1. SUELDO
Es el pago que los empleados
DEFINICIONES DE SUELDO reciben por su trabajo, antes de
deducir sus contribuciones a la
seguridad social, impuestos y
otros conceptos análogos.
m. salario, estipendio; paga.
SUELDOS Y SALARIOS EN EL
TRABAJO.
Precio del trabajo efectuado por
cuenta y orden de un patrono.
El concepto del salario ha
evolucionado con el progreso y
hoy constituye uno de los
problemas mas complejos de la
organización económica y
SOCIAL de los pueblos. Los
desequilibrios son capaces de
provocar las mas graves
perturbaciones (huelgas,
alzamientos, revoluciones, etc.)
mas d los dos tercios de la
población mundial dependen,
para su existencia, de las rentas
que el trabajo por cuenta ajena
proporciona.
2. ADMINISTRACION DE LOS SUELDOS Y SALARIOS.
La aplicación de los principios y técnicas de administración de sueldos, permite
articular en forma tal el pago en dinero, con las prestaciones que recibe el
trabajador, y aun con las deducciones que su trabajo implica, que se logre, no sólo
pagar sueldos justos, sino también convencer a aquél de esa justicia.
La importancia de esta materia deriva en los siguiente:
a) Para el trabajador: es lo que substancialmente lo dirige al trabajo, aunque no sea
siempre necesariamente lo que busca en primer lugar.
b) Para la empresa: es un elemento de importancia en el costo de producción. No
en toda clase de industrias tiene la misma importancia: en algunas puede alcanzar
un porcentaje muy alto del costo, y en otras reducirse. De ordinario esta reducción,
depende de la capitalización y maquinización de la empresa.
c) Para la sociedad: es el medio de subsistir de una gran parte de la población.
Siempre la mayor parte de la población vive de su sueldo.
d) Para la estructura económica de un país: siendo el sueldo esencial en el contrato
de trabajo, y siendo el contrato de trabajo uno de los ejes del régimen actual, la
forma en que se manejen los sistemas de sueldos, condicionará la estructura
misma de la sociedad.
e) Para la práctica profesional, en las carreras de Relaciones Industriales y
Administración de Empresas: las políticas y técnicas de sueldos son de las que
tienen más amplia e inmediata aplicación.
3. ADMINISTRACION DE LOS SUELDOS Y SALARIOS.
Es importante para la administración de sueldos y salarios el que se respeten
en su análisis los siguientes pasos:
Análisis del puesto.
Análisis del personal.
Asignación de sueldos y salarios
En la mayor parte de las instituciones la compensación del empleo representa
una parte sustancial de los costos de operación, por lo tanto, su éxito, o aun, su
supervivencia, depende de cuán efectivamente estos costos sean controlados y
cómo se logre productividad de los empleados a cambio de los sueldos que se
le pagan. La productividad a su vez, dependerá de cuan bien motivados estén
los empleados por el pago que ellos reciben por su trabajo.
Para la mayoría de los empleados el pago tiene un efecto directo sobre su nivel
de vida, y sobre el reconocimiento que pueden obtener dentro de su trabajo. El
pago también constituye una medida cuantitativa de “estatus” en el grupo de
trabajo. Una diferencia en la paga por hora puede afectar psicológicamente las
posiciones de poder y autoridad en un grupo, a esto los empleados pueden ser
muy sensibles.
4. SALARIO INTEGRADO.
El salario diario integrado, es aquel que debe utilizar el patrón para calcular el monto
de las aportaciones y de los descuentos.. Este salario se integra con: Los pagos
hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación,
habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o
prestación que se entregue al trabajador por su trabajo. Se excluyen como
integrantes del salario los siguientes conceptos:
• El ahorro cuando se integra por una cantidad igual del trabajador y de la empresa.
• Las cantidades otorgadas por el patrón para fines sociales de carácter sindical.
• Las aportaciones adicionales que el patrón convenga otorgar a favor de sus
trabajadores por concepto de seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.
• Las cuotas al IMSS y al INFONAVIT que corresponda cubrir al patrón.
• Las participaciones en las utilidades de la empresa (PTU).
• La alimentación y la habitación cuando se entreguen en forma onerosa (que el
trabajador pague al menos, por cada una de ellas, un 20% del salario mínimo general
diario del Distrito Federal.
• Las despensas en dinero o especie que NO rebasen el 40% del salario mínimo general
diario vigente en el Distrito Federal.
• Los premios por asistencia y puntualidad que NO rebasen el 10% del salario base de
aportación (por cada concepto).
• Las cantidades aportadas para fines sociales (Planes de pensiones).
• El tiempo extraordinario dentro de los márgenes establecidos en la Ley Federal del
Trabajo.
5. “LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL
DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES”.
Esta ley es de utilidad social y de observancia
LEY DEL INFONAVIT general en toda la República.
Se crea un organismo de servicio social con
personalidad jurídica y patrimonio propio, que
se denomina "Instituto del Fondo Nacional de
la Vivienda para los Trabajadores", con
domicilio en la Ciudad de México.
El Director General será nombrado por la
Asamblea General, a proposición del
Presidente de la República. Para ocupar dicho
cargo se requiere ser mexicano por
nacimiento, de reconocida honorabilidad y
experiencia técnica y administrativa.
Su objetivo es la de administrar los recursos
del Fondo Nacional de la Vivienda, los cuales
se destinan para establecer y operar un
sistema de financiamiento que permita a los
trabajadores obtener un crédito barato y
suficiente para adquisición de vivienda,
construcción en terreno propio, ampliación o
mejoras en casa propia y pago de pasivo.
Existen mexicanos que necesitan crédito para
vivienda. El INFONAVIT, ha desarrollado un
Sistema de Otorgamiento de Créditos más
justo, basado en puntos, pero dando un
mayor peso al número de bimestres
aportados y al ahorro voluntario del
trabajador.
Para obtener la puntuación se necesita un
salario diario integrado. Edad. El saldo en la
subcuenta de vivienda del SAR. El número de
bimestres que se tengan registrados en EL
INFONAVIT. El saldo de las aportaciones
voluntarias al SAR. Los dependientes
económicos, que estén registrados en el IMSS
y vivan en el domicilio.
6. LEY DEL INFONAVIT
El crédito que se puede obtener, se determina tomando como base el salario diario integrado de acuerdo con las tres
últimas aportaciones registradas en el Instituto, así como la edad, ya que con estos dos factores se determina la
capacidad de pago. El monto del crédito que se otorga es en veces el salario mínimo mensual vigente en el Distrito
Federal.
Antecedentes dela Ley del INFONAVIT
La creación del INFONAVIT es resultado de la evolución histórica que establece el derecho de los trabajadores a adquirir
una vivienda digna que se remonta a los postulados básicos que recogiera el Constituyente de Querétaro en 1917 y que
dan sus frutos el 5 de febrero cuando se promulga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se aprobó
por unanimidad el Artículo 123, Fracción XII, Apartado A, donde se estableció la obligación de los patrones de
proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas, obligación que no se hizo efectiva sino hasta 1971,
después de más de 53 años de lucha por ese derecho.
Metas
• Más Créditos Tener la capacidad de otorgar 375 mil créditos al año.
• Ahorro Voluntario Fomentar el ahorro como medio para obtener un crédito.
• Eficiencia Contar con una cultura de eficiencia, calidad y austeridad que se refleje en un servicio cada vez mejor.
• Libre Elección Promover la plena libertad del trabajador para elegir su vivienda.
• Tecnología Incorporar tecnología de punta para elevar los niveles de eficiencia y productividad.
• Transparencia Operar con base en procesos sencillos, transparentes, eficientes, con calidad y honradez, dando certeza
al trabajador para que pueda obtener el máximo beneficio de sus recursos.
• Trato Equitativo Atender equitativamente a todos los derechohabientes, independientemente de su nivel de ingreso.
• Cuáles son las obligaciones del patrón ante el Infonavit
• Los patrones tienen obligaciones ante el Instituto Nacional del Fondo para la Vivienda de los Trabajadores (Infonavit)
como determinar y efectuar el pago del cinco por ciento sobre los salarios diarios integrados de los trabajadores a su
servicio.
• Cuando no lo hace el patrón se sitúa en un plano de incumplimiento en sus obligaciones, lo que origina
fundamentalmente que tenga cinco tipos de responsabilidades; una de ellas es la responsabilidad laboral, y se origina
como producto de un laudo emitido por una autoridad laboral, condenando al patrón a pagar ante el Infonavit las
aportaciones omitidas en beneficio del trabajador.
7. Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)
Es una institución gubernamental, autónoma y
LEY DEL IMSS tripartita (Estado, Patrones y Trabajadores),
dedicada a brindar servicios de salud y
seguridad social a la población que cuente con
afiliación al instituto, llamada entonces
asegurado o derechohabiente.
Se considera a esta institución de seguridad
social la más grande de América Latina. Fue
fundada el 19 de enero de 1943 por decreto
presidencial del entonces Presidente de la
República el General Manuel Ávila Camacho.
Decreto de fundación del IMSS
El Instituto Mexicano del Seguro Social nace
oficialmente el 19 de enero de 1943 e inició
operaciones el 1 de enero de 1944, su sindicato,
el (SNTSS) Sindicato Nacional de Trabajadores
del Seguro Social, y la primera sección sindical
fue la No. 1 en Puebla, en respuesta a las
aspiraciones de la clase trabajadora nacional de
los derechos indigenas y ciudadanas .
Ley del Seguro Social
La ley del Seguro Social vigente, publicada en el
Diario Oficial de la Federación mediante decreto
de fecha 21 de diciembre de 1995 es el marco
legislativo bajo el que rige sus operaciones el
Instituto Mexicano del Seguro Social.
Actualmente, la Ley señala que la seguridad
social tiene como finalidades:
La asistencia mèdica.
La protección de los medios de subsistencia.
Los servicios sociales necesarios para el
bienestar individual y colectivo.
El otorgamiento de una pensión que, en su caso
y previo cumplimiento de los requisitos legales,
será garantizada por el Estado.
8. LEY DEL IMSS
A efecto de cumplir con tal propósito, el Seguro Social comprende dos tipos de régimen:
El régimen obligatorio
Es aquel que se financia con contribuciones provenientes de los patrones, el Estado y los propios trabajadores.
Cuenta con cinco tipos de seguro: enfermedades y maternidad; riesgos de trabajo; invalidez y vida; retiro, cesantía
en edad avanzada y vejez; Guarderías y prestaciones sociales. Son sujetos de aseguramiento del régimen
obligatorio: los trabajadores, los miembros de sociedades cooperativas de producción y las personas que
determine el Ejecutivo Federal mediante el Decreto respectivo, tal es el caso del los Estudiantes, amparados bajo
el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de septiembre de 1998.
El régimen voluntario
De forma voluntaria y mediante convenio con el Instituto, podrán ser sujetos de aseguramiento en este régimen,
los trabajadores en industrias familiares y los independientes como profesionales, pequeños comerciantes,
artesanos y demás trabajadores no asalariados, los trabajadores domésticos, los ejidatarios, comuneros, colonos y
pequeños propietarios; así mismo, los patrones (personas físicas) con trabajadores asegurados a su servicio y los
trabajadores al servicio de las administraciones públicas de la Federación, entidades federativas y municipios que
estén excluidos o no comprendidas en otras leyes o decretos como sujetos de seguridad social.
El salario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones,
percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o
prestación que se entregue al trabajador por su trabajo.
Se excluyen como integrantes del salario base de cotización, dada su naturaleza, los siguientes conceptos: Los
instrumentos de trabajo tales como herramientas, ropa; el ahorro, cuando se integre por un depósito de cantidad
semanaria, quincenal o mensual igual del trabajador y de la empresa; las aportaciones adicionales que el patrón
convenga otorgar; las aportaciones de INFONAVIT; la alimentación y la habitación cuando se entreguen en forma
onerosa; las despensas en especie o en dinero, siempre y cuando su importe no rebase el cuarenta por ciento del
salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal; los premios por asistencia y puntualidad; Y el tiempo
extraordinario dentro de los márgenes señalados en la Ley Federal del Trabajo.
Para que los conceptos mencionados en este precepto se excluyan como integrantes del salario base de
cotización, deberán estar debidamente registrados en la contabilidad del patrón.
9. Patrimonio del Instituto
IMSS El patrimonio del Instituto lo
constituyen:
Los bienes muebles e inmuebles de
cualquier naturaleza, a excepción de
los provenientes de adjudicación o
dación en pago por adeudo de cuotas
obrero patronales, capitales
constitutivos y accesorios, así como
cualquier otro que afecte las reservas
que el Instituto deba constituir.
Derechos de propiedad y posesión de
bienes muebles e inmuebles,
cualquiera que sea su naturaleza
jurídica, que obren en poder del
Instituto. Donaciones, herencias,
legados, adjudicaciones, subsidios y
transferencias que se hagan a su favor
en que no se preestablezca el destino
de los bienes o derechos
correspondientes.
Los intereses, dividendos, realización
de activos, alquileres, rentas,
rendimientos, utilidades, frutos y
productos de cualquier clase, que
generen los bienes y derechos afectos
a su patrimonio.
Todos los bienes inmuebles que
formen parte del patrimonio del
Instituto, estarán destinados al
servicio público de carácter nacional
del Seguro Social.