Nutrición para el control de hipercolesterolemia e hiper trigliceridemia- Nut...
6 y 7 .políticas de sulud en bolivia
1. Políticas de saludPolíticas de salud
en Boliviaen Bolivia
Un mundo le es dado al hombre:Un mundo le es dado al hombre:
Su gloria no es soportar o despreciarSu gloria no es soportar o despreciar
este mundo, si no enriquecerloeste mundo, si no enriquecerlo
construyendo otro universo.construyendo otro universo.
Mario Bunge. La Ciencia.Mario Bunge. La Ciencia.
2. POLÍTICA Y POLÍTICAS DE SALUDPOLÍTICA Y POLÍTICAS DE SALUD
• Política: Integra todos los aspectos delPolítica: Integra todos los aspectos del
desarrollo con el poder deldesarrollo con el poder del
Estado y el arte de gobernar.Estado y el arte de gobernar.
• Estrategia: Específica para la solución deEstrategia: Específica para la solución de
un problema concreto.un problema concreto.
Ingles:Ingles: Politics - PolicyPolitics - Policy
4. LA REPÚBLICA
Nacionalización de las minas
Reforma Agraria
Voto Universal
ExclusiónSocial
yExplotación
Militarismo,
Oligarquias.
Revolución Nacional de 1952:
ANTECEDENTES 2
5. BOLIVIABOLIVIA REPUBLICAREPUBLICA 18251825
Ideales de Bolivar y Sucre FrustradosIdeales de Bolivar y Sucre Frustrados
Virreyes Españoles Vs.Virreyes Españoles Vs. Oligarquía Feudal CriollaOligarquía Feudal Criolla
Régimen Feudal EsclavistaRégimen Feudal Esclavista
75% Indígena 25% Criollos75% Indígena 25% Criollos
Sumisión TotalSumisión Total
Mita, Pongueaje, etc.Mita, Pongueaje, etc.
Comunidades IndígenasComunidades Indígenas
TributaciónTributación
Despojo de tierrasDespojo de tierras
(Melgarejo 20-V-1866 )(Melgarejo 20-V-1866 )
Vida Fácil y HolgadaVida Fácil y Holgada
Sin incentivo productivoSin incentivo productivo
Latifundismo OciosoLatifundismo Ocioso
En claves MinerosEn claves Mineros
6. INSTITUCIONES OFICIALES DE SALUDINSTITUCIONES OFICIALES DE SALUD
EN BOLIVIAEN BOLIVIA
Juntas de Sanidad PúblicaJuntas de Sanidad Pública 18281828
ProtomedicatoProtomedicato 18301830
Dirección General de Sanidad PúblicaDirección General de Sanidad Pública
19061906
Ministerio de Trabajo Higiene y Previsión SocialMinisterio de Trabajo Higiene y Previsión Social 19361936
Ministerio de Higiene y SalubridadMinisterio de Higiene y Salubridad 19381938
Ministerio de Previsión Social y Salud PúblicaMinisterio de Previsión Social y Salud Pública 19471947
8. 1952.-1952.- Revolución NacionalRevolución Nacional
Nacionalización de las MinasNacionalización de las Minas (Super Estado Minero)(Super Estado Minero)
Reforma AgrariaReforma Agraria (Tierra para el que la trabaja)(Tierra para el que la trabaja)
Voto Universal - DemocraciaVoto Universal - Democracia
Nº de electores antes y después del voto universalNº de electores antes y después del voto universal
Año Presidente Votos Obtenidos NºTotal de Electores Pob. Total
ANTES
1850 Belzu 5,935
1904 Montes 32,884 de 43.000 1.172.156
1951
Paz
Estenssoro
54,128 de 126.123 3.019.031
DESPUES
1956 Siles 786,792 de 100.000
Fuente : Historia de Bolivia, Augusto GuzmánFuente : Historia de Bolivia, Augusto Guzmán
Gobernantes de la República de BoliviaGobernantes de la República de Bolivia
9. INEQUIDADINEQUIDAD
Informe de USAID-Bolivia 1978Informe de USAID-Bolivia 1978
• PoblaciónPoblación 4.700.0004.700.000
• Solo un 20 % de las muertes se registranSolo un 20 % de las muertes se registran
• 62 % trabaja en agricultura62 % trabaja en agricultura
• 3.4 % Minería3.4 % Minería
• Salario Promedio 109 $us por año : 12 = 9.0 por mesSalario Promedio 109 $us por año : 12 = 9.0 por mes
• Esperanza de vida para 1971 46 añosEsperanza de vida para 1971 46 años
• 50 % de la población consume 1356 cal.50 % de la población consume 1356 cal. (< de 50 %)(< de 50 %)
• 30 % de la población consume 2165 cal.30 % de la población consume 2165 cal.
• 15 % de la población -nivel alto- 2861 cal.15 % de la población -nivel alto- 2861 cal.
• 5 % de la población -nivel muy alto- 3000 a 4813 cal.5 % de la población -nivel muy alto- 3000 a 4813 cal.
10. GOBIERNOS DICTATORIALES
1964 Militarismo populista
1971. Dictaduras Fascistas.
– Represión . Exilio. Terrorismo de
Estado.
– Resistencia popular.
– Derrota de las dictaduras.
– Fortalecimiento sindical y social.
ANTECEDENTES 4
11. 1982. Recuperación Democrática
Crisis económica, institucional y
política
Mortalidad infantil 200 por mil
Causas: Diarrea. Neumonías. Sarampión.
Desnutrición
Bocio endémico 65.5 %
Esperanza de vida al nacer 48 años
Mortalidad Materna 480 por cien mil.
Hospital N- Aramayo.
Anemia en embarazadas 70%
ANTECEDENTES 5
12. Democracia y participación
popular en salud
Bases para la Política Nacional de Salud.
Solidaridad e identificación con las clases
populares.
Salud Pública Biologicista vs.
Salud Pública participativa
13. 19821982 RECUPERACIÓN DEL PROCESORECUPERACIÓN DEL PROCESO
DEMOCRÁTICODEMOCRÁTICO
Reforma de Salud IntegralReforma de Salud Integral
Cambio del modelo médicoCambio del modelo médico
a defensa colectiva de la saluda defensa colectiva de la salud
(como parte de defensa de la libertad y la democracia)(como parte de defensa de la libertad y la democracia)
Salud Para Todos con TodosSalud Para Todos con Todos
Salud como Derecho a conquistarSalud como Derecho a conquistar
(No se compra ni se mendiga)(No se compra ni se mendiga)
DescentralizaciónDescentralización
Participación PopularParticipación Popular
Poder a la población organizadaPoder a la población organizada
PIASS.- y comités populares de saludPIASS.- y comités populares de salud
14. COMITES POPULARES
DE SALUD
Educación para la libertad (Freire)
Responsables Populares de Salud –R P S –
Origen y organización de los Comités
Populares de Salud
COB. CONALJUVE, campesinos,
universitarios, maestros, mujeres y otros.
15. Los Servicios de Salud y la
Participación Popular
Descentralización, Regionalización.
Planificación Participativa.
PIAAS . Programa Integrado de Atención de Áreas
de Salud.
Cogestión de los servicios.
Derecho a la Salud vs. Atención Médica.
Valor humano vs. Costo económico.
17. INMUNIZACIÓN
INMUNIZACIONES Coberturas logradas
Antes. En 1983
Polio. (oral) 20%< 95 %
Sarampión “ 97 %
Difteria Pertusis Tétanos “ 76.8 %
Fiebre Amarilla. Pob. Expuesta 80 %
Impactos
Erradicación de la Poliomielitis (definitiva)
Eliminación del Sarampión.
Fiebre Amarilla: en 1981: 102 casos. En 1983: 3 casos
Resultados
18. Otras movilizaciones
Rehidratación Oral UROs Populares.
En cada barrio y en aldeas rurales.
Hospitalizaciones por Diarrea aguda. en La Paz
1983 1986
495 niños 267 niños.
21. Política Nl de Suministros
Médicos
INASME y medicamentos genéricos.
Resistencia de las Farmacias
Comerciales.
Comités Populares de Salud y
Farmacias Populares.
Evolución posterior hasta la Ley del
Medicamento en 1994 .
22. Resultados político-sociales:
Defensa colectiva de la salud como fuente
y puente de solidaridad social.
Potenciamiento de las organizaciones
populares de base.
Tencionamiento positivo de los servicios
médicos.
Voluntariado general y reducción de
costos.
Accesibilidad. Cultural, Geográfica y de la
calidad de los servicios.
23. Reacción externa ante las
políticas participativas:
a) crítica de los Colegios Médicos.
b) apoyo de los trabajadores de salud.
c) respaldo general de los medios y la
sociedad civil.
24. Rol Rector del Ministerio
de Salud
Política de consenso y cogestión de los servicios
Difusión del conocimiento en salud, sin costo
publicitario.
Comunicación cara a cara de las propias
organizaciones populares.
25. Impactos a mediano plazo
Mortalidad infantil de 200 a 75 %o (1982-1992)
(eliminación del Sarampión)
1989. Institucionalización de las Guarderías.
1996. Bolivia es certificada como libre de
carencia de yodo.
26. Lecciones aprendidas y
situación actual
Evolución de la PP a través de 6 gobiernos
sucesivos.
La Economía de Mercado. La globalización.
Impactos sociales y económicos.
Nuevos escenarios políticos.
Ley de Participación Popular y protagonismo del
Municipio.
Sostenibilidad de las políticas de salud
participativas.
30. Evolución de los seguros.
Ambiente Internacional.
• Seguro Privado
• Seguro Laboral. Bismark. Aporte tripartito
• Seguridad Social. Universal. Beveridge.
Ambiene Nacional. Bolivia.
• Seguro y ahorro Obrero
• Caja Nacional de Seguridad Social
• Seguro Público Universal.
31. SEGURO UNIVERSALSEGURO UNIVERSAL
MATERNO INFANTILMATERNO INFANTIL
LEY 2426 DEL 21 DE NOV DE 2002LEY 2426 DEL 21 DE NOV DE 2002
SEGURO BÁSICO DESEGURO BÁSICO DE
SALUD (SBS)SALUD (SBS)
D.S. 25265, 31 DE
DICIEMBRE DE 1998
SEGURO NACIONAL DE
MATERNIDAD
Y NIÑEZ (SNMN)
D.S. 24303 DE MAYO DE 1996
33. POBLACIÓN OBJETIVO
Población Total de Bolivia:
8.3 millones de Hab.
Niños menores de 5 años en Bolivia :
1.202.697
Embarazos esperados : 325.360
(Fuente INE – SNIS)
34. Problemas de Salud en el niño
Tasa de mortalidad infantil 67 por 1000 nacidos vivosTasa de mortalidad infantil 67 por 1000 nacidos vivos
El año 2001 nacieron 249.720 niños
16.731 Niños menores de un año mueren cada
año (Similar a la pobl. total de Valle Grande)
Cada 20 minutos muere un niño
menor de un año
35. Situación de los Niños menores de 5
años
21,000 niños < de 5 años mueren al
año por enfermedades prevenibles = 58
niños por día
14.000 niños < 5 años mueren
anualmente por Diarrea e Infecciones
Respiratorias = 39 niños por día
36. Mortalidad en menores de 1 año
Area Urbana Area Rural
Cada año 13,529 24,352
Cada día 37 67
Cada hora 1.5 3
Fuente:Save the Children El Estado de los Recién Nacidos del Mundo: Bolivia – 2002
37. Mortalidad en menores de 5 años
Situación Urbano - Rural
Urbano Rural
Cada año 79,650 150,853
Cada día 218 413
Cada hora 9 17
Fuente:Save the Children El Estado de los Recién Nacidos del Mundo: Bolivia – 2002
38. Problemas de Salud en la Mujer Embarazada
Tasa de mortalidad materna 390 por 100.000 nacidos vivosTasa de mortalidad materna 390 por 100.000 nacidos vivos
El año 2001 Murieron 1,055 Madres
4,432 niños quedaron huérfanos
Cada día mueren 3 madres
Fuente: Proyecciones ENDSA 94, INE 2002
39. LEY Nº 2426LEY Nº 2426
SEGURO UNIVERSAL MATERNO INFANTILSEGURO UNIVERSAL MATERNO INFANTIL
Se crea el Seguro Universal Materno Infantil en todo el territorio
nacional, con carácter universal, integral y gratuito, para otorgar las
prestaciones de salud en los niveles de atención del Sistema
Nacional de Salud y Previsión Social y del Sistema de Seguridad
Social de Corto Plazo a:
a) Las mujeres embarazadas desde el inicio de la gestación
hasta los 6 meses posteriores al parto.
b) Los niños y niñas desde su nacimiento hasta los 5 años de
edad.
Las prestaciones del Seguro Universal Materno Infantil, cuando
correspondan, se adecuarán a los usos y costumbres de los
pueblos indígenas, originarios y campesinos de Bolivia.
41. FINANCIAMIENTOFINANCIAMIENTO
10% de la
Participación Popular
Insumos, servicios no personales y medicamentos esenciales
ExcedentesExcedentes
Inversión en
Infraestructura Sanitaria,
Saneamiento Básico y
Programas Especiales
de
Seguros de Salud
FaltantesFaltantes
Hasta 10% de recursos de
Cuenta Diálogo 2000
43. Sistema Nacional de Salud en
el ámbito municipal
DIRECTORIO
Gerente de Red
DILOS
Red Socio-
Sanitaria
Mesa de Salud
44. PROYECCION A FUTURO
• Ampliaciones sucesivas del SUMI
• Consolidación de su sistema financiero
• Estructuración del Seguro
Universal de Salud, o Seguro
Universal Médico Integral
• SISTEMA INTEGRAL DE ATENCION
EN SALUD. ley 475 /2014.
45. REGLAMENTO PARA LAREGLAMENTO PARA LA
GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE LA LEY N° 475GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE LA LEY N° 475
““LEY DE PRESTACIONES DE SERVICIOS DE SALUD INTEGRAL”LEY DE PRESTACIONES DE SERVICIOS DE SALUD INTEGRAL”
46. Artículo 1. (OBJETO).-Artículo 1. (OBJETO).-
El presente Reglamento tiene por objeto establecer
el marco normativo para la gestión
Administrativa de la Ley N° 475, de
Prestaciones de Servicios de Salud Integral.
ASPECTOS GENERALESASPECTOS GENERALES
47. Artículo 2. (DEFINICIONES).-Artículo 2. (DEFINICIONES).-
Para efectos de la aplicación del presente Reglamento, se establecen
las definiciones de los siguientes términos empleados en el mismo:
•Sistema Informático SALMI:
•Sistema Informático SIAF:
•Operador del SALMI o SIAF:
•Operador del SICOFS:
•Archivo de consolidación:
ASPECTOS GENERALESASPECTOS GENERALES
48. Artículo 2. (DEFINICIONES).-Artículo 2. (DEFINICIONES).-
•Instancia Técnica de Salud del Gobierno Autónomo Municipal: Instancia a
cargo de un Responsable Técnico dependiente del Gobierno Autónomo Municipal,
de acuerdo a organización propia, encargada de la implementación y aplicación de
la gestión administrativa de la Ley Nº 475.
•Instancia Administrativa del Gobierno Autónomo Municipal: Instancia
responsable de los procesos administrativos y financieros en cada Gobierno
Autónomo Municipal que cuentan con estructura organizacional propia.
•Correlación clínica administrativa: Es la coherencia existente entre los
diagnósticos y procedimientos efectuados por el personal de salud, registrados en
el expediente clínico (Historia clínica, epicrisis, hojas de enfermería, hojas de
evolución, etc.) y las prestaciones declaradas en los documentos administrativos.
ASPECTOS GENERALESASPECTOS GENERALES
49. Artículo 2. (DEFINICIONES).-Artículo 2. (DEFINICIONES).-
•Código de Registro para el acceso al sistema de envíos de la USP: Es el
identificador alfanumérico asignado por la Unidad de Seguros Públicos del
Ministerio de Salud al Responsable de administrar el Sistema de Control
Financiero de Salud (SICOFS) en el municipio y al Responsable designado por el
SEDES que permitirá registrar los datos personales e institucionales
correspondientes y crear un usuario y contraseña para acceder al sistema de envíos
de la Unidad de Seguros Públicos.
•Sistema de envíos de la USP: Es el sistema informático que permite al Gobierno
Autónomo Municipal el envío de información generada por el SICOFS del
Municipio a través del portal web (página de internet) de la Unidad de Seguros
Públicos del Ministerio de Salud.
ASPECTOS GENERALESASPECTOS GENERALES
50. Artículo 3. (ATENCIÓN EN ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DE PRIMERArtículo 3. (ATENCIÓN EN ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DE PRIMER
NIVEL).-NIVEL).-
I. Las personas beneficiarias de la Ley N° 475 deberán acceder a los servicios de salud de
Primer Nivel de atención más cercana a su domicilio.
II. El personal de salud del Primer Nivel de atención deberá solicitar en la primera consulta
uno de los documentos de identidad a la persona que solicite la atención.
•a. Certificado de nacimiento.
•b. Carnet de Identidad.
•c. Pasaporte.
•d. Libreta de Servicio Militar.
III. La atención de personas con discapacidad requiere la presentación del Carnet de
discapacidad correspondiente.
IV. En la reconsulta podrá solicitar el documento de identidad o solamente el Carnet de
Control Prenatal, en el caso de embarazadas o el Carnet de Salud Infantil, en la atención del
menor de cinco años.
ACCESO DE LAS PERSONASACCESO DE LAS PERSONAS
BENEFICIARIASBENEFICIARIAS
51. Normas establecidas como políticas en salud.
• La lucha por la reinvidicaciones de los derechos de las
personas con discapacidad en Bolivia nace con la Ley de
Personas con Discapacidad Visual el 22 de enero de 1957
y posteriormente la aprobacion de la Ley 1678 del 15 de
diciembre1995.
• En Cumplimiento a la Ley 1678 se aprueba El Decreto
Supremo 28521. especificando la implementacion del
registro nacional de personas con discapacidad –
calificacion de personas con discapacidad en Bolivia nace
el 2006. para este fin el SEDES Y CODEPEDIS participan
como responsables y ejecutores a nivel departamental del
PRUNPCD.
52. Artículo 4. (REFERENCIA A ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DE SEGUNDO OArtículo 4. (REFERENCIA A ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DE SEGUNDO O
TERCER NIVEL).-TERCER NIVEL).- I. Toda persona beneficiaria, que de acuerdo a la decisión del
personal de salud del primer nivel de atención, requiera efectuar consulta o tratamiento en
un hospital de segundo o tercer nivel de atención, deberá ser referida al mismo con la
boleta de referencia o contrarreferencia correctamente elaborada de acuerdo a normativa
específica vigente.
II. En caso de emergencia el paciente debe ser estabilizado y acompañado durante su
traslado por un integrante calificado del equipo de salud y, de ser posible, uno de sus
familiares.
III. El personal de salud del hospital de Segundo o Tercer nivel deberá exigir la boleta de
referencia y contrarreferencia del establecimiento de salud que envía a la persona
beneficiaria para la atención correspondiente.
ACCESO DE LAS PERSONASACCESO DE LAS PERSONAS
BENEFICIARIASBENEFICIARIAS
53. Artículo 5. (REFERENCIA DE PACIENTES PARA SERVICIOSArtículo 5. (REFERENCIA DE PACIENTES PARA SERVICIOS
COMPLEMENTARIOS).-COMPLEMENTARIOS).- Las personas referidas para la realización de exámenes
complementarios, accederán al servicio correspondiente con la Solicitud de exámenes de
laboratorio, imagenología/gabinete o servicios de sangre emitida por el personal de salud
solicitante.
Artículo 6. (IDENTIFICACIÓN DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DEArtículo 6. (IDENTIFICACIÓN DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DE
PRIMER NIVEL).-PRIMER NIVEL).- I. Es atribución de los Gobiernos Autónomos Municipales la
actualización, publicación y difusión periódica del nombre y ubicación de cada
establecimiento de salud del Primer Nivel de atención públicos, de la seguridad social a
corto plazo y de privados bajo convenio ubicados en el municipio para facilitar el acceso
de la población beneficiaria.
II. El Servicio Departamental de Salud, proporcionará y actualizará a la Instancia Técnica
de Salud del Gobierno Autónomo Municipal, el registro oficial de los códigos y nombres
de los establecimientos de salud definidos por el Ministerio de Salud.
ACCESO DE LAS PERSONASACCESO DE LAS PERSONAS
BENEFICIARIASBENEFICIARIAS
54. Artículo 7. (ELABORACIÓN DE LAArtículo 7. (ELABORACIÓN DE LA LISTA DE PRESTACIONES DELLISTA DE PRESTACIONES DEL
ESTABLECIMIENTO DE SALUD).-ESTABLECIMIENTO DE SALUD).- I. La Lista de Prestaciones del Establecimiento de
Salud, se constituye en el documento que define las prestaciones que serán otorgadas por
el mismo, y en el instrumento referencial para la solicitud de pago al Gobierno Autónomo
Municipal.
II. El responsable principal de cada establecimiento de salud, en coordinación con el
personal de salud del mismo, establecerán la Lista de Prestaciones, la que deberá ser
actualizada de manera semestral y entregada al Responsable de la Instancia Técnica de
Salud del Gobierno Autónomo Municipal correspondiente.
III. Su elaboración deberá tomar en cuenta los siguientes parámetros técnicos:
a. Capacidad resolutiva y física instalada.
b. Nivel de atención del establecimiento de salud.
c. Nivel resolutivo de las prestaciones señaladas en el Manual de Aplicación de
Prestaciones.
d. Normas Nacionales de atención clínica.
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOSPROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
INICIALESINICIALES
55. Artículo 7. (ELABORACIÓN DE LAArtículo 7. (ELABORACIÓN DE LA LISTA DE PRESTACIONES DELLISTA DE PRESTACIONES DEL
ESTABLECIMIENTO DE SALUD).-ESTABLECIMIENTO DE SALUD).-
IV. El SEDES, ante requerimiento del Gobierno Autónomo Municipal, emitirá a través de
la instancia pertinente, el informe técnico respecto a la coherencia de la lista de
prestaciones y la capacidad resolutiva real del establecimiento de salud.
V. La lista de prestaciones de un establecimiento de salud podrá incluir, de manera
extraordinaria, prestaciones correspondientes a un nivel de atención superior al suyo,
previo informe técnico favorable extendido por el SEDES de su jurisdicción, que apruebe
la capacidad resolutiva para dichas atenciones.
VI. Aquellas prestaciones que no se encuentren contenidas en la Lista de Prestaciones del
Establecimiento de Salud podrán ser rechazadas por la Instancia Técnica de Salud del
Gobierno Autónomo Municipal correspondiente.
VII. Los establecimientos de salud que cuenten con el sistema informático SALMI o SIAF
podrán utilizarlos para la producción de la Lista de Prestaciones del Establecimiento de
Salud, en caso contrario deberán elaborarla manualmente.
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOSPROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
INICIALESINICIALES
56. Artículo 8. (TIPOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS).-Artículo 8. (TIPOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS).- I. Se
establecen los siguientes tipos de procedimientos administrativos.
•Procedimientos administrativos Informatizados: Son aquellos basados en la aplicación de
los Sistemas Informáticos SALMI y SIAF, establecidos y aprobados por el Ministerio de
Salud. Los establecimientos de salud que cuentan con cualquier otro sistema informático,
deben ajustarlos a los parámetros técnicos definidos por el Ministerio de Salud para
posibilitar el procesamiento y consolidación de la información.
•Procedimientos administrativos Manuales: Circunscritos solamente a establecimientos de
salud que demuestren la imposibilidad para implementar los procedimientos
informatizados.
II. El Gobierno Autónomo Municipal, a través de su Instancia Técnica de Salud, en
coordinación con los Responsables de los establecimientos de salud, definirá el tipo de
procedimiento administrativo que se aplicará para fines de cobro y pago de las atenciones
otorgadas de acuerdo a la capacidad técnica y logística de cada establecimiento de salud.
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOSPROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
INICIALESINICIALES
57. Artículo 9. (FORMAS DE PAGO).-Artículo 9. (FORMAS DE PAGO).- I. Se establecen como formas de pago de las
prestaciones otorgadas en el marco de la Ley N° 475, las siguientes:
•Pago en efectivo: Es el desembolso mensual del total del monto declarado en el REPES
del establecimiento de salud que solicita el pago.
•Pago mixto: Se aplica sólo a los establecimientos de salud bajo dependencia municipal
por las atenciones realizadas, consistente en la reposición trimestral de medicamentos,
insumos médicos y reactivos para diagnóstico, de la Farmacia Institucional Municipal –
FIM de cada establecimiento, de acuerdo a los requerimientos señalados en el Consolidado
de Pedido Trimestral – CPT, y el desembolso trimestral en efectivo por concepto de
Remanentes Financieros locales.
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOSPROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
INICIALESINICIALES
58. Artículo 10. (ACTUALIZACIÓN DE LA LISTA DE AFILIADOS DE LOS ENTESArtículo 10. (ACTUALIZACIÓN DE LA LISTA DE AFILIADOS DE LOS ENTES
GESTORES DEL SEGURO SOCIAL OBLIGATORIO DE CORTO PLAZO).-GESTORES DEL SEGURO SOCIAL OBLIGATORIO DE CORTO PLAZO).- Los
Entes Gestores del Seguro Social Obligatorio de Corto Plazo, trimestralmente enviarán la
lista actualizada de sus afiliados y beneficiarios a la Unidad de Seguros Públicos de la
Dirección General de Seguros de Salud del Ministerio de Salud para su sistematización y
envío a cada Gobierno Autónomo Municipal.
Artículo 11. (ACTUALIZACIÓN DE LA LISTA DE PERSONAS CONArtículo 11. (ACTUALIZACIÓN DE LA LISTA DE PERSONAS CON
DISCAPACIDAD).-DISCAPACIDAD).- La Unidad de Discapacidad del Ministerio de Salud, trimestralmente
enviará la lista actualizada de personas calificadas y acreditadas por el SIPRUN-PCD a la
Unidad de Seguros Públicos de la Dirección General de Seguros de Salud del Ministerio de
Salud para su sistematización y envío a cada Gobierno Autónomo Municipal
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOSPROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
INICIALESINICIALES
59. Artículo 12. (INSTRUMENTOS ADMINISTRATIVOS).-Artículo 12. (INSTRUMENTOS ADMINISTRATIVOS).-
a. Instrumentos de recolección de la información:
•Documento 1: Recetario/Recibo de atención ambulatoria (D-1).
•Documento 2: Recetario/Recibo de atención del paciente internado (D-2).
•Documento 2a: Hojas adicionales al Documento 2 (D-2a).
•Documento 3: Recetario/Recibo de atención odontológica (D-3).
•Documento 4: Recetario/Recibo de prestaciones especiales (D-4).
•Documento 5: Descargo y Solicitud de Botiquín de Servicio (D-5).
•Documento 6: Descargo de Traslados de emergencias (D-6).
•Boleta de referencia y contrarreferencia (Documentos oficiales de la Norma Nacional de
Referencia y Contrarreferencia).
•Documento 8: Solicitud de exámenes de laboratorio, Imagenología/Gabinete o servicios
de sangre (D-8).
•Documento 9: Reporte de resultados de exámenes de laboratorio, Imagenología/Gabinete
o servicios de sangre (D-9).
INSTRUMENTOS Y HERRAMIENTAS PARAINSTRUMENTOS Y HERRAMIENTAS PARA
LA GESTION ADMINISTRATIVALA GESTION ADMINISTRATIVA
60. Artículo 12. (INSTRUMENTOS ADMINISTRATIVOS).-Artículo 12. (INSTRUMENTOS ADMINISTRATIVOS).-
b. Instrumentos de sistematización de la información:
•Documento 10: Descargo de Prestaciones Complementarias (Laboratorio,
Imagenología/Gabinete y Banco de Sangre) (D-10).
•Documento 11: Informe Mensual de Movimiento de Medicamentos e Insumos – IMM
(SNUS-03) (D-11).
•Documento 12: Consolidado de Pedido Trimestral de Medicamentos e Insumos – CPT
(SNUS-04) (D-12).
•Documento 13: Registro de existencias – Kárdex valorado (SNUS-01) (D-13).
•Documento 14: Resumen de Prestaciones Realizadas por el establecimiento de salud –
RPR (D-14).
•Documento 15: Reporte de Prestaciones Establecidas de Salud – REPES (D-15).
•Documento 16: Resumen de Prestaciones Observadas – RPO (D-16).
INSTRUMENTOS Y HERRAMIENTAS PARAINSTRUMENTOS Y HERRAMIENTAS PARA
LA GESTION ADMINISTRATIVALA GESTION ADMINISTRATIVA
61. PROCEDIMIENTOS DE COBROPROCEDIMIENTOS DE COBRO
INFORMATIZADOSINFORMATIZADOS
SALMI
INSTANCIA TÉCNICAINSTANCIA TÉCNICA
DE SALUDDE SALUD
D-1, D2, D2a, D-3, D-D-1, D2, D2a, D-3, D-
4, D-5, D-6 y D-104, D-5, D-6 y D-10
SIAFSIAF
ARCHIVO DEARCHIVO DE
CONSOLIDACIÓNCONSOLIDACIÓN
D-6, D-10, IMM – CPTD-6, D-10, IMM – CPT
FORM. REF/RETFORM. REF/RET
ESTABLECIMIENTO DE SALUDESTABLECIMIENTO DE SALUD
GOBIERNO MUNICIPALGOBIERNO MUNICIPAL
7 DÍAS HÁBILES7 DÍAS HÁBILES
62. PROCEDIMIENTOS DE COBRO MANUALPROCEDIMIENTOS DE COBRO MANUAL
INSTANCIA TÉCNICAINSTANCIA TÉCNICA
DE SALUDDE SALUD
D-6, D-10, RPR, REPES,D-6, D-10, RPR, REPES,
IMM – CPT, FORM.IMM – CPT, FORM.
REF/RETREF/RET
ESTABLECIMIENTO DE SALUDESTABLECIMIENTO DE SALUD
GOBIERNO MUNICIPALGOBIERNO MUNICIPAL
7 DÍAS HÁBILES7 DÍAS HÁBILESD-1, D2, D2a, D-3, D-D-1, D2, D2a, D-3, D-
4, D-5, D-6 y D-104, D-5, D-6 y D-10
63. PROCEDIMIENTOS DE PAGOPROCEDIMIENTOS DE PAGO
SICOFSSICOFS
GOBIERNO MUNICIPALGOBIERNO MUNICIPAL
7 DÍAS7 DÍAS
HÁBILESHÁBILES
PRIMERA COPIA
ARCHIVO DEARCHIVO DE
CONSOLIDACIÓNCONSOLIDACIÓN
INSTANCIA TÉCNICAINSTANCIA TÉCNICA
DE SALUDDE SALUD
SEGUNDA COPIA
ORIGINAL
PAGOPAGO
10 DÍAS10 DÍAS
HÁBILESHÁBILES
64. Artículo 19. (PRESTACIONES OBSERVADAS).-Artículo 19. (PRESTACIONES OBSERVADAS).-
I. Las prestaciones que sean observadas por el SICOFS serán impresas en el Documento
16. (Resumen de Prestaciones Observadas – RPO).
II. La Instancia Técnica de Salud deberá hacer conocer al Responsable de cada
Establecimiento de Salud los errores que motivaron la observación de las prestaciones para
evitar la reincidencia en los informes posteriores.
III. El costo atribuible a errores no subsanables o por reincidencia del personal de salud o
administrativo de los establecimientos de salud municipales deberá ser reglamentado por
cada Gobierno Autónomo Municipal.
PROCEDIMIENTOS DE COBRO Y PAGOPROCEDIMIENTOS DE COBRO Y PAGO
65. Artículo 21. (REMANENTES LOCALES DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUDArtículo 21. (REMANENTES LOCALES DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD
MUNICIPALES).-MUNICIPALES).-
I. Se constituyen en remanentes locales de los establecimientos de salud los saldos
existentes en cada establecimiento de salud de los recursos desembolsados por el Gobierno
Autónomo Municipal por las prestaciones otorgadas, una vez efectuada la reposición de los
medicamentos, insumos médicos y reactivos para diagnóstico necesarios para la atención
de las prestaciones, de acuerdo a los requerimientos señalados en el Consolidado de Pedido
Trimestral – CPT, y cubiertos los gastos de alimentación de pacientes internados.
II. Los remanentes locales podrán ser empleados, según programación y norma de cada
Gobierno Autónomo Municipal.
PROCEDIMIENTOS DE COBRO Y PAGOPROCEDIMIENTOS DE COBRO Y PAGO
66. Artículo 23. (Artículo 23. (INSTANCIAS TÉCNICAS RESPONSABLES DEL CONTROL DE LOSINSTANCIAS TÉCNICAS RESPONSABLES DEL CONTROL DE LOS
PROCESOS ADMINISTRATIVOS DE LA LEY Nº 475)PROCESOS ADMINISTRATIVOS DE LA LEY Nº 475).-.-
Se constituyen instancias técnicas responsables de la supervisión del cumplimiento adecuado de los
procesos y procedimientos de la Ley Nº 475 por parte del personal de salud y administrativo, las
siguientes:
Responsable del establecimiento de salud: Es la instancia de control interno previo que tiene la
obligación de verificar la correlación clínica administrativa de la documentación emitida por el
personal de salud de su establecimiento y de la correcta aplicación de los Sistemas Informáticos. De
acuerdo a la complejidad de los servicios de salud, el responsable del establecimiento debe contar con
la colaboración de Jefes de Unidad, Jefes de Servicios, personal administrativo y operadores de los
Sistemas Informáticos SALMI o SIAF.
Instancias Técnica de Salud del Gobierno Autónomo Municipal: Es la encargada de la verificación de
la documentación presentada por los establecimientos de salud mediante la utilización del Sistema
Informático SICOFS y del registro y seguimiento de los casos de incumplimiento de los procesos y
procedimientos administrativos así como de la reincidencia de errores administrativos y fraudes
financieros cometidos por el personal administrativo y de salud mediante informes periódicos dirigidos
al Gobierno Autónomo Municipal.
CONTROL Y FISCALIZACIÓNCONTROL Y FISCALIZACIÓN
67. Artículo 23. (Artículo 23. (INSTANCIAS TÉCNICAS RESPONSABLES DEL CONTROL DE LOSINSTANCIAS TÉCNICAS RESPONSABLES DEL CONTROL DE LOS
PROCESOS ADMINISTRATIVOS DE LA LEY Nº 475)PROCESOS ADMINISTRATIVOS DE LA LEY Nº 475).-.-
Coordinación Técnica de Red: Es la instancia de supervisión periódica encargada de verificar el
cumplimiento adecuado de los procesos administrativos y otorgar capacitación y asistencia técnica al
personal de la Red a su cargo así como a las instancias técnicas de los Gobiernos Municipales
correspondientes.
Unidades Departamentales de Seguros Públicos: Se constituyen en los encargados de efectuar el
control periódico y aleatorio de los establecimientos de salud del departamento y con carácter
obligatorio de aquellos que presenten denuncias de irregularidades en el cumplimiento de los procesos
técnicos y administrativos; además de otorgar capacitación y asistencia técnica a Coordinaciones de
Red, Responsables de las Instancias Técnicas de Salud de los municipios del departamento
correspondiente.
Unidad de Seguros Públicos del Ministerio de Salud: Es la instancia encargada de la evaluación
nacional del cumplimiento de los procesos técnicos y administrativos a través de la solicitud de
informes periódicos a los SEDES.
CONTROL Y FISCALIZACIÓNCONTROL Y FISCALIZACIÓN
68. Artículo 27. (SANCIONES).-Artículo 27. (SANCIONES).-
Los servidores públicos que incumplan o infrinjan el presente Reglamento y que pongan
en riesgo la continuidad de la atención de las personas beneficiarias, serán sancionados de
acuerdo a lo señalado en la Ley Nº 1178 de Administración y Control Gubernamentales –
SAFCO y la Ley Nº 004 de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e
Investigación de Fortunas “Marcelo Quiroga Santa Cruz”.
DISPOSICIONES FINALESDISPOSICIONES FINALES