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RENDIMIENTOS DEL TRABAJO PERSONAL
EN EL IRPF (II)
Curso 2012-2013
Prof. Zulema Calderón Corredor
http://es.linkedin.com/pub/zulema-calder%C3%B3n-corredor/58/453/54a
Claves del tema 1
 Ideas básicas del IRPF
 Cuestiones básicas de los rtos del trabajo
 Delimitación/tipología
 Retribuciones en especie
 Valoración/exención/ingreso a cuenta
 Régimen aplicable a dietas: cantidades exentas
Objetivos del tema 2
 Conocer la forma de cálculo del rendimiento NETO del
trabajo
 Rendimientos íntegros (restar exentas)
 Reducciones por periodo/irregularidad
 Gastos deducibles
 Reducciones a tanto alzado rto neto
 Régimen jurídico-tributario/ exenciones de:
 Las principales indemnizaciones laborales
 Las principales retribuciones variables o extraordinarias
 Principales obligaciones de retención del empleador
 Posibilidades de planificación que ofrece el régimen
fiscal de los rtos del trabajo
Rendimientos del trabajo e IRPF
nota previa
 Los rendimientos NO tributan BRUTOS
 Los rendimientos del trabajo en el IRPF no tributan por las
cantidades brutas percibidas
 A los rendimientos brutos la ley prevé restar:
 Las exenciones aplicables (ya vistas algunas en el tema anterior, otras
se verán ahora)
 Reducciones por periodo de generación o irregularidad (el IRPF es un
impuesto ANUAL)
 Los gastos deducibles (solo esos)
 Algunas cantidades “a tanto alzado” como “gtos necesarios”
Rendimientos NETOS del trabajo
Rendimiento neto final
Rendimiento ÍNTEGRO (sin quitar retenciones)
-Reducciones del rendimiento
íntegro (+ 2 años generación ó renta irregular)
-Gastos deducibles
Rendimiento NETO
-Reducciones del rendimiento neto
Rendimiento NETO REDUCIDO
1. Indemnizaciones-prestaciones
exentas (1)
Relevancia de la cuestión para el empleador:
Las cuantías exentas
 No se someten a retención
 No se tienen en cuenta para su cálculo
Cada caso requiere de un análisis específico
 Por la existencia de matices a considerar
 Por el riesgo fiscal que supone para el empleador
dejar de retener
1. Indemnizaciones-prestaciones
exentas (2)
Casos más relevantes:
Despido improcedente (hasta límite ET)
Rescisión justificada del contrato por parte trabajador
(hasta límite ET)
Por causas objetivas y ERE´s (hasta límite ET)
Muerte, jubilación o incapacidad empresario (1 mes
salario)
Traslado puesto de trabajo y residencia (gastos)
 Prestaciones incap. Perm. Absoluta y gran inv.(importe)
Prestación desempleo-pago único (desaparece límite 15.500)
Trabajos realizados en el extranjero (hasta 60.100)
1. Indemnizaciones-prestaciones
exentas (3)
Cuestiones a considerar:
Antigüedad a efectos del cálculo (s/ ET)
 Tiempo efectivo de servicio
 Irrelevancia de acuerdos s/ antigüedad
Despidos improcedentes
 Nueva redacción art- 7 e) LIRPF (desde 7/7/2102)
 Se requiere acto de conciliación/resolución judicial
2. Indemnizaciones-prestaciones
NO exentas (1)
Tipos de prestaciones extraordinarias:
Indemnizatorias (a cambio de complementos, despido,
pre-jubilaciones…)
Compensadoras de gastos (traslado no exenta,
discapacidad…
Recompensadoras (bonus, premios…)
TRATAMIENTO FISCAL : DEPENDE (POSIBLE REDUCCIÓN 40%)
2. Indemnizaciones-prestaciones
NO exentas (2)
 Aquellos que gozan de una reducción
general del 40%
 Rendimientos que se han generado en más de dos años (por
ley/convenio/acuerdo/contrato previos) y no se obtienen de
forma recurrente ó periódica
 Rendimientos obtenidos de forma irregular y previstos en el
Reglamento del IRPF
 Aquellos que NO tienen derecho a
reducción:
 Otros rendimientos, indemnizaciones ó retribuciones de
carácter extraordinario que no cumplen los requisitos anteriores
2. Indemnizaciones-prestaciones
NO exentas (3)
 Requisitos reducción general del 40%
 Generadas en más de dos años (por
ley/convenio/acuerdo/contrato
previos):indemnizaciones/bonus (NO PERIÓDICOS)
 Rendimientos obtenidos de forma irregular y previstos en el
Reglamento del IRPF: traslado, lesiones, sepelio,
compensación complementos, resolución mutuo-acuerdo (art.
11 RIRPF) VER cuadro en apuntes
 Límite anual general: 300.000 rendimiento máximo reducible
(renta por ejercicio opción compra: 22.100*nºaños (*2))
 Posible cobro fraccionado (solo generados +2 años): si nº años
generación/nº años cobro >2. Ejemplos:
 Rendimiento generado en 7 años, cobrado durante 2 años: 7/2>2: SÍ
 Rendimiento generado en 5 años, cobrado en 3 ejercicios: 5/3<2: NO
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íntegro (+ 2 años generación ó renta irregular)
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3. Gastos deducibles
Gastos deducibles
 Cotizaciones del trabajador a la S. Social
 Cuotas sindicales
 Cuotas colegios profesionales
 Gtos de defensa jurídica hasta 300 E
4. Reducciones sobre el rendimiento
neto
 Concepto y finalidad
 Tipología
 2.652 E por percibir RT (+ 13.260 euros anuales)(GENERAL)
 2.652*2 por prolongación vida laboral (+ de 65 años)(ALTERNATIVA)
 2.652*2 por movilidad geográfica desempleado (ALTERNATIVA)
 3.264 por discapacidad trabajadores activos<65% (ADICIONAL)
 7.242 por discapacidad >65% ó movilidad reducida (ADICIONAL)
5. Esquema de cálculo rto. NETO (1)
El Sr. T, que acredita una minusvalía del 40%, ha cambiado durante el
ejercicio su residencia como consecuencia de haber aceptado una
oferta de trabajo en una provincia distinta. Previamente ha estado
inscrito en el INEM durante 8 meses. De la empresa para la que
estuvo trabajando anteriormente recibió una indemnización de 17.900,
resultado de un ERE (cantidad obligatoria establecida en el ET de
14.560). De su nueva empresa recibe durante el ejercicio 2012 los
siguientes conceptos: salario bruto 34.900E; complemento de puesto
de trabajo, 3.700E; ayuda económica para la instalación de su nueva
residencia, 3.500; seguro médico (coste para la empresa de 720E); un
ordenador portátil y conexión a internet desde dentro y fuera de la
oficina (coste para la empresa, 690E); gastos de seguridad social,
2.500E. Los ingresos a cuenta, en su caso, son repercutidos al
trabajador.
5. Esquema de cálculo rto. NETO (2)
Salario bruto 34900
Complemento de puesto de trabajo 3700
Ordenador + conexión (no es retribución en especie) 0
Seguro médico NO exento (exceso sobre 500) 200
Ayuda económica para nueva residencia (no hay traslado) 3500
Indemnización ERE NO exenta (exceso sobre ET) 3340
Reducción indemnización (40%) -1336
Gtos SS -2500
Reducción rto neto gral -2652
Extra por movilidad geográfica -2652
Por discapacidad -3264
Rto neto 33236
6. Individualización del rendimiento
del trabajo en tributación individual
 Individualizar=imputar el rendimiento en
declaración individual
 En los rendimientos del trabajo y de AAEE se
imputa a quien los genera (no se dividen entre
2)
7. Retenciones e ingresos a cuenta
(1)
 Pagos a cuenta: finalidad
 Obligados a practicarlos: empleadores
 Posible sanción/intereses de demora por incumplimiento
 Recursos necesarios:
 Información sobre retribuciones del personal: fijas/variables y
dinerarias/especie
 Recogida de información del trabajador (modelo 145)
 Cálculos numéricos (programas)
 Ingresos periódicos: mensuales/trimestrales
 Preparación de documentación diversa: alta registro
retenedores(036), modelos de ingreso periódico, resúmenes
anuales, certificados anuales de retenciones,etc.
7. Retenciones e ingresos a cuenta
(2)
 Problemática que origina
 No directamente del cálculo
 Sí de la gestión de la información
 Cuestiones básicas de cálculo:
 Importe total previsto al año (fijo+variable anterior)
 No incluir exentas ni aportaciones a SPS
 Conocer aplicación reducciones del 40%
 Información del trabajador (personal y familiar)
 Otras cuestiones (pensión compensatoria, pagos viv. Hab.),
etc.
7. Retenciones e ingresos a cuenta
(3)
Tipos fijos de retención:
 Administradores y miembros de consejos de administración:
35% (42% desde 31/8/12 y 2013).
 Cursos, conferencias, seminarios, derechos de autor: (15%
hasta 31/8/12, 21% desde 1/9/12 a 31/12/13 y 19% desde
1/1/14)
 Atrasos: 15%
Tipos mínimos de retención:
 Contratos de duración inferior al año: 2%
 Relaciones laborales especiales de carácter dependiente: 15%
Tipo máximo de retención: 43%
7. Retenciones e ingresos a cuenta
(4)
OTRAS CONSIDERACIONES:
El pago de retribuciones en especie NO exentas :ingreso a cuenta
Los trabajadores pueden solicitar tipo de retención superior
Los trabajadores que paguen anualidades por alimentos en favor
de los hijos: existe un procedimiento especial de cálculo.
Existen procedimientos especiales de cálculo de tipo aplicables
en caso de cambio de residencia y para perceptores de prestaciones
pasivas.
Regularización del tipo de retención por cambio en las
circunstancias previstas inicialmente.
7. Retenciones e ingresos a cuenta
(5)
CASO PRÁCTICO:
•NIF: 12345678Z, nacido en 1978, discapacidad del 35%
•Cónyuge sin rentas (NIF del cónyuge 12121212M)
•Contratado en el mes de marzo (duración inferior a un año)
•2 hijos, nacidos en 2004 y 2006
•Con la familia convive el padre de su mujer, nacido en 1942.
•Retribuciones: salario bruto, 26.500E; complementos, 1.200E;
retribuciones en especie no exentas, 780E;
•Gastos deducibles: S. social, 1900E; cuota sindical, 130E.
PROGRAMA DE CÁLCULO:
www.aeat.es (Agencia Tributaria-Campañas-Retenciones 2013)
RENDIMIENTOS DEL TRABAJO PERSONAL
EN EL IRPF (II)
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Rendimientos del Trabajo Personal, IRPF, ESpaña, 2012

  • 1. RENDIMIENTOS DEL TRABAJO PERSONAL EN EL IRPF (II) Curso 2012-2013 Prof. Zulema Calderón Corredor http://es.linkedin.com/pub/zulema-calder%C3%B3n-corredor/58/453/54a
  • 2. Claves del tema 1  Ideas básicas del IRPF  Cuestiones básicas de los rtos del trabajo  Delimitación/tipología  Retribuciones en especie  Valoración/exención/ingreso a cuenta  Régimen aplicable a dietas: cantidades exentas
  • 3. Objetivos del tema 2  Conocer la forma de cálculo del rendimiento NETO del trabajo  Rendimientos íntegros (restar exentas)  Reducciones por periodo/irregularidad  Gastos deducibles  Reducciones a tanto alzado rto neto  Régimen jurídico-tributario/ exenciones de:  Las principales indemnizaciones laborales  Las principales retribuciones variables o extraordinarias  Principales obligaciones de retención del empleador  Posibilidades de planificación que ofrece el régimen fiscal de los rtos del trabajo
  • 4. Rendimientos del trabajo e IRPF nota previa  Los rendimientos NO tributan BRUTOS  Los rendimientos del trabajo en el IRPF no tributan por las cantidades brutas percibidas  A los rendimientos brutos la ley prevé restar:  Las exenciones aplicables (ya vistas algunas en el tema anterior, otras se verán ahora)  Reducciones por periodo de generación o irregularidad (el IRPF es un impuesto ANUAL)  Los gastos deducibles (solo esos)  Algunas cantidades “a tanto alzado” como “gtos necesarios”
  • 5. Rendimientos NETOS del trabajo Rendimiento neto final Rendimiento ÍNTEGRO (sin quitar retenciones) -Reducciones del rendimiento íntegro (+ 2 años generación ó renta irregular) -Gastos deducibles Rendimiento NETO -Reducciones del rendimiento neto Rendimiento NETO REDUCIDO
  • 6. 1. Indemnizaciones-prestaciones exentas (1) Relevancia de la cuestión para el empleador: Las cuantías exentas  No se someten a retención  No se tienen en cuenta para su cálculo Cada caso requiere de un análisis específico  Por la existencia de matices a considerar  Por el riesgo fiscal que supone para el empleador dejar de retener
  • 7. 1. Indemnizaciones-prestaciones exentas (2) Casos más relevantes: Despido improcedente (hasta límite ET) Rescisión justificada del contrato por parte trabajador (hasta límite ET) Por causas objetivas y ERE´s (hasta límite ET) Muerte, jubilación o incapacidad empresario (1 mes salario) Traslado puesto de trabajo y residencia (gastos)  Prestaciones incap. Perm. Absoluta y gran inv.(importe) Prestación desempleo-pago único (desaparece límite 15.500) Trabajos realizados en el extranjero (hasta 60.100)
  • 8. 1. Indemnizaciones-prestaciones exentas (3) Cuestiones a considerar: Antigüedad a efectos del cálculo (s/ ET)  Tiempo efectivo de servicio  Irrelevancia de acuerdos s/ antigüedad Despidos improcedentes  Nueva redacción art- 7 e) LIRPF (desde 7/7/2102)  Se requiere acto de conciliación/resolución judicial
  • 9. 2. Indemnizaciones-prestaciones NO exentas (1) Tipos de prestaciones extraordinarias: Indemnizatorias (a cambio de complementos, despido, pre-jubilaciones…) Compensadoras de gastos (traslado no exenta, discapacidad… Recompensadoras (bonus, premios…) TRATAMIENTO FISCAL : DEPENDE (POSIBLE REDUCCIÓN 40%)
  • 10. 2. Indemnizaciones-prestaciones NO exentas (2)  Aquellos que gozan de una reducción general del 40%  Rendimientos que se han generado en más de dos años (por ley/convenio/acuerdo/contrato previos) y no se obtienen de forma recurrente ó periódica  Rendimientos obtenidos de forma irregular y previstos en el Reglamento del IRPF  Aquellos que NO tienen derecho a reducción:  Otros rendimientos, indemnizaciones ó retribuciones de carácter extraordinario que no cumplen los requisitos anteriores
  • 11. 2. Indemnizaciones-prestaciones NO exentas (3)  Requisitos reducción general del 40%  Generadas en más de dos años (por ley/convenio/acuerdo/contrato previos):indemnizaciones/bonus (NO PERIÓDICOS)  Rendimientos obtenidos de forma irregular y previstos en el Reglamento del IRPF: traslado, lesiones, sepelio, compensación complementos, resolución mutuo-acuerdo (art. 11 RIRPF) VER cuadro en apuntes  Límite anual general: 300.000 rendimiento máximo reducible (renta por ejercicio opción compra: 22.100*nºaños (*2))  Posible cobro fraccionado (solo generados +2 años): si nº años generación/nº años cobro >2. Ejemplos:  Rendimiento generado en 7 años, cobrado durante 2 años: 7/2>2: SÍ  Rendimiento generado en 5 años, cobrado en 3 ejercicios: 5/3<2: NO
  • 12. Rendimientos NETOS del trabajo Rendimiento neto final Rendimiento ÍNTEGRO (sin quitar retenciones) -Reducciones del rendimiento íntegro (+ 2 años generación ó renta irregular) -Gastos deducibles Rendimiento NETO -Reducciones del rendimiento neto Rendimiento NETO REDUCIDO
  • 13. 3. Gastos deducibles Gastos deducibles  Cotizaciones del trabajador a la S. Social  Cuotas sindicales  Cuotas colegios profesionales  Gtos de defensa jurídica hasta 300 E
  • 14. 4. Reducciones sobre el rendimiento neto  Concepto y finalidad  Tipología  2.652 E por percibir RT (+ 13.260 euros anuales)(GENERAL)  2.652*2 por prolongación vida laboral (+ de 65 años)(ALTERNATIVA)  2.652*2 por movilidad geográfica desempleado (ALTERNATIVA)  3.264 por discapacidad trabajadores activos<65% (ADICIONAL)  7.242 por discapacidad >65% ó movilidad reducida (ADICIONAL)
  • 15. 5. Esquema de cálculo rto. NETO (1) El Sr. T, que acredita una minusvalía del 40%, ha cambiado durante el ejercicio su residencia como consecuencia de haber aceptado una oferta de trabajo en una provincia distinta. Previamente ha estado inscrito en el INEM durante 8 meses. De la empresa para la que estuvo trabajando anteriormente recibió una indemnización de 17.900, resultado de un ERE (cantidad obligatoria establecida en el ET de 14.560). De su nueva empresa recibe durante el ejercicio 2012 los siguientes conceptos: salario bruto 34.900E; complemento de puesto de trabajo, 3.700E; ayuda económica para la instalación de su nueva residencia, 3.500; seguro médico (coste para la empresa de 720E); un ordenador portátil y conexión a internet desde dentro y fuera de la oficina (coste para la empresa, 690E); gastos de seguridad social, 2.500E. Los ingresos a cuenta, en su caso, son repercutidos al trabajador.
  • 16. 5. Esquema de cálculo rto. NETO (2) Salario bruto 34900 Complemento de puesto de trabajo 3700 Ordenador + conexión (no es retribución en especie) 0 Seguro médico NO exento (exceso sobre 500) 200 Ayuda económica para nueva residencia (no hay traslado) 3500 Indemnización ERE NO exenta (exceso sobre ET) 3340 Reducción indemnización (40%) -1336 Gtos SS -2500 Reducción rto neto gral -2652 Extra por movilidad geográfica -2652 Por discapacidad -3264 Rto neto 33236
  • 17. 6. Individualización del rendimiento del trabajo en tributación individual  Individualizar=imputar el rendimiento en declaración individual  En los rendimientos del trabajo y de AAEE se imputa a quien los genera (no se dividen entre 2)
  • 18. 7. Retenciones e ingresos a cuenta (1)  Pagos a cuenta: finalidad  Obligados a practicarlos: empleadores  Posible sanción/intereses de demora por incumplimiento  Recursos necesarios:  Información sobre retribuciones del personal: fijas/variables y dinerarias/especie  Recogida de información del trabajador (modelo 145)  Cálculos numéricos (programas)  Ingresos periódicos: mensuales/trimestrales  Preparación de documentación diversa: alta registro retenedores(036), modelos de ingreso periódico, resúmenes anuales, certificados anuales de retenciones,etc.
  • 19. 7. Retenciones e ingresos a cuenta (2)  Problemática que origina  No directamente del cálculo  Sí de la gestión de la información  Cuestiones básicas de cálculo:  Importe total previsto al año (fijo+variable anterior)  No incluir exentas ni aportaciones a SPS  Conocer aplicación reducciones del 40%  Información del trabajador (personal y familiar)  Otras cuestiones (pensión compensatoria, pagos viv. Hab.), etc.
  • 20. 7. Retenciones e ingresos a cuenta (3) Tipos fijos de retención:  Administradores y miembros de consejos de administración: 35% (42% desde 31/8/12 y 2013).  Cursos, conferencias, seminarios, derechos de autor: (15% hasta 31/8/12, 21% desde 1/9/12 a 31/12/13 y 19% desde 1/1/14)  Atrasos: 15% Tipos mínimos de retención:  Contratos de duración inferior al año: 2%  Relaciones laborales especiales de carácter dependiente: 15% Tipo máximo de retención: 43%
  • 21. 7. Retenciones e ingresos a cuenta (4) OTRAS CONSIDERACIONES: El pago de retribuciones en especie NO exentas :ingreso a cuenta Los trabajadores pueden solicitar tipo de retención superior Los trabajadores que paguen anualidades por alimentos en favor de los hijos: existe un procedimiento especial de cálculo. Existen procedimientos especiales de cálculo de tipo aplicables en caso de cambio de residencia y para perceptores de prestaciones pasivas. Regularización del tipo de retención por cambio en las circunstancias previstas inicialmente.
  • 22. 7. Retenciones e ingresos a cuenta (5) CASO PRÁCTICO: •NIF: 12345678Z, nacido en 1978, discapacidad del 35% •Cónyuge sin rentas (NIF del cónyuge 12121212M) •Contratado en el mes de marzo (duración inferior a un año) •2 hijos, nacidos en 2004 y 2006 •Con la familia convive el padre de su mujer, nacido en 1942. •Retribuciones: salario bruto, 26.500E; complementos, 1.200E; retribuciones en especie no exentas, 780E; •Gastos deducibles: S. social, 1900E; cuota sindical, 130E. PROGRAMA DE CÁLCULO: www.aeat.es (Agencia Tributaria-Campañas-Retenciones 2013)
  • 23. RENDIMIENTOS DEL TRABAJO PERSONAL EN EL IRPF (II) Muchas gracias