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2. Persona Física: Es un individuo con
capacidad para contraer obligaciones y
ejercer derechos.
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Retención: Conservación de una
cantidad que se debe pagar para
garantizar el cumplimiento de
alguna obligación.
IVA: Hace referencia a un porcentaje que
debe pagar los consumidores del estado
por el uso de un determinado servicio.
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3. ¿Cómo funciona?
Cuando una persona física del régimen profesional se
dedica a prestar un servicio independiente, es decir,
personas cuyas actividades requieren de un título
profesional para llevarla a cabo, realizan operaciones
con personas morales estas están obligadas a
retenerles los impuestos.
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4. ¿Para qué sirve?
A la hora de acreditar tus declaraciones mensuales las retenciones que
te realicen se restaran al pago provisional, es decir tu pago será
menor a la hora de pagar, esto es porque la persona moral paga un
porcentaje significativo.
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5. ¿Presento declaración anual?
¡Sí! La Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) establece que las personas
físicas residentes en México deberán presentar su declaración anual
cuando se ubiquen en alguno de los supuestos mencionados.
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¿Se debe declarar el IVA en la declaración anual?
La Ley del IVA una obligación de los contribuyentes
de dicho impuesto que proporcionen la información
que se solicite en la declaración anual; por lo tanto,
deberá reportarse la información que se requiera
relativa a los actos o actividades realizadas durante el
año fiscal 2014.
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6. ¿Cuáles son?
Existen diversos tipos de ingresos sobre los cuales las personas físicas deben
de pagar el impuesto y la ley hace una división en función del tipo de ingreso
que se percibe.
1. Ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado.
2. Ingresos por actividades empresariales y profesionales.
3. Ingresos por arrendamiento de bienes inmuebles.
4. Ingresos por la enajenación de bienes.
5. Ingresos por la adquisición de bienes.
6. Ingresos por intereses.
7. Ingresos por la obtención de premios.
8. Ingresos por dividendos.
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7. ¿Qué pasa con ese dinero?
La empresa tiene la obligación de entregar esas
retenciones al SAT en cada declaración mensual,
sin que puedan aplicar deducción alguna.
Por otra parte podrás acreditar para disminuir el
pago mensual, pagando la diferencia.
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8. Beneficios
1. Puedes acreditar las retenciones y así
pagar solo la diferencia de tu pago
mensual.
2. Puede recibir donativos sin límite, ya
sea en efectivo o en especie, de
residentes en el país o en el
extranjero.
3. Devoluciones, descuentos o
bonificaciones.
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9. Retención del IVA
En el articulo 3 del reglamento de la ley del impuesto al valor agregado dice:
Las personas morales obligadas a efectuar la retención del impuesto que se les
traslade, lo harán en una cantidad menor, en los casos siguientes:
I. La retención se hará por las dos terceras partes del impuesto que haya sido
efectivamente pagado, por las operaciones siguientes:
ü Prestación de servicios personales independientes
ü Prestación de servicios de comisión.
ü Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.
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10. Retención del IVA
II. La retención se hará por el 4% del valor de la contraprestación
pagada efectivamente, cuando reciban los servicios considerados
en los términos de las leyes.
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11. Para reforzar
Supongamos que eres un ingeniero en sistemas y la compañía “La
comercial S.A.” requiere tus servicios para hacer mantenimiento a sus
sistemas de punto de venta en línea; por este trabajo cobras $10,000.00
pesos.
El recibo de honorarios se desglosa de la siguiente manera:
IMPORTE $10,000.00
+ IVA $1,600.00
- RET. IVA $1,066.67
= $10,533.33
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12. Calculadora
¡Saca tus cuentas! Ayúdate con esta calculadora diseñada por el SAT,
especialmente para poder saber el IVA y el ISR que te retienen.
http://www.calculadorasat.com/calcular-isr
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13. ¡Ten en cuenta!
Las personas físicas que únicamente obtengan ingresos acumulables
por intereses reales que no excedan de $100 mil pesos podrán optar por
considerar la retención como pago definitivo.
La retención de impuestos solo aplica cuando una persona física con
régimen profesional presta servicios a una persona moral.
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14. Para finalizar
Resulta importante tener en mente, que no todas las transacciones financieras
forzosamente generarán un interés, ya que por ejemplo, hay operaciones en
donde la operación se considera como enajenación de bienes, tal es el caso de
la venta de acciones, por poner el ejemplo más sencillo, por lo que al momento
de la determinación del ingreso a tributar se debe tener claro qué tipo de
ingreso es el que se percibe.
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15. Para más información visita
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