1.
UNIDAD IX
UNIDAD IX
LA OCUPACIÓN
LA OCUPACIÓN
-
- 1
1 -
-
LA OCUPACIÓN
LA OCUPACIÓN
DEFINICIÓN LEGAL
DEFINICIÓN LEGAL
Es un modo de
Es un modo de adquirir el dominio
adquirir el dominio “de las cosas que
“de las cosas que no pertenecen a nadie, y cuya adquisición no está prohibida por las leyes
no pertenecen a nadie, y cuya adquisición no está prohibida por las leyes
ecuatorianas, o por derecho
ecuatorianas, o por derecho internacional.”
internacional.”
(622).
(622).
REQUISITOS
REQUISITOS
a.
a.
Debe tratarse de cosas que no pertenecen a nadie (
Debe tratarse de cosas que no pertenecen a nadie (“res nullius”
“res nullius”
);
);
b.
b.
Su adquisición no debe estar prohibida por las leyes ecuatorianas o por el derecho internacional; y,
Su adquisición no debe estar prohibida por las leyes ecuatorianas o por el derecho internacional; y,
c.
c.
Debe existir aprehensión material de la cosa
Debe existir aprehensión material de la cosa con intención de adquirirla (
con intención de adquirirla (“animusadprehendi”
“animusadprehendi”
).
).
CLASES
CLASES
a.
a.
De cosas animadas.
De cosas animadas.
b.
b.
De cosasinanimadas.
De cosasinanimadas.
c.
c.
De especies muebles al parecer
De especies muebles al parecer perdidas y especies náufragas.
perdidas y especies náufragas.
REQUISITOS
REQUISITOS
COSAS
COSAS SIN
SIN DUEÑO
DUEÑO ADQUISICIÓN
ADQUISICIÓN EXENTA
EXENTA DE
DE PROHIBICIONES
PROHIBICIONES
APREHENSIÓN MATERIAL E
APREHENSIÓN MATERIAL E
INTENCIÓN DE ADQUIRIR
INTENCIÓN DE ADQUIRIR
Requisito esencial en la ocupación: Por
Requisito esencial en la ocupación: Por ella solo se
ella solo se
pueden adquirir las cosas que no pertenecen a
pueden adquirir las cosas que no pertenecen a
nadie, bien porque se trata de cosas que
nadie, bien porque se trata de cosas que no han
no han
tenido dueño jamás; o bien porque alguna vez lo
tenido dueño jamás; o bien porque alguna vez lo
tuvieron, pero dejaron de tenerlo por
tuvieron, pero dejaron de tenerlo por haber
haber
permanecido ocultas largo tiempo (ej.: el tesoro,
permanecido ocultas largo tiempo (ej.: el tesoro,
642, inc. 2) o
642, inc. 2) o porque el antiguo propietario las
porque el antiguo propietario las
abandonó de forma voluntaria (también
abandonó de forma voluntaria (también llamadas
llamadas
“res derelictæ”
“res derelictæ”
).
).
Solo se pueden adquirir por ocupación las cosas
Solo se pueden adquirir por ocupación las cosas
muebles, porque las tierras que carecen de otro
muebles, porque las tierras que carecen de otro
dueño pertenecen al Estado (v. 605).
dueño pertenecen al Estado (v. 605).
Asimismo, la ocupación, como modo de adquirir,
Asimismo, la ocupación, como modo de adquirir,
únicamente puede recaer sobre muebles de
únicamente puede recaer sobre muebles de
naturaleza corporal, toda vez que las cosas
naturaleza corporal, toda vez que las cosas
incorporales no son susceptibles de
incorporales no son susceptibles de aprehensión
aprehensión
física.
física.
Más allá de que este requisito salta a
Más allá de que este requisito salta a la vista por el
la vista por el
texto mismo de la definición legal, viene al caso
texto mismo de la definición legal, viene al caso
considerar que la ocupación no puede tener lugar
considerar que la ocupación no puede tener lugar
cuando, por ejemplo,
cuando, por ejemplo, determinada
determinadasleyes
sleyes
nacionales impiden la caza y/o la pesca en áreas
nacionales impiden la caza y/o la pesca en áreas
naturales que pertenecen al patrimonio del Estado
naturales que pertenecen al patrimonio del Estado
(v. 68, 73,
(v. 68, 73, 87, Ley Forestal y de Conservación de
87, Ley Forestal y de Conservación de
Áreas Naturales y Vida Silvestre).
Áreas Naturales y Vida Silvestre).
De igual
De igual forma, lostratadosinternacionales
forma, lostratadosinternacionales
impiden a los Estados contratantes hacer uso del
impiden a los Estados contratantes hacer uso del
pillaje para despojar
pillaje para despojar de la propiedad privada a los
de la propiedad privada a los
ciudadanos de un
ciudadanos de un país militarmente invadido (v.
país militarmente invadido (v.
52, Protocolo Adicional al Convenio de Ginebra del
52, Protocolo Adicional al Convenio de Ginebra del
12 de agosto de 1949,
12 de agosto de 1949, Relativo a la Protección de
Relativo a la Protección de
las Víctimas de los
las Víctimas de los Conflictos Armados
Conflictos Armados
Internacionales, R.O. 12-II-1979).
Internacionales, R.O. 12-II-1979).
La aprehensión material es aquel elemento real o
La aprehensión material es aquel elemento real o
de hecho que, en general, no puede
de hecho que, en general, no puede faltar en los
faltar en los
modos de adquirir
modos de adquirir.
. Es lógico colegi
Es lógico colegir que si este
r que si este
elemento falta, no se adquiere el dominio por
elemento falta, no se adquiere el dominio por
ocupación.
ocupación.
El ánimo o intención supone que el ocupante tiene
El ánimo o intención supone que el ocupante tiene
la voluntad de apropiarse de la cosa; de tomarla
la voluntad de apropiarse de la cosa; de tomarla
para sí.
para sí. Por ello, los deme
Por ello, los dementes y los infantes no
ntes y los infantes no
pueden adquirir el dominio por ocupación ya que
pueden adquirir el dominio por ocupación ya que
carecen de voluntad.
carecen de voluntad.
2.
UNIDAD IX
UNIDAD IX
LA OCUPACIÓN
LA OCUPACIÓN
-
- 2
2 -
-
LA OCUPACIÓN
LA OCUPACIÓN
CLASES
CLASES
OCUPACIÓN DE COSAS ANIMADAS
OCUPACIÓN DE COSAS ANIMADAS
ANIMALES
ANIMALES
DOMESTICADOS
DOMESTICADOS CAZA PESCA
CAZA PESCA ABEJAS Y
ABEJAS Y
PALOMAS
PALOMAS
v. 624, inc. 1.
v. 624, inc. 1.
Los animales domésticos no pueden
Los animales domésticos no pueden
adquirirse por ocupaciónporque
adquirirse por ocupaciónporque
están sujetos a domini
están sujetos a dominio (v. 639).
o (v. 639). No
No
obstante, si pierden la costumbre de
obstante, si pierden la costumbre de
volver al amparo del hombre y si,
volver al amparo del hombre y si,
además, recobran su natural
además, recobran su natural
libertad, vuelven a ser bravíos y
libertad, vuelven a ser bravíos y
pueden, por ello, ser objeto de
pueden, por ello, ser objeto de
ocupación (624, inc. 2).
ocupación (624, inc. 2).
Sepuedecazarentierraspropiasoenlas
Sepuedecazarentierraspropiasoenlas
ajenas,conpermisodeldueño(625,inc.
ajenas,conpermisodeldueño(625,inc.
1).
1). Sin embargo, no
Sin embargo, nose requerirá permiso
se requerirá permiso
silastierrasnoestuvierencercadas,ni
silastierrasnoestuvierencercadas,ni
plantadasocultivadas;salvoqueeldueño
plantadasocultivadas;salvoqueeldueño
lo hubiese prohibido expresamente con
lo hubiese prohibido expresamente con
notificaci
notificación(625,
ón(625, inc.2).
inc.2).
Lacazarealizadaentierrasajenassin
Lacazarealizadaentierrasajenassin
permisodelpropietarioconllevala
permisodelpropietarioconllevala
obligacióndeindemnizarleporlos
obligacióndeindemnizarleporlos
perjuicios causados.
perjuicios causados. Además, el
Además, elproducto
producto
delacazaseráparaeldueño(626).
delacazaseráparaeldueño(626).
Yaque
Yaque“losríosyaguasquecorrenpor
“losríosyaguasquecorrenpor
caucesnaturales,asícomoloslagos
caucesnaturales,asícomoloslagos
naturales,sonbienesnacionalesdeuso
naturales,sonbienesnacionalesdeuso
pú
públ
blic
ico”
o”(612,inc.1),debe
(612,inc.1),debe entenderseque
entenderseque
lanormacontenidaenel632estáreferida
lanormacontenidaenel632estáreferida
alapescarealizadaenlagosartificiales.
alapescarealizadaenlagosartificiales.
Así,loquesehubiesepescadosinpermiso
Así,loquesehubiesepescadosinpermiso
entaleslagos,deberáentregarseal
entaleslagos,deberáentregarseal
propietario.
propietario.
Segúnladoctrina,elpropietariodelpredio
Segúnladoctrina,elpropietariodelpredio
noesdueñodelosanimalesbravíosque
noesdueñodelosanimalesbravíosque
allí se encuentren.
allí se encuentren. No hay
No hayaccesión en
accesión en
estecasosinomásbienun“derecho
estecasosinomásbienun“derecho de
de
preferencia”paraquepueda
preferencia”paraquepueda adquirirlos
adquirirlos
por ocupación.
por ocupación.
La pesca es libre en
La pesca es libre en los mares
los mares
internacionale
internacionales, pero en
s, pero en el mar
el mar
territorial solo pueden pescar los
territorial solo pueden pescar los
ecuatorianosylos
ecuatorianosylos extranjeros
extranjeros
domiciliados(627).
domiciliados(627).
Todas las disposiciones del C.C.
Todas las disposiciones del C.C.
relativas a l
relativas a la pesca ―lo mismo que
a pesca ―lo mismo que
las relacionadas con la caza―
las relacionadas con la caza― deben
deben
contextualizarse en el marco de la
contextualizarse en el marco de la
legislación especial que hoy en día
legislación especial que hoy en día
la regula. Al
la regula. Al respecto, téngase
respecto, téngase
presente que, según la Ley de
presente que, según la Ley de Pesca
Pesca
y Desarrollo Pesquero (v. 1),
y Desarrollo Pesquero (v. 1), “los
“los
recursos bioacuáticos existentes en
recursos bioacuáticos existentes en
el mar territorial, en las aguas
el mar territorial, en las aguas
marítimas interiores, en los ríos, en
marítimas interiores, en los ríos, en
los lagos o canales naturales y
los lagos o canales naturales y
artificiales, son bienes nacionales
artificiales, son bienes nacionales
cuyo racional aprovechamiento será
cuyo racional aprovechamiento será
regulado y controlado por el Estado
regulado y controlado por el Estado
de acuerdo con sus intereses.”
de acuerdo con sus intereses.”
De
De
este cuerpo legal se ha derivado
este cuerpo legal se ha derivado
variada legislaciónsecundaria que
variada legislaciónsecundaria que
rige en el
rige en el ámbito pesquero.
ámbito pesquero.
“
“
Las abejas y las palomas son
Las abejas y las palomas son
animales domesticados que
animales domesticados que
pertenecen
pertenecenal dueño
al dueñode la col
de la colmena o
mena o
palomar
palomar en que v
en que viven, mie
iven, mientras
ntras
conservan la costumbre de volver a
conservan la costumbre de volver a
dicha colmena o palomar; pero si
dicha colmena o palomar; pero si
pierden e
pierden esa costumb
sa costumbre, qued
re, quedan
an
sujetas a las reglas de los animales
sujetas a las reglas de los animales
bravíos y pueden ser ocupadas por
bravíos y pueden ser ocupadas por
cualquier persona, salvo que el
cualquier persona, salvo que el
dueño vaya en su persecución
dueño vaya en su persecución
teniéndol
teniéndolas a
as a la vista
la vista.”
.”
1
1
(636, 637).
(636, 637).
1
1
Arturo Alessandri Rodríguez, Manuel Somarriva Undurraga y An
Arturo Alessandri Rodríguez, Manuel Somarriva Undurraga y Antonio Vodanovic Haklicka, Tratado de
tonio Vodanovic Haklicka, Tratado de los Derechos Reales, tomo I, p. 153.
los Derechos Reales, tomo I, p. 153.
3.
UNIDAD IX
UNIDAD IX
LA OCUPACIÓN
LA OCUPACIÓN
-
- 3
3 -
-
LA OCUPACIÓN
LA OCUPACIÓN
CLASES
CLASES
OCUPACIÓN DE COSAS INANIMADAS
OCUPACIÓN DE COSAS INANIMADAS
INVENCIÓN
INVENCIÓN
2
2
O
O
HALLAZGO
HALLAZGO COSASABANDONADAS
COSASABANDONADAS
AL PRIMER OCUPANTE
AL PRIMER OCUPANTE TESORO
TESORO CAPTURA
CAPTURA BÉLICA
BÉLICA
Definiciónlegal:
Definiciónlegal: “(…) es una especie
“(…) es una especie
de ocupación por la cual el que
de ocupación por la cual el que
encuentra una cosa inanimada que
encuentra una cosa inanimada que
no pertenece a nadie, adquiere su
no pertenece a nadie, adquiere su
dominio, apoderándo
dominio, apoderándose de
se de ella.”
ella.”
(640, inc. 1).
(640, inc. 1).
Requisitos:
Requisitos: 1.
1. Que se trate de cosas
Que se trate de cosas
inanimadas;
inanimadas;2.
2. Que se trate de una
Que se trate de una
res nullius;
res nullius; y,
y, 3.
3. Que el que
Que el que
encuentre la cosa se apodere de
encuentre la cosa se apodere de
ella.
ella.
Res nullius
Res nullius: Por invención o
: Por invención o hallazgo
hallazgo
solo se adquiere el dominio de las
solo se adquiere el dominio de las
cosas que no pertenecen a nadie o
cosas que no pertenecen a nadie o
que no presentan señales de
que no presentan señales de
dominio ante
dominio anterior.
rior. Las cosas que
Las cosas que
tienen dueño, en cambio, no se
tienen dueño, en cambio, no se
pueden adquirir por invención o
pueden adquirir por invención o
hallazgo y el mismo impedimento
hallazgo y el mismo impedimento
existe en relación con las cosas que
existe en relación con las cosas que
tienen señales de dominio
tienen señales de dominio
preexistentes, por cuanto se trata
preexistentes, por cuanto se trata
de especies al parecer
de especies al parecer perdidas
perdidas
(645).
(645).
Asimilación: Si bien en
Asimilación: Si bien en principio
principio
opera la invención hallazgo sobre
opera la invención hallazgo sobre res
res
nullius,
nullius, también pueden serlo, por
también pueden serlo, por
asimilación legal, aquellas que han
asimilación legal, aquellas que han
sido abandonadas ―
sido abandonadas ―res
res
derelictæ
derelictæ―
―con la intención de que
con la intención de que
se las
se las apropie cualquier otra persona
apropie cualquier otra persona
que llegue primer
que llegue primero.
o. Nótese que, en
Nótese que, en
el fondo, existe por parte del que
el fondo, existe por parte del que
abandona la intención de
abandona la intención de donar
donar la
la
cosa, pero la falta
cosa, pero la falta de determinación
de determinación
en cuanto a la identidad del
en cuanto a la identidad del
donatario hace que este abandono
donatario hace que este abandono
esté reglamentado en la ocupación.
esté reglamentado en la ocupación.
Ánimo de abandonar: Para que una
Ánimo de abandonar: Para que una
cosa se considere como
cosa se considere como res derelictæ
res derelictæ
es preciso que su
es preciso que su anterior
anterior
propietario haya tenido la voluntad
propietario haya tenido la voluntad
manifiesta de abandonarla, ya que la
manifiesta de abandonarla, ya que la
renuncia a un derecho ni la d
renuncia a un derecho ni la donación
onación
se pueden presumir
se pueden presumir.
. Si existiere
Si existiere
duda en cuanto a la
duda en cuanto a la intencionali
intencionalidad,
dad,
deberá presumirse que la cosa se le
deberá presumirse que la cosa se le
ha perdido al dueño (640, inc. 4;
ha perdido al dueño (640, inc. 4;
645).
645).
Definiciónlegal:
Definiciónlegal: “El
“El descubrimiento
descubrimiento
de un tesoro es una especie de
de un tesoro es una especie de
invención o
invención o hallazgo.
hallazgo. Se llama
Se llama
tesoro la moneda o joyas, u otros
tesoro la moneda o joyas, u otros
efectos preciosos que, elaborados
efectos preciosos que, elaborados
por el hom
por el hombre, han
bre, han estado la
estado largo
rgo
tiempo sepultados o escondidos sin
tiempo sepultados o escondidos sin
que haya memoria ni indicio de su
que haya memoria ni indicio de su
dueño.”
dueño.” (641).
(641).
Requisitos: Hay tesoro cuando:
Requisitos: Hay tesoro cuando: 1.
1. La
La
cosa es mueble;
cosa es mueble; 2.
2. El mueble
El mueble
consiste en monedas, joyas u otros
consiste en monedas, joyas u otros
efectospreciosos;
efectospreciosos; 3.
3. Losobjetos
Losobjetos
han sido elaborados por el
han sido elaborados por el hombre,
hombre,
lo que excluye a las minas,
lo que excluye a las minas,
minerales y otros productos
minerales y otros productos
naturales;
naturales; 4.
4. Las monedas, joyas o
Las monedas, joyas o
efectos preciosos han estado
efectos preciosos han estado
escondidos largo tiempo, pues de
escondidos largo tiempo, pues de
encontrárselos en la superficie de la
encontrárselos en la superficie de la
tierra se presume que son especies
tierra se presume que son especies
al parecer perdidas;
al parecer perdidas; 5.
5. No hay
No hay
memoria o indicio de quién ha sido
memoria o indicio de quién ha sido
el dueño del tesoro.
el dueño del tesoro.
Pertenencia: 642 (v. 800).
Pertenencia: 642 (v. 800).
La captura bélica consiste en el
La captura bélica consiste en el
despojo de los bienes del vencido en
despojo de los bienes del vencido en
provecho del vencedor.
provecho del vencedor.
En concordancia con los
En concordancia con los tratados
tratados
internacionale
internacionalesvigentes,
svigentes, la
la
propiedad privada de los ciudadanos
propiedad privada de los ciudadanos
del Estado vencido u ocupado no
del Estado vencido u ocupado no
puede ser objeto de expolio por
puede ser objeto de expolio por
parte del Estado vencedor u
parte del Estado vencedor u
ocupante.
ocupante. No obstante
No obstante, las
, las
propiedadesdel Estado
propiedadesdel Estado enemigo
enemigo
pueden ser materia de
pueden ser materia de captura
captura
bélica.
bélica.
La doctrina distingue entre botín y
La doctrina distingue entre botín y
presa.
presa. Es botín la ca
Es botín la captura de las
ptura de las
cosas muebles en la
cosas muebles en la guerra terrestre;
guerra terrestre;
presa, la captura de las naves y
presa, la captura de las naves y de
de
las mercaderías en el mar.
las mercaderías en el mar.
Solo el Estado puede invocar para así
Solo el Estado puede invocar para así
esta forma de ocupación (656).
esta forma de ocupación (656).
2
2
Se llama “invención” porque la palabra viene del
Se llama “invención” porque la palabra viene del latín
latín “invenire”,
“invenire”, que significa hallar.
que significa hallar. Estas palabras no pueden ser más claras:
Estas palabras no pueden ser más claras: “No es, pues, como cree el vulgo, la manera de
“No es, pues, como cree el vulgo, la manera de
adquirir una cosa como resultado de un
adquirir una cosa como resultado de un invento.”
invento.”
Ob. cit, tomo I, p. 154.
Ob. cit, tomo I, p. 154.
4.
UNIDAD IX
UNIDAD IX
LA OCUPACIÓN
LA OCUPACIÓN
-
- 4
4 -
-
LA OCUPACIÓN
LA OCUPACIÓN
CLASES
CLASES
OCUPACIÓN DE ESPECIES MUEBLES AL
OCUPACIÓN DE ESPECIES MUEBLES AL PARECER PERDIDAS Y ESPECIES NÁUFRAGAS
PARECER PERDIDAS Y ESPECIES NÁUFRAGAS
ESPECIES
ESPECIES MUEBLES
MUEBLES AL
AL PARECER
PARECER PERDIDAS
PERDIDAS ESPECIES
ESPECIES NÁFRAGAS
NÁFRAGAS
La reglamentación del Código Civil para las especies
La reglamentación del Código Civil para las especies al parecer perdidas tiene
al parecer perdidas tiene
como objeto determinar si el propietario tuvo o
como objeto determinar si el propietario tuvo o no la intención de
no la intención de
desprenderse de la cosa, pero mientras no se dilucide la situación la cosa no
desprenderse de la cosa, pero mientras no se dilucide la situación la cosa no
esconsiderada
esconsiderada res derelictæ.
res derelictæ. Por ello, el legislador establece un largo
Por ello, el legislador establece un largo
procedimiento para buscar al propietario (v. 645
procedimiento para buscar al propietario (v. 645 a 651, inclusive).
a 651, inclusive).
Quien no consigna en la policía, en el
Quien no consigna en la policía, en el término de tres días, las cosas ajenas
término de tres días, las cosas ajenas
que fueren encontradas en c
que fueren encontradas en cualquier lugar, comete una contravención de
ualquier lugar, comete una contravención de
segunda clase reprimida con multa de cuatro a siete dólares de los Estados
segunda clase reprimida con multa de cuatro a siete dólares de los Estados
Unidos de América y prisión de un
Unidos de América y prisión de un día, o con una de
día, o con una de estas penas solamente (v.
estas penas solamente (v.
605 #19, Código Penal).
605 #19, Código Penal).
En cambio, cometen contravención de tercera clase, reprimida con
En cambio, cometen contravención de tercera clase, reprimida con multa de
multa de
siete a catorce dólares de los Estados Unidos de América y con
siete a catorce dólares de los Estados Unidos de América y con prisión de dos
prisión de dos
a cuatro días, o con una
a cuatro días, o con una de estas penas solamente,
de estas penas solamente, “los que, hallando una
“los que, hallando una
cosa ajena, siendo autoridades o agentes de policía, no la consignaren en ésta,
cosa ajena, siendo autoridades o agentes de policía, no la consignaren en ésta,
en el término de veinticuatro horas, o que, teniendo conocimiento de hallazgo,
en el término de veinticuatro horas, o que, teniendo conocimiento de hallazgo,
no procedieren conforme a lo dispuesto en el Código Civil
no procedieren conforme a lo dispuesto en el Código Civil
”
” (v. 606 #6, ídem).
(v. 606 #6, ídem).
Son especies náufragas las que proceden de una
Son especies náufragas las que proceden de una nave que zozobra en las
nave que zozobra en las
aguasterritorialesdel Estado.
aguasterritorialesdel Estado.
Según la doctrina, estas especies pueden consistir en fragmentos del buque o
Según la doctrina, estas especies pueden consistir en fragmentos del buque o
en las cosas que
en las cosas que se echan al mar, bien que
se echan al mar, bien que con ello se trate de alijar la nave en
con ello se trate de alijar la nave en
casos de tempestad; bien que fuere por temor a
casos de tempestad; bien que fuere por temor a naufragar; o bien, para evitar
naufragar; o bien, para evitar
el apresamiento de
el apresamiento de enemigos, piratas, etcétera.
enemigos, piratas, etcétera.
A más del procedimiento que señala el C.C. para determinar quién es el
A más del procedimiento que señala el C.C. para determinar quién es el
propietario de las especies náufragas (v. 652 a 654), deben
propietario de las especies náufragas (v. 652 a 654), deben considerarse las
considerarse las
disposiciones especiales que rigen la materia (655; 90, 350, 351, 352,
disposiciones especiales que rigen la materia (655; 90, 350, 351, 352, Código
Código
de Policía Marítima).
de Policía Marítima).