Este documento describe los diferentes medios de prueba que se pueden utilizar en procesos mercantiles, incluyendo instrumentos públicos y privados, facturas, correspondencia postal y telegráfica, registros contables, y testigos. También explica conceptos como la acción cambiaria, la acción causal, y la mediación y arbitraje como mecanismos alternativos para la resolución de controversias.
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
La prueba en el proceso mercantil
1. La Prueba en el Proceso
Mercantil
Lic. Jorge René Majano Segovia
2. La Prueba
• Consiste en la necesidad jurídica en que
se encuentran las partes de probar
determinados hechos, si quieren obtener
una sentencia favorable a sus
pretensiones.
3. PRUEBA DE LAS OBLIGACIONES
MERCANTILES
• Las obligaciones mercantiles y su extinción
se prueban por los medios siguientes:
• I.- Instrumentos públicos, auténticos y
privados.
• II.- Facturas.
• III.- Correspondencia postal.
• IV.- Correspondencia telegráfica reconocida.
• V.- Registros contables.
• VI.- Testigos.
• VII.- Los demás admitidos por la ley.
5. I.- Instrumentos públicos, auténticos y
privados.
Instrumentos públicos son los expedidos por notario,
que da fe, y por autoridad o funcionario público en el
ejercicio de su función.
Instrumentos privados son aquellos cuya autoría es
atribuida a los particulares.
También se considerarán instrumentos privados los
expedidos en los que no se han cumplido las
formalidades que la ley prevé para los instrumentos
públicos.
321 322
6. FACTURA
RÉGIMEN ESPECIAL DE LAS FACTURAS
CAMBIARIAS Y LOS RECIBOS DE LAS MISMAS.
La factura cambiaria es el titulovalor que, en la
compraventa de mercancías, y la prestación de
servicios, el vendedor o prestador podrá librar y
entregar o remitir al comprador y que incorpora un
derecho de crédito sobre la totalidad o la parte
insoluta del precio.
7. Correspondencia postal.
La correspondencia telegráfica probará contra quien
se presente siempre que se demuestre en juicio que
el mensaje procede de éste o de quien tenga
facultades de representarlo u obligarlo
8. Correspondencia telegráfica reconocida.
Art. 1001.- Cuando el original del mensaje telegráfico
depositado en la oficina de expedición haya sido
autenticado por Notario, se hará constar esta
circunstancia en la copia que entregue la oficina de
recepción al destinatario, copia que surtirá efectos de
documento privado reconocido.
10. Los demás admitidos por la ley.
EJEMPLO:
El acta emitida por un Juez de Paz en materia civil o
mercantil tiene fuerza ejecutiva, ya que esta no es un
titulo de ejecución si no un titulo ejecutivo.
(Conciliación)
11. LA ACCIÓN
• Acción Cambiaria -767
• Acción Causal- 648
• Acción Penal
• Acción de Enriquecimiento ilícito -649
12.
13. Es un mecanismo de solución de controversias
a través del cual, dos o más personas tratan de
lograr por sí mismas la solución de sus
diferencias con la ayuda de un tercero neutral y
calificado que se denomina mediador.
14. Es un mecanismo de solución de controversias
a través del cual, dos o más personas tratan de
lograr por sí mismas la solución de sus
diferencias con la ayuda del Juez o árbitro,
según el caso, quien actúa como tercero
neutral, y procura avenir los intereses de las
partes.
15. Es un mecanismo por medio del cual las partes
involucradas en un conflicto de carácter
transigible, difieren su solución a un tribunal
arbitral, el cual estará investido de la facultad
de pronunciar una decisión denominada laudo
arbitral.
16. Principios
1) Principio de libertad;
2) Principio de flexibilidad;
3) Principio de privacidad;
4) Principio de idoneidad;
5) Principio de celeridad;
6) Principio de igualdad;
7) Principio de audiencia; y
8) Principio de contradicción.
17. Es el reconocimiento de las facultades
potestativas de las personas para adoptar
medios alternativos al proceso judicial para la
resolución de controversias
18. El cual se manifiesta mediante actuaciones
informales, adaptables y simples.
19. Es el mantenimiento obligatorio de la
necesaria reserva y confidencialidad.
20. Consiste en la capacidad y requisitos que se
deben cumplir para desempeñarse como
árbitro o mediador.
21. Consiste en la continuidad de los
procedimientos para la solución de las
controversias.
22. Consiste en dar a cada parte las mismas
oportunidades de hacer valer sus derechos
23. Con la oralidad de los procedimientos
alternativos.
24. Consiste en la oportunidad de confrontación
entre las partes.