1. Universidad Fermín toro
Vicerrectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Astrid Camargo
24.353.264
Saia A
Barquisimeto, septiembre de 2015
2. El Poder Legislativo
Según lo contemplado en el artículo 202 de nuestra constitución
nos establece que la ley es el hecho sancionado por la Asamblea Nacional
ya que es un cuerpo legislador. Las legislaciones que congreguen
constantemente las reglas referentes se podrán señalar como códigos
Las leyes formales son aquellas normas jurídicas, que son
aprobadas por la asamblea nacional que establece una un procedimiento,
para la ejecución de una función legislativa.
Las leyes orgánicas son aquellas dictaminadas para establecer los
poderes públicos, las mismas serán anunciadas ante la Asamblea Nacional
para poder ser aprobadas por medio de votos.
Estas son importantes porque son leyes sancionadas por la
asamblea nacional con el fin de establecer las normas.
Al igual las leyes anteriormente nombradas son sancionadas por la
asamblea nacional, pero a su vez es más relevante porque tiene la facultad
de delegar al presidente o presidenta de la república.
3. Se sigue un proceso para el cumplimiento de esta los cuales son:
La presentación de un proyecto para la ley habilitante
Una junta directiva de la Asamblea Nacional que establecerá
si el plan cumple o no con los requisitos requeridos para la
presentación de los proyectos de la ley.
Si dicho proyecto es aceptado en la primera discusión, se
remite a la Comisión Especial.
Una vez admitido el informe de dicha delegación, la Junta
Directiva decidirá su distribución entre los congresista y
fijará, dentro de los diez días hábiles siguientes.
Una vez corregida la ley por la Asamblea Nacional, se
consigna al Ejecutivo para su divulgación y publicación en la
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela