El documento describe el rol del juez civil en Alemania. Explica que el poder judicial está dividido constitucionalmente y que los jueces son independientes e imparciales. También describe el proceso de selección y capacitación de los jueces, así como los principios que rigen el procedimiento civil como la oralidad, publicidad e inmediatez. El juez dirige el proceso de manera activa para resolver el caso lo más rápido posible.
Nuevas reglas penales sobre tráfico de estupefacientes
Karl august prinz von sachsen gessaphe el rol del juez civil en alemania
1. Univ.-Prof. Dr. Karl August Prinz von Sachsen Gessaphe
El rol del juez civil en
Alemania
Quito 26.11.2012
1
2. Univ.-Prof. Dr. Karl August Prinz von Sachsen Gessaphe
I. INTRODUCCIÓN
II. EL PODER JUDICIAL EN EL MARCO
DE LA CONSTITUCIÓN ALEMANA
III. LA PROFESIÓN DE JUEZ CIVIL
IV. EL PROCEDIMIENTO CIVIL
V. RESUMEN
2
3. Univ.-Prof. Dr. Karl August Prinz von Sachsen Gessaphe
División de poderes
Artículo
A í l 20 Ley Fundamental RFA
L F d l
(Fundamentos del orden estatal,
derecho de resistencia)
d h d i t i )
(2) Todo poder del Estado emana del
pueblo. Este poder es ejercido por el pueblo
mediante elecciones y votaciones y por
intermedio de órganos especiales de los
poderes legislativo, ejecutivo y judicial.
3
4. Univ.-Prof. Dr. Karl August Prinz von Sachsen Gessaphe
División de poderes
• División horizontal entre los poderes de la
Federación
• Reparto de competencias entre Federación y
Estados federados = división vertical
• Participación de los Länder en el proceso
legislativo federal a través del Bundesrat
• Finalidad: evitar abusos del poder y garantizar
la libertad de los ciudadanos por controlar y
limitarse mutuamente los tres poderes
4
5. Univ.-Prof. Dr. Karl August Prinz von Sachsen Gessaphe
Artículo 92 Ley Fundamental RFA
(Organización judicial)
El Poder Judicial es confiado a los jueces;
es ejercido por la Corte Constitucional
Federal y por los tribunales federales
previstos en la presente Ley Fundamental y
por los tribunales de los Länder.
5
6. Univ.-Prof. Dr. Karl August Prinz von Sachsen Gessaphe
Jurisdicción Constitucional
Corte Constitucional Federal
(Bundesverfassungsgericht)
decide sobre controversias constitucionales en
base a la Ley Fundamental alemana
16 Cortes Constitucionales de los Länder
deciden sobre conflictos entre actos de los
poderes del resp. Land y la Constitución del mismo
6
7. Univ.-Prof. Dr. Karl August Prinz von Sachsen Gessaphe
Organización del Poder Judicial
Artículo 95 Ley Fundamental RFA
(Tribunales Supremos de la Federación, Sala
Conjunta)
C j t )
( )
(1) En los á b tos de las ju sd cc o es o d a a (c y
os ámbitos as jurisdicciones ordinaria (civil
penal), administrativa, financiera, laboral y social, la
Federación creará como Tribunales supremos la Corte
Federal de Justicia, la Corte Federal Contencioso
Justicia Contencioso-
administrativa, la Corte Federal de Hacienda, la Corte
Federal de Trabajo y la Corte Federal Social.
7
8. Univ.-Prof. Dr. Karl August Prinz von Sachsen Gessaphe
Corte Federal de Justicia (BGH)
Tribunal superior regional (Oberlandesgericht,
OLG)
Tribunal de distrito (Landgericht, LG)
Juzgado Municipal (Amtsgericht, AG)
8
9. Univ.-Prof. Dr. Karl August Prinz von Sachsen Gessaphe
Principio de legalidad
Artículo 20 Ley Fundamental RFA
(Fundamentos del orden estatal
estatal,
derecho de resistencia)
(3) El poder legislativo está sometido al
orden constitucional; l poderes ejecutivo
d tit i l los d j ti
y judicial, a la ley y al Derecho.
9
10. Univ.-Prof. Dr. Karl August Prinz von Sachsen Gessaphe
Principio de legalidad
• Art.
Art 19 IV GG garantiza al ciudadano acceso a la
justicia para control de actos del poder ejecutivo que lo
violen en sus derechos.
• Corte Const. Fed. ejerce control de constitucionalidad
de leyes, pero también de actos del poder ejecutivo o
judicial, Art.
judicial Art 93 GG Monopolio para decretar
GG.
inconstitucionalidad de leyes federales.
• Cada ciudadano puede interponer amparo por ser
lesionado directamente por actos de uno de los tres
poderes en sus derechos fundamentales, Art. 93 I n.°4ª
GG.
GG
10
11. Univ.-Prof. Dr. Karl August Prinz von Sachsen Gessaphe
Independencia del juez
Artículo 97 Ley Fundamental RFA
( )
(1) Los jueces son independientes y están
j p
sometidos únicamente a la ley.
11
12. Univ.-Prof. Dr. Karl August Prinz von Sachsen Gessaphe
(2) Los jueces titulares y nombrados definitivamente con
carácter permanente no podrán, contra su voluntad, ser
relevados antes de la expiración de su mandato, ni
suspendidos definitiva o temporalmente en su cargo, ni
trasladados a otro puesto, ni jubilados, salvo en virtud de
p , j ,
una resolución judicial y únicamente por los motivos y bajo
las formalidades que determinen las leyes. La legislación
podrá fijar límites de edad pasados los cuales se jubilarán
edad,
los jueces nombrados con carácter vitalicio. En caso de
modificación de la organización de los tribunales o de su
jurisdicción, los jueces podrán ser trasladados a otro
tribunal o relevados de su cargo, pero únicamente con el
g
derecho al sueldo íntegro.
12
13. Univ.-Prof. Dr. Karl August Prinz von Sachsen Gessaphe
Independencia del juez
• Independencia profesional y personal en todo lo que toca
actividades jurisdiccionales
• No se reconoce efecto prejudicial de otras sentencias ni
jurisprudencia obligatoria, salvo:
- ejecutorias de la Corte Constitucional Federal tienen
fuerza obligatoria
- en caso de reenvío por el tribunal de apelación o revisión
a un tribunal inferior este tiene que basar su resolución en
inferior,
el juicio legal que haya servido al tribunal remitente de
fundamento para la revocación de la sentencia recurrida
13
14. Univ.-Prof. Dr. Karl August Prinz von Sachsen Gessaphe
Acceso a la profesión de juez
• Pi
Primer examen j ídi d
jurídico después d cuatro años
é de t ñ
de estudios universitarios
• P
Pasantía de 2 años en t ib
tí d ñ tribunales,
l
administración pública y despachos de
abogados
• Segundo examen jurídico
• Formación de jurista universal con
conocimientos de todas las ramas del derecho
14
15. Univ.-Prof. Dr. Karl August Prinz von Sachsen Gessaphe
Artículo 95 Ley Fundamental RFA
(Tribunales Supremos de la Federación,
Sala Conjunta)
(2) L magistrados d estos t ib
Los i t d de t tribunales serán
l á
designados por el ministro federal competente
para el respectivo ámbito conjuntamente con una
ámbito,
Comisión para la elección de jueces, compuesta
p
por los ministros de los Länder competentes en su
p
respectivo ámbito y por un número igual de
miembros elegidos por el Bundestag.
15
16. Univ.-Prof. Dr. Karl August Prinz von Sachsen Gessaphe
Acceso grauito a la justicia
Dos formas de ayuda a solicitud de personas
consideradas indigentes:
− para asesoramiento y representación
extrajudicial (Beratungshilfe)
− para las costas procesales (Prozesskostenhilfe)
16
17. 1. Instancia
Juzgado Municipal Tribunal de distrito
(Amtsgericht) (Landgericht)
Apelación Apelación
2. Instancia
Revisión Revisión
por salto por salto
Tribunal de distrito Tribunal superior regional
(Landgericht) (Oberlandesgericht)
Revisión Revisión
3. Instancia
Corte Federal de Justicia
(Bundesgerichtshof)
17
18. Univ.-Prof. Dr. Karl August Prinz von Sachsen Gessaphe
Autonomía de las partes
Solamente las partes inician el proceso en cuanto
proceso,
la ley no disponga de otra manera. Tienen la
libertad de finalizarlo, antes de que se concluia p
, q por
sentencia o en virtud de la ley.
18
19. Univ.-Prof. Dr. Karl August Prinz von Sachsen Gessaphe
Dualidad de las partes
• Las partes tienen la responsabilidad de introducir los
hechos y las pruebas para fundar la demanda o
excepciones: Da mihi factum, dabo tibi ius
• Juez debe de conocer y aplicar las normas legales: Iura
novit curia
• Principio de verdad formal: solo cuentan los hechos
introducidos por las partes, ellas deciden, cuáles
hechos requieren de prueba
• Pero juez puede ordenar la presentación de todas las
pruebas, excepción hecha de la prueba testimonial
19
20. Univ.-Prof. Dr. Karl August Prinz von Sachsen Gessaphe
Oralidad, inmediatez y publicidad
El proceso se tramita:
− en audiencias orales en presencia del juez que
conoce del litigio
− Y desahoga las pruebas.
− Las audiencias son públicas, con excepciones,
sobre todo en asuntos familiares
20
21. Univ.-Prof. Dr. Karl August Prinz von Sachsen Gessaphe
Facultades del juez
Para acelerar el proceso, la ley fija dos reglas:
− En lo posible, la litis debe ser resuelta en una sóla
audiencia ampliamente preparada
− solamente excepcionalmente, se pueden presentar
nuevos hechos y pruebas en la apelación
Para poder l
P d lograr que l liti se resuelva en l primera
la litis l la i
instancia, la ley concede amplias facultades al juez:
− en la preparación de la audiencia § 273 ZPO
audiencia,
− el juez dirige la audiencia, § 139 ZPO
21
22. Univ.-Prof. Dr. Karl August Prinz von Sachsen Gessaphe
Facultades del juez
§ 273 Ley de Enjuiciamiento Civil
(Preparación de la audiencia)
(1) El tribunal tiene que proveer las medidas preparatorias necesarias en
forma oportuna.
(2) Para la preparación de cada audiencia el presidente o alguno de los
miembros del tribunal designados por aquel puede:
1. Solicitar a las partes que completen o aclaren sus escritos
preparatorios, en especial emplazarlas para que aclaren sobre
algún punto especial que necesite ser esclarecido;
22
23. Univ.-Prof. Dr. Karl August Prinz von Sachsen Gessaphe
2. Solicitar a organismos o quien ejerza funciones públicas
la entrega de documentos o el otorgamiento de informes
g g
oficiales;
3.
3 Ordenar la comparecencia personal de las partes;
4. Decidir sobre la citación y orden de comparecencia para
testigos, de acuerdo con el § 378 con relación a l
t ti d d l 378, l ió los
cuales las partes han referido, y sobre los peritos para
que participen de la audiencia oral;
5. Pronunciar las órdenes de acuerdo con los §§ 142, 144.
23