2.
Con la muerte
de Octavio
Augusto.
Comienza una
crisis política y
militar,
prácticamente
en el Imperio
Absoluto,
En donde la
mayoría de los
emperadores
son muertos en
batallas
externas,
internas o
asesinados en
conspiraciones.
Periodo del
235 al 284 de
nuestra era.
3.
Occidente
Galo de Póstumo,
con Victoriano y Tétrico.
Oriente.
De Palmira
Con Ordenato y Zenobio.
Desde el año 259 existen dos poderes
para la defensa o extinción del
Imperio
4.
Y dos Césares: Constancio Cloro y Galerio, respectivamente.
Diocleciano y Maximiliano.
Ocupan los cargos imperiales dos Augustos:
Se reserva la autoridad suprema
Implanta la tetrarquía, el comienzo del imperop absoluto
Diocleciano.
Tetrarquía
5.
Después del 306 continúan
los dos imperios unidos
gobernados por augustos y
césares, desapareciendo
entonces la tetrarquía
establecida por Diocleciano.
El cristianismo se convierte
en la religión oficial y
única, tratando de
establecer en el imperio una
unidad religiosa.
Se Crea el Concilio de
Constantinopla (381),
donde se condena el
arrianismo.
7.
El imperio de
Occidente cae en
manos de los bárbaros,
tanto el norte como el
este de Europa.
No ocurre lo mismo en
Oriente, pues ahí el
Imperio es gobernado
por los romanos hasta
1453.
8.
Las Fuentes del Derecho romano
en el imperio absoluto y el bajo
imperio.
9.
La literatura jurídica es sometida a una revisión.
Pero no existe avance alguno, solamente se trata de
explicar textos y completarlos.
Estos terminan en
unas tardías
refundiciones de las
obras de los juristas
clásicos como:
Las Pauli sententia, Las Regulae Ulpini,
Las rescotidiae,
jurisprudencia de la
vida cotidiana, y las
Aurea, Reglas de Oro.
10.
El estudio y nombre de derecho
vulgar se debe a Heinrich, un
germanista, que cita dos notas
esenciales de este derecho:
1) La representación
práctica de la etapa
posclásica en las
provincias romanas
2) la suposición de una
yuxtaposición de ese derecho
ante el derecho genuino clásico.
11.
Levy Derecho vulgar
Es el derecho
clásico, con un
origen distinto al
poder supremo.
Se desarrolla
anárquicamente
de la práctica
judicial forense
o privada diaria,
para ser
formulado, con
mayor o menor
precisión, por
los juristas.
12.
En la época de Diocleciano
Se hicieron dos colecciones privadas por los monjes Gregorio y
Hermógenes,
Que contenían las constituciones imperiales de Adriano a
Diocleciano,
Llamada la primera Codez Gregorianus.
La segunda, que resumía las constituciones imperiales de Diocleciano,
llamado Codex Hermogenianus.
Estas colecciones
fueron básicas para
la evolución del Derecho.
15. La primera etapa del
Derecho Romano
termina con el
derecho Justiniano.
Con el Emperador
Justiniano del año 527
al 567
Trato de unificar y
reconstruir al Imperio
Romano en cuatro
aspectos, a saber:
El político-militar
EL religioso El Jurídico.
16. En el Político-militar Justiniano, reconquista
algunos de los territorios
invadidos por los
barbaros,
Como el norte de África,
Córcega, Cerdeña, Sicilia,
Italia y Parte de la
Península Ibérica.
17. En lo Religioso.
Justiniano, instituye como
religión Oficial la Iglesia
cristiana ortodoxa
18. En lo Jurídico
Justiniano, realiza una
gran labor de
recopilación y
depuración del derecho,
Por medio de las
comisiones encargadas
para tal efecto
Tribuniano era el
encargado de vigilar
estas comisiones.
20. El Digesto
Es una recopilación y
depuración de la
jurisprudencia, el iura,
tratado en tres fondos o
masas, la sabingneano, el
edictal y el papinianeo; en él
se encontraban las
interpolaciones o
Emblemata Triboniani.
21. Las Institutas
Las Institutas, son una
obra de carácter
pedagógico, para que los
estudiantes de Derecho
aprendieran Leyes.
Dividida en Cuatro Libros
I. De las Personas.
II-III y parte del IV. De las
cosas
IV final. De las acciones.
22. El Código o Código
Justiniano.
Es una recopilación y
depuración de
constituciones imperiales
anteriores a Justiniano (528).
Compuesta por Doce libros:
I- Del derecho eclesiástico,
fuentes del derecho y de los
oficios imperiales
II al VIII. Del derecho
privado.
IX. Del derecho Penal.
X al XII. Del derecho
Administrativo.
23. Las Novelas
Son las constituciones
imperiales que dictó
Justiniano y que se
publicaron después de su
muerte.
Comienzan con un
prologo en donde se
indica los motivos de la
constitución imperial, y se
subdividen en capítulos
con un epilogo, el cual
reglamenta su aplicación.