2. El Impuesto sobre la Renta (ISLR) es una contribución monetaria de carácter obligatoria
para personas naturales y jurídicas, calculada en función de sus ingresos durante el ejercicio
fiscal. La entidad encargada de la recolección del ISLR en Venezuela es el SENIAT. Se
declara antes del 31 de marzo en el caso de personas naturales, respecto al año fiscal
anterior. Personas jurídicas declaran el ISLR al final de su ejercicio fiscal
De acuerdo al artículo 79 de la LISLR
Aquellas personas naturales y herencias yacentes asimiladas a estas, con un
enriquecimiento neto anual superior a 1.000 unidades tributarias, o ingresos brutos anuales
superiores a 1.500 unidades tributarias, lo que se dé primero. Ejemplo de cálculo en base a
la U.T Vigente para el año 2019:
1000 U.T x VALOR U.T; ó 1500 U.T x VALOR U.T
2. Toda persona jurídica está obligada a declarar sus enriquecimientos o pérdidas al final de
cada ejercicio fiscal, cualquiera sea el monto de los mismos.
Las personas naturales deben determinar la renta neta mundial gravable, para ello deberán
sumar el enriquecimiento neto de fuente territorial al enriquecimiento neto extraterritorial.
El enriquecimiento neto corresponde al incremento de patrimonio que resulte después de
restar os ingresos brutos, los costos y deducciones permitidos por la ley del I.S.L.R., sin
perjuicio respecto del enriquecimiento neto de fuente territorial del ajuste por inflación.
En el caso de que los ingresos sólo se correspondan a sueldos, salarios y remuneraciones
similares obtenidas por la prestación de servicios personales bajo relación de dependencia,
éstos equivalen al enriquecimiento neto.