SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 6
PODER LEGISLATIVO
Congreso de la República
Ley N° 28296
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LAREPÚBLICA
POR CUANTO:
LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LAREPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY GENERAL DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN
Constituyen el nuevo instrumento legal que establece la política nacional en el Perú para la
defensa, protección, promoción, propiedad y régimen legal y el destino de los bienes que
constituyen el Patrimonio Cultural de la Nación.
Especial interés reviste la participación de las entidades estatales destacando el rol de los
Gobiernos Regionales y de las Municipalidades quienes deberán cumplir las normas
correspondientes y aplicar el espíritu de la Ley en sus correspondientes jurisdicciones.
Estas pueden estar orientadas a formular catastros arqueológicos, acciones de puesta en
valor de sus monumentos y su patrimonio cultural en general y normar el uso de suelos de
sus respectivas jurisdicciones con la finalidad de preservar su patrimonio.
TÍTULO I
BIENES INTEGRANTES DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LANACIÓN
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Articulo V.- Protección
Los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su
condición privada o pública, están protegidos por el Estado y sujetos al régimen específico
regulado en la presente Ley.
El Estado, los titulares de derechos sobre bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la
Nación y la ciudadanía en general tienen la responsabilidad común de cumplir y vigilar el
debido cumplimiento del régimen legal establecido en la presente Ley.
El Estado promoverá la partición activa del sector privado en la conservación, restauración,
exhibición y difusión de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación y su
restitución en los casos de exportación ilegal o cuando se haya vencido el plazo de
permanencia fuera del país otorgado por el Estado.
Articulo VI.- Imprescriptibilidad de derechos
Los derechos de la Nación sobre los bienes declarados Patrimonio Cultural de la Nación
son imprescriptibles.
Articulo VII.- Organismos competentes del Estado
El Instituto Nacional de Cultura, la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la
Nación, están encargados de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de
la Nación, dentro de los ámbitos de su competencia.
2. BIENES INMATERIALES
Artículo 6°.- Propiedad de bien cultural inmueble integrante del Patrimonio Cultural
de la Nación
6.3 El propietario del predio donde exista un bien inmueble integrante del Patrimonio
Cultural de la Nación de carácter prehispánico está obligado a de registrar dicho bien,
protegerlo y conservarlo, evitando su abandono, depredación y/o destrucción, conforme a
las disposiciones que dicte el Instituto Nacional de Cultura, en las que precisa las
responsabilidades comunes del Estado y del propietario del bien. Cualquier acto que
perturbe la intangibilidad de tales bienes deberá ser inmediatamente puesto en
conocimiento del Instituto Nacional de Cultura. El incumplimiento de estos deberes por
negligencia o dolo acarrea responsabilidad administrativa, civil y penal, según corresponda.
Artículo 10°.- Exportación ilícita
Se pierde automáticamente a favor del Estado la propiedad de los bienes muebles del
Patrimonio Cultural de la Nación que sean materia de exportación ilícita, o de intento de tal,
sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civil y penal, que corresponda.
TÍTULO II
PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LANACIÓN
CAPÍTULO I
MEDIDAS GENERALES DE PROTECCIÓN
Artículo 20°.- Restricciones a la propiedad
Son restricciones básicas al ejercicio de la propiedad de bienes muebles e inmuebles
integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación:
a) Desmembrar partes integrantes de un bien mueble o inmueble integrante del Patrimonio
Cultural de la Nación.
b) Alterar, reconstruir, modificar o restaurar total o parcialmente el bien mueble o
inmueble, sin autorización previa del Instituto Nacional de Cultura en cuya
jurisdicción se ubique.
TÍTULO III
TRASLADO DE BIENES MUEBLES INTEGRANTES DEL PATRIMONIO CULTURAL DE
LA NACIÓN
CAPÍTULO I
TRASLADO, PHOHIBICIONES Y RESTRICCIONES
Artículo 33°.- Prohibición de salida
Está prohibida la salida del país de todo bien mueble integrante del Patrimonio Cultural de
la Nación, salvo las excepciones establecidas en la presente Ley.
Artículo 34°.- Excepciones de salida
34.1 En caso excepcional se puede autorizar la salida de los bienes muebles integrantes
del Patrimonio Cultural de la Nación mediante resolución suprema, la que procede en los
siguientes casos:
a) Por motivos de exhibición con fines científicos, artísticos y culturales.
b) Estudios especializados que no puedan ser realizados en el país.
c) Restauración que no pueda realizarse en el país.
d) Por viajes de Jefes de Misión, Cónsules o Diplomáticos acreditados, por el plazo que
dure su permanencia en el exterior.
34.2 La salida de los bienes muebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación será
por un término no mayor de un año, prorrogable por igual período por una sola vez.
34.3 La autorización requiere obligatoriamente de opinión previa del organismo competente
y la contratación como mínimo de una póliza de seguro “Clavo a clavo” contra todo riesgo
a favor del propietario del bien, quien deberá realizar la valorización respectiva.
Artículo 35°.- Restitución del bien
35.1 El Ministerio de Relaciones Exteriores es el encargado de la restitución del bien
integrante del Patrimonio Cultural de la Nación en los casos en que ilegalmente se haya
exportado o permanezca fuera del país.
35.2 Las embajadas, consulados y representaciones permanentes del Perú en el exterior
están obligadas a informar al Ministerio Público y al organismo competente la existencia o
exhibición no autorizada y la comercialización en el extranjero de bienes integrantes del
Patrimonio Cultural de la Nación, bajo responsabilidad.
35.3 El órgano competente comunicará al Ministerio Público los casos de exportación ilegal
de bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, bajo responsabilidad.
TÍTULO VI
SANCIONES ADMINISTRATIVAS
Artículo 49°.- Multas, incautaciones y decomisos
49.1 Sin perjuicio de las penas que imponga el Código Penal por delitos cometidos contra
el Patrimonio Cultural de la Nación y en concordanciacon las leyes de la materia, el Instituto
Nacional de Cultura, la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nación, según
corresponda, quedan facultados para imponer las siguientes sanciones administrativas:
e) Multa a quien promueva y realice excavaciones en sitios arqueológicos o
cementerios, o altere bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la
Nación sin tener la autorización correspondiente del Instituto Nacional de Cultura o la
certificación que descarte la condición de bien cultural, sin perjuicio del decomiso de los
instrumentos, medios de carga y trasporte utilizados.
f) Paralización y/o demolición de obra pública o privada ejecutada en inmueble
integrante o vinculado al Patrimonio Cultural de la Nación cuando se realiza sin contar
con la autorización previa o cuando contando con tal autorización se comprueba que la obra
se ejecuta incumpliéndose las especificaciones técnicas aprobadas por el Instituto Nacional
de Cultura.
Artículo 50°.- Criterios para la imposición de la multa
50.1 Los criterios y procedimientos para la imposición de la multa a que se refiere el artículo
precedente, sonnormados por el organismo competente,teniendo en consideración el valor
del bien y la evaluación del daño causado, previa tasación y peritaje, según corresponda.
50.2 La multa a imponerse no podrá ser menor de 0.25 de la UIT ni mayor de 1000 UIT.
REGLAMENTO
DECRETO SUPREMO Nº 011-2006-ED
EL PRESIDENTE DE LAREPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1º.- De la Aprobación
Apruébese el Reglamento de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la
Nación, el mismo que consta de 12 Capítulos, 96 artículos y una Disposición
Complementaria, que como anexo forma parte del presente Decreto Supremo.
CAPÍTULO 5
BIENES CULTURALES INMUEBLES
Subcapítulo 1
Disposiciones Generales
Artículo 30°.- Desalojo con fines de restauración de bienes culturales inmuebles
Para los efectos del artículo 12.2 de la Ley, el propietario podrá interponer la demanda de
desalojo, previa aprobación del proyecto de intervención por el INC, debiendo iniciar las
obras de restauración en un plazo de 3 meses contados desde realizado el lanzamiento. El
incumplimiento de esta obligación, o la paralización de las obras de restauración por un
lapso mayor de 2 meses, hará al propietario pasible de sanción de multa de 10 UIT, sin
perjuicio de la obligación de restaurar el bien.
Artículo 31°.- Descubrimiento eventualde bienesculturalesinmuebles prehispánicos
El descubrimiento eventual de bienes culturales inmuebles prehispánicos deberá
comunicarse inmediatamente al INC, paralizando las obras que se estuvieran ejecutando,
de ser el caso.
El INC dictará las medidas necesarias que deban adoptarse para la protección de tales
bienes.
Subcapítulo 2
Bienes culturales virreinales y republicanos
Artículo 35º.- Demoliciones
Las demoliciones de bienes culturales inmuebles sólo serán autorizadas por el INC, previa
aprobación del proyecto de intervención correspondiente.
Artículo 37º.- Prohibición de regularización
Está prohibido conceder autorización de ejecución de obra vinculada a bienes
culturales inmuebles, en vía de regularización, que haya sido ejecutada sin
autorización previa del INC.
CAPÍTULO 11
INFRACCIONES Y SANCIONES
Artículo 93º.- Infracciones y sanciones
Los organismos competentes, emitirán las disposiciones necesarias para reglamentar
sus respectivos procedimientos sancionadores y los criterios para la imposición de
sanciones.
Artículo 94°.- Tipo de sanción administrativa
Se consideran sanciones: la multa, el decomiso y la demolición.
1. Multa.- Sanción pecuniaria establecida de acuerdo a la gravedad de la infracción y
determinada sobre la base de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT). No puede ser menor de
0.25 de la UIT ni mayor de 1000 UIT.
2. Decomiso.- Pérdida de la propiedad del bien cultural en favor del Estado.
3. Demolición.- Es la destrucción parcial o total de obra ejecutada en inmuebles integrantes
o vinculados al Patrimonio Cultural de la Nación cuando se realizó sin contar con la
autorización previa o cuando contando con la autorización se compruebe que la obra se
ejecutó incumpliendo las especificaciones técnicas aprobadas por el INC.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Modulo 3 parte 1 propiedad agraria en general vers 26 mayo 2015
Modulo 3 parte 1 propiedad agraria en general vers 26 mayo 2015Modulo 3 parte 1 propiedad agraria en general vers 26 mayo 2015
Modulo 3 parte 1 propiedad agraria en general vers 26 mayo 2015rodrigopenco
 
Ley sobre-proteccion-y-conservacion-de-lugares-tipicos-y-de-belleza-natural
Ley sobre-proteccion-y-conservacion-de-lugares-tipicos-y-de-belleza-naturalLey sobre-proteccion-y-conservacion-de-lugares-tipicos-y-de-belleza-natural
Ley sobre-proteccion-y-conservacion-de-lugares-tipicos-y-de-belleza-naturalManüelithoo Kü
 
Indepabis leyes y reglamentos - 2011-04-06 (ley del régimen de propiedad de...
Indepabis   leyes y reglamentos - 2011-04-06 (ley del régimen de propiedad de...Indepabis   leyes y reglamentos - 2011-04-06 (ley del régimen de propiedad de...
Indepabis leyes y reglamentos - 2011-04-06 (ley del régimen de propiedad de...Ruben Estrada
 
Derecho Inmobiliario -La Propiedad y su clasificación
Derecho Inmobiliario -La Propiedad y su clasificaciónDerecho Inmobiliario -La Propiedad y su clasificación
Derecho Inmobiliario -La Propiedad y su clasificaciónAjur AcademiaJurídica
 
Modulo 3 parte 2 extranjerización d real s forestal 26 may 2015
Modulo 3 parte 2 extranjerización  d real s forestal 26 may 2015Modulo 3 parte 2 extranjerización  d real s forestal 26 may 2015
Modulo 3 parte 2 extranjerización d real s forestal 26 may 2015rodrigopenco
 
Pdf unidad-9-la-ocupacion compress
Pdf unidad-9-la-ocupacion compressPdf unidad-9-la-ocupacion compress
Pdf unidad-9-la-ocupacion compressValeria Triana
 
Republica bolivariana de venezuela
Republica bolivariana de venezuela Republica bolivariana de venezuela
Republica bolivariana de venezuela sofirivas
 
Constitución Política de Chile
Constitución Política de Chile Constitución Política de Chile
Constitución Política de Chile camiandreacortes
 
Modulo 3 parte 3 prop agraria tierra publica colonización 27 may 2015
Modulo 3 parte 3 prop agraria tierra publica colonización 27 may 2015Modulo 3 parte 3 prop agraria tierra publica colonización 27 may 2015
Modulo 3 parte 3 prop agraria tierra publica colonización 27 may 2015rodrigopenco
 
Decreto 2164 de 1995 tierras resguardos
Decreto 2164 de 1995  tierras resguardosDecreto 2164 de 1995  tierras resguardos
Decreto 2164 de 1995 tierras resguardoscarrionclaudia
 
Derecho Agrario desarrollo rural susestable
Derecho Agrario desarrollo rural susestableDerecho Agrario desarrollo rural susestable
Derecho Agrario desarrollo rural susestablecesar rodriguez
 
Deradvo2 tema 1.6 complementaria
Deradvo2 tema 1.6 complementariaDeradvo2 tema 1.6 complementaria
Deradvo2 tema 1.6 complementarialiclinea10
 
Preguntas claves
Preguntas clavesPreguntas claves
Preguntas clavesMEC
 
Amparo constitucional tipnis ultimo
Amparo constitucional tipnis ultimoAmparo constitucional tipnis ultimo
Amparo constitucional tipnis ultimoErbol Digital
 

La actualidad más candente (19)

Modulo 3 parte 1 propiedad agraria en general vers 26 mayo 2015
Modulo 3 parte 1 propiedad agraria en general vers 26 mayo 2015Modulo 3 parte 1 propiedad agraria en general vers 26 mayo 2015
Modulo 3 parte 1 propiedad agraria en general vers 26 mayo 2015
 
Ley sobre-proteccion-y-conservacion-de-lugares-tipicos-y-de-belleza-natural
Ley sobre-proteccion-y-conservacion-de-lugares-tipicos-y-de-belleza-naturalLey sobre-proteccion-y-conservacion-de-lugares-tipicos-y-de-belleza-natural
Ley sobre-proteccion-y-conservacion-de-lugares-tipicos-y-de-belleza-natural
 
Indepabis leyes y reglamentos - 2011-04-06 (ley del régimen de propiedad de...
Indepabis   leyes y reglamentos - 2011-04-06 (ley del régimen de propiedad de...Indepabis   leyes y reglamentos - 2011-04-06 (ley del régimen de propiedad de...
Indepabis leyes y reglamentos - 2011-04-06 (ley del régimen de propiedad de...
 
Derecho Inmobiliario -La Propiedad y su clasificación
Derecho Inmobiliario -La Propiedad y su clasificaciónDerecho Inmobiliario -La Propiedad y su clasificación
Derecho Inmobiliario -La Propiedad y su clasificación
 
Modulo 3 parte 2 extranjerización d real s forestal 26 may 2015
Modulo 3 parte 2 extranjerización  d real s forestal 26 may 2015Modulo 3 parte 2 extranjerización  d real s forestal 26 may 2015
Modulo 3 parte 2 extranjerización d real s forestal 26 may 2015
 
Pdf unidad-9-la-ocupacion compress
Pdf unidad-9-la-ocupacion compressPdf unidad-9-la-ocupacion compress
Pdf unidad-9-la-ocupacion compress
 
Republica bolivariana de venezuela
Republica bolivariana de venezuela Republica bolivariana de venezuela
Republica bolivariana de venezuela
 
Constitución Política de Chile
Constitución Política de Chile Constitución Política de Chile
Constitución Política de Chile
 
Ley monumentos nacionales
Ley monumentos nacionalesLey monumentos nacionales
Ley monumentos nacionales
 
Modulo 3 parte 3 prop agraria tierra publica colonización 27 may 2015
Modulo 3 parte 3 prop agraria tierra publica colonización 27 may 2015Modulo 3 parte 3 prop agraria tierra publica colonización 27 may 2015
Modulo 3 parte 3 prop agraria tierra publica colonización 27 may 2015
 
Decreto 2164 de 1995 tierras resguardos
Decreto 2164 de 1995  tierras resguardosDecreto 2164 de 1995  tierras resguardos
Decreto 2164 de 1995 tierras resguardos
 
Derecho Agrario desarrollo rural susestable
Derecho Agrario desarrollo rural susestableDerecho Agrario desarrollo rural susestable
Derecho Agrario desarrollo rural susestable
 
Deradvo2 tema 1.6 complementaria
Deradvo2 tema 1.6 complementariaDeradvo2 tema 1.6 complementaria
Deradvo2 tema 1.6 complementaria
 
Derechos reales
Derechos realesDerechos reales
Derechos reales
 
Preguntas claves
Preguntas clavesPreguntas claves
Preguntas claves
 
Ley de- extranjeria
Ley de- extranjeriaLey de- extranjeria
Ley de- extranjeria
 
Prueba2
Prueba2Prueba2
Prueba2
 
Amparo constitucional tipnis ultimo
Amparo constitucional tipnis ultimoAmparo constitucional tipnis ultimo
Amparo constitucional tipnis ultimo
 
Ley 80 de 1989
Ley 80 de 1989Ley 80 de 1989
Ley 80 de 1989
 

Destacado

Scan0001
Scan0001Scan0001
Scan0001drako24
 
LEWIS_Chantal_Biostats_Poster_drat_2
LEWIS_Chantal_Biostats_Poster_drat_2LEWIS_Chantal_Biostats_Poster_drat_2
LEWIS_Chantal_Biostats_Poster_drat_2Chantal Lewis
 
The Corporate Tax Payers Guide to Minimizing Commercial Property Taxes 2017
The Corporate Tax Payers Guide to Minimizing Commercial Property Taxes 2017The Corporate Tax Payers Guide to Minimizing Commercial Property Taxes 2017
The Corporate Tax Payers Guide to Minimizing Commercial Property Taxes 2017Anne Joyner Sheehan, CRE, MAI, WBE
 
PROTECTED HEALTH INFORMATION_PATIENT PRIVACY
PROTECTED HEALTH INFORMATION_PATIENT PRIVACYPROTECTED HEALTH INFORMATION_PATIENT PRIVACY
PROTECTED HEALTH INFORMATION_PATIENT PRIVACYDenise Masella
 
Exámen Quimestral
Exámen QuimestralExámen Quimestral
Exámen QuimestralAlex Paguay
 
Liderazgo en la parte organizacional
Liderazgo en la parte organizacionalLiderazgo en la parte organizacional
Liderazgo en la parte organizacionalnicolas nivia
 
Minuts que es dediquen a les diferents xarxes socials
Minuts que es dediquen a les diferents xarxes socialsMinuts que es dediquen a les diferents xarxes socials
Minuts que es dediquen a les diferents xarxes socialsYolanda Fernández Vilaplana
 

Destacado (7)

Scan0001
Scan0001Scan0001
Scan0001
 
LEWIS_Chantal_Biostats_Poster_drat_2
LEWIS_Chantal_Biostats_Poster_drat_2LEWIS_Chantal_Biostats_Poster_drat_2
LEWIS_Chantal_Biostats_Poster_drat_2
 
The Corporate Tax Payers Guide to Minimizing Commercial Property Taxes 2017
The Corporate Tax Payers Guide to Minimizing Commercial Property Taxes 2017The Corporate Tax Payers Guide to Minimizing Commercial Property Taxes 2017
The Corporate Tax Payers Guide to Minimizing Commercial Property Taxes 2017
 
PROTECTED HEALTH INFORMATION_PATIENT PRIVACY
PROTECTED HEALTH INFORMATION_PATIENT PRIVACYPROTECTED HEALTH INFORMATION_PATIENT PRIVACY
PROTECTED HEALTH INFORMATION_PATIENT PRIVACY
 
Exámen Quimestral
Exámen QuimestralExámen Quimestral
Exámen Quimestral
 
Liderazgo en la parte organizacional
Liderazgo en la parte organizacionalLiderazgo en la parte organizacional
Liderazgo en la parte organizacional
 
Minuts que es dediquen a les diferents xarxes socials
Minuts que es dediquen a les diferents xarxes socialsMinuts que es dediquen a les diferents xarxes socials
Minuts que es dediquen a les diferents xarxes socials
 

Similar a Restauracion normatividad

Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, Ley N° 28296.pdf
Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, Ley N° 28296.pdfLey General del Patrimonio Cultural de la Nación, Ley N° 28296.pdf
Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, Ley N° 28296.pdfAndrea334261
 
PATRIMONIO URBANO ARQUITECTÓNICO.pdf
PATRIMONIO URBANO ARQUITECTÓNICO.pdfPATRIMONIO URBANO ARQUITECTÓNICO.pdf
PATRIMONIO URBANO ARQUITECTÓNICO.pdfItzelNataliMedinaMir
 
Ley 25743 proteccion patrimonio arqueologico y paleontologico
Ley 25743 proteccion patrimonio arqueologico y paleontologicoLey 25743 proteccion patrimonio arqueologico y paleontologico
Ley 25743 proteccion patrimonio arqueologico y paleontologicoHAV
 
Ley 25568 aprobacion convencion prevecion trafico ilicito naciones americanas
Ley 25568 aprobacion convencion prevecion trafico ilicito naciones americanasLey 25568 aprobacion convencion prevecion trafico ilicito naciones americanas
Ley 25568 aprobacion convencion prevecion trafico ilicito naciones americanasHAV
 
Ley 25197 regimen de registro de bienes historico culturales
Ley 25197 regimen de registro de bienes historico culturalesLey 25197 regimen de registro de bienes historico culturales
Ley 25197 regimen de registro de bienes historico culturalesHAV
 
Ley 80 de 1989
Ley 80 de 1989Ley 80 de 1989
Ley 80 de 1989Geis B
 
Ley 80 de 1989
Ley 80 de 1989Ley 80 de 1989
Ley 80 de 1989ltsaenz
 
Ley 80 de 1989 creación del archivo general de la nación
Ley 80 de 1989   creación del archivo general de la naciónLey 80 de 1989   creación del archivo general de la nación
Ley 80 de 1989 creación del archivo general de la naciónVictor Tocora
 
Argentina Ley 12665
Argentina Ley 12665Argentina Ley 12665
Argentina Ley 12665EvelinRomina
 
Ley 25257 aprobacion de ley unidroit sobre bienes robados
Ley 25257 aprobacion de ley unidroit sobre bienes robadosLey 25257 aprobacion de ley unidroit sobre bienes robados
Ley 25257 aprobacion de ley unidroit sobre bienes robadosHAV
 
Dictamen decreto 7525[1]
Dictamen decreto 7525[1]Dictamen decreto 7525[1]
Dictamen decreto 7525[1]EcomSRL
 
RESOLUCION SUPREMA N° 181-2022-PCM
RESOLUCION SUPREMA N° 181-2022-PCMRESOLUCION SUPREMA N° 181-2022-PCM
RESOLUCION SUPREMA N° 181-2022-PCMNOEMANUEL2
 

Similar a Restauracion normatividad (20)

Ley 163
Ley 163Ley 163
Ley 163
 
Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, Ley N° 28296.pdf
Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, Ley N° 28296.pdfLey General del Patrimonio Cultural de la Nación, Ley N° 28296.pdf
Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, Ley N° 28296.pdf
 
PATRIMONIO URBANO ARQUITECTÓNICO.pdf
PATRIMONIO URBANO ARQUITECTÓNICO.pdfPATRIMONIO URBANO ARQUITECTÓNICO.pdf
PATRIMONIO URBANO ARQUITECTÓNICO.pdf
 
Ley 25743 proteccion patrimonio arqueologico y paleontologico
Ley 25743 proteccion patrimonio arqueologico y paleontologicoLey 25743 proteccion patrimonio arqueologico y paleontologico
Ley 25743 proteccion patrimonio arqueologico y paleontologico
 
Ley 25568 aprobacion convencion prevecion trafico ilicito naciones americanas
Ley 25568 aprobacion convencion prevecion trafico ilicito naciones americanasLey 25568 aprobacion convencion prevecion trafico ilicito naciones americanas
Ley 25568 aprobacion convencion prevecion trafico ilicito naciones americanas
 
Ley 25197 regimen de registro de bienes historico culturales
Ley 25197 regimen de registro de bienes historico culturalesLey 25197 regimen de registro de bienes historico culturales
Ley 25197 regimen de registro de bienes historico culturales
 
Misiones
MisionesMisiones
Misiones
 
Ley 80 de 1989
Ley 80 de 1989Ley 80 de 1989
Ley 80 de 1989
 
Ley 80 de 1989
Ley 80 de 1989Ley 80 de 1989
Ley 80 de 1989
 
Ley 80 de 1989
Ley 80 de 1989Ley 80 de 1989
Ley 80 de 1989
 
Ley 80 de 1989 creación del archivo general de la nación
Ley 80 de 1989   creación del archivo general de la naciónLey 80 de 1989   creación del archivo general de la nación
Ley 80 de 1989 creación del archivo general de la nación
 
LEY 80 DE 1989
LEY 80 DE 1989LEY 80 DE 1989
LEY 80 DE 1989
 
Argentina Ley 12665
Argentina Ley 12665Argentina Ley 12665
Argentina Ley 12665
 
Ley 25257 aprobacion de ley unidroit sobre bienes robados
Ley 25257 aprobacion de ley unidroit sobre bienes robadosLey 25257 aprobacion de ley unidroit sobre bienes robados
Ley 25257 aprobacion de ley unidroit sobre bienes robados
 
Dictamen decreto 7525[1]
Dictamen decreto 7525[1]Dictamen decreto 7525[1]
Dictamen decreto 7525[1]
 
RESOLUCION SUPREMA N° 181-2022-PCM
RESOLUCION SUPREMA N° 181-2022-PCMRESOLUCION SUPREMA N° 181-2022-PCM
RESOLUCION SUPREMA N° 181-2022-PCM
 
Ley 80 de 1989 crea el archivo general de la nación
Ley 80 de 1989   crea el archivo general de la naciónLey 80 de 1989   crea el archivo general de la nación
Ley 80 de 1989 crea el archivo general de la nación
 
Ley 80 de 1989
Ley 80 de 1989Ley 80 de 1989
Ley 80 de 1989
 
ARTICULO 29.pptx
ARTICULO 29.pptxARTICULO 29.pptx
ARTICULO 29.pptx
 
Uruguay
UruguayUruguay
Uruguay
 

Último

REPORTE-HEMEROGRÁFICO-MARZO-2024-IRAPUATO-¿CÓMO VAMOS?.pdf
REPORTE-HEMEROGRÁFICO-MARZO-2024-IRAPUATO-¿CÓMO VAMOS?.pdfREPORTE-HEMEROGRÁFICO-MARZO-2024-IRAPUATO-¿CÓMO VAMOS?.pdf
REPORTE-HEMEROGRÁFICO-MARZO-2024-IRAPUATO-¿CÓMO VAMOS?.pdfIrapuatoCmovamos
 
Qué es un Histograma estadístico teoria y problema
Qué es un Histograma estadístico teoria y problemaQué es un Histograma estadístico teoria y problema
Qué es un Histograma estadístico teoria y problemaJoellyAlejandraRodrg
 
Unidad 3 Elementos y compuestos. Física y química
Unidad 3 Elementos y compuestos. Física y químicaUnidad 3 Elementos y compuestos. Física y química
Unidad 3 Elementos y compuestos. Física y químicaSilvia García
 
obras-hidraulicas.docxfffffffffffffffffff
obras-hidraulicas.docxfffffffffffffffffffobras-hidraulicas.docxfffffffffffffffffff
obras-hidraulicas.docxfffffffffffffffffffJefersonBazalloCarri1
 
LA LEY DE LAS XII TABLAS en el curso de derecho
LA LEY DE LAS XII TABLAS en el curso de derechoLA LEY DE LAS XII TABLAS en el curso de derecho
LA LEY DE LAS XII TABLAS en el curso de derechojuliosabino1
 
Las mujeres más ricas del mundo (2024).pdf
Las mujeres más ricas del mundo (2024).pdfLas mujeres más ricas del mundo (2024).pdf
Las mujeres más ricas del mundo (2024).pdfJC Díaz Herrera
 
La importancia de las pruebas de producto para tu empresa
La importancia de las pruebas de producto para tu empresaLa importancia de las pruebas de producto para tu empresa
La importancia de las pruebas de producto para tu empresamerca6
 
Análisis de datos en acción: Optimizando el crecimiento de Cyclistic
Análisis de datos en acción: Optimizando el crecimiento de CyclisticAnálisis de datos en acción: Optimizando el crecimiento de Cyclistic
Análisis de datos en acción: Optimizando el crecimiento de CyclisticJamithGarcia1
 
bases-cye-2024(2) una sola descarga en base de feria de
bases-cye-2024(2) una sola descarga en base de feria debases-cye-2024(2) una sola descarga en base de feria de
bases-cye-2024(2) una sola descarga en base de feria deCalet Cáceres Vergara
 
Ivu- taller de diseño arquitectonico l , adicion y sustraccion de cubos,
Ivu- taller de diseño arquitectonico l , adicion y sustraccion de cubos,Ivu- taller de diseño arquitectonico l , adicion y sustraccion de cubos,
Ivu- taller de diseño arquitectonico l , adicion y sustraccion de cubos,juberrodasflores
 
triptico-de-las-drogas en la adolescencia
triptico-de-las-drogas en la adolescenciatriptico-de-las-drogas en la adolescencia
triptico-de-las-drogas en la adolescenciaferg6120
 
Critica 1 Grupo 10 RodrigoBenitez_GinaGadea_AlexisGonzález.pdf
Critica 1 Grupo 10 RodrigoBenitez_GinaGadea_AlexisGonzález.pdfCritica 1 Grupo 10 RodrigoBenitez_GinaGadea_AlexisGonzález.pdf
Critica 1 Grupo 10 RodrigoBenitez_GinaGadea_AlexisGonzález.pdfRodrigoBenitez38
 
2 PROCESO ESTADISTICO PARA LA INVESTIGACION.pdf
2 PROCESO ESTADISTICO PARA LA INVESTIGACION.pdf2 PROCESO ESTADISTICO PARA LA INVESTIGACION.pdf
2 PROCESO ESTADISTICO PARA LA INVESTIGACION.pdfAnaBelindaArmellonHi
 
tipos de organización y sus objetivos y aplicación
tipos de organización y sus objetivos y aplicacióntipos de organización y sus objetivos y aplicación
tipos de organización y sus objetivos y aplicaciónJonathanAntonioMaldo
 
Los artistas mexicanos con más ventas de discos en la historia (2024).pdf
Los artistas mexicanos con más ventas de discos en la historia (2024).pdfLos artistas mexicanos con más ventas de discos en la historia (2024).pdf
Los artistas mexicanos con más ventas de discos en la historia (2024).pdfJC Díaz Herrera
 
Técnica palatina baja, anestesiología dental
Técnica palatina baja, anestesiología dentalTécnica palatina baja, anestesiología dental
Técnica palatina baja, anestesiología dentalIngrid459352
 
PREGRADO-PRESENCIAL-FASE-C-202401 (1).pdf
PREGRADO-PRESENCIAL-FASE-C-202401 (1).pdfPREGRADO-PRESENCIAL-FASE-C-202401 (1).pdf
PREGRADO-PRESENCIAL-FASE-C-202401 (1).pdfluisccollana
 
SUNEDU - Superintendencia Nacional de Educación superior Universitaria
SUNEDU - Superintendencia Nacional de Educación superior UniversitariaSUNEDU - Superintendencia Nacional de Educación superior Universitaria
SUNEDU - Superintendencia Nacional de Educación superior Universitariachayananazcosimeon
 
El Teatro musical (qué es, cuál es su historia y trayectoria...)
El Teatro musical (qué es, cuál es su historia y trayectoria...)El Teatro musical (qué es, cuál es su historia y trayectoria...)
El Teatro musical (qué es, cuál es su historia y trayectoria...)estebancitoherrera
 
Data Warehouse.gestion de bases de datos
Data Warehouse.gestion de bases de datosData Warehouse.gestion de bases de datos
Data Warehouse.gestion de bases de datosssuser948499
 

Último (20)

REPORTE-HEMEROGRÁFICO-MARZO-2024-IRAPUATO-¿CÓMO VAMOS?.pdf
REPORTE-HEMEROGRÁFICO-MARZO-2024-IRAPUATO-¿CÓMO VAMOS?.pdfREPORTE-HEMEROGRÁFICO-MARZO-2024-IRAPUATO-¿CÓMO VAMOS?.pdf
REPORTE-HEMEROGRÁFICO-MARZO-2024-IRAPUATO-¿CÓMO VAMOS?.pdf
 
Qué es un Histograma estadístico teoria y problema
Qué es un Histograma estadístico teoria y problemaQué es un Histograma estadístico teoria y problema
Qué es un Histograma estadístico teoria y problema
 
Unidad 3 Elementos y compuestos. Física y química
Unidad 3 Elementos y compuestos. Física y químicaUnidad 3 Elementos y compuestos. Física y química
Unidad 3 Elementos y compuestos. Física y química
 
obras-hidraulicas.docxfffffffffffffffffff
obras-hidraulicas.docxfffffffffffffffffffobras-hidraulicas.docxfffffffffffffffffff
obras-hidraulicas.docxfffffffffffffffffff
 
LA LEY DE LAS XII TABLAS en el curso de derecho
LA LEY DE LAS XII TABLAS en el curso de derechoLA LEY DE LAS XII TABLAS en el curso de derecho
LA LEY DE LAS XII TABLAS en el curso de derecho
 
Las mujeres más ricas del mundo (2024).pdf
Las mujeres más ricas del mundo (2024).pdfLas mujeres más ricas del mundo (2024).pdf
Las mujeres más ricas del mundo (2024).pdf
 
La importancia de las pruebas de producto para tu empresa
La importancia de las pruebas de producto para tu empresaLa importancia de las pruebas de producto para tu empresa
La importancia de las pruebas de producto para tu empresa
 
Análisis de datos en acción: Optimizando el crecimiento de Cyclistic
Análisis de datos en acción: Optimizando el crecimiento de CyclisticAnálisis de datos en acción: Optimizando el crecimiento de Cyclistic
Análisis de datos en acción: Optimizando el crecimiento de Cyclistic
 
bases-cye-2024(2) una sola descarga en base de feria de
bases-cye-2024(2) una sola descarga en base de feria debases-cye-2024(2) una sola descarga en base de feria de
bases-cye-2024(2) una sola descarga en base de feria de
 
Ivu- taller de diseño arquitectonico l , adicion y sustraccion de cubos,
Ivu- taller de diseño arquitectonico l , adicion y sustraccion de cubos,Ivu- taller de diseño arquitectonico l , adicion y sustraccion de cubos,
Ivu- taller de diseño arquitectonico l , adicion y sustraccion de cubos,
 
triptico-de-las-drogas en la adolescencia
triptico-de-las-drogas en la adolescenciatriptico-de-las-drogas en la adolescencia
triptico-de-las-drogas en la adolescencia
 
Critica 1 Grupo 10 RodrigoBenitez_GinaGadea_AlexisGonzález.pdf
Critica 1 Grupo 10 RodrigoBenitez_GinaGadea_AlexisGonzález.pdfCritica 1 Grupo 10 RodrigoBenitez_GinaGadea_AlexisGonzález.pdf
Critica 1 Grupo 10 RodrigoBenitez_GinaGadea_AlexisGonzález.pdf
 
2 PROCESO ESTADISTICO PARA LA INVESTIGACION.pdf
2 PROCESO ESTADISTICO PARA LA INVESTIGACION.pdf2 PROCESO ESTADISTICO PARA LA INVESTIGACION.pdf
2 PROCESO ESTADISTICO PARA LA INVESTIGACION.pdf
 
tipos de organización y sus objetivos y aplicación
tipos de organización y sus objetivos y aplicacióntipos de organización y sus objetivos y aplicación
tipos de organización y sus objetivos y aplicación
 
Los artistas mexicanos con más ventas de discos en la historia (2024).pdf
Los artistas mexicanos con más ventas de discos en la historia (2024).pdfLos artistas mexicanos con más ventas de discos en la historia (2024).pdf
Los artistas mexicanos con más ventas de discos en la historia (2024).pdf
 
Técnica palatina baja, anestesiología dental
Técnica palatina baja, anestesiología dentalTécnica palatina baja, anestesiología dental
Técnica palatina baja, anestesiología dental
 
PREGRADO-PRESENCIAL-FASE-C-202401 (1).pdf
PREGRADO-PRESENCIAL-FASE-C-202401 (1).pdfPREGRADO-PRESENCIAL-FASE-C-202401 (1).pdf
PREGRADO-PRESENCIAL-FASE-C-202401 (1).pdf
 
SUNEDU - Superintendencia Nacional de Educación superior Universitaria
SUNEDU - Superintendencia Nacional de Educación superior UniversitariaSUNEDU - Superintendencia Nacional de Educación superior Universitaria
SUNEDU - Superintendencia Nacional de Educación superior Universitaria
 
El Teatro musical (qué es, cuál es su historia y trayectoria...)
El Teatro musical (qué es, cuál es su historia y trayectoria...)El Teatro musical (qué es, cuál es su historia y trayectoria...)
El Teatro musical (qué es, cuál es su historia y trayectoria...)
 
Data Warehouse.gestion de bases de datos
Data Warehouse.gestion de bases de datosData Warehouse.gestion de bases de datos
Data Warehouse.gestion de bases de datos
 

Restauracion normatividad

  • 1. PODER LEGISLATIVO Congreso de la República Ley N° 28296 EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LAREPÚBLICA POR CUANTO: LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LAREPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY GENERAL DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN Constituyen el nuevo instrumento legal que establece la política nacional en el Perú para la defensa, protección, promoción, propiedad y régimen legal y el destino de los bienes que constituyen el Patrimonio Cultural de la Nación. Especial interés reviste la participación de las entidades estatales destacando el rol de los Gobiernos Regionales y de las Municipalidades quienes deberán cumplir las normas correspondientes y aplicar el espíritu de la Ley en sus correspondientes jurisdicciones. Estas pueden estar orientadas a formular catastros arqueológicos, acciones de puesta en valor de sus monumentos y su patrimonio cultural en general y normar el uso de suelos de sus respectivas jurisdicciones con la finalidad de preservar su patrimonio. TÍTULO I BIENES INTEGRANTES DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LANACIÓN CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo V.- Protección Los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición privada o pública, están protegidos por el Estado y sujetos al régimen específico regulado en la presente Ley. El Estado, los titulares de derechos sobre bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación y la ciudadanía en general tienen la responsabilidad común de cumplir y vigilar el debido cumplimiento del régimen legal establecido en la presente Ley.
  • 2. El Estado promoverá la partición activa del sector privado en la conservación, restauración, exhibición y difusión de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos de exportación ilegal o cuando se haya vencido el plazo de permanencia fuera del país otorgado por el Estado. Articulo VI.- Imprescriptibilidad de derechos Los derechos de la Nación sobre los bienes declarados Patrimonio Cultural de la Nación son imprescriptibles. Articulo VII.- Organismos competentes del Estado El Instituto Nacional de Cultura, la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nación, están encargados de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación, dentro de los ámbitos de su competencia. 2. BIENES INMATERIALES Artículo 6°.- Propiedad de bien cultural inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nación 6.3 El propietario del predio donde exista un bien inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nación de carácter prehispánico está obligado a de registrar dicho bien, protegerlo y conservarlo, evitando su abandono, depredación y/o destrucción, conforme a las disposiciones que dicte el Instituto Nacional de Cultura, en las que precisa las responsabilidades comunes del Estado y del propietario del bien. Cualquier acto que perturbe la intangibilidad de tales bienes deberá ser inmediatamente puesto en conocimiento del Instituto Nacional de Cultura. El incumplimiento de estos deberes por negligencia o dolo acarrea responsabilidad administrativa, civil y penal, según corresponda. Artículo 10°.- Exportación ilícita Se pierde automáticamente a favor del Estado la propiedad de los bienes muebles del Patrimonio Cultural de la Nación que sean materia de exportación ilícita, o de intento de tal, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civil y penal, que corresponda.
  • 3. TÍTULO II PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LANACIÓN CAPÍTULO I MEDIDAS GENERALES DE PROTECCIÓN Artículo 20°.- Restricciones a la propiedad Son restricciones básicas al ejercicio de la propiedad de bienes muebles e inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación: a) Desmembrar partes integrantes de un bien mueble o inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nación. b) Alterar, reconstruir, modificar o restaurar total o parcialmente el bien mueble o inmueble, sin autorización previa del Instituto Nacional de Cultura en cuya jurisdicción se ubique. TÍTULO III TRASLADO DE BIENES MUEBLES INTEGRANTES DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN CAPÍTULO I TRASLADO, PHOHIBICIONES Y RESTRICCIONES Artículo 33°.- Prohibición de salida Está prohibida la salida del país de todo bien mueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, salvo las excepciones establecidas en la presente Ley. Artículo 34°.- Excepciones de salida 34.1 En caso excepcional se puede autorizar la salida de los bienes muebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación mediante resolución suprema, la que procede en los siguientes casos: a) Por motivos de exhibición con fines científicos, artísticos y culturales. b) Estudios especializados que no puedan ser realizados en el país. c) Restauración que no pueda realizarse en el país.
  • 4. d) Por viajes de Jefes de Misión, Cónsules o Diplomáticos acreditados, por el plazo que dure su permanencia en el exterior. 34.2 La salida de los bienes muebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación será por un término no mayor de un año, prorrogable por igual período por una sola vez. 34.3 La autorización requiere obligatoriamente de opinión previa del organismo competente y la contratación como mínimo de una póliza de seguro “Clavo a clavo” contra todo riesgo a favor del propietario del bien, quien deberá realizar la valorización respectiva. Artículo 35°.- Restitución del bien 35.1 El Ministerio de Relaciones Exteriores es el encargado de la restitución del bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación en los casos en que ilegalmente se haya exportado o permanezca fuera del país. 35.2 Las embajadas, consulados y representaciones permanentes del Perú en el exterior están obligadas a informar al Ministerio Público y al organismo competente la existencia o exhibición no autorizada y la comercialización en el extranjero de bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, bajo responsabilidad. 35.3 El órgano competente comunicará al Ministerio Público los casos de exportación ilegal de bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, bajo responsabilidad. TÍTULO VI SANCIONES ADMINISTRATIVAS Artículo 49°.- Multas, incautaciones y decomisos 49.1 Sin perjuicio de las penas que imponga el Código Penal por delitos cometidos contra el Patrimonio Cultural de la Nación y en concordanciacon las leyes de la materia, el Instituto Nacional de Cultura, la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nación, según corresponda, quedan facultados para imponer las siguientes sanciones administrativas: e) Multa a quien promueva y realice excavaciones en sitios arqueológicos o cementerios, o altere bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación sin tener la autorización correspondiente del Instituto Nacional de Cultura o la certificación que descarte la condición de bien cultural, sin perjuicio del decomiso de los instrumentos, medios de carga y trasporte utilizados. f) Paralización y/o demolición de obra pública o privada ejecutada en inmueble integrante o vinculado al Patrimonio Cultural de la Nación cuando se realiza sin contar con la autorización previa o cuando contando con tal autorización se comprueba que la obra
  • 5. se ejecuta incumpliéndose las especificaciones técnicas aprobadas por el Instituto Nacional de Cultura. Artículo 50°.- Criterios para la imposición de la multa 50.1 Los criterios y procedimientos para la imposición de la multa a que se refiere el artículo precedente, sonnormados por el organismo competente,teniendo en consideración el valor del bien y la evaluación del daño causado, previa tasación y peritaje, según corresponda. 50.2 La multa a imponerse no podrá ser menor de 0.25 de la UIT ni mayor de 1000 UIT. REGLAMENTO DECRETO SUPREMO Nº 011-2006-ED EL PRESIDENTE DE LAREPÚBLICA DECRETA: Artículo 1º.- De la Aprobación Apruébese el Reglamento de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, el mismo que consta de 12 Capítulos, 96 artículos y una Disposición Complementaria, que como anexo forma parte del presente Decreto Supremo. CAPÍTULO 5 BIENES CULTURALES INMUEBLES Subcapítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 30°.- Desalojo con fines de restauración de bienes culturales inmuebles Para los efectos del artículo 12.2 de la Ley, el propietario podrá interponer la demanda de desalojo, previa aprobación del proyecto de intervención por el INC, debiendo iniciar las obras de restauración en un plazo de 3 meses contados desde realizado el lanzamiento. El incumplimiento de esta obligación, o la paralización de las obras de restauración por un lapso mayor de 2 meses, hará al propietario pasible de sanción de multa de 10 UIT, sin perjuicio de la obligación de restaurar el bien. Artículo 31°.- Descubrimiento eventualde bienesculturalesinmuebles prehispánicos El descubrimiento eventual de bienes culturales inmuebles prehispánicos deberá comunicarse inmediatamente al INC, paralizando las obras que se estuvieran ejecutando, de ser el caso.
  • 6. El INC dictará las medidas necesarias que deban adoptarse para la protección de tales bienes. Subcapítulo 2 Bienes culturales virreinales y republicanos Artículo 35º.- Demoliciones Las demoliciones de bienes culturales inmuebles sólo serán autorizadas por el INC, previa aprobación del proyecto de intervención correspondiente. Artículo 37º.- Prohibición de regularización Está prohibido conceder autorización de ejecución de obra vinculada a bienes culturales inmuebles, en vía de regularización, que haya sido ejecutada sin autorización previa del INC. CAPÍTULO 11 INFRACCIONES Y SANCIONES Artículo 93º.- Infracciones y sanciones Los organismos competentes, emitirán las disposiciones necesarias para reglamentar sus respectivos procedimientos sancionadores y los criterios para la imposición de sanciones. Artículo 94°.- Tipo de sanción administrativa Se consideran sanciones: la multa, el decomiso y la demolición. 1. Multa.- Sanción pecuniaria establecida de acuerdo a la gravedad de la infracción y determinada sobre la base de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT). No puede ser menor de 0.25 de la UIT ni mayor de 1000 UIT. 2. Decomiso.- Pérdida de la propiedad del bien cultural en favor del Estado. 3. Demolición.- Es la destrucción parcial o total de obra ejecutada en inmuebles integrantes o vinculados al Patrimonio Cultural de la Nación cuando se realizó sin contar con la autorización previa o cuando contando con la autorización se compruebe que la obra se ejecutó incumpliendo las especificaciones técnicas aprobadas por el INC.