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REFORMULADO POR EL EQUIPO DIRECTIVO




CERRO DE PASCO, MARZO DEL 2010
EL REGLAMENTO INTERNO
Qué es el Reglamento Interno?       .- Es un instrumento de gestión que regula la organización y
       funcionamiento de la Institución Educativa. Contiene los fines, objetivos y la forma cómo se
       organiza internamente el plantel; así como las funciones, responsabilidades y obligaciones de
       sus miembros, el desarrollo de las actividades académicas y administrativas, el régimen
       económico, disciplinario y las relaciones con la comunidad.


¿Que importancia tiene? .- Garantiza el buen funcionamiento de la Institución Educativa,
Informa al personal sobre sus derechos, obligaciones y responsabilidades y define ámbitos de
competencia de los miembros de la comunidad educativa.

¿Quiénes lo elaboran? ¿Quién lo aprueba? .- El reglamento Interno es elaborado por el
equipo Directivo con la participación del personal docente y administrativo. Es aprobado por el
Director mediante Resolución Directoral previa ratificación del CONEI y la comunidad educativa.

  ¿Que información contiene?- Contiene la siguiente información:

CAPITULO I GENERALIDADES (fines, objetivos, organización interna, organigramas etc.)

CAPITULO II GESTION PEDAGÓGICA (horario, calendarización, hora de libre disponibilidad,
funcionamiento de laboratorio, talleres, biblioteca).
CAPITULO III GESTIÓN INSTITUCIONAL, (organización institucional, estructura orgánica)
                                       - Órgano de Dirección
                                       - Órgano de participación
                                       - Órgano de asesoramiento
                                       - Órgano de apoyo

CAPITULO IV GESTIÓN ADMINISTRATIVA

CAPITULO V RELACIONES Y COORDINACIÓN CON LA COMUNIDAD

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS.

DISPOSICIONES FINALES.
PRESENTACIÓN


   El presente Reglamento Interno, tiene el propósito de contribuir el mejor servicio de la calidad de
educación que se brinda en la Institución Educativa acorde con los planes estratégicos formulados para
el periodo 2010-2014.


Consta de VI Capítulos y 47 Artículos, cada uno de ellos enmarcados en aspectos que involucra el mejor
servicio que presta la Institución Educativa a La comunidad educativa de la provincia de Pasco.


                                                CAPÍTULO I


                                        DISPOSICIONES GENERALES


Art. 1º    NATURALEZA.


   Este instrumento de gestión regula la vida institucional con una visión de trabajo comunitario,
organización flexible , innovadora e integradora entre los tres niveles de la educación básica regular
para un mejor desempeño y buena convivencia entre los integrantes de la comunidad educativa de la
Institución Educativa Integrado Nº 34002 “6 de Diciembre” el cual ha sido formulado por el equipo
directivo y docente considerando los principios de la ética, la equidad de oportunidades, la
interculturalidad, la práctica constante de valores y el respeto a la naturaleza acorde con las normas
legales del sector educación y otros.


Art. 2º FINES DEL REGLAMENTO INTERNO


    •     Proporcionar información oportuna a la comunidad educativa de la institución educativa
          referente a la organización y normatividad que debe cumplir dentro y fuera del plantel.

    •     Regular y uniformizar las acciones del monitoreo, control y supervisión de las labores Técnico-
          Pedagógicas, de Gestión y Administrativas.

    •     Precisar la labor que le corresponde realizar a cada miembro de la comunidad educativa.

    •     Promover la práctica de valores en el desarrollo de sus capacidades, aspectos morales, éticos,
          cívicos patrióticos del personal Directivo, Docente, Administrativo, de Servicio y estudiantado en
          general.
•    Fomentar en los estudiantes el espíritu reflexivo, crítico, creativo, innovador, toma de
         decisiones y la investigación constate respetando su entorno y desarrollando acciones de buena
         conviviencia.



Art. 3º BASES LEGALES
    a.       Constitución Política del Perú
    b.       Ley General de Educación Nº 28044
    c.       Ley del Profesorado Nº 24029, su Modificación Nº 25212 y su Reglamento N° 019–90–ED.
    d.       Ley N° 27337 Código de los Niños y Adolescentes.
    e.       D. L. N° 276 Carrera Administrativa; D. L. N° 800–96–ED
    f.       Reglamento del Sistema de Gestión Educativa DS Nº 09-2005-ED
    g.       Reglamento de la Educación Básica Regular: DS Nº 013-2004-ED
    h.       Normas para la Gestión y Desarrollo de las Actividades en los Centros Educativos 2010.
    i.       Reglamento de Asociación de Padres de Familia
    j.       Directiva N° 088–2003 VMG. I – Conformación de Consejo Educacional Institucional.


Art. 4º ALCANCES


    El presente Reglamento es de cumplimiento obligatorio para todos los integrantes que conforman
    la Comunidad Educativa.
         •   Personal directivo
         •   Personal docente
         •   Personal administrativo y de servicio.
         •   Estudiantes en general.


Art. 5º DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
         La Institución Educativa Integrada se encuentra ubicada en el Asentamiento Humano de
Uliachín, Sector III, del Distrito de Chaupimarca, Provincia y Región Pasco, correspondiente a la UGEL
PASCO.


         La Institución Educativa fue creado el año de 1943 con el nivel primaria, iniciando su
funcionamiento en el Barrio “La Docena” en la casa del Sr. Porras como Escuela Unidocente de Mujeres;
luego se traslada al Barrio de Bellavista, (actual oficina de la Vigilancia de Volcan Cía S.A.A.);
posteriormente a la Calle Lima Nº 484 de propiedad del Sr. Rodríguez y por último al Bario de Uliachín
(ubicada entre la Av. Circunvalación Arenales, Jirones Ricardo Palma, Tacna y Dos de Mayo).
Su primera denominación fue Escuela Primaria de Mujeres Nº 4903 “La Esperanza”,
posteriormente fue reemplazado por la de Escuela Primaria de Menores Nº 34002 “6 de Diciembre” y a
la vez se gesta la creación del nivel secundario con la denominación de Colegio Nacional Industrial de
Mujeres “6 de Diciembre” y en el nivel inicial como Jardín de niños “San Miguel”.


Su Directora fundadora fue la destacada Maestra Srta. Carmen MADRID FALCONI procedente de la
localidad de Goyllarisquizga. En el año de 1966 se gestiona la adquisición del terreno y la construcción
de la infraestructura. La directora Sra. Adriana IBARRA NATION y personal docente: Ana Graciela
Angeles y Ana Cristóbal de Malpartida con el apoyo de la Junta Directiva del Patronato Escolar
trabajaron gestionando para la ADQUISICION del terreno, ante el Concejo Municipal de Pasco,
consiguiendo 10,000 m2 en el barrio de Uliachín con la aprobación del alcalde Dr. Fernando RAMOS
CARREÑO y demás miembros de su junta edil.
La integración entre el nivel inicial y primaria se gesta mediante la RD Nº 1420 del 17-06-1999: se
integra el JN “San Miguel” a la EPM Nº 34002 6 de Diciembre. Posteriormente mediante la Resolución
Directoral Nº 4078 del 20-11-2002 se integra el nivel secundario denominándose como Institución
educativa Integrado Industrial Femenino Nº 34002 “6 de Diciembre” a petición de la comunidad
educativa de Uliachín. Con la RD Nº 0629 del 22-12-2003 emitido por la UGEL Pasco, se corrige la
denominación Industrial Femenino y pasa a denominarse Institución Educativa Integrado Industrial Nº
34002 “6 de Diciembre”. Finalmente en agosto del 2008 mediante la RD N° 1840 se determina la
estructura orgánica y la denominación oficial: Institución Educativa         Integrado Nº 34002 “6 de
Diciembre”.


Art. 6º SON OBJETIVOS INSTITUCIONALES
    •   Mejora continua de la calidad de servicios que ofrece la institución educativa en los tres niveles:
        inicial, primaria y secundaria fomentando una cultura innovadora, creativa y de sana
        competencia.
    •   Fortalecimiento permanente de la calidad de vida de los miembros de la comunidad
        educativa y, especialmente de los estudiantes con la práctica permanente de valores
        positivos y la ejecución de proyectos educativos.

    •   Dotar a la Institución Educativa de infraestructura y equipos acorde con el avance de la ciencia y
        la tecnología.


Art. 7º SON FUNCIONES GENERALES DE LA INSTITUCIÓN
        Dentro del marco de las funciones señalamos los siguientes:
    •   Ejecutar la política educativa nacional, regional, local e institucional organizando acciones y
        proyectos de acuerdo a las necesidades, intereses y potencialidades de la comunidad educativa,
comprometiendo el apoyo de la APAFA, el gobierno regional, local y otras instituciones
    nacionales e internacionales.

•   Planificar, organizar, dirigir, evaluar y supervisar las acciones educativas dentro y fuera del
    plantel.

•   Diversificar el Diseño Curricular Nacional de los tres niveles de la Educación Básica Regular de
    acuerdo a las necesidades, intereses y potencialidades de los estudiantes y a las característi cas
    de la región.

•   Elaborar e implementar material didáctico y recursos educativos acorde al avance tecnoló gico-
    científico y adecuado a la realidad local y regional.

•   Brindar servicios de tutoría y orientación educacional creando las condiciones adecuadas para el
    desarrollo pleno del estudiante y su estrecha vinculación con la familia y la comunidad.

•   Participar en las acciones de promoción y desarrollo de la comunidad, interviniendo en obras de
    interés social.

•   Promover y desarrollar actividades socioculturales, deportivas y recreativas que permiten la
    formación integral de los estudiantes con la participación plena de la comunidad.
I N T I T U C I ÓInstitución Educativa IIntegrado DNº 34002 4 0 0 2
                           N ED U C A T I V A       N T E G R A O Nº 3
                                         “6 Diciembre”
                                   “6 D E DI C I E M B R E ”

                    O R G A N IG R A M A E S T R U C T U R A L


                                      DIRECCIÓN REGIONAL
                                       EDUCACIÓN PASCO


                                   UNIDAD DE GESTIÓN
                                 EDUCATIVA LOCAL PASCO

                                                                               CONSEJO
                                                                              EDUCATIVO
  ASOCIACIÓN DE                          DIRECCIÓN                          INSTITUCIONAL
PADRES DE FAMILIA                        GENERAL
                                                                              CONSEJO
                                                                             ACADÉMICO
        SECRETARÍA

          AUXILIAR
         BIBLIOTECA

         PERSONAL                                                           JEFATURA
         SERVICIO                      SUB DIRECCIÓN                          AULA
                                                                           INNOVACIÓN




                            INICIAL                    PRIMARIA




                         ÁREA TÉCNICO
    ÁREA                                           ÁREA              ÁREA             ÁREA
                        PEDAGÓGICO E
 TUTORÍA Y OE                                  INFRAESTRUCT.      IMAGEN INST.    ECOLOGÍA Y MA
                        INVESTIGACIÓN

                                                              ÁREA
              ÁREA                                          TÉCNICO           ÁREA
          MUNICIPIO ESC .                                  CULTURAL       DEFENSA CIVIL


                                      DOCENTES EN
                                        GENERAL
                                            INICIAL
                                            PRIMARIA
                                            SECUNDARIA


        AUXILIAR DE
        EDUCACIÓN

                                          ESTUDIANTES
                                          EN GENERAL
INTI T U C I Ó N            ED U C A T I V A IN T E G R A D O                      Nº 34 0 0 2
            Centro Educativo Integrado Industrial Nº 34002 “6 Diciembre”
                                        “6 D E D I C I E M B R E ”

                       O R G A N IG R A M A F U N C IO N A L


                                                         DREPASCO


                                                         UGELPasco
      SECRETARÍA                                                                                   CONSEJO EDUCATIVO
    Depende del director
                                                                                                     INSTITUCIONAL
  Archiva ----- Organiza                                 DIRECCIÓN                                 Participa ----- Concerta
    Tramita ------- Lleva                                 Representa                                        Vigila
      Expide registros                                     Administra
 Informa ------ Automatiza                                   Dirige
                                                           Supervisa                                         APAFA
PERSONAL DE SERVICIO                                         Evalúa                                  Participa ---- colabora
 Recepciona ----- Cuida                                     Aprueba                                   Gestiona ----- vela
 Mantiene ----- Conserva                                    Preside                                         Estimula
  Informa ------- Vigila                                   Coordina
   Controla ------ Asea                                     Estimula
                                                        Delega funciones                          CONSEJO ACADÉMICO
   BIBLIOTECARIO                                            Autoriza                              Elabora , desarrolla , evalúa
 Clasifica ----- Informa                                                                                    el PCC.
Cataloga ------ Administra                                                                           Analiza --- propone
 Orienta ------ Colabora                                                                              Diseña --- formula
  Dirige ------ Organiza                                                                           Promueve ----- Participa



                      Sub Director PRIMARIA                                    Sub Director INICIAL
                         Depende del director                                    Depende del director
                       Planifica ---------- Ejecuta                            Planifica ---------- Ejecuta
                        Organiza ---- Controla                                  Organiza ---- Controla
                        Supervisa ----- Evalúa                                  Supervisa ----- Evalúa
                         Coordina ---- Informa
                                                                                 Coordina ---- Informa


            AUXILIAR DE
            EDUCACION                                                                     Jefatura Aula Innovación
         Apoya ---- contribuye                                                              Depende del sub director
                                                                                            Planifica ---------- Ejecuta
          Exige ---- mantiene
                                                                                            Organiza ---- Implementa
         Evalúa ----- controla                             DOCENTES                           Coordina ---- Informa
         Orienta ---- coordina                              Programa
                                                            Desarrolla
                                                              Evalúa
                                                              Orienta
                                                             Participa
                                                            Coordina
                                                            Actualiza
                                                             Elabora
                                                             Ejecuta
                                                      Integra y correlaciona
                                                            Colabora
                                                            Conserva
                                                            Identifica
                                                              Apoya
CAPÍTULO II


            ASPECTO TÉCNICO PEDAGÓGICO Y ADMINISTRATIVO

Art. 8º DE LA JORNADA LABORAL Y HORARIO DE TRABAJO DEL PERSONAL


      •     La Jornada laboral del Director General y Sub Directores de la institución educativa es de
            lunes a viernes durante 11 meses al año; pudiendo hacer uso de sus vacaciones un mes; de
            preferencia en los meses de Enero - Febrero.

      •     La jornada de los docentes es de lunes a viernes durante el período de Marzo – Diciembre.
            En el nivel inicial y primaria es de 30 horas semanal/mensual y en el nivel secundario es de
            24 horas semanal/mensual.

      •     La Institución Educativa tendrá un horario diferenciado respetando las características de los
            Estudiantes del nivel Inicial, Primaria y Secundaria de Educación Básica Regular.

          a. DIRECTOR GENERAL :

              Mañanas: 7. 30 a.m. - 1.30 p.m.
              Tardes : 3, 30 p.m. - 6.30 p.m. Miércoles, Jueves, Viernes

          b. SUB DIRECTORES:

              NIVEL INICIAL
              Mañanas: 7.45 a.m. - 1, 45 p.m.
              Tardes : 4, 30 p.m. - 6, 30 p.m. Lunes – Martes - Miércoles

              NIVEL PRIMARIA
              Mañanas: 7.40 a.m. - 1, 40 p.m.
              Tardes : 4, 30 p.m. - 6, 30 p.m. Lunes, Jueves, Miércoles.

          f. AUXILIARES DE EDUCACION

              NIVEL INICIAL
              Mañanas:          8,00 a.m. – 2, 40 p.m.
              NIVEL SECUNDARIO
              Mañanas:         7.00 a.m. - 2.00 p.m.
g. PERSONAL DE SERVICIO Y GUARDIANIA

                 Mañanas: 6. 00 a. m. - 1.45 p.m.
                 Noche       : 7, 45 p.m. - 6,00 a. m.

            h. PERSONAL DOCENTE:

                 Se regirán al horario de acuerdo a las necesidades educativas y responsabilidades en los
                 tres niveles: Inicial, Primaria y Secundaria

           i.      BIBLIOTECARIO

                   7, 30 A.M. ----- 2,30 P.M.
Art. 9º DE LA CALENDARIZACIÓN
           La calendarización de la Institución Educativa Integrado es flexible en los tres niveles pudiendo
           ser bimestral trimestral, iniciándose las labores escolares el 08 de Marzo y culminando el 17 de
           Diciembre del presente año, cumpliendo en total 40 semanas de labor pedagógica efectiva y
           administrativa.


Art. 10º DE LAS HORAS DE LIBRE DISPONIBILIDAD
           Las horas de libre disponibilidad en el nivel primario están distribuidas en la ejecución de talleres
de razonamiento matemático y verbal. En el nivel secundario se está dando prioridad a las áreas de
Comunicación – Comprensión Lectora y Educación para el trabajo en los cuales los estudiantes deben
aprender habilidades cognitivas, meta cognitivas y opciones laborales según requiera el mercado
laboral.
CAPÍTULO III


                           ASPECTO INSTITUCIONAL Y ESTRUCTURAL


Art. 11º DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA U ÓRGANOS DE LÍNEA


    La estructura orgánica de la Institución Educativa Integrado Nº 34002 “6 de Diciembre” es la
    siguiente:
        11.1 Órgano de Dirección
          •   Director General
          •   Sub Direcciones
          •   Comité Directivo
    11.2 Órgano de Participación
          •   Consejo Educativo Institucional
     11.3         Órgano de Asesoramiento
          •   Consejo Académico
    11,4 Órgano de Apoyo
          •   APAFA
          •   Equipo Administrativo
          •   Municipio Escolar
          •   Brigada Escolar
          •   Asociación de Ex – alumnos
          •   Comités de Aula


ART. 12º DEL ORGANO DE DIRECCION
          El responsable de la conducción y funcionamiento general de la institución educativa es el
Director General quien depende jerárquicamente del Director de la Unidad de Gestión Educativa Local
Pasco. Los subdirectores dependen del Director General, los cuales conjuntamente con el Director
General conforman el Comité Directivo y son responsables de organizar, conducir y evaluar los procesos
de gestión pedagógica, institucional y administrativo de la Institución Educativa.

Art. 13º DEL CONTROL DE ASISTENCIA Y TARDANZAS DEL PERSONAL


    •      El control de asistencia del personal directivo, administrativo, docente y de servicio estará a
          cargo de la Dirección General y de las sub direcciones de acuerdo al horario establecido según
el Art. 8º del presente Reglamento.

    •   Todo personal Directivo y Administrativo de la Institución Educativa está obligado regis trar su
        ingreso y salida mediante la firma en la hoja de asistencia que estará en la Dirección General de
        acuerdo al horario establecido, caso contrario se le considera faltó.

    •   El personal docente está en la obligación de firmar en el parte diario de clases controlado por
        los Sub Directores del nivel inicial y primaria.

    •   Constituye tardanza al centro de trabajo, hasta cinco (5) minutos después de la hora señalada
        para el ingreso, pasado este tiempo se considerará inasistencia.

    •   Se considera INASISTENCIA en los siguientes casos:
                No asistir al centro de trabajo
                En los docentes por su naturaleza del horario de clases hasta cinco (5) minutos solo en
                  la primera hora de clases, pasado este tiempo se considera falta.
                Se considera falta en todos los casos al no registrar su firma de ingreso y salida en el
                  personal Administrativo, salvo en casos debidamente justificados.

    •   La justificación de las inasistencias motivadas por razones personales serán en el lapso de 24
        horas previa justificación con documentos probatorios.

    •   La inasistencia del personal por razones de salud, serán justificadas mediante certificado médico
        oficial emitido por Es Salud o área de salud debiendo participar a la Dirección de la Institución
        Educativa en un máximo de 48 horas.

    •   El personal de la institución que se encuentran en comisión de servicio autorizados por la
        Dirección será justificado previa entrega de la papeleta de salida.

    •   Cualquier permiso o licencia que requiere el servidor de la Institución, ésta debe ser solicitado
        antes que se haga uso de él o en todo caso en el primer día útil después de su inasistencia.

ART. 14º DE LAS FALTAS Y SANCIONES


11.1. Los servidores de la Institución Educativa incurren en falta en los siguientes casos:
          a.     Al incumplir las funciones del cargo o desempeñar con negligencia.
          b.     Inasistir y llegar tarde reiteradamente al centro de trabajo ya sea justificada o
                 injustificadamente.
          c.     Abuso de autoridad y uso del cargo con fines indebidos.
          d.     Incumplir las funciones y/o comisiones que son encomendados por la Dirección General y
                 las sub direcciones.
e.   Llegar al centro de trabajo en estado etílico.

         f.   Practicar actos contra el pudor y la moral.

         g.   Practicar acciones de hostigamiento sexual y tocamientos indebidos.

         h.   Incurrir en actos de apropiación indebida de bienes y enseres de la institución educativa.

11.2.   Si el servidor incurre en una de estas faltas, según la gravedad, serán sometidos a una
        investigación sumaria y, si el caso amerite éstos serán derivados a la autoridad competente con
        la aprobación del CONEI.

11.3.   Los servidores que abandonan su puesto de trabajo en horas de labor sin debida autorización o
         que realizan acciones diferentes a sus funciones serán sancionados con:
         a. Llamada de atención verbal
         b. Amonestación escrita
         c. Informe a la superioridad para el descuento respectivo y

         d. Separación parcial o definitiva al centro de trabajo previo proceso administrativo.

ART. 15º DE LOS BIENES
    •   Todo servidor está obligado al cuidado y mantenimiento de los bienes de la Institución
        Educativa.

    •   Todo servidor que por negligencia malograra o perdiera algún instrumento, herramienta u otros
        enseres pertenecientes a la Institución se harán responsables de su reposición, según la
        gravedad del caso. En casos que se consideran delitos los responsables serán sometidos a pro-
        cesos administrativos y judiciales.

    •   Los servidores de la Institución no podrán sacar fuera de ella instrumentos, inmuebles y/o
        enseres propios de la Institución Educativa, salvo con autorización superior.




Art. 16º DEL ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN: EL CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL


    Es el órgano de participación, concertación y vigilancia ciudadana de la Institución Educativa. Está
presidido por el Director General y está conformado por los subdirectores, un representante por nivel
de los docentes, un representante de los administrativos, un representante por nivel de los estudiantes,
un representante de los padres de familia por niveles, un representante del Centro de Salud de Uliachín
y otro miembro de la comunidad. El comité directivo es miembro nato en el CONEI. Los representantes
de los padres de familia y estudiantes son elegidos por voto secreto y universal previa convocatoria a
elecciones. Los representantes de los docentes y administrativos pueden ser elegidos por voto directo.


Art. 17º DEL ÓRGANO DE ASESORAMIENTO: EL CONSEJO ACADÉMICO.


        Coordina y da coherencia al proceso pedagógico en los tres niveles, está presidido por el
Director General e integrado por los sub directores y un docente por nivel los cuales serán elegidos en
asamblea y designados por el Director General al inicio del año lectivo.


Art. 18º DEL ÓRGANO DE APOYO
        Apoya la gestión de la Institución Educativa conformando comisiones de trabajo y propuestas
viables para el crecimiento de los integrantes de la comunidad educativa. Está integrado por el Consejo
Directivo de la APAFA, Equipo Administrativo, Municipio Escolar por Niveles, la Brigada Escolar por
niveles, los comités de aula y la Asociación de Ex – alumnos
CAPÍTULO IV


                           DE LAS FUNCIONES Y OBLIGACIONES


Art. 20º FUNCIONES DEL PERSONAL DIRECTIVO


      DIRECTOR GENERAL
      El director general es la máxima autoridad y el representante legal de la Institución Educativa. Es
  responsable de la gestión de los ámbitos pedagógico, institucional y administrativo. Ejerce su
  liderazgo basándose en valores éticos, morales y democráticos. Sus funciones son:


      •   Planificar, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar los servicios educativos que
          brinda la institución.
      •   Conducir la elaboración, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, Plan
          Anual de Trabajo y Reglamento Interno de manera participativa.
      •   Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica y de gestión, de
          experimentación e investigación educativa.
      •   Aprobar, por Resolución Directoral, los instrumentos de gestión de la Institución Educativa.
      •   Promover y presidir el Consejo Educativo Institucional.
      •   Establecer, en coordinación con el CONEI, la calendarización del año escolar adecuados a
          nuestra realidad.
      •   Coordinar con la Asociación de Padres de Familia el uso de sus fondos.
      •   Delegar funciones a los subdirectores y a otros miembros de la comunidad educativa.
      •   Estimular el buen desempeño docente estableciendo en la Institución Educativa, prácticas y
          estrategias de reconocimiento público a las innovaciones educativas y experiencias exitosas.
      •   Promover acuerdos, pactos, consensos con otras instituciones u organizaciones de la
          comunidad y cautelar su cumplimiento.
      •   Velar por el mantenimiento y conservación del mobiliario, equipamiento e infraestructura
          de la Institución Educativa.
•    Gestionar la adquisición y/o donación de mobiliario y equipo, así como la rehabilitación de
            la infraestructura.
       •    Presidir el Comité de Evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal
            docente y administrativo.
       •    Desarrollar acciones de capacitación del personal


            SUB DIRECTOR

           Participa en la formulación del Plan Anual de Trabajo; orienta el trabajo de los docentes de los
           tres niveles brindándoles el asesoramiento correspondiente y haciéndoles conocer las
           innovaciones y cambios que se da en la educación peruana:

            a) Participar en la formulación, ejecución y evaluación de los instrumentos de gestión tales
                 como: Proyecto Educativo Institucional, el Plan Anual de Trabajo de la Institución
                 Educativa, el Plan de Acción de su despacho, el Plan de Monitoreo y Supervisión Interna
                 y los informes de gestión anual.
            b) Orientar en la formulación y ejecución de la programación curricular por niveles, ciclos y
                 áreas.
            c) Supervisar permanentemente la labor del docente.
            d) Programar y realizar jornadas de actualización a los docentes a su cargo.
            e) Planificar, organizar y supervisar el proceso de evaluación del educando y las actividades
                 de recuperación académica.
            f) Coordinar con los profesores la elaboración del cuadro de horas, horarios y turnos de
                 trabajo del personal .a su cargo.
            g) Controla la asistencia y puntualidad del personal a su cargo y dispone el reemplazo de
                 los ausentes con los asesores o docentes disponibles.
            h) Informa periódicamente al Director General , de los profesores de los alumnos y padres
                 de familia sobre el desarrollo del proceso de enseñanza aprendizaje;
            i)   Organiza las actividades de recuperación de los alumnos a lo largo del año lectivo en el
                 período vacacional.
            j) Supervisar las actividades de TUTORIA Y ORIENTACIÓN EDUCACIONAL.
            k) Informa periódicamente al Director sobre la situación del nivel a su cargo.


Art. 21º FUNCIONES DEL PERSONAL DOCENTE


   a) Participar en la elaboración, ejecución del Plan Anual de Trabajo de la Institución Educativa.
b) Programar, desarrollar y evaluar las actividades curriculares en coordinación con los planes y
           programas oficiales y con las características del educando: así como las actividades de Tutoría y
           Orientación Educacional y Promoción Educativa Comunal necesarias para la formación integral y
           excepcional.
    c) Organizar, ambientar el aula y preparar materiales educativos con la colaboración de los
           educandos y padres de familia.
    d) Evaluar el proceso de enseñanza-aprendizaje de acuerdo con las normas vigentes y cumplir con
           la elaboración de la documentación pertinente.
    e) Mantener actualizada la documentación pedagógica y administrativa de su responsabilidad.
    f)     Participar en actividades programadas de investigación y experimentación de nuevos métodos y
           técnicas de trabajo educativo, así como eventos de actualización profesional y capacitación.
    g) Integrar comisiones y colaborar con la Dirección General en las acciones que permitan el logro
           de los objetivos generales del nivel y/o modalidad y los específicos de la institución en que
           labora.
    h) Coordinar las acciones con el responsable de la sección o asesor cuando es profesor de área.
    i)     Orientar a los educandos y velar por su seguridad durante el tiempo que permanezca en el
           colegio.
    j)     Detectar problemas que afectan el desarrollo del educando y su aprendizaje, tratándose o
           derivando los que requieren atención especializada.
    k) Realizar acciones de nivelación y recuperación de los alumnos previo informe a las sub
           direcciones para la autorización.
    l)     Mantener actualizada la documentación personal excepcionales a su cargo.
    m) Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de familia sobre asuntos
           relacionados con el rendimiento académico y del comportamiento de los alumnos.
    n) Participar en las acciones de Promoción Educativa Comunal y Tutoría.
    o) Mantener en todo momento el comportamiento personal y social acorde con su función de
           maestro.
    p) Cumplir funciones de docente con un sentido altamente educativo, de tal manera que su
           actividad no se limite a la enseñanza y control sino de educar la personalidad del educando.


Art. 22º      FUNCIONES DEL AUXILIAR DE EDUCACIÓN
    a)         Participa en la monitoreo y supervisión del cumplimento de las normas de Convivencia, el
               Reglamento Interno, buenos hábitos y disposiciones que coadyuven al logro de los objetivos
               institucionales.
b)     Encausa y apoya la buena conservación y cambios de conducta de los estudiantes dentro y
          fuera de la Institución Educativa.
   c)     Conduce el comportamiento de los estudiantes en actos cívicos, culturales, festividades,
          formaciones, paseos, visitas, etc.
   d)     Contribuye en la solución directa o indirecta de los problemas educacionales de los
          estudiantes en coordinación con los docentes tutores.
   e)      Investiga, orienta y asesora con alternativas de solución a los estudiantes con problemas de
          comportamiento.
   f)     Colabora con la seguridad, orden, conservación y mantenimiento de los bienes de la
          Institución Educativa.
   g)     Colabora con la formación de la conciencia cívica de los educandos, inspirados en altos
          valores de patriotismo y nacionalismo.
   h)     Apoya el control diario del dictado de clases del personal docente, dando cuenta
          mensualmente al Director y los sub directores.
   i)     Lleva el registro de Asistencia de los alumnos e informa diariamente al Director sobre las
          inasistencias justificadas e injustificadas del mismo en el nivel secundario.
   j)     Lleva la tarjeta de información de los alumnos en caso de no haber secretario y comunica a
          los padres de familia o apoderados.
   k)     Colabora con los docentes en las diferentes áreas en las acciones o trabajos que requieren
          su participación.
   l)     Controla y/o atiende a los alumnos en las horas de clase, por ausencia y según el caso del
          docente, debiendo ser facultado por el Sub Director/Director General, sin excederse de 5
          días de acuerdo a la capacidad y preparación académica del auxiliar de educación.
   m)     Asegura y supervisa las acciones internas de las organizaciones estudiantiles
   n)     Procesa la evaluación de comportamiento de los alumnos.
   o)     Realiza las demás funciones afines al cargo que le asigne el Director de la I.E.


Art. 23   FUNCIONES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO.

   23.1       DEL AUXILIAR DE BIBLIOTECA:

   a)     Ejecutar su cargo en el funcionamiento de la Biblioteca y el Centro de Recursos Pedagógicos,
          incluyendo el arreglo de las colecciones, como también del uso y el cuidado de los libros.
   b)     Se responsabiliza de la organización general del servicio de la Biblioteca para los alumnos,
          Docentes y personal directivo así como la distribución oportuna de los textos escolares y
          cuadernos de trabajo a todos los estudiantes .
c)     Realizar la catalogación y clasificación de los materiales bibliográficos.
    d)     Optimizar que la biblioteca funcione como parte integrante del Plantel y no en forma aislada
           o independiente procurando integrar la atención a los estudiantes, Docentes, Directivos,
           Administrativos y APAFA.
    e)     Mantener informado a los usuarios, de los cambios en métodos y materiales educativos
           existentes en la biblioteca.
    f)     Crear y mantener un ambiente propicio para el estudio y la lectura recreativa, insistiendo en
           un espíritu de comportamiento social, basado en el respeto de los demás usuarios.
    g)     Orientar el uso bibliográfico y material a los usuarios y/o padres de familia.
    h)     Participar en la elaboración del Plan Anual de Trabajo.
    i)     Llevar el libro de control de los usuarios.
    j)     Informar mensualmente a la Ub Dirección y Dirección Genral del Plantel, sobre los logros
           significativos.
           Problemas y necesidades de la biblioteca escolar.
    k)     Colaborar con los Docentes en la selección y uso de los diferentes tipos de materiales
          bibliográficas que puedan enriquecer el desarrollo del Programa Curricular.


Art. 24   DEL PERSONAL DE SERVICIO:
    a)     Velar la infraestructura de todo el plantel, procurando su conservación y mantenimiento.
    b)     Mantener limpio los salones de clases, sala de Profesores, Dirección, vivienda del Profesor,
           biblioteca, auditorio, pasadizos, patios, servicios higiénicos, escaleras, perímetro interno y
           externo de la I. E. según le corresponda.
    c)     Velar por la seguridad de las puertas, ventanas u otro medio que sirva de acceso o salida del
           Plantel y por las instalaciones internas asimismo velar las pintas de las paredes por personas
           ajenas.
    d)     Mantener informado a la superioridad de las incidencias que ocurran durante el
           cumplimiento de sus funciones y la perdida de materiales y/o irregularidades que se
           produzcan en la I.E.
    e)     Acatar y cumplir las ordenes de la superioridad inherente a sus funciones.
    f)     Recepcionar e informar diariamente, a las sub direcciones y al Director General sobre la
           papeleta de salida oficial o de permiso que hiciera uso el personal de la I.E. en horas de
           trabajo.
    g)     Realizar trabajos afines que le asigne las sub direcciones y el Director del Plantel, de
           acuerdo a sus funciones.
h)      Llevar la correspondencia oficial a las sub direcciones y dirección general según
              corresponda.


Art. 25.-     FUNCIONES DE SECRETARIA GENERAL:
      a)      Lleva en forma ordenada el archivo secretarial de la I.E.
      b)      Lleva adecuadamente la tramitación documentaria.
      c)      Elabora los informes mensuales de asistencia de personal.
      d)      Informa diariamente sobre el movimiento de expedientes.
      e)      Tramita oportunamente la documentación interna y externa de la I.E.
      f)      Confecciona documentos técnico pedagógicos que presentan los Docente a la I.E.
      g)      Organiza y actualiza los inventarios de la I. E.
      h)      Lleva ordenadamente la documentación relacionada, con la matrícula, evaluación y
              certificación de los estudiantes.
      i)      Ratifica la matrícula previa verificación de las actas promociónales, evaluación de
              recuperación y subsanación.
      j)      Lleva la tarjeta de información de los estudiantes y comunica a los Padres de Familia sobre
              los casos presentados.
      k)      Realiza las demás funciones afines al cargo que le asigne el Director de la I.E.


Art. 26º.-    FUNCIONES DEL CONEI


a)           Participar en la formulación y evaluación del proyecto educativo institucional
b)           Participar en el comité de Evaluación para el ingreso, asenso y permanencia del personal
             docente y administrativo de la I.E.
c).          Vigilar el acceso, matrícula oportuna y asistencia de los estudiantes en la I.E.
d)           Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de la universalidad, gratuidad,
             equidad y calidad en las Instituciones Educativas públicas.
e)           Vigilar el adecuado destino de los recursos de la I.E. y aquellos que, de acuerdo con lo
             establecido en el reglamento general de la Asociación de Padres de Familia están
             comprometidos con las actividades previstas en el Plan Anual de Trabajo.
f)           Colaborar con el Director en garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de
             aprendizaje, el número de semanas lectivas y la jornada del personal Docente y
             Administrativo par alcanzar el tiempo de aprendizaje
g)           Opinar sobre los criterios de autoevaluación de la I.E. y los indicadores del desempeño
              laboral.
Art. 27º.-    FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO


    a)       Elaborar desarrollar y evaluar la propuesta pedagógica (Proyecto Curricular del Centro).
    b)       Analizar el trabajo de los Docentes y proponer recomendaciones para mejorar el
             aprendizaje de los alumnos.
    c)       Diseñar estrategias para optimizar los servicios de tutoría y orientación educacional.
    d)       Formular los criterios de evaluación y recuperación académica de los estudiantes.
    e)       Promover y desarrollar innovaciones e investigaciones.
    f)       Elaborar los criterios e indicadores de autoevaluación institucional.
    g)       Garantizar, en el marco del Proyecto Educativo Institucional y Plan Anual de Trabajo, en la
             organización de actividades y programas de la I.E


Art. 28.-    FUNCIONES DEL ESTUDIANTE:
         •   Asistir diariamente al plantel correctamente uniformado y dentro del horario
             establecido.
         •   Cumplir con los reglamentos inherentes y otras disposiciones emanadas por la
             superioridad educativa.
         •   Cumplir con los deberes escolares de aprendizaje y participar en las diferentes
             actividades que se les asigna.
         •   Respetar y practicar las reglas de urbanidad, los consejos y orientaciones que les
             imparten: El Director, los profesores, los auxiliares de educación y biblioteca, etc.
         •   Demostrar buen comportamiento, el respeto mutuo, dentro y fuera del plantel
             preservando las áreas verdes y los lugares comunes de entretenimiento y
             distracción.
         •   Cuidar y velar por la buena conservación del mobiliario, enseres, infraestructura y
             demás instalaciones del aula y del Centro Educativo.
         •   Permanecer durante el tiempo de recreo en el patio exterior del plantel y no salir a
             la calle.
         •   Hacer uso correcto de los servicios higiénicos.
         •   Demostrar puntualidad y llevar ordenadamente con bastante higiene los útiles
             escolares.
         •   Cultivar el buen lenguaje y no hablar palabras reñidas con sus discípulos dentro y
fuera de la escuela.
       •   No salir de la escuela en horas de clase, sin el permiso del profesor de Aula, el
           Auxiliar de Educación yo Director.
       •   Concurrir con su padre o apoderado al Centro Educativo (aula), en caso de
           inasistencia o tardanzas constantes.
       •   Mantener el prestigio de la Institución en todas sus dimensiones.
       •   Concurrir obligatoriamente a las actuaciones Cívico Patrióticas, Sociales, Culturales y
           Deportivas; acompañado del profesor de sección.
       •   Asistir obligatoriamente a los Desfiles Cívico Escolares e Izamiento del Pabellón
           Nacional (dominicales) correctamente uniformados, las niñas portando una cinta
           (sujetador de cabello, color blanco) y los varones con el corte normal del cabello. De
           igual manera a los entrenamientos deportivos y las competencias en caso de ser
           seleccionado, defendiendo los colores del Plantel.

Art. 29º.- DE LOS DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES


       •   Recibir una formación integral en cada nivel de educación en un ambiente que le brinde
           seguridad moral y física así como los servicios de orientación y bienestar.
       •   Ser tratado con dignidad, respeto y sin discriminación alguna.
       •   Recibir opiniones y críticas con responsabilidad y fundamento legal.
       •   Recibir en forma gratuita los servicios que ofrece la institución educativa así como: una
           Educación Humanista con equidad y calidad.
       •   Estar informado de manera permanente de su rendimiento académico, de preferencia del
           tutor y asesor.
       •   Ser orientados en sus problemas personales, académicos y espirituales, de acuerdo a su
           edad y nivel de maduración.
       •   Recibir estímulos y méritos a su denodado esfuerzo en bien de la institución (académica, de -
           portiva, social, cultural, etc.).
       •   Organizar círculos de estudio, clubes, equipos y otros siempre que sean compatibles con los
           fines de la institución bajo autorización de la Dirección.

Art. 30º.- DE LAS OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES


       •   Participar de manera responsable en las acciones educativas, abstenerse de intervenir en
actividades políticas o partidarias dentro de la institución y actos reñidos que vayan en
          contra de las buenas costumbres y morales.
      •   Acatar y cumplir las normas de convivencia y las disposiciones emitidas por la superioridad.
      •   Estudiar y analizar la realidad local, regional y nacional en forma crítica, creativa y racional.
      •   Asistir puntualmente a sus labores pedagógicas.
      •   Hacer uso del uniforme único escolar, establecido por la superioridad educativa, no portar
          objetos de valor, en caso de pérdida no será de responsabilidad de la I. E.
      •   Demostrar respeto a sus compañeros, profesores, personal administrativo y de servicio y
          otras personas, asiendo el uso de las reglas de urbanidad.
      •   Respetar la dignidad, honor y la propiedad de sus compañeros, docentes y demás personas.
      •   Los estudiantes obligatoriamente deben contar con sus útiles escolares principales y
          herramientas de trabajo para su mejor desenvolvimiento en el desarrollo de las clases.
      •   Cuidar los ambientes, equipos, mobiliarios y otras instalaciones del colegio.
      •   El 30% de inasistencia injustificada de los alumnos a las clases programadas, dan lugar a su
          retiro y/o desaprobación de los mismos.
      •   Practicar en todo momento y lugar la higiene y la presentación personal.

Art. 31º.- DEL HORARIO DE INGRESO Y SALIDA DEL ESTUDIANTE


      El horario de ingreso y salida en los niveles de inicial, primaria y secundaria será diferenciado
      por las características de los estudiantes tales como la edad, nivel de madurez, etc. y al nivel que
      se atiende.
      NIVEL INICIAL
      Hora ingreso: 9,00 a.m.          Hora de salida: 12, 30 p.m. (03 años)
                                                        01.00 p.m. (4 y 5 años)
      NIVEL PRIMARIA
      Hora ingreso: 7, 45 a.m.         Hora de salida: 01, 00 p.m.
      Inicio de clases: 8.00 a.m.
NIVEL SECUNDARIA
      Hora ingreso: 7, 30 a.m.         Hora de salida: 1, 15 p.m.
      Inicio de clases: 7.45 a.m.


Art. 32º.- DE LAS TARDANZAS E INASISTENCIAS
      •   Será considerado TARDE cuando el estudiante llegue 5 minutos fuera del horario
          establecido por cada nivel educativo.
•         Tres tardanzas consecutivas durante la semana será considerado como INASISTENTE y el
                  estudiante ingresará al plantel con su padre /madre o apoderado a fin de justificar sus
                  tardanzas.
        •         Toda inasistencia debe ser justificada al día siguiente, en el Cuaderno de Control, solo en el
                  caso de que sea un día.
        •         Cuando el alumno falta dos (2) días consecutivos, tiene que apersonarse a justificar el Padre
                  de Familia o Apoderado ante el docente de aula o Auxiliar de Educación que corresponda.
        •         Cuando falte tres o más días, solo se justificará con Certificado Médico u otro, con una
                  solicitud dirigida a la Dirección del Institución educativa.


Art. 33º.-         DEL UNIFORME Y LA PRESENTACION PERSONAL
             a. El uso del Uniforme Escolar es obligatorio para todos los alumnos del nivel Inicial, Primaria
                    y Secundaria. Esta debe ser como sigue:
                    - Camisa blanca
                    - Pantalón azul marino
                    - Falda con los colores distintivos del plantel.
                    - Chompa azul con la insignia bordada y venas rojo y blanco.
                    - Medias azul marino
                    - Zapatos escolares negros.
                    - Adicionalmente se usará una chompa blanca cuello alto, color blanco
                    - También en horario de frío intenso se usará una casaca y poncho color oscuro.

             b. El uso del uniforme de Educación Física solo será para los días establecido en su horario de
                    clases; y debe ser como sigue:
                    - Polo de Educación Física blanco
                    - Buzo de la Institución Educativa
                    - Zapatilla blanca.
             c.     Toda prenda u objeto diferente o adicional al uniforme será requisado y puesto a
                    disposición del Auxiliar de Educación.

             d.     Los lunes y viernes los estudiantes que van a llevar el área de Educación Física, deberán
                    portar su uniforme de educación física únicamente.

Art. 34º.-DE LAS PROHIBICIONES Y SANCIONES A LOS ESTUDIANTES:
             Toda sanción estará encaminada a recuperar la buena convivencia y el comportamiento del
             estudiante. Se aplicará cuatro (4) tipos de sanciones:
•   LLAMADA DE ATENCION VERBAL: Cuando la falta o conducta inapropiada es de menor grado.
       Los alumnos que tienen Llamada de Atención Verbal son los que incurren en:
           o   Salir del Salón sin permiso y/o no asistir a las clases estando dentro de la institución
               educativa.
           o   Causar desorden en el aula, formaciones, biblioteca, visitas de estudio, talleres u otras
               actividades que organiza la institución educativa.
   •   AMONESTACIONES ESCRITAS: Son para conocimiento de los Padres de Familia Apoderados, los
       cuales deben ser firmados. Los alumnos serán objeto de Amonestación Escrita, si incurren en:
           o   Los que reinciden en las infracciones anteriores.
           o   Los que suplantan las firmas del Padre de Familia o Apoderado.

   •   SUSPENSION TEMPORAL: Dada por el Sr. Director, previa coordinación con el Consejo Educativo
       Institucional:
           o   Los que hacen caso omiso a las sanciones anteriores.
           o   Faltar el respeto a sus compañeros, Profesores(as), Auxiliares, Personal Administrativo,
               de Servicio, etc.
           o   En caso de calumnia, injuria o abuso debidamente injuriosas o inmorales.
           o   Hacer inscripciones injuriosas o inmorales en carpetas, paredes internas y externas de la
               Institución Educativa.
           o   Falsificar firmas en justificaciones de Padres de Familia o Apoderados.
           o   Evadirse del Centro Educativo en horas de clase.
           o   Malograr o destruir voluntariamente el mobiliario, ventanas, puertas, material didác-
               tico, por lo que será sancionado disciplinariamente y económicamente.
           o   Los que adulteren las notas de la Tarjeta de Información.

   •   SEPARACION DEFINITIVA: Se da cuando el estudiante incurre en falta grave, sancionado por el
       CONEI. Ellos son los que incurren en:
           o   Los que hacen caso omiso a las sanciones anteriores.
           o   Actos de inmoralidad, robo, apropiación ilícita de bienes ajenos.
           o   Alumnas que tienen suspensiones reiteradamente.
           o   Alumnas que sean sorprendidos en estado etílico, con síntomas de haber ingerido
               tóxicos o drogas.


Art. 35º.- No podrán matricularse a la Institución Educativa:
   •   Los estudiantes que fueron suspendidos definitivamente.
   •   Los estudiantes que tengan dos veces matrículas condicionales.
•   Los estudiantes que repitan dos años consecutivos.

     •   Otros que la Sub Dirección Dirección disponga.

Art. 36º.- DE LOS ESTIMULOS A LOS ESTUDIANTES
         La Institución Educativa otorga estímulos a los estudiantes que hayan demostrado acciones
         relevantes de:
     •   Haber ocupado los dos primeros puestos del Cuadro de Méritos de su nivel/grado, haciéndose
         acreedor a la felicitación pública mediante un estimulo.
     •   Haber ocupado el Primer Puesto en el Cuadro de Méritos de los niveles inicial, primaria y
         secundaria, haciéndose acreedor a la Medalla de Oro y para el segundo puesto Medalla de
         Plata.
     •   Haber ocupado los primeros puestos en los eventos académicos, deportivos y culturales con la
         felicitación pública y los estímulos pertinentes.
     •   Ser acreedores de estímulos a los alumnos que practican la cooperación, solidaridad y
         responsabilidad e las actividades programadas.




                                                  CAPITULO V


              DE LOS DOCUMENTOS OFICIALES Y EL RÉGIMEN ECONÓMICO


Art. 37 .- DOCUMENTOS OFICIALES QUE DEBE TENER LA INSTITUCIÓN


           En el Archivo, toda Documentación bajo cargo que ingresa o sale del Institución educativa
     deberá archivarse a fin de dar información al Director cuando este lo solicite.
     Documentos oficiales que debe tener la institución:


a.       Constitución Política del Perú.
b.       Diseño Curricular Nacional.
c.       Plan Anual de Trabajo (P. A. T.).
d.       Programa Curricular de la Institución (P. C. I.).
e.       Proyecto Educativo Institucional (P. E. I.).
f.       Cuadro de Asignación del Personal (C. A. P.)
g.       Reglamento Interno (R. I.)
h.       Libro de Asistencia del Personal Docente y Administrativo
i.       Libro de Actas.
j.       Libro de Caja de Recursos Propios.
k.       Organigramas.
l.       Cuaderno o papeleta de salida.
m.       Manual de Funciones.
n.       Ley General de Educación.
o.       Ley General del Profesorado.
p.       Manual de Derechos del Niño (Código del niño y el adolescente).
q.       Informes Anuales.
r.       Documentación de Supervisión.
s.       Fichas de Personal.
t.       Estadística.
u.       Inventario del Colegio.
v.       Fichas y Nóminas de Matrícula.




Art. 38.- MANEJO DOCUMENTARIO


         El trámite documentario está a cargo de la Sub Dirección y Dirección de la Institución Educativa,
se refiere a anotar en el libro y distribuir los documentos que ingresan, así como darles el curso regular
en el término de la distancia en forma adecuada y oportuna.


Art. 39.- PRESUPUESTO


     a. El Director de la Institución Educativa es responsable de la buena Administración de los Recursos
         Propios e Infraestructura, Conservación y Mantenimiento de los Bienes de la Institución (kiosco,
         etc.) para lo cual se organizará derivando funciones de acuerdo a Ley, APAFA y Guardianía.
     b. Todo Ingreso por recuperar deberá estar escrito en el Libro de Caja, el cual deberá estar foliado y
         sellado, asimismo los egresos deben estar debidamente sustentados con documentos (recibos de
         salida, boletas de venta).
     c. La APAFA informará mensualmente el balance económico al Director de la Institución Educativa y
         posteriormente a los directivos de Comité de Aula y/o a la asamblea general bimestralmente.


Art. 40.- FUENTES DE FINANCIAMIENTO: Ingresos previstos.
Son ingresos propios de la Institución Educativa
  a. Por trámites administrativos de acuerdo al TUP.
  b. Por exámenes de Subsanación, Aplazados y cursos de cargo.
  c. Por Programa de Recuperación Académica, este rubro se dispone de acuerdo a la Norma Vigente
       y específica.
  d. Venta de insignias y tarjetas de control como refiere el manual de ingresos propios.
  e. Expedición de Certificados.
  f.   Constancias de Vacantes.
  Son ingresos captados por el Comité de Recursos Financieros R.M. N° 144-2001-ED
  a.    Por alquiler de aulas y/o ambientes.
  b.    Por actividades productivas.
  a. Por donaciones entre otros.


Art. 41.- SOBRE LOS LIBROS CONTABLES
       Todo egreso por recursos deberá estar inscrito en el Libro de Caja, el cual deberá estar foliado y
  sellado, dichos egresos deberán estar sustentados por documentos probatorios como:


  a. Recibos de salida numerados, firmados y sellados por el Director como visto bueno y firmado por
       la persona que recibe dicha cantidad.
  b. Boletas de venta, ya por los diferentes conceptos dando el visto bueno la Dirección de la
       Institución educativa.
  c. Todo comprobante de pago deberá ser original y archivado en un legajo exclusivo para
       documentos mercantiles.


  Tanto los ingresos como los egresos deben estar registrados en un Libro de Caja, el cual deben
  registrarse de la siguiente manera:


  a. En orden cronológico.
  b. Los ingresos se registran en el folio izquierdo del Libro de Caja.
  c. Los egresos se registran en el folio derecho del Libro de Caja.
  d. El saldo del mes es el resultado de restar los ingresos, los egresos (gastos) efectuados en el
       mismo mes. Este saldo se arrastra como saldo inicial para el mes siguiente.
  e. Después de registrados los ingresos y egresos, el Libro de Caja debe ser firmado por los
       responsables del manejo de las cuentas.
  f.   El cierre del Libro de Caja debe realizarse en forma mensual.
g. El seguimiento de ingresos, egresos y saldos del Libro de Caja permitirá la toma de decisiones
     oportuna en relación a las necesidades y/o requerimiento del mes siguiente.
     Los ingresos propios y de los servicios complementarios, serán destinados para los gastos de
representación de alumnos, docentes y directivos, según orden de prioridad en las actividades de
carácter educativo, culturales, cívico patriótico, deporte, solidaridad, recreación social y
emergencias.


     Los Ingresos y Egresos se informarán trimestralmente a la autoridad inmediata superior UGEL, a
cargo de Dirección así cada mes se publicará durante 5 días útiles los ingresos y egresos para
conocimiento de la comunidad educativa y opinión del Consejo Educativo Institucional.


     Los Recursos Económicos previnientes tanto de Recursos Propios como de Recursos Financieros,
serán administrados de la forma siguiente:
a. Los recibos de egresos, previamente, deberán tener el V°B° con firma y sello del Director de la
     Institución Educativa, autorizando los gastos.
b. Los gastos que sustenten gastos como boletas de ventas, deberán ser los más claros posibles, en
     el detalle de los artículos comprados como de los servicios prestados (RUC actualizado, cantidad,
     detalle y precio unitario).
c. Todos los documentos contables, debidamente autorizados, deberán ser archivados
     cronológicamente y en forma diaria, tan pronto como ocurren y previo registro en un cuaderno
     diario, que se adjunta, donde se reflejen los ingresos y los gastos así como el saldo diario de
     dichos fondos.
d. Para la autorización de cualquier gasto, se deberá presentar al Director, el reporte de los saldos a
     la fecha, cuando la cantidad es superior a S/. 200.00.
e. Los productos de gastos habituales como papel Bond, Disk et, entre otros, se deberán comprar al
     por mayor, con la debida anticipación.
f.   Para el uso de dichos materiales, se abrirá un cuaderno de cargos, donde se registre la entrega
     de los referidos materiales, con fecha, firma y nombre del docente o personal de la Institución
     Educativa, bajo la responsabilidad del Director y la Tesorera del Comité de Gestión de Recursos
     Financieros.
g. Los gastos por movilidad, se harán con mucha austeridad, con las cantidades máximas: Por cada
     alumno S/. 2.00, cuando sale a representar a la Institución Educativa, los docentes S/. 4.00 cada
     uno, y el Director S/. 5.00 c/u. Todo ello dependiendo de la distancia y transportes que se
     utilizarían (taxi o transporte público). Mayores cantidades de las indicadas, será autorizado por
     el Director de la Institución Educativa.
h. El personal directivo, docente y no docente, firmarán el recibo correspondiente, por movilidad,
       indicando el lugar donde se dirige, nombre, firma, DNI y fecha.




ART. 42.- EXONERACIONES Y BENEFICIOS LEGALES
        Las exoneraciones para Educación Religiosa y Educación Física se hacen de acuerdo a las
   disposiciones vigentes, debiendo ser solicitado en el mes de abril y en cada año lectivo previa
   presentación de documentos.


Art. 43.- DE LA INFORMACIÓN A LOS PADRES DE FAMILIA
   -   Los horarios de Atención a los Padres de Familia, es de acuerdo a la disponibilidad del horario
       central de clases, de los profesores tutores, de la Dirección General de la Institución educativa,
       horario que se publicará en los primeros días de clase.
   -   La dirección general y las sub direcciones atenderán a los padres de familia en los siguientes
       horarios.
              o Inicial :           8.00 a las 8.30 a.m.           12.30 p.m. – 1.30 p.m.
              o      Primaria:      9,30 a.m. – 12.00 p.m.         10, 15 a.m. 10, 45 a.m.
              o     Secundaria      9.30 a.m. - 12.00 p.m.         10.45 – 11,15 a.m.
   -   Son medios oficiales de Información a los Padres de Familia sobre la situación académica,
       comportamiento y actividades extra curriculares de sus hijos:
         a) Libreta de Notas
         b) Cuaderno de Control
         c) Reunión de Comité de Aula
         d) Citación Personal
         e) Charlas de Escuela para Padres
         f)       Charla a los Padres sobre los cambios educativos actuales.
         g) Toda asistencia a la Institución Educativa debe constar en libro de ocurrencias que se
                  encuentra en la Coordinación de Formación General.




                                                  CAPÍTULO VI




                                   DE LAS RELACIONES Y COORDINACIONES
Art. 44.- CON LOS PADRES DE FAMILIA


     La APAFA convocará a reuniones periódicas de acuerdo a Ley y a su plan de trabajo, previa
     coordinación con la Dirección General.
     El desarrollo de la escuela para padres, se programará y ejecutará en coordinación entre la
     Dirección General, Sub dirección, y la Comisión respectiva.
     La asistencia de los padres de familia a estas reuniones es de carácter obligatorio.


Art. 45.- CON LAS INSTITUCIONES DE LA LOCALIDAD


     La Dirección coordinará con las Instituciones de la Localidad en las diversas actividades que se
     programen; sin desvirtuar los fines, objetivos y principios que rigen a la Institución educativa.


Art. 46. - CON LA ASOCIACIÓN DE EX – ALUMNOS


     La Dirección brindará facilidades a los ex – alumnos para realizar actividades dentro de la
     Institución Educativa y con fines de mejoras en la Institución.




ART 47º.- DISPOSICIONES TRANSITORIAS



1.      En el momento de la matrícula el estudiante recibirá el mobiliario que le corresponde,
          preocupándose de su buena conservación en caso contrario y/o deterioro está obligado a su
          reparación y reposición, en el caso de su incumplimiento no podrá hacer gestiones
          documentarias en la institución.

2.      La Dirección podrá delegar funciones respetando la estructura orgánica cuando la circunstancia
          lo requieran.

3.      Toda correspondencia o comunicación dirigida a la superioridad del rubro o entidades serán
          refrendados por el Director General.

4.      Queda terminantemente prohibido, al personal directivo docentes, administrativos, servicios y
          estudiantado en general prestar declaraciones que perjudican o denigren la imagen de la
          institución a periodistas de radio y/o televisión.
Institución Educativa Integrado Nº 34002
                                           “6 Diciembre”


                                O R G A N IG R A M A N O M IN A L

                                           DIRECCIÓN REGIONAL
                                             EDUCACIÓN PASCO
                                           Lic. Víctor Torres Salcedo


                                                 UGEL PASCO
                                          Lic. Hugo Trinidad Egúsquiza

                                                                                                 CONSEJO
                                                                                                EDUCATIVO
                                                   DIRECCIÓN
 ASOCIACIÓN DE                                                                                INSTITUCIONAL
PADRES DE FAMILIA                                  GENERAL
                                           Lic. César Torres Roque
                                                                                                 CONSEJO
                                                                                                ACADÉMICO
        SECRETARÍA


  AUXILIAR BIBLIOTECA
  Lic. Hilda Chuquimantari V.
                                                                                               JEFATURA
                                             SUB DIRECCIÓN                                  AULA INNOVACIÓN
           PERSONAL
           SERVICIO                                                                        Lic. Irene Vásquez Aliaga



                                INICIAL                             PRIMARIA
                       Lic. Clérida Rojas Osorio               Lic. Delma Aquino Huallpa




                                 ÁREA TÉCNICO
    ÁREA                                                    ÁREA                    ÁREA                  ÁREA
                                PEDAGÓGICO E
 TUTORÍA Y OE                                           INFRAESTRUCT.            IMAGEN INST.         ECOLOGÍA Y MA
                                INVESTIGACIÓN

                                                                            ÁREA
                ÁREA                                                      TÉCNICO               ÁREA
            MUNICIPIO ESC .                                              CULTURAL           DEFENSA CIVIL


                                            DOCENTES EN
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                                                     SECUNDARIA


          AUXILIAR DE
          EDUCACIÓN

                                                   ESTUDIANTES
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Reglamento 2010

  • 1. REFORMULADO POR EL EQUIPO DIRECTIVO CERRO DE PASCO, MARZO DEL 2010
  • 2. EL REGLAMENTO INTERNO Qué es el Reglamento Interno? .- Es un instrumento de gestión que regula la organización y funcionamiento de la Institución Educativa. Contiene los fines, objetivos y la forma cómo se organiza internamente el plantel; así como las funciones, responsabilidades y obligaciones de sus miembros, el desarrollo de las actividades académicas y administrativas, el régimen económico, disciplinario y las relaciones con la comunidad. ¿Que importancia tiene? .- Garantiza el buen funcionamiento de la Institución Educativa, Informa al personal sobre sus derechos, obligaciones y responsabilidades y define ámbitos de competencia de los miembros de la comunidad educativa. ¿Quiénes lo elaboran? ¿Quién lo aprueba? .- El reglamento Interno es elaborado por el equipo Directivo con la participación del personal docente y administrativo. Es aprobado por el Director mediante Resolución Directoral previa ratificación del CONEI y la comunidad educativa. ¿Que información contiene?- Contiene la siguiente información: CAPITULO I GENERALIDADES (fines, objetivos, organización interna, organigramas etc.) CAPITULO II GESTION PEDAGÓGICA (horario, calendarización, hora de libre disponibilidad, funcionamiento de laboratorio, talleres, biblioteca). CAPITULO III GESTIÓN INSTITUCIONAL, (organización institucional, estructura orgánica) - Órgano de Dirección - Órgano de participación - Órgano de asesoramiento - Órgano de apoyo CAPITULO IV GESTIÓN ADMINISTRATIVA CAPITULO V RELACIONES Y COORDINACIÓN CON LA COMUNIDAD DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS. DISPOSICIONES FINALES.
  • 3. PRESENTACIÓN El presente Reglamento Interno, tiene el propósito de contribuir el mejor servicio de la calidad de educación que se brinda en la Institución Educativa acorde con los planes estratégicos formulados para el periodo 2010-2014. Consta de VI Capítulos y 47 Artículos, cada uno de ellos enmarcados en aspectos que involucra el mejor servicio que presta la Institución Educativa a La comunidad educativa de la provincia de Pasco. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Art. 1º NATURALEZA. Este instrumento de gestión regula la vida institucional con una visión de trabajo comunitario, organización flexible , innovadora e integradora entre los tres niveles de la educación básica regular para un mejor desempeño y buena convivencia entre los integrantes de la comunidad educativa de la Institución Educativa Integrado Nº 34002 “6 de Diciembre” el cual ha sido formulado por el equipo directivo y docente considerando los principios de la ética, la equidad de oportunidades, la interculturalidad, la práctica constante de valores y el respeto a la naturaleza acorde con las normas legales del sector educación y otros. Art. 2º FINES DEL REGLAMENTO INTERNO • Proporcionar información oportuna a la comunidad educativa de la institución educativa referente a la organización y normatividad que debe cumplir dentro y fuera del plantel. • Regular y uniformizar las acciones del monitoreo, control y supervisión de las labores Técnico- Pedagógicas, de Gestión y Administrativas. • Precisar la labor que le corresponde realizar a cada miembro de la comunidad educativa. • Promover la práctica de valores en el desarrollo de sus capacidades, aspectos morales, éticos, cívicos patrióticos del personal Directivo, Docente, Administrativo, de Servicio y estudiantado en general.
  • 4. Fomentar en los estudiantes el espíritu reflexivo, crítico, creativo, innovador, toma de decisiones y la investigación constate respetando su entorno y desarrollando acciones de buena conviviencia. Art. 3º BASES LEGALES a. Constitución Política del Perú b. Ley General de Educación Nº 28044 c. Ley del Profesorado Nº 24029, su Modificación Nº 25212 y su Reglamento N° 019–90–ED. d. Ley N° 27337 Código de los Niños y Adolescentes. e. D. L. N° 276 Carrera Administrativa; D. L. N° 800–96–ED f. Reglamento del Sistema de Gestión Educativa DS Nº 09-2005-ED g. Reglamento de la Educación Básica Regular: DS Nº 013-2004-ED h. Normas para la Gestión y Desarrollo de las Actividades en los Centros Educativos 2010. i. Reglamento de Asociación de Padres de Familia j. Directiva N° 088–2003 VMG. I – Conformación de Consejo Educacional Institucional. Art. 4º ALCANCES El presente Reglamento es de cumplimiento obligatorio para todos los integrantes que conforman la Comunidad Educativa. • Personal directivo • Personal docente • Personal administrativo y de servicio. • Estudiantes en general. Art. 5º DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA La Institución Educativa Integrada se encuentra ubicada en el Asentamiento Humano de Uliachín, Sector III, del Distrito de Chaupimarca, Provincia y Región Pasco, correspondiente a la UGEL PASCO. La Institución Educativa fue creado el año de 1943 con el nivel primaria, iniciando su funcionamiento en el Barrio “La Docena” en la casa del Sr. Porras como Escuela Unidocente de Mujeres; luego se traslada al Barrio de Bellavista, (actual oficina de la Vigilancia de Volcan Cía S.A.A.); posteriormente a la Calle Lima Nº 484 de propiedad del Sr. Rodríguez y por último al Bario de Uliachín (ubicada entre la Av. Circunvalación Arenales, Jirones Ricardo Palma, Tacna y Dos de Mayo).
  • 5. Su primera denominación fue Escuela Primaria de Mujeres Nº 4903 “La Esperanza”, posteriormente fue reemplazado por la de Escuela Primaria de Menores Nº 34002 “6 de Diciembre” y a la vez se gesta la creación del nivel secundario con la denominación de Colegio Nacional Industrial de Mujeres “6 de Diciembre” y en el nivel inicial como Jardín de niños “San Miguel”. Su Directora fundadora fue la destacada Maestra Srta. Carmen MADRID FALCONI procedente de la localidad de Goyllarisquizga. En el año de 1966 se gestiona la adquisición del terreno y la construcción de la infraestructura. La directora Sra. Adriana IBARRA NATION y personal docente: Ana Graciela Angeles y Ana Cristóbal de Malpartida con el apoyo de la Junta Directiva del Patronato Escolar trabajaron gestionando para la ADQUISICION del terreno, ante el Concejo Municipal de Pasco, consiguiendo 10,000 m2 en el barrio de Uliachín con la aprobación del alcalde Dr. Fernando RAMOS CARREÑO y demás miembros de su junta edil. La integración entre el nivel inicial y primaria se gesta mediante la RD Nº 1420 del 17-06-1999: se integra el JN “San Miguel” a la EPM Nº 34002 6 de Diciembre. Posteriormente mediante la Resolución Directoral Nº 4078 del 20-11-2002 se integra el nivel secundario denominándose como Institución educativa Integrado Industrial Femenino Nº 34002 “6 de Diciembre” a petición de la comunidad educativa de Uliachín. Con la RD Nº 0629 del 22-12-2003 emitido por la UGEL Pasco, se corrige la denominación Industrial Femenino y pasa a denominarse Institución Educativa Integrado Industrial Nº 34002 “6 de Diciembre”. Finalmente en agosto del 2008 mediante la RD N° 1840 se determina la estructura orgánica y la denominación oficial: Institución Educativa Integrado Nº 34002 “6 de Diciembre”. Art. 6º SON OBJETIVOS INSTITUCIONALES • Mejora continua de la calidad de servicios que ofrece la institución educativa en los tres niveles: inicial, primaria y secundaria fomentando una cultura innovadora, creativa y de sana competencia. • Fortalecimiento permanente de la calidad de vida de los miembros de la comunidad educativa y, especialmente de los estudiantes con la práctica permanente de valores positivos y la ejecución de proyectos educativos. • Dotar a la Institución Educativa de infraestructura y equipos acorde con el avance de la ciencia y la tecnología. Art. 7º SON FUNCIONES GENERALES DE LA INSTITUCIÓN Dentro del marco de las funciones señalamos los siguientes: • Ejecutar la política educativa nacional, regional, local e institucional organizando acciones y proyectos de acuerdo a las necesidades, intereses y potencialidades de la comunidad educativa,
  • 6. comprometiendo el apoyo de la APAFA, el gobierno regional, local y otras instituciones nacionales e internacionales. • Planificar, organizar, dirigir, evaluar y supervisar las acciones educativas dentro y fuera del plantel. • Diversificar el Diseño Curricular Nacional de los tres niveles de la Educación Básica Regular de acuerdo a las necesidades, intereses y potencialidades de los estudiantes y a las característi cas de la región. • Elaborar e implementar material didáctico y recursos educativos acorde al avance tecnoló gico- científico y adecuado a la realidad local y regional. • Brindar servicios de tutoría y orientación educacional creando las condiciones adecuadas para el desarrollo pleno del estudiante y su estrecha vinculación con la familia y la comunidad. • Participar en las acciones de promoción y desarrollo de la comunidad, interviniendo en obras de interés social. • Promover y desarrollar actividades socioculturales, deportivas y recreativas que permiten la formación integral de los estudiantes con la participación plena de la comunidad.
  • 7. I N T I T U C I ÓInstitución Educativa IIntegrado DNº 34002 4 0 0 2 N ED U C A T I V A N T E G R A O Nº 3 “6 Diciembre” “6 D E DI C I E M B R E ” O R G A N IG R A M A E S T R U C T U R A L DIRECCIÓN REGIONAL EDUCACIÓN PASCO UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL PASCO CONSEJO EDUCATIVO ASOCIACIÓN DE DIRECCIÓN INSTITUCIONAL PADRES DE FAMILIA GENERAL CONSEJO ACADÉMICO SECRETARÍA AUXILIAR BIBLIOTECA PERSONAL JEFATURA SERVICIO SUB DIRECCIÓN AULA INNOVACIÓN INICIAL PRIMARIA ÁREA TÉCNICO ÁREA ÁREA ÁREA ÁREA PEDAGÓGICO E TUTORÍA Y OE INFRAESTRUCT. IMAGEN INST. ECOLOGÍA Y MA INVESTIGACIÓN ÁREA ÁREA TÉCNICO ÁREA MUNICIPIO ESC . CULTURAL DEFENSA CIVIL DOCENTES EN GENERAL INICIAL PRIMARIA SECUNDARIA AUXILIAR DE EDUCACIÓN ESTUDIANTES EN GENERAL
  • 8. INTI T U C I Ó N ED U C A T I V A IN T E G R A D O Nº 34 0 0 2 Centro Educativo Integrado Industrial Nº 34002 “6 Diciembre” “6 D E D I C I E M B R E ” O R G A N IG R A M A F U N C IO N A L DREPASCO UGELPasco SECRETARÍA CONSEJO EDUCATIVO Depende del director INSTITUCIONAL Archiva ----- Organiza DIRECCIÓN Participa ----- Concerta Tramita ------- Lleva Representa Vigila Expide registros Administra Informa ------ Automatiza Dirige Supervisa APAFA PERSONAL DE SERVICIO Evalúa Participa ---- colabora Recepciona ----- Cuida Aprueba Gestiona ----- vela Mantiene ----- Conserva Preside Estimula Informa ------- Vigila Coordina Controla ------ Asea Estimula Delega funciones CONSEJO ACADÉMICO BIBLIOTECARIO Autoriza Elabora , desarrolla , evalúa Clasifica ----- Informa el PCC. Cataloga ------ Administra Analiza --- propone Orienta ------ Colabora Diseña --- formula Dirige ------ Organiza Promueve ----- Participa Sub Director PRIMARIA Sub Director INICIAL Depende del director Depende del director Planifica ---------- Ejecuta Planifica ---------- Ejecuta Organiza ---- Controla Organiza ---- Controla Supervisa ----- Evalúa Supervisa ----- Evalúa Coordina ---- Informa Coordina ---- Informa AUXILIAR DE EDUCACION Jefatura Aula Innovación Apoya ---- contribuye Depende del sub director Planifica ---------- Ejecuta Exige ---- mantiene Organiza ---- Implementa Evalúa ----- controla DOCENTES Coordina ---- Informa Orienta ---- coordina Programa Desarrolla Evalúa Orienta Participa Coordina Actualiza Elabora Ejecuta Integra y correlaciona Colabora Conserva Identifica Apoya
  • 9. CAPÍTULO II ASPECTO TÉCNICO PEDAGÓGICO Y ADMINISTRATIVO Art. 8º DE LA JORNADA LABORAL Y HORARIO DE TRABAJO DEL PERSONAL • La Jornada laboral del Director General y Sub Directores de la institución educativa es de lunes a viernes durante 11 meses al año; pudiendo hacer uso de sus vacaciones un mes; de preferencia en los meses de Enero - Febrero. • La jornada de los docentes es de lunes a viernes durante el período de Marzo – Diciembre. En el nivel inicial y primaria es de 30 horas semanal/mensual y en el nivel secundario es de 24 horas semanal/mensual. • La Institución Educativa tendrá un horario diferenciado respetando las características de los Estudiantes del nivel Inicial, Primaria y Secundaria de Educación Básica Regular. a. DIRECTOR GENERAL : Mañanas: 7. 30 a.m. - 1.30 p.m. Tardes : 3, 30 p.m. - 6.30 p.m. Miércoles, Jueves, Viernes b. SUB DIRECTORES: NIVEL INICIAL Mañanas: 7.45 a.m. - 1, 45 p.m. Tardes : 4, 30 p.m. - 6, 30 p.m. Lunes – Martes - Miércoles NIVEL PRIMARIA Mañanas: 7.40 a.m. - 1, 40 p.m. Tardes : 4, 30 p.m. - 6, 30 p.m. Lunes, Jueves, Miércoles. f. AUXILIARES DE EDUCACION NIVEL INICIAL Mañanas: 8,00 a.m. – 2, 40 p.m. NIVEL SECUNDARIO Mañanas: 7.00 a.m. - 2.00 p.m.
  • 10. g. PERSONAL DE SERVICIO Y GUARDIANIA Mañanas: 6. 00 a. m. - 1.45 p.m. Noche : 7, 45 p.m. - 6,00 a. m. h. PERSONAL DOCENTE: Se regirán al horario de acuerdo a las necesidades educativas y responsabilidades en los tres niveles: Inicial, Primaria y Secundaria i. BIBLIOTECARIO 7, 30 A.M. ----- 2,30 P.M. Art. 9º DE LA CALENDARIZACIÓN La calendarización de la Institución Educativa Integrado es flexible en los tres niveles pudiendo ser bimestral trimestral, iniciándose las labores escolares el 08 de Marzo y culminando el 17 de Diciembre del presente año, cumpliendo en total 40 semanas de labor pedagógica efectiva y administrativa. Art. 10º DE LAS HORAS DE LIBRE DISPONIBILIDAD Las horas de libre disponibilidad en el nivel primario están distribuidas en la ejecución de talleres de razonamiento matemático y verbal. En el nivel secundario se está dando prioridad a las áreas de Comunicación – Comprensión Lectora y Educación para el trabajo en los cuales los estudiantes deben aprender habilidades cognitivas, meta cognitivas y opciones laborales según requiera el mercado laboral.
  • 11. CAPÍTULO III ASPECTO INSTITUCIONAL Y ESTRUCTURAL Art. 11º DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA U ÓRGANOS DE LÍNEA La estructura orgánica de la Institución Educativa Integrado Nº 34002 “6 de Diciembre” es la siguiente: 11.1 Órgano de Dirección • Director General • Sub Direcciones • Comité Directivo 11.2 Órgano de Participación • Consejo Educativo Institucional 11.3 Órgano de Asesoramiento • Consejo Académico 11,4 Órgano de Apoyo • APAFA • Equipo Administrativo • Municipio Escolar • Brigada Escolar • Asociación de Ex – alumnos • Comités de Aula ART. 12º DEL ORGANO DE DIRECCION El responsable de la conducción y funcionamiento general de la institución educativa es el Director General quien depende jerárquicamente del Director de la Unidad de Gestión Educativa Local Pasco. Los subdirectores dependen del Director General, los cuales conjuntamente con el Director General conforman el Comité Directivo y son responsables de organizar, conducir y evaluar los procesos de gestión pedagógica, institucional y administrativo de la Institución Educativa. Art. 13º DEL CONTROL DE ASISTENCIA Y TARDANZAS DEL PERSONAL • El control de asistencia del personal directivo, administrativo, docente y de servicio estará a cargo de la Dirección General y de las sub direcciones de acuerdo al horario establecido según
  • 12. el Art. 8º del presente Reglamento. • Todo personal Directivo y Administrativo de la Institución Educativa está obligado regis trar su ingreso y salida mediante la firma en la hoja de asistencia que estará en la Dirección General de acuerdo al horario establecido, caso contrario se le considera faltó. • El personal docente está en la obligación de firmar en el parte diario de clases controlado por los Sub Directores del nivel inicial y primaria. • Constituye tardanza al centro de trabajo, hasta cinco (5) minutos después de la hora señalada para el ingreso, pasado este tiempo se considerará inasistencia. • Se considera INASISTENCIA en los siguientes casos:  No asistir al centro de trabajo  En los docentes por su naturaleza del horario de clases hasta cinco (5) minutos solo en la primera hora de clases, pasado este tiempo se considera falta.  Se considera falta en todos los casos al no registrar su firma de ingreso y salida en el personal Administrativo, salvo en casos debidamente justificados. • La justificación de las inasistencias motivadas por razones personales serán en el lapso de 24 horas previa justificación con documentos probatorios. • La inasistencia del personal por razones de salud, serán justificadas mediante certificado médico oficial emitido por Es Salud o área de salud debiendo participar a la Dirección de la Institución Educativa en un máximo de 48 horas. • El personal de la institución que se encuentran en comisión de servicio autorizados por la Dirección será justificado previa entrega de la papeleta de salida. • Cualquier permiso o licencia que requiere el servidor de la Institución, ésta debe ser solicitado antes que se haga uso de él o en todo caso en el primer día útil después de su inasistencia. ART. 14º DE LAS FALTAS Y SANCIONES 11.1. Los servidores de la Institución Educativa incurren en falta en los siguientes casos: a. Al incumplir las funciones del cargo o desempeñar con negligencia. b. Inasistir y llegar tarde reiteradamente al centro de trabajo ya sea justificada o injustificadamente. c. Abuso de autoridad y uso del cargo con fines indebidos. d. Incumplir las funciones y/o comisiones que son encomendados por la Dirección General y las sub direcciones.
  • 13. e. Llegar al centro de trabajo en estado etílico. f. Practicar actos contra el pudor y la moral. g. Practicar acciones de hostigamiento sexual y tocamientos indebidos. h. Incurrir en actos de apropiación indebida de bienes y enseres de la institución educativa. 11.2. Si el servidor incurre en una de estas faltas, según la gravedad, serán sometidos a una investigación sumaria y, si el caso amerite éstos serán derivados a la autoridad competente con la aprobación del CONEI. 11.3. Los servidores que abandonan su puesto de trabajo en horas de labor sin debida autorización o que realizan acciones diferentes a sus funciones serán sancionados con: a. Llamada de atención verbal b. Amonestación escrita c. Informe a la superioridad para el descuento respectivo y d. Separación parcial o definitiva al centro de trabajo previo proceso administrativo. ART. 15º DE LOS BIENES • Todo servidor está obligado al cuidado y mantenimiento de los bienes de la Institución Educativa. • Todo servidor que por negligencia malograra o perdiera algún instrumento, herramienta u otros enseres pertenecientes a la Institución se harán responsables de su reposición, según la gravedad del caso. En casos que se consideran delitos los responsables serán sometidos a pro- cesos administrativos y judiciales. • Los servidores de la Institución no podrán sacar fuera de ella instrumentos, inmuebles y/o enseres propios de la Institución Educativa, salvo con autorización superior. Art. 16º DEL ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN: EL CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL Es el órgano de participación, concertación y vigilancia ciudadana de la Institución Educativa. Está presidido por el Director General y está conformado por los subdirectores, un representante por nivel de los docentes, un representante de los administrativos, un representante por nivel de los estudiantes, un representante de los padres de familia por niveles, un representante del Centro de Salud de Uliachín y otro miembro de la comunidad. El comité directivo es miembro nato en el CONEI. Los representantes
  • 14. de los padres de familia y estudiantes son elegidos por voto secreto y universal previa convocatoria a elecciones. Los representantes de los docentes y administrativos pueden ser elegidos por voto directo. Art. 17º DEL ÓRGANO DE ASESORAMIENTO: EL CONSEJO ACADÉMICO. Coordina y da coherencia al proceso pedagógico en los tres niveles, está presidido por el Director General e integrado por los sub directores y un docente por nivel los cuales serán elegidos en asamblea y designados por el Director General al inicio del año lectivo. Art. 18º DEL ÓRGANO DE APOYO Apoya la gestión de la Institución Educativa conformando comisiones de trabajo y propuestas viables para el crecimiento de los integrantes de la comunidad educativa. Está integrado por el Consejo Directivo de la APAFA, Equipo Administrativo, Municipio Escolar por Niveles, la Brigada Escolar por niveles, los comités de aula y la Asociación de Ex – alumnos
  • 15. CAPÍTULO IV DE LAS FUNCIONES Y OBLIGACIONES Art. 20º FUNCIONES DEL PERSONAL DIRECTIVO DIRECTOR GENERAL El director general es la máxima autoridad y el representante legal de la Institución Educativa. Es responsable de la gestión de los ámbitos pedagógico, institucional y administrativo. Ejerce su liderazgo basándose en valores éticos, morales y democráticos. Sus funciones son: • Planificar, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar los servicios educativos que brinda la institución. • Conducir la elaboración, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, Plan Anual de Trabajo y Reglamento Interno de manera participativa. • Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica y de gestión, de experimentación e investigación educativa. • Aprobar, por Resolución Directoral, los instrumentos de gestión de la Institución Educativa. • Promover y presidir el Consejo Educativo Institucional. • Establecer, en coordinación con el CONEI, la calendarización del año escolar adecuados a nuestra realidad. • Coordinar con la Asociación de Padres de Familia el uso de sus fondos. • Delegar funciones a los subdirectores y a otros miembros de la comunidad educativa. • Estimular el buen desempeño docente estableciendo en la Institución Educativa, prácticas y estrategias de reconocimiento público a las innovaciones educativas y experiencias exitosas. • Promover acuerdos, pactos, consensos con otras instituciones u organizaciones de la comunidad y cautelar su cumplimiento. • Velar por el mantenimiento y conservación del mobiliario, equipamiento e infraestructura de la Institución Educativa.
  • 16. Gestionar la adquisición y/o donación de mobiliario y equipo, así como la rehabilitación de la infraestructura. • Presidir el Comité de Evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo. • Desarrollar acciones de capacitación del personal SUB DIRECTOR Participa en la formulación del Plan Anual de Trabajo; orienta el trabajo de los docentes de los tres niveles brindándoles el asesoramiento correspondiente y haciéndoles conocer las innovaciones y cambios que se da en la educación peruana: a) Participar en la formulación, ejecución y evaluación de los instrumentos de gestión tales como: Proyecto Educativo Institucional, el Plan Anual de Trabajo de la Institución Educativa, el Plan de Acción de su despacho, el Plan de Monitoreo y Supervisión Interna y los informes de gestión anual. b) Orientar en la formulación y ejecución de la programación curricular por niveles, ciclos y áreas. c) Supervisar permanentemente la labor del docente. d) Programar y realizar jornadas de actualización a los docentes a su cargo. e) Planificar, organizar y supervisar el proceso de evaluación del educando y las actividades de recuperación académica. f) Coordinar con los profesores la elaboración del cuadro de horas, horarios y turnos de trabajo del personal .a su cargo. g) Controla la asistencia y puntualidad del personal a su cargo y dispone el reemplazo de los ausentes con los asesores o docentes disponibles. h) Informa periódicamente al Director General , de los profesores de los alumnos y padres de familia sobre el desarrollo del proceso de enseñanza aprendizaje; i) Organiza las actividades de recuperación de los alumnos a lo largo del año lectivo en el período vacacional. j) Supervisar las actividades de TUTORIA Y ORIENTACIÓN EDUCACIONAL. k) Informa periódicamente al Director sobre la situación del nivel a su cargo. Art. 21º FUNCIONES DEL PERSONAL DOCENTE a) Participar en la elaboración, ejecución del Plan Anual de Trabajo de la Institución Educativa.
  • 17. b) Programar, desarrollar y evaluar las actividades curriculares en coordinación con los planes y programas oficiales y con las características del educando: así como las actividades de Tutoría y Orientación Educacional y Promoción Educativa Comunal necesarias para la formación integral y excepcional. c) Organizar, ambientar el aula y preparar materiales educativos con la colaboración de los educandos y padres de familia. d) Evaluar el proceso de enseñanza-aprendizaje de acuerdo con las normas vigentes y cumplir con la elaboración de la documentación pertinente. e) Mantener actualizada la documentación pedagógica y administrativa de su responsabilidad. f) Participar en actividades programadas de investigación y experimentación de nuevos métodos y técnicas de trabajo educativo, así como eventos de actualización profesional y capacitación. g) Integrar comisiones y colaborar con la Dirección General en las acciones que permitan el logro de los objetivos generales del nivel y/o modalidad y los específicos de la institución en que labora. h) Coordinar las acciones con el responsable de la sección o asesor cuando es profesor de área. i) Orientar a los educandos y velar por su seguridad durante el tiempo que permanezca en el colegio. j) Detectar problemas que afectan el desarrollo del educando y su aprendizaje, tratándose o derivando los que requieren atención especializada. k) Realizar acciones de nivelación y recuperación de los alumnos previo informe a las sub direcciones para la autorización. l) Mantener actualizada la documentación personal excepcionales a su cargo. m) Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de familia sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y del comportamiento de los alumnos. n) Participar en las acciones de Promoción Educativa Comunal y Tutoría. o) Mantener en todo momento el comportamiento personal y social acorde con su función de maestro. p) Cumplir funciones de docente con un sentido altamente educativo, de tal manera que su actividad no se limite a la enseñanza y control sino de educar la personalidad del educando. Art. 22º FUNCIONES DEL AUXILIAR DE EDUCACIÓN a) Participa en la monitoreo y supervisión del cumplimento de las normas de Convivencia, el Reglamento Interno, buenos hábitos y disposiciones que coadyuven al logro de los objetivos institucionales.
  • 18. b) Encausa y apoya la buena conservación y cambios de conducta de los estudiantes dentro y fuera de la Institución Educativa. c) Conduce el comportamiento de los estudiantes en actos cívicos, culturales, festividades, formaciones, paseos, visitas, etc. d) Contribuye en la solución directa o indirecta de los problemas educacionales de los estudiantes en coordinación con los docentes tutores. e) Investiga, orienta y asesora con alternativas de solución a los estudiantes con problemas de comportamiento. f) Colabora con la seguridad, orden, conservación y mantenimiento de los bienes de la Institución Educativa. g) Colabora con la formación de la conciencia cívica de los educandos, inspirados en altos valores de patriotismo y nacionalismo. h) Apoya el control diario del dictado de clases del personal docente, dando cuenta mensualmente al Director y los sub directores. i) Lleva el registro de Asistencia de los alumnos e informa diariamente al Director sobre las inasistencias justificadas e injustificadas del mismo en el nivel secundario. j) Lleva la tarjeta de información de los alumnos en caso de no haber secretario y comunica a los padres de familia o apoderados. k) Colabora con los docentes en las diferentes áreas en las acciones o trabajos que requieren su participación. l) Controla y/o atiende a los alumnos en las horas de clase, por ausencia y según el caso del docente, debiendo ser facultado por el Sub Director/Director General, sin excederse de 5 días de acuerdo a la capacidad y preparación académica del auxiliar de educación. m) Asegura y supervisa las acciones internas de las organizaciones estudiantiles n) Procesa la evaluación de comportamiento de los alumnos. o) Realiza las demás funciones afines al cargo que le asigne el Director de la I.E. Art. 23 FUNCIONES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO. 23.1 DEL AUXILIAR DE BIBLIOTECA: a) Ejecutar su cargo en el funcionamiento de la Biblioteca y el Centro de Recursos Pedagógicos, incluyendo el arreglo de las colecciones, como también del uso y el cuidado de los libros. b) Se responsabiliza de la organización general del servicio de la Biblioteca para los alumnos, Docentes y personal directivo así como la distribución oportuna de los textos escolares y cuadernos de trabajo a todos los estudiantes .
  • 19. c) Realizar la catalogación y clasificación de los materiales bibliográficos. d) Optimizar que la biblioteca funcione como parte integrante del Plantel y no en forma aislada o independiente procurando integrar la atención a los estudiantes, Docentes, Directivos, Administrativos y APAFA. e) Mantener informado a los usuarios, de los cambios en métodos y materiales educativos existentes en la biblioteca. f) Crear y mantener un ambiente propicio para el estudio y la lectura recreativa, insistiendo en un espíritu de comportamiento social, basado en el respeto de los demás usuarios. g) Orientar el uso bibliográfico y material a los usuarios y/o padres de familia. h) Participar en la elaboración del Plan Anual de Trabajo. i) Llevar el libro de control de los usuarios. j) Informar mensualmente a la Ub Dirección y Dirección Genral del Plantel, sobre los logros significativos. Problemas y necesidades de la biblioteca escolar. k) Colaborar con los Docentes en la selección y uso de los diferentes tipos de materiales bibliográficas que puedan enriquecer el desarrollo del Programa Curricular. Art. 24 DEL PERSONAL DE SERVICIO: a) Velar la infraestructura de todo el plantel, procurando su conservación y mantenimiento. b) Mantener limpio los salones de clases, sala de Profesores, Dirección, vivienda del Profesor, biblioteca, auditorio, pasadizos, patios, servicios higiénicos, escaleras, perímetro interno y externo de la I. E. según le corresponda. c) Velar por la seguridad de las puertas, ventanas u otro medio que sirva de acceso o salida del Plantel y por las instalaciones internas asimismo velar las pintas de las paredes por personas ajenas. d) Mantener informado a la superioridad de las incidencias que ocurran durante el cumplimiento de sus funciones y la perdida de materiales y/o irregularidades que se produzcan en la I.E. e) Acatar y cumplir las ordenes de la superioridad inherente a sus funciones. f) Recepcionar e informar diariamente, a las sub direcciones y al Director General sobre la papeleta de salida oficial o de permiso que hiciera uso el personal de la I.E. en horas de trabajo. g) Realizar trabajos afines que le asigne las sub direcciones y el Director del Plantel, de acuerdo a sus funciones.
  • 20. h) Llevar la correspondencia oficial a las sub direcciones y dirección general según corresponda. Art. 25.- FUNCIONES DE SECRETARIA GENERAL: a) Lleva en forma ordenada el archivo secretarial de la I.E. b) Lleva adecuadamente la tramitación documentaria. c) Elabora los informes mensuales de asistencia de personal. d) Informa diariamente sobre el movimiento de expedientes. e) Tramita oportunamente la documentación interna y externa de la I.E. f) Confecciona documentos técnico pedagógicos que presentan los Docente a la I.E. g) Organiza y actualiza los inventarios de la I. E. h) Lleva ordenadamente la documentación relacionada, con la matrícula, evaluación y certificación de los estudiantes. i) Ratifica la matrícula previa verificación de las actas promociónales, evaluación de recuperación y subsanación. j) Lleva la tarjeta de información de los estudiantes y comunica a los Padres de Familia sobre los casos presentados. k) Realiza las demás funciones afines al cargo que le asigne el Director de la I.E. Art. 26º.- FUNCIONES DEL CONEI a) Participar en la formulación y evaluación del proyecto educativo institucional b) Participar en el comité de Evaluación para el ingreso, asenso y permanencia del personal docente y administrativo de la I.E. c). Vigilar el acceso, matrícula oportuna y asistencia de los estudiantes en la I.E. d) Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de la universalidad, gratuidad, equidad y calidad en las Instituciones Educativas públicas. e) Vigilar el adecuado destino de los recursos de la I.E. y aquellos que, de acuerdo con lo establecido en el reglamento general de la Asociación de Padres de Familia están comprometidos con las actividades previstas en el Plan Anual de Trabajo. f) Colaborar con el Director en garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de aprendizaje, el número de semanas lectivas y la jornada del personal Docente y Administrativo par alcanzar el tiempo de aprendizaje g) Opinar sobre los criterios de autoevaluación de la I.E. y los indicadores del desempeño laboral.
  • 21. Art. 27º.- FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO a) Elaborar desarrollar y evaluar la propuesta pedagógica (Proyecto Curricular del Centro). b) Analizar el trabajo de los Docentes y proponer recomendaciones para mejorar el aprendizaje de los alumnos. c) Diseñar estrategias para optimizar los servicios de tutoría y orientación educacional. d) Formular los criterios de evaluación y recuperación académica de los estudiantes. e) Promover y desarrollar innovaciones e investigaciones. f) Elaborar los criterios e indicadores de autoevaluación institucional. g) Garantizar, en el marco del Proyecto Educativo Institucional y Plan Anual de Trabajo, en la organización de actividades y programas de la I.E Art. 28.- FUNCIONES DEL ESTUDIANTE: • Asistir diariamente al plantel correctamente uniformado y dentro del horario establecido. • Cumplir con los reglamentos inherentes y otras disposiciones emanadas por la superioridad educativa. • Cumplir con los deberes escolares de aprendizaje y participar en las diferentes actividades que se les asigna. • Respetar y practicar las reglas de urbanidad, los consejos y orientaciones que les imparten: El Director, los profesores, los auxiliares de educación y biblioteca, etc. • Demostrar buen comportamiento, el respeto mutuo, dentro y fuera del plantel preservando las áreas verdes y los lugares comunes de entretenimiento y distracción. • Cuidar y velar por la buena conservación del mobiliario, enseres, infraestructura y demás instalaciones del aula y del Centro Educativo. • Permanecer durante el tiempo de recreo en el patio exterior del plantel y no salir a la calle. • Hacer uso correcto de los servicios higiénicos. • Demostrar puntualidad y llevar ordenadamente con bastante higiene los útiles escolares. • Cultivar el buen lenguaje y no hablar palabras reñidas con sus discípulos dentro y
  • 22. fuera de la escuela. • No salir de la escuela en horas de clase, sin el permiso del profesor de Aula, el Auxiliar de Educación yo Director. • Concurrir con su padre o apoderado al Centro Educativo (aula), en caso de inasistencia o tardanzas constantes. • Mantener el prestigio de la Institución en todas sus dimensiones. • Concurrir obligatoriamente a las actuaciones Cívico Patrióticas, Sociales, Culturales y Deportivas; acompañado del profesor de sección. • Asistir obligatoriamente a los Desfiles Cívico Escolares e Izamiento del Pabellón Nacional (dominicales) correctamente uniformados, las niñas portando una cinta (sujetador de cabello, color blanco) y los varones con el corte normal del cabello. De igual manera a los entrenamientos deportivos y las competencias en caso de ser seleccionado, defendiendo los colores del Plantel. Art. 29º.- DE LOS DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES • Recibir una formación integral en cada nivel de educación en un ambiente que le brinde seguridad moral y física así como los servicios de orientación y bienestar. • Ser tratado con dignidad, respeto y sin discriminación alguna. • Recibir opiniones y críticas con responsabilidad y fundamento legal. • Recibir en forma gratuita los servicios que ofrece la institución educativa así como: una Educación Humanista con equidad y calidad. • Estar informado de manera permanente de su rendimiento académico, de preferencia del tutor y asesor. • Ser orientados en sus problemas personales, académicos y espirituales, de acuerdo a su edad y nivel de maduración. • Recibir estímulos y méritos a su denodado esfuerzo en bien de la institución (académica, de - portiva, social, cultural, etc.). • Organizar círculos de estudio, clubes, equipos y otros siempre que sean compatibles con los fines de la institución bajo autorización de la Dirección. Art. 30º.- DE LAS OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES • Participar de manera responsable en las acciones educativas, abstenerse de intervenir en
  • 23. actividades políticas o partidarias dentro de la institución y actos reñidos que vayan en contra de las buenas costumbres y morales. • Acatar y cumplir las normas de convivencia y las disposiciones emitidas por la superioridad. • Estudiar y analizar la realidad local, regional y nacional en forma crítica, creativa y racional. • Asistir puntualmente a sus labores pedagógicas. • Hacer uso del uniforme único escolar, establecido por la superioridad educativa, no portar objetos de valor, en caso de pérdida no será de responsabilidad de la I. E. • Demostrar respeto a sus compañeros, profesores, personal administrativo y de servicio y otras personas, asiendo el uso de las reglas de urbanidad. • Respetar la dignidad, honor y la propiedad de sus compañeros, docentes y demás personas. • Los estudiantes obligatoriamente deben contar con sus útiles escolares principales y herramientas de trabajo para su mejor desenvolvimiento en el desarrollo de las clases. • Cuidar los ambientes, equipos, mobiliarios y otras instalaciones del colegio. • El 30% de inasistencia injustificada de los alumnos a las clases programadas, dan lugar a su retiro y/o desaprobación de los mismos. • Practicar en todo momento y lugar la higiene y la presentación personal. Art. 31º.- DEL HORARIO DE INGRESO Y SALIDA DEL ESTUDIANTE El horario de ingreso y salida en los niveles de inicial, primaria y secundaria será diferenciado por las características de los estudiantes tales como la edad, nivel de madurez, etc. y al nivel que se atiende. NIVEL INICIAL Hora ingreso: 9,00 a.m. Hora de salida: 12, 30 p.m. (03 años) 01.00 p.m. (4 y 5 años) NIVEL PRIMARIA Hora ingreso: 7, 45 a.m. Hora de salida: 01, 00 p.m. Inicio de clases: 8.00 a.m. NIVEL SECUNDARIA Hora ingreso: 7, 30 a.m. Hora de salida: 1, 15 p.m. Inicio de clases: 7.45 a.m. Art. 32º.- DE LAS TARDANZAS E INASISTENCIAS • Será considerado TARDE cuando el estudiante llegue 5 minutos fuera del horario establecido por cada nivel educativo.
  • 24. Tres tardanzas consecutivas durante la semana será considerado como INASISTENTE y el estudiante ingresará al plantel con su padre /madre o apoderado a fin de justificar sus tardanzas. • Toda inasistencia debe ser justificada al día siguiente, en el Cuaderno de Control, solo en el caso de que sea un día. • Cuando el alumno falta dos (2) días consecutivos, tiene que apersonarse a justificar el Padre de Familia o Apoderado ante el docente de aula o Auxiliar de Educación que corresponda. • Cuando falte tres o más días, solo se justificará con Certificado Médico u otro, con una solicitud dirigida a la Dirección del Institución educativa. Art. 33º.- DEL UNIFORME Y LA PRESENTACION PERSONAL a. El uso del Uniforme Escolar es obligatorio para todos los alumnos del nivel Inicial, Primaria y Secundaria. Esta debe ser como sigue: - Camisa blanca - Pantalón azul marino - Falda con los colores distintivos del plantel. - Chompa azul con la insignia bordada y venas rojo y blanco. - Medias azul marino - Zapatos escolares negros. - Adicionalmente se usará una chompa blanca cuello alto, color blanco - También en horario de frío intenso se usará una casaca y poncho color oscuro. b. El uso del uniforme de Educación Física solo será para los días establecido en su horario de clases; y debe ser como sigue: - Polo de Educación Física blanco - Buzo de la Institución Educativa - Zapatilla blanca. c. Toda prenda u objeto diferente o adicional al uniforme será requisado y puesto a disposición del Auxiliar de Educación. d. Los lunes y viernes los estudiantes que van a llevar el área de Educación Física, deberán portar su uniforme de educación física únicamente. Art. 34º.-DE LAS PROHIBICIONES Y SANCIONES A LOS ESTUDIANTES: Toda sanción estará encaminada a recuperar la buena convivencia y el comportamiento del estudiante. Se aplicará cuatro (4) tipos de sanciones:
  • 25. LLAMADA DE ATENCION VERBAL: Cuando la falta o conducta inapropiada es de menor grado. Los alumnos que tienen Llamada de Atención Verbal son los que incurren en: o Salir del Salón sin permiso y/o no asistir a las clases estando dentro de la institución educativa. o Causar desorden en el aula, formaciones, biblioteca, visitas de estudio, talleres u otras actividades que organiza la institución educativa. • AMONESTACIONES ESCRITAS: Son para conocimiento de los Padres de Familia Apoderados, los cuales deben ser firmados. Los alumnos serán objeto de Amonestación Escrita, si incurren en: o Los que reinciden en las infracciones anteriores. o Los que suplantan las firmas del Padre de Familia o Apoderado. • SUSPENSION TEMPORAL: Dada por el Sr. Director, previa coordinación con el Consejo Educativo Institucional: o Los que hacen caso omiso a las sanciones anteriores. o Faltar el respeto a sus compañeros, Profesores(as), Auxiliares, Personal Administrativo, de Servicio, etc. o En caso de calumnia, injuria o abuso debidamente injuriosas o inmorales. o Hacer inscripciones injuriosas o inmorales en carpetas, paredes internas y externas de la Institución Educativa. o Falsificar firmas en justificaciones de Padres de Familia o Apoderados. o Evadirse del Centro Educativo en horas de clase. o Malograr o destruir voluntariamente el mobiliario, ventanas, puertas, material didác- tico, por lo que será sancionado disciplinariamente y económicamente. o Los que adulteren las notas de la Tarjeta de Información. • SEPARACION DEFINITIVA: Se da cuando el estudiante incurre en falta grave, sancionado por el CONEI. Ellos son los que incurren en: o Los que hacen caso omiso a las sanciones anteriores. o Actos de inmoralidad, robo, apropiación ilícita de bienes ajenos. o Alumnas que tienen suspensiones reiteradamente. o Alumnas que sean sorprendidos en estado etílico, con síntomas de haber ingerido tóxicos o drogas. Art. 35º.- No podrán matricularse a la Institución Educativa: • Los estudiantes que fueron suspendidos definitivamente. • Los estudiantes que tengan dos veces matrículas condicionales.
  • 26. Los estudiantes que repitan dos años consecutivos. • Otros que la Sub Dirección Dirección disponga. Art. 36º.- DE LOS ESTIMULOS A LOS ESTUDIANTES La Institución Educativa otorga estímulos a los estudiantes que hayan demostrado acciones relevantes de: • Haber ocupado los dos primeros puestos del Cuadro de Méritos de su nivel/grado, haciéndose acreedor a la felicitación pública mediante un estimulo. • Haber ocupado el Primer Puesto en el Cuadro de Méritos de los niveles inicial, primaria y secundaria, haciéndose acreedor a la Medalla de Oro y para el segundo puesto Medalla de Plata. • Haber ocupado los primeros puestos en los eventos académicos, deportivos y culturales con la felicitación pública y los estímulos pertinentes. • Ser acreedores de estímulos a los alumnos que practican la cooperación, solidaridad y responsabilidad e las actividades programadas. CAPITULO V DE LOS DOCUMENTOS OFICIALES Y EL RÉGIMEN ECONÓMICO Art. 37 .- DOCUMENTOS OFICIALES QUE DEBE TENER LA INSTITUCIÓN En el Archivo, toda Documentación bajo cargo que ingresa o sale del Institución educativa deberá archivarse a fin de dar información al Director cuando este lo solicite. Documentos oficiales que debe tener la institución: a. Constitución Política del Perú. b. Diseño Curricular Nacional. c. Plan Anual de Trabajo (P. A. T.). d. Programa Curricular de la Institución (P. C. I.). e. Proyecto Educativo Institucional (P. E. I.). f. Cuadro de Asignación del Personal (C. A. P.) g. Reglamento Interno (R. I.) h. Libro de Asistencia del Personal Docente y Administrativo
  • 27. i. Libro de Actas. j. Libro de Caja de Recursos Propios. k. Organigramas. l. Cuaderno o papeleta de salida. m. Manual de Funciones. n. Ley General de Educación. o. Ley General del Profesorado. p. Manual de Derechos del Niño (Código del niño y el adolescente). q. Informes Anuales. r. Documentación de Supervisión. s. Fichas de Personal. t. Estadística. u. Inventario del Colegio. v. Fichas y Nóminas de Matrícula. Art. 38.- MANEJO DOCUMENTARIO El trámite documentario está a cargo de la Sub Dirección y Dirección de la Institución Educativa, se refiere a anotar en el libro y distribuir los documentos que ingresan, así como darles el curso regular en el término de la distancia en forma adecuada y oportuna. Art. 39.- PRESUPUESTO a. El Director de la Institución Educativa es responsable de la buena Administración de los Recursos Propios e Infraestructura, Conservación y Mantenimiento de los Bienes de la Institución (kiosco, etc.) para lo cual se organizará derivando funciones de acuerdo a Ley, APAFA y Guardianía. b. Todo Ingreso por recuperar deberá estar escrito en el Libro de Caja, el cual deberá estar foliado y sellado, asimismo los egresos deben estar debidamente sustentados con documentos (recibos de salida, boletas de venta). c. La APAFA informará mensualmente el balance económico al Director de la Institución Educativa y posteriormente a los directivos de Comité de Aula y/o a la asamblea general bimestralmente. Art. 40.- FUENTES DE FINANCIAMIENTO: Ingresos previstos.
  • 28. Son ingresos propios de la Institución Educativa a. Por trámites administrativos de acuerdo al TUP. b. Por exámenes de Subsanación, Aplazados y cursos de cargo. c. Por Programa de Recuperación Académica, este rubro se dispone de acuerdo a la Norma Vigente y específica. d. Venta de insignias y tarjetas de control como refiere el manual de ingresos propios. e. Expedición de Certificados. f. Constancias de Vacantes. Son ingresos captados por el Comité de Recursos Financieros R.M. N° 144-2001-ED a. Por alquiler de aulas y/o ambientes. b. Por actividades productivas. a. Por donaciones entre otros. Art. 41.- SOBRE LOS LIBROS CONTABLES Todo egreso por recursos deberá estar inscrito en el Libro de Caja, el cual deberá estar foliado y sellado, dichos egresos deberán estar sustentados por documentos probatorios como: a. Recibos de salida numerados, firmados y sellados por el Director como visto bueno y firmado por la persona que recibe dicha cantidad. b. Boletas de venta, ya por los diferentes conceptos dando el visto bueno la Dirección de la Institución educativa. c. Todo comprobante de pago deberá ser original y archivado en un legajo exclusivo para documentos mercantiles. Tanto los ingresos como los egresos deben estar registrados en un Libro de Caja, el cual deben registrarse de la siguiente manera: a. En orden cronológico. b. Los ingresos se registran en el folio izquierdo del Libro de Caja. c. Los egresos se registran en el folio derecho del Libro de Caja. d. El saldo del mes es el resultado de restar los ingresos, los egresos (gastos) efectuados en el mismo mes. Este saldo se arrastra como saldo inicial para el mes siguiente. e. Después de registrados los ingresos y egresos, el Libro de Caja debe ser firmado por los responsables del manejo de las cuentas. f. El cierre del Libro de Caja debe realizarse en forma mensual.
  • 29. g. El seguimiento de ingresos, egresos y saldos del Libro de Caja permitirá la toma de decisiones oportuna en relación a las necesidades y/o requerimiento del mes siguiente. Los ingresos propios y de los servicios complementarios, serán destinados para los gastos de representación de alumnos, docentes y directivos, según orden de prioridad en las actividades de carácter educativo, culturales, cívico patriótico, deporte, solidaridad, recreación social y emergencias. Los Ingresos y Egresos se informarán trimestralmente a la autoridad inmediata superior UGEL, a cargo de Dirección así cada mes se publicará durante 5 días útiles los ingresos y egresos para conocimiento de la comunidad educativa y opinión del Consejo Educativo Institucional. Los Recursos Económicos previnientes tanto de Recursos Propios como de Recursos Financieros, serán administrados de la forma siguiente: a. Los recibos de egresos, previamente, deberán tener el V°B° con firma y sello del Director de la Institución Educativa, autorizando los gastos. b. Los gastos que sustenten gastos como boletas de ventas, deberán ser los más claros posibles, en el detalle de los artículos comprados como de los servicios prestados (RUC actualizado, cantidad, detalle y precio unitario). c. Todos los documentos contables, debidamente autorizados, deberán ser archivados cronológicamente y en forma diaria, tan pronto como ocurren y previo registro en un cuaderno diario, que se adjunta, donde se reflejen los ingresos y los gastos así como el saldo diario de dichos fondos. d. Para la autorización de cualquier gasto, se deberá presentar al Director, el reporte de los saldos a la fecha, cuando la cantidad es superior a S/. 200.00. e. Los productos de gastos habituales como papel Bond, Disk et, entre otros, se deberán comprar al por mayor, con la debida anticipación. f. Para el uso de dichos materiales, se abrirá un cuaderno de cargos, donde se registre la entrega de los referidos materiales, con fecha, firma y nombre del docente o personal de la Institución Educativa, bajo la responsabilidad del Director y la Tesorera del Comité de Gestión de Recursos Financieros. g. Los gastos por movilidad, se harán con mucha austeridad, con las cantidades máximas: Por cada alumno S/. 2.00, cuando sale a representar a la Institución Educativa, los docentes S/. 4.00 cada uno, y el Director S/. 5.00 c/u. Todo ello dependiendo de la distancia y transportes que se utilizarían (taxi o transporte público). Mayores cantidades de las indicadas, será autorizado por el Director de la Institución Educativa.
  • 30. h. El personal directivo, docente y no docente, firmarán el recibo correspondiente, por movilidad, indicando el lugar donde se dirige, nombre, firma, DNI y fecha. ART. 42.- EXONERACIONES Y BENEFICIOS LEGALES Las exoneraciones para Educación Religiosa y Educación Física se hacen de acuerdo a las disposiciones vigentes, debiendo ser solicitado en el mes de abril y en cada año lectivo previa presentación de documentos. Art. 43.- DE LA INFORMACIÓN A LOS PADRES DE FAMILIA - Los horarios de Atención a los Padres de Familia, es de acuerdo a la disponibilidad del horario central de clases, de los profesores tutores, de la Dirección General de la Institución educativa, horario que se publicará en los primeros días de clase. - La dirección general y las sub direcciones atenderán a los padres de familia en los siguientes horarios. o Inicial : 8.00 a las 8.30 a.m. 12.30 p.m. – 1.30 p.m. o Primaria: 9,30 a.m. – 12.00 p.m. 10, 15 a.m. 10, 45 a.m. o Secundaria 9.30 a.m. - 12.00 p.m. 10.45 – 11,15 a.m. - Son medios oficiales de Información a los Padres de Familia sobre la situación académica, comportamiento y actividades extra curriculares de sus hijos: a) Libreta de Notas b) Cuaderno de Control c) Reunión de Comité de Aula d) Citación Personal e) Charlas de Escuela para Padres f) Charla a los Padres sobre los cambios educativos actuales. g) Toda asistencia a la Institución Educativa debe constar en libro de ocurrencias que se encuentra en la Coordinación de Formación General. CAPÍTULO VI DE LAS RELACIONES Y COORDINACIONES
  • 31. Art. 44.- CON LOS PADRES DE FAMILIA La APAFA convocará a reuniones periódicas de acuerdo a Ley y a su plan de trabajo, previa coordinación con la Dirección General. El desarrollo de la escuela para padres, se programará y ejecutará en coordinación entre la Dirección General, Sub dirección, y la Comisión respectiva. La asistencia de los padres de familia a estas reuniones es de carácter obligatorio. Art. 45.- CON LAS INSTITUCIONES DE LA LOCALIDAD La Dirección coordinará con las Instituciones de la Localidad en las diversas actividades que se programen; sin desvirtuar los fines, objetivos y principios que rigen a la Institución educativa. Art. 46. - CON LA ASOCIACIÓN DE EX – ALUMNOS La Dirección brindará facilidades a los ex – alumnos para realizar actividades dentro de la Institución Educativa y con fines de mejoras en la Institución. ART 47º.- DISPOSICIONES TRANSITORIAS 1. En el momento de la matrícula el estudiante recibirá el mobiliario que le corresponde, preocupándose de su buena conservación en caso contrario y/o deterioro está obligado a su reparación y reposición, en el caso de su incumplimiento no podrá hacer gestiones documentarias en la institución. 2. La Dirección podrá delegar funciones respetando la estructura orgánica cuando la circunstancia lo requieran. 3. Toda correspondencia o comunicación dirigida a la superioridad del rubro o entidades serán refrendados por el Director General. 4. Queda terminantemente prohibido, al personal directivo docentes, administrativos, servicios y estudiantado en general prestar declaraciones que perjudican o denigren la imagen de la institución a periodistas de radio y/o televisión.
  • 32. Institución Educativa Integrado Nº 34002 “6 Diciembre” O R G A N IG R A M A N O M IN A L DIRECCIÓN REGIONAL EDUCACIÓN PASCO Lic. Víctor Torres Salcedo UGEL PASCO Lic. Hugo Trinidad Egúsquiza CONSEJO EDUCATIVO DIRECCIÓN ASOCIACIÓN DE INSTITUCIONAL PADRES DE FAMILIA GENERAL Lic. César Torres Roque CONSEJO ACADÉMICO SECRETARÍA AUXILIAR BIBLIOTECA Lic. Hilda Chuquimantari V. JEFATURA SUB DIRECCIÓN AULA INNOVACIÓN PERSONAL SERVICIO Lic. Irene Vásquez Aliaga INICIAL PRIMARIA Lic. Clérida Rojas Osorio Lic. Delma Aquino Huallpa ÁREA TÉCNICO ÁREA ÁREA ÁREA ÁREA PEDAGÓGICO E TUTORÍA Y OE INFRAESTRUCT. IMAGEN INST. ECOLOGÍA Y MA INVESTIGACIÓN ÁREA ÁREA TÉCNICO ÁREA MUNICIPIO ESC . CULTURAL DEFENSA CIVIL DOCENTES EN GENERAL INICIAL PRIMARIA SECUNDARIA AUXILIAR DE EDUCACIÓN ESTUDIANTES EN GENERAL