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LA REVOLUCIÓN FRANCESA (1789-1799)
Las etapas de la Revolución Francesa
CONVENCIÓN
Asamblea
Legislativa
Cosechas y precios en Francia (1778-1790)
El endeudamiento de la hacienda real francesa en 1788
Convocatoria de los Estados Generales
“Nos tenemos la necesidad del concurso de nuestros
fieles súbditos para ayudarnos a superar todas las
dificultades en que Nos encontramos, relativas al estado
de nuestras finanzas y, para establecer, siguiendo
nuestros deseos, un orden constante e invariable en todos
los aspectos del gobierno que afectan a la felicidad de
nuestros súbditos y a la prosperidad de nuestro reino.
Estos importantes motivos Nos han determinado a
convocar la asamblea de los Estados de todas las
provincias de nuestra soberanía, tanto para aconsejarnos
y para asistirnos en todos los asuntos que serán expuestos
ante ellos, como para hacernos conocer los deseos y las
peticiones de nuestros pueblos”.
EL REY (Luis XVI)
Cuaderno de quejas
"Aquí el pobre no tiene derecho a
encender el fuego en su choza
para ponerse al abrigo del frío, si
no lo compra bien caro al señor,
por una contribución descontada
de sus medios de subsistencia y
los de su familia. Este derecho
inhumano existe en Broues bajo el
nombre de derecho de fuego. Allí
el agricultor no tiene ni siquiera el
derecho de alimentar su ganado
con la hierba que crece en su
campo; si la toca, se le denuncia y
castiga con una multa que lo
arruina, y el ejercicio más legítimo
de los derechos de su propiedad
está subordinado a la voluntad
arbitraria del señor, que tiene la
pretensión al derecho universal
sobre todos los pastos del
territorio. Se deben abolir todos
los derechos de los señores (...)."
.
• “Nosotros declaramos
que nunca
consentiremos que
extingan los derechos
que han caracterizado
hasta hoy el orden
nobiliario y que hemos
recibido de nuestros
antepasados (...)
Recomendamos a
nuestros diputados
oponerse a todo lo que
pueda atentar contra
nuestras propiedades
útiles y honoríficas.”
Cuadernos de Quejas de los burgueses de Marsella
Cuaderno de Quejas de la nobleza de Montargis
2.- Pedimos insistentemente que Luis XVI, nuestro buen Rey, y sus sucesores en línea directa reinen como
verdaderos monarcas, de acuerdo con las leyes fundamentales de la monarquía y que no se impongan
otras trabas a su autoridad que aquellas que puedan impedirles hacer reflejar sobre su pueblo las dulces
influencias de su bondad.
3.- Que el Tercer Estado en la provincia de Bretaña sea representado, tanto en los Estados generales
como en los Estados provinciales por un número de diputados que iguale el número de los dos primeros
órdenes reunidos, los cuales diputados no podrán ser nobles, ni procuradores fiscales ni eclesiásticos; y
que en ambos estados se vote por cabeza.
4.- Que el clero y la nobleza contribuyan con el Tercer estado en la construcción y en la conservación de
los caminos mediante el pago de la corvea real.
5.- Que se suprima el sorteo de quintas, que los milicianos, guardacostas y marineros lo sean en los
sucesivo por contrato libre y pagados en dinero. Este es el único medio de conservar las familias, que
son lo más preciado y lo más necesario de la nación.
6.- Que la capitulación y las demás cargas pecuniarias sean todas ellas comprendidas en un solo registro,
en el cual estén incluidos también los eclesiásticos y los nobles, y que cada contribuyente, a partir de
ahora, pague de acuerdo con su opulencia. De esta forma disminuirán las cargas que agobian al pueblo.
7.-Que las pensiones y otras gracias que disfruta la nobleza no sean en adelante una carga para el Tercer
Estado, sino que los fondos destinados a esos fines sean recaudados entre la nobleza.
9.- Que los derechos feudales sean absolutamente abolidos como derechos odiosos y vejatorios.
Mantenimiento de la monarquía
Igual contribución a las necesidades del estado
Desaparición de las pensiones pagadas por la Corona a los nobles
Eliminación de las quintas
Abolición del régimen feudal
Cuaderno de Quejas de la parroquia de Peumerit (Bretaña)
Igual contribución a las necesidades del estado
Igualdad en el número de diputados y voto por cabeza
ESTADOS GENERALES, 5 DE MAYO DE 1789
exigió
Constitución
de 1791
Monarquía
constitucional
1789: La Asamblea Nacional Constituyente (1789-1791)
Revuelta del
tercer estado
Revuelta del
tercer estado
La Revolución Francesa (1789-1799)
De la revuelta institucional a la revuelta popular
Estados Generales: un voto por
estamento y deliberación por separado
Voto por cabeza y deliberación conjunta
Asamblea NacionalAsamblea Nacional
Juramento de la Sala del Juego de Pelota
(Jeu de Paume)
Juramento de la Sala del Juego de Pelota
(Jeu de Paume)
Asamblea
Nacional
Constituyente
Revuelta popular de París: toma de la Bastilla
(14 de julio de 1789)
Revuelta popular de París: toma de la Bastilla
(14 de julio de 1789)
Símbolo de la Revolución
Tercer estado
consiguió Igual número de
miembros que los
privilegiados
provocó
para
Elaborar una
Constitución
Oposición
del rey
Revuelta antiseñorial
en el campo
(Gran Miedo)
Revuelta antiseñorial
en el campo
(Gran Miedo)
Abolición del
feudalismo
4 de agosto
Declaración de
Derechos del Hombre y
del Ciudadano
26 de Agosto
Nacionalización
de bienes
eclesiásticos
Noviembre 1789
División
territorial
Reformas
económicas
Constitución
Civil del
Clero
Julio de 1790
se autoproclamó
Separación Iglesia-Estado
El plan de este escrito es muy simple: Nos planteamos tres preguntas
1. ¿Qué es el tercer estado? Todo.
2. ¿Qué ha sido hasta el presente en el orden político? Nada.
3. ¿Qué pide? Llegar a ser algo.
¿Quién osaría decir que el tercer estado no contiene en sí todo lo necesario para formar una
nación completa? Si se hiciera desaparecer el orden privilegiado, la nación no sería
menos, sino más. Y ¿qué es el tercer estado? Todo, pero un todo trabado y oprimido. ¿Y
qué sería sin el orden privilegiado? Todo, pero un todo libre y floreciente. [...]
¿Qué es una nación? Un cuerpo de asociados que vive bajo una ley común y representado
por la misma legislatura. ¿No es evidente que la nobleza tiene privilegios, dispensas,
incluso derechos separados de los del gran cuerpo de ciudadanos? Por esto mismo sale
de la ley común, y por ello sus derechos civiles le constituyen en un pueblo aparte dentro
de la gran nación [...]. Tiene sus representantes, que no están encargados en absoluto en
la defensa de los pueblos. El cuerpo de sus diputados se reúne aparte. Pero aun cuando
se reuniera en una misma sala con los diputados de los simples ciudadanos, no es menos
verdad que su representación es distinta por esencia y separada. Es ajena a la nación por
principio, puesto que su misión no emana del pueblo, y por su objeto, puesto que consiste
en defender no el interés general, sino el particular.
El tercer estado abarca todo lo que pertenece a la nación y todo lo que no es el tercer estado
no puede contemplarse como representante de la nación. ¿Qué es el tercer estado? Todo.
ABATE SIEYÈS, ¿Qué es el tercer estado?, 1789
5
Declaración de derechos del Hombre (agosto 1789)
"Los representantes del pueblo francés,
constituidos en Asamblea Nacional, considerando
que la ignorancia, el olvido o el desprecio de los
derechos del hombre son las únicas causas de las
desgracias públicas y de la corrupción de los
gobiernos, han resuelto exponer, en una
declaración solemne, los derechos naturales,
inalienables y sagradas del hombre (...).
Artículo 1. Los hombres nacen y permanecen libres
e iguales en derechos, las distinciones sociales no
pueden fundarse más que sobre la utilidad común.
Artículo 2. El objeto de toda asociación política es
la conservación de los derechos naturales e
imprescriptibles del hombre. Estos derechos son la
libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia
a la opresión.
Artículo 3. El principio de toda soberanía reside
esencialmente en la Nación. Ningún cuerpo ni
individuo puede ejercer autoridad que no emane
expresamente de ella.“
Artículo 4. La libertad consiste en poder hacer todo
aquello que no cause perjuicio a los demás. El
ejercicio de los derechos naturales de cada hombre
no tiene otros límites que los que garantizan a los
demás miembros de la Sociedad el disfrute de
estos mismos derechos. Estos límites sólo pueden
ser determinados por la Ley”
"Los representantes del pueblo francés,
constituidos en Asamblea Nacional, considerando
que la ignorancia, el olvido o el desprecio de los
derechos del hombre son las únicas causas de las
desgracias públicas y de la corrupción de los
gobiernos, han resuelto exponer, en una
declaración solemne, los derechos naturales,
inalienables y sagradas del hombre (...).
Artículo 1. Los hombres nacen y permanecen libres
e iguales en derechos, las distinciones sociales no
pueden fundarse más que sobre la utilidad común.
Artículo 2. El objeto de toda asociación política es
la conservación de los derechos naturales e
imprescriptibles del hombre. Estos derechos son la
libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia
a la opresión.
Artículo 3. El principio de toda soberanía reside
esencialmente en la Nación. Ningún cuerpo ni
individuo puede ejercer autoridad que no emane
expresamente de ella.“
Artículo 4. La libertad consiste en poder hacer todo
aquello que no cause perjuicio a los demás. El
ejercicio de los derechos naturales de cada hombre
no tiene otros límites que los que garantizan a los
demás miembros de la Sociedad el disfrute de
estos mismos derechos. Estos límites sólo pueden
ser determinados por la Ley”
"Artículo 7. Ningún hombre puede ser
acusado, arrestado ni mantenido en
confinamiento excepto en los casos
determinados por la Ley y de acuerdo con las
formas por ésta prescritas.
Artículo 8. La ley no debe imponer otras penas
que aquéllas que son estrictamente y
evidentemente necesarias; y nadie debe ser
castigado sino en virtud de una ley establecida
y promulgada con anterioridad a la ofensa y
legalmente aplicada.
Artículo 11. Puesto que la libre comunicación
de los pensamientos y opiniones es uno de los
más valiosos derechos del Hombre, todo
ciudadano puede hablar, escribir y publicar
libremente, teniendo en cuenta que es
responsable de los abusos de esta libertad en
los casos determinados por la Ley.
Artículo 13. Siendo necesaria, para sostener la
fuerza pública y subvenir a los gastos de la
administración, una contribución común, ésta
debe ser distribuida equitativamente entre
todos los Ciudadanos, de acuerdo con sus
facultades.
"Artículo 7. Ningún hombre puede ser
acusado, arrestado ni mantenido en
confinamiento excepto en los casos
determinados por la Ley y de acuerdo con las
formas por ésta prescritas.
Artículo 8. La ley no debe imponer otras penas
que aquéllas que son estrictamente y
evidentemente necesarias; y nadie debe ser
castigado sino en virtud de una ley establecida
y promulgada con anterioridad a la ofensa y
legalmente aplicada.
Artículo 11. Puesto que la libre comunicación
de los pensamientos y opiniones es uno de los
más valiosos derechos del Hombre, todo
ciudadano puede hablar, escribir y publicar
libremente, teniendo en cuenta que es
responsable de los abusos de esta libertad en
los casos determinados por la Ley.
Artículo 13. Siendo necesaria, para sostener la
fuerza pública y subvenir a los gastos de la
administración, una contribución común, ésta
debe ser distribuida equitativamente entre
todos los Ciudadanos, de acuerdo con sus
facultades.
La radicalización de la revolución (1791-1795). La República democrática
La Revolución Francesa (1789-1799)
La Asamblea Legislativa
Guerra
Oposición • Antiguos privilegiados
• Emigrados
• Potencias absolutistas
• Antiguos privilegiados
• Emigrados
• Potencias absolutistas• Constitucionalistas
(feuillants)
• Demócratas
(girondinos,
jacobinos,
cordeliers)
• Constitucionalistas
(feuillants)
• Demócratas
(girondinos,
jacobinos,
cordeliers)
Demandan
la
República
Resistencia del rey;
Varennes
con
Invasión de Francia
Radicalización socialSans-culottes
Asalto a las
Tullerías Victorias
militares
(Valmy
Jemappes)
Convención
Nacional
República
Dos fases
con
Convención girondinamoderada
es
problemas
con
• Oposición montañesa
• Ejecución de Luis XVI
• Coalición europea
• Insurrección de La
Vendée
• Presión popular
• Oposición montañesa
• Ejecución de Luis XVI
• Coalición europea
• Insurrección de La
Vendée
• Presión popular
Convención jacobina
Constitución
de 1793
Sob.
Popular.
Sufr. univ.
masculino
Terror Comité de
Salvación
Pública
Levas Reformas
sociales y
económicas
Culto a la Razón
Burguesía
moderada
contra
Termidor
con
Austria
Prusia
10 de agosto de 1792
GRUPOS POLÍTICOS
Los sans-culottes: no forman parte de la
Asamblea. Sectores populares urbanos
que participaron en las revueltas.
Apoyaron a los jacobinos.
Constitucionales: defienden una monarquía
moderada con una Constitución Sièyes, Mirabeau,
Lafayette
Girondinos: pertenecen a la alta burguesía de la
periferia. Son republicanos moderados. Partidarios
de la guerra en el exterior como modo de extender la
revolución y de un estado descentralizado. Brissot.
Jacobinos o La Montaña: integrados por las
burguesías medias y las clases populares. Es el grupo
más progresista y radical de la revolución. Son
centralistas. Los dirigen Robespierre, Danton, Saint Just
y Desmoulins.
Demócratas o cordeliers: grupo pequeño proveniente de las
clases medias),. Partidarios del Sufragio Universal masculino y la
soberanía directa. Carnot y Marat.
La llanura: diputados independientes de la
Asamblea Legislativa y de la Convención. No estaban
adscritos a ningún grupo político,
El rey Luis XVI, hecho prisionero en Varennes.
Grabado de finales del siglo XVIII
Fuga de Varennes
Ejecución de Luis XVI
La Marsellesa
1a
¡En marcha, hijos de la Patria,
ha llegado el día de gloria!
Contra nosotros, la tiranía alza
su sangriento pendón. (bis)
¿Oís en los campos el bramido
de aquellos feroces soldados?
¡Vienen hasta vosotros a degollar
a vuestros hijos y vuestras compañeras!
Estribillo
¡A las armas, ciudadanos!
¡Formad vuestros batallones!
¡Marchemos, marchemos!
¡Que una sangre impura
inunde nuestros surcos!
2a estrofa
Qué pretende esa horda de esclavos,
de traidores, de reyes conjurados?
Para quién son esas innobles cadenas,
esos grilletes preparados de hace tiempo?
(bis)
Para nosotros, franceses … Ah! Qué
ultraje!
Qué transportes debe suscitar!
A nosotros, se atreven a intentar
reducirnos a la antigua servidumbre!
3a
Cómo! … Cohortes extranjeras
harían la ley en nuestros hogares?
Cómo! … Esas falanges mercenarias
abatirían a nuestros fieros guerreros?(bis)
Dios santo! Encadenadas por otras
manos,
nuestras frentes se inclinarían bajo el
yugo!
Unos déspotas viles serían
los dueños de nuestros destinos!
4a
Temblad, tiranos! Y vosotros, pérfidos,
oprobio de todos los partidos,
temblad! Vuestros planes parricidas
recibirán por fin su merecido! (bis)
Todos son soldados para combatiros.
Si nuestros jóvenes héroes caen,
la tierra produce otros,
listos para luchar contra vosotros!
5a
Franceses, asestad vuestros golpes
o retenedlos, magnánimos guerreros:
perdonad a esas víctimas tristes,
que a su pesar se arman contra nosotros. (bis)
Pero no a esos déspotas sanguinarios,
esos cómplices de Bouillé,
todos esos tigres que, despiadados,
desgarran el seno de su madre!
6a
Amor sagrado de la Patria,
conduce y sostén nuestros brazos vengadores!
Libertad, Libertad amada,
combate con tus defensores! (bis)
Que la victoria, a tus voces viriles,
acuda bajo nuestras banderas;
que tus enemigos, al expirar,
vean tu triunfo y nuestra gloria!
7a
Entraremos en el camino
cuando nuestros mayores ya no estén aquí;
encontraremos sus cenizas
y la huella de sus virtudes. (bis)
Menos deseosos de sobrevivirles
que de compartir su tumba,
tendremos el orgullo sublime
de vengarlos o de seguirlos.
GUERRA DE
LA
CONVENCIÓN
Sans-culottes
SANS CULLOTTES
CONVENCIÓN JACOBINA
¿Por qué hablamos de la república
democrática?
CONSTITUCIÓN DE 1793
• Sufragio universal, derechos al trabajo y a la asistencia
pública...
MEDIDAS ECONÓMICAS Y SOCIALES IGUALITARIAS
• Eliminación definitiva de los derechos feudales
• Ley de Máximos: controla los precios y establece los
salarios mínimos.
• Reparto de tierras de de los nobles emigrados
• Educación básica obligatoria y gratuita para todos.
CONSTITUCIÓN DE 1793
Las furias de la guillotina
( H. Baron & gravure de L. Massard)
El acusado será interrogado en
audiencia pública: se suprime, por
superflua, la formalidad que
precede del interrogatorio secreto.
Si existieran pruebas materiales o
morales, con independencia de la
prueba testimonial, no se oirá a los
testigos, a menos que esta
formalidad parezca necesaria, bien
para descubrir a los cómplices,
bien por otras consideraciones
mayores de interés público. A los
patriotas calumniados la ley les
concede para su defensa jurados
de patriotas: no se los concede a
los conspiradores.”
Ley de junio de 1794.
El terror durante la etapa de la Convención montañesa
Artículo 1. Inmediatamente después de la publicación del presente decreto todos los
sospechosos que se encuentren en el territorio de la República y que estén aún en
libertad serán detenidos.
2. Se considerarán sospechosos:
1.º Los que por su conducta, por sus relaciones, por sus propósitos o sus escritos,
se han mostrado partidarios de la tiranía o del federalismo y enemigos de la libertad;
2.º, los que no puedan justificar sus medios de existencia y el cumplimiento de sus
deberes cívicos;
3.º, aquellos a los que se hubiera negado el certificado de ciudadanía;
4.º, los funcionarios públicos suspendidos o destituidos de sus funciones por la
Convención nacional o por sus comisarios, y no rehabilitados;
5.º, los hasta ahora nobles, comprendidos los maridos, mujeres, padres, madres,
hijos o hijas, hermanos o hermanas, y los administradores de emigrados, que no
hayan manifestado constantemente su adhesión a la revolución;
6.º, los que han emigrado desde el 1 de julio de 1789, aunque hayan vuelto a
Francia. […]
Decreto relativo a los sospechosos, 17 de septiembre de 1793
La Conciergerie
Jacques-René
Hébert
Louis Antoine
de Saint-Just
Camille
DesmoulinsGeorges-Jacques
Danton
Maximilien
Robespierre
Marie Antoniette
Inscripción en la iglesia de Ivry-la-Bataille.
Fiesta de la Razón en Notre Dame el 20 de brumario de 1793.
La Catedral de Estrasburgo convertida en Templo de la Razón.
Catedral de Clermont-
Ferrand: el pueblo francés
reconoce al Ser Supremo y
la inmortalidad del alma.
Inauguración de la Fontaine de la Régénération, en el antiguo lugar ocupado por la Bastilla, el 10 de agosto de 1793.
La república burguesa (1795-1799)
La Revolución Francesa (1789-1799)
Conspiración de
los Iguales
(Babeuf)
Termidor
Constitución de 1795
(o del año III)
Burguesía
conservadora
Protagonismo
del ejército
Victorias en Europa
beneficia a
Directorio
instaura
Consejo de Ancianos
Consejo de los Quinientos
reprime
Movimiento
realista
Revueltas
populares
como
contra
18 de Brumario
Consulado
(Napoleón Bonaparte)
Convención termidoriana
Elimina
reformas
sociales
El 18 Brumario
NAPOLEÓN BONAPARTE
INGRES, Jean-Auguste-Dominique
Napoleon I on the Imperial Throne
1806
APPIANI, Andrea
Napoleon, First King of Italy
¿Quién fue Napoleón
Bonaparte?
Napoleón: del Consulado al Imperio
Napoleón Bonaparte (1799-1814)
18 de
Brumario
Consulado
(Triunvirato)
establece
Consulado vitalicio
de Napoleón (1802)
lleva a
Constitución
del año X
Imperio
(1804)
establece
• Ejecutivo fuerte
• Anulación de la Declaración de
Derechos
• Restricción del sufragio
• Represión de los demócratas
• Integración de los realistas
• Ejecutivo fuerte
• Anulación de la Declaración de
Derechos
• Restricción del sufragio
• Represión de los demócratas
• Integración de los realistas
establece
Conquistas liberales
de 1791
• Código Civil (1804)
• Código de Comercio (1807)
• Código Penal (1810)
• Centralización administrativa
• Control policial
• Código Civil (1804)
• Código de Comercio (1807)
• Código Penal (1810)
• Centralización administrativa
• Control policial
asegura
Hegemonía burguesa
Paz de Amiens con
Gran Bretaña (1802)
consolida
extiende
significa
• Dominio político
• Explotación económica
• Dominio político
• Explotación económica
despierta
impulsan
Resistencia liberal
y nacionalista
Derrota de Napoleón Coaliciones
con
conConstitución del año VIII
Constitución
del año XII
con
representa
Valores de la
revolución
moderada
basada
en
• Propiedad
• Igualdad jurídica
conlleva
Expansión por Europa
fortalece
Concordato con la
Santa Sede (1801)
Napoleón
Bonaparte
Napoleón Bonaparte como
primer cónsul. 1802. Autor:
Antonie-Jean Gros.
•Organización territorial centralista con
departamentos dirigidos por prefectos.
•Concordato con la Santa Sede (1801): el
Papa reconoce la República y renuncia a
reclamar los bienes desamortizados a
cambio del sostenimiento del clero. Se
reconoce la libertad religiosa.
•Código Napoleónico (1804): código civil
que recoge los logros fundamentales de la
revolución (libertad, igualdad jurídica, la
propiedad privada, la separación iglesia-
estado). Estos principios se expandirán por
los territorios y países invadidos.
•Organización del sistema educativo:
enseñanza pública y Universidades del
Estado.
•Estabilización y liberalización de la
economía: código de comercio, igualdad
fiscal, creación del Banco de Francia
(controla la emisión de moneda
•Reforma de la administración: sistema de
funcionarios públicos regido por acceso
por mérito.
•Servicio militar obligatorio.
Le général Bonaparte au
Conseil des Cinq-Cents,
à Saint Cloud.
10 novembre 1799.
François BOUCHOT
Constitución de 1799.
★ Ejecutivo: tres cónsules, de los que Napoleón es el primero. Desde 1802 es cónsul único y vitalicio..
★ Legislativo: dividido en cuatro asambleas.
★ Judicial: suprime los juicios por jurado. Controlado por Napoleón por el nombramiento de la cúspide del
Coronación de Napoleón en la Catedral de Notre Dame, París (02/12/1804) ante la presencia del papa Pío VII.
El Imperio Napoleónico (1804-1815)
Napoleón, nombrado
emperador hereditario
Napoleón Bonaparte (1799-1814)
Coalición antifrancesa
Ambiciones de dominio universal
Victoria francesa contra Austria y Rusia
(Austerlitz, 1805)
Derrota francesa en
Trafalgar (1805)
Bloqueo continental
Victorias francesas contra Prusia
(Jena, 1806) y Rusia (Friedland, 1807) Paz de Tilsit (1807)
Máxima expansión del Imperio
con
con
problemas
Guerra de Independencia
en España (1808-1814)
Invasión de Rusia (1812)
Invasión de Francia y
deposición de Napoleón
(1814)
Retiro en la isla de Elba
Imperio de los Cien Días
Luis XVIII
Waterloo (1815)
La expansión de la Francia revolucionaria y el imperio napoleónico
Revueltas
antifrancesas
El imperio Napoleónico 1812
Francia 1812
Países
Satélites
Enemigos de
Francia en 1812
Expansiónde
Napoleón
Derrotas importantes de Napoleón tras 1812 (España, Rusia)
Cataluña Etruria
P.
Bajos
Ducado
Varsovia
Confedar.
del Rhin
R. Nápoles
R. Westf. Prusia
Saboya
Conf.
Helvet
R.Italia
R. España
GÉRICAULT, Théodore
Wounded Soldiers Retrating from
Russia
c. 1814
Musée des Beaux-Arts, Rouen
Paul Delaroche
Napoléon abdiquant à Fontainebleau, 1845
Leipzig, Museum der bildenden Künste
La caída
de
Napoleón
La caída de Napoleón
Napoleón en la isla de Elba
El regreso de Napoleón de la isla de Elba (Charles von Steuben - 1818)
Batalla de Waterloo (18/06/1815) derrota final de las tropas napoleónicas.
Arthur Wellesley, Duque de Wellington
Napoleón a bordo del HMS
Bellerophon rumbo a la isla
de Santa Elena
• En los países ocupados se reforma el estado
a partir de los principios de la Revolución
Francesa → desaparición del AR abolición
del feudalismo, constituciones, separación
iglesia-estado,…
• Difusión de las ideas liberales →
revoluciones del 20, 30 y 48
• Despertar del nacionalismo
¿Qué consecuencias tuvo la
ocupación francesa?
NAPOLEÓN BONAPARTE
Bonaparte, como la raza de los príncipes, sólo ha querido y buscado el
poder, y ha llegado a él a través La Revolución, que era la nodriza
de Napoleón, no tardó en aparecérsele como una enemiga de Ia
libertad, porque apareció en el escenario del mundo en 1793.. El
Emperador, por lo demás, conocía perfecta mente el mal cuando el mal
no procedía del mismo Emperador, por que no estaba desprovisto de
sentido moral.
Bonaparte no es grande por sus palabras, ni por sus discursos, ni por sus
escritos, ni por su amor a las libertades, que jamás tuvo ni intentó
establecer. Es grande por haber creado un gobierno regular y
poderoso, un código de leyes adoptado en diversos países,
tribunales de justicia, escuelas, una administración, fuerte, activa,
inteligente, y sobre la cual aún vivimos. Es grande por haber
resucitado, conducido e ilustrado a Italia. Es grande por haber hecho
renacer en Francia el orden del seno del caos; por haber
reedificado los altares; por haber reducido al orden a furiosos
demagogos, a orgullosos sabios, a volterianos ateos, a oradores de
plaza, a asesinos de cárceles y de calles.
ANEXOS
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Revolucion francesa e Imperio Napoleonico

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Revolucion francesa e Imperio Napoleonico

  • 2.
  • 3. Las etapas de la Revolución Francesa CONVENCIÓN Asamblea Legislativa
  • 4.
  • 5.
  • 6. Cosechas y precios en Francia (1778-1790)
  • 7. El endeudamiento de la hacienda real francesa en 1788
  • 8. Convocatoria de los Estados Generales “Nos tenemos la necesidad del concurso de nuestros fieles súbditos para ayudarnos a superar todas las dificultades en que Nos encontramos, relativas al estado de nuestras finanzas y, para establecer, siguiendo nuestros deseos, un orden constante e invariable en todos los aspectos del gobierno que afectan a la felicidad de nuestros súbditos y a la prosperidad de nuestro reino. Estos importantes motivos Nos han determinado a convocar la asamblea de los Estados de todas las provincias de nuestra soberanía, tanto para aconsejarnos y para asistirnos en todos los asuntos que serán expuestos ante ellos, como para hacernos conocer los deseos y las peticiones de nuestros pueblos”. EL REY (Luis XVI)
  • 9. Cuaderno de quejas "Aquí el pobre no tiene derecho a encender el fuego en su choza para ponerse al abrigo del frío, si no lo compra bien caro al señor, por una contribución descontada de sus medios de subsistencia y los de su familia. Este derecho inhumano existe en Broues bajo el nombre de derecho de fuego. Allí el agricultor no tiene ni siquiera el derecho de alimentar su ganado con la hierba que crece en su campo; si la toca, se le denuncia y castiga con una multa que lo arruina, y el ejercicio más legítimo de los derechos de su propiedad está subordinado a la voluntad arbitraria del señor, que tiene la pretensión al derecho universal sobre todos los pastos del territorio. Se deben abolir todos los derechos de los señores (...)." . • “Nosotros declaramos que nunca consentiremos que extingan los derechos que han caracterizado hasta hoy el orden nobiliario y que hemos recibido de nuestros antepasados (...) Recomendamos a nuestros diputados oponerse a todo lo que pueda atentar contra nuestras propiedades útiles y honoríficas.” Cuadernos de Quejas de los burgueses de Marsella Cuaderno de Quejas de la nobleza de Montargis
  • 10. 2.- Pedimos insistentemente que Luis XVI, nuestro buen Rey, y sus sucesores en línea directa reinen como verdaderos monarcas, de acuerdo con las leyes fundamentales de la monarquía y que no se impongan otras trabas a su autoridad que aquellas que puedan impedirles hacer reflejar sobre su pueblo las dulces influencias de su bondad. 3.- Que el Tercer Estado en la provincia de Bretaña sea representado, tanto en los Estados generales como en los Estados provinciales por un número de diputados que iguale el número de los dos primeros órdenes reunidos, los cuales diputados no podrán ser nobles, ni procuradores fiscales ni eclesiásticos; y que en ambos estados se vote por cabeza. 4.- Que el clero y la nobleza contribuyan con el Tercer estado en la construcción y en la conservación de los caminos mediante el pago de la corvea real. 5.- Que se suprima el sorteo de quintas, que los milicianos, guardacostas y marineros lo sean en los sucesivo por contrato libre y pagados en dinero. Este es el único medio de conservar las familias, que son lo más preciado y lo más necesario de la nación. 6.- Que la capitulación y las demás cargas pecuniarias sean todas ellas comprendidas en un solo registro, en el cual estén incluidos también los eclesiásticos y los nobles, y que cada contribuyente, a partir de ahora, pague de acuerdo con su opulencia. De esta forma disminuirán las cargas que agobian al pueblo. 7.-Que las pensiones y otras gracias que disfruta la nobleza no sean en adelante una carga para el Tercer Estado, sino que los fondos destinados a esos fines sean recaudados entre la nobleza. 9.- Que los derechos feudales sean absolutamente abolidos como derechos odiosos y vejatorios. Mantenimiento de la monarquía Igual contribución a las necesidades del estado Desaparición de las pensiones pagadas por la Corona a los nobles Eliminación de las quintas Abolición del régimen feudal Cuaderno de Quejas de la parroquia de Peumerit (Bretaña) Igual contribución a las necesidades del estado Igualdad en el número de diputados y voto por cabeza
  • 11. ESTADOS GENERALES, 5 DE MAYO DE 1789
  • 12. exigió Constitución de 1791 Monarquía constitucional 1789: La Asamblea Nacional Constituyente (1789-1791) Revuelta del tercer estado Revuelta del tercer estado La Revolución Francesa (1789-1799) De la revuelta institucional a la revuelta popular Estados Generales: un voto por estamento y deliberación por separado Voto por cabeza y deliberación conjunta Asamblea NacionalAsamblea Nacional Juramento de la Sala del Juego de Pelota (Jeu de Paume) Juramento de la Sala del Juego de Pelota (Jeu de Paume) Asamblea Nacional Constituyente Revuelta popular de París: toma de la Bastilla (14 de julio de 1789) Revuelta popular de París: toma de la Bastilla (14 de julio de 1789) Símbolo de la Revolución Tercer estado consiguió Igual número de miembros que los privilegiados provocó para Elaborar una Constitución Oposición del rey Revuelta antiseñorial en el campo (Gran Miedo) Revuelta antiseñorial en el campo (Gran Miedo) Abolición del feudalismo 4 de agosto Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano 26 de Agosto Nacionalización de bienes eclesiásticos Noviembre 1789 División territorial Reformas económicas Constitución Civil del Clero Julio de 1790 se autoproclamó Separación Iglesia-Estado
  • 13. El plan de este escrito es muy simple: Nos planteamos tres preguntas 1. ¿Qué es el tercer estado? Todo. 2. ¿Qué ha sido hasta el presente en el orden político? Nada. 3. ¿Qué pide? Llegar a ser algo. ¿Quién osaría decir que el tercer estado no contiene en sí todo lo necesario para formar una nación completa? Si se hiciera desaparecer el orden privilegiado, la nación no sería menos, sino más. Y ¿qué es el tercer estado? Todo, pero un todo trabado y oprimido. ¿Y qué sería sin el orden privilegiado? Todo, pero un todo libre y floreciente. [...] ¿Qué es una nación? Un cuerpo de asociados que vive bajo una ley común y representado por la misma legislatura. ¿No es evidente que la nobleza tiene privilegios, dispensas, incluso derechos separados de los del gran cuerpo de ciudadanos? Por esto mismo sale de la ley común, y por ello sus derechos civiles le constituyen en un pueblo aparte dentro de la gran nación [...]. Tiene sus representantes, que no están encargados en absoluto en la defensa de los pueblos. El cuerpo de sus diputados se reúne aparte. Pero aun cuando se reuniera en una misma sala con los diputados de los simples ciudadanos, no es menos verdad que su representación es distinta por esencia y separada. Es ajena a la nación por principio, puesto que su misión no emana del pueblo, y por su objeto, puesto que consiste en defender no el interés general, sino el particular. El tercer estado abarca todo lo que pertenece a la nación y todo lo que no es el tercer estado no puede contemplarse como representante de la nación. ¿Qué es el tercer estado? Todo. ABATE SIEYÈS, ¿Qué es el tercer estado?, 1789
  • 14.
  • 15.
  • 16.
  • 17. 5 Declaración de derechos del Hombre (agosto 1789) "Los representantes del pueblo francés, constituidos en Asamblea Nacional, considerando que la ignorancia, el olvido o el desprecio de los derechos del hombre son las únicas causas de las desgracias públicas y de la corrupción de los gobiernos, han resuelto exponer, en una declaración solemne, los derechos naturales, inalienables y sagradas del hombre (...). Artículo 1. Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos, las distinciones sociales no pueden fundarse más que sobre la utilidad común. Artículo 2. El objeto de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre. Estos derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión. Artículo 3. El principio de toda soberanía reside esencialmente en la Nación. Ningún cuerpo ni individuo puede ejercer autoridad que no emane expresamente de ella.“ Artículo 4. La libertad consiste en poder hacer todo aquello que no cause perjuicio a los demás. El ejercicio de los derechos naturales de cada hombre no tiene otros límites que los que garantizan a los demás miembros de la Sociedad el disfrute de estos mismos derechos. Estos límites sólo pueden ser determinados por la Ley” "Los representantes del pueblo francés, constituidos en Asamblea Nacional, considerando que la ignorancia, el olvido o el desprecio de los derechos del hombre son las únicas causas de las desgracias públicas y de la corrupción de los gobiernos, han resuelto exponer, en una declaración solemne, los derechos naturales, inalienables y sagradas del hombre (...). Artículo 1. Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos, las distinciones sociales no pueden fundarse más que sobre la utilidad común. Artículo 2. El objeto de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre. Estos derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión. Artículo 3. El principio de toda soberanía reside esencialmente en la Nación. Ningún cuerpo ni individuo puede ejercer autoridad que no emane expresamente de ella.“ Artículo 4. La libertad consiste en poder hacer todo aquello que no cause perjuicio a los demás. El ejercicio de los derechos naturales de cada hombre no tiene otros límites que los que garantizan a los demás miembros de la Sociedad el disfrute de estos mismos derechos. Estos límites sólo pueden ser determinados por la Ley” "Artículo 7. Ningún hombre puede ser acusado, arrestado ni mantenido en confinamiento excepto en los casos determinados por la Ley y de acuerdo con las formas por ésta prescritas. Artículo 8. La ley no debe imponer otras penas que aquéllas que son estrictamente y evidentemente necesarias; y nadie debe ser castigado sino en virtud de una ley establecida y promulgada con anterioridad a la ofensa y legalmente aplicada. Artículo 11. Puesto que la libre comunicación de los pensamientos y opiniones es uno de los más valiosos derechos del Hombre, todo ciudadano puede hablar, escribir y publicar libremente, teniendo en cuenta que es responsable de los abusos de esta libertad en los casos determinados por la Ley. Artículo 13. Siendo necesaria, para sostener la fuerza pública y subvenir a los gastos de la administración, una contribución común, ésta debe ser distribuida equitativamente entre todos los Ciudadanos, de acuerdo con sus facultades. "Artículo 7. Ningún hombre puede ser acusado, arrestado ni mantenido en confinamiento excepto en los casos determinados por la Ley y de acuerdo con las formas por ésta prescritas. Artículo 8. La ley no debe imponer otras penas que aquéllas que son estrictamente y evidentemente necesarias; y nadie debe ser castigado sino en virtud de una ley establecida y promulgada con anterioridad a la ofensa y legalmente aplicada. Artículo 11. Puesto que la libre comunicación de los pensamientos y opiniones es uno de los más valiosos derechos del Hombre, todo ciudadano puede hablar, escribir y publicar libremente, teniendo en cuenta que es responsable de los abusos de esta libertad en los casos determinados por la Ley. Artículo 13. Siendo necesaria, para sostener la fuerza pública y subvenir a los gastos de la administración, una contribución común, ésta debe ser distribuida equitativamente entre todos los Ciudadanos, de acuerdo con sus facultades.
  • 18.
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  • 20. La radicalización de la revolución (1791-1795). La República democrática La Revolución Francesa (1789-1799) La Asamblea Legislativa Guerra Oposición • Antiguos privilegiados • Emigrados • Potencias absolutistas • Antiguos privilegiados • Emigrados • Potencias absolutistas• Constitucionalistas (feuillants) • Demócratas (girondinos, jacobinos, cordeliers) • Constitucionalistas (feuillants) • Demócratas (girondinos, jacobinos, cordeliers) Demandan la República Resistencia del rey; Varennes con Invasión de Francia Radicalización socialSans-culottes Asalto a las Tullerías Victorias militares (Valmy Jemappes) Convención Nacional República Dos fases con Convención girondinamoderada es problemas con • Oposición montañesa • Ejecución de Luis XVI • Coalición europea • Insurrección de La Vendée • Presión popular • Oposición montañesa • Ejecución de Luis XVI • Coalición europea • Insurrección de La Vendée • Presión popular Convención jacobina Constitución de 1793 Sob. Popular. Sufr. univ. masculino Terror Comité de Salvación Pública Levas Reformas sociales y económicas Culto a la Razón Burguesía moderada contra Termidor con Austria Prusia 10 de agosto de 1792
  • 21. GRUPOS POLÍTICOS Los sans-culottes: no forman parte de la Asamblea. Sectores populares urbanos que participaron en las revueltas. Apoyaron a los jacobinos. Constitucionales: defienden una monarquía moderada con una Constitución Sièyes, Mirabeau, Lafayette Girondinos: pertenecen a la alta burguesía de la periferia. Son republicanos moderados. Partidarios de la guerra en el exterior como modo de extender la revolución y de un estado descentralizado. Brissot. Jacobinos o La Montaña: integrados por las burguesías medias y las clases populares. Es el grupo más progresista y radical de la revolución. Son centralistas. Los dirigen Robespierre, Danton, Saint Just y Desmoulins. Demócratas o cordeliers: grupo pequeño proveniente de las clases medias),. Partidarios del Sufragio Universal masculino y la soberanía directa. Carnot y Marat. La llanura: diputados independientes de la Asamblea Legislativa y de la Convención. No estaban adscritos a ningún grupo político,
  • 22. El rey Luis XVI, hecho prisionero en Varennes. Grabado de finales del siglo XVIII Fuga de Varennes
  • 24.
  • 25. La Marsellesa 1a ¡En marcha, hijos de la Patria, ha llegado el día de gloria! Contra nosotros, la tiranía alza su sangriento pendón. (bis) ¿Oís en los campos el bramido de aquellos feroces soldados? ¡Vienen hasta vosotros a degollar a vuestros hijos y vuestras compañeras! Estribillo ¡A las armas, ciudadanos! ¡Formad vuestros batallones! ¡Marchemos, marchemos! ¡Que una sangre impura inunde nuestros surcos! 2a estrofa Qué pretende esa horda de esclavos, de traidores, de reyes conjurados? Para quién son esas innobles cadenas, esos grilletes preparados de hace tiempo? (bis) Para nosotros, franceses … Ah! Qué ultraje! Qué transportes debe suscitar! A nosotros, se atreven a intentar reducirnos a la antigua servidumbre! 3a Cómo! … Cohortes extranjeras harían la ley en nuestros hogares? Cómo! … Esas falanges mercenarias abatirían a nuestros fieros guerreros?(bis) Dios santo! Encadenadas por otras manos, nuestras frentes se inclinarían bajo el yugo! Unos déspotas viles serían los dueños de nuestros destinos! 4a Temblad, tiranos! Y vosotros, pérfidos, oprobio de todos los partidos, temblad! Vuestros planes parricidas recibirán por fin su merecido! (bis) Todos son soldados para combatiros. Si nuestros jóvenes héroes caen, la tierra produce otros, listos para luchar contra vosotros! 5a Franceses, asestad vuestros golpes o retenedlos, magnánimos guerreros: perdonad a esas víctimas tristes, que a su pesar se arman contra nosotros. (bis) Pero no a esos déspotas sanguinarios, esos cómplices de Bouillé, todos esos tigres que, despiadados, desgarran el seno de su madre! 6a Amor sagrado de la Patria, conduce y sostén nuestros brazos vengadores! Libertad, Libertad amada, combate con tus defensores! (bis) Que la victoria, a tus voces viriles, acuda bajo nuestras banderas; que tus enemigos, al expirar, vean tu triunfo y nuestra gloria! 7a Entraremos en el camino cuando nuestros mayores ya no estén aquí; encontraremos sus cenizas y la huella de sus virtudes. (bis) Menos deseosos de sobrevivirles que de compartir su tumba, tendremos el orgullo sublime de vengarlos o de seguirlos.
  • 29. ¿Por qué hablamos de la república democrática? CONSTITUCIÓN DE 1793 • Sufragio universal, derechos al trabajo y a la asistencia pública... MEDIDAS ECONÓMICAS Y SOCIALES IGUALITARIAS • Eliminación definitiva de los derechos feudales • Ley de Máximos: controla los precios y establece los salarios mínimos. • Reparto de tierras de de los nobles emigrados • Educación básica obligatoria y gratuita para todos.
  • 31. Las furias de la guillotina ( H. Baron & gravure de L. Massard) El acusado será interrogado en audiencia pública: se suprime, por superflua, la formalidad que precede del interrogatorio secreto. Si existieran pruebas materiales o morales, con independencia de la prueba testimonial, no se oirá a los testigos, a menos que esta formalidad parezca necesaria, bien para descubrir a los cómplices, bien por otras consideraciones mayores de interés público. A los patriotas calumniados la ley les concede para su defensa jurados de patriotas: no se los concede a los conspiradores.” Ley de junio de 1794.
  • 32. El terror durante la etapa de la Convención montañesa Artículo 1. Inmediatamente después de la publicación del presente decreto todos los sospechosos que se encuentren en el territorio de la República y que estén aún en libertad serán detenidos. 2. Se considerarán sospechosos: 1.º Los que por su conducta, por sus relaciones, por sus propósitos o sus escritos, se han mostrado partidarios de la tiranía o del federalismo y enemigos de la libertad; 2.º, los que no puedan justificar sus medios de existencia y el cumplimiento de sus deberes cívicos; 3.º, aquellos a los que se hubiera negado el certificado de ciudadanía; 4.º, los funcionarios públicos suspendidos o destituidos de sus funciones por la Convención nacional o por sus comisarios, y no rehabilitados; 5.º, los hasta ahora nobles, comprendidos los maridos, mujeres, padres, madres, hijos o hijas, hermanos o hermanas, y los administradores de emigrados, que no hayan manifestado constantemente su adhesión a la revolución; 6.º, los que han emigrado desde el 1 de julio de 1789, aunque hayan vuelto a Francia. […] Decreto relativo a los sospechosos, 17 de septiembre de 1793
  • 35.
  • 36.
  • 37. Inscripción en la iglesia de Ivry-la-Bataille. Fiesta de la Razón en Notre Dame el 20 de brumario de 1793. La Catedral de Estrasburgo convertida en Templo de la Razón. Catedral de Clermont- Ferrand: el pueblo francés reconoce al Ser Supremo y la inmortalidad del alma.
  • 38. Inauguración de la Fontaine de la Régénération, en el antiguo lugar ocupado por la Bastilla, el 10 de agosto de 1793.
  • 39. La república burguesa (1795-1799) La Revolución Francesa (1789-1799) Conspiración de los Iguales (Babeuf) Termidor Constitución de 1795 (o del año III) Burguesía conservadora Protagonismo del ejército Victorias en Europa beneficia a Directorio instaura Consejo de Ancianos Consejo de los Quinientos reprime Movimiento realista Revueltas populares como contra 18 de Brumario Consulado (Napoleón Bonaparte) Convención termidoriana Elimina reformas sociales El 18 Brumario
  • 40.
  • 41. NAPOLEÓN BONAPARTE INGRES, Jean-Auguste-Dominique Napoleon I on the Imperial Throne 1806 APPIANI, Andrea Napoleon, First King of Italy
  • 43. Napoleón: del Consulado al Imperio Napoleón Bonaparte (1799-1814) 18 de Brumario Consulado (Triunvirato) establece Consulado vitalicio de Napoleón (1802) lleva a Constitución del año X Imperio (1804) establece • Ejecutivo fuerte • Anulación de la Declaración de Derechos • Restricción del sufragio • Represión de los demócratas • Integración de los realistas • Ejecutivo fuerte • Anulación de la Declaración de Derechos • Restricción del sufragio • Represión de los demócratas • Integración de los realistas establece Conquistas liberales de 1791 • Código Civil (1804) • Código de Comercio (1807) • Código Penal (1810) • Centralización administrativa • Control policial • Código Civil (1804) • Código de Comercio (1807) • Código Penal (1810) • Centralización administrativa • Control policial asegura Hegemonía burguesa Paz de Amiens con Gran Bretaña (1802) consolida extiende significa • Dominio político • Explotación económica • Dominio político • Explotación económica despierta impulsan Resistencia liberal y nacionalista Derrota de Napoleón Coaliciones con conConstitución del año VIII Constitución del año XII con representa Valores de la revolución moderada basada en • Propiedad • Igualdad jurídica conlleva Expansión por Europa fortalece Concordato con la Santa Sede (1801) Napoleón Bonaparte
  • 44. Napoleón Bonaparte como primer cónsul. 1802. Autor: Antonie-Jean Gros. •Organización territorial centralista con departamentos dirigidos por prefectos. •Concordato con la Santa Sede (1801): el Papa reconoce la República y renuncia a reclamar los bienes desamortizados a cambio del sostenimiento del clero. Se reconoce la libertad religiosa. •Código Napoleónico (1804): código civil que recoge los logros fundamentales de la revolución (libertad, igualdad jurídica, la propiedad privada, la separación iglesia- estado). Estos principios se expandirán por los territorios y países invadidos. •Organización del sistema educativo: enseñanza pública y Universidades del Estado. •Estabilización y liberalización de la economía: código de comercio, igualdad fiscal, creación del Banco de Francia (controla la emisión de moneda •Reforma de la administración: sistema de funcionarios públicos regido por acceso por mérito. •Servicio militar obligatorio.
  • 45. Le général Bonaparte au Conseil des Cinq-Cents, à Saint Cloud. 10 novembre 1799. François BOUCHOT Constitución de 1799. ★ Ejecutivo: tres cónsules, de los que Napoleón es el primero. Desde 1802 es cónsul único y vitalicio.. ★ Legislativo: dividido en cuatro asambleas. ★ Judicial: suprime los juicios por jurado. Controlado por Napoleón por el nombramiento de la cúspide del
  • 46. Coronación de Napoleón en la Catedral de Notre Dame, París (02/12/1804) ante la presencia del papa Pío VII.
  • 47.
  • 48. El Imperio Napoleónico (1804-1815) Napoleón, nombrado emperador hereditario Napoleón Bonaparte (1799-1814) Coalición antifrancesa Ambiciones de dominio universal Victoria francesa contra Austria y Rusia (Austerlitz, 1805) Derrota francesa en Trafalgar (1805) Bloqueo continental Victorias francesas contra Prusia (Jena, 1806) y Rusia (Friedland, 1807) Paz de Tilsit (1807) Máxima expansión del Imperio con con problemas Guerra de Independencia en España (1808-1814) Invasión de Rusia (1812) Invasión de Francia y deposición de Napoleón (1814) Retiro en la isla de Elba Imperio de los Cien Días Luis XVIII Waterloo (1815)
  • 49. La expansión de la Francia revolucionaria y el imperio napoleónico
  • 50. Revueltas antifrancesas El imperio Napoleónico 1812 Francia 1812 Países Satélites Enemigos de Francia en 1812 Expansiónde Napoleón Derrotas importantes de Napoleón tras 1812 (España, Rusia) Cataluña Etruria P. Bajos Ducado Varsovia Confedar. del Rhin R. Nápoles R. Westf. Prusia Saboya Conf. Helvet R.Italia R. España
  • 51.
  • 52.
  • 53.
  • 54. GÉRICAULT, Théodore Wounded Soldiers Retrating from Russia c. 1814 Musée des Beaux-Arts, Rouen
  • 55. Paul Delaroche Napoléon abdiquant à Fontainebleau, 1845 Leipzig, Museum der bildenden Künste La caída de Napoleón
  • 56. La caída de Napoleón Napoleón en la isla de Elba
  • 57. El regreso de Napoleón de la isla de Elba (Charles von Steuben - 1818)
  • 58. Batalla de Waterloo (18/06/1815) derrota final de las tropas napoleónicas. Arthur Wellesley, Duque de Wellington
  • 59. Napoleón a bordo del HMS Bellerophon rumbo a la isla de Santa Elena
  • 60. • En los países ocupados se reforma el estado a partir de los principios de la Revolución Francesa → desaparición del AR abolición del feudalismo, constituciones, separación iglesia-estado,… • Difusión de las ideas liberales → revoluciones del 20, 30 y 48 • Despertar del nacionalismo ¿Qué consecuencias tuvo la ocupación francesa?
  • 61. NAPOLEÓN BONAPARTE Bonaparte, como la raza de los príncipes, sólo ha querido y buscado el poder, y ha llegado a él a través La Revolución, que era la nodriza de Napoleón, no tardó en aparecérsele como una enemiga de Ia libertad, porque apareció en el escenario del mundo en 1793.. El Emperador, por lo demás, conocía perfecta mente el mal cuando el mal no procedía del mismo Emperador, por que no estaba desprovisto de sentido moral. Bonaparte no es grande por sus palabras, ni por sus discursos, ni por sus escritos, ni por su amor a las libertades, que jamás tuvo ni intentó establecer. Es grande por haber creado un gobierno regular y poderoso, un código de leyes adoptado en diversos países, tribunales de justicia, escuelas, una administración, fuerte, activa, inteligente, y sobre la cual aún vivimos. Es grande por haber resucitado, conducido e ilustrado a Italia. Es grande por haber hecho renacer en Francia el orden del seno del caos; por haber reedificado los altares; por haber reducido al orden a furiosos demagogos, a orgullosos sabios, a volterianos ateos, a oradores de plaza, a asesinos de cárceles y de calles.
  • 62.