1. Derechos y deberes de los padres sobre sus hijos
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Las demandas por alimentos, paternidad, custodia y tenencia sobre los hijos es cada
vez más creciente en los juzgados de familia. Las relaciones de pareja no duran mucho
tiempo actualmente y esto conlleva a la separación de ambos.
En una situación de conflicto entre los padres siempre se verá afectado la relación con los
hijos y ante esto viene una disputa legal por quién tiene el derecho sobre ellos.
En el día de hoy explicaremos lo concerniente a los derechos y deberes de los padres sobre
sus hijos, siempre y cuando haya una disputa entre ellos.
Armonía, felicidad y amor en el hogar del niño
como derecho fundamental
2. La Constitución Política es clara en decir que los Derechos de los niños prevalecen sobre
los demás y en el artículo 44 dice que las leyes de infancia y adolescencia están diseñadas
para:
“Garantizar a los niños, a las niñas y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo,
para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad en un ambiente de felicidad,
amor y comprensión”.
De este artículo parte toda resolución de conflicto entre los padres. Es decir, que para dar la
potestad de uno de ellos sobre los hijos debe primar este aspecto. El niño debe crecer en un
ambiente de armonía, no necesariamente lleno de lujos sino de amor, felicidad y comprensión.
En este sentido, una madre que carezca de un hogar en donde existan estos
sentimientos no tendrá la potestad sobre sus hijos. Caso similar si sucede con el padre.
Pero no hay que desligar el derecho de los dos en crear este espacio de armonía. Si la ley
concede la potestad sobre la madre o el padre, el otro progenitor debe garantizar también
que se cumplan estas condiciones.
Lo que interesa en un proceso de esta envergadura es que debe primar el derecho de los
niños a la felicidad y armonía de un hogar y no el interés particular de un padre.
Asimismo, la cuota alimentaria debe suplir los gastos correspondientes no solo a la
alimentación, sino al vestuario, recreación y salud.
Sin embargo, los artículos 129 y 130 de la Ley 1098 del 2006 establece que el monto no
debe ser superior al 50 por ciento del salario del padre, ni mucho menos ser tan alto que
impida que él no pueda suplir las necesidades de sus otros hijos y de su mismo sostenimiento.
Es una cantidad justa, racional que beneficie a su hijo, a su familia y a él mismo. Pero
también la Ley establece que cuando el padre que está obligado a dar una cuota alimentaria
recibe un aumento en su salario la cuota también aumentará.
El procedimiento para establecer todo tipo de deber sobre los padres hacia sus hijos debe
primero haber una conciliación. Ambos, antes de acudir a un juez de familia, deben realizar
una conciliación.
3. Si no se llega a ningún acuerdo, se procede a acatar la decisión del juez. Recuerda que
ante cualquier situación, usted como padre o madre de familia también tiene el derecho de ver
a sus hijos y estar con ellos.