Tema 19. Inmunología y el sistema inmunitario 2024
Dpen1 tema 5.4.2
1. UNIDAD 5 DERECHO PENAL I
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5.4.2 Error de prohibición.
"Este error, del que tratamos ahora, puede presentarse con tres modalidades (Zu
Dohna): Como desconocimiento, propiamente dicho de la prohibición; como
suposición errónea de la existencia de una justificante no reconocida por el orden
jurídico; como creencia errónea de una situación de hecho que, de haber existido
realmente, excluiría la antijuridicidad.
De manera parecida Welzel nos expone el problema: El autor o no conoce la norma
jurídica o la desconoce (la interprete erróneamente), o acepta erróneamente un
fundamento de justificación. Cada uno de estos errores excluye la culpabilidad, si
es inevitable, o la atenúa... si es evitable".
Zaffaroni sostiene el siguiente criterio: "el hecho doloso al decir de Maurach,
requiere que la representación subjetiva coincida con los acontecimientos...;
Maurach agrega que la defectuosa representación puede consistir... en un defecto...
o siendo los casos que nos interesan aquellos en los que la representación implica un
"defecto".
Error de Prohibición Directo
2. UNIDAD 5 DERECHO PENAL I
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1- Error de Prohibición Directo o Error en el Conocimiento de la norma: El mismo
atañe el no conocimiento de la existencia de la prohibición o mandato de una norma
que comanda un actuar consiente positivo o negativo o incluso admite que su actuar
es adecuado y justo. Un ejemplo de lo anterior es una persona que habitualmente
cruce un patio ajeno, que no está delimitado, y por tanto en la creencia errónea de
que el mismo no pertenece a nadie y consecuentemente no está violando el domicilio
de nadie.
2- Error de Prohibición Directo (Variante) o Error de Subsunción: Este error
comprende un desconocimiento o una falsa apreciación, pero el mismo recae no
sobre el saber o no de esa norma, sino sobre el alcance o los límites precisos de la
disposición, es decir el sujeto la conoce pero no determina claramente los límites
precisos. Ejemplo de lo anterior es un sujeto que considera que no hurta los bienes
de una persona si estima que los mismos comprenden el pago de una deuda que tenía
el titular para con su persona.
3- Error de Prohibición Directo (Variante) o Error de Validez: Este error comprende
la situación de un sujeto que a pesar de que conoce la existencia de la norma que
prohíbe u ordena un comportamiento determinado no la cumple en la creencia errada
de que la misma no es válida por considerarla contraria a las normas constitucionales
o incluso internacionales en las que la nación de la que es ciudadano tuviera
3. UNIDAD 5 DERECHO PENAL I
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compromisos de aplicación pero que los mismos no eran efectivos en ese momento
todavía.
Error de Prohibición Indirecto
1- Error de Prohibición Indirecto: Ya este yerro va por otro camino y es que se
extiende sobre la creencia errada de la presencia de una causa de justificación en el
actuar del individuo que el ordenamiento no prevé. Ejemplo de lo anterior es la
creencia del padre o madre que considera estar amparado en el derecho de patria
potestad para lesionar a sus hijos con fines educativos.
2- Error de Prohibición Indirecto (Variante): En este supuesto la creencia de la
existencia de la causa de justificación está compaginada con su efectiva
representación en el ordenamiento legal. Ejemplo de la misma es el caso de un
custodio que hace su servicio en un lugar con poca iluminación y ve avanzar a un
individuo rápidamente hacía el con algo que brilla y que para su ser es un arma blanca
y sobre la base de defenderse legítimamente de un ataque le da muerte.