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Análisis jurídico del libro tercero del Código Penal
De las faltas en general
Título I
De las faltas contra el orden publico
Capítulo I
Artículo 483:
Con respecto a este artículo estoy de acuerdo en la manera en la que está
estipulado puesto al ser penado por unidades tributarias se puede mantener en
la actualidad a la hora de aplicar la pena.
Artículo 484:
En este artículo no estoy de acuerdo como está estipulado puesto que debe
señalarse de una u otra manera que se puede reusar hacerlo teniendo una justa
causa y de este modo no ser penado.
Artículo 485:
Primordialmente creo q todos estos artículos en los que se vean afectados la no
colaboración o participación al momento de administrar justicia como en este
caso es dar sus datos personales de manera correcta pues deberían estar en
una ley especial donde señale a cada uno de estos delitos q tengan q ver con el
impedimento de la administración de justicia como lo es en este caso dicho
artículo.
Artículo 486 y artículo 487:
Creo particularmente que este artículo no tiene ningún fundamento legal puesto
que estamos en todo el derecho de practicar cualquier religión a la que se
profese y siempre y cuando no se afecta a otros con la actividad realizada en
dicho lugar público no debería ser objeto de pena si estos parámetros se
quisieran estipular debería existir una ley especial donde se diera a conocer las
bases legales por cuales se prohíbe dicha actividad religiosa y dejas una serie
de parámetros donde se señale lo que se está permitido o no en materia de actos
religiosos.
Capitulo II
De la omisión de dar referencias
Artículo 488:
En este artículo no creo que debería de existir en nuestro código penal puesto
que es de relevancia nula y que no creo q califique como un delito penal.
Capitulo III
De las faltas concernientes a las monedas
Artículo 489 y artículo 490:
Particular mente creo que estos artículos no deben estar en este código penal
puesto que son artículos realmente nulos puesto que nadie va a garantizar que
una persona denuncie cuando se le da una moneda falsa y de igual manera al
negarse a recibir una moneda por solo el hecho de no ser de gran valor son
artículos que realmente ocupan un lugar sin valides en el código penal.
Capitulo IV
De l.as faltas relativas al ejercicio del arte tipográfico, a la difusión de
impresos y a los avisos
Artículos 491, 942, 493, 494, 495:
Con respecto a estos artículos que tratan sobre la tipografía como oficio y los
parámetros en los q la ley los permite o no primordialmente solo con colocar el
articulo 491 y este señalando cada uno de los parámetros por numerales se
ahorraría la necesidad de hacer repetitivamente los artículos siguientes que
básicamente señala lo mismo en casa uno de ellos.
Capítulo V
De las faltas relativas a los espectáculos, establecimientos y ejercicio
público
Artículo 496:
Este artículo estoy totalmente de acuerdo puesto que debe existir la manera de
regular y resguardar el orden y que para realizar cualquier acto destinado a
espectáculos debe ser regido y autorizado por el estado.
Artículo 497:
Este artículo es repetitivo puesto que en el artículo anterior analizado
básicamente nos señala lo mismo q sin permiso de los entes correspondiente no
se puede ejercer algún espectáculo entre otros. Por ese motivo creo que esta de
manera repetida.
Articulo 498 y el Artículo 499:
Dichos artículos deberían no estar en esta ley puesto que no creo q sea el lugar
más idóneo para estipularlos creo que deberían estar en una ley especial o en
su defecto en el código de comercio puesto son artículos que señalan los actos
de negocio.
Artículo 500:
Básicamente es otro artículo que esta nulo en esta ley puesto que como el estado
podría saber que una persona esta derrengando un salario por cuidar a otra
persona sin que anteriormente fuese realizad los actos de permiso
correspondientes para poder ser permitidos , es decir si no existe el delito no
existirá la pena.
Capítulo VI
De los alimentos practicados sin autorización
Artículo 501:
Es un artículo que realmente no tiene cabidapuesto que no especifica de manera
detallada el basamento legal para aplicar dicha pena.
Capitulo VII
De la mendicidad
Artículo 502, 503, 504:
En estos artículos particularmente creo que deberían ser uno en donde se
señale detalladamente de esta forma se evita el aumento de artículos q hablan
de un mismo acto prohibido por la ley
Artículo 505:
Este artículo debería estar más que en el código penal en la ley de niños, niñas
y adolescentes puesto que nos habla de menores de edad ante la ley.
Capitulo VIII
De la perturbación causada en la tranquilidad pública y privada
Artículo 506:
En este artículo está bien estructurado y creo que si está bien estipulado en la
ley correcta señalando una y cada parámetro no permitido con respecto a la
tranquilidad social pública y privada.
Artículo 507:
Este artículo debería estar estipulado en el artículo antes mencionado como
parte de un numeral puesto que básicamente forma parte de la misma.
Capitulo IX
Del abuso de la credulidad de otro
Artículo 508:
En relación a este artículo de igual manera creo q esta mejor estipulado como
un numeral del artículo 506.
Título II
De las faltas relativas a la seguridad publica
Capítulo I
De las faltas que se refieren a armas o a materias explosivas
Artículos del 509, 510, 512, 513, 514, 515, 516:
Todos estos artículos relacionados con armas explosivos, detonantes y todo lo
relacionado con ello deberían estar en una ley especial donde señale con más
claridad y más énfasis la prohibiciones q hace la ley para q no dé cabida a la
interpretación puesto q se trata de un delito grave.
Capítulo II
De la caída y falta de reparación de los edificios
Conforme a los artículos que se encuentran dentro de este capítulo (517 y
518) del Código Penal consideramos que están bien establecidos, ya que las
personas que pretendan realizar una obra o construcción debe tomar las
medidas de seguridad necesarias para evitar algún desastre o accidente que de
alguna manera u otra puedan afectar a las demás personas aledañas a dicha
construcción.
Capitulo III
De las faltas relativas a los signos y aparatos que interesan al publico
De acuerdo a lo establecido en los artículos 519 y 520 del Código Penal,
consideramos que se encuentra bien establecido, porque es de suma
importancia, ya que al no colocar dichas señales, el cual indican el peligro, podría
causar algún daño a una persona, por lo que es muy importante colocar estas
señales cuando sea necesario, con el fin de evitar cualquier accidente.
Capitulo IV
De los objetos tirados o colocados de manera peligrosa
Consideramos que los artículos 521 y 522 el cual conforma el capítulo antes
señalado del libro tercero se establecen bien, ya que al arrojar sustancias en
lugares abierto al trisito público al igual que al colgar ciertos objetos en los
balcones, techos y demás, puede ocasionar un daño, una lesión o accidente a
cualquier persona que vaya transitando por el lugar, es por esto que la persona
que haga este tipo de cosas debe tomar las medidas necesarias, para evitar
cualquier daño.
Por otra parte consideramos que las autoridades al momento de presentarse
estas circunstancias, deben tomarlas más en cuenta ya que los mismos no le
prestan la atención debida.
Capítulo V
De las faltas que se refieren a la vigilancia de los enajenados
De acuerdo a lo establecido en los artículos 523, 524 y 525 se encuentran
bien establecido porque la persona, bien sea un curador o director de cualquier
establecimiento de enajenados debe velar porque estas personas no pueda salir
o escaparse de estos establecimientos, que de hacerlo se pondría en peligro la
vida, la integridad física de cualquier persona de la sociedad.
Capítulo VI
De la falta de vigilancia y dirección en los animales y vehículos
De acuerdo a lo que se establece en los artículos 526, 527 y 528, en nuestro
criterio, se establece bien, porque las bestias feroces o animales peligrosos,
deben ser cuidados o vigilados por la persona encargada de estos, el mismo
deberá tomar las medidas necesarias para evitar que los animales se escapen
y causen algún daño, ya que la persona encargada de los animales de no tomar
las medidas de seguridad, estaría incurriendo por imprudencia y en este caso la
pena será mayor, al igual que para aquellas personas que dejen animales o
vehículos en las vías o pasajes públicos o abiertos al público.
Capitulo VII
De las faltas referentes a peligros comunes
En nuestro criterio lo establecido en el artículo 529 del presente capitulo está
bien lo que allí se establece puesto que aunque la persona cometa dicha falta
sin intensión, de igual manera está causando un daño y merece ser sancionado
como lo establece el presente artículo.
Título III
De las faltas concernientes a la moralidad pública
Capítulo I
De los juegos de azar
En cuanto a lo que se establece en los artículos que conforman el presente
capítulo, consideramos que está bien lo que aquí se establece pero la pena
debería ser mayor para aquellas personas que tengan dichos juegos, y
consideramos que las autoridades deben prestar más atención a esto ya que
estos lugares se prestan para otra cosa como la prostitución, el consumo de
drogas entre otras cosas.
Capitulo II
De la embriaguez
Conforme a lo que se establece en los artículos 534 y 535 consideramos
que las autoridades deben implementar o hacer cumplir lo que se establece en
estos artículos ya que estos casos de embriaguez se ven frecuentemente en la
sociedad y no reciben la sanción correspondiente. Si estos artículos se
cumplieran se evitaría, riñas peleas hasta la muerte de muchas personas, ya que
muchos han sido victimas de personas en estado de embriaguez.
Capítulo III
De los actos contrarios a la decencia publica
Este articulo (536) al igual que muchos no se aplica, hay muchas personas
que visten según lo señalado en el presente artículo, cantan dicen palabras que
ofenden la decencia pública y no son sancionadas. Consideremos que este
artículo debería cumplirse y así se evitaría muchos conflictos.
Capitulo IV
Del mal tratamiento a los animales
Lo establecido en el artículo 537 no se toma mucho en cuenta por las
autoridades ya que hay muchas personas que maltratan a los animales hasta los
matan y no son sancionados, consideramos que este articulo debe será aplicado
y se debe incrementar la pena para las personas que cometan estas faltas.
Título IV
De las faltas relativas a la protección pública de la propiedad
Capítulo I
De la posesión injustificada de objetos y valores
Conforme a lo establecido en el artículo 538 consideramos que esta bien lo
que aquí se establece aunque no se cumpla mucho, puesto que resulta de
mucha importancia investigar a aquellas personas que hayan sido condenas por
los delitos establecidos en el artículo 470 o por robo, secuestro extorción entre
otras, en la cual, tengan en su posesión dinero u objeto que sobrepasen su
condición económica y que no compruebe que estos son legítimos.
Capitulo II
De la falta de precauciones en las operaciones de comercio y de prendas
De acuerdo a lo establecido en los artículos 539, 540 y 541 consideramos
que lo establecido en estos artículos si esta bien puesto que toda persona que
pretenda comprar o reciba como forma de pago alguna prenda debe asegurarse
que la misma sea legal, es decir que no provenga de hechos punibles.
Por otra parte si la persona descubre que dicha cosa proviene de un delito y
la misma no acudiera a la autoridad estará incurriendo en el delito de
aprovechamiento de la cosa proveniente de delito y debe ser sancionada
conforme a lo establecido en el presente artículo.
Capitulo III
De la venta ilícita de llaves y ganzúas, y abertura ilícita de cerraduras
Estamos de acuerdo con lo establecido en los artículos 542 y 543, puesto
que el cerrajero o herrero esta incurriendo en un delito grave al fabricar llaves o
cerraduras paras personas que no son propietarias de dichos locales o casas.
Por otra parte el cerrajero o herrero que se preste para abrir cerraduras de
casas o locales que no resulten ser propiedad de la persona que solicita sus
servicios merece ser sancionado como lo señala en los presentes artículos.
Capitulo IV
De la tenencia ilícita de pesas y medidas
Estamos de acuerdo con lo establecido en el artículo 544, ya que las
personas que tengan un comercio o mercado deben tener el sistema de peso y
medida legal, de acuerdo a las establecidas por la Ley porque sino el dueño del
mercado o comercio estará estafando a los clientes.
Aun cuando lo establecido en este artículo no se cumpla consideramos que
esta bien lo que aquí se establece y debería tomarse mas en cuenta.

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Análisis jurídico del libro tercero del código penal

  • 1. Análisis jurídico del libro tercero del Código Penal De las faltas en general Título I De las faltas contra el orden publico Capítulo I Artículo 483: Con respecto a este artículo estoy de acuerdo en la manera en la que está estipulado puesto al ser penado por unidades tributarias se puede mantener en la actualidad a la hora de aplicar la pena. Artículo 484: En este artículo no estoy de acuerdo como está estipulado puesto que debe señalarse de una u otra manera que se puede reusar hacerlo teniendo una justa causa y de este modo no ser penado. Artículo 485: Primordialmente creo q todos estos artículos en los que se vean afectados la no colaboración o participación al momento de administrar justicia como en este caso es dar sus datos personales de manera correcta pues deberían estar en una ley especial donde señale a cada uno de estos delitos q tengan q ver con el impedimento de la administración de justicia como lo es en este caso dicho artículo. Artículo 486 y artículo 487: Creo particularmente que este artículo no tiene ningún fundamento legal puesto que estamos en todo el derecho de practicar cualquier religión a la que se profese y siempre y cuando no se afecta a otros con la actividad realizada en dicho lugar público no debería ser objeto de pena si estos parámetros se quisieran estipular debería existir una ley especial donde se diera a conocer las bases legales por cuales se prohíbe dicha actividad religiosa y dejas una serie de parámetros donde se señale lo que se está permitido o no en materia de actos religiosos.
  • 2. Capitulo II De la omisión de dar referencias Artículo 488: En este artículo no creo que debería de existir en nuestro código penal puesto que es de relevancia nula y que no creo q califique como un delito penal. Capitulo III De las faltas concernientes a las monedas Artículo 489 y artículo 490: Particular mente creo que estos artículos no deben estar en este código penal puesto que son artículos realmente nulos puesto que nadie va a garantizar que una persona denuncie cuando se le da una moneda falsa y de igual manera al negarse a recibir una moneda por solo el hecho de no ser de gran valor son artículos que realmente ocupan un lugar sin valides en el código penal. Capitulo IV De l.as faltas relativas al ejercicio del arte tipográfico, a la difusión de impresos y a los avisos Artículos 491, 942, 493, 494, 495: Con respecto a estos artículos que tratan sobre la tipografía como oficio y los parámetros en los q la ley los permite o no primordialmente solo con colocar el articulo 491 y este señalando cada uno de los parámetros por numerales se ahorraría la necesidad de hacer repetitivamente los artículos siguientes que básicamente señala lo mismo en casa uno de ellos.
  • 3. Capítulo V De las faltas relativas a los espectáculos, establecimientos y ejercicio público Artículo 496: Este artículo estoy totalmente de acuerdo puesto que debe existir la manera de regular y resguardar el orden y que para realizar cualquier acto destinado a espectáculos debe ser regido y autorizado por el estado. Artículo 497: Este artículo es repetitivo puesto que en el artículo anterior analizado básicamente nos señala lo mismo q sin permiso de los entes correspondiente no se puede ejercer algún espectáculo entre otros. Por ese motivo creo que esta de manera repetida. Articulo 498 y el Artículo 499: Dichos artículos deberían no estar en esta ley puesto que no creo q sea el lugar más idóneo para estipularlos creo que deberían estar en una ley especial o en su defecto en el código de comercio puesto son artículos que señalan los actos de negocio. Artículo 500: Básicamente es otro artículo que esta nulo en esta ley puesto que como el estado podría saber que una persona esta derrengando un salario por cuidar a otra persona sin que anteriormente fuese realizad los actos de permiso correspondientes para poder ser permitidos , es decir si no existe el delito no existirá la pena.
  • 4. Capítulo VI De los alimentos practicados sin autorización Artículo 501: Es un artículo que realmente no tiene cabidapuesto que no especifica de manera detallada el basamento legal para aplicar dicha pena. Capitulo VII De la mendicidad Artículo 502, 503, 504: En estos artículos particularmente creo que deberían ser uno en donde se señale detalladamente de esta forma se evita el aumento de artículos q hablan de un mismo acto prohibido por la ley Artículo 505: Este artículo debería estar más que en el código penal en la ley de niños, niñas y adolescentes puesto que nos habla de menores de edad ante la ley. Capitulo VIII De la perturbación causada en la tranquilidad pública y privada Artículo 506: En este artículo está bien estructurado y creo que si está bien estipulado en la ley correcta señalando una y cada parámetro no permitido con respecto a la tranquilidad social pública y privada. Artículo 507: Este artículo debería estar estipulado en el artículo antes mencionado como parte de un numeral puesto que básicamente forma parte de la misma.
  • 5. Capitulo IX Del abuso de la credulidad de otro Artículo 508: En relación a este artículo de igual manera creo q esta mejor estipulado como un numeral del artículo 506. Título II De las faltas relativas a la seguridad publica Capítulo I De las faltas que se refieren a armas o a materias explosivas Artículos del 509, 510, 512, 513, 514, 515, 516: Todos estos artículos relacionados con armas explosivos, detonantes y todo lo relacionado con ello deberían estar en una ley especial donde señale con más claridad y más énfasis la prohibiciones q hace la ley para q no dé cabida a la interpretación puesto q se trata de un delito grave. Capítulo II De la caída y falta de reparación de los edificios Conforme a los artículos que se encuentran dentro de este capítulo (517 y 518) del Código Penal consideramos que están bien establecidos, ya que las personas que pretendan realizar una obra o construcción debe tomar las medidas de seguridad necesarias para evitar algún desastre o accidente que de alguna manera u otra puedan afectar a las demás personas aledañas a dicha construcción.
  • 6. Capitulo III De las faltas relativas a los signos y aparatos que interesan al publico De acuerdo a lo establecido en los artículos 519 y 520 del Código Penal, consideramos que se encuentra bien establecido, porque es de suma importancia, ya que al no colocar dichas señales, el cual indican el peligro, podría causar algún daño a una persona, por lo que es muy importante colocar estas señales cuando sea necesario, con el fin de evitar cualquier accidente. Capitulo IV De los objetos tirados o colocados de manera peligrosa Consideramos que los artículos 521 y 522 el cual conforma el capítulo antes señalado del libro tercero se establecen bien, ya que al arrojar sustancias en lugares abierto al trisito público al igual que al colgar ciertos objetos en los balcones, techos y demás, puede ocasionar un daño, una lesión o accidente a cualquier persona que vaya transitando por el lugar, es por esto que la persona que haga este tipo de cosas debe tomar las medidas necesarias, para evitar cualquier daño. Por otra parte consideramos que las autoridades al momento de presentarse estas circunstancias, deben tomarlas más en cuenta ya que los mismos no le prestan la atención debida. Capítulo V De las faltas que se refieren a la vigilancia de los enajenados De acuerdo a lo establecido en los artículos 523, 524 y 525 se encuentran bien establecido porque la persona, bien sea un curador o director de cualquier establecimiento de enajenados debe velar porque estas personas no pueda salir o escaparse de estos establecimientos, que de hacerlo se pondría en peligro la vida, la integridad física de cualquier persona de la sociedad. Capítulo VI De la falta de vigilancia y dirección en los animales y vehículos
  • 7. De acuerdo a lo que se establece en los artículos 526, 527 y 528, en nuestro criterio, se establece bien, porque las bestias feroces o animales peligrosos, deben ser cuidados o vigilados por la persona encargada de estos, el mismo deberá tomar las medidas necesarias para evitar que los animales se escapen y causen algún daño, ya que la persona encargada de los animales de no tomar las medidas de seguridad, estaría incurriendo por imprudencia y en este caso la pena será mayor, al igual que para aquellas personas que dejen animales o vehículos en las vías o pasajes públicos o abiertos al público. Capitulo VII De las faltas referentes a peligros comunes En nuestro criterio lo establecido en el artículo 529 del presente capitulo está bien lo que allí se establece puesto que aunque la persona cometa dicha falta sin intensión, de igual manera está causando un daño y merece ser sancionado como lo establece el presente artículo. Título III De las faltas concernientes a la moralidad pública Capítulo I De los juegos de azar En cuanto a lo que se establece en los artículos que conforman el presente capítulo, consideramos que está bien lo que aquí se establece pero la pena debería ser mayor para aquellas personas que tengan dichos juegos, y consideramos que las autoridades deben prestar más atención a esto ya que estos lugares se prestan para otra cosa como la prostitución, el consumo de drogas entre otras cosas. Capitulo II De la embriaguez Conforme a lo que se establece en los artículos 534 y 535 consideramos que las autoridades deben implementar o hacer cumplir lo que se establece en estos artículos ya que estos casos de embriaguez se ven frecuentemente en la
  • 8. sociedad y no reciben la sanción correspondiente. Si estos artículos se cumplieran se evitaría, riñas peleas hasta la muerte de muchas personas, ya que muchos han sido victimas de personas en estado de embriaguez. Capítulo III De los actos contrarios a la decencia publica Este articulo (536) al igual que muchos no se aplica, hay muchas personas que visten según lo señalado en el presente artículo, cantan dicen palabras que ofenden la decencia pública y no son sancionadas. Consideremos que este artículo debería cumplirse y así se evitaría muchos conflictos. Capitulo IV Del mal tratamiento a los animales Lo establecido en el artículo 537 no se toma mucho en cuenta por las autoridades ya que hay muchas personas que maltratan a los animales hasta los matan y no son sancionados, consideramos que este articulo debe será aplicado y se debe incrementar la pena para las personas que cometan estas faltas. Título IV De las faltas relativas a la protección pública de la propiedad Capítulo I De la posesión injustificada de objetos y valores Conforme a lo establecido en el artículo 538 consideramos que esta bien lo que aquí se establece aunque no se cumpla mucho, puesto que resulta de mucha importancia investigar a aquellas personas que hayan sido condenas por los delitos establecidos en el artículo 470 o por robo, secuestro extorción entre
  • 9. otras, en la cual, tengan en su posesión dinero u objeto que sobrepasen su condición económica y que no compruebe que estos son legítimos. Capitulo II De la falta de precauciones en las operaciones de comercio y de prendas De acuerdo a lo establecido en los artículos 539, 540 y 541 consideramos que lo establecido en estos artículos si esta bien puesto que toda persona que pretenda comprar o reciba como forma de pago alguna prenda debe asegurarse que la misma sea legal, es decir que no provenga de hechos punibles. Por otra parte si la persona descubre que dicha cosa proviene de un delito y la misma no acudiera a la autoridad estará incurriendo en el delito de aprovechamiento de la cosa proveniente de delito y debe ser sancionada conforme a lo establecido en el presente artículo. Capitulo III De la venta ilícita de llaves y ganzúas, y abertura ilícita de cerraduras Estamos de acuerdo con lo establecido en los artículos 542 y 543, puesto que el cerrajero o herrero esta incurriendo en un delito grave al fabricar llaves o cerraduras paras personas que no son propietarias de dichos locales o casas. Por otra parte el cerrajero o herrero que se preste para abrir cerraduras de casas o locales que no resulten ser propiedad de la persona que solicita sus servicios merece ser sancionado como lo señala en los presentes artículos. Capitulo IV De la tenencia ilícita de pesas y medidas Estamos de acuerdo con lo establecido en el artículo 544, ya que las personas que tengan un comercio o mercado deben tener el sistema de peso y medida legal, de acuerdo a las establecidas por la Ley porque sino el dueño del mercado o comercio estará estafando a los clientes. Aun cuando lo establecido en este artículo no se cumpla consideramos que esta bien lo que aquí se establece y debería tomarse mas en cuenta.