Este documento describe una iniciativa de ley para regular el servicio profesional docente en la educación básica y media superior en México. La iniciativa busca establecer criterios para el ingreso, promoción y permanencia de docentes, así como mejorar la calidad de la educación a través de la evaluación del desempeño docente. De manera adicional, la iniciativa distribuye competencias entre el Instituto, autoridades educativas locales y la Secretaría de Educación Pública para regular diferentes aspectos del servicio profesional docente.
Cuadro comparativo de los Planes Sexenales de Educación en México 1992 - 2017ElisaMenrus
En este trabajo se muestra detalladamente las aportaciones que se dieron a la educación en el periodo mencionado, observando en el mismo que cada gobierno enfocó una serie de programas en pro del avance educativo, algunos de ellos modificados otros desaparecidos, pero con la firme convicción de mejorar al paso del tiempo.
Ley General de Educación. Mapa Conceptual. Tania León RTaniaLenRamrezy
La Ley General de Educación establece que:
1) Toda persona tiene derecho a la educación obligatoria y gratuita, incluyendo preescolar, primaria, secundaria y media superior.
2) El Estado, a través de la nueva escuela mexicana, buscará promover la equidad, excelencia y mejora continua en la educación.
3) El Sistema Educativo Nacional comprende a actores, instituciones y procesos educativos públicos y privados reconocidos para impartir educación con criterios democráticos e incl
La importancia del artículo 3° constitucionaljoeharperbat
El documento describe la importancia del Artículo 3° Constitucional de México, el cual establece las bases de la educación en el país. Señala que la educación es fundamental para el desarrollo de una nación y que este artículo delinea los criterios que deben guiar la educación impartida por el estado, particulares y universidades. Además, destaca que los estudiantes indígenas enfrentan discriminación y menores oportunidades de acceder a la educación media superior debido a que sólo el 4.5% de hablantes de lenguas indígenas
El documento resume los cambios realizados al Artículo 3o Constitucional sobre educación en México. Se agregaron párrafos para establecer que la educación básica y media superior son obligatorias y para garantizar su calidad. También se creó el Sistema Nacional de Evaluación Educativa coordinado por el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, un organismo autónomo encargado de evaluar el sistema educativo. Finalmente, se detallan la composición y funciones de la Junta de Gobierno de dicho Instituto.
Este documento propone reformas a los artículos 3 y 73 de la Constitución Mexicana relacionadas con la educación. Se crea un Sistema Nacional de Evaluación Educativa y un Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación autónomo. También se establecen disposiciones para mejorar la calidad de la educación a través de la evaluación docente, el fortalecimiento de la autonomía escolar, y la implementación paulatina de escuelas de tiempo completo con alimentación saludable.
Bases filosóficas legales y organizativas del sistema educativo mexicanowilbert santiago
Este documento presenta la introducción y organización de un curso sobre los fundamentos del Sistema Educativo Mexicano. El curso tiene como objetivo que los estudiantes conozcan los principios filosóficos, legales y de organización que rigen el sistema educativo del país. El curso está dividido en cuatro bloques temáticos que analizan por separado estos tres elementos y realizan comparaciones con otros sistemas educativos. El documento también incluye orientaciones didácticas para que los contenidos se estudien de manera reflexiva y vinculada a la
Ley General del Sistema para la Carrera de maestras y maestros.Maye Monsiváis
Este documento presenta la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros en México. Establece objetivos como contribuir al máximo aprendizaje de los estudiantes, mejorar la práctica docente mediante capacitación continua, y establecer programas para reconocer el trabajo de los maestros. También describe los principios del sistema como cumplir los fines de la educación y asegurar que los docentes tengan las competencias apropiadas. Finalmente, explica las funciones de diferentes organismos en la administración del sistema de carr
Cuadro comparativo de los Planes Sexenales de Educación en México 1992 - 2017ElisaMenrus
En este trabajo se muestra detalladamente las aportaciones que se dieron a la educación en el periodo mencionado, observando en el mismo que cada gobierno enfocó una serie de programas en pro del avance educativo, algunos de ellos modificados otros desaparecidos, pero con la firme convicción de mejorar al paso del tiempo.
Ley General de Educación. Mapa Conceptual. Tania León RTaniaLenRamrezy
La Ley General de Educación establece que:
1) Toda persona tiene derecho a la educación obligatoria y gratuita, incluyendo preescolar, primaria, secundaria y media superior.
2) El Estado, a través de la nueva escuela mexicana, buscará promover la equidad, excelencia y mejora continua en la educación.
3) El Sistema Educativo Nacional comprende a actores, instituciones y procesos educativos públicos y privados reconocidos para impartir educación con criterios democráticos e incl
La importancia del artículo 3° constitucionaljoeharperbat
El documento describe la importancia del Artículo 3° Constitucional de México, el cual establece las bases de la educación en el país. Señala que la educación es fundamental para el desarrollo de una nación y que este artículo delinea los criterios que deben guiar la educación impartida por el estado, particulares y universidades. Además, destaca que los estudiantes indígenas enfrentan discriminación y menores oportunidades de acceder a la educación media superior debido a que sólo el 4.5% de hablantes de lenguas indígenas
El documento resume los cambios realizados al Artículo 3o Constitucional sobre educación en México. Se agregaron párrafos para establecer que la educación básica y media superior son obligatorias y para garantizar su calidad. También se creó el Sistema Nacional de Evaluación Educativa coordinado por el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, un organismo autónomo encargado de evaluar el sistema educativo. Finalmente, se detallan la composición y funciones de la Junta de Gobierno de dicho Instituto.
Este documento propone reformas a los artículos 3 y 73 de la Constitución Mexicana relacionadas con la educación. Se crea un Sistema Nacional de Evaluación Educativa y un Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación autónomo. También se establecen disposiciones para mejorar la calidad de la educación a través de la evaluación docente, el fortalecimiento de la autonomía escolar, y la implementación paulatina de escuelas de tiempo completo con alimentación saludable.
Bases filosóficas legales y organizativas del sistema educativo mexicanowilbert santiago
Este documento presenta la introducción y organización de un curso sobre los fundamentos del Sistema Educativo Mexicano. El curso tiene como objetivo que los estudiantes conozcan los principios filosóficos, legales y de organización que rigen el sistema educativo del país. El curso está dividido en cuatro bloques temáticos que analizan por separado estos tres elementos y realizan comparaciones con otros sistemas educativos. El documento también incluye orientaciones didácticas para que los contenidos se estudien de manera reflexiva y vinculada a la
Ley General del Sistema para la Carrera de maestras y maestros.Maye Monsiváis
Este documento presenta la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros en México. Establece objetivos como contribuir al máximo aprendizaje de los estudiantes, mejorar la práctica docente mediante capacitación continua, y establecer programas para reconocer el trabajo de los maestros. También describe los principios del sistema como cumplir los fines de la educación y asegurar que los docentes tengan las competencias apropiadas. Finalmente, explica las funciones de diferentes organismos en la administración del sistema de carr
La ley general de educación establece los principios y el sistema educativo en México. Define la educación como universal, pública y gratuita (Título I). Establece los objetivos y planes de estudio de la nueva escuela mexicana (Título II). Describe la organización del sistema educativo nacional por niveles, tipos y modalidades (Título III). Regula aspectos como la formación magisterial, infraestructura escolar, mejora continua, financiamiento, corresponsabilidad y educación impartida por particulares (Títulos IV-XI).
La gestión educativa promueve la integración de los elementos del sistema educativo y coordina las necesidades de la institución con la política educativa. Incluye la gestión escolar, pedagógica e institucional, y se enfoca en crear las condiciones para que los estudiantes aprendan a través de la enseñanza, el aprendizaje y la participación de la comunidad.
2. mapa conceptual sobre la ley gral de educacion.(art 1 al 50)sofiasanchez122
La ley general de educación establece el marco legal del sistema educativo mexicano. Garantiza el derecho a la educación de todos los mexicanos y prioriza el interés superior de los niños, niñas y jóvenes. Define los fines de la educación como contribuir al desarrollo humano integral y a la transformación de la sociedad bajo el principio de la dignidad humana. Asimismo, establece los tipos y niveles del sistema educativo nacional que incluyen la educación básica, media superior y superior.
La reforma de 1946 al artículo 3° de la Constitución Mexicana estableció que la educación impartida por el Estado debería desarrollar las facultades humanas de manera armónica y fomentar el amor a la patria y la solidaridad internacional. También determinó que la educación privada debería cumplir con los planes y programas oficiales y que las instituciones religiosas no intervendrían en la educación primaria, secundaria y normal.
El documento describe un modelo de gestión educativa estratégica con cuatro ámbitos: acción, investigación, innovación y desarrollo. Propone cuatro tipos de gestión: educativa, institucional, escolar y pedagógica. La gestión educativa estratégica se centra en lo pedagógico, requiere nuevas competencias y trabajo en equipo, y busca la apertura a la innovación a través de una intervención sistémica y estratégica basada en la planificación.
Este documento presenta un resumen de la Ley General de Educación de México. Describe las diferentes secciones de la ley, incluyendo disposiciones generales sobre la educación, el federalismo educativo, procesos educativos, equidad en la educación, y educación impartida por particulares. La ley establece los requisitos y responsabilidades para las autoridades educativas federales y locales, así como para las instituciones educativas públicas y privadas.
El documento describe las herramientas del Modelo de Gestión Educativa Estratégica (MGEE) utilizadas para la planeación educativa institucional, incluyendo el Plan Estratégico de Transformación Educativa (PETE), el Programa Anual de Trabajo (PAT), el portafolio institucional y el pizarrón de autoevaluación. Estas herramientas guían el proceso de mejora continua en las escuelas mediante la planeación, ejecución y evaluación de acciones educativas.
El documento establece que el Estado debe proporcionar educación preescolar, primaria y secundaria obligatoria. También establece que el Ejecutivo Federal determinará los planes de estudio para toda la educación pública en México y considerará las opiniones de los gobiernos estatales y sectores sociales involucrados. Los particulares pueden impartir educación de todos los niveles, pero deben seguir los mismos planes de estudio y obtener autorización del gobierno. Las universidades autónomas gobernarán sus asuntos académicos y
Este documento presenta un resumen de la Ley General de Educación de México. Establece 8 capítulos que cubren temas como disposiciones generales, federalismo educativo, equidad en la educación, proceso educativo, educación de particulares, validación de conocimientos, participación social y sanciones. Define las responsabilidades de las autoridades educativas federales, estatales y locales, y establece lineamientos sobre cobertura, calidad, financiamiento y evaluación del sistema educativo mexicano.
La reforma educativa en México ha evolucionado a lo largo del siglo XX y principios del siglo XXI, influenciada por diferentes teorías pedagógicas. En 1921 se creó la Secretaría de Educación Pública para centralizar el sistema educativo. Desde entonces, varias reformas buscaron ampliar la cobertura educativa, mejorar la calidad, desconcentrar la administración, y cambiar los enfoques teóricos de la enseñanza, influenciados por teorías como la cognitiva, constructivista y sociocultural. La reforma más
Linea del tiempo sobre la evolución del sistema educativo en México. importancia de conocer los acontecimientos durante el trayecto de la educación con la finalidad de generar un aprendizaje sobre la historia de esta menara podemos observar los procesos que se han generado durante los acontecimientos y sus relaciones con el tiempo histórico.
PERFIL, PARÁMETROS E INDICADORES PARA DOCENTES DE EDUCACIÓN BÁSICA.ma072001
Este documento presenta los perfiles, parámetros e indicadores de desempeño para docentes y técnicos docentes de educación básica en México para el ciclo escolar 2018-2019. Incluye perfiles generales para docentes de educación preescolar, primaria y secundaria, así como perfiles específicos para educación indígena, educación especial, educación física, telesecundaria y segundas lenguas. También presenta parámetros e indicadores complementarios para evaluar distintas asignaturas. El objetivo es definir los
La Supervisión en Educación, constituye una de las herramientas de un Sistema Educativo, es la que se
encarga del mejoramiento permanente del proceso de enseñanza aprendizaje, para el logro de los objetivos
y metas del mismo, a través de acciones orientadas, evaluativas y sistemáticas, con la aplicación de técnicas
innovadoras, científicas, creativas y desarrollo de la investigación junto al perfeccionamiento continuo
dirigido a los docentes.
Historia - cuadro comparativo sobre la educación en MéxicoSol Salinas
El documento presenta un cuadro comparativo sobre la historia de la educación en México a través de las distintas épocas. Describe lo que se enseñaba, su finalidad, quiénes enseñaban, las características de la enseñanza, las instituciones educativas existentes y los recursos utilizados en cada periodo, incluyendo la época prehispánica, colonial, de la independencia, porfiriato, posrevolucionaria y contemporánea.
Importancia de la ley general de la educaciónFeer Garciia
La Ley General de Educación de 1993 buscó modernizar el sistema educativo mexicano para satisfacer las necesidades de una sociedad en cambio. La ley estableció principios como la equidad educativa, salarios profesionales para maestros, y condiciones para garantizar el derecho a la educación. El presidente Vicente Fox propuso una educación pública, laica, gratuita y de calidad para todos los mexicanos, enfatizando valores como la justicia, libertad y respeto a los derechos humanos.
Este documento resume la historia de la educación en México desde la época prehispánica hasta el periodo de la Revolución Mexicana. En la época prehispánica, la educación tenía como objetivo el culto a los dioses y su función dependía de la clase social. En la época colonial, la educación buscaba imponer la nueva fe católica y las costumbres españolas. Tras la independencia de México, la educación buscaba formar nuevos ciudadanos leales al estado mexicano. Durante el porfiriato se
Antecedentes de la planeacion educativa en méxicoAde Aparicio
Entre 1978 y 1980, México implementó varias reformas para mejorar la planeación y evaluación de la educación superior, incluyendo la creación de la Coordinación Nacional para la Planeación de la Educación Superior (CONPES) y el Sistema Nacional de Planeación Permanente de la Educación Superior (SINAPPES). Estas reformas ayudaron a aumentar la oferta educativa y mejorar las instalaciones de investigación en las universidades.
El documento describe la evolución del sistema educativo mexicano desde la independencia hasta la actualidad. Inicialmente, la educación estaba a cargo de los estados, pero tras la constitución de 1917 el gobierno federal asumió un mayor peso creando la Secretaría de Educación Pública en 1921. En las décadas siguientes se impulsaron diversas políticas educativas y campañas de alfabetización para consolidar el sistema educativo.
Este documento presenta la evaluación curricular de C.P.A. Moisés Francisco Hernández Cobos. Describe los criterios de evaluación, que incluyen exámenes, participación, tareas y asistencia. Además, detalla los cinco bloques temáticos que comprenden la evaluación de objetivos curriculares, fundamentos para la evaluación del plan de estudios, criterios en la evaluación de cartas descriptivas, diversos sistemas de evaluación e integración del informe final. Finalmente, recuerda la definición de currículum.
la política educativa en tiempos de Vicente FoxMaggyVL1
La política en los tiempos de Vicente Fox es muy importante ya que hubo momentos de gran auge en nuestro país, en esta presentación se verán reflejadas
Este documento establece las directrices para la constitución y operación de los Consejos Escolares de Participación Social en las escuelas públicas de educación básica. Los Consejos estarán integrados por padres de familia, maestros, directivos y otros miembros de la comunidad interesados. Tendrán la función de apoyar las actividades escolares, promover la participación comunitaria, y vigilar el uso adecuado de los recursos. Deberán reunirse periódicamente y rendir informes sobre sus actividades y el manejo financiero ante
Este documento describe los propósitos de la asignatura de Ciencias I con énfasis en Biología. Los objetivos son que los estudiantes amplíen su concepción de la ciencia y sus procesos, valoren de forma crítica sus contribuciones al mejoramiento de la calidad de vida y al desarrollo de la sociedad, y adquieran herramientas de aprendizaje relacionadas con la reflexión crítica, el análisis de conocimientos a través de diversos medios, el cuidado de la salud y el ambiente, y la participación en
La ley general de educación establece los principios y el sistema educativo en México. Define la educación como universal, pública y gratuita (Título I). Establece los objetivos y planes de estudio de la nueva escuela mexicana (Título II). Describe la organización del sistema educativo nacional por niveles, tipos y modalidades (Título III). Regula aspectos como la formación magisterial, infraestructura escolar, mejora continua, financiamiento, corresponsabilidad y educación impartida por particulares (Títulos IV-XI).
La gestión educativa promueve la integración de los elementos del sistema educativo y coordina las necesidades de la institución con la política educativa. Incluye la gestión escolar, pedagógica e institucional, y se enfoca en crear las condiciones para que los estudiantes aprendan a través de la enseñanza, el aprendizaje y la participación de la comunidad.
2. mapa conceptual sobre la ley gral de educacion.(art 1 al 50)sofiasanchez122
La ley general de educación establece el marco legal del sistema educativo mexicano. Garantiza el derecho a la educación de todos los mexicanos y prioriza el interés superior de los niños, niñas y jóvenes. Define los fines de la educación como contribuir al desarrollo humano integral y a la transformación de la sociedad bajo el principio de la dignidad humana. Asimismo, establece los tipos y niveles del sistema educativo nacional que incluyen la educación básica, media superior y superior.
La reforma de 1946 al artículo 3° de la Constitución Mexicana estableció que la educación impartida por el Estado debería desarrollar las facultades humanas de manera armónica y fomentar el amor a la patria y la solidaridad internacional. También determinó que la educación privada debería cumplir con los planes y programas oficiales y que las instituciones religiosas no intervendrían en la educación primaria, secundaria y normal.
El documento describe un modelo de gestión educativa estratégica con cuatro ámbitos: acción, investigación, innovación y desarrollo. Propone cuatro tipos de gestión: educativa, institucional, escolar y pedagógica. La gestión educativa estratégica se centra en lo pedagógico, requiere nuevas competencias y trabajo en equipo, y busca la apertura a la innovación a través de una intervención sistémica y estratégica basada en la planificación.
Este documento presenta un resumen de la Ley General de Educación de México. Describe las diferentes secciones de la ley, incluyendo disposiciones generales sobre la educación, el federalismo educativo, procesos educativos, equidad en la educación, y educación impartida por particulares. La ley establece los requisitos y responsabilidades para las autoridades educativas federales y locales, así como para las instituciones educativas públicas y privadas.
El documento describe las herramientas del Modelo de Gestión Educativa Estratégica (MGEE) utilizadas para la planeación educativa institucional, incluyendo el Plan Estratégico de Transformación Educativa (PETE), el Programa Anual de Trabajo (PAT), el portafolio institucional y el pizarrón de autoevaluación. Estas herramientas guían el proceso de mejora continua en las escuelas mediante la planeación, ejecución y evaluación de acciones educativas.
El documento establece que el Estado debe proporcionar educación preescolar, primaria y secundaria obligatoria. También establece que el Ejecutivo Federal determinará los planes de estudio para toda la educación pública en México y considerará las opiniones de los gobiernos estatales y sectores sociales involucrados. Los particulares pueden impartir educación de todos los niveles, pero deben seguir los mismos planes de estudio y obtener autorización del gobierno. Las universidades autónomas gobernarán sus asuntos académicos y
Este documento presenta un resumen de la Ley General de Educación de México. Establece 8 capítulos que cubren temas como disposiciones generales, federalismo educativo, equidad en la educación, proceso educativo, educación de particulares, validación de conocimientos, participación social y sanciones. Define las responsabilidades de las autoridades educativas federales, estatales y locales, y establece lineamientos sobre cobertura, calidad, financiamiento y evaluación del sistema educativo mexicano.
La reforma educativa en México ha evolucionado a lo largo del siglo XX y principios del siglo XXI, influenciada por diferentes teorías pedagógicas. En 1921 se creó la Secretaría de Educación Pública para centralizar el sistema educativo. Desde entonces, varias reformas buscaron ampliar la cobertura educativa, mejorar la calidad, desconcentrar la administración, y cambiar los enfoques teóricos de la enseñanza, influenciados por teorías como la cognitiva, constructivista y sociocultural. La reforma más
Linea del tiempo sobre la evolución del sistema educativo en México. importancia de conocer los acontecimientos durante el trayecto de la educación con la finalidad de generar un aprendizaje sobre la historia de esta menara podemos observar los procesos que se han generado durante los acontecimientos y sus relaciones con el tiempo histórico.
PERFIL, PARÁMETROS E INDICADORES PARA DOCENTES DE EDUCACIÓN BÁSICA.ma072001
Este documento presenta los perfiles, parámetros e indicadores de desempeño para docentes y técnicos docentes de educación básica en México para el ciclo escolar 2018-2019. Incluye perfiles generales para docentes de educación preescolar, primaria y secundaria, así como perfiles específicos para educación indígena, educación especial, educación física, telesecundaria y segundas lenguas. También presenta parámetros e indicadores complementarios para evaluar distintas asignaturas. El objetivo es definir los
La Supervisión en Educación, constituye una de las herramientas de un Sistema Educativo, es la que se
encarga del mejoramiento permanente del proceso de enseñanza aprendizaje, para el logro de los objetivos
y metas del mismo, a través de acciones orientadas, evaluativas y sistemáticas, con la aplicación de técnicas
innovadoras, científicas, creativas y desarrollo de la investigación junto al perfeccionamiento continuo
dirigido a los docentes.
Historia - cuadro comparativo sobre la educación en MéxicoSol Salinas
El documento presenta un cuadro comparativo sobre la historia de la educación en México a través de las distintas épocas. Describe lo que se enseñaba, su finalidad, quiénes enseñaban, las características de la enseñanza, las instituciones educativas existentes y los recursos utilizados en cada periodo, incluyendo la época prehispánica, colonial, de la independencia, porfiriato, posrevolucionaria y contemporánea.
Importancia de la ley general de la educaciónFeer Garciia
La Ley General de Educación de 1993 buscó modernizar el sistema educativo mexicano para satisfacer las necesidades de una sociedad en cambio. La ley estableció principios como la equidad educativa, salarios profesionales para maestros, y condiciones para garantizar el derecho a la educación. El presidente Vicente Fox propuso una educación pública, laica, gratuita y de calidad para todos los mexicanos, enfatizando valores como la justicia, libertad y respeto a los derechos humanos.
Este documento resume la historia de la educación en México desde la época prehispánica hasta el periodo de la Revolución Mexicana. En la época prehispánica, la educación tenía como objetivo el culto a los dioses y su función dependía de la clase social. En la época colonial, la educación buscaba imponer la nueva fe católica y las costumbres españolas. Tras la independencia de México, la educación buscaba formar nuevos ciudadanos leales al estado mexicano. Durante el porfiriato se
Antecedentes de la planeacion educativa en méxicoAde Aparicio
Entre 1978 y 1980, México implementó varias reformas para mejorar la planeación y evaluación de la educación superior, incluyendo la creación de la Coordinación Nacional para la Planeación de la Educación Superior (CONPES) y el Sistema Nacional de Planeación Permanente de la Educación Superior (SINAPPES). Estas reformas ayudaron a aumentar la oferta educativa y mejorar las instalaciones de investigación en las universidades.
El documento describe la evolución del sistema educativo mexicano desde la independencia hasta la actualidad. Inicialmente, la educación estaba a cargo de los estados, pero tras la constitución de 1917 el gobierno federal asumió un mayor peso creando la Secretaría de Educación Pública en 1921. En las décadas siguientes se impulsaron diversas políticas educativas y campañas de alfabetización para consolidar el sistema educativo.
Este documento presenta la evaluación curricular de C.P.A. Moisés Francisco Hernández Cobos. Describe los criterios de evaluación, que incluyen exámenes, participación, tareas y asistencia. Además, detalla los cinco bloques temáticos que comprenden la evaluación de objetivos curriculares, fundamentos para la evaluación del plan de estudios, criterios en la evaluación de cartas descriptivas, diversos sistemas de evaluación e integración del informe final. Finalmente, recuerda la definición de currículum.
la política educativa en tiempos de Vicente FoxMaggyVL1
La política en los tiempos de Vicente Fox es muy importante ya que hubo momentos de gran auge en nuestro país, en esta presentación se verán reflejadas
Este documento establece las directrices para la constitución y operación de los Consejos Escolares de Participación Social en las escuelas públicas de educación básica. Los Consejos estarán integrados por padres de familia, maestros, directivos y otros miembros de la comunidad interesados. Tendrán la función de apoyar las actividades escolares, promover la participación comunitaria, y vigilar el uso adecuado de los recursos. Deberán reunirse periódicamente y rendir informes sobre sus actividades y el manejo financiero ante
Este documento describe los propósitos de la asignatura de Ciencias I con énfasis en Biología. Los objetivos son que los estudiantes amplíen su concepción de la ciencia y sus procesos, valoren de forma crítica sus contribuciones al mejoramiento de la calidad de vida y al desarrollo de la sociedad, y adquieran herramientas de aprendizaje relacionadas con la reflexión crítica, el análisis de conocimientos a través de diversos medios, el cuidado de la salud y el ambiente, y la participación en
El documento describe los objetivos y propósitos de un curso de Ciencias I para estudiantes de secundaria con énfasis en Biología. El curso busca fortalecer las habilidades, valores, actitudes y conceptos básicos de los estudiantes para que puedan comprender conceptos científicos fundamentales y aplicar el método científico para resolver problemas.
Este documento describe el Programa para la Inclusión y la Equidad Educativa de la SEP, cuyo objetivo es mejorar la capacidad de las escuelas públicas para generar condiciones de inclusión y equidad en la educación básica, mediante el fortalecimiento de la gestión escolar y la participación de la comunidad, con énfasis en niños en riesgo de exclusión. El programa tiene cobertura nacional y apoyará a escuelas públicas de educación básica a través de asesoría y recursos transferidos a estados.
Este acuerdo establece las normas generales para la evaluación, acreditación, promoción y certificación en la educación básica en México. Define los componentes y procesos de evaluación, y establece los criterios y documentos requeridos para acreditar asignaturas, grados y niveles educativos. Además, determina las responsabilidades de autoridades educativas, docentes y padres de familia en el proceso de evaluación continua y apoyo a los estudiantes.
En la presentación podemos ver los artículos del acuerdo 716 referentes específicamente a los consejos escolares. No se incluye información de los consejos municipales ni estatales
El documento establece la articulación de la educación básica en México a través de un plan y programas de estudio comunes para preescolar, primaria y secundaria, con el objetivo de desarrollar competencias para la vida de los estudiantes y lograr un perfil de egreso definido. Se basa en reformas anteriores y tiene como fin mejorar la calidad de la educación para responder a las necesidades del siglo XXI.
Este documento presenta orientaciones para activar la participación social en las escuelas de educación básica en México. Explica la importancia de la participación social en la educación y los consejos de participación social en las escuelas, incluyendo el Consejo Escolar de Participación Social. También describe cómo los padres de familia y maestros pueden colaborar como un binomio para mejorar la educación en el aula y la escuela. El objetivo final es promover una educación de mayor calidad, pertinencia y equidad a través de la corresponsabilidad entre
El documento establece las normas generales para la evaluación, acreditación, promoción y certificación en la educación básica de acuerdo al Acuerdo 696 publicado en 2013. El acuerdo deroga acuerdos anteriores y establece disposiciones como el Reporte de Evaluación para comunicar los resultados a padres, la aplicación de exámenes finales, el cálculo de promedios, mecanismos de alerta para estudiantes en riesgo y exámenes de recuperación.
Este documento establece lineamientos para la coordinación estatal de asesoría y seguimiento educativo en México. Su objetivo es vincular didácticamente todos los niveles de educación básica mediante programas basados en estándares curriculares. Describe el proceso de elaboración de los planes de estudio, los principios pedagógicos, competencias y estándares curriculares que deben cumplir los estudiantes al egresar de la educación básica.
Este documento presenta los programas de estudio 2011 para la educación básica secundaria en ciencias. Incluye la introducción, los propósitos del estudio de las ciencias naturales y en la educación secundaria, los estándares curriculares de ciencias, el enfoque didáctico y la organización de los aprendizajes para primero, segundo y tercer grado de secundaria.
El Acuerdo 717 establece lineamientos para fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas de educación básica. Los lineamientos buscan que las escuelas se centren en el aprendizaje de los alumnos y no en atender otras demandas. También apuntan a que las autoridades educativas apoyen a las escuelas con recursos y aligeren su carga administrativa, para que puedan enfocarse en mejorar los procesos educativos.
Este documento proporciona recomendaciones para mejorar las habilidades de los estudiantes en diversas áreas como las emociones, la lectura, las matemáticas, las ciencias naturales, la geografía, la historia y las artes. Se enfoca en desarrollar valores, habilidades de pensamiento crítico, autonomía y participación democrática.
El documento presenta 11 principios para mejorar la calidad de la educación. 1) Centrarse en los estudiantes y sus procesos de aprendizaje. 2) Planificar teniendo en cuenta los aprendizajes esperados y cómo aprenden los estudiantes. 3) Generar ambientes de aprendizaje apropiados. 4) Trabajar en colaboración entre estudiantes y docentes. 5) Enfocarse en el desarrollo de competencias y logro de estándares. 6) Usar materiales educativos para apoyar el aprendizaje. 7) Evaluar con
Enfoques de los programas de estudio de educación primaria 2011Salvador Quevedo
Los programas de estudio de educación primaria de 2011 enfatizan enfoques basados en situaciones de la vida real y problemas para las distintas asignaturas. Estos enfoques incluyen el uso de prácticas sociales del lenguaje en español, la resolución colaborativa de problemas matemáticos, y métodos activos en ciencias naturales, geografía e historia.
Este documento describe los principios pedagógicos que sustentan el Plan de Estudios 2011. Estos principios incluyen centrarse en los estudiantes y reconocer la diversidad, planificar para potenciar el aprendizaje generando ambientes colaborativos, poner énfasis en el desarrollo de competencias y lograr los estándares curriculares, usar materiales educativos, evaluar para aprender, favorecer la inclusión, incorporar temas de relevancia social, renovar el pacto entre estudiantes, docentes y familias, y
1 ley general del servicio profesional docente 1Kity Cano
Este documento presenta los antecedentes y disposiciones generales de la Ley General del Servicio Profesional Docente en México. Define los sujetos de la ley y las atribuciones de las autoridades educativas federales, estatales y locales. Establece los propósitos del Servicio Profesional Docente para garantizar la idoneidad de conocimientos y capacidades del personal docente a través de mecanismos de ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia.
Este documento establece las disposiciones generales de la Ley del Servicio Profesional Docente en México. Define el objeto y sujetos de la ley, así como las competencias del Instituto para regular la evaluación y capacitación de docentes. También describe los propósitos del servicio profesional docente, incluyendo mejorar la calidad educativa y asegurar la idoneidad de docentes a través de evaluaciones.
Este documento presenta la Ley General del Servicio Profesional Docente en México. Establece los criterios y condiciones para el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia del personal docente y directivo en educación básica y media superior. Define los roles del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, las autoridades educativas locales y los organismos descentralizados en los procesos de evaluación y desarrollo profesional del personal educativo.
La reforma educativa en México introdujo cambios a la constitución para establecer que la evaluación determinará el ingreso, permanencia y ascenso de los maestros. Se creó el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y se presentó una iniciativa de reforma educativa en 2012. La reforma incluye la creación de un servicio profesional docente basado en evaluaciones, fortalecimiento de la autonomía de las escuelas, y un sistema nacional de evaluación educativa independiente.
Este documento presenta la Ley General del Servicio Profesional Docente en México. Establece el marco normativo para el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia del personal docente en educación básica y media superior. Define los términos clave relacionados y distribuye las competencias entre la Secretaría de Educación Pública, el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y las autoridades educativas locales.
La Ley General del Servicio Profesional Docente establece los criterios y términos para el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia en el servicio docente. Define los perfiles, parámetros e indicadores de calidad educativa y desempeño docente. Establece que la evaluación docente debe ser formativa y continua, y que los docentes con bajo desempeño deben someterse a programas de mejora antes de poder ser dados de baja.
La ley establece el marco normativo para el Servicio Profesional Docente en educación básica y media superior en México. Regula los criterios e indicadores para el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia del personal docente. También busca asegurar la transparencia y rendición de cuentas, así como promover la formación continua y evaluación del desempeño docente para mejorar la calidad educativa.
Este documento presenta un resumen de la Ley General del Servicio Profesional Docente en México. Establece los criterios y procedimientos para el ingreso, promoción y evaluación del personal docente. Regula aspectos como los perfiles requeridos, los procesos de evaluación, la capacitación continua y los incentivos. Distribuye competencias entre el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y otras autoridades educativas. El objetivo es garantizar una educación de calidad mediante un servicio docente idóneo y comprometido con el aprendizaje
Este documento describe la Ley General del Servicio Profesional Docente en México. Establece los criterios y condiciones para el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia en el servicio docente. Define los sujetos del servicio profesional docente y distribuye las competencias entre el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y las autoridades educativas locales. Describe los propósitos del servicio profesional docente como mejorar la calidad educativa y garantizar la idoneidad de los docentes. Explica los procesos de evaluación interna, ing
Presentacion ley de servicio profesional docente yuuki_88
Este documento presenta la Ley de Servicio Profesional Docente de México. Resume los objetivos principales de la ley, que son fortalecer la educación pública, institucionalizar el servicio profesional docente, establecer reglas claras para el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia de los maestros, y establecer condiciones para el desarrollo profesional de los maestros. También describe brevemente los procesos de ingreso a la educación básica y media superior, incluyendo los requisitos de convocatoria
La ley general del servicio profesional docente tiene tres objetivos principales: 1) regular el servicio profesional docente en educación básica y media superior, 2) regular los derechos y obligaciones derivados del servicio profesional docente, y 3) asegurar la transparencia y rendición de cuentas en el servicio profesional docente. El documento discute estos objetivos y proporciona ejemplos de cómo se aplican en la Escuela Primaria Carlos Fuentes Macías.
Este documento presenta una propuesta de resolución para aprobar el sistema de evaluación de estudiantes en una institución educativa. El documento establece los fundamentos legales del sistema de evaluación, define conceptos como evaluación, competencia y desempeño, y describe las responsabilidades de la institución educativa y los derechos de los estudiantes y padres en relación con el sistema de evaluación. El consejo directivo de la institución considera aprobar este sistema de evaluación que forma parte de su proyecto educativo institucional.
Propuesta Evaluacion O Decreto 1290[1][1]guest0f296b
Este documento propone un sistema de evaluación de estudiantes para una institución educativa. Establece que el consejo directivo es responsable de aprobar el sistema de evaluación y que este debe incluir criterios de evaluación, promoción de estudiantes, estrategias de apoyo, y procesos para atender reclamos. También define los derechos y responsabilidades de los estudiantes, padres y la institución en relación con la evaluación. Finalmente, establece los objetivos, ámbitos y características de la evaluación de estudiantes en la institución
El documento describe 3 leyes clave de la reforma educativa en México: 1) La Ley General de Educación establece la autonomía de gestión escolar, gratuidad de la educación, y escuelas de tiempo completo. 2) La Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación crea un organismo para coordinar la evaluación del sistema educativo. 3) La Ley General del Servicio Docente regula el ingreso, promoción y evaluación del personal docente con el fin de mejorar la calidad educativa.
Este documento establece las disposiciones generales para el Servicio Profesional Docente en México. Define objetivos como establecer las bases para el desarrollo profesional del personal docente y determinar los criterios para la evaluación obligatoria para el ingreso, promoción y permanencia. Incluye definiciones clave como Personal Docente y establece atribuciones para el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.
Este documento establece las disposiciones generales para el Servicio Profesional Docente en México. Define objetivos como establecer las bases para el desarrollo profesional del personal docente y determinar los criterios para la evaluación obligatoria para el ingreso, promoción y permanencia. Describe los principios de mejora de la práctica docente, evaluación del desempeño, y programas de reconocimiento y promoción basados en el mérito.
El documento presenta información sobre el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (SINEACE) en Perú. Describe los procesos de autoevaluación, evaluación externa y acreditación, así como los organismos operadores encargados de llevarlos a cabo en los diferentes niveles educativos. También resalta la importancia de mejorar la calidad de la educación peruana y cumplir con estándares nacionales e internacionales.
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Promoción en la función por Incentivos en Educ. Básica.Norberto Cota
El objetivo fundamental es contribuir y mejorar el conocimiento y comprensión del Programa por parte del personal con funciones docentes, técnico-docentes, de dirección, supervisión y asesoría técnica pedagógica interesado en participar en él, así como de aquellos vinculados con su operación en las entidades federativas
Con la finalidad de fortalecer la difusión del programa de Promoción en la Función por Incentivos, que sustituye a Carrera Magisterial, entre el Magisterio de Educación Básica, se presenta este curso-taller.
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Ley general del servicio profesional docente resumen
1. Ley general del servicio
profesional docente
Resumen by
www.alexduve.blogspot.com
2. Contenido de la iniciativa
La iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal y remitida ante la Comisión para su análisis y
elaboración del dictamen correspondiente, tiene por objeto crear un ordenamiento
jurídico, reglamentario de la fracción 111 del artículo 3o. de la Constitución, para regular
el servicio profesional docente en la educación básica y media superior, establecer los
perfiles, parámetros e indicadores del servicio profesional docente; regular los derechos,
obligaciones y sanciones derivados de dicho servicio; asegurar la transparencia y
rendición de cuentas en el servicio.
Establecer los criterios, términos y condiciones para el ingreso, la promoción en el
reconocimiento y la permanencia en el servicio.
Establecer los propósitos del servicio profesional docente, como son: mejorar la calidad
de la educación; mejorar la práctica profesional mediante la evaluación en las escuelas;
asegurar la idoneidad de los conocimientos y capacidades del personal docente.
En esta Iniciativa se considera que la evaluación interna debe ser una actividad
permanente, de carácter formativo y tendiente al mejoramiento de la práctica
profesional de los docentes y al avance continuo de la escuela y de la zona escolar;
tarea que concierne al director y a los docentes de cada escuela.
3. Contenido de la iniciativa
La evaluación obligatoria realizada sobre bases justas, objetivas y transparentes
será una parte central en este cambio. Iniciativa también prevé el
procedimiento para la imposición de sanciones, las cuales se aplicarán sin
perjuicio de las previstas en otras disposiciones legales, reglamentarias o
administrativas.
Establece condiciones y apoyos que favorecen el desarrollo profesional de
cada maestro, al tiempo que estimula su superación, capacitación y el
reconocimiento del valor de sus aportaciones.
Esta iniciativa recoge opiniones de maestros, autoridades, expertos y
representantes de la sociedad, así como experiencias internacionales,
favoreciendo que la evaluación integral, aporte una base al Servicio
Profesional, pero que éste cuente también en su organización, con los
principios de legalidad, certeza, imparcialidad, objetividad, y transparencia.
4. Contenido de la iniciativa
La Ley del Servicio Profesional Docente busca regular un sistema que
acompaña por etapas, la trayectoria de los docentes, desde su ingreso y
aspiración inicial hasta la obtención de estatus de permanencia,
destacando el desarrollo profesional y la evaluación como ejes principales,
con el objetivo de consolidar la educación de calidad y los espacios de
desarrollo y crecimiento del profesorado.
El Proyecto de Decreto contenido en el presente dictamen, prevé un
impacto o afectación presupuestal 28.3 miles de millones de pesos
conforme a dictamen de esa Dependencia.
5. Artículo Único.- Se expide la Ley General del Servicio Profesional Docente.
TÍTULO PRIMERO
Disposiciones Generales
CAPÍTULO I
Objeto, Definiciones y Principios
Artículo 1. La presente Ley es reglamentaria de la fracción III del artículo
3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, rige el
Servicio Profesional Docente y establece los criterios, los términos y
condiciones para el Ingreso, la Promoción, el Reconocimiento y la
Permanencia en el Servicio.
La presente Ley no será aplicable a las universidades.
Artículo 2. Esta Ley tiene por objeto: I. Regular el Servicio Profesional
Docente en la Educación Básica y Media Superior; II. Establecer los perfiles,
parámetros e indicadores del Servicio Profesional docente; III. Regular los
derechos y obligaciones derivados del Servicio Profesional Docente, y IV.
Asegurar la transparencia y rendición de cuentas en el Servicio Profesional
Docente.
6. Artículo Único.- Se expide la Ley General del Servicio Profesional Docente.
TÍTULO PRIMERO
Disposiciones Generales
CAPÍTULO I
Objeto, Definiciones y Principios
Artículo 3. Son sujetos del Servicio que regula ésta Ley los docentes, el personal
con funciones de dirección y supervisión en la Federación, los estados, el
Distrito Federal y municipios, así como los asesores técnico pedagógicos, en la
Educación Básica y Media Superior que imparta el Estado.
Artículo 4. Para los efectos de la presente Ley se entenderá por:
Este artículo define lo que es un actualización, aplicador, autoridades
educativas, capacitación, los niveles de educación, escuela, evaluación,
evaluador, formación, incentivos, ingreso, instituto, ley, marco general de una
educación de calidad, nombramiento: provisional, por tiempo fijo y definitivo,
organismo descentralizado, permanencia en el servicio, personal con
funciones de dirección, personal con funciones de supervisión, personal
docente, personal docente con funciones de ATP, personal técnico docente,
promoción, reconocimiento, secretaría, servicio de asistencia técnica a la
escuela, servicio profesional docente o servicio.
7. Artículo Único.- Se expide la Ley General del Servicio Profesional Docente.
TÍTULO PRIMERO
Disposiciones Generales
CAPÍTULO I
Objeto, Definiciones y Principios
Artículo 5. En la aplicación y vigilancia del cumplimiento de esta Ley se
deberán observar los principios de legalidad, certeza, imparcialidad,
objetividad y transparencia.
Artículo 6. En la aplicación de la Ley y demás instrumentos que deriven de
ella, las autoridades deberán promover, respetar, proteger y garantizar el
derechos de los niños y los educandos a recibir una educación de
calidad…
8. CAPÍTULO II
De la Distribución de Competencias
Artículo 7. En materia del Servicio Profesional Docente, para la Educación
Básica y Media Superior, corresponden al Instituto las atribuciones
siguientes:
1. Definir en conjunto con la Secretaría en programas anuales y de mediano
plazo los procesos de evaluación.
2. Realizar la programación de los procesos de evaluación obligatoria
3. Concursos de oposición para ingreso y promoción docente.
4. Las demás evaluaciones que consideren necesarias.
5. Determinar niveles para ejercer: docencia, funciones de dirección y
supervisión.
9. CAPÍTULO II
De la Distribución de Competencias
Artículo 7. En materia del Servicio Profesional Docente, para la Educación
Básica y Media Superior, corresponden al Instituto las atribuciones
siguientes:
6. Llevar acabo pruebas de validación.
7. Autorizar parámetros e indicadores para el ingreso, promoción,
permanencia y su caso reconocimiento.
8. Autorizar etapas, aspectos y métodos que comprenderán los procesos de
evaluación obligatorios.
9. Autorizar los instrumentos de evaluación
10.Capacitar a los evaluadores y certificarlos
10. CAPÍTULO II
De la Distribución de Competencias
Artículo 7. En materia del Servicio Profesional Docente, para la Educación
Básica y Media Superior, corresponden al Instituto las atribuciones
siguientes:.
11.Vigilar los procesos de evaluación y determinar las partes de los mismos.
12.Establecer mecanismo mediante los cuales organismos no
gubernamentales y padres de familia participaran como observadores de
los procesos de evaluación
13.Difundir los resultados de la evaluación, así como los lineamientos a los
cuales esta se ajustará y al mismo tiempo declararlos nulos sino se cumplen
dichos lineamientos.
11. CAPÍTULO II
De la Distribución de Competencias
Artículo 8. En el ámbito de la Educación Básica corresponden a las
Autoridades Educativas Locales las atribuciones siguientes:
1. Someter a consideración de la Secretaría los perfiles, parámetros e
indicadores para el ingreso, promoción, permanencia y reconocimiento.
2. Seleccionar capacitadores de los evaluadores.
3. Convocar a concurso de oposición para el ingreso a la función de
docente, dirección o de supervisión.
4. Participar en los procesos de evaluación del desempeño docente,
dirección o de supervisión.
5. Calificar las etapas de los procesos de evaluación.
12. CAPÍTULO II
De la Distribución de Competencias
Artículo 8. En el ámbito de la Educación Básica corresponden a las Autoridades
Educativas Locales las atribuciones siguientes:
6. Operar y diseñar programas de reconocimientos para docentes, directores y
supervisores.
7. Ofrecer programas y curos para la formación continua de docentes, directores
y supervisores.
8. Operar el servicio de Asistencia Técnica a la Escuela.
9. Ofrecer programas de regularización y de liderazgo
10. Emitir lineamientos para la elección de personal
11. Administrar la asignación con estricto apedo al orden establecido de mayor a
menor.
13. CAPÍTULO II
De la Distribución de Competencias
Artículo 8. En el ámbito de la Educación Básica corresponden a las
Autoridades Educativas Locales las atribuciones siguientes:
12.Celebrar convenios con instituciones publicas para que participen en la
realización de concurso de oposición y evaluación obligatoria.
13.Proponer a la Secretaría los requisitos y perfiles para ingreso, promoción,
permanencia y reconocimiento.
14.Determinar, dentro de la estructura ocupacional autorizada, qué puestos
del Personal Técnico Docente formarán parte del Servicio Profesional
Docente;
14. CAPÍTULO II
De la Distribución de Competencias
Artículo 9. En el ámbito de la Educación Media Superior corresponden a las
Autoridades Educativas y a los Organismos Descentralizados, respecto de las
escuelas a su cargo, las atribuciones siguientes:
Es básicamente los mismo que a la educación básica
Artículo 10. Corresponden a la Secretaría las atribuciones siguientes:
1. Participar en el programa anual en el cual se llevarán los procesos de
evaluación.
2. Determinar el perfil para el ingreso, promoción, permanencia y
reconocimiento.
3. Proponer etapas, aspectos y métodos para los procesos de evaluación
obligatoria.
15. CAPÍTULO II
De la Distribución de Competencias
Artículo 10. Corresponden a la Secretaría las atribuciones siguientes:
4. Aprobar convocatorias
5. Emitir ios lineamientos generales de los programas de Reconocimiento,
Formación Continua, de Desarrollo de Capacidades, de Regularización y de
Desarrollo de Liderazgo y Gestión;.
Artículo 11. Las Autoridades Educativas y los Organismos Descentralizados
deberán coadyuvar con el Instituto en la vigilancia de los procesos de
evaluación desarrollados en el marco del Servicio. En caso de irregularidades,
el Instituto determinará las medidas que estime pertinentes para asegurar la
debida realización de la evaluación respectiva. Las Autoridades Educativas y
los Organismos Descentralizados deberán ejecutar las medidas correctivas que
el Instituto disponga.
16. TÍTULO SEGUNDO
De! Servicio Profesional Docente
CAPÍTULO I
De los Propósitos del Servicio
Artículo 12. Las funciones docentes, de dirección de una Escuela o de
supervisión de la Educación Básica y Media Superior impartida por el Estado y
sus Organismos Descentralizados deberán orientarse a brindar educación de
calidad y al cumplimiento de sus fines. Quienes desempeñen dichas tareas
deben reunir las cualidades personales y competencias profesionales que
garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos, conforme a los
perfiles, parámetros…
Artículo 13. El Servicio Profesional Docente tiene los propósitos siguientes:
1. Mejorar la inclusión y diversidad, la calidad de la educación y el cumplimientos
de sus fines.
2. Mejorar la práctica profesional mediante la evaluación.
3. Estimular el reconocimiento de la labor docente mediante opciones de
desarrollo profesional;
17. TÍTULO SEGUNDO
De! Servicio Profesional Docente
CAPÍTULO I
De los Propósitos del Servicio
Artículo 13. El Servicio Profesional Docente tiene los propósitos siguientes:
4. Asegurar un nivel suficiente en los docentes, directores y supervisores.
5. Otorgar apoyos necesarios para que el docente desarrolle sus fortalezas y
supere sus debilidades.
6. Garantizar la formación, capacitación y actualización continua.
7. Desarrollar un programa de estímulos e incentivos.
18. TÍTULO SEGUNDO
De! Servicio Profesional Docente
CAPÍTULO I
De los Propósitos del Servicio
Artículo 14. Para alcanzar los propósitos del Servicio Profesional Docente
deben desarrollarse perfiles, parámetros e indicadores que sirvan de
referente para la buena práctica profesional. Para tal efecto, es necesario
que los perfiles, parámetros e indicadores permitan, al menos, lo siguiente:
1. Contar con un marco genera de educación de calidad.
2. Definir los aspectos que abarcan las funciones de docente, director y
supervisor.
3. Identificar las características básicas del desempeño del personal del
servicio profesional docente en diferentes contextos.
4. Considera el aprovechamiento del tiempo escolar (cumplimiento de
calendario).
5. Establecer niveles de competencia.
19. CAPÍTULO II
De la Mejora de la Práctica Profesional
Artículo 15. La evaluación interna deberá ser una actividad permanente,
de carácter formativo y tendiente al mejoramiento de la práctica
profesional de los docentes y al avance continuo de la Escuela y de la
zona escolar. (Dicha evaluación será bajo el cargo del director)
Artículo 16. Para el impulso de la evaluación interna en las escuelas y zonas
escolares, las Autoridades Educativas y los Organismos Descentralizados
deberán:
1. Ofrecer programas de desarrollo de capacidades para la evaluación.
2. Organizar en las escuelas tiempos de intercambio (experiencias,
proyectos, etc.)
20. CAPÍTULO II
De la Mejora de la Práctica Profesional
Artículo 17. El Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela apoyará a los docentes en la
práctica de la evaluación Interna, así como en la interpretación y uso de las evaluaciones
externas. Este servicio se brindará a solicitud de los docentes, del director o cuando la
Autoridad Educativa o el Organismo Descentralizado determinen que una Escuela
requiere de algún apoyo específico.
Artículo 18. El Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela será brindado por Personal con
Fundones de Dirección o Supervisión y por Personal Docente con Funciones de Asesor
Técnico Pedagógico.
Artículo 19, En la Educación Básica la prestación del Servicio de Asistencia Técnica a la
Escuela deberá ajustarse a los lineamientos generales que emita la Secretaría.
Artículo 20. Los resultados de la evaluación interna deberán dar lugar al establecimiento
de compromisos verificables de mejora. En ningún momento podrán ser causal de
procedimientos de sanción ni tener consecuencias administrativas o laborales.
21. CAPÍTULO III
Del Ingreso al Servicio
Artículo 21- El Ingreso al Servicio en la Educación Básica y Media Superior
que imparta el Estado y sus Organismos Descentralizados, se llevará a
cabo mediante concursos de oposición…
I. Para el Ingreso al Servicio en la Educación Básica:
1. Los concursos serán públicos y las convocatorias serán con anticipación
suficiente y describirán el perfil que deberán reunir los aspirantes. (Para la
educación media superior es prácticamente lo mismo).
Artículo 22-EL ingreso a una plaza de docente dará nombramiento a un
periodo de inducción de dos años, con acompañamiento de un tutor,
donde serán evaluados anualmente.
Si se incumple en el período de inducción, con la obligación de la
evaluación o presenta insuficiencia será despedido.
22. CAPÍTULO III
Del Ingreso al Servicio
Artículo 23-. Podrán asignar plazas que queden vacantes conforme a los
siguiente:
1. Con apego al puntaje obtenido de mayor a menos
2. De manera extraordinaria cuando se hubiera agotado el procedimiento
anterior.
Artículo 24- Podrán participar todas las personas que cumplan con el perfil.
Artículo 22-. Perderán el derecho aquellos que se beneficien, participen,
autoricen o efectúen algún pago.
23. CAPITULO IV
De la promoción a cargos funciones de dirección
y de supervisión
Artículo 26-. La promoción se realizará mediante concurso de oposición
en la educación media superior…
Para la educación básica:
1. Los concursos serán públicos y las convocatorias describirán el perfil.
Artículo 27-. En educación básica la promoción con funciones de
dirección tendrá un nombramiento sujeto a período de inducción, durante
el cual se deberán cursar programas de liderazgo y gestión escolar.
El personal que incumpla volverá a funciones de docente.
Artículo 28-. En educación media superior la promoción con funciones de
director será de tiempo fijo. Las autoridades determinarán el tiempo. Al
igual deberá tomar cursos y sino regresar como docente. Podrá ser
renovable)
24. CAPITULO IV
De la promoción a cargos funciones de dirección
y de supervisión
Artículo 29-. En la educación básica la promoción a una plaza de supervisor
dará lugar a un nombramiento definitivo. También deber participar en
procesos de formación.
Artículo 30-. En educación media superior la promoción con funciones de
supervisor será de tiempo fijo. Las autoridades determinarán el tiempo. Al igual
deberá tomar cursos y sino regresar como docente. (Podrá ser renovable).
Artículo 31-. En educación media superior podrán cubrir las plazas con
funciones de dirección o de supervisión cuando por las necesidades del
servicio no deban permanecer vacantes, los nombramientos serán por tiempo
fijo; soló podrán ser otorgados a docentes en servicio por el tiempo remanente
hasta la conclusión del ciclo escolar correspondiente, dicha plaza se deberá
concursar al siguiente ciclo escolar inmediato.
Artículo 31-. Será nulo de beneficio los que realicen malas prácticas para
obtener este beneficio así como su debida sanción.
25. CAPITULO IV
De la promoción a cargos funciones de dirección
y de supervisión
Artículo 33-. Las autoridades educativas y los Organismos Descentralizados
observarán en la realización de los concursos el cumplimiento de los
principios que refiere esta ley.
26. CAPITULO V
De la Promoción en la Función
Artículo 34-. El capítulo tiene por objeto regular las distintas promociones.
Artículo 35-. La promoción del personal a que se refiere el presente capítulo no
implicara un cambio de función y podrá ser permanente o temporal con
posibilidad de hacerse permanente.
Artículo 36-. Deberán incluir los siguientes criterios.
1. Abarcar diversos aspectos que motiven al docente o personal docente con
funciones de dirección y de supervisión.
2. Considerar incentivos temporales o permanentes.
3. Ofrecer mecanismo de acceso al desarrollo profesional.
4. Fomentar el mejoramiento en el desempeño para lograr el máximo logro de
aprendizaje en los educandos.
5. Garantizar la idoneidad de conocimientos, capacidades y aptitudes
necesarias en relación al perfil requerido.
27. CAPITULO V
De la Promoción en la Función
Artículo 37-. Las autoridades educativas locales operarán, conforme a las
reglas que emita la Secretaría para el personal que la educación básica
realiza funciones pueda obtener incentivos adicionales permanentes o
temporales, sin que esto implique cambio de función.
La participación en ese programa será voluntario e individual. Tendrá la
posibilidad de incorporarse o promoverse si cubre los requisitos.
Artículo 38-. Serán beneficiarios al programa a que se refiere el artículo
anterior quienes:
1. Destaquen en los procesos de evaluación, se sometan a procesos de
evaluación adicionales y reúnan las condiciones que establezcan en el
programa.
28. CAPITULO V
De la Promoción en la Función
Artículo 39-. Se establecerá un nivel de acceso y los sucesivos niveles de
avance, de acuerdo a lo autorizado por la Secretaría y se especificarán
los incentivos que correspondan a cada nivel.
Los beneficios del programa tendrán una vigencia de hasta 4 años
cuando se trate de incorporación al primer nivel. Para confirmar el nivel o
ascender al siguiente, el beneficiario deberá obtener en los procesos de
evaluación resultados iguales o superiores a los que para esto determine el
Instituto.
Una vez alcanzado un segundo nivel o sucesivos niveles, la vigencia de los
beneficios del nivel que corresponda será hasta 4 años, pero los beneficios
del nivel anterior serán permanentes.
Artículo 40-. Será nulo de derecho a los tramposos.
29. CAPÍTULO VI
De otras Promociones en el Servicio
Artículo 41-. El nombramiento como Personal Docente con Funciones de
ATP será considerado como una promoción de carácter inicial. La
selección será por concurso de oposición. El personal seleccionado estará
sujeto a período de inducción de dos años interrumpidos, a cursos de
actualización y evaluación.
Durante la inducción recibirá incentivos temporales y continuará con su
plaza de docente. En caso de cumplir con todos los requisitos podrá tener
un nombramiento definitivo.
Artículo 42-. En la educación básica y media superior la asignación de
horas adicionales será considerada una promoción y los docentes
deberán:
1. Reunir el perfil y realizar una evaluación.
30. CAPÍTULO VI
De otras Promociones en el Servicio
Artículo 43-. En la educación básica y media superior podrán establecer
otros programas de promoción que premien el merito y que sustenten en
el desempeño.
Artículo 44-. Serán nulas de pleno de derecho a los tramposos.
31. CAPÍTULO VII
Del Reconocimiento en el Servicio
Artículo 45-. El personal que destaque será objeto de reconocimiento.
Los programas de reconocimiento para docentes en servicio deben:
1. Reconocer y apoyar al docente o al equipo de docentes.
2. Considerar incentivos temporales o por única vez,
3. Ofrecer mecanismos de desarrollo.
Artículo 46-. Las Autoridades Educativas y los Organismos Descentralizados
podrán otorgar otros reconocimientos en función de la evaluación del
desempeño docente y de quienes realizan funciones de dirección y
supervisión.
32. Capítulo VII
De la permanencia en el Servicio
Artículo 47. Las Autoridades Educativas y los Organismos Descentralizados
deberán evaluar el desempeño docente y de quienes ejerzan funciones de
dirección o de supervisión.
Las evaluaciones a que se refiere el párrafo anterior serán obligatorias. El Instituto
determinará la periodicidad de las evaluaciones, considerando por lo menos una
evaluación cada cuatro años y vigilará su cumplimiento.
Los Evaluadores que participen en la evaluación del desempeño deberán estar
certificados por el Instituto.
Artículo 48. Cuando en la evaluación a que se refiere este Capítulo se identifique
la insuficiencia en el nivel de desempeño de la función respectiva, el personal de
que se trate deberá incorporarse a los programas de regularización. Dichos
programas incluirán el esquema de tutoría correspondiente. El personal deberá
sujetarse a una segunda evaluación en un plazo no mayor de doce meses
después de la evaluación inicial.
33. Capítulo VII
De la permanencia en el Servicio
De ser insuficientes los resultados en la segunda evaluación, el evaluado deberá
reincorporarse a los programas de regularización para sujetarse a una tercera
evaluación que se llevará a cabo en un término no mayor de doce meses.
Quien no se incorpore a los programas de regularización o no alcance un
resultado suficiente en la tercera evaluación que se le practique, será separado
del servicio público sin responsabilidad para la Autoridad Educativa o el
Organismo Descentralizado, según corresponda.
Lo dispuesto en el párrafo anterior será sin perjuicio de las causas de separación
del servicio público previstas en otros ordenamientos relacionados con el
incumplimiento de las obligaciones inherentes al cargo.
Artículo 49. Para la Educación Básica, los programas de regularización serán
definidos de conformidad con los lineamientos generales que la Secretaría expida.
34. Título Tercero
De los Estándares
Capítulo I
De los estándares en la Educación Básica
Artículo 50. En el ámbito de la Educación Básica que imparta el Estado y a
solicitud del Instituto, la Secretaría deberá proponer:
1. Estándares para el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia.
2. Las etapas.
3. Los procesos y los instrumentos idóneos.
4. El perfil y los criterios de selección.
35. Capítulo II
De los estándares en la Educación Media Superior
Artículo 51. En el ámbito de la Educación Media Superior y a solicitud del
Instituto, las Autoridades Educativas y los Organismos Descentralizados
deberán proponer:
1. Estándares para el ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia.
2. Las etapas.
3. Los niveles de desempeño minímos.
4. Los procesos y los instrumentos idóneos.
5. El perfil y los criterios de selección.
36. Capítulo III
Del procedimiento para la definición y
autorización de los estándares
Artículo 52. En la definición de los estándares para el ingreso, promoción,
permanencia y, en su caso, reconocimiento se deberán observar los
procedimientos siguientes:
1. El Instituto solicitará a la Secretaría una propuesta de estándares.
2. El Instituto llevará pruebas de validación.
3. El Instituto autorizará los estándares.
Artículo 53. La Autoridades Educativas, los Organismos Descentralizados y
el Instituto propiciarán las condiciones para generar certeza y confianza
en el uso de los estándares autorizados conforme a esta Ley, a efecto de
que éstos sean reconocidos por sus destinatarios y por la sociedad.
37. Título Cuarto
De las condiciones institucionales
Capítulo I
De la formación continua
Artículo 54. El Estado proveerá lo necesario para que el Personal Docente y
el Personal con Funciones de Dirección y de Supervisión tenga opciones
de formación continua
Artículo 55. La oferta de formación continua deberá:
1. Favorecer al mejoramiento de la educación
2. Ser pertinente a las necesidades de la Escuela y Zona Escolar
3. Tomar en cuenta las evaluaciones internas y externas.
38. Capítulo II
De otras condiciones
Artículo 56. Para el desarrollo profesional de los docentes, las Autoridades
establecerán periodos mínimos de permanencia en las Escuelas y de
procesos ordenados para la autorización de cualquier cambio de Escuela.
1. Que los cambios de Escuela no se produzcan durante el ciclo escolar,
salvo por causa de fuerza mayor.
2. Los cambios de Escuela que no cuenten con la autorización
correspondiente serán causa de separación del servicio público sin
responsabilidad para la Autoridad Educativa u Organismo
Descentralizado, según se trate.
Artículo 57. En cada Escuela deberá integrarse una comunidad de
docentes que trabaje armónicamente y cumpla con el perfil adecuado.
39. Capítulo II
De otras condiciones
1. Las Autoridades Educativas darán aviso a los directores de las Escuelas del
perfil de los docentes que pueden ser susceptibles de adscripción. Por su
parte, los directores deberán verificar que esos docentes cumplan con el
perfil para los puestos que deban ser cubiertos.
Artículo 58. Las Autoridades Educativas y los Organismos Descentralizados
evitarán los Nombramientos o asignaciones fragmentarias por horas.
Artículo 59. Las Escuelas, supervisiones y cualquier otro centro de trabajo
de la Educación Básica y Media Superior que imparta el Estado y sus
Organismos Descentralizados deberán contar con una estructura
ocupacional debidamente autorizada. (Es decir precisar numero y tipo de
puestos de trabajo requeridos, los cuales serán validos y revisados
anualmente).
40. Capítulo II
De otras condiciones
Artículo 60. La estructura ocupacional autorizada y la plantilla de personal
de cada Escuela, así como los datos sobre la formación, trayectoria y
desempeño profesional de cada docente deberán estar
permanentemente actualizados en el Sistema de Información y Gestión
Educativa.
Artículo 61. Las erogaciones que deban realizarse en cumplimiento a la
presente Ley deberán contar con la suficiencia presupuestal
correspondiente.
Artículo 62. La interpretación de esta Ley, para efectos administrativos,
corresponde al Instituto y a la Secretaría en el ámbito de sus respectivas
atribuciones.
41. Título Quinto
De las Obligaciones y Sanciones
Capítulo Único
De las obligaciones y sanciones
Artículo 63. El Personal Docente o con Funciones de Dirección o de
Supervisión en la Educación Básica y Media Superior tendrá, conforme a
esta Ley, las obligaciones siguientes:
1. Cumplir con procesos de evaluación para ingreso, permanencia y en su
caso reconocimiento.
2. Cumplir con períodos de inducción al servicio.
3. Desempeñar labores en su escuela y abstener de cualquier cambio de
adscripción, sin previa autorización.
4. Abstener de desempeñar funciones que no le corresponden.
5. Presentar documentación fidedigna.
6. Sujetarse a las evaluaciones a que se refiere esta ley de manera personal.
42. Título Quinto
De las Obligaciones y Sanciones
Capítulo Único
De las obligaciones y sanciones
Artículo 64. Los ingresos, promociones y reconocimientos deberán ser
oportunamente notificados por quien realice las funciones de administración
del personal respectivo al área responsable de los pagos correspondientes
dentro de la estructura de las Autoridades.
Artículo 65. Será separado del servicio público sin responsabilidad para la
Autoridad Educativa o para el Organismo Descentralizado, y sin necesidad de
que exista resolución previa del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje o
sus equivalentes en las entidades federativas, el Evaluador que no se excuse de
intervenir en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tenga
interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquéllos de los que pueda
resultar algún beneficio para él, su cónyuge, su concubina o concubinario, o
parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado, o parientes
civiles.
Artículo 66. La Autoridad Educativa y los Organismos Descentralizados deberán
revisar y cotejar la documentación presentada por los aspirantes.
43. Título Quinto
De las Obligaciones y Sanciones
Capítulo Único
De las obligaciones y sanciones
Artículo 67. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 63 de la
presente Ley, dará lugar a la separación del servicio sin responsabilidad para la Autoridad
Educativa.
Artículo 68. Cuando la Autoridad Educativa o el Organismo Descentralizado considere
que existen causas justificadas que ameriten la imposición de sanciones, lo hará del
conocimiento del probable infractor para que, dentro de un plazo de diez días hábiles,
manifieste lo que a su derecho convenga y proporcione los documentos y demás
elementos de prueba que considere pertinentes
Artículo 69. El Personal Docente o con Funciones de Dirección o de Supervisión en la
Educación Básica y Media Superior que no asista a sus labores por más de tres días
consecutivos o discontinuos, en un periodo de treinta días naturales, sin causa justificada
será separado del servicio público sin responsabilidad para la Autoridad Educativa o para
el Organismo Descentralizado, y sin necesidad de que exista resolución previa del
Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje o sus equivalentes en las entidades
federativas.
Artículo 70. Las sanciones que prevé este Capítulo se aplicarán sin perjuicio de las
previstas en otras disposiciones legales, reglamentarias o administrativas.
44. TRANSITORIOS
1. La presente Ley entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el
Diario Oficial de la Federación.
2. Los gobiernos estatales deberán armonizar su legislación con base en las
disposiciones de esta Ley, dentro de los seis meses siguientes a su entrada en
vigor.
3. Dentro de los sesenta días hábiles siguientes a la entrada en vigor de la
presente Ley, el Instituto solicitará los estándares.
4. Deberán realizar durante el mes de julio del año 2014 los concursos que para el
ingreso al Servicio en la Educación Básica y Media Superior.
5. Dentro de los noventa días naturales siguientes a la entrada en vigor de la
presente Ley, el Instituto deberá publicar un calendario en el que se precisen
las fechas, plazos o ciclos escolares durante los cuales se tendrán, conforme a
las disposiciones de esta Ley
45. TRANSITORIOS
6. El personal que a la entrada en vigor de la presente Ley se encuentre en servicio y cuente
con Nombramiento Definitivo, con funciones de docencia, de dirección o de supervisión
en la Educación Básica o Media Superior impartida por el Estado y sus Organismos
Descentralizados, se ajustará a los procedimientos evaluatorios y actividades de
regularización.
7. El personal que no alcance un resultado suficiente en la tercera evaluación a que se
refiere el artículo 48 de la Ley, no será separado del servicio público y será readscrito para
continuar en otras tareas dentro de dicho servicio, conforme a lo que determine la
Autoridad Educativa, o bien, se le ofrecerá incorporarse a los programas de retiro que se
autoricen.
8. El personal que no se sujete a las evaluaciones o no se incorpore a los programas de
regularización del artículo 48 de la Ley, será separado del servicio público sin
responsabilidad para la Autoridad Educativa o el Organismo Descentralizado, según
corresponda.
9. Dentro de los dieciocho meses siguientes a la entrada en vigor de la presente Ley, las
Autoridades Educativas y los Organismos Descentralizados deberán haber cumplido con
la obligación prevista en el párrafo segundo del artículo 16 de esta Ley.
46. TRANSITORIOS
10. El programa de Carrera Magisterial continuará en funcionamiento hasta en tanto entre en vigor
el programa a que se refiere el artículo 34 de esta Ley, cuya publicación deberá hacerse a más
tardar el 31 de mayo del año 2015.
11. Los beneficios adquiridos por el personal que participa en Carrera Magisterial no podrán ser
afectados en el tránsito al programa a que se refiere el artículo 34 de esta Ley.
12. Dentro de los dos años siguientes a la entrada en vigor de la presente Ley deberá estar en
operación en todo el país el Sistema de Información y Gestión Educativa que incluya, por lo
menos, la información correspondiente a las estructuras ocupacionales, las plantillas de personal
de las Escuelas, y los datos sobre la formación y trayectoria del personal adscrito a las mismas.
13. Quienes a la entrada en vigor de esta Ley ejerzan funciones de dirección sin el nombramiento
respectivo seguirán en dichas funciones y serán sujetos de la evaluación del desempeño
establecida en el artículo 47 de esta Ley. En caso de presentar insuficiencia regresará a su
desempeño de función docente.
14. Dentro de los 90 días hábiles siguientes al inicio de la vigencia de esta Ley, los gobiernos de los
estados entregarán al Instituto la plantilla ocupacional del personal docente y con funciones de
dirección y supervisión en la educación básica y media superior, federalizado y de origen
estatal.