El Presidente Santos plantea como piedra angular de su mandato el proceso de internacionalización y expansión de la economía colombiana así como la apertura del país a los inversores internacionales. Esta intención es la que han promovido los diversos Tratados de Libre Comercio que Colombia ha ratificado recientemente con varios países. Pero la sombra de la corrupción transnacional planea sobre las intenciones de globalización de la economía nacional.
LEY Y REGLAMENTO 30225 CONTRATACIONES DEL ESTADO.pdf
Lucha contra corrupción transnacional
1. Corrupción transnacional: pocos países luchan
contra ella
http://www.colombialegalcorp.com/corrupcion-transnacional-pocos-paises-luchan-
contra-ella/
El Presidente Santos plantea como piedra angular de su mandato el proceso de
internacionalización y expansión de la economía colombiana así como la apertura del
país a los inversores internacionales. Esta intención es la que han promovido los
diversos Tratados de Libre Comercio que Colombia ha ratificado recientemente
con varios países. Pero la sombra de la corrupción transnacional planea sobre las
intenciones de globalización de la economía nacional.
Tratado internacional contra la corrupción
transnacional
Los 40 países principales exportadores del mundo, que aglutinan dos terceras
partes de las exportaciones mundiales, firmaron la convención de la OCDE contra el
soborno en el 2013. Con ella se pretende poner freno a los sobornos a gobiernos
extranjeros para acceder a licencias, contratos o eludir requisitos legales y pago de
impuestos.
La ONG Transparencia Internacional ha publicado un informe poco
esperanzador con respecto a los esfuerzos que los países firmantes de la convención
2. están realizando en la observación de las medidas contempladas en el articulado de la
convención:
La mitad de los 40 países firmantes han realizado poco o ningún esfuerzo en
el último año Entre estos se encuentran México, Chile, Brasilo España y otros países
del G20 como Japón, Corea del Sur y Holanda.
Argentina está entre los 10 países que practican esfuerzos limitados para
combatir la corrupción internacional. Solo 8 de los 40 países han tomado medidas
constantes para aplicar el convenio. Los más activos en la lucha contra la
corrupción son Estados Unidos, Alemania, Reino Unido y Suiza, seguidos de Italia
Australia, Austria y Finlandia, quienes realizan un esfuerzo moderado según el
informe.
El esfuerzo global de los países firmantes ha disminuido, ya que el grupo de los
que más se esfuerzan disminuyó de 7 a 4 entre el 2012 y el 2013 y el de los que
realizan esfuerzo moderado también se redujo en el mismo periodo de 12 a 4.
Huguette Labelle, presidenta de la ONG que ha realizado el informe, ha emitido
una declaración insistiendo en lo relevante que es que las economías que integran el
G20 certifiquen que sus empresas transnacionales realicen sus actividades de manera
legal, ya que cada vez tienen una mayor influencia social y económica.
La situación de la lucha contra la corrupción
en Colombia
El informe tiene un apartado destinado a Colombia, donde señala que aunque
las sanciones de cárcel son considerables (de 9 a 15 años no excarcelables), las
financieras son bajas frente al gran poder económico de las empresas transnacionales
y sus directivos. Para las personas naturales las sanciones pueden oscilar entre
$58’950.000 y $117’900.000.
La legislación colombiana carece de mecanismos parasancionar a una empresa
como persona jurídica por soborno transnacional. Además, el informe destaca una
serie de carencias y recomendaciones:
Se critica la falta de información pública sobre corrupción por parte de la
Fiscalía General de la Nación, ya que no se cuenta con un sistema abierto que
informe sobre las estadísticas acerca de investigaciones en los distintos tipos
de delitos de corrupción.
Por ello, se recomienda a la Fiscalía y a las autoridades judiciales la recopilación,
sistematización, y publicación de esa información para poder diseñar e implementar
nuevas medidas contra estos delitos.
Se critica la inexistencia de fondos que padecen la Fiscalía y la Policía
Nacional para incoar investigaciones de soborno extranjero, lo que limita la
3. persecución de las actividades delictivas. La asignación de fondos solo se realiza
cuando se ordena iniciar un proceso penal en contra de alguna compañía o
particular.
En conclusión, se recomienda que Colombia realice un esfuerzo más intenso
y continuado en la persecución contra el soborno extranjero en las transacciones
comerciales internacionales.Este esfuerzo necesariamente ha de pasar por fortalecer
las normas legales, dotar de fondos económicos a las autoridades judiciales y cuerpos
policiales especializados en la persecución de la corrupción y priorizar las actividades
susceptibles de incurrir en estos delitos.