Este documento describe la evolución y función del Ombudsman en México y otros países. Explica el origen del modelo escandinavo y cómo se ha adoptado en España y América Latina. Detalla los intentos de establecer el puesto de Ombudsman en México y las diferentes instituciones creadas a nivel estatal y federal para proteger los derechos de los ciudadanos, como la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Finalmente, analiza las perspectivas futuras del Ombudsman en el sistema presidencial mexicano.
ENJ-2-200 Derecho Constitucional Y ConstitucionalismoENJ
Este documento resume los conceptos clave del derecho constitucional y el constitucionalismo, incluyendo los diferentes modelos constitucionales como el inglés, estadounidense y francés. También describe las funciones principales de una constitución como establecer orden, estabilidad y controlar el poder, así como los diferentes conceptos sobre qué constituye una constitución. Finalmente, explica brevemente el origen y evolución del derecho constitucional como ciencia jurídica.
El documento trata sobre la gran influencia del derecho romano en el derecho actual. Explica que el derecho mexicano se basa en el sistema romano. Describe las diferentes etapas del derecho romano desde su fundación hasta Justiniano. Explica conceptos clave del derecho romano como personas, obligaciones y su influencia en las materias de derecho modernas.
El documento resume las principales teorías sobre la naturaleza del ser humano, la sociedad, el estado y el derecho. Explica que el ser humano es un animal social dotado de pensamiento y sentimientos. Define al estado como la comunidad creada por un orden jurídico nacional que une al pueblo, territorio y gobierno, mientras que la sociedad es el grupo social en el que se ingresa por voluntad para perseguir fines comunes. Finalmente, establece que el derecho es el conjunto de normas coercibles que regulan la conducta humana en sociedad.
El documento describe varios conceptos relacionados con la técnica jurídica. Explica que la técnica legislativa consiste en los procedimientos y medios utilizados para elaborar las leyes, e incluye etapas como la presentación del proyecto de ley, su estudio en comisiones y debate en el congreso. También describe la técnica de elaboración de normas jurídicas, que incluye el uso de conceptos, construcciones y ficciones. Por último, explica que la técnica jurisdiccional comprende los procedimientos que debe
Carl Schmitt argumenta que el poder constituyente es la voluntad política que adopta la decisión fundamental sobre la forma y existencia de la unidad política. Para Schmitt, la constitución surge de un acto del poder constituyente y depende de la voluntad política existencial de quien la da, no de su justicia normativa. Además, Schmitt sostiene que lo político precede a lo jurídico y que la "decisión política" es el acto esencial de la creación jurídica estatal.
El documento explica conceptos fundamentales relacionados con el Estado y el derecho como la relación inescindible entre ambos, el territorio y la población sobre los cuales se ejerce la soberanía estatal, y la forma en que el poder político se legitima a través del derecho positivo. También define elementos constitucionales como la soberanía nacional, la división de poderes, y los derechos humanos reconocidos en la Constitución.
El documento discute las relaciones entre la lógica y el derecho. Existen diferentes concepciones sobre este vínculo, incluyendo aquellas que los separan y aquellas que los vinculan estrechamente. Los estudios actuales de lógica jurídica utilizan la lógica simbólica moderna y se enfocan en problemas como la inferencia entre normas legales y las modalidades deónticas. El lugar preciso de la lógica en el razonamiento jurídico sigue siendo objeto de debate, con posiciones que van desde
Este documento presenta una introducción a la criminología. Resume las escuelas clásica y positivista de la criminología, así como el surgimiento y concepto de esta disciplina. También explica que la criminología estudia las características biopsicosociales del delincuente y las causas sociales y culturales de la criminalidad con el objetivo de prevenir el delito y rehabilitar al delincuente.
ENJ-2-200 Derecho Constitucional Y ConstitucionalismoENJ
Este documento resume los conceptos clave del derecho constitucional y el constitucionalismo, incluyendo los diferentes modelos constitucionales como el inglés, estadounidense y francés. También describe las funciones principales de una constitución como establecer orden, estabilidad y controlar el poder, así como los diferentes conceptos sobre qué constituye una constitución. Finalmente, explica brevemente el origen y evolución del derecho constitucional como ciencia jurídica.
El documento trata sobre la gran influencia del derecho romano en el derecho actual. Explica que el derecho mexicano se basa en el sistema romano. Describe las diferentes etapas del derecho romano desde su fundación hasta Justiniano. Explica conceptos clave del derecho romano como personas, obligaciones y su influencia en las materias de derecho modernas.
El documento resume las principales teorías sobre la naturaleza del ser humano, la sociedad, el estado y el derecho. Explica que el ser humano es un animal social dotado de pensamiento y sentimientos. Define al estado como la comunidad creada por un orden jurídico nacional que une al pueblo, territorio y gobierno, mientras que la sociedad es el grupo social en el que se ingresa por voluntad para perseguir fines comunes. Finalmente, establece que el derecho es el conjunto de normas coercibles que regulan la conducta humana en sociedad.
El documento describe varios conceptos relacionados con la técnica jurídica. Explica que la técnica legislativa consiste en los procedimientos y medios utilizados para elaborar las leyes, e incluye etapas como la presentación del proyecto de ley, su estudio en comisiones y debate en el congreso. También describe la técnica de elaboración de normas jurídicas, que incluye el uso de conceptos, construcciones y ficciones. Por último, explica que la técnica jurisdiccional comprende los procedimientos que debe
Carl Schmitt argumenta que el poder constituyente es la voluntad política que adopta la decisión fundamental sobre la forma y existencia de la unidad política. Para Schmitt, la constitución surge de un acto del poder constituyente y depende de la voluntad política existencial de quien la da, no de su justicia normativa. Además, Schmitt sostiene que lo político precede a lo jurídico y que la "decisión política" es el acto esencial de la creación jurídica estatal.
El documento explica conceptos fundamentales relacionados con el Estado y el derecho como la relación inescindible entre ambos, el territorio y la población sobre los cuales se ejerce la soberanía estatal, y la forma en que el poder político se legitima a través del derecho positivo. También define elementos constitucionales como la soberanía nacional, la división de poderes, y los derechos humanos reconocidos en la Constitución.
El documento discute las relaciones entre la lógica y el derecho. Existen diferentes concepciones sobre este vínculo, incluyendo aquellas que los separan y aquellas que los vinculan estrechamente. Los estudios actuales de lógica jurídica utilizan la lógica simbólica moderna y se enfocan en problemas como la inferencia entre normas legales y las modalidades deónticas. El lugar preciso de la lógica en el razonamiento jurídico sigue siendo objeto de debate, con posiciones que van desde
Este documento presenta una introducción a la criminología. Resume las escuelas clásica y positivista de la criminología, así como el surgimiento y concepto de esta disciplina. También explica que la criminología estudia las características biopsicosociales del delincuente y las causas sociales y culturales de la criminalidad con el objetivo de prevenir el delito y rehabilitar al delincuente.
Este documento resume las principales etapas de un juicio ordinario civil en México de acuerdo con el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. Describe las etapas preparatorias, expositiva, de conciliación, probatoria, conclusiva, impugnativa y ejecutiva. Explica los objetivos y procedimientos clave de cada etapa del proceso judicial.
El documento analiza los conceptos, orígenes y evolución de los gobiernos municipales. Explica que existen varias teorías sobre el origen del municipio, incluyendo las teorías iusnaturalistas, jurídicas y administrativas. Define al municipio como una institución jurídica, política y social que organiza a una comunidad en la gestión autónoma de sus intereses vecinales y locales, regida por un ayuntamiento.
El documento describe el desarrollo evolutivo del constitucionalismo inglés desde los periodos anglosajón y normando hasta la creación del Parlamento y la monarquía parlamentaria. Se destacan documentos como la Carta Magna de 1215, el Bill of Rights de 1689 y el Habeas Corpus de 1660, que establecieron límites al poder real e introdujeron derechos fundamentales.
Este documento describe la historia y propósito de la codificación del derecho. Explica que la codificación busca sistematizar y unificar las instituciones y principios jurídicos mediante la fijación del derecho en códigos. También analiza las diferentes teorías sobre el derecho natural que fundamentan las codificaciones, como las vertientes cristiana, socialista y formalista. Finalmente, resume que las primeras codificaciones modernas incluyen el Código Napoleónico y el Código Alemán, motivados por ideas surgidas del racionalismo y
El derecho romano y canónico se convirtieron en el derecho común en Europa a través de su enseñanza en las universidades. Este derecho común se difundió desde las universidades a las cortes y gobiernos y reemplazó progresivamente a los derechos locales en la mayor parte de Europa, aunque la recepción no siempre fue pacífica debido a la resistencia de intereses establecidos. La consolidación de los estados nacionales a partir del siglo XV marcó el declive de la unidad jurídica de Europa bajo el derecho común.
Este documento resume la evolución de los antecedentes y documentos constitucionales relacionados con el juicio de amparo en México, desde la época precolonial hasta la Constitución de 1857. Menciona documentos como el Bando de Hidalgo de 1810, la Constitución de Apatzingán de 1814, la primera Constitución Federal de 1824, la Constitución de Yucatán de 1841 donde se menciona por primera vez el juicio de amparo, y las Bases Orgánicas de 1843, entre otros, resaltando cómo se fue desar
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Este documento resume la evolución del constitucionalismo a través de las siguientes etapas:
1) El constitucionalismo liberal se desarrolló entre los siglos XVII-XIX y buscó limitar el poder a través de constituciones escritas y derechos individuales.
2) El constitucionalismo social surgió en el siglo XIX para incorporar derechos sociales y económicos, así como una mayor intervención estatal.
3) El neoconstitucionalismo emergió posteriormente para enfatizar la interpretación constitucional por parte
La historia del derecho puede considerarse como una ciencia histórica o como una ciencia jurídica. Tiene como objetos de estudio el derecho del pasado y sus fuentes, como documentos antiguos, códigos y factores sociales. Sus métodos incluyen el enfoque cronológico, sistemático y mixto. Los fines del derecho son mantener el orden, la armonía y la justicia en la sociedad.
Este documento describe los principales aspectos del Congreso de la Unión de México. Explica que el Congreso es un órgano bicameral compuesto por la Cámara de Diputados y el Senado. También describe las funciones de cada cámara, los periodos de sesiones ordinarios y extraordinarios, el quórum requerido, y los estatutos y prerrogativas de los legisladores como la inviolabilidad.
Este documento presenta una introducción a la teoría general del proceso. Define conceptos fundamentales como proceso, acción, jurisdicción y litigio. Explica diferentes formas de resolver litigios como la autotutela, autocomposición, heterocomposición, arbitraje y proceso jurisdiccional. También distingue entre derecho procesal como una ciencia autónoma y sus diversas ramas.
Este documento resume los antecedentes históricos del juicio de amparo en diferentes épocas y lugares. Menciona que en la antigua Roma existían mecanismos como el interdicto para proteger la libertad individual contra actos arbitrarios de autoridad. En la época colonial mexicana, las Siete Partidas y Leyes de Indias contenían disposiciones relacionadas. El juicio de amparo fue creado formalmente en la constitución de Yucatán de 1840. Finalmente, la constitución mexicana de 1857 federalizó el juicio de amparo para prote
Este documento resume la historia de la teoría sociológica y los principales sociólogos desde la antigüedad hasta el siglo XX. Explica cómo filósofos como Platón, Aristóteles y Santo Tomás reflexionaron sobre la conducta humana y la sociedad. Augusto Comte acuñó el término "sociología" y desarrolló un proyecto para estudiar la sociedad científicamente. Marx analizó las clases sociales y luchas de poder, mientras que Weber y Durkheim estudiaron los factores econ
El documento habla sobre el poder constituyente, que es el poder soberano de crear o modificar la constitución de acuerdo con las necesidades del bien común. Existen dos tipos de poder constituyente: el originario, que crea la primera constitución, y el derivado, que modifica la constitución existente. El poder constituyente da origen a los poderes constituidos como el ejecutivo, legislativo y judicial, los cuales están limitados por el poder constituyente.
El documento discute la necesidad de un verdadero estado de derecho en México. Define el estado de derecho como la sujeción de la actividad estatal a la constitución y las leyes. Explica que sin un estado de derecho no puede haber desarrollo económico o social. También analiza la democracia en México, señalando que históricamente ha habido una "democracia formal" pero no siempre una "democracia real". Concluye que se necesita no solo un estado de derecho formal, sino uno social y democrático de
El documento resume el desarrollo del derecho en la antigua Grecia. Los griegos sentaron las bases de conceptos jurídicos como la democracia y los derechos humanos. El derecho griego se desarrolló a través de la mitología, la filosofía y las diferentes polis. Sociedades como Esparta y Atenas experimentaron con diferentes sistemas políticos. Filósofos como Platón y Aristóteles hicieron importantes contribuciones a la teoría política y jurídica. La cultura griega tuvo una gran influencia en
Este documento describe las siete fuentes formales del derecho romano: las leyes, los plebiscitos, los senadoconsultos, las constituciones imperiales, los edictos, las respuestas de los prudentes y la costumbre. Explica brevemente cada una de estas fuentes y cómo evolucionaron a través de la historia del derecho romano, desde la fundación de Roma hasta la época de Justiniano. También distingue entre el derecho escrito y no escrito en Roma.
Este documento trata sobre la ontología jurídica. Define la ontología jurídica como la rama de la filosofía del derecho encargada de establecer la naturaleza del derecho. Explica que la ontología jurídica busca obtener un concepto del derecho que sirva como base para una reflexión filosófica posterior. También explora las diferentes escuelas que explican la naturaleza del derecho, como la escuela del derecho natural y la escuela positivista.
La Defensoría del Pueblo es una institución autónoma creada por la Constitución de 1993 para defender los derechos fundamentales de las personas y supervisar el cumplimiento de los deberes estatales. Su titular es el Defensor del Pueblo, quien presenta informes anuales y extraordinarios al Congreso y tiene iniciativa en la formación de leyes. La Defensoría atiende quejas ciudadanas sobre vulneraciones de derechos y emite recomendaciones a las autoridades sin poder sancionar.
Cartilla de los derechos y deberes de las personas CNDHLICMURO
Este documento describe el origen y desarrollo de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en México. Explica que la CNDH surgió en 1990 como un organismo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, y que luego fue elevada a rango constitucional a través de varias reformas entre 1992 y 2011. También analiza los antecedentes de la figura del Ombudsman en México y cómo la CNDH se ha consolidado como la institución clave del sistema no jurisdiccional de protección de los derechos humanos
Este documento resume las principales etapas de un juicio ordinario civil en México de acuerdo con el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. Describe las etapas preparatorias, expositiva, de conciliación, probatoria, conclusiva, impugnativa y ejecutiva. Explica los objetivos y procedimientos clave de cada etapa del proceso judicial.
El documento analiza los conceptos, orígenes y evolución de los gobiernos municipales. Explica que existen varias teorías sobre el origen del municipio, incluyendo las teorías iusnaturalistas, jurídicas y administrativas. Define al municipio como una institución jurídica, política y social que organiza a una comunidad en la gestión autónoma de sus intereses vecinales y locales, regida por un ayuntamiento.
El documento describe el desarrollo evolutivo del constitucionalismo inglés desde los periodos anglosajón y normando hasta la creación del Parlamento y la monarquía parlamentaria. Se destacan documentos como la Carta Magna de 1215, el Bill of Rights de 1689 y el Habeas Corpus de 1660, que establecieron límites al poder real e introdujeron derechos fundamentales.
Este documento describe la historia y propósito de la codificación del derecho. Explica que la codificación busca sistematizar y unificar las instituciones y principios jurídicos mediante la fijación del derecho en códigos. También analiza las diferentes teorías sobre el derecho natural que fundamentan las codificaciones, como las vertientes cristiana, socialista y formalista. Finalmente, resume que las primeras codificaciones modernas incluyen el Código Napoleónico y el Código Alemán, motivados por ideas surgidas del racionalismo y
El derecho romano y canónico se convirtieron en el derecho común en Europa a través de su enseñanza en las universidades. Este derecho común se difundió desde las universidades a las cortes y gobiernos y reemplazó progresivamente a los derechos locales en la mayor parte de Europa, aunque la recepción no siempre fue pacífica debido a la resistencia de intereses establecidos. La consolidación de los estados nacionales a partir del siglo XV marcó el declive de la unidad jurídica de Europa bajo el derecho común.
Este documento resume la evolución de los antecedentes y documentos constitucionales relacionados con el juicio de amparo en México, desde la época precolonial hasta la Constitución de 1857. Menciona documentos como el Bando de Hidalgo de 1810, la Constitución de Apatzingán de 1814, la primera Constitución Federal de 1824, la Constitución de Yucatán de 1841 donde se menciona por primera vez el juicio de amparo, y las Bases Orgánicas de 1843, entre otros, resaltando cómo se fue desar
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Este documento resume la evolución del constitucionalismo a través de las siguientes etapas:
1) El constitucionalismo liberal se desarrolló entre los siglos XVII-XIX y buscó limitar el poder a través de constituciones escritas y derechos individuales.
2) El constitucionalismo social surgió en el siglo XIX para incorporar derechos sociales y económicos, así como una mayor intervención estatal.
3) El neoconstitucionalismo emergió posteriormente para enfatizar la interpretación constitucional por parte
La historia del derecho puede considerarse como una ciencia histórica o como una ciencia jurídica. Tiene como objetos de estudio el derecho del pasado y sus fuentes, como documentos antiguos, códigos y factores sociales. Sus métodos incluyen el enfoque cronológico, sistemático y mixto. Los fines del derecho son mantener el orden, la armonía y la justicia en la sociedad.
Este documento describe los principales aspectos del Congreso de la Unión de México. Explica que el Congreso es un órgano bicameral compuesto por la Cámara de Diputados y el Senado. También describe las funciones de cada cámara, los periodos de sesiones ordinarios y extraordinarios, el quórum requerido, y los estatutos y prerrogativas de los legisladores como la inviolabilidad.
Este documento presenta una introducción a la teoría general del proceso. Define conceptos fundamentales como proceso, acción, jurisdicción y litigio. Explica diferentes formas de resolver litigios como la autotutela, autocomposición, heterocomposición, arbitraje y proceso jurisdiccional. También distingue entre derecho procesal como una ciencia autónoma y sus diversas ramas.
Este documento resume los antecedentes históricos del juicio de amparo en diferentes épocas y lugares. Menciona que en la antigua Roma existían mecanismos como el interdicto para proteger la libertad individual contra actos arbitrarios de autoridad. En la época colonial mexicana, las Siete Partidas y Leyes de Indias contenían disposiciones relacionadas. El juicio de amparo fue creado formalmente en la constitución de Yucatán de 1840. Finalmente, la constitución mexicana de 1857 federalizó el juicio de amparo para prote
Este documento resume la historia de la teoría sociológica y los principales sociólogos desde la antigüedad hasta el siglo XX. Explica cómo filósofos como Platón, Aristóteles y Santo Tomás reflexionaron sobre la conducta humana y la sociedad. Augusto Comte acuñó el término "sociología" y desarrolló un proyecto para estudiar la sociedad científicamente. Marx analizó las clases sociales y luchas de poder, mientras que Weber y Durkheim estudiaron los factores econ
El documento habla sobre el poder constituyente, que es el poder soberano de crear o modificar la constitución de acuerdo con las necesidades del bien común. Existen dos tipos de poder constituyente: el originario, que crea la primera constitución, y el derivado, que modifica la constitución existente. El poder constituyente da origen a los poderes constituidos como el ejecutivo, legislativo y judicial, los cuales están limitados por el poder constituyente.
El documento discute la necesidad de un verdadero estado de derecho en México. Define el estado de derecho como la sujeción de la actividad estatal a la constitución y las leyes. Explica que sin un estado de derecho no puede haber desarrollo económico o social. También analiza la democracia en México, señalando que históricamente ha habido una "democracia formal" pero no siempre una "democracia real". Concluye que se necesita no solo un estado de derecho formal, sino uno social y democrático de
El documento resume el desarrollo del derecho en la antigua Grecia. Los griegos sentaron las bases de conceptos jurídicos como la democracia y los derechos humanos. El derecho griego se desarrolló a través de la mitología, la filosofía y las diferentes polis. Sociedades como Esparta y Atenas experimentaron con diferentes sistemas políticos. Filósofos como Platón y Aristóteles hicieron importantes contribuciones a la teoría política y jurídica. La cultura griega tuvo una gran influencia en
Este documento describe las siete fuentes formales del derecho romano: las leyes, los plebiscitos, los senadoconsultos, las constituciones imperiales, los edictos, las respuestas de los prudentes y la costumbre. Explica brevemente cada una de estas fuentes y cómo evolucionaron a través de la historia del derecho romano, desde la fundación de Roma hasta la época de Justiniano. También distingue entre el derecho escrito y no escrito en Roma.
Este documento trata sobre la ontología jurídica. Define la ontología jurídica como la rama de la filosofía del derecho encargada de establecer la naturaleza del derecho. Explica que la ontología jurídica busca obtener un concepto del derecho que sirva como base para una reflexión filosófica posterior. También explora las diferentes escuelas que explican la naturaleza del derecho, como la escuela del derecho natural y la escuela positivista.
La Defensoría del Pueblo es una institución autónoma creada por la Constitución de 1993 para defender los derechos fundamentales de las personas y supervisar el cumplimiento de los deberes estatales. Su titular es el Defensor del Pueblo, quien presenta informes anuales y extraordinarios al Congreso y tiene iniciativa en la formación de leyes. La Defensoría atiende quejas ciudadanas sobre vulneraciones de derechos y emite recomendaciones a las autoridades sin poder sancionar.
Cartilla de los derechos y deberes de las personas CNDHLICMURO
Este documento describe el origen y desarrollo de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en México. Explica que la CNDH surgió en 1990 como un organismo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, y que luego fue elevada a rango constitucional a través de varias reformas entre 1992 y 2011. También analiza los antecedentes de la figura del Ombudsman en México y cómo la CNDH se ha consolidado como la institución clave del sistema no jurisdiccional de protección de los derechos humanos
El documento describe los sistemas jurisdiccional y no jurisdiccional para la defensa de los derechos humanos en México. El sistema jurisdiccional incluye a las autoridades judiciales que determinan violaciones a través de sentencias, mientras que el sistema no jurisdiccional incluye a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y comisiones estatales que investigan quejas sin formalismos jurídicos. También se analizan los principios de París que establecen las características de las instituciones nacionales protectoras de derechos
Tribunal de lo contencioso administrativo del d.f.Ericka Ara
Este documento describe la evolución de diferentes organismos creados en México para defender los derechos humanos, desde la Procuraduría de Pobres de San Luis Potosí en 1847 hasta la Comisión Nacional de Derechos Humanos establecida en 1990. Detalla varias instituciones creadas a nivel estatal como defensorías, procuradurías y direcciones encargadas de investigar quejas sobre violaciones a derechos humanos y proponer soluciones. Finalmente, explica que estos organismos buscan hacer vigentes y defender el estricto ape
Este documento describe la Defensoría del Pueblo del Perú. La Defensoría del Pueblo es un órgano constitucional autónomo creado en 1993 para proteger los derechos fundamentales y supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración pública. El Defensor del Pueblo es el titular de la Defensoría y es elegido por el Congreso por 5 años. La Defensoría investiga quejas ciudadanas y emite recomendaciones a las autoridades para resolver problemas sin imponer sanciones.
El Ministerio Público es una institución esencial para la vida de la sociedad ya que dirige y defiende los intereses del poder ejecutivo, de la sociedad y los derechos individuales. Su funcionamiento como organismo especializado es imprescindible para la buena administración de justicia. Se agregan la equidad y conveniencia de separar las funciones del acusador y juzgador para evitar parcialidad.
Estructura del consejo moral republicano. Objeto, organización, elección, autonomía, funcionamiento. Defensor del pueblo. Ministerio público: Objeto u organización. Fiscal General de la República. Contraloría General de la República: Objeto u organización. Contraloría de la Fuerza Armada: atribuciones de los órganos del poder ciudadano.
Este documento resume los principales organismos constitucionales autónomos en el Perú, incluyendo el Tribunal Constitucional, la Defensoría del Pueblo y la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu). Explica sus funciones, conformación y marco legal de acuerdo a la Constitución peruana. También analiza algunos casos recientes relacionados a estos organismos como la resolución del Tribunal Constitucional sobre la Sunedu y la ley que modificó su funcionamiento.
El documento describe los antecedentes de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en México. En la segunda mitad del siglo XX surgieron diversos órganos públicos para proteger los derechos de los ciudadanos frente al poder público. En la década de 1970 y 1980 se crearon varias procuradurías y defensorías de derechos humanos a nivel estatal y municipal. Finalmente, en 1990 se estableció la Comisión Nacional de Derechos Humanos para proteger y defender los derechos humanos a nivel nacional.
El consejo moral republicano como organo regidor del poder ciudadano. bernard...Bernardo Yepez Rodriguez
El documento describe el Poder Ciudadano en Venezuela, el cual está conformado por el Consejo Moral Republicano y tres órganos: la Defensoría del Pueblo, el Ministerio Público y la Contraloría General. El Consejo Moral Republicano ejerce funciones de protección de los derechos ciudadanos y promoción de valores democráticos. Cada órgano tiene roles específicos como la defensa de derechos humanos, investigación penal y control de la administración pública.
Este documento presenta información sobre las funciones del Ministerio Público en México en relación con las averiguaciones previas. Explica que el Ministerio Público es el encargado de investigar los delitos mediante pruebas y tiene derecho a acusar a los detenidos. También describe la evolución histórica del Ministerio Público en México y las leyes que lo regulan. Resalta que sus funciones principales incluyen perseguir delitos, proteger intereses de grupos vulnerables, y velar por la legalidad y una justicia pronta.
Este documento describe el poder ciudadano en Venezuela. Explica que con la nueva constitución de 1999, el poder público se transformó en cinco poderes: legislativo, ejecutivo, judicial, ciudadano y electoral. El poder ciudadano se ejerce a través del Consejo Moral Republicano y tiene como funciones prevenir, investigar y sancionar actos contra la ética pública. Sus órganos son la Defensoría del Pueblo, el Ministerio Público y el Contralor General, los cuales gozan de autonomía e independencia de los otros poderes.
ENJ-100 - Derecho Constitucional - Módulo I: La Constitución Dominicana y su ...ENJ
Este documento presenta un módulo sobre la Constitución Dominicana y su posición en el sistema de fuentes. Explica los objetivos de enseñanza, la metodología de aprendizaje, los contenidos de cada módulo y las fechas de los encuentros presenciales. También define conceptos clave como Constitución, Poder Constituyente y Neoconstitucionalismo, y describe brevemente la estructura de la Constitución Dominicana.
Este documento describe la Comisión Nacional de los Derechos Humanos de México, un organismo autónomo encargado de proteger y promover los derechos humanos. Explica que la Comisión puede investigar quejas sobre violaciones a los derechos humanos cometidas por autoridades federales, así como recibir quejas del público. También describe los procedimientos de la Comisión para investigar quejas, realizar conciliaciones, emitir recomendaciones y supervisar la observancia de los derechos humanos.
Este documento describe varios organismos autónomos del Estado chileno definidos en la Constitución Política de Chile, incluyendo el Ministerio Público, el Tribunal Constitucional, el Servicio Electoral, el Tribunal Calificador de Elecciones, la Contraloría General de la República, el Banco Central, el Consejo de Defensa del Estado, el Consejo Nacional de Televisión y el Consejo para la Transparencia. Estos organismos tienen personalidad jurídica propia y autonomía en su gestión para realizar funciones específicas como fiscaliz
El documento describe las principales instituciones de justicia e instituciones de seguridad en Bolivia. Estas incluyen el Tribunal Constitucional Plurinacional, la Defensoría del Pueblo, el Órgano Judicial, el Ministerio Público, la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas. Cada una tiene funciones específicas como hacer cumplir la constitución, proteger los derechos humanos, impartir justicia e investigar delitos. Finalmente, el documento concluye que estas instituciones son importantes para la organización del estado y el des
Este documento describe la Comisión Nacional de los Derechos Humanos de México. Explica que es un organismo autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propios cuyo objetivo es proteger, observar, promover, estudiar y difundir los derechos humanos reconocidos en el orden jurídico mexicano. Detalla sus funciones como recibir quejas, investigar presuntas violaciones a derechos humanos, formular recomendaciones y promover la educación sobre derechos humanos. También explica sus principios y procedimientos
El documento habla sobre la Defensoría del Pueblo en Perú. Explica que es un órgano constitucional autónomo creado en 1993 para defender los derechos fundamentales y supervisar el cumplimiento de los deberes estatales. Detalla las funciones y facultades de la Defensoría, como investigar quejas, realizar informes, ejercer iniciativa legislativa, entre otros. También menciona los defensores del pueblo que ha tenido Perú desde 1996 y brinda información sobre cómo presentar solicitudes de intervención ante la institución.
I. El documento explica la diferencia entre el procedimiento tributario y el proceso tributario. El procedimiento tributario es la vía legal para determinar, requerir y pagar un tributo, mientras que el proceso tributario es el camino jurídico ante un tribunal para resolver un conflicto fiscal.
II. También describe los principios que rigen el procedimiento tributario, como la legalidad, audiencia, oficialidad e informalismo a favor del administrado.
Este documento presenta un resumen de la responsabilidad económica extracontractual de la administración pública en México. Explica que ha habido tres etapas en el desarrollo de este tema: 1) irresponsabilidad del estado, 2) responsabilidad indirecta del estado y 3) responsabilidad directa del estado. También describe el marco legal actual en México y ejemplos de constituciones de otros países latinoamericanos que establecen el derecho a ser indemnizado por daños causados por la administración pública.
Este documento presenta una descripción detallada de los conceptos, finalidades, tipologías y clasificaciones de los procedimientos administrativos y recursos administrativos. Define los procedimientos administrativos como un conjunto de actos realizados según ciertas normas para producir un acto administrativo. Explica varios tipos de procedimientos como internos, externos, previos, de ejecución, de oficio y a petición de parte. También define los recursos administrativos como medios de defensa para impugnar actos administrativos, y clasifica los recursos
El documento presenta una introducción a la justicia administrativa, describiendo que comprende instrumentos jurídicos y procesales para tutelar a los particulares frente a la administración pública. Explica que la jurisdicción administrativa es uno de sus sectores más importantes, junto con las leyes de procedimiento administrativo, los recursos administrativos, la responsabilidad patrimonial del Estado y el defensor del pueblo.
El documento argumenta que toda autoridad que ejerce discreción debe tener una base legal explícita en la normativa y no puede actuar de forma implícita. También afirma que una autoridad que actúa de manera arbitraria busca satisfacer su propio interés en lugar del interés colectivo. Finalmente, sostiene que una facultad discrecional ilimitada conduce a la arbitrariedad y que todo acto administrativo debe estar limitado.
Este documento discute los conceptos de derechos subjetivos según varios teóricos. Explica que los derechos subjetivos son facultades que los individuos tienen en relación con otros y el estado. Divide los derechos subjetivos en públicos, políticos y civiles, con estos últimos divididos en personales y patrimoniales. Define los derechos subjetivos públicos como aquellos que tiene toda persona por el hecho de ser humano, como el derecho a la vida y la libertad.
El documento describe los derechos de los administrados según la Constitución y el Código Tributario. La Constitución establece el derecho de petición de manera pacífica y respetuosa. El Código Tributario enumera los derechos de los deudores tributarios, incluyendo ser tratados con respeto, exigir la devolución de pagos indebidos, rectificar declaraciones, interponer recursos, y conocer el estado de los procedimientos.
El documento discute la crisis del Estado Social de Derecho. Define al Estado Social de Derecho como aquel que reconoce los derechos de los grupos sociales y fomenta la participación ciudadana. Surge debido a las limitaciones del liberalismo para resolver problemas sociales. Sin embargo, el incumplimiento de las demandas sociales hace que la gente pierda confianza en el Estado. La crisis se debe a la pérdida de legitimidad, problemas económicos, e ingobernabilidad dada la brecha entre demandas ciudadanas y la capacidad del Estado para responder.
Este documento presenta un resumen de varios temas relacionados con la situación jurídica de los particulares frente a la Administración Pública. Se define el Estado social de derecho y su evolución, así como el crecimiento de la arbitrariedad administrativa. También se clasifican y explican los derechos subjetivos y los derechos de los administrados, incluyendo los derechos a la legalidad y competencia. Por último, se distingue entre el poder discrecional y arbitrario de la Administración.
Este documento describe el uso de blogs y herramientas Web 2.0 para aplicaciones educativas. Explica que los blogs son útiles para que estudiantes y profesores compartan recursos e información de forma ordenada. Luego describe algunos ejemplos como blogs docentes, blogs de estudiantes, blogs diarios de clase y blogs de actividades. Finalmente, brinda detalles sobre Blogger, una popular plataforma para crear blogs.
Este documento presenta la segunda parte del Capítulo 2 sobre el mercado de un taller para emprendedores impartido por el Lic. Álvaro Díaz Azamar en el Instituto Tecnológico de Tuxtepec. Se enfoca en continuar explicando conceptos clave del mercado.
La mercadotecnia se encarga del proceso de planear las actividades de la empresa en relación con el precio, la promoción, distribución y venta de bienes y servicios que ésta ofrece, así como la definición del producto o servicio con base en las preferencias del consumidor, de forma tal que permitan crear un intercambioque satisfaga los objetivos de los clientes y de la propia organización.
Este documento presenta el temario de un curso de contabilidad financiera impartido en el Instituto Tecnológico de Tuxtepec. El curso cubrirá seis unidades temáticas: conceptos generales de la contabilidad, estados financieros, registro de operaciones, teoría de la partida doble, sistemas de registro, y análisis e interpretación de la información financiera.
Este documento presenta el temario de un curso de contabilidad financiera impartido en el Instituto Tecnológico de Tuxtepec. El curso cubrirá seis unidades que incluyen conceptos generales de contabilidad, estados financieros, registro de operaciones, teoría de la partida doble, sistemas de registro y análisis e interpretación de la información financiera.
Este documento presenta el currículum vitae y temario de la materia de Contabilidad Financiera impartida por el Lic. Álvaro Díaz Azamar. El currículum detalla la experiencia académica y profesional del Lic. Díaz Azamar, incluyendo sus estudios de posgrado y cargos públicos. El temario cubre seis unidades sobre conceptos básicos de contabilidad, estados financieros, registro de operaciones, teoría de la partida doble, sistemas de registro e interpretación de la información financiera.
LA PEDAGOGIA AUTOGESTONARIA EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA APRENDIZAJEjecgjv
La Pedagogía Autogestionaria es un enfoque educativo que busca transformar la educación mediante la participación directa de estudiantes, profesores y padres en la gestión de todas las esferas de la vida escolar.
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Unidad 4 el ombudsman
1. PRACTICA PROCESAL
ADMINISTRATIVA Y FISCAL
UNIDAD IV.- EL OMBUDSMAN
LIC. ALVARO DIAZ AZAMAR
2. IV. El Ombudsman
IV.1. El modelo escandinavo
IV.2. El defensor del pueblo español
IV.3. Intentos de implantar el Ombudsman en México
IV.4. La función del Ombudsman en la legislación mexicana
IV.5. La Procuraduría de Protección Ciudadana del Estado de
Aguascalientes
IV.6. La Procuraduría Social del Departamento del DF
IV.7. La Comisión Nacional de Derechos Humanos
IV.8. La Comisión de Derechos Humanos del DF
IV.9. Perspectivas del Ombudsman en el Sistema Presidencial
Mexicano
3. I n t ro d u c c i ó n
Ombudsman no es un vocablo acuñado por la sociedad
contemporánea, es una palabra de origen sueco que se
usa desde hace siglos para referirse a una persona o u
órgano que protege intereses de otros individuos.
Surge en 1809,cuando el gobierno de Suecia nombra a un
funcionario (El Ombudsman) para investigar las quejas del
público en contra de la burocracia gubernamental.
La Institución mencionada, ha realizado su más destacada
participación, cuando a ella acude el gobernado que se
siente agraviado de algún modo, en asuntos en los cuales
tiene que ver con el Estado (problemas que no resolvió la
autoridad competente, peticiones no contestadas, quejas
no recibidas, etc.).
4. I n t ro d u c c i ó n
Podemos afirmar que esta institución surgió y se ha
extendido de manera dinámica y creciente en una gran
parte de los ordenamientos de diversos sistemas,
tradiciones o familias jurídicas, debido a la necesidad de
tutelar de manera efectiva y rápida a los particulares
frente a las autoridades administrativas, en virtud, entre
otras causas, de que los tribunales ordinarios o
especializados debido al aumento desorbitado de
conflictos en esta materia, han resultado notoriamente
insuficientes para resolverlos de manera expedita.
5. Concepto de Ombudsman
Es el organismo público autónomo dirigido por
uno o varios funcionarios designados por el
órgano legislativo, por el ejecutivo o por
ambos, entre personas, preferentemente
juristas que se han distinguido por su
independencia moral e intelectual.
6. IV.1. El modelo escandinavo
La institución y el vocablo Ombudsman surgieron en la
legislación sueca a principios del siglo XIX.
El término tiene un significado poco preciso, ya que
puede traducirse como representante o comisionado, por
ello, de acuerdo con el modelo original, se le considero y
todavía se le considera en los regímenes parlamentarios
como un Comisionado del Órgano Legislativo, con el
objetivo esencial de fiscalizar la conducta de las
autoridades administrativas.
Esta denominación y su estructura se trasladó a los
restantes países escandinavos: Finlandia (1919), Noruega
(1952), y Dinamarca (1953).
7. IV.1. El modelo escandinavo
Diferentes denominaciones:
Parlamentary Commissioner for Administration
Mediateur
Difensore Civico
Volksanwaltschaft (Abogacía popular)
Promotor de la justicia y defensa del pueblo
La que directamente han utilizado muchos países es la de
Ombudsman
8. IV.1. El modelo escandinavo
En 1919, concluida la Primera Guerra Mundial Finlandia
instauró el Ombudsman con características afines a su
homólogo sueco.
Una vez fenecida la Segunda Guerra Mundial en 1952,
surge el Ombudsman Noruego para la fuerzas armadas;
tal iniciativa tomó como modelo básico el Ombudsman
militar sueco.
9. IV.2. El defensor del pueblo español
Ha influido en forma decisiva la creación del Defensor
del Pueblo en la constitución democrática española de
1978.
Con anterioridad su esfera de protección se dirigía a los
derechos e intereses legítimos de los administrados, pero
a partir de las Constituciones de Portugal y España, se
agregó la protección de los derechos fundamentales,
debido a la experiencia de ambos países que habían
sufrido dictaduras muy prolongadas.
10. IV.2. El defensor del pueblo español
Experiencia de las Constituciones Latinoamericanas
En 1985 se introdujo en la Constitución de Guatemala
En 1986 en Colombia se llamó Defensor del Pueblo
En 1993 en Perú se llamó Defensoría del Pueblo
En 1994 en Bolivia, Defensor del Pueblo
En 1996 en Ecuador, Defensor del Pueblo
11. IV.2. El defensor del pueblo español
En los Países Centroamericanos:
En 1991 en el Salvador se estableció el Procurador para
la Defensa de los Derechos Humanos
En 1992 en Costa Rica se crea la Ley del Defensor de los
Habitantes de Costa Rica
En 1995 en Honduras se introdujo el Comisionado de
los Derechos Humanos
En 1995 Nicaragua crea el Procurador y Subprocurador
para la Defensa de los Derechos Humanos
12. IV.3. Intentos de implantar el Ombudsman
en México
En primer lugar se realizaron algunos intentos que no
tuvieron eficacia en la práctica como la Dirección de
los Derechos Humanos del Estado de Nuevo León,
en 1979.
En la ciudad de Colima el Ayuntamiento creó el
Procurador de Vecinos, en 1983.
El primer organismo no jurisdiccional que ha
funcionado en la realidad, lo ha sido la Defensoría de
los Derechos Universitarios, UNAM, 1986.
13. IV.3. Intentos de implantar el Ombudsman
en México
Otras instituciones a nivel Estatal y Municipal:
Procuraduría para la Defensa del Indígena del Estado
de Oaxaca, 1986
Procuraduría Social de la Montaña del Estado de
Guerrero, 1987
Procuraduría de Protección Ciudadana del Estado de
Aguascalientes, 1988
Defensoría de los Derechos de los Vecinos de la
Ciudad de Querétaro, 1988
14. IV.3. Intentos de implantar el Ombudsman
en México
Procuraduría Social del Departamento del Distrito
Federal, 1989
Comisión Nacional de los Derechos Humanos, 5 de
junio de 1990.
15. IV.4. La función del Ombudsman en la
legislación mexicana
Los titulares de los propios organismos con el auxilio del
personal técnico poseen las funciones de recibir e
investigar las reclamaciones y quejas de los particulares
por la afectación de sus derechos e intereses legítimos,
ocasionada por la conducta administrativa de las
autoridades de la administración pública, así como de
otros organismos del poder, no sólo por infracciones a la
legalidad, sino también por injusticia, irrazonabildad, error
o retraso manifiesto.
16. IV.5. La Procuraduría de Protección
Ciudadana del Estado de Aguascalientes
Más adelante, el 14 de agosto de 1988, se creó la Procuraduría
de Protección Ciudadana del estado de Aguascalientes, figura
prevista dentro de la Ley de Responsabilidades para Servidores
Públicos.
“ARTICULO 62.- El Congreso del Estado, en el ámbito
de su competencia, establecerá como el organismo de
protección a los derechos humanos a la Procuraduría
de Protección Ciudadana, la cual conocerá de quejas
en contra de actos u omisiones de naturaleza
administrativa, provenientes de cualquier autoridad o
servidor público estatal que violen derechos humanos,
formulará recomendaciones públicas, autónomas, no
vinculatorias, denuncias y quejas ante las autoridades
respectivas.”
17. IV.5. La Procuraduría de Protección
Ciudadana del Estado de Aguascalientes
Art. 62…
“Este organismo no será competente tratándose de asuntos
electorales, laborales ni jurisdiccionales, ni de consultas
formuladas por autoridades, particulares u otras entidades
sobre la interpretación de las disposiciones constitucionales y
de la legislación reglamentaria.
Para el pleno desempeño de sus atribuciones la Procuraduría
de Protección Ciudadana contará con un consejo consultivo
integrado por cinco personas con conocimiento en diversas
materias técnicas, científicas y humanísticas, con carácter
honorífico, designadas por el Titular de la Procuraduría de
Protección Ciudadana del Estado y por un período igual al del
Procurador de Protección Ciudadana, para la resolución de
casos que requieran sus conocimientos.”
18. IV.6. La Procuraduría Social del
Departamento del Distrito Federal
Un paso hacia adelante lo dio la Procuraduría Social del
Departamento del Distrito Federal, creada por acuerdo
del Jefe de dicho Departamento, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 25 de enero de 1989, cuyo
Manual de Funcionamiento, fue publicado el 17 de julio del
mismo año.
Si bien continua en actividad, sus atribuciones son
reducidas, debido a que con posterioridad se creó la
Comisión de Derechos Humanos del mismo Distrito
Federal.
19. IV.7. La Comisión Nacional de los Derechos
Humanos
La etapa siguiente en la institucionalización de los
organismos no jurisdiccionales se dio con la creación
de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos,
por acuerdo presidencial de 5 de junio de 1990, y
cuyo reglamento fue elaborado por el Consejo de
dicha institución los días 18 de junio a 9 de julio del
mismo año.
20. IV.7. La Comisión Nacional de los Derechos
Humanos
Esta Comisión fue establecida como un órgano
desconcentrado de la Secretaría de Gobernación.
Su titular era designado libremente por el Presidente
de la República
Su primer presidente fue el conocido
constitucionalista Jorge Carpizo.
Dicha institución adquirió una notable independencia
y realizó una labor excepcional.
Desarrollo una dinámica e intensa actividad en cuanto
a las enseñanza, promoción, capacitación y divulgación
de los derechos humanos.
21. IV.7. La Comisión Nacional de los Derechos
Humanos
Se creó un Consejo Consultivo integrado por
10 personas de elevada reputación y de
diversas orientaciones sociales y políticas, para
asesorar al Presidente del citado organismo, y
señalar los lineamientos generales de la política
que debe seguir de la institución.
22. IV.7. La Comisión Nacional de los Derechos
Humanos
Se adicionó el Art. 102 de la Constitución Federal
con un apartado B, en el cual se estableció que el
Congreso de la Unión y las Legislaturas de los
Estados, deberían crear organismos de protección
a los derechos humanos que otorga el orden
jurídico mexicano, los que deben conocer de las
quejas en contra de actos u omisiones de
naturaleza administrativa provenientes de
cualquier autoridad que violaran dichos derechos,
con excepción del Poder Judicial de la Federación,
y deberían formular recomendaciones públicas
autónomas no vinculatorias y denuncias y quejas
ante las autoridades competentes.
23. IV.7. La Comisión Nacional de los Derechos
Humanos
Se dispuso que los propios organismos no
serían competentes tratándose de asuntos
electorales, laborales y jurisdiccionales.
La reforma Constitucional de 1992 dispuso
que en un plazo de un año, las legislaturas
locales deberían crear las 32 Comisiones
Locales, de las cuales 31 corresponden a los
Estados más la del Distrito Federal.
24. IV.7. La Comisión Nacional de los Derechos
Humanos
Por reforma Constitucional de 30 de
noviembre de 1999, se le otorga el carácter de
organismo constitucional autónomo, al
disponer que: “se denominará Comisión Nacional
de Derechos Humanos y contaría con autonomía
de gestión y presupuestaria, personalidad jurídica y
patrimonio propios”.
25. IV.7. La Comisión Nacional de los Derechos
Humanos
Originalmente el presidente de la Comisión
era propuesto por el Presidente de la
República y ratificado por el Senado.
El texto constitucional vigente dispone que
será designado directamente por las dos
terceras partes de los miembros presentes de
la citada Cámara, por un periodo de 5 años,
con posibilidad de una reelección.
26. IV.8 La Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal
Durante la vigencia del Artículo 102 Constitucional, los
organismos no jurisdiccionales de las entidades federativa,
incluyendo la del DISTRITO FEDERAL, siguieron los
mismos lineamientos que la Comisión Nacional, tanto por
lo que se refiere a su denominación, como en cuanto a la
designación de su titular, que era propuesto por el
Gobernador respectivo y ratificado por el Congreso
Local, pero de manera paulatina se suprimió la
intervención del Jefe del Ejecutivo, y se encomendó
directamente el nombramiento a la propia legislatura, que
es el sistema actualmente mayoritario.
27. IV.9. Perspectivas del Ombudsman en el
sistema presidencial mexicano
Como puede verse con la reforma Constitucional de
1999, el Presidente de la República ya no tiene injerencia
en el nombramiento y designación del titular del
Organismo Autónomo, lo que genera mayor seguridad de
que quien dirija los destinos del mismo, no tiene ningún
compromiso y podrá en el ámbito de su autonomía dictar
las recomendaciones que se requieran para proteger los
derechos fundamentales de los mexicanos, sobre todo de
los grupos vulnerables.