SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 98
LEY 29783
DS 005-2012 TR
Expositor : Miguel García
1. Ley 29783 de Seguridad y Salud en el Trabajo
2. Situación actual de las empresas –
Autoevaluación del Sistema de Gestión de SST
3. Incumplimiento de las Normas de SST
4. Documentación requerida y como presentarlas
en las Inspecciones.
5. Infracciones de Seguridad y Salud en el Trabajo.
6. Escalas de multas por Infracciones Laborales.
TEMARIO
1. Ley 29783 de
Seguridad y Salud
en el Trabajo
ANTECEDENTES
Si bien desde 1911 existió en el Perú una regulación sobre
riesgos laborales (Ley N° 1378), su finalidad fue la de
resarcir los siniestros padecido por los trabajadores,
característica que fuera replicada en el Decreto Ley N°
18846 (1972) y la Ley N° 26709 (1997), que creó el
Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo.
Con la modernización, la tendencia mundial ha variado
hacia la prevención: anticipar los peligros y riesgos para
reducir sus efectos dañosos.
MARCO LEGAL
LEY 29783 SST
Publicada el 21 Agosto 2011,
es la norma con rango legal
que regula todo lo referente
a la prevención en la
seguridad y salud en el
trabajo.
DS 005-2012 TR
Reglamento de la LEY 29783
SST, publicado el 25 Abril
2012
MARCO LEGAL
Mediante la ley 29703, como parte de una política de
rediseño de la legislación Laboral, también se ha insertado en
el código penal el Art. 168-A sumillado como:“Delito de
Atentado contra las condiciones de seguridad e
higienes industriales”. El tenor del delito es el siguiente:
“El que, infringiendo las normas de seguridad y salud
en el trabajo y estando legalmente obligado, no adopte
las medidas preventivas necesarias para que los
trabajadores desempeñen su actividad, poniendo en
riesgo su vida, salud o integridad física, será reprimido
con pena privativa de libertad no menor de dos años ni
mayor de cinco años
Si, como consecuencia de una inobservancia de las
normas de seguridad y salud en el trabajo, ocurre un
accidente de trabajo con consecuencias de muerte o
lesiones graves, para los trabajadores o terceros, la
pena privativa de libertad será no menor de cinco años
ni mayor de diez años”
LEY 30222 MODIFICATORIA LEY 29783
“DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS MODIFICATORIAS
(...)
CUARTA. Modifícase el artículo 168-A del Código Penal, con el texto siguiente:
Artículo 168-A. Atentado contra las condiciones de seguridad y salud en
el trabajo
El que, deliberadamente, infringiendo las normas de seguridad y salud en el
trabajo y estando legalmente obligado, y habiendo sido notificado previamente
por la autoridad competente por no adoptar las medidas previstas en éstas y
como consecuencia directa de dicha inobservancia, ponga en peligro inminente la
vida, salud o integridad física de sus trabajadores, será reprimido con pena
privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años.
Si, como consecuencia de la inobservancia deliberada de las normas de seguridad
y salud en el trabajo, se causa la muerte del trabajador o terceros o le producen
lesión grave, y el agente pudo prever este resultado, la pena privativa de libertad
será no menor de cuatro ni mayor de ocho años en caso de muerte y, no
menor de tres ni mayor de seis años en caso de lesión grave.
Se excluye la responsabilidad penal cuando la muerte o lesiones graves son
producto de la inobservancia de las normas de seguridad y salud en el trabajo por
parte del trabajador.”
Ley 29783 de Seguridad y Salud
en el Trabajo
Art. 1.- Objeto de la Ley
“Promover una cultura de prevención de riesgos
laborales en el país. Para ello , cuenta con el
deber de prevención de los empleadores, el rol de
fiscalización y control del estado y la participación
de los trabajadores y sus organizaciones
sindicales, quienes a través del diálogo social,
velan por la promoción, difusión y cumplimiento de
la normativa sobre la materia”.
OBJETIVO DE LA LEY 29783 SST
ESTADO
TRABAJADORES Y
REPRESENTACION
ES SINDICALES
EMPLEADOR
“Promover
una cultura
de
prevención
de riesgos
laborales
en el país”
FISCALIZA
PREVIENE
DIALOGA
Y
PARTICIPA
ALCANCE DE LA LEY 29783 – LEY DE SST
PRIVADAS
ESTATALES
FFAA y
FFPP
Art. 2.- Ámbito de
Aplicación:
La presente Ley es
aplicable a todos los
sectores económicos y
de servicios;
comprende a todos los
empleadores y
trabajadores bajo el
régimen laboral de la
actividad privada en
todo el territorio
nacional, trabajadores
y funcionarios del
sector público,
trabajadores de las
FFAA y PNP, y
trabajadores por
cuenta propia.
2. Situación actual de las
empresas
Autoevaluación del
Sistema de Gestión de
Seguridad y Salud en el
Trabajo
Elaboración
practica de una
evaluación del
Sistema de
Gestión de
Seguridad y
Salud en el
Trabajo
Peligros y Riesgos
Cuentan con:
• Política de Seguridad, Objetivos.
• Sistema de Gestión de Seguridad y Salud
en el trabajo.
• Comité de Seguridad.
• IPERC.
• Reglamento interno de SST.
• Registros de Seguridad.
• Mapa de Riesgos.
• Programa Anual de Seguridad.
• Planificación de la Actividad Preventiva:
EMO.
• Programas de Capacitación.
Contestar las siguientes interrogantes
SI NO
CHECK LIST DE VERIFICACION
Ver Orden
de
Inspección
SUNAFIL
Luego de esta evaluación ¿que
debemos hacer?
Alternativas: encerrar la respuesta en un círculo.
a) Cruzarnos de brazos.
b) Lamentarnos de no tener
implementando nuestro SGSST.
c) Felicitarnos porque hasta el momento
no nos multan.
d) Esperar que nos multe la SUNAFIL.
e) Adecuarnos a la Ley 29783 e
Implementar el SGSST para no vernos
afectados por las multas de la SUNAFIL.
3. Incumplimiento de
las Normas de
Seguridad y Salud en
el Trabajo
¿Por qué
esa
expresión?
Cálculo del monto de las sanciones se realiza de
acuerdo con la siguiente tabla:
DS.012-2013-TR, flexibilización de las
multas
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA
ÚNICA. Privilegio de la prevención y corrección de las
conductas infractoras
En el marco de un enfoque preventivo de la política de
inspección del trabajo se establece un plazo de tres (3) años,
contados desde la entrada en vigencia de la presente Ley,
durante el cual el Sistema de Inspección del Trabajo privilegia
acciones orientadas a la prevención y corrección de conductas
infractoras.
Cuando durante la inspección del trabajo se determine la
existencia de una infracción, el inspector de trabajo emite un
acto de requerimiento orientado a que el empleador subsane
su infracción. En caso de subsanación, en la etapa
correspondiente, se dará por concluido el procedimiento
sancionador; en caso contrario, continuará la actividad
inspectiva.
LEY 30222 MODIFICATORIA LEY 29783
Durante el periodo de tres años, referido en el
primer párrafo, la multa que se imponga no será
mayor al 35% de la que resulte de aplicar luego de
la evaluación del caso concreto sobre la base de los
principios de razonabilidad, proporcionalidad así
como las atenuantes y/o agravantes que
correspondan según sea el caso.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA
LEY 30222 MODIFICATORIA LEY 29783
4. Documentación
requerida y como
presentarlas en las
Inspecciones
LA POLITICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
CIA. PERUANO DEL PERU SAC, tiene como política garantizar la seguridad, la salud y el desarrollo de sus
trabajadores, para ello ha fijado como objetivos brindar sus servicios con adecuados estándares de
seguridad. Considera que su capital más importante son sus trabajadores, por lo cual es prioridad mantener
buenas condiciones de seguridad y salud en el trabajo, así como mantener al personal motivado y
comprometido con la prevención de los riesgos del trabajo.
Para todo ello, asume y pone en práctica lo siguiente:
a) Establece que todo trabajador; debe ser capacitado antes de ingresar a laborar y en el transcurso de su
desempeño en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo.
b) Cumplir con las normas legales y los principios a los cuales la empresa se adhiera, con el propósito de
asegurar una adecuada Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
c) Compromiso de una mejora, mediante la capacitación de nuestro personal, identificación de peligros y
evaluación de riesgos, supervisión de actividades, utilización de herramientas, oportunidades de mejora
producto de las auditorías internas y externas, buscando así el desarrollo de la organización en materia
de seguridad y salud.
d) Proveer y mantener condiciones de trabajo seguras y saludables, para proteger la integridad física y
salud de los trabajadores, sean de contratación directa o de subcontrata, y que esta responsabilidad
debe ser compartida por el personal a todos los niveles de la empresa.
Gerente General
PEDRO PERICO PABLO
Política de Seguridad y Salud en el Trabajo
Fecha: Miraflores, 31 Enero 2015
SISTEMA DE GESTIÓN DE SST
COMITÉ DE
SEGURIDAD Y
SALUD EN EL
TRABAJO
• Libro de Actas.
• Documentos del Proceso Electoral.
• Acta de Instalación del Comité.
• Credencial de los Integrantes del
Comité.
• Registro de Capacitación Comité.
Comité de Seguridad
Integrante
COMITÉ DE SEGURIDAD
¿Qué nos solicitará el Inspector de SUNAFIL?
¿Qué nos solicitará el Inspector de SUNAFIL?
• Libro de Actas.
• Documentos del Proceso Electoral.
• Acta de Instalación.
• Credencial de los Integrantes del
Comité.
• Capacitación al Comité.
INFRACCION
GRAVE
COMITE DE SEGURIDAD
COMITÉ O SUPERVISOR DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO
• TODA EMPRESA QUE TIENE 20
Ó MAS TRABAJADORES DEBE
CONSTITUIR OBLIGATORIO SU
COMITÉ DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO.
• TODA EMPRESA CON MENOS
DE 20 TRABAJADORES DEBE
NOMBRARSE OBLIGATORIO UN
SUPERVISOR DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO.
EL COMITE DE SST
 Es paritario, conformado por igual número de representantes de la parte
empleadores y trabajadores.
 Los integrantes del Comité puede variar de entre 4 y 12. A partir de 100
trabajadores el número será de 6 y se incrementa 2 cada 100 trabajadores
más.
 deberá especificarse los miembros titulares y suplentes.
 los empleadores que cuentan con sindicatos incorporaran un miembro en
calidad de observador.
 Entre uno a dos años será la
duración del mandato de los
representantes de los trabajadores
en la función. Los representantes
del empleador ejercerán el mandato
por el plazo que éste determine.
RM 148-2012 TR
Elección de miembros ante el
CSST • Los trabajadores lo eligen
por votación secreta y
directa.
• La elección está a cargo
del sindicato más
representativo*. En su
defecto, a cargo del
empleador.
• Ver Guía aprobada por
Resolución Ministerial Nº
148-2012-TR .
* El que agrupa al mayor
número de trabajadores de
la entidad.
FUNCIONES DEL COMITÉ
• Elabora y presenta los reportes de accidentes de
trabajo, informes de investigación de cada accidente
ocurrido y las medidas adoptadas a la empresa
• Colabora con los inspectores de trabajo de la
autoridad competente o fiscalizadores autorizados
• Propicia la participación activa de los trabajadores y su
formación con miras a lograr una cultura preventiva
• Tiene carácter promotor, consultivo y de control
orientados a la prevención de riesgos y protección de
la salud
• La ejecución de los acuerdos del comité es
responsabilidad de la empresa y esta a cargo de la
unidad orgánica o funcional de SST de la empresa
• Aprueban el RISST, PASST, IPER.
Línea Base:
Lista de
verificación del
SGSST
¿QUÉ ES LA LÍNEA
BASE?
CONSISTE EN COMPARAR LOS
REQUISITOS DEL SISTEMA
EXISTENTE CON LOS REQUISITOS DE
LA LEY DE SST Y OTROS
DISPOSITIVOS PERTINENTES.
LEY
29783 EMPRESA
VS.
Línea Base: Lista de verificación del SGSST
FUENTE SI NO
Exite una política documentada en materia de seguridad y salud en el
trabajo, específica y apropiada para la empresa.
Está autorizada por la gerencia.
Se toma decisiones en base al análisis de inspecciones y auditorias,
avances de programa de seguridad y salud en el trabajo y opiniones
de trabajadores, dando seguimiento de las mismas.
El empleador delega funciones y autoridad al personal encargado de
implementar el sistema de gestión SST.
El empleador asume el liderazgo en la gestión de la seguridad y salud
en el trabajo.
El empleador está comprometido en la gestión de la seguridad y
salud en el trabajo.
Existen responsabilidades específicas en seguridad y salud en el
trabajo de los niveles de mando de la empresa.
Se cuenta con el presupuesto adecuado.
Participa el Comité o Supervisor de Seguridad y Salud en la definición
de estímulos y sanciones.
Competencia
El empleador ha definido los requisitos de competencia necesarios
para cada puesto de trabajo y adopta disposiciones de capacitación
con responsabilidad en esta materia.
LINEAMIENTOS INDICADOR
CUMPLIMIENTO
OBSERVACIONES
GUÍA SOBRE SISTEMAS DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
II. Política de seguridad y salud ocupacional
Dirección
Política
Liderazgo
Organización
X
X
X
X
X
X
Actualizar RISST
Actualizar PPTO.
LEY 29783 - RISST
LEY 29783 - RISST
LEY 29783 - RISST
LEY 29783 - RISST
LEY 29783 - RISST
LEY 29783 - RISST
LEY 29783 –PPTO.
X
REALIZAR LINEA BASE
LEY 29783 - RISST X Se contratará un
Jefe de SST
FUENTE SI NO
Se ha realizado una evaluación inicial o estudio de línea base como
diagnóstico participativo del estado de saludo y seguridad en el
trabajo.
Los resultados han sido comparados con los establecidos en el
Reglamento de SST y otros dispositivos legales pertinentes, y
serviran de base para planificar, aplicar el sistemas y como referencia
para medir su mejora continua.
La planificación permite:
Cumplir con normas nacionales.
Mejorar el desempeño.
Mantener procesos productivos seguros.
Ha establecido el empleador procedimientos para identificar peligros y
evaluar riesgos.
Comprende estos procedimientos:
 Toda las actividades.
 Todo el personal.
 Todas las instalaciones.
El empleador aplica medidas para:
Gestionar, eliminar y controlar riesgos.
Diseñar ambiente y puesto de trabajo, seleccionar equipo y método
de trabajo que garanticen la seguridad y salud del trabajador.
Eliminar las sustancias o agentes peligrosos o sustituirlos.
Modernizar los planes y programas de prevención de riesgos
laborales. Mantener políticas de proteción.
Capacitar anticipadamente al trabajador.
El empleador actualiza la evaluación de riesgos una vez (01) al año o
cuando cambian las condiciones o cuando se hayan producido daños.
LINEAMIENTOS INDICADOR
Diagnóstico
III. Planeamiento y aplicación
CUMPLIMIENTO
Planeamiento para la
identificacion de
peligro, evaluacion y
control de riesgo
GUÍA SOBRE SISTEMAS DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
OBSERVACIONES
Línea Base: Lista de verificación del
SGSST
Identificación de Peligros y
Evaluación de Riesgos - IPER
Herramienta de Diagnostico, útil para
establecer el nivel actual del SGSST y
definir los controles necesarios para la
mejorar continua.
Identificación de Peligros y
Evaluación de Riesgos
10 Pasos a seguir para realizar un IPER
• Asegurarse que el proceso sea práctico.PASO 1
•Involucre a todo el personal, en especial a los que están expuestos al
riesgo y sus representantes.
PASO 2
•Utilice un enfoque sistémico para garantizar que los peligros y riesgos
sean tratados adecuadamente.
PASO 3
•Propóngase identificar los peligros de importancia sin obviar lo
insignificante.
PASO 4
•Observe lo que realmente sucede y existe y existe en el lugar de
trabajo, incluyendo en particular las acciones no rutinarias.
PASO 5
•Incluya a todos los trabajadores en riesgo, incluido visitas y
contratistas.
PASO 6
• Reúna toda la información que pueda.PASO 7
• Analice e identifique los peligros significativos.PASO 8
•Evalúe el riesgo e indique los controles, basándose en la jerarquía de
controles:
• ELIMINAR, SUSTITUIR, INGENIERIA, ADMINISTRATIVO, EPP.
PASO 9
•Siempre registre por escrito el proceso IPER y haga seguimiento a los
controles.
PASO 10
IDENTIFICACION DE PELIGROS Y EVALUACION DE
RIESGOS
Área: Nivel:
Revisión:
Fecha:
Elaborado por: Revisado por: Aprobado por:
FUNCION /
TAREA
PELIGRO RIESGO
REQUISITO
LEGAL
PROBABILIDAD (Trabajar con cuadro de
Valores)
INDICEDESEVERIDAD(Ver
CuadroValores)
PROBABILIDADxSEVERIDAD
NIVELDERIESGO
RIESGOSIGNIFICATIVO
MEDIDA DE
CONTROL
INDICEDE
PERSONAS
EXPUESTAS(A)
INDICEDE
PROCEDIMIENTO
EXISTENTES(B)
INDICEDE
CAPACITACION(C)
INDICEDE
EXPOSICIONAL
RIESGO(D)
INDICEDE
PROBABILIDAD
(A+B+C+D)
IDENTIFICACION DE PELIGROS Y EVALUACION DE RIESGOS Y CONTROLES (IPERC)
Nivel: 4 Área: Contabilidad
Revisión:
Fecha: Febrero 2014
Elaborado por: Juan Perez
Revisado por: Representante de Seguridad y Salud en el
Trabajo
Aprobado por: *CSST
FUNCION /
TAREA
PELIGRO RIESGO
REQUISITO
LEGAL
PROBABILIDAD
INDICEDE
SEVERIDAD(Ver
CuadroValores)
PROBABILIDADx
SEVERIDAD
NIVELDERIESGO
RIESGO
SIGNIFICATIVO
MEDIDA DE
CONTROL
INDICEDE
PERSONAS
EXPUESTAS(A)
INDICEDE
PROCEDIMIENT
OEXISTENTES
(B)
INDICEDE
CAPACITACION
(C)
INDICEDE
EXPOSICIONAL
RIESGO(D)
INDICEDE
PROBABILIDAD
(A+B+C+D)
Facturación /
Revisar
documentos,
ver liquidez,
realizar todo
tipo de
trabajos del
área
administrativa
.
Postura
inadecuada
Ergonómico Ley 29783 1 3 2 3 9 1 9 M SI
Evaluación de riesgo
ergonómico.
Capacitar en
posturas adecuadas.
Silla
inadecuada
Ergonómico Ley 29783 1 3 2 3 9 2 18 IM SI
Dar mantenimiento a
silla
Cables
sueltos
De tropiezo Ley 29783 1 3 2 3 9 2 18 IM SI
Entubar cables y
adosarlo a la pared
Sistema de
ventilación
Disconfort Ley 29783 1 3 2 3 9 2 18 IM SI
Realizar estudio de
climatización
Espacio de
salida
angosto
Golpes,
demora en la
evacuación
Ley 29783 1 3 2 3 9 2 18 IM SI
Redistribuir
mobiliario, dejando el
espacio de acceso
adecuado.
Material
inflamable
cerca a
tomacorriente
Incendio,
eléctrico
Ley 29783 1 3 2 3 9 2 18 IM SI
Ordenar y retirar
materiales, organizar
cables
Sismo
Golpes,
atrapamiento,
muerte
Ley 29783 1 3 2 3 9 2 18 IM SI
Realizar simulacros
de sismos, mantener
señalizada la ruta de
evacuación.
IDENTIFICACION DE PELIGROS Y EVALUACION DE RIESGOS
Área: Almacen - Primer Nivel
Revisión:
Fecha: Noviembre 2013
Elaborado por: Juan Perez Revisado por: Aprobado por: *CSST
FUNCION /
TAREA
PELIGRO RIESGO
REQUISITO
LEGAL
PROBABILIDAD (Trabajar con cuadro de Valores)
INDICEDE
SEVERIDAD(Ver
CuadroValores)
PROBABILIDADx
SEVERIDAD
NIVELDERIESGO
RIESGO
SIGNIFICATIVO
MEDIDA DE
CONTROL
INDICEDE
PERSONAS
EXPUESTAS
(A)
INDICEDE
PROCEDIMIENTO
EXISTENTES(B)
INDICEDE
CAPACITACION
(C)
INDICEDE
EXPOSICIONAL
RIESGO(D)
INDICEDE
PROBABILIDAD
(A+B+C+D)
Encargados
del área /
Distribuir los
productos
químicos que
se solicitan.
Trasvase de
productos
químicos
Derrames,
quemaduras,
problemas
respiratorios
Ley 29783 1 3 2 3 9 2 18 IM SI
Cambiar el modo
de trasvase
Exposición a
gases tóxicos
Cefaleas,
naúseas,
afectación
directa a la
salud
Ley 29783 1 3 2 3 9 2 18 IM SI
Realizar
monitoreo, ubicar
área en otro
espacio
Ruido Hipoacusia Ley 29783 1 3 2 3 9 2 18 IM SI
Realizar
monitoreo de
nivel de ruido de
manera periódica
Sismo
Golpes,
atrapamiento,
muerte
Ley 29783 1 3 2 3 9 2 18 IM SI
Realizar
simulacros de
sismos ,
mantener
señalizada la
ruta de
evacuación.
• Programa Anual de Seguridad y salud en el Trabajo.
• Programa de Capacitación.
• Información para los exámenes médicos
ocupacionales.
• Elaboración de Mapa de Riesgos.
• Establecimiento de estándares de seguridad para el
RISST.
• Elaboración de documentos normativos, cartillas de
seguridad, hojas de trabajo seguro.
• Requerimiento de equipos de protección personal.
• Monitoreo de Ruido, iluminación, de gases,
ergonómicos, psicosociales.
¿Qué información podemos
obtener del IPER?
MAPA DE
RIESGOS
MAPA DE RIESGOS
Representación grafica de los
riesgos existentes en una
unidad de trabajo.
Se expresa a través de
señaléticas que representan
el riesgo (señaléticas de
advertencia, triangulo
equilatero de borde negro
con fondo amarillo).
NTP.- 399.010-1:2004 Señales de
Seguridad
“Artículo 28. Registros del Sistema de
Gestión de la Seguridad y Salud en el
Trabajo
(...)
En el reglamento se establecen los registros
obligatorios a cargo del empleador, los que
pueden llevarse por separado o en un solo libro
o registro electrónico. Las micro, pequeñas y
medianas empresas (MIPYME) y las entidades o
empresas que no realicen actividades de alto
riesgo, llevarán registros simplificados. Los
registros relativos a enfermedades
ocupacionales se conservan por un periodo de
veinte (20) años”.
LEY 30222 MODIFICATORIA LEY 29783
REGISTROS OBLIGATORIOS DEL SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LA LEY 29783 Y REGLAMENTO D.S.N° 005-2012-TR
RESOLUCION MINISTERIAL N°085-2013-TR
REGISTROS
EMPRESAS
REGIMEN
GENERAL
MICRO
EMPRESA
PEQUEÑA
EMPRESA
1
REGISTRO DE ACCIDENTES DE TRABAJO, ENFERMEDADES
OCUPACIONALES, INCIDENTES PELIGROSOS Y OTROS
INCIDENTES X X X
2 REGISTRO DE EXAMENES MEDICOS OCUPACIONALES X X X
3
REGISTRO DE MONITOREO DE AGENTES FISICOS, QUIMICOS,
BIOLOGICOS, PSICOSOCIALES, Y FACTORES DE RIESGO
DISERGONOMICO X
4
REGISTRO DE INSPECCIONES INTERNAS DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO X X
5 REGISTRO DE ESTADISTICAS DE SEGURIDAD Y SALUD X X
6 REGISTRO DE EQUIPOS DE SEGURIDAD O EMERGENCIA X
7
REGISTRO DE INDUCCION, CAPACITACION, ENTRENAMIENTO
Y SIMULACROS DE EMERGENCIA. X
8 REGISTRO DE AUDITORIAS X
9 REGISTRO DE SEGUIMIENTO X
10 REGISTRO DE EVALUACION DEL SGSST X
Los requisitos para ser consideradas MYPE han variado
En efecto, se debe tomar en cuenta la fecha de constitución de la
empresa:
a) Empresas constituidas hasta el 02.07.13:
Los requisitos que se mantienen a la fecha son:
Microempresa.- Máximo 10 trabajadores y ventas anuales no
mayores a 150 UIT.
Pequeña empresa.- Máximo 100 trabajadores y ventas anuales no
mayores a 1,700 UIT.
b) Constituidas desde el 03.07.2013
Conforme a la Ley 30056, las micro y pequeñas empresas constituidas
a partir de la vigencia de la misma (03.07.13), califican como tales
sólo considerando sus ventas anuales (micro 150 UIT y pequeña
1,700 UIT), ya no se considera como requisito el número de
trabajadores (micro 10 y pequeña 100), que sólo se mantiene para
las MYPES antiguas, esto es, las constituidas hasta el 02.07.13.
MYPES
PLANIFICACION DE
LA ACTIVIDAD
PREVENTIVA:
EXAMENES MEDICOS
OCUPACIONALES
Practicar exámenes médicos
cada año a sus trabajadores
(antes, durante y al término
del contrato). Proporcionar
al trabajador un puesto de
trabajo adecuado sin afectar
remuneración y categoría,
en caso de accidentes o
enfermedad ocupacional.
RM 312-2011 SA
LEY 29783 – EXAMENES MEDICOS
OCUPACIONALES
“Artículo 49. Obligaciones del empleador
El empleador, entre otras, tiene las siguientes obligaciones:
(...)
d) Practicar exámenes médicos cada dos años, de manera
obligatoria, a cargo del empleador. Los exámenes médicos de
salida son facultativos, y podrán realizarse a solicitud del
empleador o trabajador. En cualquiera de los casos, los
costos de los exámenes médicos los asume el empleador.
En el caso de los trabajadores que realizan actividades de
alto riesgo, el empleador se encuentra obligado a realizar los
exámenes médicos antes, durante y al término de la relación
laboral. El reglamento desarrollará, a través de las entidades
competentes, los instrumentos que fueran necesarios para
acotar el costo de los exámenes médicos”.
LEY 30222 MODIFICATORIA LEY 29783
“6.7.2.-La presencia del médico ocupacional para la vigilancia de la
salud de los trabajadores en las empresas y/o ambientes de
trabajo, debe regirse de acuerdo a lo siguiente:
a) Con más de 500 trabajadores, se deberá garantizar la
permanencia del médico ocupacional mínimamente por 6 horas
diarias por 5 días a la semana.
b) Con 500 o menos trabajadores, el desarrollo de la actividad de
vigilancia de salud estará a cargo del médico ocupacional, sin la
exigencia de un mínimo de horas presenciales, lo cual se verificará
con la presentación y cumplimiento de los siguientes documentos:
- Plan Anual de Salud Ocupacional
- Programa de Vigilancia de la Salud de los Trabajadores
El cumplimiento de los documentos señalados es responsabilidad
del empleador sin la exigencia de un mínimo de horas presenciales
del médico ocupacional.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 571-2014/MINSA
REGLAMENTO
INTERNO DE
SEGURIDAD Y
SALUD EN EL
TRABAJO
I. OBJETIVOS Y ALCANCES.
II. LIDERAZGO Y COMPROMISOS,
POLITICA DE SEGURIDAD Y SALUD.
III. ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DEL
EMPLEADOR Y DEL TRABAJADOR.
IV. ESTANDARES DE SEGURIDAD Y
SALUD EN LAS OPERACIONES.
V. ESTANDARES DE SEGURIDAD Y
SALUD EN LOS SERVICIOS Y
ACTIVIDADES CONEXAS.
VI. PREPARACION Y RESPUESTA A
EMERGENCIAS.
Reglamento
Interno de
Seguridad y
Salud en el
Trabajo
Reglamento Interno de
Seguridad y Salud en el trabajo
PROGRAMA
ANUAL DE
SEGURIDAD Y
SALUD EN EL
TRABAJO
EMPRESA “PERUANO DEL PERU SAC"
PROGRAMA ANUAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Objetivo Actividad
Resultado de
la unidad
Indicador Meta(s)
Responsable
de la
ejecución
Áreas
involucradas
AÑO: Fecha de
Verificación
Observaciones
E F M A M J J A S O N D
Fomentar una
Cultura
preventiva de
Seguridad
Difusión de
las Políticas
Gerenciales
en materia de
Seguridad y
Salud en el
Trabajo.
Personal
concientizado
sobre
prevención de
riesgos
laborales.
100% 100%
Organizar,
constituir y
gestionar la
oficialidad de
las Brigadas
de
Seguridad
Personal
capacitado en
como actuar
en caso de
emergencias
N° de
Pers.Cap.
/N°pers.
Progr.
90%
Realizar
simulacros
de
emergencias
y eventos
que
promuevan
la seguridad
Personal
capacitado en
como actuar
en caso de
emergencias
3 Simulacros 100%
Gestión de
exámenes
médicos
ocupacionale
s para el
personal.
Personal
concientizado
sobre
prevención de
riesgos
laborales.
N° de
Pers.Prog/T
ot.Planilla
80%
PROGRAMA ANUAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Objetivo Actividad
Resultado de la
unidad
Indicador Meta(s)
Responsab
le de la
ejecucion
Áreas
involucradas
AÑO:
Fecha de
Verificación
Observaciones
E F M A M J J A S O N D
Mejorar las
condiciones de
trabajo al
personal
Ordenanamiento
de cables en Pc,
teléfonos,
tomacorrientes,
luminarias
Contar con
un ambiente
de trabajo
seguro
N°áreas
Ejec.*100%
/N°areas
programadas
90%
Cambio de
Moviliario (sillas
ergonómicas)
Cumplimiento
100%
100%
Ampliar los
espacios en las
oficinas
Cumplimiento
100%
100%
Comprar
anaqueles para el
almacén
Cumplimiento
100%
100%
Evaluar el Sistema
de Gestión de
Seguridad y Salud
en el Trabajo
Auditoría Interna Nivel de
eficacia del
Sistema de
Gestión de
Seguridad y
Salud en el
Trabajo
Cumplimiento
100%
90%
Auditoría Externa
Cumplimiento
100%
90%
6.Infracciones de
Seguridad y Salud en
el Trabajo
INFRACCIONES DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
CALIFICACION DE LAS INFRACCIONES
LEVES:
Incumplimiento de obligaciones meramente formales.
GRAVES:
Incumplimientos contrarios a los derechos de los
trabajadores o cuando se trasciende lo meramente formal y
las referidas a inspecciones.
MUY GRAVES:
Incumplimientos de especial trascendencia, que afectan
derechos o a los trabajadores especialmente protegidos.
INFRACCIONES DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
La falta de orden y limpieza
del centro de trabajo que no
implique riesgo para la
integridad física y salud de
los trabajadores.
INFRACCIONES LEVES DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
Son infracciones leves. Los siguientes incumplimientos:
IPER
INFRACCIONES LEVES DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
No dar cuenta a la
autoridad competente de
los accidentes de trabajo
ocurridos, las
enfermedades
ocupacionales declaradas e
incidentes, cuando tengan
la calificación de leves.
REGISTRO DE ACCIDENTES DE TRABAJO
INFRACCIONES LEVES DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
No comunicar a la autoridad
competente la apertura del centro
de trabajo o la reanudación o
continuación de los trabajos
después de efectuar alteraciones
o ampliaciones de importancia, o
consignar con inexactitud los
datos que debe declarar o
complementar, siempre que no se
trate de una industria calificada de
alto riesgo por ser insalubre o
nociva, y por los elementos,
procesos o materiales peligrosos
que manipula.
IPER = MODIFICACION EN LAS INSTALACIONES
INFRACCIONES DE SEGURIDAD
Y SALUD EN EL TRABAJO
La falta de orden y limpieza
del centro de trabajo que
implique riesgos para la
integridad física y salud de
los trabajadores.
INFRACCIONES GRAVES DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Son infracciones graves. Los siguientes incumplimientos:
IPER
No dar cuenta a la autoridad
competente de los accidentes de
trabajo ocurridos y de las
enfermedades ocupacionales
cuando tengan la calificación de
graves, muy graves o mortales o
no llevar a cabo la investigación
en caso de producirse daños a la
salud de los trabajadores o de
tener indicio que las medidas
preventivas son insuficientes.
INFRACCIONES GRAVES DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
Registros de Accidentes e Informes
de Investigación
No llevar a cabo las evaluaciones
de riesgos y los controles
periódicos de las condiciones de
trabajo y de las actividades de
los trabajadores o no realizar
aquellas actividades de
prevención que sean necesarias
según los resultados de las
evaluaciones.
No realizar los reconocimientos médicos y
pruebas de vigilancia periódica del estado de
salud de los trabajadores o no comunicar a
los trabajadores afectados el resultado de las
mismas.
INFRACCIONES GRAVES DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
IPER
EXAMENES MEDICOS OCUPACIONALES- VIGILANCIA MEDICA
No comunicar a la autoridad
competente la apertura del centro
de trabajo o la reanudación o
continuación de los trabajos
después de efectuar alteraciones o
ampliaciones de importancia o
consignar con inexactitud los datos
que debe declarar o complementar,
siempre que se trate de industria
calificada de alto riesgo, por ser
insalubre o nociva, y por los
elementos, procesos o sustancias
que manipula.
INFRACCIONES GRAVES DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
IPER = MODIFICACION EN LAS INSTALACIONES
El incumplimiento de las obligaciones de
implementar y mantener actualizados los
registros o disponer de la documentación
que exigen las disposiciones relacionadas
con la seguridad y salud en el trabajo.
El incumplimiento de la obligación de planificar
la acción preventiva de riesgos para la
seguridad y salud en el trabajo, así como el
incumplimiento de la obligación de elaborar un
plan o programa de seguridad y salud en el
trabajo.
INFRACCIONES GRAVES DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
PROGRAMA ANUAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
REGISTROS OBLIGATORIOS
No cumplir con las obligaciones
en materia de formación e
información suficiente y
adecuada a los trabajadores y las
trabajadoras acerca de los
riesgos del puesto de trabajo y
sobre las medidas preventivas
aplicables.
INFRACCIONES GRAVES DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
• PROGRAMA DE CAPACITACIÓN = 4 MINIMAS AL AÑO
• CLAUSULA DE SEGURIDAD EN LOS CONTRATOS DE TRABAJO
INFRACCIONES GRAVES DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
Los incumplimientos de las disposiciones
relacionadas con la seguridad y y salud en
el trabajo, en particular en materia de
lugares de trabajo, herramientas, máquinas
y equipos, agentes físicos, químicos y
biológicos, riesgos ergonómicos y
psicosociales, medidas de protección
colectiva, epp, señalizaciones de seguridad,
etiquetado y envasado de sustancias
peligrosas, almacenamiento, servicios o
medidas de higiene personal, de los que se
derive un riesgo grave para la seguridad y
salud de los trabajadores de los
trabajadores.
IPER = INCUMPLIMIENTO PASST
INFRACCIONES GRAVES DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
No adoptar las medidas
necesarias en materia de
primeros auxilios, lucha
contra incendios y evacuación
de los trabajadores.
El incumplimiento de las obligaciones
establecidas en las disposiciones relacionadas
con la seguridad y salud en el trabajo, en
materia de coordinación entre empresas que
desarrollen actividades en un mismo centro de
trabajo.
• REGLAMENTO INTERNO DE SST
• CONTRATAS ALINEADAS AL SGSST.
INFRACCIONES GRAVES DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
No constituir o no designar a uno o
varios trabajadores para participar
como Supervisor o miembro del
Comité de SST, sí como no
proporcionarles formación y
capacitación adecuada.
La vulneración de los derechos de
información, consulta y participación
de los trabajadores reconocidos en la
normativa sobre prevención de
riesgos laborales.
COMITÉ DE SEGURIDAD
Incumplimiento de las
obligaciones relativas a la
realización de auditorías del
sistema de Gestión de Seguridad
y Salud en el Trabajo.
No cumplir las obligaciones relativas al seguro
complementario de trabajo de riesgo a favor de sus
trabajadores, incurriéndose en una infracción por cada
trabajador afectado.
INFRACCIONES GRAVES DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
REGISTROS OBLIGATORIOS: AUDITORIAS
SCTR PARA TRABAJOS DE ALTO RIESGO
INFRACCIONES MUY GRAVES DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
No observar la normas específicas en
materia de protección de la seguridad
y salud de las trabajadoras durante
los periodos de embarazo y lactancia
y de los trabajadores con
discapacidad. RM 374-2008 TR
No observar las normas
específicas en materia de
protección de la seguridad y
salud de los menores
trabajadores.
PROTECCION DE TRABAJADORES
INFRACCIONES MUY GRAVES DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Designar a trabajadores en
puestos cuyas condiciones sean
incompatibles con sus
características personales
conocidas o sin tomar en
consideración sus capacidades
profesionales en materia de
seguridad y salud en el trabajo,
cuando de ellas se derive un
riesgo grave e inminente para
la seguridad y salud de los
trabajadores.
CAPACITACION POR ROTACIÓN, TRASLADOS,
REUBICACIONES DEL PERSONAL
INFRACCIONES MUY GRAVES DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Incumplir el deber de confidencialidad en el
uso de los datos relativos a la vigilancia de la
salud de los trabajadores.
Superar los límites de exposición a
los agentes contaminantes que
originen riesgos graves e inminentes
para la seguridad y salud de los
trabajadores.
EMO: VIGILANCIA MEDICA, CONFIDENCIALIDAD
IPER: IDENTIFICACION DE PELIGROS Y RIESGOS
INFRACCIONES MUY GRAVES DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Las acciones y omisiones que impidan el ejercicio
del derecho de los trabajadores para paralizar sus
actividades en los casos de riesgo grave e
inminente.
No adoptar las medidas
preventivas aplicables a las
condiciones de trabajo de los que
derive un riesgo grave e
inminente para la seguridad de los
trabajadores.
RISST: DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES
El incumplimiento de las obligaciones establecidas
en las disposiciones relacionadas con la seguridad
y salud en el trabajo, en materia de coordinación
entre empresas que desarrollen actividades en un
mismo centro de trabajo, cuando se trate de
actividades calificadas de alto riesgo.
No implementar un sistema de gestión de
seguridad y salud en el trabajo o no tener un
reglamento de seguridad y salud en el trabajo.
INFRACCIONES MUY GRAVES DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
• LEY 29783: IMPLEMENTAR SGSST.
• CONTRATAS ALINEADAS AL SGSST.
FACULTADES DEL
INSPECTOR E
INFRACCIONES A
LA
LABOR INSPECTIVA
FACULTADES DEL INSPECTOR DE TRABAJO
• Ingresar libremente y sin
previo aviso en todo lugar
sujeto a inspección.
• Hacerse acompañar
durante la visita de
inspección: trabajadores,
sus representantes, por
peritos y técnicos de la
empresa o del Estado
• Para la verificación de
normas de seguridad y
salud en el trabajo, estará
presente el Comité.
FACULTADES DEL INSPECTOR DE TRABAJO
• Recabar información del
empleador y trabajadores
solos o ante testigos. Así mismo,
esta facultado para exigir la
identificación o razón de su
presencia, de las personas que
se encuentren en el centro de
trabajo.
• Exigir la comparecencia en el
centro de trabajo o en las
oficinas públicas.
• Examinar la documentación
laboral.
• Obtener copias o extractos.
FACULTADES DEL INSPECTOR DE TRABAJO
• Hacer mediciones y tomar
o sacar muestras.
• En ejercicio de la vigilancia
de las condiciones de
seguridad y salud laboral,
el inspector está facultado
para tomar y sacar
muestras de sustancias y
materiales utilizados en el
centro de trabajo y realizar
mediciones, obtener
fotografías, videos,
levantar croquis y planos;
siempre que se notifique al
Representante.
FACULTADES DEL INSPECTOR DE TRABAJO
• Por orden de las
autoridades competentes
de la institución.
• A solicitud de otro órgano
del sector público o el
órgano jurisdiccional.
• Por denuncia de hechos
presuntamente
constitutivos de infracción.
• Por decisión interna del
sistema de inspección.
• Por iniciativa del inspector.
• A pedido de empleadores
o trabajadores.
OBSTRUCCION A LA LABOR INSPECTIVA
Son acciones u omisiones que perturban, retrasen e impiden el
ejercicio de la función inspectiva.
Entre las conductas mas frecuentes tenemos:
a) Negar la entrada o la
permanencia en el centro de
trabajo.
b) Ocultar personal o dificultar su
declaración.
c) No comparecer al requerimiento
de comparecencia o no
presentar la documentación
solicitadas.
d) La negativa a exhibir libros,
registros, documentos de
carácter obligatorio.
e) No facilitar datos, informes u
otros antecedentes relacionados
con los hechos investigados.
En resumen ¿qué hacer
durante la visita de los
inspectores?
ESCALAS DE
MULTAS POR
INFRACCIONES
LABORALES
Cálculo del monto de las sanciones
se realiza de acuerdo con la
siguiente tabla:
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO - PERU

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Diapositivas seguridad y salud en el trabajo
Diapositivas seguridad y salud en el trabajoDiapositivas seguridad y salud en el trabajo
Diapositivas seguridad y salud en el trabajoLudwing Ramirez Quintero
 
Plan y Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo
Plan y Programa Anual de Seguridad y Salud en el TrabajoPlan y Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo
Plan y Programa Anual de Seguridad y Salud en el TrabajoKarina Linares SA
 
Permisos de trabajo de alto riesgo
Permisos de trabajo de alto riesgo Permisos de trabajo de alto riesgo
Permisos de trabajo de alto riesgo SST Asesores SAC
 
Sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo
Sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajoSistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo
Sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajoTVPerú
 
Trabajos de alto riesgo
Trabajos de alto riesgoTrabajos de alto riesgo
Trabajos de alto riesgoYanet Caldas
 
Monitoreo de agentes ocupacionales
Monitoreo de agentes ocupacionales Monitoreo de agentes ocupacionales
Monitoreo de agentes ocupacionales SST Asesores SAC
 
Seguridad e higiene en el trabajo
Seguridad e higiene en el trabajoSeguridad e higiene en el trabajo
Seguridad e higiene en el trabajoLeiDy SaNchez
 
Elaboracion IPER segun LEY 29783 Seguridad y Salud en el Trabajo
Elaboracion IPER segun LEY 29783 Seguridad y Salud en el TrabajoElaboracion IPER segun LEY 29783 Seguridad y Salud en el Trabajo
Elaboracion IPER segun LEY 29783 Seguridad y Salud en el TrabajoDIANA GRANADOS
 
IPER - Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y Establecimiento de...
IPER - Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y Establecimiento de...IPER - Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y Establecimiento de...
IPER - Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y Establecimiento de...AIRUTEC
 
Capacitacion. uso manejo y cuidado de epp
Capacitacion. uso manejo y cuidado de eppCapacitacion. uso manejo y cuidado de epp
Capacitacion. uso manejo y cuidado de eppulisesmarambiocastro
 
Ley N°29783, su reglamento y modificatorias
Ley N°29783, su reglamento y modificatoriasLey N°29783, su reglamento y modificatorias
Ley N°29783, su reglamento y modificatoriasTVPerú
 
Inspecciones internas de seguridad y salud en el trabajo
Inspecciones internas de seguridad y salud en el trabajoInspecciones internas de seguridad y salud en el trabajo
Inspecciones internas de seguridad y salud en el trabajoTVPerú
 
Sunafil Preguntas sobre Seguridad y Salud en el Trabajo (Perú)
Sunafil   Preguntas sobre Seguridad y Salud en el Trabajo (Perú)Sunafil   Preguntas sobre Seguridad y Salud en el Trabajo (Perú)
Sunafil Preguntas sobre Seguridad y Salud en el Trabajo (Perú)Pablo Gutierrez Falcon
 
CAPACITACIÓN CONTRA ACCIDENTES LABORALES
CAPACITACIÓN CONTRA ACCIDENTES LABORALESCAPACITACIÓN CONTRA ACCIDENTES LABORALES
CAPACITACIÓN CONTRA ACCIDENTES LABORALESDerk Escalona
 
Diapositiva IPER - Identificación de peligros y evaluación de riesgos
Diapositiva IPER - Identificación de peligros y evaluación de riesgos Diapositiva IPER - Identificación de peligros y evaluación de riesgos
Diapositiva IPER - Identificación de peligros y evaluación de riesgos TVPerú
 
Ley 29783 2018
Ley 29783  2018Ley 29783  2018
Ley 29783 2018grupo MV
 
Diapositiva - Accidentes de trabajo
Diapositiva - Accidentes de trabajoDiapositiva - Accidentes de trabajo
Diapositiva - Accidentes de trabajoTVPerú
 

La actualidad más candente (20)

Diapositivas seguridad y salud en el trabajo
Diapositivas seguridad y salud en el trabajoDiapositivas seguridad y salud en el trabajo
Diapositivas seguridad y salud en el trabajo
 
Plan y Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo
Plan y Programa Anual de Seguridad y Salud en el TrabajoPlan y Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo
Plan y Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo
 
Presentación de Gestión de SST basado en normas legales
Presentación de Gestión de SST basado en normas legalesPresentación de Gestión de SST basado en normas legales
Presentación de Gestión de SST basado en normas legales
 
Permisos de trabajo de alto riesgo
Permisos de trabajo de alto riesgo Permisos de trabajo de alto riesgo
Permisos de trabajo de alto riesgo
 
Sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo
Sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajoSistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo
Sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo
 
Trabajos de alto riesgo
Trabajos de alto riesgoTrabajos de alto riesgo
Trabajos de alto riesgo
 
Monitoreo de agentes ocupacionales
Monitoreo de agentes ocupacionales Monitoreo de agentes ocupacionales
Monitoreo de agentes ocupacionales
 
Seguridad e higiene en el trabajo
Seguridad e higiene en el trabajoSeguridad e higiene en el trabajo
Seguridad e higiene en el trabajo
 
Elaboracion IPER segun LEY 29783 Seguridad y Salud en el Trabajo
Elaboracion IPER segun LEY 29783 Seguridad y Salud en el TrabajoElaboracion IPER segun LEY 29783 Seguridad y Salud en el Trabajo
Elaboracion IPER segun LEY 29783 Seguridad y Salud en el Trabajo
 
IPER - Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y Establecimiento de...
IPER - Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y Establecimiento de...IPER - Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y Establecimiento de...
IPER - Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y Establecimiento de...
 
Capacitacion. uso manejo y cuidado de epp
Capacitacion. uso manejo y cuidado de eppCapacitacion. uso manejo y cuidado de epp
Capacitacion. uso manejo y cuidado de epp
 
Ley N°29783, su reglamento y modificatorias
Ley N°29783, su reglamento y modificatoriasLey N°29783, su reglamento y modificatorias
Ley N°29783, su reglamento y modificatorias
 
Inspecciones internas de seguridad y salud en el trabajo
Inspecciones internas de seguridad y salud en el trabajoInspecciones internas de seguridad y salud en el trabajo
Inspecciones internas de seguridad y salud en el trabajo
 
Capacitación orden y limpieza
Capacitación orden y limpiezaCapacitación orden y limpieza
Capacitación orden y limpieza
 
Sunafil Preguntas sobre Seguridad y Salud en el Trabajo (Perú)
Sunafil   Preguntas sobre Seguridad y Salud en el Trabajo (Perú)Sunafil   Preguntas sobre Seguridad y Salud en el Trabajo (Perú)
Sunafil Preguntas sobre Seguridad y Salud en el Trabajo (Perú)
 
CAPACITACIÓN CONTRA ACCIDENTES LABORALES
CAPACITACIÓN CONTRA ACCIDENTES LABORALESCAPACITACIÓN CONTRA ACCIDENTES LABORALES
CAPACITACIÓN CONTRA ACCIDENTES LABORALES
 
Diapositiva IPER - Identificación de peligros y evaluación de riesgos
Diapositiva IPER - Identificación de peligros y evaluación de riesgos Diapositiva IPER - Identificación de peligros y evaluación de riesgos
Diapositiva IPER - Identificación de peligros y evaluación de riesgos
 
Ley 29783 2018
Ley 29783  2018Ley 29783  2018
Ley 29783 2018
 
Diapositiva - Accidentes de trabajo
Diapositiva - Accidentes de trabajoDiapositiva - Accidentes de trabajo
Diapositiva - Accidentes de trabajo
 
Ergonomia en el trabajo
Ergonomia en el trabajoErgonomia en el trabajo
Ergonomia en el trabajo
 

Destacado

Ley 29783 ley de seguridad y salud en el trabajo y su reglamento
Ley 29783 ley de seguridad y salud en el trabajo y su reglamentoLey 29783 ley de seguridad y salud en el trabajo y su reglamento
Ley 29783 ley de seguridad y salud en el trabajo y su reglamentoYanet Caldas
 
PLANTILLA DEL Sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo
PLANTILLA DEL Sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajoPLANTILLA DEL Sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo
PLANTILLA DEL Sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajoJudy Gaviria Alvarez
 
Manual para-la-implementacion-del-sistema-de-gestion-en-seguridad-y-salud-en-...
Manual para-la-implementacion-del-sistema-de-gestion-en-seguridad-y-salud-en-...Manual para-la-implementacion-del-sistema-de-gestion-en-seguridad-y-salud-en-...
Manual para-la-implementacion-del-sistema-de-gestion-en-seguridad-y-salud-en-...Safety Control Peru
 
Plan de Seguridad Industrial
Plan de Seguridad IndustrialPlan de Seguridad Industrial
Plan de Seguridad Industrialmjdg93
 
SISTEMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
SISTEMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJOSISTEMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
SISTEMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJOAIRUTEC
 
iperc IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN DE RIESGOS Y CONTROL
iperc IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN DE RIESGOS Y CONTROLiperc IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN DE RIESGOS Y CONTROL
iperc IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN DE RIESGOS Y CONTROLMartha Cecilia Sanchez Picon
 
CAMBIOS DE LA NORMATIVA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO LEY 29783 LEY 3022...
CAMBIOS DE LA NORMATIVA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO LEY 29783 LEY 3022...CAMBIOS DE LA NORMATIVA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO LEY 29783 LEY 3022...
CAMBIOS DE LA NORMATIVA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO LEY 29783 LEY 3022...KAIZEN CERTIFICATION S.A.C
 
Normativa sobre Capacitaciones de sst en el Perú según la ley 29783 y DL 1499
Normativa sobre Capacitaciones de sst en el Perú según la ley 29783 y DL 1499Normativa sobre Capacitaciones de sst en el Perú según la ley 29783 y DL 1499
Normativa sobre Capacitaciones de sst en el Perú según la ley 29783 y DL 1499SST Asesores SAC
 
8 ejemplos Prácticos de IPER
8 ejemplos Prácticos de IPER8 ejemplos Prácticos de IPER
8 ejemplos Prácticos de IPERArnaldo Brito
 
Modelo de Sistema de Gestion de Seguridad y Salud en el trabajo
Modelo de Sistema de Gestion de Seguridad y Salud en el trabajo Modelo de Sistema de Gestion de Seguridad y Salud en el trabajo
Modelo de Sistema de Gestion de Seguridad y Salud en el trabajo keyDiaz
 
Clases y tipo de familia
Clases y tipo de familiaClases y tipo de familia
Clases y tipo de familiaosorvilo
 
METODOLOGÍA DE IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y CONTROL DE RIESGOS
METODOLOGÍA DE IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y CONTROL DE RIESGOSMETODOLOGÍA DE IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y CONTROL DE RIESGOS
METODOLOGÍA DE IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y CONTROL DE RIESGOSavaloslaulen
 
Implementación de un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo - ...
Implementación de un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo - ...Implementación de un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo - ...
Implementación de un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo - ...MOISES MIGUEL ZAMBRANO SILVA
 
Implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, ley...
Implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, ley...Implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, ley...
Implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, ley...Yanet Caldas
 
Cómite Seguridad y Salud en el Trabajo
Cómite Seguridad y Salud en el TrabajoCómite Seguridad y Salud en el Trabajo
Cómite Seguridad y Salud en el TrabajoMiguel Torres
 

Destacado (17)

Ley 29783 ley de seguridad y salud en el trabajo y su reglamento
Ley 29783 ley de seguridad y salud en el trabajo y su reglamentoLey 29783 ley de seguridad y salud en el trabajo y su reglamento
Ley 29783 ley de seguridad y salud en el trabajo y su reglamento
 
PLANTILLA DEL Sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo
PLANTILLA DEL Sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajoPLANTILLA DEL Sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo
PLANTILLA DEL Sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo
 
Manual para-la-implementacion-del-sistema-de-gestion-en-seguridad-y-salud-en-...
Manual para-la-implementacion-del-sistema-de-gestion-en-seguridad-y-salud-en-...Manual para-la-implementacion-del-sistema-de-gestion-en-seguridad-y-salud-en-...
Manual para-la-implementacion-del-sistema-de-gestion-en-seguridad-y-salud-en-...
 
Plan de Seguridad Industrial
Plan de Seguridad IndustrialPlan de Seguridad Industrial
Plan de Seguridad Industrial
 
Negociacion Colectiva
Negociacion ColectivaNegociacion Colectiva
Negociacion Colectiva
 
SISTEMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
SISTEMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJOSISTEMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
SISTEMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
 
iperc IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN DE RIESGOS Y CONTROL
iperc IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN DE RIESGOS Y CONTROLiperc IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN DE RIESGOS Y CONTROL
iperc IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN DE RIESGOS Y CONTROL
 
Guia para implementar la normativa de seguridad y salud en el trabajo del peru
Guia para implementar la normativa de seguridad y salud en el trabajo del peruGuia para implementar la normativa de seguridad y salud en el trabajo del peru
Guia para implementar la normativa de seguridad y salud en el trabajo del peru
 
CAMBIOS DE LA NORMATIVA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO LEY 29783 LEY 3022...
CAMBIOS DE LA NORMATIVA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO LEY 29783 LEY 3022...CAMBIOS DE LA NORMATIVA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO LEY 29783 LEY 3022...
CAMBIOS DE LA NORMATIVA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO LEY 29783 LEY 3022...
 
Normativa sobre Capacitaciones de sst en el Perú según la ley 29783 y DL 1499
Normativa sobre Capacitaciones de sst en el Perú según la ley 29783 y DL 1499Normativa sobre Capacitaciones de sst en el Perú según la ley 29783 y DL 1499
Normativa sobre Capacitaciones de sst en el Perú según la ley 29783 y DL 1499
 
8 ejemplos Prácticos de IPER
8 ejemplos Prácticos de IPER8 ejemplos Prácticos de IPER
8 ejemplos Prácticos de IPER
 
Modelo de Sistema de Gestion de Seguridad y Salud en el trabajo
Modelo de Sistema de Gestion de Seguridad y Salud en el trabajo Modelo de Sistema de Gestion de Seguridad y Salud en el trabajo
Modelo de Sistema de Gestion de Seguridad y Salud en el trabajo
 
Clases y tipo de familia
Clases y tipo de familiaClases y tipo de familia
Clases y tipo de familia
 
METODOLOGÍA DE IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y CONTROL DE RIESGOS
METODOLOGÍA DE IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y CONTROL DE RIESGOSMETODOLOGÍA DE IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y CONTROL DE RIESGOS
METODOLOGÍA DE IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y CONTROL DE RIESGOS
 
Implementación de un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo - ...
Implementación de un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo - ...Implementación de un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo - ...
Implementación de un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo - ...
 
Implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, ley...
Implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, ley...Implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, ley...
Implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, ley...
 
Cómite Seguridad y Salud en el Trabajo
Cómite Seguridad y Salud en el TrabajoCómite Seguridad y Salud en el Trabajo
Cómite Seguridad y Salud en el Trabajo
 

Similar a SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO - PERU

LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO LEY 29783.pdf
LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO LEY 29783.pdfLEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO LEY 29783.pdf
LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO LEY 29783.pdfRflGonzales
 
GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONALGESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONALleonel hernandez
 
Pdf esep 2020 presentacion sesion 6 sso
Pdf esep 2020 presentacion sesion 6 ssoPdf esep 2020 presentacion sesion 6 sso
Pdf esep 2020 presentacion sesion 6 ssoDiplomadosESEP
 
Diapositivas_LEGISLACION_EN_SEGURIDAD_Y_SALUD_EN_EL_TRABAJO__SESION_1.pdf
Diapositivas_LEGISLACION_EN_SEGURIDAD_Y_SALUD_EN_EL_TRABAJO__SESION_1.pdfDiapositivas_LEGISLACION_EN_SEGURIDAD_Y_SALUD_EN_EL_TRABAJO__SESION_1.pdf
Diapositivas_LEGISLACION_EN_SEGURIDAD_Y_SALUD_EN_EL_TRABAJO__SESION_1.pdfSaul Edson Pacompia Vilca
 
Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.pptx
Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.pptxLey de Seguridad y Salud en el Trabajo.pptx
Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.pptxKEVINRODRIGUEZSALVAD
 
Módulo i supervisor en prevención de riesgos y seguridad industrial ssoma
Módulo i supervisor en prevención de riesgos y seguridad industrial   ssomaMódulo i supervisor en prevención de riesgos y seguridad industrial   ssoma
Módulo i supervisor en prevención de riesgos y seguridad industrial ssomaPDRVirtualTraining
 
CAPACITACION COMITE DE SST PEGASUS CONSULTORES.pdf
CAPACITACION COMITE DE SST PEGASUS CONSULTORES.pdfCAPACITACION COMITE DE SST PEGASUS CONSULTORES.pdf
CAPACITACION COMITE DE SST PEGASUS CONSULTORES.pdfWillianPC1
 
1. LEGISLACIÓN EN Seguridad Salud Trabajo
1. LEGISLACIÓN EN Seguridad Salud Trabajo1. LEGISLACIÓN EN Seguridad Salud Trabajo
1. LEGISLACIÓN EN Seguridad Salud Trabajocljosecarlos1
 
LEGLAB201019P - S6 P.A
LEGLAB201019P - S6 P.ALEGLAB201019P - S6 P.A
LEGLAB201019P - S6 P.ADiplomadosESEP
 
1. Reglamento de la Ley 29783 de SST.pptx
1. Reglamento de la Ley 29783 de SST.pptx1. Reglamento de la Ley 29783 de SST.pptx
1. Reglamento de la Ley 29783 de SST.pptxMeyling15
 
Módulo 2_DGSST SGSST Ley 29783.pptx
Módulo 2_DGSST SGSST Ley 29783.pptxMódulo 2_DGSST SGSST Ley 29783.pptx
Módulo 2_DGSST SGSST Ley 29783.pptxEdwardCastilloFlorez2
 

Similar a SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO - PERU (20)

LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO LEY 29783.pdf
LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO LEY 29783.pdfLEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO LEY 29783.pdf
LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO LEY 29783.pdf
 
LEGLAB - 6
LEGLAB - 6LEGLAB - 6
LEGLAB - 6
 
GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONALGESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
 
Ley de seguridad y salud en el trabajo
Ley de seguridad y salud en el trabajoLey de seguridad y salud en el trabajo
Ley de seguridad y salud en el trabajo
 
Pdf esep 2020 presentacion sesion 6 sso
Pdf esep 2020 presentacion sesion 6 ssoPdf esep 2020 presentacion sesion 6 sso
Pdf esep 2020 presentacion sesion 6 sso
 
Cartilla
CartillaCartilla
Cartilla
 
Diapositivas_LEGISLACION_EN_SEGURIDAD_Y_SALUD_EN_EL_TRABAJO__SESION_1.pdf
Diapositivas_LEGISLACION_EN_SEGURIDAD_Y_SALUD_EN_EL_TRABAJO__SESION_1.pdfDiapositivas_LEGISLACION_EN_SEGURIDAD_Y_SALUD_EN_EL_TRABAJO__SESION_1.pdf
Diapositivas_LEGISLACION_EN_SEGURIDAD_Y_SALUD_EN_EL_TRABAJO__SESION_1.pdf
 
LEGLAB050517P - S6
LEGLAB050517P - S6LEGLAB050517P - S6
LEGLAB050517P - S6
 
SESION 1.pptx
SESION 1.pptxSESION 1.pptx
SESION 1.pptx
 
seg industrial
seg industrialseg industrial
seg industrial
 
LEGLAB270118P
LEGLAB270118PLEGLAB270118P
LEGLAB270118P
 
Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.pptx
Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.pptxLey de Seguridad y Salud en el Trabajo.pptx
Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.pptx
 
SSOMA_MÓDULO 01 (1).pdf
SSOMA_MÓDULO 01 (1).pdfSSOMA_MÓDULO 01 (1).pdf
SSOMA_MÓDULO 01 (1).pdf
 
Módulo i supervisor en prevención de riesgos y seguridad industrial ssoma
Módulo i supervisor en prevención de riesgos y seguridad industrial   ssomaMódulo i supervisor en prevención de riesgos y seguridad industrial   ssoma
Módulo i supervisor en prevención de riesgos y seguridad industrial ssoma
 
CAPACITACION COMITE DE SST PEGASUS CONSULTORES.pdf
CAPACITACION COMITE DE SST PEGASUS CONSULTORES.pdfCAPACITACION COMITE DE SST PEGASUS CONSULTORES.pdf
CAPACITACION COMITE DE SST PEGASUS CONSULTORES.pdf
 
1. LEGISLACIÓN EN Seguridad Salud Trabajo
1. LEGISLACIÓN EN Seguridad Salud Trabajo1. LEGISLACIÓN EN Seguridad Salud Trabajo
1. LEGISLACIÓN EN Seguridad Salud Trabajo
 
LEGLAB201019P - S6 P.A
LEGLAB201019P - S6 P.ALEGLAB201019P - S6 P.A
LEGLAB201019P - S6 P.A
 
Ley 29783
Ley 29783Ley 29783
Ley 29783
 
1. Reglamento de la Ley 29783 de SST.pptx
1. Reglamento de la Ley 29783 de SST.pptx1. Reglamento de la Ley 29783 de SST.pptx
1. Reglamento de la Ley 29783 de SST.pptx
 
Módulo 2_DGSST SGSST Ley 29783.pptx
Módulo 2_DGSST SGSST Ley 29783.pptxMódulo 2_DGSST SGSST Ley 29783.pptx
Módulo 2_DGSST SGSST Ley 29783.pptx
 

Último

Sesión - Vacunación del Adulto (Revisión tema).pdf
Sesión - Vacunación del Adulto (Revisión tema).pdfSesión - Vacunación del Adulto (Revisión tema).pdf
Sesión - Vacunación del Adulto (Revisión tema).pdfLas Sesiones de San Blas
 
INFECCIÓN DE TRACTO URINARIO EN EL ADULTO MAYOR
INFECCIÓN DE TRACTO URINARIO EN EL ADULTO MAYORINFECCIÓN DE TRACTO URINARIO EN EL ADULTO MAYOR
INFECCIÓN DE TRACTO URINARIO EN EL ADULTO MAYORRosarioMauri
 
GLÁNDULAS SALIVALES mayores y menores ,,
GLÁNDULAS SALIVALES mayores y menores ,,GLÁNDULAS SALIVALES mayores y menores ,,
GLÁNDULAS SALIVALES mayores y menores ,,veronicaluna80
 
Soporte vital basico en area de pediatría
Soporte vital basico en area de pediatríaSoporte vital basico en area de pediatría
Soporte vital basico en area de pediatríaingridrocarranza
 
AUDITORIA Y REGISTRO ADECUADO DE HCL 2024.pptx
AUDITORIA Y REGISTRO ADECUADO DE HCL 2024.pptxAUDITORIA Y REGISTRO ADECUADO DE HCL 2024.pptx
AUDITORIA Y REGISTRO ADECUADO DE HCL 2024.pptxrquispemayta1
 
atencion en la persona familia y comunidad
atencion en la persona familia y comunidadatencion en la persona familia y comunidad
atencion en la persona familia y comunidadanny545237
 
gangrenadefournier-130429235212-phpapp02.ppt
gangrenadefournier-130429235212-phpapp02.pptgangrenadefournier-130429235212-phpapp02.ppt
gangrenadefournier-130429235212-phpapp02.pptYapanin
 
semiologia obstetricia.pptx aaaaaaaaaaaaaa
semiologia obstetricia.pptx aaaaaaaaaaaaaasemiologia obstetricia.pptx aaaaaaaaaaaaaa
semiologia obstetricia.pptx aaaaaaaaaaaaaaEndorfinaMusical
 

Último (8)

Sesión - Vacunación del Adulto (Revisión tema).pdf
Sesión - Vacunación del Adulto (Revisión tema).pdfSesión - Vacunación del Adulto (Revisión tema).pdf
Sesión - Vacunación del Adulto (Revisión tema).pdf
 
INFECCIÓN DE TRACTO URINARIO EN EL ADULTO MAYOR
INFECCIÓN DE TRACTO URINARIO EN EL ADULTO MAYORINFECCIÓN DE TRACTO URINARIO EN EL ADULTO MAYOR
INFECCIÓN DE TRACTO URINARIO EN EL ADULTO MAYOR
 
GLÁNDULAS SALIVALES mayores y menores ,,
GLÁNDULAS SALIVALES mayores y menores ,,GLÁNDULAS SALIVALES mayores y menores ,,
GLÁNDULAS SALIVALES mayores y menores ,,
 
Soporte vital basico en area de pediatría
Soporte vital basico en area de pediatríaSoporte vital basico en area de pediatría
Soporte vital basico en area de pediatría
 
AUDITORIA Y REGISTRO ADECUADO DE HCL 2024.pptx
AUDITORIA Y REGISTRO ADECUADO DE HCL 2024.pptxAUDITORIA Y REGISTRO ADECUADO DE HCL 2024.pptx
AUDITORIA Y REGISTRO ADECUADO DE HCL 2024.pptx
 
atencion en la persona familia y comunidad
atencion en la persona familia y comunidadatencion en la persona familia y comunidad
atencion en la persona familia y comunidad
 
gangrenadefournier-130429235212-phpapp02.ppt
gangrenadefournier-130429235212-phpapp02.pptgangrenadefournier-130429235212-phpapp02.ppt
gangrenadefournier-130429235212-phpapp02.ppt
 
semiologia obstetricia.pptx aaaaaaaaaaaaaa
semiologia obstetricia.pptx aaaaaaaaaaaaaasemiologia obstetricia.pptx aaaaaaaaaaaaaa
semiologia obstetricia.pptx aaaaaaaaaaaaaa
 

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO - PERU

  • 1. LEY 29783 DS 005-2012 TR Expositor : Miguel García
  • 2. 1. Ley 29783 de Seguridad y Salud en el Trabajo 2. Situación actual de las empresas – Autoevaluación del Sistema de Gestión de SST 3. Incumplimiento de las Normas de SST 4. Documentación requerida y como presentarlas en las Inspecciones. 5. Infracciones de Seguridad y Salud en el Trabajo. 6. Escalas de multas por Infracciones Laborales. TEMARIO
  • 3. 1. Ley 29783 de Seguridad y Salud en el Trabajo
  • 4. ANTECEDENTES Si bien desde 1911 existió en el Perú una regulación sobre riesgos laborales (Ley N° 1378), su finalidad fue la de resarcir los siniestros padecido por los trabajadores, característica que fuera replicada en el Decreto Ley N° 18846 (1972) y la Ley N° 26709 (1997), que creó el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. Con la modernización, la tendencia mundial ha variado hacia la prevención: anticipar los peligros y riesgos para reducir sus efectos dañosos.
  • 5. MARCO LEGAL LEY 29783 SST Publicada el 21 Agosto 2011, es la norma con rango legal que regula todo lo referente a la prevención en la seguridad y salud en el trabajo. DS 005-2012 TR Reglamento de la LEY 29783 SST, publicado el 25 Abril 2012
  • 6. MARCO LEGAL Mediante la ley 29703, como parte de una política de rediseño de la legislación Laboral, también se ha insertado en el código penal el Art. 168-A sumillado como:“Delito de Atentado contra las condiciones de seguridad e higienes industriales”. El tenor del delito es el siguiente: “El que, infringiendo las normas de seguridad y salud en el trabajo y estando legalmente obligado, no adopte las medidas preventivas necesarias para que los trabajadores desempeñen su actividad, poniendo en riesgo su vida, salud o integridad física, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos años ni mayor de cinco años Si, como consecuencia de una inobservancia de las normas de seguridad y salud en el trabajo, ocurre un accidente de trabajo con consecuencias de muerte o lesiones graves, para los trabajadores o terceros, la pena privativa de libertad será no menor de cinco años ni mayor de diez años”
  • 7. LEY 30222 MODIFICATORIA LEY 29783 “DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS MODIFICATORIAS (...) CUARTA. Modifícase el artículo 168-A del Código Penal, con el texto siguiente: Artículo 168-A. Atentado contra las condiciones de seguridad y salud en el trabajo El que, deliberadamente, infringiendo las normas de seguridad y salud en el trabajo y estando legalmente obligado, y habiendo sido notificado previamente por la autoridad competente por no adoptar las medidas previstas en éstas y como consecuencia directa de dicha inobservancia, ponga en peligro inminente la vida, salud o integridad física de sus trabajadores, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años. Si, como consecuencia de la inobservancia deliberada de las normas de seguridad y salud en el trabajo, se causa la muerte del trabajador o terceros o le producen lesión grave, y el agente pudo prever este resultado, la pena privativa de libertad será no menor de cuatro ni mayor de ocho años en caso de muerte y, no menor de tres ni mayor de seis años en caso de lesión grave. Se excluye la responsabilidad penal cuando la muerte o lesiones graves son producto de la inobservancia de las normas de seguridad y salud en el trabajo por parte del trabajador.”
  • 8. Ley 29783 de Seguridad y Salud en el Trabajo Art. 1.- Objeto de la Ley “Promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país. Para ello , cuenta con el deber de prevención de los empleadores, el rol de fiscalización y control del estado y la participación de los trabajadores y sus organizaciones sindicales, quienes a través del diálogo social, velan por la promoción, difusión y cumplimiento de la normativa sobre la materia”.
  • 9. OBJETIVO DE LA LEY 29783 SST ESTADO TRABAJADORES Y REPRESENTACION ES SINDICALES EMPLEADOR “Promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país” FISCALIZA PREVIENE DIALOGA Y PARTICIPA
  • 10. ALCANCE DE LA LEY 29783 – LEY DE SST PRIVADAS ESTATALES FFAA y FFPP Art. 2.- Ámbito de Aplicación: La presente Ley es aplicable a todos los sectores económicos y de servicios; comprende a todos los empleadores y trabajadores bajo el régimen laboral de la actividad privada en todo el territorio nacional, trabajadores y funcionarios del sector público, trabajadores de las FFAA y PNP, y trabajadores por cuenta propia.
  • 11. 2. Situación actual de las empresas Autoevaluación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo
  • 12. Elaboración practica de una evaluación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo Peligros y Riesgos
  • 13. Cuentan con: • Política de Seguridad, Objetivos. • Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo. • Comité de Seguridad. • IPERC. • Reglamento interno de SST. • Registros de Seguridad. • Mapa de Riesgos. • Programa Anual de Seguridad. • Planificación de la Actividad Preventiva: EMO. • Programas de Capacitación. Contestar las siguientes interrogantes SI NO CHECK LIST DE VERIFICACION Ver Orden de Inspección SUNAFIL
  • 14.
  • 15.
  • 16.
  • 17.
  • 18.
  • 19. Luego de esta evaluación ¿que debemos hacer? Alternativas: encerrar la respuesta en un círculo. a) Cruzarnos de brazos. b) Lamentarnos de no tener implementando nuestro SGSST. c) Felicitarnos porque hasta el momento no nos multan. d) Esperar que nos multe la SUNAFIL. e) Adecuarnos a la Ley 29783 e Implementar el SGSST para no vernos afectados por las multas de la SUNAFIL.
  • 20. 3. Incumplimiento de las Normas de Seguridad y Salud en el Trabajo
  • 22.
  • 23. Cálculo del monto de las sanciones se realiza de acuerdo con la siguiente tabla: DS.012-2013-TR, flexibilización de las multas
  • 24. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA ÚNICA. Privilegio de la prevención y corrección de las conductas infractoras En el marco de un enfoque preventivo de la política de inspección del trabajo se establece un plazo de tres (3) años, contados desde la entrada en vigencia de la presente Ley, durante el cual el Sistema de Inspección del Trabajo privilegia acciones orientadas a la prevención y corrección de conductas infractoras. Cuando durante la inspección del trabajo se determine la existencia de una infracción, el inspector de trabajo emite un acto de requerimiento orientado a que el empleador subsane su infracción. En caso de subsanación, en la etapa correspondiente, se dará por concluido el procedimiento sancionador; en caso contrario, continuará la actividad inspectiva. LEY 30222 MODIFICATORIA LEY 29783
  • 25. Durante el periodo de tres años, referido en el primer párrafo, la multa que se imponga no será mayor al 35% de la que resulte de aplicar luego de la evaluación del caso concreto sobre la base de los principios de razonabilidad, proporcionalidad así como las atenuantes y/o agravantes que correspondan según sea el caso. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA LEY 30222 MODIFICATORIA LEY 29783
  • 26. 4. Documentación requerida y como presentarlas en las Inspecciones
  • 27. LA POLITICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
  • 28. CIA. PERUANO DEL PERU SAC, tiene como política garantizar la seguridad, la salud y el desarrollo de sus trabajadores, para ello ha fijado como objetivos brindar sus servicios con adecuados estándares de seguridad. Considera que su capital más importante son sus trabajadores, por lo cual es prioridad mantener buenas condiciones de seguridad y salud en el trabajo, así como mantener al personal motivado y comprometido con la prevención de los riesgos del trabajo. Para todo ello, asume y pone en práctica lo siguiente: a) Establece que todo trabajador; debe ser capacitado antes de ingresar a laborar y en el transcurso de su desempeño en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo. b) Cumplir con las normas legales y los principios a los cuales la empresa se adhiera, con el propósito de asegurar una adecuada Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. c) Compromiso de una mejora, mediante la capacitación de nuestro personal, identificación de peligros y evaluación de riesgos, supervisión de actividades, utilización de herramientas, oportunidades de mejora producto de las auditorías internas y externas, buscando así el desarrollo de la organización en materia de seguridad y salud. d) Proveer y mantener condiciones de trabajo seguras y saludables, para proteger la integridad física y salud de los trabajadores, sean de contratación directa o de subcontrata, y que esta responsabilidad debe ser compartida por el personal a todos los niveles de la empresa. Gerente General PEDRO PERICO PABLO Política de Seguridad y Salud en el Trabajo Fecha: Miraflores, 31 Enero 2015
  • 31. • Libro de Actas. • Documentos del Proceso Electoral. • Acta de Instalación del Comité. • Credencial de los Integrantes del Comité. • Registro de Capacitación Comité. Comité de Seguridad Integrante COMITÉ DE SEGURIDAD ¿Qué nos solicitará el Inspector de SUNAFIL?
  • 32. ¿Qué nos solicitará el Inspector de SUNAFIL? • Libro de Actas. • Documentos del Proceso Electoral. • Acta de Instalación. • Credencial de los Integrantes del Comité. • Capacitación al Comité. INFRACCION GRAVE COMITE DE SEGURIDAD
  • 33. COMITÉ O SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO • TODA EMPRESA QUE TIENE 20 Ó MAS TRABAJADORES DEBE CONSTITUIR OBLIGATORIO SU COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. • TODA EMPRESA CON MENOS DE 20 TRABAJADORES DEBE NOMBRARSE OBLIGATORIO UN SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.
  • 34. EL COMITE DE SST  Es paritario, conformado por igual número de representantes de la parte empleadores y trabajadores.  Los integrantes del Comité puede variar de entre 4 y 12. A partir de 100 trabajadores el número será de 6 y se incrementa 2 cada 100 trabajadores más.  deberá especificarse los miembros titulares y suplentes.  los empleadores que cuentan con sindicatos incorporaran un miembro en calidad de observador.  Entre uno a dos años será la duración del mandato de los representantes de los trabajadores en la función. Los representantes del empleador ejercerán el mandato por el plazo que éste determine. RM 148-2012 TR
  • 35. Elección de miembros ante el CSST • Los trabajadores lo eligen por votación secreta y directa. • La elección está a cargo del sindicato más representativo*. En su defecto, a cargo del empleador. • Ver Guía aprobada por Resolución Ministerial Nº 148-2012-TR . * El que agrupa al mayor número de trabajadores de la entidad.
  • 36. FUNCIONES DEL COMITÉ • Elabora y presenta los reportes de accidentes de trabajo, informes de investigación de cada accidente ocurrido y las medidas adoptadas a la empresa • Colabora con los inspectores de trabajo de la autoridad competente o fiscalizadores autorizados • Propicia la participación activa de los trabajadores y su formación con miras a lograr una cultura preventiva • Tiene carácter promotor, consultivo y de control orientados a la prevención de riesgos y protección de la salud • La ejecución de los acuerdos del comité es responsabilidad de la empresa y esta a cargo de la unidad orgánica o funcional de SST de la empresa • Aprueban el RISST, PASST, IPER.
  • 38. ¿QUÉ ES LA LÍNEA BASE? CONSISTE EN COMPARAR LOS REQUISITOS DEL SISTEMA EXISTENTE CON LOS REQUISITOS DE LA LEY DE SST Y OTROS DISPOSITIVOS PERTINENTES. LEY 29783 EMPRESA VS. Línea Base: Lista de verificación del SGSST
  • 39. FUENTE SI NO Exite una política documentada en materia de seguridad y salud en el trabajo, específica y apropiada para la empresa. Está autorizada por la gerencia. Se toma decisiones en base al análisis de inspecciones y auditorias, avances de programa de seguridad y salud en el trabajo y opiniones de trabajadores, dando seguimiento de las mismas. El empleador delega funciones y autoridad al personal encargado de implementar el sistema de gestión SST. El empleador asume el liderazgo en la gestión de la seguridad y salud en el trabajo. El empleador está comprometido en la gestión de la seguridad y salud en el trabajo. Existen responsabilidades específicas en seguridad y salud en el trabajo de los niveles de mando de la empresa. Se cuenta con el presupuesto adecuado. Participa el Comité o Supervisor de Seguridad y Salud en la definición de estímulos y sanciones. Competencia El empleador ha definido los requisitos de competencia necesarios para cada puesto de trabajo y adopta disposiciones de capacitación con responsabilidad en esta materia. LINEAMIENTOS INDICADOR CUMPLIMIENTO OBSERVACIONES GUÍA SOBRE SISTEMAS DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO II. Política de seguridad y salud ocupacional Dirección Política Liderazgo Organización X X X X X X Actualizar RISST Actualizar PPTO. LEY 29783 - RISST LEY 29783 - RISST LEY 29783 - RISST LEY 29783 - RISST LEY 29783 - RISST LEY 29783 - RISST LEY 29783 –PPTO. X REALIZAR LINEA BASE LEY 29783 - RISST X Se contratará un Jefe de SST
  • 40. FUENTE SI NO Se ha realizado una evaluación inicial o estudio de línea base como diagnóstico participativo del estado de saludo y seguridad en el trabajo. Los resultados han sido comparados con los establecidos en el Reglamento de SST y otros dispositivos legales pertinentes, y serviran de base para planificar, aplicar el sistemas y como referencia para medir su mejora continua. La planificación permite: Cumplir con normas nacionales. Mejorar el desempeño. Mantener procesos productivos seguros. Ha establecido el empleador procedimientos para identificar peligros y evaluar riesgos. Comprende estos procedimientos:  Toda las actividades.  Todo el personal.  Todas las instalaciones. El empleador aplica medidas para: Gestionar, eliminar y controlar riesgos. Diseñar ambiente y puesto de trabajo, seleccionar equipo y método de trabajo que garanticen la seguridad y salud del trabajador. Eliminar las sustancias o agentes peligrosos o sustituirlos. Modernizar los planes y programas de prevención de riesgos laborales. Mantener políticas de proteción. Capacitar anticipadamente al trabajador. El empleador actualiza la evaluación de riesgos una vez (01) al año o cuando cambian las condiciones o cuando se hayan producido daños. LINEAMIENTOS INDICADOR Diagnóstico III. Planeamiento y aplicación CUMPLIMIENTO Planeamiento para la identificacion de peligro, evaluacion y control de riesgo GUÍA SOBRE SISTEMAS DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO OBSERVACIONES Línea Base: Lista de verificación del SGSST
  • 41. Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos - IPER Herramienta de Diagnostico, útil para establecer el nivel actual del SGSST y definir los controles necesarios para la mejorar continua.
  • 42. Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos
  • 43. 10 Pasos a seguir para realizar un IPER • Asegurarse que el proceso sea práctico.PASO 1 •Involucre a todo el personal, en especial a los que están expuestos al riesgo y sus representantes. PASO 2 •Utilice un enfoque sistémico para garantizar que los peligros y riesgos sean tratados adecuadamente. PASO 3 •Propóngase identificar los peligros de importancia sin obviar lo insignificante. PASO 4 •Observe lo que realmente sucede y existe y existe en el lugar de trabajo, incluyendo en particular las acciones no rutinarias. PASO 5 •Incluya a todos los trabajadores en riesgo, incluido visitas y contratistas. PASO 6 • Reúna toda la información que pueda.PASO 7 • Analice e identifique los peligros significativos.PASO 8 •Evalúe el riesgo e indique los controles, basándose en la jerarquía de controles: • ELIMINAR, SUSTITUIR, INGENIERIA, ADMINISTRATIVO, EPP. PASO 9 •Siempre registre por escrito el proceso IPER y haga seguimiento a los controles. PASO 10
  • 44. IDENTIFICACION DE PELIGROS Y EVALUACION DE RIESGOS Área: Nivel: Revisión: Fecha: Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: FUNCION / TAREA PELIGRO RIESGO REQUISITO LEGAL PROBABILIDAD (Trabajar con cuadro de Valores) INDICEDESEVERIDAD(Ver CuadroValores) PROBABILIDADxSEVERIDAD NIVELDERIESGO RIESGOSIGNIFICATIVO MEDIDA DE CONTROL INDICEDE PERSONAS EXPUESTAS(A) INDICEDE PROCEDIMIENTO EXISTENTES(B) INDICEDE CAPACITACION(C) INDICEDE EXPOSICIONAL RIESGO(D) INDICEDE PROBABILIDAD (A+B+C+D)
  • 45. IDENTIFICACION DE PELIGROS Y EVALUACION DE RIESGOS Y CONTROLES (IPERC) Nivel: 4 Área: Contabilidad Revisión: Fecha: Febrero 2014 Elaborado por: Juan Perez Revisado por: Representante de Seguridad y Salud en el Trabajo Aprobado por: *CSST FUNCION / TAREA PELIGRO RIESGO REQUISITO LEGAL PROBABILIDAD INDICEDE SEVERIDAD(Ver CuadroValores) PROBABILIDADx SEVERIDAD NIVELDERIESGO RIESGO SIGNIFICATIVO MEDIDA DE CONTROL INDICEDE PERSONAS EXPUESTAS(A) INDICEDE PROCEDIMIENT OEXISTENTES (B) INDICEDE CAPACITACION (C) INDICEDE EXPOSICIONAL RIESGO(D) INDICEDE PROBABILIDAD (A+B+C+D) Facturación / Revisar documentos, ver liquidez, realizar todo tipo de trabajos del área administrativa . Postura inadecuada Ergonómico Ley 29783 1 3 2 3 9 1 9 M SI Evaluación de riesgo ergonómico. Capacitar en posturas adecuadas. Silla inadecuada Ergonómico Ley 29783 1 3 2 3 9 2 18 IM SI Dar mantenimiento a silla Cables sueltos De tropiezo Ley 29783 1 3 2 3 9 2 18 IM SI Entubar cables y adosarlo a la pared Sistema de ventilación Disconfort Ley 29783 1 3 2 3 9 2 18 IM SI Realizar estudio de climatización Espacio de salida angosto Golpes, demora en la evacuación Ley 29783 1 3 2 3 9 2 18 IM SI Redistribuir mobiliario, dejando el espacio de acceso adecuado. Material inflamable cerca a tomacorriente Incendio, eléctrico Ley 29783 1 3 2 3 9 2 18 IM SI Ordenar y retirar materiales, organizar cables Sismo Golpes, atrapamiento, muerte Ley 29783 1 3 2 3 9 2 18 IM SI Realizar simulacros de sismos, mantener señalizada la ruta de evacuación.
  • 46. IDENTIFICACION DE PELIGROS Y EVALUACION DE RIESGOS Área: Almacen - Primer Nivel Revisión: Fecha: Noviembre 2013 Elaborado por: Juan Perez Revisado por: Aprobado por: *CSST FUNCION / TAREA PELIGRO RIESGO REQUISITO LEGAL PROBABILIDAD (Trabajar con cuadro de Valores) INDICEDE SEVERIDAD(Ver CuadroValores) PROBABILIDADx SEVERIDAD NIVELDERIESGO RIESGO SIGNIFICATIVO MEDIDA DE CONTROL INDICEDE PERSONAS EXPUESTAS (A) INDICEDE PROCEDIMIENTO EXISTENTES(B) INDICEDE CAPACITACION (C) INDICEDE EXPOSICIONAL RIESGO(D) INDICEDE PROBABILIDAD (A+B+C+D) Encargados del área / Distribuir los productos químicos que se solicitan. Trasvase de productos químicos Derrames, quemaduras, problemas respiratorios Ley 29783 1 3 2 3 9 2 18 IM SI Cambiar el modo de trasvase Exposición a gases tóxicos Cefaleas, naúseas, afectación directa a la salud Ley 29783 1 3 2 3 9 2 18 IM SI Realizar monitoreo, ubicar área en otro espacio Ruido Hipoacusia Ley 29783 1 3 2 3 9 2 18 IM SI Realizar monitoreo de nivel de ruido de manera periódica Sismo Golpes, atrapamiento, muerte Ley 29783 1 3 2 3 9 2 18 IM SI Realizar simulacros de sismos , mantener señalizada la ruta de evacuación.
  • 47. • Programa Anual de Seguridad y salud en el Trabajo. • Programa de Capacitación. • Información para los exámenes médicos ocupacionales. • Elaboración de Mapa de Riesgos. • Establecimiento de estándares de seguridad para el RISST. • Elaboración de documentos normativos, cartillas de seguridad, hojas de trabajo seguro. • Requerimiento de equipos de protección personal. • Monitoreo de Ruido, iluminación, de gases, ergonómicos, psicosociales. ¿Qué información podemos obtener del IPER?
  • 49. MAPA DE RIESGOS Representación grafica de los riesgos existentes en una unidad de trabajo. Se expresa a través de señaléticas que representan el riesgo (señaléticas de advertencia, triangulo equilatero de borde negro con fondo amarillo). NTP.- 399.010-1:2004 Señales de Seguridad
  • 50.
  • 51.
  • 52.
  • 53.
  • 54.
  • 55. “Artículo 28. Registros del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (...) En el reglamento se establecen los registros obligatorios a cargo del empleador, los que pueden llevarse por separado o en un solo libro o registro electrónico. Las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYME) y las entidades o empresas que no realicen actividades de alto riesgo, llevarán registros simplificados. Los registros relativos a enfermedades ocupacionales se conservan por un periodo de veinte (20) años”. LEY 30222 MODIFICATORIA LEY 29783
  • 56. REGISTROS OBLIGATORIOS DEL SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LA LEY 29783 Y REGLAMENTO D.S.N° 005-2012-TR RESOLUCION MINISTERIAL N°085-2013-TR REGISTROS EMPRESAS REGIMEN GENERAL MICRO EMPRESA PEQUEÑA EMPRESA 1 REGISTRO DE ACCIDENTES DE TRABAJO, ENFERMEDADES OCUPACIONALES, INCIDENTES PELIGROSOS Y OTROS INCIDENTES X X X 2 REGISTRO DE EXAMENES MEDICOS OCUPACIONALES X X X 3 REGISTRO DE MONITOREO DE AGENTES FISICOS, QUIMICOS, BIOLOGICOS, PSICOSOCIALES, Y FACTORES DE RIESGO DISERGONOMICO X 4 REGISTRO DE INSPECCIONES INTERNAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO X X 5 REGISTRO DE ESTADISTICAS DE SEGURIDAD Y SALUD X X 6 REGISTRO DE EQUIPOS DE SEGURIDAD O EMERGENCIA X 7 REGISTRO DE INDUCCION, CAPACITACION, ENTRENAMIENTO Y SIMULACROS DE EMERGENCIA. X 8 REGISTRO DE AUDITORIAS X 9 REGISTRO DE SEGUIMIENTO X 10 REGISTRO DE EVALUACION DEL SGSST X
  • 57.
  • 58. Los requisitos para ser consideradas MYPE han variado En efecto, se debe tomar en cuenta la fecha de constitución de la empresa: a) Empresas constituidas hasta el 02.07.13: Los requisitos que se mantienen a la fecha son: Microempresa.- Máximo 10 trabajadores y ventas anuales no mayores a 150 UIT. Pequeña empresa.- Máximo 100 trabajadores y ventas anuales no mayores a 1,700 UIT. b) Constituidas desde el 03.07.2013 Conforme a la Ley 30056, las micro y pequeñas empresas constituidas a partir de la vigencia de la misma (03.07.13), califican como tales sólo considerando sus ventas anuales (micro 150 UIT y pequeña 1,700 UIT), ya no se considera como requisito el número de trabajadores (micro 10 y pequeña 100), que sólo se mantiene para las MYPES antiguas, esto es, las constituidas hasta el 02.07.13. MYPES
  • 60. Practicar exámenes médicos cada año a sus trabajadores (antes, durante y al término del contrato). Proporcionar al trabajador un puesto de trabajo adecuado sin afectar remuneración y categoría, en caso de accidentes o enfermedad ocupacional. RM 312-2011 SA LEY 29783 – EXAMENES MEDICOS OCUPACIONALES
  • 61. “Artículo 49. Obligaciones del empleador El empleador, entre otras, tiene las siguientes obligaciones: (...) d) Practicar exámenes médicos cada dos años, de manera obligatoria, a cargo del empleador. Los exámenes médicos de salida son facultativos, y podrán realizarse a solicitud del empleador o trabajador. En cualquiera de los casos, los costos de los exámenes médicos los asume el empleador. En el caso de los trabajadores que realizan actividades de alto riesgo, el empleador se encuentra obligado a realizar los exámenes médicos antes, durante y al término de la relación laboral. El reglamento desarrollará, a través de las entidades competentes, los instrumentos que fueran necesarios para acotar el costo de los exámenes médicos”. LEY 30222 MODIFICATORIA LEY 29783
  • 62. “6.7.2.-La presencia del médico ocupacional para la vigilancia de la salud de los trabajadores en las empresas y/o ambientes de trabajo, debe regirse de acuerdo a lo siguiente: a) Con más de 500 trabajadores, se deberá garantizar la permanencia del médico ocupacional mínimamente por 6 horas diarias por 5 días a la semana. b) Con 500 o menos trabajadores, el desarrollo de la actividad de vigilancia de salud estará a cargo del médico ocupacional, sin la exigencia de un mínimo de horas presenciales, lo cual se verificará con la presentación y cumplimiento de los siguientes documentos: - Plan Anual de Salud Ocupacional - Programa de Vigilancia de la Salud de los Trabajadores El cumplimiento de los documentos señalados es responsabilidad del empleador sin la exigencia de un mínimo de horas presenciales del médico ocupacional. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 571-2014/MINSA
  • 64. I. OBJETIVOS Y ALCANCES. II. LIDERAZGO Y COMPROMISOS, POLITICA DE SEGURIDAD Y SALUD. III. ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR Y DEL TRABAJADOR. IV. ESTANDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OPERACIONES. V. ESTANDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS SERVICIOS Y ACTIVIDADES CONEXAS. VI. PREPARACION Y RESPUESTA A EMERGENCIAS. Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el trabajo
  • 66. EMPRESA “PERUANO DEL PERU SAC" PROGRAMA ANUAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Objetivo Actividad Resultado de la unidad Indicador Meta(s) Responsable de la ejecución Áreas involucradas AÑO: Fecha de Verificación Observaciones E F M A M J J A S O N D Fomentar una Cultura preventiva de Seguridad Difusión de las Políticas Gerenciales en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo. Personal concientizado sobre prevención de riesgos laborales. 100% 100% Organizar, constituir y gestionar la oficialidad de las Brigadas de Seguridad Personal capacitado en como actuar en caso de emergencias N° de Pers.Cap. /N°pers. Progr. 90% Realizar simulacros de emergencias y eventos que promuevan la seguridad Personal capacitado en como actuar en caso de emergencias 3 Simulacros 100% Gestión de exámenes médicos ocupacionale s para el personal. Personal concientizado sobre prevención de riesgos laborales. N° de Pers.Prog/T ot.Planilla 80%
  • 67. PROGRAMA ANUAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Objetivo Actividad Resultado de la unidad Indicador Meta(s) Responsab le de la ejecucion Áreas involucradas AÑO: Fecha de Verificación Observaciones E F M A M J J A S O N D Mejorar las condiciones de trabajo al personal Ordenanamiento de cables en Pc, teléfonos, tomacorrientes, luminarias Contar con un ambiente de trabajo seguro N°áreas Ejec.*100% /N°areas programadas 90% Cambio de Moviliario (sillas ergonómicas) Cumplimiento 100% 100% Ampliar los espacios en las oficinas Cumplimiento 100% 100% Comprar anaqueles para el almacén Cumplimiento 100% 100% Evaluar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo Auditoría Interna Nivel de eficacia del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo Cumplimiento 100% 90% Auditoría Externa Cumplimiento 100% 90%
  • 68. 6.Infracciones de Seguridad y Salud en el Trabajo
  • 69. INFRACCIONES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CALIFICACION DE LAS INFRACCIONES LEVES: Incumplimiento de obligaciones meramente formales. GRAVES: Incumplimientos contrarios a los derechos de los trabajadores o cuando se trasciende lo meramente formal y las referidas a inspecciones. MUY GRAVES: Incumplimientos de especial trascendencia, que afectan derechos o a los trabajadores especialmente protegidos.
  • 70. INFRACCIONES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO La falta de orden y limpieza del centro de trabajo que no implique riesgo para la integridad física y salud de los trabajadores. INFRACCIONES LEVES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Son infracciones leves. Los siguientes incumplimientos: IPER
  • 71. INFRACCIONES LEVES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO No dar cuenta a la autoridad competente de los accidentes de trabajo ocurridos, las enfermedades ocupacionales declaradas e incidentes, cuando tengan la calificación de leves. REGISTRO DE ACCIDENTES DE TRABAJO
  • 72. INFRACCIONES LEVES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO No comunicar a la autoridad competente la apertura del centro de trabajo o la reanudación o continuación de los trabajos después de efectuar alteraciones o ampliaciones de importancia, o consignar con inexactitud los datos que debe declarar o complementar, siempre que no se trate de una industria calificada de alto riesgo por ser insalubre o nociva, y por los elementos, procesos o materiales peligrosos que manipula. IPER = MODIFICACION EN LAS INSTALACIONES
  • 73. INFRACCIONES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO La falta de orden y limpieza del centro de trabajo que implique riesgos para la integridad física y salud de los trabajadores. INFRACCIONES GRAVES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Son infracciones graves. Los siguientes incumplimientos: IPER
  • 74. No dar cuenta a la autoridad competente de los accidentes de trabajo ocurridos y de las enfermedades ocupacionales cuando tengan la calificación de graves, muy graves o mortales o no llevar a cabo la investigación en caso de producirse daños a la salud de los trabajadores o de tener indicio que las medidas preventivas son insuficientes. INFRACCIONES GRAVES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Registros de Accidentes e Informes de Investigación
  • 75. No llevar a cabo las evaluaciones de riesgos y los controles periódicos de las condiciones de trabajo y de las actividades de los trabajadores o no realizar aquellas actividades de prevención que sean necesarias según los resultados de las evaluaciones. No realizar los reconocimientos médicos y pruebas de vigilancia periódica del estado de salud de los trabajadores o no comunicar a los trabajadores afectados el resultado de las mismas. INFRACCIONES GRAVES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO IPER EXAMENES MEDICOS OCUPACIONALES- VIGILANCIA MEDICA
  • 76. No comunicar a la autoridad competente la apertura del centro de trabajo o la reanudación o continuación de los trabajos después de efectuar alteraciones o ampliaciones de importancia o consignar con inexactitud los datos que debe declarar o complementar, siempre que se trate de industria calificada de alto riesgo, por ser insalubre o nociva, y por los elementos, procesos o sustancias que manipula. INFRACCIONES GRAVES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO IPER = MODIFICACION EN LAS INSTALACIONES
  • 77. El incumplimiento de las obligaciones de implementar y mantener actualizados los registros o disponer de la documentación que exigen las disposiciones relacionadas con la seguridad y salud en el trabajo. El incumplimiento de la obligación de planificar la acción preventiva de riesgos para la seguridad y salud en el trabajo, así como el incumplimiento de la obligación de elaborar un plan o programa de seguridad y salud en el trabajo. INFRACCIONES GRAVES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PROGRAMA ANUAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO REGISTROS OBLIGATORIOS
  • 78. No cumplir con las obligaciones en materia de formación e información suficiente y adecuada a los trabajadores y las trabajadoras acerca de los riesgos del puesto de trabajo y sobre las medidas preventivas aplicables. INFRACCIONES GRAVES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO • PROGRAMA DE CAPACITACIÓN = 4 MINIMAS AL AÑO • CLAUSULA DE SEGURIDAD EN LOS CONTRATOS DE TRABAJO
  • 79. INFRACCIONES GRAVES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Los incumplimientos de las disposiciones relacionadas con la seguridad y y salud en el trabajo, en particular en materia de lugares de trabajo, herramientas, máquinas y equipos, agentes físicos, químicos y biológicos, riesgos ergonómicos y psicosociales, medidas de protección colectiva, epp, señalizaciones de seguridad, etiquetado y envasado de sustancias peligrosas, almacenamiento, servicios o medidas de higiene personal, de los que se derive un riesgo grave para la seguridad y salud de los trabajadores de los trabajadores. IPER = INCUMPLIMIENTO PASST
  • 80. INFRACCIONES GRAVES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO No adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en las disposiciones relacionadas con la seguridad y salud en el trabajo, en materia de coordinación entre empresas que desarrollen actividades en un mismo centro de trabajo. • REGLAMENTO INTERNO DE SST • CONTRATAS ALINEADAS AL SGSST.
  • 81. INFRACCIONES GRAVES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO No constituir o no designar a uno o varios trabajadores para participar como Supervisor o miembro del Comité de SST, sí como no proporcionarles formación y capacitación adecuada. La vulneración de los derechos de información, consulta y participación de los trabajadores reconocidos en la normativa sobre prevención de riesgos laborales. COMITÉ DE SEGURIDAD
  • 82. Incumplimiento de las obligaciones relativas a la realización de auditorías del sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. No cumplir las obligaciones relativas al seguro complementario de trabajo de riesgo a favor de sus trabajadores, incurriéndose en una infracción por cada trabajador afectado. INFRACCIONES GRAVES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO REGISTROS OBLIGATORIOS: AUDITORIAS SCTR PARA TRABAJOS DE ALTO RIESGO
  • 83. INFRACCIONES MUY GRAVES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO No observar la normas específicas en materia de protección de la seguridad y salud de las trabajadoras durante los periodos de embarazo y lactancia y de los trabajadores con discapacidad. RM 374-2008 TR No observar las normas específicas en materia de protección de la seguridad y salud de los menores trabajadores. PROTECCION DE TRABAJADORES
  • 84. INFRACCIONES MUY GRAVES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Designar a trabajadores en puestos cuyas condiciones sean incompatibles con sus características personales conocidas o sin tomar en consideración sus capacidades profesionales en materia de seguridad y salud en el trabajo, cuando de ellas se derive un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores. CAPACITACION POR ROTACIÓN, TRASLADOS, REUBICACIONES DEL PERSONAL
  • 85. INFRACCIONES MUY GRAVES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Incumplir el deber de confidencialidad en el uso de los datos relativos a la vigilancia de la salud de los trabajadores. Superar los límites de exposición a los agentes contaminantes que originen riesgos graves e inminentes para la seguridad y salud de los trabajadores. EMO: VIGILANCIA MEDICA, CONFIDENCIALIDAD IPER: IDENTIFICACION DE PELIGROS Y RIESGOS
  • 86. INFRACCIONES MUY GRAVES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Las acciones y omisiones que impidan el ejercicio del derecho de los trabajadores para paralizar sus actividades en los casos de riesgo grave e inminente. No adoptar las medidas preventivas aplicables a las condiciones de trabajo de los que derive un riesgo grave e inminente para la seguridad de los trabajadores. RISST: DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES
  • 87. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en las disposiciones relacionadas con la seguridad y salud en el trabajo, en materia de coordinación entre empresas que desarrollen actividades en un mismo centro de trabajo, cuando se trate de actividades calificadas de alto riesgo. No implementar un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo o no tener un reglamento de seguridad y salud en el trabajo. INFRACCIONES MUY GRAVES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO • LEY 29783: IMPLEMENTAR SGSST. • CONTRATAS ALINEADAS AL SGSST.
  • 89. FACULTADES DEL INSPECTOR DE TRABAJO • Ingresar libremente y sin previo aviso en todo lugar sujeto a inspección. • Hacerse acompañar durante la visita de inspección: trabajadores, sus representantes, por peritos y técnicos de la empresa o del Estado • Para la verificación de normas de seguridad y salud en el trabajo, estará presente el Comité.
  • 90. FACULTADES DEL INSPECTOR DE TRABAJO • Recabar información del empleador y trabajadores solos o ante testigos. Así mismo, esta facultado para exigir la identificación o razón de su presencia, de las personas que se encuentren en el centro de trabajo. • Exigir la comparecencia en el centro de trabajo o en las oficinas públicas. • Examinar la documentación laboral. • Obtener copias o extractos.
  • 91. FACULTADES DEL INSPECTOR DE TRABAJO • Hacer mediciones y tomar o sacar muestras. • En ejercicio de la vigilancia de las condiciones de seguridad y salud laboral, el inspector está facultado para tomar y sacar muestras de sustancias y materiales utilizados en el centro de trabajo y realizar mediciones, obtener fotografías, videos, levantar croquis y planos; siempre que se notifique al Representante.
  • 92. FACULTADES DEL INSPECTOR DE TRABAJO • Por orden de las autoridades competentes de la institución. • A solicitud de otro órgano del sector público o el órgano jurisdiccional. • Por denuncia de hechos presuntamente constitutivos de infracción. • Por decisión interna del sistema de inspección. • Por iniciativa del inspector. • A pedido de empleadores o trabajadores.
  • 93. OBSTRUCCION A LA LABOR INSPECTIVA Son acciones u omisiones que perturban, retrasen e impiden el ejercicio de la función inspectiva. Entre las conductas mas frecuentes tenemos: a) Negar la entrada o la permanencia en el centro de trabajo. b) Ocultar personal o dificultar su declaración. c) No comparecer al requerimiento de comparecencia o no presentar la documentación solicitadas. d) La negativa a exhibir libros, registros, documentos de carácter obligatorio. e) No facilitar datos, informes u otros antecedentes relacionados con los hechos investigados.
  • 94. En resumen ¿qué hacer durante la visita de los inspectores?
  • 96.
  • 97. Cálculo del monto de las sanciones se realiza de acuerdo con la siguiente tabla: