2. Hoy en día hay un gran número de divorcios y separaciones de los
esposos y concubinos, por lo que los hijos tienen el derecho de
percibir alimentos, pero también la obligación de proporcionarlos.
3. Es el derecho que brinda la ley a los
hijos de recibir recursos económicos
necesarios para: alimentos, ropa,
calzado, medicinas, esparcimiento,
educción y útiles escolares, esta
obligación asegurar la protección
económica y jurídica a la que tiene
derecho la familia.
¿Qué es la pensión alimenticia?
4. Por lo regular, se mantiene el derecho a la pensión alimenticia hijos
hasta cumplir los 18 años, pero, en caso de estar cursando una carrera
universitaria, podrían recibirla hasta cumplir los 21 años.
5. – Cuando no hay como corroborar ingresos fijos del
padre se hace a través de una cantidad determinada de
“salarios mínimos”.
– Cuando hay un sueldo fijo lo que se establece es un
porcentaje que se retiene vía nómina.
– En promedio cuando es vía nomina se establece un 15
por ciento del sueldo que se retiene por cada hijo.
El monto de una pensión alimenticia se calcula de dos formas
por el juez y depende de cada caso.
6. - La vía civil, donde se puede reclamar e
interponer una demanda por las cantidades que
se deben, a ésta se le conoce como demanda de
ejecución dineraria.
- La vía penal, donde se podría presentar
denuncia o querella. Aquí se debe exigir además
de la responsabilidad penal por no cumplir las
obligaciones familiares impuesta por un Juez, la
responsabilidad civil producida por no pagar la
pensión y además los intereses legales por el
retraso.
¿Qué ocurre
cuando no se paga
la pensión de
alimentos?
7. A veces se constata una mala fe por parte del
progenitor que incumple y por tanto no paga la
pensión. En estos casos en los que aun teniendo
capacidad económica para afrontar el pago de las
pensiones alimenticias a las que tiene obligación y
por razones de desidia y/o falta de voluntad se
crease un perjuicio al otro progenitor y
consecuentemente y principalmente, al hijo sería
posible una denuncia por vía penal.
8. El Registro Civil tiene a su cargo el RDAM en el que se inscribirá a las
personas que hayan dejado de cumplir por más de 90 días, sus
obligaciones alimentarias, ordenadas por los jueces y tribunales, también
tendrá la obligación de pasar esta lista al Buró de Crédito y al Registro
Público de la Propiedad, la sanción para quienes no paguen pensión es
de seis meses a 5 años de prisión.
Registro De Deudores Alimentarios Morosos
9. - No tiene medios para darlos. Sin embargo, en cuanto tiene los
medios, deberá seguir cumpliendo su obligación.
- Los hijos dejan de necesitar la pensión, no solo con la mayoría de
edad sino hasta que tienen una profesión u oficio adecuados.
- En caso de injuria, falta o daños graves inferidos por el que recibe
los alimentos en contra de quien se los otorga.
- Cuando haya conducta viciosa.
Cuando el que recibe alimentos, sin consentimiento del que debe dar
los alimentos, abandona la casa de éste por causas injustificables
Causasquedanfinalapensiónalimenticia
10. En México hay un alto índice de omisión
de pagar la pensión alimenticia, una es
por falta de responsabilidad por alguno
de los padres y la otra es por la falta de
difusión de las formas en las que se
puede hacer exigible dicha pensión, por
lo cual es importante que este tema se
difunda y se de a conocer a toda la
sociedad para que así los niños de
familias disfuncionales tengan una mejor
calidad de vida.