La Dirección de Recursos Humanos de la Universidad del Zulia extendió el plazo para realizar el AR-I
hasta el 12 de diciembre, permitiendo que los trabajadores hagan variaciones para el cálculo de sus
impuestos en el año 2017. El AR-I es la planilla de estimación de ingresos para el año siguiente, con la
cual se calculará el porcentaje de retención de impuestos que se le descontará mensualmente al
trabajador. Es importante que cada trabajador realice su propio AR-
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Cálculo del ar
1. Cálculo del AR-I 2017
Prensa DRRHH
La Dirección de Recursos Humanos informa que se extendió hasta el lunes12 de diciembre el plazo
para realizar el AR-I, con lo que los trabajadores de LUZ podrán realizar sus variaciones para el avance
de los impuestos (AR-I).
Edwin Pérez, quien fue líder del Proceso de Administración y Ejecución de Nómina hasta octubre del
2016 y actual Director del Servicio Médico Odontológico de LUZ, explicó en detalle lo que el trabajador
deberá hacer para cumplir con este proceso, cuyas variacionesempezarán a tener efecto en el mes
de enero del año 2017.
El AR-I es la planilla de estimación de ingresospara el año 2017, con la cual se le calculará el
porcentaje de lo que se le retendrá al trabajador de lospagosque se le realizarán durante todo el
año, y que la Universidad irá cancelando al Seniat mensualmente, como avanceso anticipos de
los impuestos.
"En la Declaración de Impuesto Sobre la Renta te podrían decir que tienes que pagar 30 mil, pero te han
descontado 20 mil, solo se pagan los 10 mil restantes”, ejemplificó Pérez.
Según agregó Reinaldo Robles, analista de nómina de la Dirección de Recursos Humanos, es
importante que cada persona realice su AR-I tomando en cuenta suscargasfamiliares, ya que de
lo contrario, la institución está obligada a hacerlo por el trabajador, según lo establecido en la
ley.
“Es conveniente que cada persona llene su planilla de AR-I, debido a que la Universidad maneja una
fórmula estándar para calcularla, y que esta podría no representar la realidad de cada trabajador
a la hora de estimar la retención”, acotó Robles.
Pasos a seguir:
- Ingresar a la página web de la Dirección de Recursos Humanos y entrar al enlace de Servicios en
Línea de la Universidad del Zulia www.servicios.luz.edu.ve/RRHH
- Luego deberá entrar a la sección de “Mi Nómina”, en el apartado “AR-I”.
- Estando ya en el módulo AR-I, la persona deberá sumar su salario mensual actualizado (el que
sea másreciente), y multiplicarlo por 12. La cifra deberá ser colocada como total de remuneraciones
estimadas para el año 2017. Para este paso se recomienda que el interesado consulte su detalle de
pago del mes de octubre para verificar su sueldo.
- Introducir el número de cargas, que son la cantidad de personasque dependen
económicamente del trabajador. Estas pueden ser de relacionados ascendientes, cónyuges, y
descendientes que no tengan ingresos propios.
- Verificar el porcentaje de retención que arroja dicho módulo después de ingresar el monto estimado de
remuneraciones mensuales. Cabe destacar que este porcentaje representa la cantidad de bolívares
que se le serán descontados al trabajador mensualmente, para ser entregadosal Seniat.
- Una vez culminado el formulario, el empleado deberá activar la opción de procesar, y de inmediato se
generará un comprobante que sirve como soporte de que la persona cumplió con el proceso. Cabe
destacar que no debe ser entregado en ninguna dependencia o taquilla.
Para este primer cálculo de AR-I, se considera el valor de la UT a 177 BsF, en espera de que el
Gobierno Nacional anuncie el nuevo valor de la UT que regirá para el año 2017. Una vez que se sepa
ese nuevo monto, se podrán realizar las variaciones en nuevas jornadas.
NOTA IMPORTANTE: El personal administrativo de la Dirección de Recursos Humanos puede orientar
en lo respectivo a esta materia, pero no está autorizado para realizar el AR-I ni la declaración definitiva
del Seniat a ningún empleado de la Universidad, debido a que estos procedimientosacarrean una
responsabilidad personal del trabajador.
Es necesario resaltar que el personal jubilado, pensionado y sobreviviente, no está obligado a
presentar AR-I. Solo el personal activo.
Basamento Legal para el AR-I
En vista de las dudas de los trabajadores durante las jornadas realizadas durante el año 2016, sobre si
se incluían o no los pagos como el Bono Vacacional y el Bono de Fin de Año en el cálculo del AR-I,
2. ponemos a su disposición distintas normativas en las que se aclara que el personal solo debe incluir el
salario normal.
Para el cálculo del AR-I se atiende a lo dispuesto en la sentencia 673 del TSJ del 2 de agosto del 2016,
donde se declara y ratifica que la base para la retención por concepto de impuesto sobre la renta
del trabajador, deben ser calculadassobre el salario normal que devenga la persona.
Por su parte, en el artículo 107 de la Ley Orgánica del Trabajo, dice: “Cuando el patrono, patrona o el
trabajador o trabajadora, estén obligados u obligadas a cancelar una contribución, tasa o impuesto, se
calculará, considerando el salario normal correspondiente al mes inmediatamente anterior a aquél en
que se causó”.
Además, en el caso de alguna disyuntiva, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en
su artículo 89, numeral 3; y la Ley Orgánica del Trabajo, en su artículo 18 numeral 5, dicen: “Cuando
hubiere dudas acerca de la aplicación o concurrencia de varias normas o en la interpretación de una
determinada norma se aplicará la más favorable al trabajador o trabajadora. La norma adoptada se
aplicará en su integridad”.