1. Universidad Fermin Toro
Vice-Rectorado Académico
Facultad De Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela De Derechos
Libro tercero
del
Código penal Venezolano
Alumnos:
Richar Arrieche
CI:21.125.400
Daniel Caripa
Asignatura:
Penal
Sección: T 612
2. Titulo I
De las faltas contra el Orden Publico
Capitulo I
De la desobediencia a la autoridad
opinion: este articulo nos da a entender a la desobediencia que tiene cada individuo a la autoridad
publica, y no prestar la ayuda El que, en caso de tumulto, de calamidad o de flagrante hecho punible
haya rehusado, sin justos motivos, prestar su ayuda o servicio, o bien se haya excusado de facilitar las
indicaciones o noticias que se le exijan por un funcionario público en ejercicio de su ministerio
Capitulo II
De la omisión de dar referencia
Debilidad. no pena con cárcel al que guarde silencio a quien guarde silencio en los casos que parezcan
presentar caracteres de delito
fortaleza. Obliga a las personas a informar a las autoridades sobre algún delito siempre y cuando no
pongan en peligro una investigación penal
Opinión. Este articulo que cualquier persona destinad al oficio de la sanidad y preste ayuda a u
individuo sobre la que se sospeche a ya cometido un delito y no informe a los órganos competentes
debe ser penada como cómplice del mismo y no solo multada
capitulo III
De las faltas concernientes a la moneda
Debilidad. Si una persona no se da cuenta de que la moneda son falsas antes de los 3 días sera penada
igual
Opinión. Si una persona no se da cuenta de que es falsa dentro de los 3 días siguientes si no luego no
debería ser multado ya que no debería ser multado ya que no es su culpa el no haber informado antes
capitulo IV
De las faltas relativas al ejercicio del corte topográfico a la difuncion de impresos y a los avisos
Opinión. Toda persona que produzca o distribuya múltiples ejemplares sin cumplir con lo establecido
en la ley debe ser castigado, ya que podría estar distribuyendo material no apto para todo publico y aun
así poniendo al alcance de todos los mismos. Por otro lado si en algún lugar se fija algún anuncio o
documento fueras de los lugares asignados para esto.
Debilidad. No todos los carteles, anuncios o afiches requieren permiso de las autoridades
Fortaleza. Las personas que infrinjan los reglamentos para la distribución de afiches o la fijación de
estos
Capítulo V
De las faltas relativas a los espectáculos, establecimientos y ejercicios públicos
Debilidad: es una pena de arresto muy baja
Fortaleza: exige que cada persona que quiera realizar algún evento, abrir un establecimiento o alquilar
un lugar deba regirse por las normas de la ley
Opinión. Este articulo debe regirse con la pena por alteración al orden publico
Capítulo VI
DE LOS ALISTAMIENTO PRACTICADOS SIN AUTORISACION
Fortaleza. Todo alistamiento o enganche debe ser autorizado legalmente
Debilidad. Debe establecer una al que lo haga y al que preste el establecimiento donde lo realiza
Opinión. Este delito debe estar regulado por la ley del ejercicio del ejercicio militar y penado con
arresto en cárceles militares con una pena mayor a 9 meses , ya que es una estafa a la nación
3. Capitulo VII
D e la mendicidad
Debilidad: Establece pena de arresto a personas que no pueden trabajar y están en situación de calle.
Fortaleza: Pena con arresto a personas que mendiguen y pueda trabajar así como a aquellos que utilicen
esta condición para prestar un servicio o vender algún objeto.
Opinión: En mi opinión a las personas que mendiguen porque no pueden trabajar y están en situación
de calle no se le debería sujetarse a las ordenanzas locales como lo establece el artículo 502 sino ser
sacado de la calle y llevado a un centro donde se le preste la ayuda necesaria para salir de dicha
condición , sobre todo si es menor de edad, así como debería ser penado la persona que tenga bajo su
cuidado a niños y los someta a mendigar por obligación o simplemente deje que se vaya a la calle. Pero
sobre todo debería revocarle la custodia, rigiéndose por la LOPNA, ya que esta es la que regula los
deberes y derechos de los menores.
Capitulo VIII
De la perturbación causada en la tranquilidad pública y privada
Debilidad: Cuando perturba o atenta contra un funcionario público sería un delito contra la nación que
representa.
Fortaleza: Pena a las personas que perturben el orden público con gritos o instrumentos que causen
ruido.
Opinión: La pena de arresto contra las personas que atenten contra un funcionario público debería ser
más alta, ya que al atentar contra esta lo hace contra la nación que representa y no debería tener
derecho a multa porque es un delito contra el estado y en cuanto a los establecido en el artículo 506,
todos merecen respeto para manifestar su opinión sin que nadie lo perturbe o interrumpa por tal razón
este articulo debería regularse con una ley de convivencia ciudadana.
Capitulo IV
Del abuso de la credulidad de otro
Fortaleza: Castiga a las personas que abusan de la credulidad popular.
Debilidad: Solo castiga al que lo haga en lugar público o abierto al público.
opinión: Este articulo también debe castigar al que lo haga tanto en público como en privado siempre y
cuando el afectado presente las prueba necesaria para comprobar que le causo un perjuicio o perturbo el
orden publico.
Titulo II
De las faltas relativas a la seguridad publica
Capitulo I
De las faltas que se refieren a armas o materias explosivas
debilidad. Se requiere de mayor supervisión en los locales para que no tengan explosivos
fortaleza. Se regula la venta y tenencia de armas y explosivos tanto como en casas como en
establecimiento comerciales
Opinión. Tanto la persona que fabriquen, vendan o introduzcan armas de fuego, pólvora o fuegos
artificiales en el país con o sin permisos de las autoridades que no cumplan con el reglamento para el
uso, comercialización de las mismas debe ser penado con cárcel y prohibiéndole que tengan algún tipo
de contacto con las mismas y si este ha entregado o dejado llevar armas cargadas a una persona menor
de edad debería ser penado con el doble de la pena así como aquel perturbe el bienestar de una
comunidad al descargar armas de fuego o quemado fuegos artificiales en dicho lugar.
Capitulo II
4. De la caída y de las faltas de reparación de los edificios
fortaleza. castiga la negligencia de los responsables de la construcción y cuidado de la misma
debilidad. Falta de verificación de los materiales utilizados para la construcción
Opinión. Si alguna persona, ya sea propietaria, representante, vigilante o responsable de la construcción
de la construcción de un edificio, puente, andamio o cualquier de los semejantes o por negligencia,
impericia o descuido en su oportuna ejecución o las medidas para prevenir el peligro o esto cause que
se desplome un mal a terceros debería ser penado con todo el peso de la ley, ya que un descuido en la
construcción de un lugar donde harán vida multitudes de personas o circularan millones de individuos
merecen una atención especial ya que podrían morir muchísimas personas, así mismo se le debería
suspender el ejercicio de su profesión o arte para siempre.
Capitulo III
De las faltas relativas a los signos y aparatos que interesan al publico
Debilidad. prohibir la venta de estos aparatos y realizar mantenimiento
Opinión. Toda persona que atente con algún bien publico o privado dejando sin se;alamiento sobre el
estado de la vía publica, o dejar sin alumbrado publico una calle o avenida debería ser penado con
trabajo comunitario por 6 meses, ayudar a repara el bien da;ado y si reincide su pena sera con cárcel y
si además su pena sea calculada con agravante ya que el individuo ha obtenido beneficios por la venta
de un bien publico, ya sea cables u otro metal así como si este es utilizado para obstaculizar el paso de
la vía publica en alguna protesta o algo así.
Fortaleza. Protege la propiedad publica
Capitulo IV
De los objetos colocados o tirados de manera peligrosa
Debilidad. Las calles o avenidas poco transitadas no son vigilados por ningún organismo por ello
utilizan esto para esta actividad o cuando un individuo atenta contra el cuidado preservación del
ambiente tirando o colocando objetos que ensucian el ambiente o a las personas, tales como animales,
basuras u otro tipo de objetos debe ser multado y obligado a realizar trabajo comunitario preservando
toda el area que ensucio
Opinión. Al mismo tiempo este delito debe ser penado por la ley de preservación ambiental para evitar
que los cometan sobre todo cuando son colocados en la vía publica pudiendo causar un accidente
automovilístico
fortaleza. si se descubre la practica de esta actividad es penado esto evita que se haga tan
frecuentemente
Capitulo V
De las faltas que se refieren a la vigilancia de los enajenados
Debilidad. No se realiza el seguimiento adecuado a los ciudadanos
Opinión. Cualquier individuo que no este acto para realizar el cuidado que necesita cualquiera persona
enajenad no debe tenerla bajo su custodio, ya que pone en peligro la vida de esa persona, por esta razón
la persona o institución encargada de otorgar la custodia de las personas enajenadas debe verificar si
son actas para prestar el cuidado que la persona enajenada necesita. Al mismo tiempo es importante
se;alar que si una persona a cargo de una de estas persona las deja escapar y mendigar debe ser penado
con cárcel, ya que estas persona capaces mentalmente de cuidarse por si misma
fortaleza. Las personas deben ser responsable con el cuidado de las personas enajenadas
Capitulo VI
De la falta de vigilancia y dirección en los animales y vehículos
5. Debilidad. que no castiga con arresto al que tenga animales feroces como mascota
Opinión, una persona que deje libre y sin custodia una bestia feroces o animales peligrosos ya sean
propios o recomendados o su guarda debe ser penado con un mayor tiempo de arresto ya que si uno de
esos animales causa la muerte o pone en peligro la vida de un individuo el sera el único responsable, y
ser penado con agravantes si es un menor o persona enajenada la afectada
Fortaleza. Se impide que las personas tengan bajo su posesión a animales feroces y su libre transito en
lugares poblados
Capitulo VII
De las faltas referentes o peligro comunes
Debilidad. No especifica que da;o podría ser y de esa manera estar sujetos a la interpretación del
individuo
Fortaleza. Castiga a la persona que causa da;o otra por negligencia o impericia
Opinión. Si un individuo causa da;o o crea una circunstancia para causarlo debe ser castigada con una
pena de arresto sobre todo si fue por negligencia o impericia de la persona.
Titulo III
De las faltas concernientes a la moralidad publica
capitulo I
De los juegos de azar
Debilidad es que la pena del delito es muy baja solo de 30 o 2 meses y exige pagar una peque;a multa
a una persona que gana mucha dinero, otra debilidad es que solo se confisca lo que se consiga en el
sitio.
La fortaleza es que castiga con mas fervor al banquero o due;o y sobre todo al que reincide en la falta.
Opinión personal es que se debería aumentar el tiempo de arresto con una pena mínima de 1 a;o con un
agravante si en el local se encuentra menores o sustancias estupefacientes, así como la venta ilegal de
alcohol y que no se permita el pago de multa ya que para estas personas es algo accesible, ya que
manejare grandes cantidades de dinero y si es reincidente que se le confisque todo el dinero obtenido
por el juego. Y también se le retira todas la ganancia obtenidas por el juego y todos los objetos
destinado al juego.
Capitulo II
De la embriaguez
Fortaleza. La persona en estado de embriaguez en un lugar publico es arrestada y adames obligada a
cumplir en una casa de trabajo o mediante la prestación de un servicio en una empresa publica el pago
de su pena. Así mismo se le retira la licencia a la persona que venda bebidas alcohólicas o sustancias
capaces de producirles a menores o personas con debilidad o alteración de sus facultades mentales
La debilidad es que le da un tiempo muy corto a las personas que faciliten alcohol o sustancias capaces
de producir el estado de embriaguez a menores de edad o personas con alteraciones o debilidades
mentales, aso como el que le da alcohol a una persona ya ebria.
Opinión personal es que se debería aumentar la pena de arresto a las personas que vendan o que
faciliten la ingesta de alcohol a menores de edad y que sea penado con agravante si la persona
manifestante se hallase en estado anormal o presente alteraciones en sus facultades mentales.
6. Capitulo III
De los actos contrarios a la decencia publica
fortalezas. La multa de 10 UT puede aumentar a 300 UT dependiendo de las faltas que ofenda la
decencia publica.
La debilidad es que la pena de arresto es solo por un mes
Opinión es que la persona que con actos impropios, palabras o gestos que ofendan la decencia publica
deben ser penados con arrestos de 1 a;o a 2 a;os ya que atentan contra la salud psicológica de las
personas y la moralidad publica.
Capitulo IV
Del maltrato a los animales
Debilidad. El articulo debe especificar que se le retirara el animal a la persona que cometa crueldades
con los animales así como el que lo sometas a trabajos forzados o lo someta a estudios científicos fuera
de lugares destinado a estos.
Fortalezas. Castigo a las personas que maltraten a los animales
Opinión. Se le debe prohibir legalmente a las personas que maltraten animales, que tengan bajo sus
cuidados cualquier animal ya que podría reincidir en el delito.
Titulo IV
De las faltas relativas a la protección publica de la propiedad
Capitulo I
De la posesión injustificada de objetos y valores
fortaleza. Se obliga a la persona a comprobar la procedencia de los objetos que posee para verificar que
no tenga una ilegitima procedencia.
Debilidades.
Opinión. cuando una persona es arrestada por alguno de estos delitos se le debiera confiscar de manera
inmediata todos los bienes que posea y le serán solo aquellos en los que compruebe su legitima
procedencia con el fin de evitar que se siga en posesión de objetos o dineros conseguidos de manera
ilegal.
Capitulo II
De las faltas de precauciones en las operaciones de comercio o de prendas
fortaleza. Los comerciantes deben avisar a las autoridades que lo que adquirió es proveniente de un
delito.
Debilidad. Se debe imponer una pena de arresta mas larga y cerrar al establecimiento
Opinión. Se obliga a la persona a verificar si lo que compra es de procedencia legitima, asi como
verificar si el precio exigido o aceptado es el correcto para así evitar adquirir objetos de dudosa
procedencia así como de comprar o vender a precios muy altos. Al mismo tiempo se evita la
comercialización de objetos provenientes de un delito y que se empeñen estos ya que la persona que se
preste para esto sera penado con una multa y se impondrá además el arresto hasta por 30 dias y la
suspencion del ejercicio de la profesión o industria.
Capitulo III
7. De la venta ilícita de llaves y ganzúas y aventuras ilícitas de cerraduras
Debilidad, No se le impide a la persona que siga ejerciendo su profesión de cerrajero herrero u otro
artesano.
Fortaleza. Se le obliga a la persona que compruebe si la persona que solicita la llave, una ganzúa o abrir
la cerradura del lugar es el propietario.
Opinión.
Capitulo IV
De la tenencia ilícita de pesos y medidas
fortalezas. Se evita que roben a las personas al momento de vender algo por peso o medida, toda
persona comerciante que tenga pesos o medidas diferentes a las personas autorizadas por la ley sera
penado con multa.
Debilidad. Se debe cerrar al establecimiento que incurra en la falta.
Opinión.