2. Persona moral o jurídica
universitas personarum, universitas rerum
Ente abstracto (persona de existencia meramente jurídica)
El ordenamiento reconoce la aptitud para ser titular de derechos y deberes
Ej. Estado, Corporación, fundación, sociedad
conjunto de personas físicas
romanas
para el caso en que un patrimonio es
determinado para un fin.
3. Populus Romanus
Conjunto de todos lo ciudadanos
Municipia civium romanorum
Ej. Personas Jurídicas
Se constituye como entidades con patrimonio (res publicae) y órganos públicos propios que
ejercía una administración local autónoma
4. Corporación
Su existencia es independiente de sus miembros
Su patrimonio no tiene nada que ver con sus miembros
Los actos de los miembros no afecta su situación jurídica*
Las corporaciones pueden ser publicas, semipúblicas y privadas
5. Sociedades
Socios (socii) individuos que se organizan en un grupo
para el logro de un fin de utilidad común
Pueden ser publicas o privadas
Asociaciones corporativas Sociedad contractual
6. Sociedad contractual
Agrupación humana unida y estructurada
orgánicamente para el logro de un fin de interés
publico
Ente distinto a sus integrantes
Cuenta con patrimonio propio distinto a los
socios
La sustitución de los miembros no afecta a la
permanencia de la asociación
Asociación corporativa
Dos o mas personas (socii) convienen en
aportación de bienes, trabajo o ambas para
alcanzar un fin licito de utilidad común.
Relacion que procede de un contrato entre
socios
Los bienes son propiedad particular de los
socios
La muerte o separación de alguno de los
socios provoca la disolución de la sociedad
8. Fundación Época clásica: para describir un patrimonio a un fin
determinado, se recurrió a medios indirectos como el legado
y la donación sub modo
Modernamente: Patrimonio destinado a un determinado propósito por acto inter
vivo o mortis causa con carácter de permanencia o de duración indeterminada, a la
que la ley le reconoce como sujeto de derecho.