SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 35
FUNDAMENTOS GENERALES DE LA
CONTRATACIÓN EN COLOMBIA
DR. JUAN CAMILO BUSTOS C.
ABOGADO
DR. JOSÉ JOAQUÍN FONSECA A.
ABOGADO

Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado
DESCENTRALIZACIÓN
Traspasar funciones, servicios y atribuciones
de la Administración central a corporaciones
locales o regionales. Todo ello con el fin de
descongestionar y hacer más ágil el
desempeño de las atribuciones del Gobierno.

Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado

2 /34
DESCENTRALIZACIÓN
Se caracteriza por los siguientes elementos:
a) Transferencia de poderes de decisión a una
persona jurídica de derecho publico distinta
del Estado.
b) La existencia de una relación de tutela y no
jerarquía. Pero existen igualmente, otros
mecanismos idóneos para la transferencia
de funciones. Uno de estos mecanismos lo
constituye la desconcentración
Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado

3 /34
DESCONCENTRACIÓN
Características:
1. La atribución de competencias se
directamente por el ordenamiento jurídico.

realiza

2. La competencia se confiere a un órgano medio o
inferior dentro de la jerarquía. Debe recordarse, sin
embargo que, en cierta medida, personas jurídicas
pueden ser igualmente sujetos de desconcentración.

Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado

4 /34
DESCONCENTRACIÓN
Características:
3. La competencia se confiere en forma exclusiva lo
que significa que ha de ejercerse precisamente por
el órgano desconcentrado y no por otro.
4. El superior jerárquico no responde por los actos del
órgano desconcentrado más allá de los poderes de
supervisión propios de la relación jerárquica y no
puede reasumir la competencia sino en virtud de
nueva atribución legal.
Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado

5 /34
DELEGACIÓN
La delegación desde un punto de vista
jurídico y administrativo es la modalidad de
transformación de funciones administrativas
en virtud de la cual, y en los supuestos
permitidos por la Ley se faculta a un sujeto
u órgano que hace transferencia.

Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado

6 /34
DELEGACIÓN
Todo lo anterior nos lleva a determinar los elementos
constitutivos de la Delegación:
1. La transferencia de funciones de un órgano a
otro.
2. La transferencia de funciones, se realiza por el
órgano titular de la función.
3. La necesidad
de la existencia previa
de
autorización legal.
4. El órgano que confiere la Delegación puede
siempre y en cualquier momento reasumir la
competencia
Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado

7 /34
ESTRUCTURA DEL ESTADO

ORGANIZACIÓN DEL ESTADO COLOMBIANO. ww.banrepcultural.org

Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado

8 /34
1. Conceptos generales:
a)
b)
c)
d)

Contrato estatal
Entidades estatales
Servidores públicos
Servicios públicos.

2. Propósitos de la Contratación Estatal.

Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado

9 /34
3. Derechos y deberes de los contratantes y
contratistas.
4. Principios generales
contractual:

de

la

actividad

a) Principios Generales del Derecho
b) Principios Constitucionales de la Función
Administrativa
c) Principios Particulares del Estatuto General de
Contratación
Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado

10 /34
CONTRATO
Definición de Contrato:
Contrato o convención es un acto por el cual
una parte se obliga para con otra a dar,
hacer o no hacer alguna cosa. Cada parte
puede ser de una o de muchas personas.
Artículo 1495 C.C.

Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado

11 /34
CONTRATO ESTATAL
Definición de Contrato Estatal:
Los actos jurídicos generadores de
obligaciones que celebren las entidades
previstos en el derecho privado o en
disposiciones especiales, o derivados del
ejercicio de la autonomía de la
voluntad.
Artículo 32 Ley 80 de 1993
Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado

12 /34
LEY 1150 DE 2007
El artículo 1° “La presente ley tiene por
objeto introducir modificaciones en la Ley
80 de 1993, así como dictar otras
disposiciones generales aplicables a toda
contratación con recursos públicos.”

Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado

13 /34
ENTIDADES PÚBLICAS
No existe disposición en la Ley 136 de 1994 ni
en la Ley 489 de 1998 que lo defina.
Algunos doctrinantes opinan que las entidades
públicas “son aquellas de origen estatal y
cuyo capital también es estatal o
público, sin que el régimen jurídico aplicable
sea necesariamente el derecho público, a
pesar de que ésta sea la regla general”
Concepto tomado del tratadista Libardo Rodríguez R., Derecho Administrativo General.
Editorial Temis. Decimoctava Edición. 2013.

Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado

14 /34
ENTIDADES ESTATALES
ART. 2 LEY 80 DE 1993

a) La Nación, las regiones, los departamentos, las
provincias, el distrito capital y los distritos especiales,
las áreas metropolitanas, las asociaciones de
municipios, los territorios indígenas y los municipios;
los establecimientos públicos, las empresas industriales
y comerciales del Estado, las sociedades de economía
mixta en las que el Estado tenga participación superior
al cincuenta por ciento (50%), así como las entidades
descentralizadas indirectas y las demás personas
jurídicas en las que exista dicha participación pública
mayoritaria, cualquiera sea la denominación que ellas
adopten, en todos los órdenes y niveles.
Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado

15 /34
ENTIDADES ESTATALES
ART. 2 LEY 80 DE 1993

b) El Senado de la República, la Cámara de
Representantes, el Consejo Superior de la Judicatura, la
Fiscalía General de la Nación, la Contraloría General de
la República, las contralorías departamentales,
distritales y municipales, la Procuraduría General de la
Nación, la Registraduría Nacional del Estado Civil, los
ministerios, los departamentos administrativos, las
superintendencias, las unidades administrativas
especiales y, en general, los organismos o dependencias
del Estado a los que la ley otorgue capacidad para
celebrar contratos.

Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado

16 /34
EJERCICIO
A cual de estas entidades les aplica el Régimen de
Contratación Estatal:
A.
B.
C.
D.

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN
Senado de la República
Superintendencia de Servicios Públicos
Las Cámaras de Comercio

Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado

17 /34
CLASIFICACIÓN GENERAL DE LOS
SERVIDORES PÚBLICOS
Cargos de Elección Popular
• Miembros de las Corporaciones Públicas
• Senadores, Representantes a la Cámara, Diputados, Concejales, Ediles.
• miembros de la Rama Ejecutiva
• Presidente de la República, Gobernadores, Alcaldes.
*Empleados Públicos
• de Carrera
• Personal administrativo de las instituciones de educación formal de los
niveles: preescolar, básico y medio, Comisarios de Familia, etc.
• de Libre Nombramiento y Remoción
• Ministros, Directores de deptos. administrativos, Superintendentes,
Gerentes de las EICE, etc.
*Trabajadores Oficiales

www.slideshare.net
Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado

18 /34
CARGO DE ELECCIÓN POPULAR:
Es una función pública constitucional, típica
y temporal que puede y debe desempeñar el
individuo que ha satisfecho los requisitos
legales al participar en elecciones generales
y ha obtenido la mayoría de los sufragios
emitidos, calificados y declarados válidos.
http://diccionario.inep.org

Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado

19 /34
EMPLEADOS PÚBLICOS:
Para adquirir la condición de empleado
público, generalmente se debe superar un
proceso selectivo en el que han de tenerse en
cuenta los principios constitucionales de
igualdad, mérito y capacidad, además
de quedar garantizada la publicidad de
las convocatorias.
es.wikipedia.org

Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado

20 /34
TRABAJADORES OFICIALES:
Es el servidor público vinculado al Estado
por contrato de trabajo.

Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado

21 /34
SERVIDORES PÚBLICOS
a) Las personas naturales que prestan sus servicios
dependientes a los organismos y entidades de que trata
este artículo, con excepción de las asociaciones y
fundaciones de participación mixta en las cuales dicha
denominación se predicará exclusivamente de sus
representantes legales y de los funcionarios de los
niveles directivo, asesor o ejecutivo o sus equivalentes
en quienes se delegue la celebración de contratos en
representación de aquéllas.
b) Los miembros de las corporaciones públicas que tengan
capacidad para celebrar contratos en representación de
éstas.
Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado

22 /34
SERVICIOS PÚBLICOS
Los que están destinados a satisfacer
necesidades colectivas en forma general,
permanente y continua, bajo la dirección,
regulación y control del Estado, así como
aquéllos mediante los cuales el Estado busca
preservar el orden y asegurar el
cumplimiento de sus fines.

Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado

23 /34
CLASIFICACIÓN DE LOS
SERVIDORES PÚBLICOS SEGÚN LA
MODALIDAD DE VINCULACIÓN A LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado

24 /22
CLASIFICACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS SEGÚN LA
MODALIDAD DE VINCULACIÓN A LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DE

CARRERA

• Art. 125 C.N., Ley
909 de 2004
• Ingreso por
Concurso  CNSC
• Principios:
igualdad y mérito
• Proceso:
• Reclutamiento,
Pruebas, Lista de
elegibles,
Periodo de
prueba y
Inscripción en el
registro público
de carrera
administrativa
• Retiro:
• Violación régimen
disciplinario
• Renuncia

Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

DE LIBRE
NOMBRAMIENTO Y
REMOCIÓN

• Ley 909 de 2004,
Art. 5 No. 2
• Ingreso:
• Nombramiento del
superior jerárquico
inmediato
• Retiro
• por
discrecionalidad
de su empleador

Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado

TRABAJADOR
OFICIAL
• Art. 5 del Decreto
3135 de 1.968
• Ingreso:
• Contrato de
Trabajo
• Retiro:
• Ineficiencia
• Cumplimiento del
Contrato

CARGOS DE
ELECCIÓN
POPULAR
• C.N.
• Ingreso:
• Voto popular
• Retiro:
• Finalización del
Periodo
• Pérdida de
investidura

25 /22
DIFERENCIAS GENERALES
de Carrera

• Vinculación por concurso
• desempeñan funciones de dirección y
confianza
• la permanencia depende de su eficiencia

Trabajadores
Oficiales

de Libre
Nombramiento y
Remoción

Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

• Vinculación por un contrato de trabajo
• laboran en la construcción y sostenimiento de
las obras públicas
• la permanencia depende de la duración del
contrato de trabajo y del trabajo eficiente
• Vinculación se efectúa mediante el
nombramiento y posesión del cargo
• desempeñan funciones de oficina
• la permanencia depende de la discrecionalidad
del empleador y de su eficiencia
Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado

26 /34
PROPÓSITOS (FINES) DE LA
CONTRATACIÓN ESTATAL
 Los servidores públicos tendrán en consideración
que al celebrar contratos y con la ejecución de los
mismos, las entidades buscan el cumplimiento de los
fines estatales, la continua y eficiente prestación de los
servicios públicos y la efectividad de los derechos e
intereses de los administrados que colaboran con ellas en
la consecución de dichos fines.
 Los particulares, por su parte, tendrán en cuenta al
celebrar y ejecutar contratos con las entidades estatales
que colaboran con ellas en el logro de sus fines y
cumplen una función social que, como tal, implica
obligaciones.
Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado

27 /34
DERECHOS Y DEBERES DE LAS
1.

Exigirán del contratista la ejecución idónea y oportuna del objeto
contratado. Igual exigencia podrán hacer al garante.

2.

Adelantarán las gestiones necesarias para el reconocimiento y cobro de las
sanciones pecuniarias y garantías a que hubiere lugar.

3.

Solicitarán las actualización o la revista de los precios cuando se
produzcan fenómenos que alteren en su contra el equilibrio económico o
financiero del contrato.

4.

Adelantarán revisiones periódicas de las obras ejecutadas, servicios
prestados o bienes suministrados, para verificar que ellos cumplan con las
condiciones de calidad ofrecidas por los contratistas, y promoverán las
acciones de responsabilidad contra éstos y sus garantes cuando dichas
condiciones no se cumplan.
Las revisiones periódicas a que se refiere el presente numeral deberán
llevarse a cabo por lo menos una vez cada seis (6) meses durante el
término de vigencia de las garantías.

Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado

28 /34
DERECHOS Y DEBERES DE LAS
5.

Exigirán que la calidad de los bienes y servicios adquiridos por las
entidades estatales se ajuste a los requisitos mínimos previstos en
las normas técnicas obligatorias, sin perjuicio de la facultad de
exigir que tales bienes o servicios cumplan con las normas técnicas
colombianas o, en su defecto, con normas internacionales
elaboradas por organismos reconocidos a nivel mundial o con
normas extranjeras aceptadas en los acuerdos internacionales
suscrito por Colombia.

6.

Adelantarán las acciones conducentes a obtener la indemnización
de los daños que sufran en desarrollo o con ocasión del contrato
celebrado.

7.

Sin perjuicio del llamamiento en garantía, repetirán contra los
servidores públicos, contra el contratista o los terceros
responsables, según el caso, por las indemnizaciones que deban
pagar como consecuencia de la actividad contractual.

Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado

29 /34
DERECHOS Y DEBERES DE LAS
8.

Adoptarán las medidas necesarias para mantener durante el desarrollo y
ejecución del contrato las condiciones técnicas, económicas y financieras
existentes al momento de proponer en los casos en que se hubiere realizado
licitación o de contratar en los casos de contratación directa. Para ello
utilizarán los mecanismos de ajuste y revisión de precios, acudirán a los
procedimientos de revisión y corrección de tales mecanismos si fracasan los
supuestos o hipótesis para la ejecución y pactarán intereses moratorios.
Sin perjuicio de la actualización o revisión de precios, en caso de no haberse
pactado intereses moratorios, se aplicará la tasa equivalente al doble del
interés legal civil sobre el valor histórico actualizado.

9.

Actuarán de tal modo que por causas a ellas imputables, no sobrevenga una
mayor onerosidad en el cumplimiento de las obligaciones a cargo del
contratista. Con este fin, en el menor tiempo posible, corregirán los
desajustes que pudieren presentarse y acordarán los mecanismos y
procedimientos pertinentes para precaver o solucionar rápida y eficazmente
las diferencias o situaciones litigiosas que llegaren a presentarse.

Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado

30 /34
DERECHOS Y DEBERES DE LAS
10. Respetarán el orden de presentación de los pagos por parte de los
contratistas. Sólo por razones de interés público, el jefe de la entidad
podrá modificar dicho orden dejando constancia de tal actuación.
Para el efecto, las entidades deben llevar un registro de presentación por
parte de los contratistas, de los documentos requeridos para hacer
efectivos los pagos derivados de los contratos, de tal manera que estos
puedan verificar el estricto respeto al derecho de turno. Dicho registro
será público.
Lo dispuesto en este numeral no se aplicará respecto de aquellos pagos
cuyos soportes hayan sido presentados en forma incompleta o se
encuentren pendientes del cumplimiento de requisitos previstos en el
contrato del cual se derivan“.

Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado

31 /34
DERECHOS Y DEBERES DE LOS
1.

Tendrán derecho a recibir oportunamente la remuneración pactada y a
que el valor intrínseco de la misma no se altere o modifique durante la
vigencia del contrato.
En consecuencia tendrán derecho, previa solicitud, a que la
administración les restablezca el equilibrio de la ecuación económica del
contrato a un punto de no pérdida por la ocurrencia de situaciones
imprevistas que no sean imputables a los contratistas. Si dicho equilibrio
se rompe por incumplimiento de la entidad estatal contratante, tendrá que
restablecerse la ecuación surgida al momento del nacimiento del contrato.

2.

Colaborarán con las entidades contratantes en lo que sea necesario para
que el objeto contratado se cumpla y que éste sea de la mejor calidad;
acatarán las órdenes que durante el desarrollo del contrato ellas les
impartan y, de manera general, obrarán con lealtad y buena fe en las
distintas etapas contractuales, evitando las dilaciones y entrabamiento
que pudieran presentarse.

Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado

32 /34
DERECHOS Y DEBERES DE LOS
3. Podrán acudir a las autoridades con el fin de obtener la protección
de los derechos derivados del contrato y la sanción para quienes los
desconozcan o vulneren.
Las autoridades no podrán condicionar la participación en
licitaciones ni la adjudicación, adición o modificación de contratos,
como tampoco la cancelación de las sumas adeudadas al contratista,
a la renuncia, desistimiento o abandono de peticiones, acciones,
demandas y reclamaciones por parte de éste.
4. Garantizarán la calidad de los bienes y servicios contratados y
responderán por ello.

Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado

33 /34
DERECHOS Y DEBERES DE LOS
5. No accederán a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera
de la ley con el fin de obligarlos a hacer u omitir algún acto o hecho.
Cuando se presenten tales peticiones o amenazas, los contratistas
deberán informar inmediatamente de su ocurrencia a la entidad
contratante y a las demás autoridades competentes para que ellas
adopten las medidas y correctivos que fueren necesarios. El
incumplimiento de esta obligación y la celebración de los pactos o
acuerdos prohibidos, dará lugar a la declaratoria de caducidad del
contrato.

Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado

34 /34
Dr. Juan Camilo Bustos C.
Abogado

Dr. José Joaquín Fonseca A.
Abogado

35 /34

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Ley 80 Del 28 De Octubre De 1993
Ley 80 Del 28 De Octubre De 1993Ley 80 Del 28 De Octubre De 1993
Ley 80 Del 28 De Octubre De 1993guest5c8c55
 
Contrato estatal andres mancipe
Contrato estatal andres mancipeContrato estatal andres mancipe
Contrato estatal andres mancipemancipe2200
 
Manual de contratacion heliconia (1)
Manual de contratacion   heliconia (1)Manual de contratacion   heliconia (1)
Manual de contratacion heliconia (1)alcaldiadeheliconia
 
contratacion estatal en colombia
 contratacion estatal en colombia contratacion estatal en colombia
contratacion estatal en colombiaLibardo Salcedo
 
Contratacion publica municipal
Contratacion publica municipalContratacion publica municipal
Contratacion publica municipalJAFEGUAM
 
Contratacion estatal la salle mayo 2010
Contratacion estatal la salle mayo 2010Contratacion estatal la salle mayo 2010
Contratacion estatal la salle mayo 2010Gersain Aranda
 
Contratacion estatal
Contratacion estatalContratacion estatal
Contratacion estatalsamirdejesus
 
Regimen de contratacion_estatal_en_colombia
Regimen de contratacion_estatal_en_colombiaRegimen de contratacion_estatal_en_colombia
Regimen de contratacion_estatal_en_colombiajesus suarez martinez
 
cuestionario_contratacion
cuestionario_contratacioncuestionario_contratacion
cuestionario_contratacioneaceved5
 
Diapositivas tecnologiaweb
Diapositivas tecnologiawebDiapositivas tecnologiaweb
Diapositivas tecnologiawebCUAKIERA85
 
Diplomado en contratacion
Diplomado en contratacionDiplomado en contratacion
Diplomado en contratacionHuber Londoño
 
Contratacion estatal
Contratacion estatalContratacion estatal
Contratacion estatalProColombia
 
Sesion 3 Diplomado de Contratación Estatal - Colombia
Sesion 3 Diplomado de Contratación Estatal - ColombiaSesion 3 Diplomado de Contratación Estatal - Colombia
Sesion 3 Diplomado de Contratación Estatal - ColombiaJuanK Bustos
 
Expo terminacion y liquidacion del contrato estatal [autoguardado]
Expo terminacion y liquidacion del contrato estatal [autoguardado]Expo terminacion y liquidacion del contrato estatal [autoguardado]
Expo terminacion y liquidacion del contrato estatal [autoguardado]Lili Barrera
 
Taller ley 80 de 1993 decreto 4747 de 2007
Taller ley 80 de 1993 decreto 4747 de 2007Taller ley 80 de 1993 decreto 4747 de 2007
Taller ley 80 de 1993 decreto 4747 de 2007Orlando Zuluaga Martinez
 

La actualidad más candente (20)

Ley 80 de 1993
Ley 80 de 1993Ley 80 de 1993
Ley 80 de 1993
 
Ley 80 Del 28 De Octubre De 1993
Ley 80 Del 28 De Octubre De 1993Ley 80 Del 28 De Octubre De 1993
Ley 80 Del 28 De Octubre De 1993
 
Ley 80 de 1993
Ley 80 de 1993Ley 80 de 1993
Ley 80 de 1993
 
Contrato estatal andres mancipe
Contrato estatal andres mancipeContrato estatal andres mancipe
Contrato estatal andres mancipe
 
Manual de contratacion heliconia (1)
Manual de contratacion   heliconia (1)Manual de contratacion   heliconia (1)
Manual de contratacion heliconia (1)
 
contratacion estatal en colombia
 contratacion estatal en colombia contratacion estatal en colombia
contratacion estatal en colombia
 
Contratacion publica municipal
Contratacion publica municipalContratacion publica municipal
Contratacion publica municipal
 
Contratacion estatal la salle mayo 2010
Contratacion estatal la salle mayo 2010Contratacion estatal la salle mayo 2010
Contratacion estatal la salle mayo 2010
 
Contratacion estatal
Contratacion estatalContratacion estatal
Contratacion estatal
 
Regimen de contratacion_estatal_en_colombia
Regimen de contratacion_estatal_en_colombiaRegimen de contratacion_estatal_en_colombia
Regimen de contratacion_estatal_en_colombia
 
Ley 80 de 1993 contratación pública
Ley 80 de 1993   contratación públicaLey 80 de 1993   contratación pública
Ley 80 de 1993 contratación pública
 
cuestionario_contratacion
cuestionario_contratacioncuestionario_contratacion
cuestionario_contratacion
 
Diapositivas tecnologiaweb
Diapositivas tecnologiawebDiapositivas tecnologiaweb
Diapositivas tecnologiaweb
 
Diplomado en contratacion
Diplomado en contratacionDiplomado en contratacion
Diplomado en contratacion
 
Contratacion estatal
Contratacion estatalContratacion estatal
Contratacion estatal
 
Sesion 3 Diplomado de Contratación Estatal - Colombia
Sesion 3 Diplomado de Contratación Estatal - ColombiaSesion 3 Diplomado de Contratación Estatal - Colombia
Sesion 3 Diplomado de Contratación Estatal - Colombia
 
2 el contrato estatal
2 el contrato estatal2 el contrato estatal
2 el contrato estatal
 
Expo terminacion y liquidacion del contrato estatal [autoguardado]
Expo terminacion y liquidacion del contrato estatal [autoguardado]Expo terminacion y liquidacion del contrato estatal [autoguardado]
Expo terminacion y liquidacion del contrato estatal [autoguardado]
 
Taller ley 80 de 1993 decreto 4747 de 2007
Taller ley 80 de 1993 decreto 4747 de 2007Taller ley 80 de 1993 decreto 4747 de 2007
Taller ley 80 de 1993 decreto 4747 de 2007
 
Concesiones de servicios públicos
Concesiones de servicios públicosConcesiones de servicios públicos
Concesiones de servicios públicos
 

Destacado

Contratacion Publica en Colombia
Contratacion Publica en ColombiaContratacion Publica en Colombia
Contratacion Publica en Colombiajose manuel ramos
 
Control fiscal a la contratación estatal
Control fiscal a la contratación estatalControl fiscal a la contratación estatal
Control fiscal a la contratación estatalolhernandezsi
 
Presentación - supervision e interventoria
Presentación - supervision e interventoriaPresentación - supervision e interventoria
Presentación - supervision e interventoriaJuanK Bustos
 
Contratación en colombia
Contratación en colombiaContratación en colombia
Contratación en colombiaerika9716
 
Foro Niñez - Presentación Catalina Cuervo - Contraloría - Resultados
Foro Niñez - Presentación Catalina Cuervo - Contraloría - ResultadosForo Niñez - Presentación Catalina Cuervo - Contraloría - Resultados
Foro Niñez - Presentación Catalina Cuervo - Contraloría - ResultadosForos Semana
 
Contratación en colombia
Contratación en colombiaContratación en colombia
Contratación en colombialuisa0512
 
Ley 1150 07 mod l 80-93
Ley  1150 07 mod l 80-93Ley  1150 07 mod l 80-93
Ley 1150 07 mod l 80-93abrahamtique
 
Contratacion de personal
Contratacion de personalContratacion de personal
Contratacion de personalFrancisco Ruiz
 
8 regimen disciplinario-esp
8 regimen disciplinario-esp8 regimen disciplinario-esp
8 regimen disciplinario-espAndesco
 
20080814 120843 control_fiscal_-_experiencia_de_colombia
20080814 120843 control_fiscal_-_experiencia_de_colombia20080814 120843 control_fiscal_-_experiencia_de_colombia
20080814 120843 control_fiscal_-_experiencia_de_colombialctjjsoc
 
Cuestionario sobre contratacion
Cuestionario sobre contratacionCuestionario sobre contratacion
Cuestionario sobre contratacionTaniapersa
 
Libro interventoria
Libro interventoriaLibro interventoria
Libro interventoriaclaseweb2
 
Cuestionario de aspectos generales salario
Cuestionario de aspectos generales salarioCuestionario de aspectos generales salario
Cuestionario de aspectos generales salarioestebantabares
 
Cálculo necessidade seguro de vida simplificado
Cálculo necessidade seguro de vida simplificadoCálculo necessidade seguro de vida simplificado
Cálculo necessidade seguro de vida simplificadosamyseg
 

Destacado (20)

Contratacion Publica en Colombia
Contratacion Publica en ColombiaContratacion Publica en Colombia
Contratacion Publica en Colombia
 
Control fiscal a la contratación estatal
Control fiscal a la contratación estatalControl fiscal a la contratación estatal
Control fiscal a la contratación estatal
 
SELECCION ABREVIADA - CONTRATACION E COLOMBIA
SELECCION ABREVIADA - CONTRATACION E COLOMBIASELECCION ABREVIADA - CONTRATACION E COLOMBIA
SELECCION ABREVIADA - CONTRATACION E COLOMBIA
 
Diapositivas contratacion estatal
Diapositivas contratacion estatalDiapositivas contratacion estatal
Diapositivas contratacion estatal
 
Presentación - supervision e interventoria
Presentación - supervision e interventoriaPresentación - supervision e interventoria
Presentación - supervision e interventoria
 
Contratación en colombia
Contratación en colombiaContratación en colombia
Contratación en colombia
 
Portafolio
PortafolioPortafolio
Portafolio
 
Foro Niñez - Presentación Catalina Cuervo - Contraloría - Resultados
Foro Niñez - Presentación Catalina Cuervo - Contraloría - ResultadosForo Niñez - Presentación Catalina Cuervo - Contraloría - Resultados
Foro Niñez - Presentación Catalina Cuervo - Contraloría - Resultados
 
Contratación en colombia
Contratación en colombiaContratación en colombia
Contratación en colombia
 
Ley 1150 07 mod l 80-93
Ley  1150 07 mod l 80-93Ley  1150 07 mod l 80-93
Ley 1150 07 mod l 80-93
 
Contratacion de personal
Contratacion de personalContratacion de personal
Contratacion de personal
 
8 regimen disciplinario-esp
8 regimen disciplinario-esp8 regimen disciplinario-esp
8 regimen disciplinario-esp
 
20080814 120843 control_fiscal_-_experiencia_de_colombia
20080814 120843 control_fiscal_-_experiencia_de_colombia20080814 120843 control_fiscal_-_experiencia_de_colombia
20080814 120843 control_fiscal_-_experiencia_de_colombia
 
Untitled Presentation
Untitled PresentationUntitled Presentation
Untitled Presentation
 
Cuestionario sobre contratacion
Cuestionario sobre contratacionCuestionario sobre contratacion
Cuestionario sobre contratacion
 
Libro interventoria
Libro interventoriaLibro interventoria
Libro interventoria
 
7 derecho disciplinario (1)
7 derecho disciplinario (1)7 derecho disciplinario (1)
7 derecho disciplinario (1)
 
Cuestionario de aspectos generales salario
Cuestionario de aspectos generales salarioCuestionario de aspectos generales salario
Cuestionario de aspectos generales salario
 
3 soho life
3 soho life3 soho life
3 soho life
 
Cálculo necessidade seguro de vida simplificado
Cálculo necessidade seguro de vida simplificadoCálculo necessidade seguro de vida simplificado
Cálculo necessidade seguro de vida simplificado
 

Similar a Sesion 1 Diplomado de Contratación Estatal - Colombia

Diplomado de Contratación Estatal - Sesión 1°
Diplomado de Contratación Estatal - Sesión 1°Diplomado de Contratación Estatal - Sesión 1°
Diplomado de Contratación Estatal - Sesión 1°JuanKamilo Bustos C
 
Act10 carlos guzman-1
Act10 carlos guzman-1Act10 carlos guzman-1
Act10 carlos guzman-1killdexter
 
Conceptos de gobierno, por Edgar Vásquez Cruz
Conceptos de gobierno,  por Edgar Vásquez CruzConceptos de gobierno,  por Edgar Vásquez Cruz
Conceptos de gobierno, por Edgar Vásquez CruzEdgar Vásquez Cruz
 
Constitución política del Estado de Coahuila de Zaragoza
Constitución política del Estado de Coahuila de ZaragozaConstitución política del Estado de Coahuila de Zaragoza
Constitución política del Estado de Coahuila de Zaragozasabmpio
 
Presentacion Propuesta de Solucion al problema Educativo
Presentacion Propuesta de Solucion al  problema EducativoPresentacion Propuesta de Solucion al  problema Educativo
Presentacion Propuesta de Solucion al problema EducativoManuel Silva Coache
 
Participación ciudadana y rendición de cuentas en méxico
Participación ciudadana y rendición de cuentas en méxicoParticipación ciudadana y rendición de cuentas en méxico
Participación ciudadana y rendición de cuentas en méxicoseminariovdvd
 
Codigo civil-para-el-estado-libre-y-soberano-de-puebla
Codigo civil-para-el-estado-libre-y-soberano-de-pueblaCodigo civil-para-el-estado-libre-y-soberano-de-puebla
Codigo civil-para-el-estado-libre-y-soberano-de-pueblapbpg
 
El Estado y su forma... de gobierno.pptx
El Estado y su forma... de gobierno.pptxEl Estado y su forma... de gobierno.pptx
El Estado y su forma... de gobierno.pptxGLADISELIZABETHLOPEZ
 
MINISTERIO PÚBLICO
MINISTERIO PÚBLICOMINISTERIO PÚBLICO
MINISTERIO PÚBLICOvillegasca
 
MINISTERIO PÚBLICO
MINISTERIO PÚBLICOMINISTERIO PÚBLICO
MINISTERIO PÚBLICOvillegasca
 
Sintesis informativa 070411
Sintesis informativa 070411Sintesis informativa 070411
Sintesis informativa 070411megaradioexpress
 
Sin título 1
Sin título 1Sin título 1
Sin título 1Karen
 
1° EDUCACION CIVICA - LKV
1° EDUCACION CIVICA - LKV1° EDUCACION CIVICA - LKV
1° EDUCACION CIVICA - LKVCEBASanMarco
 
2° EDUCACION CIVICA - LKV
2° EDUCACION CIVICA - LKV2° EDUCACION CIVICA - LKV
2° EDUCACION CIVICA - LKVCEBASanMarco
 

Similar a Sesion 1 Diplomado de Contratación Estatal - Colombia (20)

Diplomado de Contratación Estatal - Sesión 1°
Diplomado de Contratación Estatal - Sesión 1°Diplomado de Contratación Estatal - Sesión 1°
Diplomado de Contratación Estatal - Sesión 1°
 
Act10 carlos guzman-1
Act10 carlos guzman-1Act10 carlos guzman-1
Act10 carlos guzman-1
 
Conceptos de gobierno, por Edgar Vásquez Cruz
Conceptos de gobierno,  por Edgar Vásquez CruzConceptos de gobierno,  por Edgar Vásquez Cruz
Conceptos de gobierno, por Edgar Vásquez Cruz
 
La division de poderes en el derecho publico
La division de poderes en el derecho publicoLa division de poderes en el derecho publico
La division de poderes en el derecho publico
 
Constitución política del Estado de Coahuila de Zaragoza
Constitución política del Estado de Coahuila de ZaragozaConstitución política del Estado de Coahuila de Zaragoza
Constitución política del Estado de Coahuila de Zaragoza
 
Presentacion Propuesta de Solucion al problema Educativo
Presentacion Propuesta de Solucion al  problema EducativoPresentacion Propuesta de Solucion al  problema Educativo
Presentacion Propuesta de Solucion al problema Educativo
 
Ex. 79 (update)
Ex. 79 (update)Ex. 79 (update)
Ex. 79 (update)
 
Participación ciudadana y rendición de cuentas en méxico
Participación ciudadana y rendición de cuentas en méxicoParticipación ciudadana y rendición de cuentas en méxico
Participación ciudadana y rendición de cuentas en méxico
 
Codigo civil-para-el-estado-libre-y-soberano-de-puebla
Codigo civil-para-el-estado-libre-y-soberano-de-pueblaCodigo civil-para-el-estado-libre-y-soberano-de-puebla
Codigo civil-para-el-estado-libre-y-soberano-de-puebla
 
El Estado y su forma... de gobierno.pptx
El Estado y su forma... de gobierno.pptxEl Estado y su forma... de gobierno.pptx
El Estado y su forma... de gobierno.pptx
 
MINISTERIO PÚBLICO
MINISTERIO PÚBLICOMINISTERIO PÚBLICO
MINISTERIO PÚBLICO
 
MINISTERIO PÚBLICO
MINISTERIO PÚBLICOMINISTERIO PÚBLICO
MINISTERIO PÚBLICO
 
Sintesis informativa 070411
Sintesis informativa 070411Sintesis informativa 070411
Sintesis informativa 070411
 
Sin título 1
Sin título 1Sin título 1
Sin título 1
 
Derecho constitucional
Derecho constitucionalDerecho constitucional
Derecho constitucional
 
NORMAS JURICAS
NORMAS JURICASNORMAS JURICAS
NORMAS JURICAS
 
1° EDUCACION CIVICA - LKV
1° EDUCACION CIVICA - LKV1° EDUCACION CIVICA - LKV
1° EDUCACION CIVICA - LKV
 
2° EDUCACION CIVICA - LKV
2° EDUCACION CIVICA - LKV2° EDUCACION CIVICA - LKV
2° EDUCACION CIVICA - LKV
 
Acto legislativo
Acto legislativoActo legislativo
Acto legislativo
 
Programa electoral 26-J: UPyD
Programa electoral 26-J: UPyDPrograma electoral 26-J: UPyD
Programa electoral 26-J: UPyD
 

Último

Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdfCurso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdfFrancisco158360
 
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADCALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADauxsoporte
 
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuacortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuaDANNYISAACCARVAJALGA
 
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdfgimenanahuel
 
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptxOLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptxjosetrinidadchavez
 
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...JAVIER SOLIS NOYOLA
 
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxTIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxlclcarmen
 
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMarjorie Burga
 
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niñoproyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niñotapirjackluis
 
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzel CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzprofefilete
 
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.amayarogel
 
Identificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCIdentificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCCesarFernandez937857
 
Informatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos BásicosInformatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos BásicosCesarFernandez937857
 
Dinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes dDinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes dstEphaniiie
 

Último (20)

Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdfCurso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
 
Presentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
Presentacion Metodología de Enseñanza MultigradoPresentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
Presentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
 
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADCALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
 
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
 
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuacortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
 
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
 
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptxOLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
 
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
 
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxTIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
 
Fe contra todo pronóstico. La fe es confianza.
Fe contra todo pronóstico. La fe es confianza.Fe contra todo pronóstico. La fe es confianza.
Fe contra todo pronóstico. La fe es confianza.
 
Sesión de clase: Fe contra todo pronóstico
Sesión de clase: Fe contra todo pronósticoSesión de clase: Fe contra todo pronóstico
Sesión de clase: Fe contra todo pronóstico
 
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
 
Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptxPower Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
 
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niñoproyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
 
Tema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdf
Tema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdfTema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdf
Tema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdf
 
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzel CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
 
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
 
Identificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCIdentificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PC
 
Informatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos BásicosInformatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos Básicos
 
Dinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes dDinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes d
 

Sesion 1 Diplomado de Contratación Estatal - Colombia

  • 1. FUNDAMENTOS GENERALES DE LA CONTRATACIÓN EN COLOMBIA DR. JUAN CAMILO BUSTOS C. ABOGADO DR. JOSÉ JOAQUÍN FONSECA A. ABOGADO Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado
  • 2. DESCENTRALIZACIÓN Traspasar funciones, servicios y atribuciones de la Administración central a corporaciones locales o regionales. Todo ello con el fin de descongestionar y hacer más ágil el desempeño de las atribuciones del Gobierno. Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado 2 /34
  • 3. DESCENTRALIZACIÓN Se caracteriza por los siguientes elementos: a) Transferencia de poderes de decisión a una persona jurídica de derecho publico distinta del Estado. b) La existencia de una relación de tutela y no jerarquía. Pero existen igualmente, otros mecanismos idóneos para la transferencia de funciones. Uno de estos mecanismos lo constituye la desconcentración Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado 3 /34
  • 4. DESCONCENTRACIÓN Características: 1. La atribución de competencias se directamente por el ordenamiento jurídico. realiza 2. La competencia se confiere a un órgano medio o inferior dentro de la jerarquía. Debe recordarse, sin embargo que, en cierta medida, personas jurídicas pueden ser igualmente sujetos de desconcentración. Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado 4 /34
  • 5. DESCONCENTRACIÓN Características: 3. La competencia se confiere en forma exclusiva lo que significa que ha de ejercerse precisamente por el órgano desconcentrado y no por otro. 4. El superior jerárquico no responde por los actos del órgano desconcentrado más allá de los poderes de supervisión propios de la relación jerárquica y no puede reasumir la competencia sino en virtud de nueva atribución legal. Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado 5 /34
  • 6. DELEGACIÓN La delegación desde un punto de vista jurídico y administrativo es la modalidad de transformación de funciones administrativas en virtud de la cual, y en los supuestos permitidos por la Ley se faculta a un sujeto u órgano que hace transferencia. Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado 6 /34
  • 7. DELEGACIÓN Todo lo anterior nos lleva a determinar los elementos constitutivos de la Delegación: 1. La transferencia de funciones de un órgano a otro. 2. La transferencia de funciones, se realiza por el órgano titular de la función. 3. La necesidad de la existencia previa de autorización legal. 4. El órgano que confiere la Delegación puede siempre y en cualquier momento reasumir la competencia Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado 7 /34
  • 8. ESTRUCTURA DEL ESTADO ORGANIZACIÓN DEL ESTADO COLOMBIANO. ww.banrepcultural.org Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado 8 /34
  • 9. 1. Conceptos generales: a) b) c) d) Contrato estatal Entidades estatales Servidores públicos Servicios públicos. 2. Propósitos de la Contratación Estatal. Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado 9 /34
  • 10. 3. Derechos y deberes de los contratantes y contratistas. 4. Principios generales contractual: de la actividad a) Principios Generales del Derecho b) Principios Constitucionales de la Función Administrativa c) Principios Particulares del Estatuto General de Contratación Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado 10 /34
  • 11. CONTRATO Definición de Contrato: Contrato o convención es un acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa. Cada parte puede ser de una o de muchas personas. Artículo 1495 C.C. Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado 11 /34
  • 12. CONTRATO ESTATAL Definición de Contrato Estatal: Los actos jurídicos generadores de obligaciones que celebren las entidades previstos en el derecho privado o en disposiciones especiales, o derivados del ejercicio de la autonomía de la voluntad. Artículo 32 Ley 80 de 1993 Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado 12 /34
  • 13. LEY 1150 DE 2007 El artículo 1° “La presente ley tiene por objeto introducir modificaciones en la Ley 80 de 1993, así como dictar otras disposiciones generales aplicables a toda contratación con recursos públicos.” Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado 13 /34
  • 14. ENTIDADES PÚBLICAS No existe disposición en la Ley 136 de 1994 ni en la Ley 489 de 1998 que lo defina. Algunos doctrinantes opinan que las entidades públicas “son aquellas de origen estatal y cuyo capital también es estatal o público, sin que el régimen jurídico aplicable sea necesariamente el derecho público, a pesar de que ésta sea la regla general” Concepto tomado del tratadista Libardo Rodríguez R., Derecho Administrativo General. Editorial Temis. Decimoctava Edición. 2013. Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado 14 /34
  • 15. ENTIDADES ESTATALES ART. 2 LEY 80 DE 1993 a) La Nación, las regiones, los departamentos, las provincias, el distrito capital y los distritos especiales, las áreas metropolitanas, las asociaciones de municipios, los territorios indígenas y los municipios; los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales del Estado, las sociedades de economía mixta en las que el Estado tenga participación superior al cincuenta por ciento (50%), así como las entidades descentralizadas indirectas y las demás personas jurídicas en las que exista dicha participación pública mayoritaria, cualquiera sea la denominación que ellas adopten, en todos los órdenes y niveles. Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado 15 /34
  • 16. ENTIDADES ESTATALES ART. 2 LEY 80 DE 1993 b) El Senado de la República, la Cámara de Representantes, el Consejo Superior de la Judicatura, la Fiscalía General de la Nación, la Contraloría General de la República, las contralorías departamentales, distritales y municipales, la Procuraduría General de la Nación, la Registraduría Nacional del Estado Civil, los ministerios, los departamentos administrativos, las superintendencias, las unidades administrativas especiales y, en general, los organismos o dependencias del Estado a los que la ley otorgue capacidad para celebrar contratos. Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado 16 /34
  • 17. EJERCICIO A cual de estas entidades les aplica el Régimen de Contratación Estatal: A. B. C. D. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN Senado de la República Superintendencia de Servicios Públicos Las Cámaras de Comercio Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado 17 /34
  • 18. CLASIFICACIÓN GENERAL DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Cargos de Elección Popular • Miembros de las Corporaciones Públicas • Senadores, Representantes a la Cámara, Diputados, Concejales, Ediles. • miembros de la Rama Ejecutiva • Presidente de la República, Gobernadores, Alcaldes. *Empleados Públicos • de Carrera • Personal administrativo de las instituciones de educación formal de los niveles: preescolar, básico y medio, Comisarios de Familia, etc. • de Libre Nombramiento y Remoción • Ministros, Directores de deptos. administrativos, Superintendentes, Gerentes de las EICE, etc. *Trabajadores Oficiales www.slideshare.net Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado 18 /34
  • 19. CARGO DE ELECCIÓN POPULAR: Es una función pública constitucional, típica y temporal que puede y debe desempeñar el individuo que ha satisfecho los requisitos legales al participar en elecciones generales y ha obtenido la mayoría de los sufragios emitidos, calificados y declarados válidos. http://diccionario.inep.org Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado 19 /34
  • 20. EMPLEADOS PÚBLICOS: Para adquirir la condición de empleado público, generalmente se debe superar un proceso selectivo en el que han de tenerse en cuenta los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, además de quedar garantizada la publicidad de las convocatorias. es.wikipedia.org Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado 20 /34
  • 21. TRABAJADORES OFICIALES: Es el servidor público vinculado al Estado por contrato de trabajo. Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado 21 /34
  • 22. SERVIDORES PÚBLICOS a) Las personas naturales que prestan sus servicios dependientes a los organismos y entidades de que trata este artículo, con excepción de las asociaciones y fundaciones de participación mixta en las cuales dicha denominación se predicará exclusivamente de sus representantes legales y de los funcionarios de los niveles directivo, asesor o ejecutivo o sus equivalentes en quienes se delegue la celebración de contratos en representación de aquéllas. b) Los miembros de las corporaciones públicas que tengan capacidad para celebrar contratos en representación de éstas. Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado 22 /34
  • 23. SERVICIOS PÚBLICOS Los que están destinados a satisfacer necesidades colectivas en forma general, permanente y continua, bajo la dirección, regulación y control del Estado, así como aquéllos mediante los cuales el Estado busca preservar el orden y asegurar el cumplimiento de sus fines. Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado 23 /34
  • 24. CLASIFICACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS SEGÚN LA MODALIDAD DE VINCULACIÓN A LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado 24 /22
  • 25. CLASIFICACIÓN DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS SEGÚN LA MODALIDAD DE VINCULACIÓN A LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE CARRERA • Art. 125 C.N., Ley 909 de 2004 • Ingreso por Concurso  CNSC • Principios: igualdad y mérito • Proceso: • Reclutamiento, Pruebas, Lista de elegibles, Periodo de prueba y Inscripción en el registro público de carrera administrativa • Retiro: • Violación régimen disciplinario • Renuncia Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado DE LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN • Ley 909 de 2004, Art. 5 No. 2 • Ingreso: • Nombramiento del superior jerárquico inmediato • Retiro • por discrecionalidad de su empleador Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado TRABAJADOR OFICIAL • Art. 5 del Decreto 3135 de 1.968 • Ingreso: • Contrato de Trabajo • Retiro: • Ineficiencia • Cumplimiento del Contrato CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR • C.N. • Ingreso: • Voto popular • Retiro: • Finalización del Periodo • Pérdida de investidura 25 /22
  • 26. DIFERENCIAS GENERALES de Carrera • Vinculación por concurso • desempeñan funciones de dirección y confianza • la permanencia depende de su eficiencia Trabajadores Oficiales de Libre Nombramiento y Remoción Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado • Vinculación por un contrato de trabajo • laboran en la construcción y sostenimiento de las obras públicas • la permanencia depende de la duración del contrato de trabajo y del trabajo eficiente • Vinculación se efectúa mediante el nombramiento y posesión del cargo • desempeñan funciones de oficina • la permanencia depende de la discrecionalidad del empleador y de su eficiencia Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado 26 /34
  • 27. PROPÓSITOS (FINES) DE LA CONTRATACIÓN ESTATAL  Los servidores públicos tendrán en consideración que al celebrar contratos y con la ejecución de los mismos, las entidades buscan el cumplimiento de los fines estatales, la continua y eficiente prestación de los servicios públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados que colaboran con ellas en la consecución de dichos fines.  Los particulares, por su parte, tendrán en cuenta al celebrar y ejecutar contratos con las entidades estatales que colaboran con ellas en el logro de sus fines y cumplen una función social que, como tal, implica obligaciones. Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado 27 /34
  • 28. DERECHOS Y DEBERES DE LAS 1. Exigirán del contratista la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado. Igual exigencia podrán hacer al garante. 2. Adelantarán las gestiones necesarias para el reconocimiento y cobro de las sanciones pecuniarias y garantías a que hubiere lugar. 3. Solicitarán las actualización o la revista de los precios cuando se produzcan fenómenos que alteren en su contra el equilibrio económico o financiero del contrato. 4. Adelantarán revisiones periódicas de las obras ejecutadas, servicios prestados o bienes suministrados, para verificar que ellos cumplan con las condiciones de calidad ofrecidas por los contratistas, y promoverán las acciones de responsabilidad contra éstos y sus garantes cuando dichas condiciones no se cumplan. Las revisiones periódicas a que se refiere el presente numeral deberán llevarse a cabo por lo menos una vez cada seis (6) meses durante el término de vigencia de las garantías. Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado 28 /34
  • 29. DERECHOS Y DEBERES DE LAS 5. Exigirán que la calidad de los bienes y servicios adquiridos por las entidades estatales se ajuste a los requisitos mínimos previstos en las normas técnicas obligatorias, sin perjuicio de la facultad de exigir que tales bienes o servicios cumplan con las normas técnicas colombianas o, en su defecto, con normas internacionales elaboradas por organismos reconocidos a nivel mundial o con normas extranjeras aceptadas en los acuerdos internacionales suscrito por Colombia. 6. Adelantarán las acciones conducentes a obtener la indemnización de los daños que sufran en desarrollo o con ocasión del contrato celebrado. 7. Sin perjuicio del llamamiento en garantía, repetirán contra los servidores públicos, contra el contratista o los terceros responsables, según el caso, por las indemnizaciones que deban pagar como consecuencia de la actividad contractual. Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado 29 /34
  • 30. DERECHOS Y DEBERES DE LAS 8. Adoptarán las medidas necesarias para mantener durante el desarrollo y ejecución del contrato las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de proponer en los casos en que se hubiere realizado licitación o de contratar en los casos de contratación directa. Para ello utilizarán los mecanismos de ajuste y revisión de precios, acudirán a los procedimientos de revisión y corrección de tales mecanismos si fracasan los supuestos o hipótesis para la ejecución y pactarán intereses moratorios. Sin perjuicio de la actualización o revisión de precios, en caso de no haberse pactado intereses moratorios, se aplicará la tasa equivalente al doble del interés legal civil sobre el valor histórico actualizado. 9. Actuarán de tal modo que por causas a ellas imputables, no sobrevenga una mayor onerosidad en el cumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista. Con este fin, en el menor tiempo posible, corregirán los desajustes que pudieren presentarse y acordarán los mecanismos y procedimientos pertinentes para precaver o solucionar rápida y eficazmente las diferencias o situaciones litigiosas que llegaren a presentarse. Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado 30 /34
  • 31. DERECHOS Y DEBERES DE LAS 10. Respetarán el orden de presentación de los pagos por parte de los contratistas. Sólo por razones de interés público, el jefe de la entidad podrá modificar dicho orden dejando constancia de tal actuación. Para el efecto, las entidades deben llevar un registro de presentación por parte de los contratistas, de los documentos requeridos para hacer efectivos los pagos derivados de los contratos, de tal manera que estos puedan verificar el estricto respeto al derecho de turno. Dicho registro será público. Lo dispuesto en este numeral no se aplicará respecto de aquellos pagos cuyos soportes hayan sido presentados en forma incompleta o se encuentren pendientes del cumplimiento de requisitos previstos en el contrato del cual se derivan“. Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado 31 /34
  • 32. DERECHOS Y DEBERES DE LOS 1. Tendrán derecho a recibir oportunamente la remuneración pactada y a que el valor intrínseco de la misma no se altere o modifique durante la vigencia del contrato. En consecuencia tendrán derecho, previa solicitud, a que la administración les restablezca el equilibrio de la ecuación económica del contrato a un punto de no pérdida por la ocurrencia de situaciones imprevistas que no sean imputables a los contratistas. Si dicho equilibrio se rompe por incumplimiento de la entidad estatal contratante, tendrá que restablecerse la ecuación surgida al momento del nacimiento del contrato. 2. Colaborarán con las entidades contratantes en lo que sea necesario para que el objeto contratado se cumpla y que éste sea de la mejor calidad; acatarán las órdenes que durante el desarrollo del contrato ellas les impartan y, de manera general, obrarán con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando las dilaciones y entrabamiento que pudieran presentarse. Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado 32 /34
  • 33. DERECHOS Y DEBERES DE LOS 3. Podrán acudir a las autoridades con el fin de obtener la protección de los derechos derivados del contrato y la sanción para quienes los desconozcan o vulneren. Las autoridades no podrán condicionar la participación en licitaciones ni la adjudicación, adición o modificación de contratos, como tampoco la cancelación de las sumas adeudadas al contratista, a la renuncia, desistimiento o abandono de peticiones, acciones, demandas y reclamaciones por parte de éste. 4. Garantizarán la calidad de los bienes y servicios contratados y responderán por ello. Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado 33 /34
  • 34. DERECHOS Y DEBERES DE LOS 5. No accederán a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley con el fin de obligarlos a hacer u omitir algún acto o hecho. Cuando se presenten tales peticiones o amenazas, los contratistas deberán informar inmediatamente de su ocurrencia a la entidad contratante y a las demás autoridades competentes para que ellas adopten las medidas y correctivos que fueren necesarios. El incumplimiento de esta obligación y la celebración de los pactos o acuerdos prohibidos, dará lugar a la declaratoria de caducidad del contrato. Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado 34 /34
  • 35. Dr. Juan Camilo Bustos C. Abogado Dr. José Joaquín Fonseca A. Abogado 35 /34