Descubre que es la retención de iva y como funciona para las personas morales, además podrás encontrar los beneficios y las principales dudas resueltas de cuando aplicar retención de iva.
2. Persona moral: Es una agrupación
de personas que se unen con un fin
determinado, por ejemplo, una sociedad
mercantil, una asociación civil o empresa.
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Retención: Conservación de
una cantidad que se debe pagar
para garantizar el cumplimiento
de alguna obligación.
IVA: Hace referencia a un porcentaje
que debe pagar los consumidores del
estado por el uso de un determinado
servicio.
Persona física: Es un
individuo con capacidad para
contraer obligaciones y ejercer sus
derechos
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3. ¿Cómo funciona?
Si recibes un servicio o bienes
otorgados por una persona física y/o
adquieren desperdicios para ser
utilizados como insumo para la
comercialización.
Tienen la obligación legal de efectuar
la retención del IVA.
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4. ¿Qué es retención del
IVA?
La retención para una persona
moral es adquirir dos terceras
partes de IVA del pago efectuado a
la persona física por el servicio
profesional.
Y declarar la retención junto con los
impuestos en el SAT.
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5. ¿Cuándo retengo el
IVA?Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les
traslade, los contribuyentes personas morales que:
1. Reciban servicios personales independientes, o usen o gocen
temporalmente bienes, prestados u otorgados por personas físicas,
respectivamente.
2. Adquieran desperdicios para ser utilizados como insumo de su actividad
industrial o para su comercialización. En este caso deberán efectuar la
retención del IVA que se les traslade.
3. Reciban servicios de autotransporte terrestre de bienes, prestados por
personas físicas o morales.
4. Reciban servicios prestados por comisionistas, cuando éstos sean
personas físicas.
5. Sean personas físicas o morales que adquieran bienes tangibles, o los
usen o gocen temporalmente, que enajenen u otorguen residentes en el
extranjero.
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6. Beneficios
1. Si efectuaste la retención podrán
considerar como acreditable tal y
como lo dicta el articulo 29.
2. La obligación de pago y entero del
impuesto.
3. Deberá enterar las retenciones
conjuntamente con el pago del
impuesto correspondiente al mes.
Esto ayudara a que la empresa tenga un
mayor movimiento en el SAT y regresar
un porcentaje de los impuestos durante
el año.
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7. IVA Acreditable
El IVA que se cobre al contribuyente, por parte de quien enajene bienes,
preste servicios u otorgue el uso o goce temporal de bienes, será
considerado como acreditable, esto quiere decir que al finalizar el mes el IVA
podría estar a tu favor.
Requisitos:
1. Que el IVA corresponda a bienes, servicios o goce temporal de bienes, por las que se deba
pagar el impuesto del 16% .
2. Que el IVA haya sido trasladado expresamente al contribuyente.
3. Que el IVA trasladado al contribuyente haya sido efectivamente pagado en el mes de que
se trate.
4. Que tratándose del IVA trasladado que se hubiese retenido. El impuesto retenido y
enterado podrá ser acreditado en la declaración de pago mensual siguiente a la declaración
en la que se haya efectuado el entero de la retención.
5. Cuando se esté obligado al pago del IVA o cuando sea aplicable la tasa de 0%, sólo por
una parte de las actividades que realice el contribuyente.
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8. Saldo a favor
Cuando en el cálculo del impuesto mensual previsto en el artículo 5º
de este ordenamiento resulte saldo a favor (depende del SAT) , los
contribuyentes a que se refiere esta fracción podrán obtener la
devolución inmediata de dicho saldo disminuyéndolo del monto del
impuesto que hayan retenido.
Esto incrementa el porcentaje del IVA acreditable para beneficiar a la
empresa.
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9. ¡Ten en
cuenta!
Si recibes servicios de mensajería o paquetería
prestados por personas físicas, por ser un servicio
auxiliar al de autotransporte, no deberán
efectuar la retención del impuesto que se traslade.
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10. Para finalizar
El no efectuar la retención de IVA en el caso del otorgamiento
de bienes por personas físicas, el SAT podría multar con
20% a la empresa, porque no solo no efectuó la
retención si no que tampoco esta en la declaración.
Es importante realizar la retención del IVA en caso de ser
necesario, para contar con los beneficios ya establecidos por el
SAT.
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11. Para más información visita
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