que desarrollan cada uno de estos aspectos con el fin de regular el funcionamiento académico de la
Carta de adhesión a la Red de Pacto Global EcuadorUEES
La Universidad Espíritu Santo se compromete a apoyar los 10 principios del Pacto Global de las Naciones Unidas relacionados con derechos humanos, estándares laborales, medio ambiente y anticorrupción. La universidad también se compromete a difundir este compromiso y participar en actividades del Pacto Global en la medida de lo posible, como participar en redes locales y proyectos de asociación.
La Universidad de Especialidades Espíritu Santo (UEES), presenta el Informe de Rendición de Cuentas Institucional, no solo dando cumplimiento a la Ley Orgánica de Educación Superior, (LOES), sino también a la necesidad de informar debidamente a la comunidad universitaria, a los organismos de control y a la sociedad de los logros y proyecciones en el año transcurrido. La presente Rendición de Cuentas muestra el trabajo de la comunidad universitaria, con la complejidad y diversidad de los estamentos que la componen y sirve de base para el establecimiento de nuevos retos.
Este documento presenta el informe de comunicación sobre el compromiso de la Universidad de Especialidades Espíritu Santo (UEES) con los Principios de las Naciones Unidas para una Educación Responsable en Gestión (PRME) para el año 2015. Detalla los logros de la UEES en la implementación de los seis principios de los PRME en sus funciones académicas, de investigación y vinculación, así como en temas de derechos humanos, medio ambiente, estándares laborales y anticorrupción. Además, presenta información general sobre
Este protocolo establece las pautas para la organización de eventos académicos en la Facultad de Derecho. Los eventos deben ser aprobados primero por el Consejo de la Facultad y luego revisados por el Comité de Imagen. El líder del evento es responsable de solicitar los recursos necesarios, invitar a los asistentes y asegurarse de que los discursos se ajusten a las directrices de la universidad. La participación de estudiantes requiere su registro previo como protocolo de la Facultad.
Reglamento interno de carrera y escalafón del profesor e investigadorUEES
Este documento presenta el Reglamento Interno de Carrera y Escalafón del Profesor e Investigador de la Universidad Espíritu Santo (UEES). Establece las normas y procedimientos para el ingreso, promoción y evaluación del personal académico de la UEES. Incluye disposiciones sobre los tipos de personal académico, requisitos de ingreso, concurso de méritos y oposición, actividades, escalafón, evaluación, derechos y deberes.
Instructivo para la elaboración, monitoreo y evaluación de las prácticas pre ...UEES
Este instructivo establece los procedimientos y responsabilidades para la realización de prácticas preprofesionales de los estudiantes de derecho en el Consultorio Jurídico de la Universidad Espíritu Santo. Las prácticas tienen una duración de 200 horas en un período de 3 a 5 meses, durante las cuales los estudiantes aplicarán sus conocimientos legales para resolver casos reales bajo la supervisión de un tutor. Al finalizar, los estudiantes deben presentar informes de actividades y un trabajo integrador para evaluar el cumplimiento de los
El documento presenta la Rendición de Cuentas de 2015 de la Universidad de Especialidades Espíritu Santo (UEES). Resume los logros académicos, de investigación e institucionales de la UEES durante el año, incluyendo la acreditación de carreras, el aumento de publicaciones de profesores, y el cumplimiento de su Plan Operativo Anual en un 90.8%. Además, presenta datos generales sobre la UEES, su oferta académica, autoridades y proyecciones para 2016, con el objetivo de continuar mejorando la calidad
Informe de autoevaluación - Carrera de Derecho, Político y Desarrollo UEES
Este documento presenta el informe de autoevaluación de la carrera de Derecho de la Universidad Espíritu Santo. Incluye la descripción de la metodología de autoevaluación utilizada, los miembros del comité de autoevaluación de la carrera, y un resumen ejecutivo con la misión, visión, logros y retos de la carrera. Entre los logros se encuentran una planta docente calificada y la articulación de la carrera con demandas sociales. Entre los retos aún pendientes están crear una
Manual para la elaboración de distributivos - DocentesUEES
Este documento proporciona instrucciones para la elaboración y seguimiento de los distributivos de planificación docente en la Universidad Espíritu Santo. Explica los componentes del distributivo, incluyendo datos del docente, resumen de horas, actividades de docencia, investigación, vinculación y consejerías. También describe cómo distribuir las horas semanales y certificar la validez de los distributivos. Al final del período, los coordinadores entregarán un informe consolidado sobre el cumplimiento de las actividades planificadas.
Este documento presenta el reglamento del consultorio jurídico de la Facultad de Derecho, Política y Desarrollo de la Universidad de Especialidades Espíritu Santo. Establece la misión, visión, estructura administrativa, normatividad, procesos de competencia y requisitos para el director, abogado civilista y docente-tutor del consultorio jurídico. El consultorio tiene como objetivo brindar asesoramiento y patrocinio legal gratuito a personas de escasos recursos económicos y practicantes de la facultad de
Manual de Procedimento de los Practicantes del Consultorio JurídicoUEES
La Unión Europea ha propuesto un nuevo paquete de sanciones contra Rusia que incluye un embargo al petróleo ruso. El embargo se aplicaría gradualmente durante seis meses para el petróleo crudo y ocho meses para los productos refinados. Este paquete de sanciones requiere la aprobación unánime de los 27 estados miembros de la UE.
Este documento presenta una lista de 46 procedimientos, normas, políticas, reglamentos y manuales relacionados con diferentes procesos de una universidad. Los procesos cubiertos incluyen planeación, evaluación y acreditación, recursos humanos, posgrado, docencia, investigación, vinculación, bienestar estudiantil, administración e infraestructura. Cada elemento de la lista describe brevemente el tema cubierto por el procedimiento, norma, política, reglamento o manual correspondiente.
En la ciudad de Pasto, estamos revolucionando el acceso a microcréditos y la formalización de microempresarios informales con nuestra aplicación CrediAvanza. Nuestro objetivo es empoderar a los emprendedores locales proporcionándoles una plataforma integral que facilite el acceso a servicios financieros y asesoría profesional.
ACERTIJO DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARÍS. Por JAVI...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARIS”. Esta actividad de aprendizaje propone el reto de descubrir el la secuencia números para abrir un candado, el cual destaca la percepción geométrica y conceptual. La intención de esta actividad de aprendizaje lúdico es, promover los pensamientos lógico (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia y viso-espacialidad. Didácticamente, ésta actividad de aprendizaje es transversal, y que integra áreas del conocimiento: matemático, Lenguaje, artístico y las neurociencias. Acertijo dedicado a los Juegos Olímpicos de París 2024.
Business Plan -rAIces - Agro Business Techjohnyamg20
Innovación y transparencia se unen en un nuevo modelo de negocio para transformar la economia popular agraria en una agroindustria. Facilitamos el acceso a recursos crediticios, mejoramos la calidad de los productos y cultivamos un futuro agrícola eficiente y sostenible con tecnología inteligente.
José Luis Jiménez Rodríguez
Junio 2024.
“La pedagogía es la metodología de la educación. Constituye una problemática de medios y fines, y en esa problemática estudia las situaciones educativas, las selecciona y luego organiza y asegura su explotación situacional”. Louis Not. 1993.
Evaluacion-Formativa-Nueva Escuela Mexicana NEM-ok.pdf
Reglamento para el Funcionamiento Ulterior de las Extensiones de las Instituciones
1. •
• •
• ceaacesCONSEJO DE EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN Y ASEGURAMIENTO
DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR
REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO
ULTERIOR DE LAS EXTENSIONES DE LAS
INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN
SUPERIOR POSTERIOR A LA EVALUACIÓN
REALIZADA POR EL CEAACES
icePROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN
COR PORAC ION
•
•
•
2. 3.7 REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO ULTERIOR
DE LAS EXTENSIONES DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN
SUPERIOR POSTERIOR A LA EVALUACIÓN REALIZADA POR
EL CEAACES
RESOLUCIÓN No. 004-050-CEAACES-2013
•
•
Considerando:
Que el artículo 26 de la Constitución
de la República del Ecuador esta-
blece que: "La educación es un
derecho de las personas a lo largo
de su vida y un deber ineludible e
inexcusable del Estado. Constitu-
ye un área prioritaria de la políti-
ca pública y de la inversión esta-
tal, garantía de la igualdad e in-
clusión social y condición indis-
pensable para el buen vivir. Las
personas, las familias y la socie-
dad tienen el derecho y la respon-
sabilidad de participar en el pro-
ceso educativo";
Que los numerales 1 y 7 del artículo
83 de la Constitución de la Re-
pública del Ecuador, establecen
que son deberes de las ecuatoria- Que
nas y los ecuatorianos acatar y
cumplir la Constitución, la Ley y
las decisiones de la autoridad
pública competente, así como
también promover el bien común
y anteponer el interés general al
interés particular, conforme al
buen vivir;
el artículo 353 de la Constitución
de la República del Ecuador esta-
blece que el Sistema de Educa-
ción Superior se regirá por: "1.
Un organismo público de planifi-
cación, regulación y coordinación
interna del sistema y de la rela-
ción entre sus distintos actores
con la Función Ejecutiva. 2. Un
organismo público técnico de
acreditación y aseguramiento de
la calidad de instituciones, carre-
ras y programas, que no podrá
conformarse por representantes
de las instituciones objeto de re-
gulación";
el artículo 171 de la Ley Orgánica
de Educación Superior, LOES,
establece que el Consejo de Eva-
luación, Acreditación y Asegu-
ramiento de la Calidad de la Edu-
cación Superior es un organismo
Que
3. REPÚBLICA DEL ECUADOR
CONSEJO DE EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN Y ASEGURAMIENTO „
s
i WM0%
DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR
2
público técnico, con personería
jurídica y patrimonio propio, con
independencia administrativa, fi-
nanciera y operativa, que tiene
facultad regulatoria y de gestión;
Que el artículo 173 de la LOES de-
termina que el Consejo de Eva-
luación, Acreditación y Asegu-
ramiento de la Calidad de la Edu-
cación Superior (CEAACES)
normará la autoevaluación insti-
tucional, y ejecutará los procesos
de evaluación externa, acredita-
ción, clasificación académica y el
aseguramiento de la calidad, te-
niendo las instituciones de educa-
ción superior del país, públicas
como particulares, y sus carreras
y programas, que someterse en
forma obligatoria a la evaluación
interna y externa, a la acredita-
ción, a la clasificación académica
y al aseguramiento de la calidad;
Que el artículo 174 de la LOES esta-
blece las funciones normativas,
ejecutivas, técnicas y administra-
tivas del Consejo de Evaluación,
Acreditación y Aseguramiento de
la Calidad de la Educación Supe-
rior en los procesos de evalua-
ción, acreditación, clasificación
académica y aseguramiento de la
calidad de la educación superior;
Que la disposición transitoria quinta
de la LOES señala que: "En cum-
plimiento a lo dispuesto en esta
Ley, el Consejo de Evaluación,
Acreditación y Aseguramiento de
la Calidad de la Educación Supe-
rior, en el plazo de dieciocho me-
ses contados desde su instalación,
realizará una depuración de se-
des, extensiones, programas, pa-
ralelos y otras modalidades de
similares características que man-
tengan las Instituciones de Edu-
cación Superior fuera de su sede
o domicilio principal. Para ello
realizará previamente un estudio
con el fin de establecer las que
puedan continuar funcionando.
Para autorizar su funcionamiento
ulterior, el Consejo emitirá las
normas necesarias, que deberán
tomar en cuenta el tiempo de fun-
cionamiento, infraestructura, ne-
cesidad local, disponibilidad de
personal académico y existencia
de otros centros de educación su-
perior en la localidad.
Las sedes, extensiones, progra-
mas, paralelos y otras modalida-
des de similares características
que no calificaren para continuar
funcionando, no podrán recibir
nuevos estudiantes en el futuro";
Que la disposición transitoria novena
del Reglamento General a la
LOES en su parte pertinente indi-
ca que "(...) El CEAACES reali-
zará la evaluación respectiva para
determinar qué sedes, extensio-
nes, programas, paralelos o uni-
dades académicas seguirán fun-
cionado"; y,
En ejercicio de las atribuciones que le
confiere la Ley Orgánica de Educación
Superior, expide el siguiente:
4. REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO ULTERIOR DE LAS
EXTENSIONES DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR • 41 Ceaa0e5
POSTERIOR ALA EVALUACIÓN
3
REGLAMENTO PARA EL FUNCIO-
NAMIENTO ULTERIOR DE LAS
EXTENSIONES DE LAS INSTITU-
CIONES DE EDUCACIÓN SUPE-
RIOR POSTERIOR A LA EVALUA-
CIÓN REALIZADA POR EL
CEAACES
CAPÍTULO I
ÁMBITO DE APLICACIÓN Y
OBJETO
Art. I.- Ámbito de Aplicación.- El pre-
sente Reglamento regula el funcionamien-
to ulterior de las extensiones de las institu-
ciones de educación superior después de la
calificación determinada dentro del proce-
so de evaluación realizado por el Consejo
•de Evaluación, Acreditación y Asegura-
miento de la Calidad de la Educación
Superior, CEAACES.
Art. 2.- Objeto.- Este Reglamento tiene
por objeto establecer los procedimientos
que se deben cumplir para el funciona-
miento ulterior de las extensiones de las
instituciones de educación superior que:
1. Han cumplido satisfactoria-
mente con los parámetros de cali-
dad establecidos en la evaluación
realizada por el CEAACES y que
se encuentran en el grupo de des-
empeño denominado "de las
aprobadas";
2. Han cumplido parcialmente
con los parámetros de calidad es-
tablecidos en la evaluación reali-
zada por el CEAACES y que se
encuentran en el grupo de desem-
peño denominado "de las condi-
cionadas";
3. Han cumplido débilmente con
los parámetros de calidad esta-
blecidos en la evaluación realiza-
da por el CEAACES y que se en-
cuentran en el grupo de desempe-
ño denominado "de las fuerte-
mente condicionadas"; y,
4. No cumplen con los paráme-
tros mínimos de calidad estable-
cidos en la evaluación realizada
por el CEAACES y que se en-
cuentran en el grupo de desempe-
ño denominado "de las no apro-
badas".
CAPÍTULO II
DE LAS APROBADAS
Art. 3.- De las aprobadas.- Las extensio-
nes de las instituciones de educación supe-
rior (IES) evaluadas por el CEAACES,
que se encuentren en este grupo de des-
empeño, podrán seguir funcionando, sin
perjuicio de los procesos de evaluación,
acreditación y aseguramiento de la calidad
de la educación superior que realice el
CEAACES de conformidad con la norma-
tiva vigente.
CAPÍTULO III
DE LAS CONDICIONADAS Y
FUERTEMENTE CONDICIONADAS
Art. 4.- De las condicionadas.- Las ex-
tensiones de las IES evaluadas por el
CEAACES que se encuentren en este
5. REPÚBLICA DEL ECUADOR
CONSEJO DE EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN Y ASEGURAMIENTO
DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR
4
grupo de desempeño, podrán continuar
funcionando de manera condicionada.
La continuidad de su funcionamiento
dependerá de la mejora en el resultado de
la evaluación que obtengan en los indica-
dores, identificados como de bajo desem-
peño, de conformidad con el plan de mejo-
ras propuesto por éstas, que les permita
establecerse dentro del grupo de desempe-
ño denominado "de las aprobadas".
Art. 5.- De las fuertemente condiciona-
das.- Las extensiones de las IES que se
encuentren en este grupo de desempeño,
podrán continuar funcionando bajo el
cumplimiento de las disposiciones esta-
blecidas en este capítulo. La continuidad
de su funcionamiento dependerá del resul-
tado que obtengan dentro de la evaluación
realizada en base a los indicadores, identi-
ficados como de bajo desempeño, de con-
formidad con el plan de mejoras propuesto
por éstas y aprobado por el CEAACES,
que les permita establecerse dentro del
grupo de desempeño denominado "de las
aprobadas".
Mientras las extensiones ubicadas en el
presente grupo de desempeño no cumplan
el plan de mejoras, no podrán ofertar nue-
vas matrículas en los programas y carreras
que comprometan la salud y la seguridad
pública; en las áreas de: salud, educación
y derecho.
Art. 6.- De la presentación del plan de
mejoras.- Las IES que tengan extensio-
nes en el grupo de condicionadas y fuer-
temente condicionadas, deberán presentar
al CEAACES, en el plazo máximo de 60
días posteriores a la notificación de la
resolución de los resultados de la evalua-
ción, un plan de mejoras de cada extensión
ubicada en los grupos de desempeño de-
nominados "de las condicionadas" o "de
las fuertemente condicionadas", que les
permita alcanzar, de acuerdo al método
estadístico directo, un promedio igual o
superior al 70%, y con ello, calificar de-
ntro del grupo de desempeño denominado
"de las aprobadas".
El plazo señalado en el párrafo anterior,
podrá ser prorrogado por una sola vez
hasta por un plazo de 30 días, siempre y
cuando dicha solicitud de prórroga esté
debidamente fundamentada.
El plan de mejoras deberá ser elaborado en
coordinación y bajo la supervisión del
CEAACES, a través de la Comisión
Temporal de Extensiones.
En caso de que las IES no presenten el
plan de mejoras de las extensiones que se
encuentran ubicadas en los grupos de
desempeño denominados "de las condi-
cionadas" o "de las fuertemente condicio-
nadas", el Pleno del CEAACES automáti-
camente las calificará en el grupo de des-
empeño denominado "de las no aproba-
das".
Art. 7.- Del contenido del plan de mejo-
ras.- El plan de mejoras contendrá en
detalle los objetivos, indicadores, medios
de verificación, actividades, presupuesto
asignado para el cumplimiento del plan y
cronograma de trabajo, con sus respecti-
vos documentos de respaldo.
La IES deberá presentar el cronograma del
plan de mejoras que se aplicará a cada
6. REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO ULTERIOR DE LAS
EXTENSIONES DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR • cefficesPOSTERIOR A LA EVALUACIÓN
5
extensión, el cual deberá ejecutarse en el
• lapso de 18 meses.
Art. 8.- De la aprobación del plan de
mejoras.- Una vez que la IES presente el
plan de mejoras de cada extensión al
CEAACES, el Pleno del Consejo emitirá
su resolución de aprobación en el plazo
máximo de 30 días, siempre y cuando el
plan demuestre objetivamente la posibili-
dad de que la IES pueda alcanzar efecti-
vamente las condiciones que le habiliten
para ubicarse en el grupo de desempeño
denominado "de las aprobadas".
Una vez aprobado el plan de mejoras y
durante su ejecución, el Pleno permitirá
por una única vez y de manera excepcio-
•nal, contra petición debidamente funda-
mentada de la IES y presentada formal-
mente al CEAACES, realizar modifica-
ciones al plan de mejoras. El Pleno del
CEAACES notificará su resolución en el
plazo máximo de 15 días.
En caso de que el Pleno no apruebe el plan
de mejoras, la IES podrá presentar, por
una única ocasión, un nuevo plan en el
plazo máximo de 15 días, contados desde
la notificación realizada por el CEAACES
con la resolución de no aprobado.
El Pleno calificará a una extensión dentro
del grupo de desempeño "de las no apro-
badas" en caso de que:
1. La IES presente el plan de mejo-
ras fuera del plazo establecido.
2. El Pleno no apruebe el plan de
mejoras presentado por segunda
ocasión, de conformidad con el
párrafo precedente.
Art. 9.- De la ejecución del plan de me-
joras.- A partir de la notificación con la
aprobación del plan de mejoras por parte
del Pleno del CEAACES, las IES deberán
remitir a este Consejo, durante los 18
meses de duración del plan de mejoras, un
informe trimestral sobre la ejecución de
dicho plan en cada extensión que se en-
cuentre en los grupos de desempeño de-
nominados "de las condicionadas" o "de
las fuertemente condicionadas".
El CEAACES en cualquier momento
podrá realizar visitas in situ a las extensio-
nes para verificar el cumplimiento del plan
de mejoras.
Art. 10.- Del informe trimestral.- La IES
presentará su primer informe trimestral,
desde la fecha de aprobación del plan de
mejoras, sobre la ejecución de este en cada
extensión.
La Comisión Temporal de Extensiones del
CEAACES evaluará, en un plazo máximo
de 15 días, el contenido de los informes
que sean presentados por la IES respecto
de cada extensión y realizará las respecti-
vas observaciones y recomendaciones
enfocadas al cumplimiento del plan de
mejoras.
En caso de que la IES no presente el in-
forme trimestral, el CEAACES declarará
el incumplimiento total del plan de mejo-
ras y calificará a la extensión dentro del
grupo de desempeño de las "no aproba-
das".
7. REPÚBLICA DEL ECUADOR
CONSEJO DE EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN Y ASEGURAMIENTO
DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR
6
De manera excepcional, el CEAACES
recibirá el informe fuera del tiempo esta-
blecido, siempre y cuando se deba a situa-
ciones de fuerza mayor o caso fortuito que
se encuentren debidamente justificadas.
Art. 11.- Del informe final del plan de
mejoras.- La IES, una vez cumplido el
plazo de 18 meses, deberá presentar al
CEAACES, con toda la documentación de
respaldo, el informe final de cumplimiento
del plan de mejoras de cada extensión que
se encuentre en los grupos de desempeño
denominados "de las condicionadas" o "de
las fuertemente condicionadas".
El CEAACES evaluará el cumplimiento
del plan de mejoras con el fin de determi-
nar si la extensión cumple, de acuerdo al
método estadístico directo, con un prome-
dio igual o superior al 70%, y con ello,
calificar dentro del grupo de desempeño
denominado "de las aprobadas"; o, en caso
de no alcanzar el referido promedio, cali-
ficar dentro del grupo de desempeño de-
nominado "de las no aprobadas".
El Pleno del CEAACES, dentro del plazo
de 30 días contados a partir de la recep-
ción del informe final de evaluación, re-
solverá respecto de la situación académica
de la extensión y la calificará dentro de los
grupos de desempeño "de las aprobadas" o
"de las no aprobadas", según corresponda.
De manera excepcional y siempre que lo
considere pertinente, el Pleno del CEAA-
CES podrá aprobar que las extensiones
que no alcancen el mínimo establecido
para ubicarse en el grupo de desempeño
denominado "de las aprobadas" elaboren
un plan emergente que les permita, en el
plazo de seis meses, ser evaluadas nueva-
mente a fin de determinar si cumplen con
el porcentaje mínimo requerido.
En caso de que luego de la evaluación del
cumplimiento del plan emergente la exten-
sión no alcanzare el porcentaje mínimo
establecido para ser ubicada en el grupo de
desempeño denominado "de las aproba-
das", será ubicada en el grupo de desem-
peño "de las no aprobadas".
(Artículo reformado mediante Resolución No.
047-CEAACES-SO-03-2015, expedida en la
tercera sesión ordinaria del Pleno del Consejo
de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento
de la Calidad de la Educación Superior, des-
arrollada el 20 de febrero de 2015).
Art. 12.- De la notificación de la resolu-
ción.- El CEAACES dentro del plazo de
10 días contados a partir de la resolución
del Pleno, notificará a la IES con los resul-
tados de la evaluación del cumplimiento
del plan de mejoras. A partir de la notifi-
cación realizada, la extensión deberá aco-
gerse a las condiciones establecidas en el
presente Reglamento, de acuerdo al grupo
de desempeño en el que haya sido califi-
cada.
Art. 13.- Prohibición de nuevas carreras
o programas.- Mientras las extensiones
"condicionadas" o "fuertemente condicio-
nadas" no cumplan el plan de mejoras y
superen la calificación mínima requerida
para ubicarse en el grupo de desempeño
"de las aprobadas", no podrán presentar al
Consejo de Educación Superior nuevos
proyectos de carreras o programas para su
aprobación.
8. REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO ULTERIOR DE LAS
EXTENSIONES DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR •
POSTERIOR A LA EVALUACIÓN
7
»•ss•••AW
CAPÍTULO IV
• DE LAS NO APROBADAS
Art. 14.- De las no aprobadas.- Las ex-
tensiones que se encuentren en este grupo
de desempeño, podrán seguir funcionando
de manera temporal, pero bajo ningún
concepto, podrán recibir nuevos estudian-
tes.
Para garantizar los estándares de calidad
en la educación de los estudiantes que
permanecerán en las extensiones que se
encuentren en este grupo de desempeño, la
IES deberá presentar al CEAACES un
plan anual de aseguramiento de la calidad
de la educación.
•Art. 15.- Plan de aseguramiento de la
calidad.- Una vez que la IES sea notifica-
da con la resolución del informe final de
evaluación, deberá presentar al CEAA-
CES, en el plazo máximo de 60 días, un
primer plan de aseguramiento de la cali-
dad que garantice una mejora progresiva
de la extensión.
El plan de aseguramiento de la calidad
deberá ser elaborado en coordinación y
bajo la supervisión del CEAACES, a
través de su Comisión Temporal de Exten-
siones; y deberá contener: objetivos,
indicadores, medios de verificación, acti-
vidades, presupuesto asignado para el
cumplimiento del plan y cronograma de
•trabajo, con los respectivos documentos de
respaldo.
El plan anual de aseguramiento de la cali-
dad será aprobado por el CEAACES y
notificado al Consejo de Educación Supe-
rior.
El CEAACES, en cualquier momento,
podrá realizar visitas in situ a las extensio-
nes para verificar el cumplimiento del plan
anual de aseguramiento de la calidad.
Art. 16.- Del presupuesto asignado.- La
IES asignará obligatoriamente el presu-
puesto establecido en el plan de asegura-
miento de la calidad para garantizar su
correcta ejecución, y remitirá al CEAA-
CES, de forma trimestral, el reporte de
ejecución presupuestaria tanto de gasto
corriente como de inversión.
Art. 17.- De la infraestructura.- Las IES
deberán introducir mejoras dentro del plan
anual de mantenimiento de la calidad a
aquellos indicadores de bajo desempeño
que fueron identificados en el proceso de
evaluación y que hagan relación directa
con la baja calidad de la infraestructura de
las extensiones.
Art. 18.- De la continuidad de estudios
en otros centros de educación superior
en la región.- En caso de que el estudiante
de manera voluntaria decida continuar sus
estudios en una IES distinta a la de origen,
esta última prestará todas las facilidades al
estudiante para el cambio correspondiente.
Art. 19.- Del seguimiento del plan anual
de aseguramiento de la calidad.- Una
vez aprobado el plan anual de asegura-
miento de la calidad, cada IES deberá
remitir en el primer año al CEAACES, de
manera trimestral, un informe sobre su
cumplimiento. A partir del segundo año
cada IES deberá remitir dicho informe de
manera semestral.
9. REPÚBLICA DEL ECUADOR
8 CONSEJO DE EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN Y ASEGURAMIENTO
DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR
El CEAACES a través de la Comisión
Temporal de Extensiones, en el plazo de
30 días contados desde la notificación con
el mencionado informe, evaluará el cum-
plimiento del plan y emitirá las observa-
ciones y recomendaciones pertinentes.
Además, en el caso de que el CEAACES
evidencie un incumplimiento en el plan
anual de aseguramiento de la calidad,
notificará las observaciones y recomenda-
ciones al CES a fin de que, de ser proce-
dente, aplique las sanciones correspon-
dientes.
Art. 20.- De la terminación del tiempo
de funcionamiento.- Las extensiones
ubicadas en el grupo de desempeño deno-
minado "de las no aprobadas", podrán
funcionar por un plazo máximo de seis
años contados a partir de la expedición de
la resolución de los resultados de la eva-
luación. En este periodo deberán concluir,
observando la normativa vigente, con los
procesos de graduación de sus estudiantes;
luego de lo cual, presentarán al CEAA-
CES un informe que evidencie el número
total de estudiantes graduados, incluyendo
un detalle de los alumnos que por motivos
particulares no han podido graduarse, y la
situación contractual de su personal
académico y administrativo.
El CEAACES en un plazo máximo de 60
días aprobará el informe presentado por la
IES, siempre que confirme la veracidad de
su contenido, y notificará al CES para la
extinción definitiva de la extensión.
DISPOSICIONES GENERALES
Primera.- La suspensión injustificada de
cursos en carreras o programas académi-
cos que privaren a los estudiantes del
derecho a continuarlos de la manera ofer-
tada por las instituciones de educación
superior en sus extensiones, podría dar
lugar a la imposición de sanciones por el
Consejo de Educación Superior, sin per-
juicio de la correspondiente indemniza-
ción económica que deberán pagar estos
centros a los estudiantes, por concepto de
daños y perjuicios, declarada judicialmen-
te, de conformidad con lo establecido en el
artículo 210 de la Ley Orgánica de Educa-
ción Superior
Segunda.- Las extensiones de las IES que
hayan sido evaluadas, no estarán exentas
de los futuros procesos de evaluación,
acreditación y aseguramiento de la calidad
de la educación superior realizado por el
CEAACES.
Tercera.- El CEAACES realizará las
visitas in situ que considere necesarias
para verificar el cumplimiento del plan
anual de aseguramiento de la calidad y de
los planes de mejora.
Cuarta.- La Comisión Temporal de Ex-
tensiones emitirá un instructivo guía para
que las IES presenten el plan de mejoras
y/o el plan de aseguramiento de la calidad,
según el caso, de conformidad con lo
dispuesto en el presente Reglamento.
Quinta.- Cualquier situación que no se
encuentre establecida en el presente Re-
glamento, podrá ser resuelta por el Pleno
del CEAACES.
Sexta.- Solicitar al Consejo de Educación
Superior que los proyectos de nuevos
programas y/o carreras que hayan presen-
tado las extensiones "condicionadas" o
10. "fuertemente condicionadas" no sean
eaprobados hasta que dichas extensiones
cumplan con el plan de mejoras y se ubi-
quen en el grupo de desempeño denomi-
nado "de las aprobadas".
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera.- Las IES cuyas extensiones
hayan sido categorizadas dentro de los
grupos de "fuertemente condicionadas" y
"no aprobadas" deberán realizar la matrí-
cula de los estudiantes que fueron acepta-
dos dentro del Sistema Nacional de Admi-
sión y Nivelación previo al 22 de abril de
2013, fecha en la que el Pleno del CEAA-
CES aprobó las Resoluciones con la cali-
ficación de las extensiones.
•Segunda.- Para el caso de las extensiones
que hayan sido evaluadas dentro del pro-
ceso de depuración, esto es, previo al 22
de abril de 2013, fecha en la que el Pleno
del CEAACES aprobó las Resoluciones
con la calificación de dichas extensiones,
las IES deberán presentar al CEAACES en
el plazo máximo de 60 días contados a
partir de la expedición del presente regla-
mento los planes de mejoras o de asegu-
ramiento de la calidad, según el caso.
Tercera.- El primer plan anual de asegu-
ramiento de la calidad que debe ser pre-
sentado por la IES respecto de las exten-
siones que hayan sido evaluadas dentro
del proceso de depuración, deberá conte-
ner un cronograma de trabajo a desarro-
llarse hasta el 31 de diciembre del 2013.
Los futuros planes anuales serán presenta-
•
REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO ULTERIOR DE LAS
EXTENSIONES DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR
POSTERIOR A LA EVALUACIÓN
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dos hasta el 15 de enero de cada año y
tendrán una vigencia de un año.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente reglamento entrará en vigencia
desde su aprobación, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial.
Dado en la ciudad de San Francisco de
Quito, D.M., en la quincuagésima sesión
del Pleno del Consejo de Evaluación,
Acreditación y Aseguramiento de la Cali-
dad de la Educación Superior, desarrollada
a los veinte y un (21) días del mes de junio
de 2013.
Nelson Medina, Ph.D
PRESIDENTE SUBROGANTE DEL
CEAACES
En mi calidad de Secretaria General del
CEAACES, CERTIFICO: que el presen-
te Reglamento fue aprobado por unanimi-
dad de los miembros del Pleno del Conse-
jo de Evaluación, Acreditación y Asegu-
ramiento de la Calidad de la Educación
Superior, en la quincuagésima sesión
ordinaria, realizada el día 21 de junio de
2013 y reformado en la tercera sesión
ordinaria del Pleno del CEAACES des-
arrollada el día 20 de febrero de 2015.
Lo certifico.
Sofía Andrade G.
SECRETARIA GENERAL DEL CEAACES