2. Federico es aprendiz de un programa de formación de nivel técnico en el SENA en
modalidad virtual y a distancia. Hace cuatro meses inició su proceso de formación
y su instructor le ha solicitado que visite una empresa para observar el espacio
donde permanece la maquinaria y para que analice el mantenimiento que se le
hace a la misma.
Federico llega a la empresa a efectuar la visita planeada, pero el jefe de
mantenimiento le solicita que presente el carné personal que lo acredita como
aprendiz SENA.
Federico manifiesta que nunca ha tenido carné y que en dos oportunidades se lo
ha solicitado a la líder de bienestar, ella le ha explicado que los carnes son para los
aprendices de la modalidad presencial
3. De acuerdo con el Reglamento de Aprendices en lo que respecta a los derechos,
proporcione una respuesta argumentada a los siguientes cuestionamientos:
1.¿Qué respuesta la daría usted a Federico y en qué capítulo del Reglamento se
basaría?
En el capítulo II de los derechos del aprendiz Sena, en el artículo 7, numeral 4
.hace mención a que es derecho del aprendiz, recibir en el momento de la
legalización de su matrícula, el carné que lo acredite como Aprendiz Sena.
2. En relación con el líder de bienestar, ¿qué opina acerca de la respuesta que le
dio la funcionaria al aprendiz? ¿Fue acertada o equivocada? Expliqué por qué.
Considero que la respuesta que le dio la líder de bienestar a Federico, es
equivocada ya que no tiene claro el reglamento del aprendiz Sena. porque en el
reglamento, no especifica en ninguna de sus líneas que el carne solo se le debe
suministrar a los aprendices que estén en modalidad presencial; Hace mención a
que todos los aprendices tienen el derecho, a recibir el carne una vez se haya
legalizado la matricula.
4. Nicolás es un aprendiz del programa de Tecnología en Multimedia, desde
el inicio de su formación hace tres meses y medio, ha sido muy dedicado y
cuidadoso en realizar las actividades de formación que le han planteado
sus tutores en la guías de aprendizaje. Nicolás desea recibir la
retroalimentación correspondiente de los trabajos presentados para
conocer cómo le ha ido a lo largo de su proceso.
Sin embargo, cuando le solicita a su tutor dicha retroalimentación, este le
responde: “Usted debe saber cómo va, para eso hizo las actividades”.
Nicolás está muy preocupado porque teme encontrar algunas sorpresas,
además su tutor le ha comentado que solo estará en el SENA por dos
meses más, porque debe irse para otra región a encontrarse con su familia.
Nicolás decide de manera respetuosa solicitar por escrito los juicios de
evaluación de sus evidencias y quiere hacerlo cumpliendo con la
normatividad del SENA.
5. De acuerdo con la intención de Nicolás de hacer una solicitud formal para recibir
los juicios de Evaluación de las evidencias presentadas:
1.¿En qué capítulo, artículo e ítems del Reglamento de Aprendices, se debe
amparar Nicolás para hacer dicha solicitud de manera respetuosa y formal?
Se debe amparar en el capítulo II de los derechos del aprendiz Sena, en el artículo
7, numeral 8 ,11 y capítulo VI Articulo 15 y 16 respectivamente donde se hace
mención a:
8. Ser escuchado y atendido en sus peticiones respetuosas, por parte de los
directivos, Instructores y personal administrativo, ante las dificultades que se
puedan presentar en su proceso de formación.
6. 11. Ser evaluado objetiva e integralmente, con base en los criterios de evaluación
y la ruta de aprendizaje. y a conocer, dentro de los ocho (8) días hábiles
siguientes, los resultados de las evaluaciones, así como las diferentes novedades
académicas, cuando estas ocurrieren, tales como amonestación, sanción,
suspensión o cancelación del registro de matrícula.
Artículo 15. Los Centros de Formación Profesional responderán y liderarán los
trámites académicos y administrativos para atender las diferentes solicitudes
elevadas por los aprendices dentro de su proceso de formación, solicitudes que
deben ser presentadas por escrito radicado en el respectivo centro y registradas
en el sistema de gestión académica; el centro dentro de los diez (10) días hábiles
siguientes a su radicación deberá dar la respuesta respectiva.
Artículo 16. Registro Académico. El registro académico es el procedimiento que
protocoliza las acciones académicas y disciplinarias del Aprendiz SENA y
actualiza su historial académico durante el proceso de formación.
Nicolás, debe hacer una solicitud de manera respetuosa y formar al área de
gestión académica por escrito describiendo su caso y luego radicarla en el
respectivo centro de aprendizaje. El Sena tiene el deber de dar respuesta entre
los 10 diez días hábiles siguientes a su radicación para dar respuesta.