Este documento presenta las normas de convivencia, organización y funcionamiento del CRA "La Manchuela". Incluye principios del proyecto educativo, normas de convivencia y conducta, derechos y obligaciones de la comunidad educativa, protocolos para situaciones como el acoso escolar o absentismo, y criterios de organización del centro como el calendario, horarios y uso de instalaciones. El objetivo es fomentar una convivencia basada en el respeto, la solidaridad y la responsabilidad individual y social.
1. CRA “LA MANCHUELA”
Fecha de la última revisión: octubre 2021
NORMAS
DE CONVIVENCIA,
ORGANIZACIÓN
Y FUNCIONAMIENTO
2. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
2
CONTENIDO
1. INTRODUCCIÓN. ........................................................................................................................................................5
1.1 Justificación..............................................................................................................................................................5
1.2 REFERENTES LEGALES...............................................................................................................................................6
2. PROPUESTA DE NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO...........................................11
2.1 Principios Recogidos En El Proyecto Educativo De Centro...................................................................................11
2.2 Procedimientos Para su Elaboración, Aplicación y Revisión. ..............................................................................13
2.3 Normas de Convivencia..........................................................................................................................................15
2.3.1 Normas Generales Del Centro. .......................................................................................................................15
2.3.2 Medidas Preventivas.......................................................................................................................................18
2.3.3 Medidas Correctoras.......................................................................................................................................19
2.3.4 Conductas Contrarias a las Normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento del Centro y Aula. ..22
2.3.5 Conductas Gravemente Perjudiciales para la Convivencia en el Centro.......................................................23
2.3.6 Procedimientos para Aplicar las Medidas Correctoras..................................................................................24
2.3.7 Autoridad del Profesorado. ............................................................................................................................27
2.3.8 Actuación Del Centro Educativo Cuando Un Menor No Acata Las Normas De Convivencia. .......................32
2.4 Normas de Aula.....................................................................................................................................................33
2.5 Derechos y Obligaciones de los Miembros de la Comunidad Educativa.............................................................37
2.6 Mediación: Procedimientos y Responsables........................................................................................................43
2.7 Régimen de Funcionamiento de los Órganos de Coordinación Docente y la Comisión de Convivencia............46
2.7.1 La Tutoría.........................................................................................................................................................46
2.7.2 El Equipo Docente. ..........................................................................................................................................48
2.7.3 El Equipo de Orientación y Apoyo. .................................................................................................................49
2.7.4 Los Equipos de Nivel y Ciclo............................................................................................................................51
2.7.5 La Comisión de Coordinación Pedagógica......................................................................................................53
2.7.6 La Comisión de Convivencia............................................................................................................................55
2.8 Otros Responsables y Servicios. ...........................................................................................................................56
2.8.1 El Responsable de Actividades Complementarias y Extracurriculares. ........................................................56
2.8.2 Encargado de Biblioteca del Centro................................................................................................................57
2.8.3 Comisión Gestora y Encargado del Programa de Reutilización de Libros. ....................................................58
2.8.4 Encargado de Material Fungible y Espacios Comunes. ..................................................................................59
2.8.5 Coordinador-a de Prevención en Riesgos Laborales......................................................................................59
2.8.6 Responsable covid...........................................................................................................................................61
2.8.7 Coordinador-a de Formación en el Centro.....................................................................................................61
2.8.8 Profesorado de Apoyo a la Convivencia.........................................................................................................62
3. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
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2.8.9 Transporte Escolar. .........................................................................................................................................62
2.9 Criterios Asignados por el Claustro Para:.............................................................................................................65
2.9.1 Definición de Grupos.......................................................................................................................................65
2.9.2 Asignación de Tutorías y Cursos. ....................................................................................................................67
2.9.3 Designación de Coordinadores de Nivel y Ciclo. ............................................................................................68
2.9.4 Asignación de Desdobles...............................................................................................................................69
2.10Criterios de Organización y Funcionamiento General del Centro. ......................................................................72
2.10.1 Calendario. ....................................................................................................................................................72
2.10.2 Horarios.........................................................................................................................................................73
2.10.3 Ausencia del Profesorado. ...........................................................................................................................80
2.10.4 MEDIDAS COMPLEMENTARIAS AL II PLAN CONCILIA. ...................................................................83
2.10.5 Entradas y Salidas del Centro. ......................................................................................................................86
2.10.6 Recreos. .........................................................................................................................................................88
2.10.7 Salidas del Centro por Actividades Complementarias /Extracurriculares...................................................89
2.11 Uso de las Instalaciones y Recursos del Centro...................................................................................................91
3. COMUNICACIÓN Y ACTUACIÓN CON LAS FAMILIAS...............................................................................................92
3.1. Herramientas de comunicación con las familias..................................................................................................92
3.2. Procedimiento ante las Faltas de Asistencia del alumnado. ...............................................................................93
3.3. Derecho a una Evaluación Objetiva......................................................................................................................94
3.4. Actuación Ante Un Problema Médico Del Alumno-a...........................................................................................97
3.4.1 Introducción. ...................................................................................................................................................97
3.4.2 Procedimiento de Intervención. .....................................................................................................................98
3.4.3 A tener en cuenta durante el covid-19...........................................................................................................99
3.4.4 Procedimiento y actuaciones del Equipo directivo......................................................................................100
3.5. Reclamación de Daños y Perjuicios en Caso de Accidente Escolar....................................................................103
3.6. Actuación Del Centro cuando un Menor No es Recogido al Finalizar el Horario Escolar..................................103
4. PROTOCOLO DE ABSENTISMO ESCOLAR...............................................................................................................106
4.1. Consideraciones Previas. ....................................................................................................................................106
4.2. Itinerario de Intervención...................................................................................................................................112
5. PLAN DE ACOGIDA.................................................................................................................................................118
5.1 Acogida del Nuevo Profesorado. .........................................................................................................................118
5.2 Acogida del Nuevo Alumnado y Familias. ...........................................................................................................119
5.3 Recomendaciones para el Profesorado con Alumnado Inmigrante de Nueva Incorporación...........................120
5.4 Adaptación del Alumnado de Educación Infantil 3 años. ...................................................................................123
6. PROTOCOLO CAMBIO CUSTODIA PADRES/TUTORES...........................................................................................124
7. PROTOCOLO ANTE SITUACIONES DE ACOSO ESCOLAR. .......................................................................................129
7.1 Descripción...........................................................................................................................................................129
4. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
4
7.2 Identificación De La Situación..............................................................................................................................130
7.3 Constitución De La Comisión de Acoso Escolar...................................................................................................131
7.4 Medidas Inmediatas a Adoptar por el Centro Educativo....................................................................................132
7.5 Elaboración del Plan de Actuación. .....................................................................................................................133
7.6 Información a Las Familias...................................................................................................................................137
7.7 Derivación a Otras Instancias...............................................................................................................................137
7.8 Evaluación y Seguimiento. ...................................................................................................................................138
7.9 Anexo Al Protocolo de Acoso Escolar. .................................................................................................................138
8. PROTOCOLO DE ACTUACIONES DIRIGIDO A MENORES SOBRE IDENTIDAD Y EXPRESIÓN DE GÉNERO. ............139
8.1 Criterios Generales de Actuación. .......................................................................................................................139
8.2 Medidas de Actuación en el Ámbito Educativo...................................................................................................139
9. PROTOCOLO DE COORDINACIÓN DE TRASTORNO POR DÉFICIT DE ATENCIÓN E HIPERACTIVIDAD (TDAH). ....143
9.1 Inicio del protocolo en el Centro educativo. .......................................................................................................143
9.2 Seguimiento, Intercambio de Información posterior al Diagnóstico. ................................................................145
10. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE SITUACIONES DE ACOSO LABORAL..............................................................146
11. PLAN DE PARTICIPACIÓN DE LAS FAMILIAS..........................................................................................................148
12. ANEXOS..................................................................................................................................................................153
12.1 Carta de Convivencia..........................................................................................................................................153
12.2 CUADROS NORMAS DE CONVIVENCIA. .............................................................................................................155
12.3 INSTRUCCIONES Y MODELOS PARA EL TRÁMITE DE AUDIENCIA. ....................................................................163
12.4 Normas de Aula..................................................................................................................................................171
12.5 SOLICITUD DE PERMISOS PARA ASUNTOS RETRIBUIDOS.................................................................................177
177
12.6 AUTORIZACIÓN PARA RECIBIR INFORMACIÓN A TRAVÉS DE WHATSAPP.......................................................178
12.7 MODELO DE AUSENCIA O BAJA PROLONGADA. ...............................................................................................179
(_) AUSENCIA / (_) BAJA DEL ALUMNADO .........................................................................................179
COMUNICACIÓN DE LA FAMILIA ......................................................................................................................179
12.8 CONTENIDO DEL CUADERNO DE ACOGIDA. ......................................................................................................180
12.9 CONTENIDO DEL CUADERNO DE ADAPTACIÓN (EI3 AÑOS)..............................................................................180
12.10 MODELO CAMBIO CUSTODIA PADRES/TUTORES. ..........................................................................................181
12.11 MODELO DE CESIÓN DE DISPOSITIVO .............................................................................................................182
12.10 MODELO CAMBIO CUSTODIA PADRES/TUTORES. ..........................................................................................183
5. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
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1.INTRODUCCIÓN.
1.1 JUSTIFICACIÓN.
La escuela debe concebirse como un espacio de convivencia que permita
acompañar el desarrollo de cada niño y niña como sujetos con derechos y
responsabilidades, es decir como ciudadanos y ciudadanas que forman parte no sólo de
este sistema sino de otros más amplios y complejos en los que crecen y se relacionan,
como son la familia y la sociedad.
La convivencia escolar debe plantearse como un objetivo permanente y su
construcción y mantenimiento es una tarea compleja, pero necesaria y posible, además
de una experiencia educativa rica y valiosa, dado que el aula y la escuela son los
primeros espacios públicos de participación de las jóvenes generaciones.
Es fundamental que el tiempo que nuestros-as alumnos-as pasan en la escuela, sea
considerado por ellos-as como momentos en los que se pongan en marcha los valores,
los aprendizajes, la creatividad, etcétera.
Para ello la escuela debe generar, facilitar y promover espacios y
oportunidades para el diálogo, el debate, el acercamiento, el análisis y la reflexión, así
como la resolución de cuantos conflictos pudieran darse.
La escuela en su cometido de formar ciudadanas y ciudadanos, debe transmitir
valores democráticos como: la promoción de la solidaridad, la paz, la justicia, la
responsabilidad individual y social, el respeto al otro, el cumplimiento de la norma, etc.
Enseñar a convivir es tarea de toda la Comunidad Educativa. Para conseguirlo es
fundamental el trabajo conjunto y coordinado de escuela, familia y entorno.
Para que el aprendizaje sea posible, los intercambios alumnos/docentes/padres,
que comparten la actividad en la escuela y que conforman esa red de vínculos
interpersonales que denominamos CONVIVENCIA deben construirse cotidianamente,
mantenerse y renovarse cada día.
6. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
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1.2 REFERENTES LEGALES.
CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA 1978.
CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA 1978, artículo 27.
LEYES ORGÁNICAS Y LEYES GENERALES.
LEY Reguladora del Derecho a la Educación (LODE).
LEY de Educación (LOE).
LEY de Participación Social en la Educación de CLM.
LEY de Educación de Castilla-La Mancha.
LEY de Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE).
TRASPASO COMPETENCIAS Y ESTRUCTURA CONSEJERÍA EDUCACIÓN.
Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha.
RD Traspaso Competencias Educación CLM.
DE por el que se establece la estructura orgánica, organización de funciones
y competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes,
modificado por:
2011.09.08_269 DECRETO.
DE por el que se regula la estructura orgánica y las competencias de las
Delegaciones Provinciales, y de los Servicios Periféricos de las Consejerías.
RÉGIMEN ESTATUTARIO de los FUNCIONARIOS PÚBLICOS Y PROFESORADO.
RD Régimen Disciplinario Funcionarios.
LEY Régimen Jurídico Administraciones Públicas.
LEY Estatuto Básico del Empleado Público.
OR Homologación y Certificación Formación Profesorado.
OR Acreditación Nivel Competencia Idiomas Profesorado.
LEY Empleo Público CLM.
DE Horario Lectivo Docentes CLM.
DE Modificación 2011.09.15_277.
DE Modificación 2011.09.15_277.
RD Especialidades Docentes del Cuerpo de Maestros en Infantil y Primaria.
DE Centro Regional de Formación del Profesorado CLM y Estructura del
Modelo de Formación Permanente del Profesorado.
7. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
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RE Instrucciones sobre el procedimiento de actuación ante situaciones que
requieran justificación de las ausencias al trabajo por enfermedad común o
accidente no laboral.
OR Organización y funcionamiento de los diferentes órganos que forman el
modelo de formación del profesorado CLM.
Protocolo Operativo Defensa Docentes.
OR Funcionamiento la Unidad de Atención al Profesorado.
RE Protocolo de prevención, identificación y actuación frente al acoso en el
lugar de trabajo.
RE por la que se establece el II Plan para la conciliación de la vida personal,
familiar y laboral de las empleadas públicas y de los empleados públicos de
la Administración de la JCCM.
RE relativa a las medidas complementarias al II Plan Concilia.
CONVIVENCIA, DERECHOS y DEBERES.
RD Derechos y Deberes de los Alumnos y Normas de Convivencia en los
Centros.
DE Convivencia Escolar en CLM.
DE Protección Social y Jurídica de los Menores en CLM.
LEY de Autoridad del Profesorado CLM
DE Autoridad del Profesorado de CLM
LEY Protección Social y Jurídica de la Infancia y la Adolescencia CLM.
RE por la que se acuerda dar publicidad al protocolo de actuación ante
situaciones de acoso escolar en los centros docentes públicos no
universitarios de Castilla-La Mancha.
IN Derecho de los padres, madres, tutores legales a tener copia de los
exámenes.
ADMISIÓN y RATIOS.
DE Admisión del alumnado.
Modificado por 2012.12.27_163 DE.
OR Desarrollo del Proceso de Admisión del Alumnado.
Modificada por 2013.01.15 OR.
OR Criterios y Procedimientos para la Prevención, Intervención y Seguimiento
sobre el Absentismo Escolar.
DE Ratios del Alumnado por Aula a partir del curso escolar 2012/2013.
8. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
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RE Admisión de Alumnado para cada curso escolar.
RE Ratios del Alumnado para cada curso escolar.
IN relativas a la admisión para cada curso escolar.
EJERCICIO DE LA DIRECCIÓN y ELECCIÓN DE ÓRGANOS DE GOBIERNO.
OM Elección Consejos Escolares.
OR Procedimiento de Consolidación Parcial del Componente Singular del
Complemento Específico de los Directores.
DE Ejercicio de la Función Directiva.
DE Modificación 2012.06.28_91 DE Función Directiva.
RE Programa de Formación Inicial Directores.
RE Concurso Méritos Dirección Centros.
RE Fecha Elecciones Consejo Escolar.
IN Elecciones Consejo Escolar.
RD Curso Formación Función Directiva.
EVALUACIÓN y TITULACIÓN.
OR Evaluación de Centros Docentes en CLM.
RE Evaluación Función Docente.
REGLAMENTOS, FUNCIONAMIENTO y ORGANIZACIÓN DEL CENTRO.
OM Organización y Funcionamiento de los colegios de educación infantil y
primaria, modificada por:
OM (Algunos aspectos no contemplados en normativa posterior)
RD Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los
Colegios de Educación Primaria (Algunos aspectos no contemplados en
normativa posterior).
OM Ampliación 1996.01.26_82 RD
DOC Proyecto Educativo de Castilla la Mancha
OR Coordinación de Prevención de Riesgos Laborales.
RD Requisitos Mínimos de los centros de Infantil, Primaria y Secundaria.
OR Organización y Funcionamiento de los colegios de educación infantil y
primaria.
DE Atención especializada y orientación educativa y profesional del
alumnado CLM.
DE Orientación Educativa y Profesional de CLM.
9. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
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DE de Inclusión Educativa para el alumnado de CLM.
GESTIÓN ECONÓMICA.
DE Régimen Jurídico Autonomía Gestión Económica Centros.
DL Texto Refundido Ley de Hacienda CLM.
OR Desarrollo Decreto 77_2002 Gestión Económica Centros.
IN Adquisición de equipos y material por los centros docentes.
EDUCACIÓN INFANTIL
A. ORDENACIÓN ACADÉMICA. CURRÍCULO
RD Enseñanzas Mínimas del segundo ciclo de Educación Infantil.
DE Currículo de Educación Infantil CLM.
OM Currículos de Religión Católica.
DE Contenidos educativos del primer ciclo de la Educación Infantil y se
establecen los requisitos básicos que deben cumplir los centros que lo
impartan en CLM.
B. EVALUACIÓN
OR Evaluación del alumnado del segundo ciclo de Educación infantil CLM.
EDUCACIÓN PRIMARIA
A. ORDENACIÓN ACADÉMICA
RD Enseñanzas mínimas Educación Primaria.
OM Currículos de Religión Católica.
RD Currículo Básico de Educación Primaria.
DE Currículo de la Educación Primaria en CLM.
OM Currículo, Evaluación y Organización Educación Primaria.
B. EVALUACIÓN
OR Organización y Evaluación Educación Primaria CLM.
OR Elementos y características de los Documentos Oficiales de la Evaluación
en Educación Primaria de CLM.
RD por el que se regulan las características generales de las pruebas de la
evaluación final de Educación Primaria.
Instrucciones por las que se regula la Evaluación Individualizada del
alumnado de tercer curso de primaria.
10. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
10
SERVICIOS COMPLEMENTARIOS.
DE Organización y Funcionamiento Servicio Transporte Escolar.
PLANES Y PROTOCOLOS.
Protocolo de Absentismo Escolar.
Protocolo de actuación ante situaciones de acoso escolar.
OR Programa de Reutilización de Libros.
OR Proyectos bilingües y plurilingües en las enseñanzas de segundo ciclo de
Educación Infantil y Primaria.
Protocolo Unificado de Intervención con niños y adolescentes de CLM.
Protocolo de Actuaciones dirigido a Menores sobre Identidad y Expresión de
Género.
Protocolo de Coordinación de TDAH.
Protocolo de prevención, identificación y actuación frente al acoso en el
lugar de trabajo.
Guía para centros educativos de la Agencia Española de Protección de
Datos.
II Plan para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las
empleadas y los empleados públicos.
Plan de Contingencia, con las medidas de prevención, higiene y promoción
de la salud frente al COVID-19 para centros educativos durante el curso 2021-
22, según aprobación de la Comisión de Salud pública el 18/05/2021.
Guía educativo-sanitaria curso 2021-22.
ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES.
DE de Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos.
COOPERACIÓN INTER-INSTITUCIONAL.
RE Cooperación entre los centros docentes y los centros de salud de CLM, y
se establecen los procedimientos de vinculación entre ambos centros.
11. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
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2.PROPUESTA DE NORMAS DE CONVIVENCIA,
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO.
2.1 PRINCIPIOS RECOGIDOS EN EL PROYECTO EDUCATIVO DE
CENTRO.
Los principios y valores que guían el plan de convivencia y sirven de referente para
el desarrollo de la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión de nuestro CRA son:
La calidad de la educación para todo el alumnado, independientemente de sus
condiciones y circunstancias.
La equidad, que garantice la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y
la no discriminación, y actúe como elemento compensador de las desigualdades
personales, culturales, económicas y sociales.
El respeto por los derechos y deberes de todas y todos los componentes de la
comunidad educativa y la garantía de su protección y defensa.
- Divulgando los derechos y deberes.
- Velando por el cumplimiento de las normas que regulan estos derechos
y deberes.
La transmisión y puesta en práctica de valores que favorezcan la libertad personal,
la responsabilidad, la ciudadanía democrática, la solidaridad, la tolerancia, la
igualdad, el respeto y la justicia.
- Promoviendo la coordinación con otras instituciones del entorno para
evitar emitir mensajes contradictorios.
El desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje en un clima de respeto
mutuo.
- Introduciendo en las distintas programaciones didácticas de todas las
áreas, contenidos que fomenten actitudes de respeto y tolerancia.
- Impregnando todas las actividades que se realicen dentro y fuera del
centro de este clima de respeto mutuo.
La participación de la comunidad educativa en la organización, gobierno y
funcionamiento de nuestro centro.
- Valorando y promoviendo la participación de la comunidad educativa
en la elaboración, cumplimiento y evaluación de:
Las normas de convivencia del centro y aula.
12. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
12
Los documentos programáticos del centro.
Los órganos de participación del centro.
Las actividades complementarias y extracurriculares.
- Concibiendo la educación como una tarea compartida y de
responsabilidad mutua por alumnado, familias, profesorado y demás
instituciones.
- Favoreciendo la autonomía del centro en todos los ámbitos pero sin
olvidar la participación de toda la comunidad educativa.
La concepción de la educación como un aprendizaje permanente y global,
atendiendo a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades de
los miembros de la comunidad educativa.
- Valorando y promoviendo la formación del profesorado a través de
grupos de trabajo, seminarios, cursos, etc.
- Valorando y promoviendo la formación de las familias a través de
escuelas de madres y padres, cursos, etc.
- Favoreciendo una formación básica para todo el alumnado, teniendo
en cuenta la diversidad de intereses y aptitudes.
- Fomentando en el alumnado la cultura del aprendizaje permanente.
- Fomentando el aprendizaje significativo en el alumnado. Pensamos que
la experimentación y la vivencia personal crea redes de conocimientos
duraderos que facilitan la generalización a nuevos aprendizajes y a
todos los aspectos que impregnan el currículo.
- Individualizando lo máximo posible el proceso de
enseñanza/aprendizaje. Para ello creemos que es imprescindible que
los tutores/as permanezcan el mayor tiempo posible con su grupo-clase.
- Estando abiertos a nuevos métodos, recursos, instrumentos que hagan
más eficaz la consecución de objetivos; actualizándonos en materiales
y contenidos, que recojan las nuevas técnicas sobre rendimiento
escolar, motivación, desarrollo personal, etc.
La educación para la prevención y la resolución pacífica de conflictos, de manera
justa y democrática, así como la no violencia en todos los ámbitos de la vida
personal, familiar y social.
- Desarrollando actuaciones preventivas en el centro que favorezcan
estos valores.
- Introduciendo en las normas de centro y aula técnicas de resolución de
conflictos como: mediación, ayuda entre iguales, asambleas, etc.
13. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
13
Garantizar el cumplimiento de las medidas covid-19 establecidas en el plan de
inicio de curso.
2.2 PROCEDIMIENTOS PARA SU ELABORACIÓN, APLICACIÓN Y
REVISIÓN.
La responsabilidad institucional para la elaboración de estas normas se sitúa en el
Equipo Directivo. Pero en un modelo de convivencia democrática, de participación y de
inclusión, este cometido precisa ser fruto del consenso; por tanto la propuesta se comparte
con el resto de la comunidad educativa (principalmente docentes y familias) para su
debate, valoración de aportaciones y aprobación definitiva.
Por ello, será fundamental la participación de toda la comunidad educativa a través
de los diferentes órganos de gobierno y coordinación docente, trabajándose, en primer
lugar, a través de niveles y ciclos, donde se analice y estudie la problemática y
particularidades de cada nivel y etapa educativa:
Analizando las causas de las conductas problemáticas.
Analizando las medidas que se aplican, su eficacia y la necesidad o no de cambio.
Estableciendo procesos de negociación y consenso de normas, así como
consecuencias ante el incumplimiento de las mismas y responsables.
Estableciendo un clima positivo donde las medidas tengan un carácter corrector
más que sancionador, y principalmente socioeducativo.
A través de este análisis podemos establecer cuáles serán las líneas de actuación
esenciales, compartidas por toda la comunidad, que van a gestionar convivencia en el
centro.
La elaboración de las normas de centro y de aula se guiará por criterios comunes:
Que potencien la prevención antes que la intervención.
Que reflejen consecuencias positivas y negativas.
Que sean consensuadas y democráticas.
Que sean compartidas y conocidas por toda la comunidad educativa.
Que exista coherencia entre las normas de aula y las normas de centro.
Que puedan modificarse, a través del consenso, en función de nuevas
necesidades.
14. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
14
Según el artículo 129 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, es competencia del
Claustro de profesores aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos
educativos de los proyectos y de la Programación general anual.
La aprobación definitiva del Proyecto educativo (NCOOF) corresponde al responsable
de la Dirección del centro, según se dispone entre sus competencias en el artículo 132 de la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, modificado por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre.
Al Consejo escolar le corresponde evaluar el Proyecto educativo (NCOOF) y la
Programación general anual, sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores en
relación con la planificación y organización docente, tal como establece el artículo 127 de la
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, modificado por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre.
Que tengan una redacción clara y sencilla.
Que sean visibles, tanto en el aula como en el centro.
Un primer borrador será remitido a cada miembro del Claustro y del Consejo Escolar,
además de a las AMPAS y los Ayuntamientos para su revisión y realización de aportaciones.
Una vez realizado el documento definitivo será presentado y aprobado en Consejo
Escolar primero, y finalmente por la Dirección del centro educativo.
Para llevar a cabo la aplicación de las Normas elaboradas, la Dirección del centro
las hará públicas a toda la comunidad educativa, siendo a partir de ese momento de
obligado cumplimiento para todos los miembros de la comunidad educativa.
La validez de estas normas permanecerá hasta la elaboración y aprobación de otras
que las sustituyan.
En el siguiente diagrama se resume el proceso de elaboración:
NORMAS DE CONVIVENCIA,
ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO
ELABORA
Equipo Directivo
APORTAN
Claustro
Consejo Escolar
APRUEBA
Consejo Escolar
Dirección
15. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
15
2.3 NORMAS DE CONVIVENCIA.
Como ya se ha reiterado anteriormente, dentro de los principios educativos
recogidos en el PEC, el CRA apoya de forma conjunta un modelo de convivencia
compartido por todos los sectores de la Comunidad Educativa. A partir de esta premisa las
líneas de actuación que definimos pretenden apoyar formas de convivencia
incentivadoras de comportamientos deseables y una clara potenciación de las medidas
preventivas, para evitar en la medida de lo posible las correcciones.
Por tanto y a través de los diferentes niveles que rigen la vida del CRA (centro, aula,
espacios comunes…), el alumnado debe interiorizar estas normas que han sido
consensuadas con el profesorado y el grupo de iguales, de modo que sea capaz de
analizar y prever las posibles consecuencias de sus acciones. En este sentido lo que
tratamos de conseguir con estas normas es facilitar la vida del centro, creando un clima
positivo e incentivando la adquisición de valores y competencias básicas para su
aprendizaje y desarrollo.
En el colegio los-as alumnos-as aprenden a convivir respetando a los demás. Por
tanto, se intenta facilitar un clima social que favorezca la convivencia, el respeto y la
tolerancia.
2.3.1 NORMAS GENERALES DEL CENTRO.
En el marco del Decreto de convivencia de C-LM, en nuestro centro formulamos
normas en los siguientes ámbitos:
Ámbito I: PROCESOS DE
ENSEÑANZA-APRENDIZAJE
Ámbito II: RELACIONES
INTERPERSONALES
Ámbito III: USO DE
DEPENDENCIAS, MATERIALES Y
SALUD
Asistencia y Puntualidad.
Clima de aprendizaje.
Material necesario y trabajo
en casa.
Respeto y cuidado del
material escolar propio y
ajeno.
Respeto a todas las personas,
sus opiniones e ideas y uso del
diálogo para resolver conflictos.
Respeto a la autoridad del
profesorado e indicaciones del
personal no docente.
Respeto de espacios y sus usos:
Clase, biblioteca, transporte
escolar, pasillos, patio, sala de
ordenadores, aseos…
Cuidado e higiene personal.
Y las concretamos de la siguiente manera:
16. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
16
Asistir a clase en buenas condiciones de salud e higiene.
Asistir al colegio con regularidad y puntualidad. Las faltas de asistencia de los
alumnos serán comunicadas por el tutor/a a la Jefa de Estudios. La familia será
informada de dichas faltas y las justificará mediante nota escrita y/o entrevista.
Cuándo se dé un número significativo de faltas de asistencia sin justificar se
procederá a la puesta en marcha del Protocolo de Absentismo (anexo)
Respetar la dignidad y funciones del profesorado y de cuantas personas trabajen
en el centro.
Respetar la dignidad, integridad, libertad y demás derechos de los alumnos-as.
Las aulas permanecerán limpias y ordenadas (tanto el material, como el mobiliario).
La estancia en el centro requerirá:
Utilizar las papeleras y contenedores para mantener limpio el colegio.
Comportarse adecuadamente en los pasillos (no correr, no arrojar
materiales,...).
Utilizar buenos modales y habilidades sociales (saludar, no gritar, no decir
palabrotas,…).
Durante las horas de recreo, el alumnado permanecerá en el patio, quedando
prohibido pasar a las clases sin permiso de los docentes responsables de la vigilancia
de los recreos.
Los días de lluvia, nieve, viento o mal tiempo en general, el alumnado permanecerá
en su aula acompañados por su profesor tutor/a. El profesorado especialista con
docencia ese día en el centro, apoyará la labor de vigilancia de las aulas y/o
espacios comunes.
Es recomendable evitar los juegos que puedan causar incidentes al propio
alumnado.
El colegio tiene un horario establecido para la visita de padres, madres o tutores.
Fuera de este horario no podrán interrumpir las clases u otras actividades
programadas, salvo que desde el mismo centro se solicite su presencia en el mismo
o por un motivo de fuerza mayor.
El almuerzo lo traerán los/as niños/as de casa, y en caso de olvido se aprovechará
el recreo, en la medida de lo posible, para traerlo.
17. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
17
En el caso de que algún alumno tenga que salir del recinto escolar en horario
lectivo, es necesaria la autorización escrita del padre, madre o tutor legal, y el visto
bueno del tutor/a, la Jefatura de Estudios o la Dirección del centro.
En caso de accidente en el recinto escolar se seguirá lo establecido en el protocolo
de accidentes escolares (apartado 3.4.).
Las salidas para realizar excursiones, visitas u otras actividades extracurriculares fuera
del recinto escolar, requerirán una autorización por escrito por parte de los padres,
madres o tutores.
La rotura o deterioro de las instalaciones, mobiliario o material escolar por uso
indebido, negligencia o intencionadamente deberán ser abonados
económicamente por los responsables del alumno o alumna que lo haya
ocasionado.
No se podrá asistir al centro o a las actividades organizadas por él fuera del recinto
escolar con material audiovisual, informático, digital o cualquier otro objeto de valor
y/o personal (como pueden ser con móviles, mp4, tablets, dinero,…) que no haya
sido autorizado por la Dirección del centro.
Estas normas generales implican a todos los sectores de la comunidad educativa,
de manera que siendo responsables y cumpliendo con ellas contribuimos todos a mejorar
el clima de convivencia en nuestro centro.
Igualmente se han de tener en cuenta una serie normas y medidas organizativas y
procedimentales enfocadas a la prevención, higiene y promoción de la salud frente al
Covid-19, en el curso escolar 2021-2022, con la finalidad de conseguir los siguientes
objetivos:
a) Ofrecer al alumnado y personal docente un entorno seguro, saludable y
sostenible, con especial protección para aquellos colectivos de mayor vulnerabilidad
para el COVID-19, con el fin de que se puedan desarrollar las actividades propias del
sistema educativo minimizando al máximo el riesgo.
b) Establecer las medidas necesarias para prevenir y controlar la pandemia.
c) Fomentar el respeto y la inclusión, especialmente hacia situaciones de
mayor vulnerabilidad emocional y social, evitando posibles situaciones de
estigmatización de alumnos, docentes o cualquier miembro de la comunidad educativa
que haya podido estar expuesto al virus.
d) Difundir a toda la Comunidad Educativa estas medidas promoviendo la
coordinación y participación.
18. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
18
Asimismo, se consideran criterios comunes de intervención para todo el personal
docente del centro los siguientes:
En todos los casos, se debe velar por el cumplimiento de las normas y asumir la
responsabilidad que todos tenemos en los temas relacionados con la convivencia.
Se han de abordar los conflictos para su resolución de manera inmediata y sin
implicar a otras instancias, siempre que el profesorado pueda resolverlo sin otros
mediadores.
Ante un conflicto, se debe procurar el contraste de opiniones con los implicados y
solicitar la intervención de otros órganos del centro que se consideren adecuados
para recibir asesoramiento o tomar decisiones respecto a las medidas a adoptar
para la adecuada resolución.
Respetar las normas covid-19 para mantener seguro el entorno escolar: uso correcto
de la mascarilla y mantener la distancia de seguridad.
2.3.2 MEDIDAS PREVENTIVAS.
Tal y como se recoge en los criterios y elementos básicos de las normas de
convivencia, éstas deben tener un carácter preventivo antes que corrector o sancionador,
para la cual se establecerán las siguientes medidas:
Iniciativas curriculares y organizativas que favorezcan la participación del alumnado
en el centro y el compromiso con su propio proceso de aprendizaje, como pueda
ser la elaboración democrática de las Normas de Aula o Contratos de Aprendizaje.
Medidas dirigidas a modificar aquellas circunstancias personales, familiares o
sociales que puedan ser determinantes de actuaciones contrarias a las Normas de
Convivencia, en colaboración con los Servicios Socio-sanitarios de la zona (por
ejemplo, con la elaboración de Informes y Programas de Intervención
Socioeducativos).
Puesta en marcha del Plan de Acogida del alumnado, familias y profesorado de
nueva incorporación en el centro (apartado 4).
Suscribir Compromiso de Convivencia con aquellas familias del alumnado que
presente problemas de comportamiento y de aceptación de las normas de aula
y/o centro, con el objetivo de establecer criterios comunes de actuación con el
19. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
19
profesorado y colaborar en la realización y seguimiento de las medidas que se
propongan para superar esa situación.
Favorecer la resolución pacífica de conflictos entre alumnado o entre éstos y el
profesorado mediante la utilización de la Asamblea de Aula o la Tutoría
Individualizada con el alumnado a lo largo del curso.
Tratamiento de los Derechos y Deberes del alumnado en sesiones de tutoría grupal
así como el desarrollo de programas de habilidades sociales, inteligencia
emocional, igualdad de género, educación en valores, educación para la salud,
etc.
Informar y formar a las familias en el conocimiento y aplicación de las Normas de
Convivencia a través de reuniones con los tutores, charlas dentro de la Escuela de
Familias, con el seguimiento diario de las tareas escolares, el estudio o el
comportamiento del alumno (utilizando la Agenda Escolar).
Asesoramiento especializado del Equipo de Orientación y Apoyo al profesorado,
Equipo Directivo, resto de personal del centro y familias para impulsar y reforzar la
convivencia en el centro educativo.
Compromiso de todo el profesorado para velar por el cumplimiento del alumnado
de las Normas de Convivencia en todo el recinto escolar: aula, pasillos, patio y
espacios comunes.
Del mismo modo, y según el documento “Plan de Inicio de curso 2020”, se tendrán
en cuenta los siguientes principios básicos de prevención, higiene y promoción de la
salud frente al Covid-19:
La limitación de contactos ya sea manteniendo una distancia de 1,5 metros, pudiendo
reducir esta a 1,20 metros, en determinados caos de espacios más reducidos.
La higiene de manos como medida básica para evitar la transmisión.
La ventilación frecuente de los espacios y la limpieza del centro.
Una gestión adecuada y precoz ante la posible aparición de un caso.
2.3.3 MEDIDAS CORRECTORAS.
Atendiendo al Título III de Decreto de Convivencia en su artículo 18 se definen como
conductas susceptibles de medidas correctoras aquellas que:
20. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
20
“…aquellas que vulneran lo establecido en las Normas de convivencia,
organización y funcionamiento del centro y del aula o atentan contra la
convivencia cuando son realizadas:
a. Dentro del recinto escolar.
b. Durante la realización de actividades complementarias y extracurriculares.
c. En el uso de los servicios complementarios del centro.
Asimismo, se tendrán en consideración aquellas que, aunque se realicen fuera del
recinto, estén motivadas o directamente relacionadas con la actividad escolar”.
En la aplicación de estas medidas correctoras hay que tener siempre en cuenta que
el alumnado no puede ser privado del ejercicio del derecho a la educación por lo que,
cuando se den las circunstancias y condiciones establecidas en los artículos 25 y 26 del
Decreto de Convivencia, se podrá imponer como medida correctora la realización de
tareas educativas fuera del aula o del centro docente durante el periodo lectivo
correspondiente.
En cualquier caso y según establece el artículo 28 del Decreto de Convivencia, para
la adopción de las medidas correctoras será preceptivo el trámite de audiencia al alumno-
a, las familias y el conocimiento del docente responsable de la tutoría.
(Anexo Instrucciones a seguir para cumplimentar el trámite de audiencia).
21. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
21
Criterios de aplicación de las medidas
educativas correctoras
Circunstancias que atenúan la gravedad
Circunstancias que aumentan la
gravedad
Para la aplicación de las medidas
correctoras se tendrán en cuenta, junto al
nivel y etapa escolar, las circunstancias
personales, familiares y sociales.
Las medidas correctoras deben ser
proporcionales a la gravedad de la
conducta que se pretende modificar y
deben contribuir al mantenimiento y la
mejora del proceso educativo. En este
sentido, deben tener prioridad las que
conlleven comportamientos positivos de
reparación y de compensación mediante
acciones y trabajos individuales y
colectivos que repercutan de forma
positiva en la comunidad y en el centro.
En ningún caso pueden imponerse
medidas correctoras que atenten contra
la integridad física y la dignidad personal
del alumnado.
El reconocimiento espontáneo de la
conducta incorrecta.
La ausencia de medidas correctoras
previas.
La petición de excusas en los casos de
injurias, ofensas y alteración del desarrollo
de las actividades del centro.
El ofrecimiento de actuaciones
compensadoras del daño causado.
La falta de intencionalidad.
La voluntad de participar en un proceso
de mediación, cuando sea posible, y de
cumplir los acuerdos que se adopten.
Los daños, injurias u ofensas a
compañeros de menor edad, de nueva
incorporación, o que presenten
condiciones personales de desigualdad
manifiesta, además de comportamientos
discriminatorios, sea cual sea la causa.
Conductas que atentan contra la
integridad física o moral y la dignidad de
los profesionales del centro.
La premeditación y la reincidencia.
La publicidad.
Las realizadas colectivamente (entre dos
o más alumnos-as).
22. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
22
2.3.4 CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO
Y AULA.
CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO
CONDUCTAS CONTRARIAS: MEDIDAS CORRECTORAS:
a. Las faltas injustificadas de asistencia a clase
o de puntualidad.
b. La desconsideración con los otros miembros
de la comunidad escolar.
c. La interrupción del normal desarrollo de las
clases.
d. La alteración del desarrollo normal de las
actividades del centro.
e. Los actos de indisciplina contra miembros
de la comunidad escolar.
f. El deterioro, causado intencionadamente,
de las dependencias del centro o de su
material, o del material de cualquier miembro
de la, o del material de cualquier miembro de
la comunidad escolar.
a. Amonestación privada, verbal o por escrito.
b. Comparecencia ante la dirección o jefatura de estudios.
c. La restricción de uso de determinados espacios y recursos del centro.
d. La sustitución del recreo por una actividad alternativa, como la mejora, cuidado y conservación de algún
espacio del centro.
e. El desarrollo de las actividades escolares en un espacio distinto al aula de grupo habitual, bajo el control
de profesorado del centro, en los términos dispuestos en el artículo 25 del Decreto de Convivencia Escolar.
Artículo 25. “El profesor del grupo podrá interponer temporalmente esta medida durante el periodo de
su clase cuando la conducta impida al resto del alumnado ejercer el derecho a la enseñanza y
aprendizaje, adoptándose una vez agotadas otras posibilidades. La dirección del centro organizará la
atención al alumnado objeto de esta medida. El docente responsable de la clase informará a la Jefatura
de estudios y al tutor o tutora del grupo de las circunstancias que han motivado la adopción de esta
medida”.
f. La realización de tareas escolares en el centro en el horario no lectivo del alumnado, por un tiempo
limitado y con el conocimiento y la aceptación de los padres, madres o tutores legales del alumno o alumna.
REFERNTES AL “PROGRAMA CARMENTA”
g. No traer la tablet al Centro durante la jornada
escolar de manera reiterada.
h. Que la tablet venga sin carga suficiente o se
quede sin batería a lo largo de la jornada
escolar, impidiendo el correcto seguimiento de
la clase.
i. Hacer un mal uso de la propia tablet. Si el mal
uso es reincidente, será considerada grave.
a. Amonestación privada, verbal o por escrito.
b. Comparecencia ante la dirección o jefatura de estudios.
d. La sustitución del recreo por una actividad alternativa, como la mejora, cuidado y conservación de algún
espacio del centro.
23. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
23
2.3.5 CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO.
CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO
CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES: MEDIDAS CORRECTORAS:
a. Los actos de indisciplina que alteren gravemente el desarrollo normal
de las actividades del centro.
b. Las injurias u ofensas graves contra otros miembros de la comunidad
escolar.
c. El acoso o la violencia contra personas, y las actuaciones perjudiciales
para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad
educativa.
d. Las vejaciones o humillaciones, particularmente aquéllas que tengan
una implicación de género, sexual, religiosa, racial o xenófoba, o se
realicen contra aquellas personas más vulnerables de la comunidad
escolar por sus características personales, económicas, sociales o
educativas.
e. La suplantación de identidad, la falsificación o sustracción de
documentos y material académico.
f. El deterioro grave, causado intencionadamente, de las dependencias
del centro, de su material o de los objetos y las pertenencias de los demás
miembros de la comunidad educativa.
g. Exhibir símbolos racistas, que inciten a la violencia, o de emblemas que
atenten contra la dignidad de las personas y los derechos humanos; así
como la manifestación de ideologías que preconicen el empleo de la
violencia, la apología de los comportamientos xenófobos o del terrorismo.
h. La reiteración de conductas contrarias a las normas de convivencia en
el centro.
i. Incumplimiento de las medidas impuestas con anterioridad.
a. La realización en horario no lectivo de tareas educativas por un
periodo superior a una semana e inferior a un mes.
b. La suspensión del derecho a participar en determinadas actividades
extracurriculares o complementarias durante un periodo que no superior
a un mes.
c. La realización de tareas educativas fuera del centro, con suspensión
temporal de la asistencia al propio centro docente por un periodo que
no podrá ser superior a quince días lectivos, sin que ello comporte la
pérdida del derecho a la evaluación continua, y sin perjuicio de la
obligación de que el alumno o la alumna acuda periódicamente al
centro para el control del cumplimiento de la medida correctora. En este
supuesto, la tutora o el tutor establecerá un plan de trabajo con las
actividades a realizar por el alumno o la alumna sancionado, con
Inclusión de las formas de seguimiento y control durante los días de no
asistencia al centro, para garantizar así el derecho a la evaluación
continua. En la adopción de esta medida tienen el deber de colaborar
las madres, padres o representantes legales del alumno.
d. Se podrá proponer al Director Provincial de Educación, Cultura y
Deportes, en aquellas localidades en las que exista más de un centro
docente, el cambio de centro.
24. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
24
2.3.6 PROCEDIMIENTOS PARA APLICAR LAS MEDIDAS CORRECTORAS.
1. Se produce la o las conductas contrarias a las NCOF.
2. El tutor–a o docente que ha estado presente en los hechos acontecidos se reúne con el/los alumnos-as implicados-as,
para recabar información de las partes.
3. Realización del Parte de Conducta contraria por parte del tutor-a o docente, y remisión del mismo a la Jefatura de
Estudios.
4. Comunicación (telefónica) de la Jefatura de Estudios a las familias de los-as alumnos-as implicados-as en los hechos
acontecidos.
5. Trámite de audiencia de la Dirección con el/los alumnos-as implicado-as, con el tutor-a/ y familia.
6. La Dirección establecerá la medida correctora más adecuada a la conducta contraria y la comunicará por escrito a las
familias.
REFERNTES AL “PROGRAMA CARMENTA”
j. La acumulación de 3 faltas leves.
k. De forma general y para cualquier dispositivo, el uso de cámara de
fotos, vídeos y grabaciones no autorizadas previamente por el profesor.
l. La difusión de imágenes, fotos, vídeos y grabaciones de cualquier índole
no autorizadas expresamente por el profesor.
m. No traer al Centro la tablet durante más de 7 días consecutivos.
n. Dañar la propia tablet, y/o sustraer o dañar la tablet o cualquier otro
dispositivo digital, a un compañero o personal del Centro.
a. La realización en horario no lectivo de tareas educativas por un
periodo superior a una semana e inferior a un mes.
b. La suspensión del derecho a participar en determinadas actividades
extracurriculares o complementarias durante un periodo que no superior
a un mes.
25. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
25
7. Plazo de dos días para formular alegaciones o presentar reclamación.
8. Ejecución de la medida correctora.
MEDIDAS CORRECTORAS ¿QUIÉN? CONDICIONES
a) Amonestación privada o por escrito.
- Docente.
- Dirección.
Audiencia con el alumnado y docente para
conductas leves.
b) Comparecencia inmediata ante Jefatura de Estudios o
Dirección.
- Docente.
- Alumnado.
Audiencia con el alumnado y docente,
independientemente de la gravedad de la
conducta.
c) Restricción del uso de determinados espacios y
recursos del centro.
- Dirección.
Trámite de audiencia.
Período limitado.
d) Sustitución del recreo por una actividad alternativa,
como la mejora, cuidado y conservación de algún
espacio del centro.
- Dirección.
Trámite de audiencia.
Período limitado.
e) El desarrollo de las actividades escolares en un espacio
distinto al aula de su grupo habitual, bajo el control de
profesorado del centro, en los términos dispuestos en el
artículo 25 del Decreto de Convivencia Escolar.
- Dirección.
Trámite de audiencia.
Período limitado.
f) Realización de tareas escolares en el centro en horario
no lectivo.
- Dirección.
Trámite de audiencia.
Período limitado: entre 2 semanas y 1 mes.
26. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
26
MEDIDAS CORRECTORAS ¿QUIÉN? CONDICIONES
g) Realización de tareas que contribuyan a la mejora y el
desarrollo de las actividades en el centro dirigidas a
reparar el daño causado a instalaciones, material o
pertenencias de otros miembros de la comunidad
educativa.
- Dirección. Trámite de audiencia.
h) Suspensión del derecho a participar en las actividades
extracurriculares o complementarias del centro.
- Dirección.
Trámite de audiencia.
Período no superior a un mes.
i) Suspensión de asistencia al centro. Durante el tiempo
que dure la suspensión, el alumno deberá realizar las
tareas escolares que se determinen para evitar la
interrupción del proceso formativo
- Dirección.
- Comisión de Convivencia
del Consejo Escolar.
Trámite de
Unanimidad de la Comisión de Convivencia.
Programa de tareas escolares a realizar.
Período no superior a 15 días.
NOTA: La aplicación de cualquier medida correctora conllevará la realización del Parte de Conducta Contraria y presentación del mismo a la Jefatura de
Estudios, así como su registro en Delphos y el trámite de audiencia del alumnado y docente o tutor-a con la Jefatura de Estudios o Dirección, previo a la
audiencia con las familias.
27. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
27
2.3.7 AUTORIDAD DEL PROFESORADO.
La Administración Educativa de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
entiende que la educación necesita, para que sea posible ejercerla, un clima de
convivencia positivo en el centro educativo y un profesorado respetado y reconocido
socialmente, que goce de la necesaria autoridad para garantizar la consecución de los
objetivos finales de la educación en todas las instituciones educativas.
El sistema educativo debe velar porque en las aulas reine un clima de estudio,
esfuerzo, convivencia, y superación personal, donde el alumnado se desarrolle como
personas capaces de transformar la sociedad y se preparen para poder afrontar los
retos del futuro. Por todo ello, el proceso de mejora y transformación de la educación
para conseguir una enseñanza de calidad, que trate de prevenir el fracaso escolar,
pasa, necesariamente, por reforzar la autoridad del docente como pieza esencial en el
proceso de enseñanza-aprendizaje en el que debe darse un buen clima de trabajo y
respeto mutuo entre todos los miembros de la comunidad educativa: alumnado,
profesorado y familia.
Derechos del profesorado:
A. A la protección jurídica del ejercicio de sus funciones docentes.
B. A la atención y asesoramiento por la Consejería con competencias en materia
de enseñanza no universitaria que le proporcionará información y velará para
que tenga la consideración y el respeto social que merece.
C. Al prestigio, crédito y respeto hacia su persona, su profesión y sus decisiones
pedagógicas por parte de los padres, madres, alumnado y demás miembros de
la comunidad educativa.
D. A solicitar la colaboración de los docentes, equipo directivo, padres o
representantes legales y demás miembros de la comunidad educativa en la
defensa de sus derechos derivados del ejercicio de la docencia.
E. Al orden y la disciplina en el aula que facilite la tarea de enseñanza.
F. A la libertad de enseñar y debatir sobre sus funciones docentes dentro del
marco legal del sistema educativo.
28. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
28
G. A tomar medidas disciplinarias ante las conductas disruptivas que se ocasionen
en el aula y que impidan crear un buen clima de enseñanza-aprendizaje.
H. A hacer que los padres colaboren, respeten y hagan cumplir las normas
establecidas por el centro.
I. A desarrollar la función docente en un ambiente educativo adecuado, donde
sean respetados sus derechos, especialmente aquellos dirigidos a su integridad
física y moral.
J. A tener autonomía para tomar las decisiones necesarias, de acuerdo con las
normas de convivencia establecidas, que le permitan mantener un adecuado
clima de convivencia y respeto durante las clases, las actividades
complementarias y extraescolares.
Autoridad pública.
1. El profesorado tendrá, en el desempeño de las funciones docentes, de gobierno
y disciplinarias, la condición de autoridad pública y gozará de la protección
reconocida a tal condición por el ordenamiento jurídico.
Presunción de veracidad.
1. Los hechos constatados por el profesorado en el ejercicio de las competencias
correctoras o disciplinarias gozarán de la presunción de veracidad cuando se
formalicen por escrito en el curso de los procedimientos administrativos
tramitados en relación con las conductas que sean contrarias a las normas de
convivencia, sin perjuicio de las pruebas que, en defensa de los respectivos
derechos o intereses, puedan ser señaladas o aportadas por los presuntos
responsables.
Responsabilidad y reparación de daños.
1. Los alumnos/as o personas con él relacionadas que individual o colectivamente
causen, de forma intencionada o por negligencia, daños a las instalaciones,
equipamientos informáticos, incluido el software, o cualquier material del centro,
así como a los bienes de los miembros de la comunidad educativa, quedarán
obligados a reparar el daño causado o hacerse cargo del coste económico de
su reparación o restablecimiento, cuando no medie culpa invigilando de los/as
29. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
29
profesores/as. Asimismo, deberán restituir los bienes sustraídos, o reparar
económicamente el valor de estos.
2. En todo caso, quienes ejerzan la patria potestad o la tutela de los menores de
edad serán responsables civiles en los términos previstos por la legislación vigente.
3. En los casos de agresión física o moral al profesor o profesora causada por el/la
alumno/a o personas con ellos relacionadas, se deberá reparar el daño moral
causado mediante la petición de excusas y el reconocimiento de la
responsabilidad de los actos. La concreción de las medidas educativas
correctoras o disciplinarias se efectuará por resolución de la persona titular de la
dirección del centro educativo público y por la titularidad del centro en el caso
de centros privados concertados, en el marco de lo que dispongan las normas
de convivencia, funcionamiento y organización de los centros, teniendo en
cuenta las circunstancias personales, familiares o sociales, la edad del alumno o
alumna, la naturaleza de los hechos y con una especial consideración a las
agresiones que se produzcan en los centros de educación especial, debido a las
características del alumnado de estos centros.
4. La persona titular de la dirección del centro educativo público o del centro
privado concertado comunicará, simultáneamente, al Ministerio Fiscal y a los
Servicios Periféricos competentes en materia de educación, cualquier hecho que
pudiera ser constitutivo de un ilícito penal, sin perjuicio del inicio del
procedimiento para la imposición de correcciones o de la adopción de las
medidas cautelares oportunas.
5. La Consejería con competencias en materia de educación establecerá la
homogenización de las medidas educativas correctoras o disciplinarias para que
todos los centros, ante la misma falta o hecho, tengan la misma respuesta.
De conformidad con lo establecido en el Estatuto de Autonomía, corresponde a
la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la competencia de desarrollo
legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados,
modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la
Constitución y las Leyes Orgánicas que conforme al artículo 81 de la misma lo
desarrollen.
30. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
30
En virtud de ello se desarrollan la Ley 3/2012, de 10 de mayo y el Decreto 13/2013
de 21/03/2013 en las cuales se establece:
CONDUCTAS QUE MENOSCABAN LA AUTORIDAD DEL PROFESORADO
CONDUCTAS CONTRARIAS MEDIDAS CORRECTORAS
1. Serán objeto de medidas correctoras las conductas
contrarias a las normas de convivencia, organización y
funcionamiento del centro y del aula que menoscaben la
autoridad del profesorado en el ejercicio de su labor
profesional docente y que los alumnos realicen dentro del
recinto escolar o fuera de él, siempre que sucedan durante
el desarrollo de actividades comprendidas en el ámbito
escolar. Se entenderá a este no sólo referido al propio
centro, sino a cuantas actividades y servicios educativos
que requieran la presencia del profesorado.
2. Se establecen como conductas que atentan contra la
autoridad del profesorado las siguientes:
a) La realización de actos que, menoscabando la autoridad
del profesorado, perturben, impidan o dificulten el
desarrollo normal de las actividades de la clase o del
centro. En todo caso, quedarán incluidas las faltas de
asistencia a clase o de puntualidad del alumnado que no
estén justificadas, y todas aquellas faltas que por su
frecuencia y reiteración incidan negativamente en la
actividad pedagógica del docente. Quedarán excluidas
aquellas faltas no justificadas debidas a situaciones de
extrema gravedad social no imputables al propio
alumnado.
b) La desconsideración hacia el profesorado, como autoridad
docente.
c) El incumplimiento reiterado de los alumnos de su deber de
trasladar a sus padres o tutores la información relativa a su
proceso de enseñanza y aprendizaje facilitada por el
profesorado del centro, limitando así la autoridad de los
mismos, en los niveles y etapas educativos en que ello fuese
responsabilidad directa del alumnado, sin detrimento de la
responsabilidad del profesorado en su comunicación con
las familias o de las propias familias en su deber de estar
informadas del proceso de enseñanza y aprendizaje del
alumnado.
d) El deterioro de propiedades y del material personal del
profesorado, así como cualquier otro material, que facilite o
utilice el profesorado para desarrollar su actividad docente,
causado intencionadamente por el alumnado.
a) La realización de tareas escolares en el
centro en el horario no lectivo del
alumnado, por un tiempo mínimo de cinco
días lectivos.
b) Suspensión del derecho a participar en las
actividades extraescolares o
complementarias del centro, por un
período mínimo de cinco días lectivos y un
máximo de un mes.
c) Suspensión del derecho de asistencia a
determinadas clases, por un plazo máximo
de cinco días lectivos, a contar desde el
día en cuya jornada escolar se haya
cometido la conducta infractora.
d) La realización de tareas educativas fuera
del centro, con suspensión del derecho de
asistencia al mismo, por un plazo mínimo de
cinco días lectivos y un máximo de diez
días lectivos, con sujeción a lo establecido
en el artículo 26.d. del Decreto 3/2008, de 8
de enero. El plazo empezará a contarse
desde el día en cuya jornada escolar se
haya cometido la conducta infractora.
31. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
31
CONDUCTAS GRAVEMENTE ATENTATORIAS DE LA AUTORIDAD DEL PROFESORADO
CONDUCTAS CONTRARIAS MEDIDAS CORRECTORAS
a) Los actos de indisciplina de cualquier alumno que
supongan un perjuicio al profesorado y alteren
gravemente el normal funcionamiento de la clase y
de las actividades educativas programadas y
desarrolladas por el Claustro.
b) La interrupción reiterada de las clases y actividades
educativas.
c) El acoso o violencia contra el profesorado, así como
los actos perjudiciales para su salud y su integridad
personal, por parte de algún miembro de la
comunidad educativa.
d) Las injurias u ofensas graves, así como las vejaciones
o humillaciones hacia el profesorado,
particularmente aquéllas que se realicen en su contra
por sus circunstancias personales, económicas,
sociales o educativas.
e) La suplantación de identidad, la falsificación o
sustracción de documentos que estén en el marco
de la responsabilidad del profesorado.
f) La introducción en el Centro educativo o en el aula
de objetos o sustancias peligrosas para la salud y la
integridad personal del profesorado.
g) Utilizar y exhibir símbolos o manifestar ideologías en el
aula que supongan un menoscabo de la autoridad y
dignidad del profesorado, a juicio del mismo.
h) El incumplimiento de las medidas correctoras
impuestas con anterioridad. Tras la valoración y el
análisis de los motivos de tal incumplimiento, podrá
agravar o atenuar la consideración de la conducta
infractora y, en consecuencia, matizar las medidas
educativas correctoras.
i) El grave deterioro de propiedades y del material
personal del profesorado, así como cualquier otro
material, que facilite o utilice el profesorado para
desarrollar su actividad docente, causado
intencionadamente por el alumnado.
Además de las anteriormente señaladas:
a) La realización de tareas educativas en el centro,
en horario no lectivo del alumnado, por un tiempo
mínimo de diez días lectivos y un máximo de un
mes.
b) La suspensión del derecho del alumnado a
participar en determinadas actividades
extraescolares o complementarias, que se
realicen en el trimestre en el que se ha cometido
la falta o en el siguiente trimestre.
c) El cambio de grupo o clase.
d) La suspensión del derecho de asistencia a
determinadas clases, por un periodo superior a
cinco días lectivos e inferior a un mes, a contar
desde el día en cuya jornada escolar se haya
cometido la conducta infractora.
e) La realización de tareas educativas fuera del
centro, con suspensión temporal de la asistencia
al propio centro docente por un periodo mínimo
de diez días lectivos y un máximo de quince días
lectivos, con sujeción a lo establecido en el
artículo 26.d del Decreto 3/2008, de 8 de enero. El
plazo empezará a contar desde el día en cuya
jornada escolar se haya cometido la conducta
infractora.
32. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
32
2.3.8 ACTUACIÓN DEL CENTRO EDUCATIVO CUANDO UN MENOR NO ACATA
LAS NORMAS DE CONVIVENCIA.
Siguiendo las instrucciones marcadas en el PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN CON
MENORES y ADOLESCENTES, publicado por la Consejería de Educación-Cultura y
Deportes en junio del 2015:
Normativa de aplicación:
Ley 3/2012, de 10 de mayo, de autoridad del profesorado (D.O.C.M. 99 de 21 de
mayo de 2012).
Decreto 13/2013, de 21 de marzo, de autoridad del profesorado en Castilla-La
Mancha (D.O.C.M. 60 de 26 de marzo de 2013).
Decreto 3/2008, de 8 de enero, de la convivencia escolar en Castilla-La Mancha
(D.O.C.M. 9 de 11 de enero de 2008).
Orden de 20/06/2013, de la Dirección General de Organización, Calidad
Educativa y Formación Profesional, por la que pone en funcionamiento la Unidad
de Atención al Profesorado (D.O.C.M. 121 de 25 de junio de 2013).
Actuaciones:
En general, en estos casos se actuaría siguiendo los siguientes pasos:
Aplicación de la normativa en vigor.
Poner en conocimiento de los padres, tutores o representantes legales:
comunicar la situación y/o la incidencia a los padres, tutores o representantes
legales del menor o joven, tratando de buscar este apoyo como forma más
normalizada de reconducción de la conducta del mismo.
Poner denuncia desde la dirección del centro escolar: ante desacatos graves y
disruptivos que impiden el funcionamiento normal del centro educativo, se
denunciará el suceso ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad por medio de la
dirección del centro educativo. De este modo es utilizado el recurso del Juzgado
de Menores con carácter educativo.
33. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
33
2.4 NORMAS DE AULA.
Siguiendo el Decreto 3/2008 sobre Convivencia Escolar en Castilla-La Mancha, se
deberán elaborar, aprobar y difundir los criterios comunes y los elementos básicos que
deben incorporar las normas de convivencia, organización y funcionamiento de las
aulas, así como el procedimiento de elaboración y los responsables de su aplicación.”
(Art. 6, apartado c).
Las normas específicas de cada aula serán elaboradas, revisadas y aprobadas
anualmente por el profesorado y el alumnado que conviven en el aula, coordinados por
el tutor/a del grupo. El Consejo Escolar velará por que dichas Normas no vulneren las
establecidas con carácter general para todo el centro. (Art. 7, apartado 2)
El proceso para la elaboración de normas de aula debe ser lo suficientemente
ágil para que puedan estar establecidas lo antes posible.
Es necesario, tanto en el segundo ciclo de Educación Infantil como en la etapa
de Educación Primaria, enseñar normas, su necesidad, las ventajas de su cumplimiento,
la responsabilidad de cada uno en el mismo, las consecuencias que conlleva su
incumplimiento... Pero el procedimiento que proponemos a continuación debe
adaptarse a las características psicoevolutivas del alumnado, no se puede tener el
mismo grado de participación e implicación en su elaboración a los 6 que a los 11 años.
Se debe partir de los problemas concretos, los comportamientos que
consideramos inadecuados, de situaciones que perturban el grupo, que impiden el
logro de objetivos compartidos, intentando determinar las posibles causas.
Es conveniente establecer pocas normas, claras y sencillas que describan
comportamientos adecuados y esperados, redactadas en positivo siempre que sea
posible y dejando claros los procedimientos establecidos en caso de su incumplimiento.
Para éste curso 2021/22 es necesario introducir normas de aula que traten los
pilares básicos de higiene y seguridad frente al COVID-19, (distanciamiento, uso
de mascarillas y lavado de manos). En el punto 12.4 de éste documento se
desarrollan las diferentes normas de aula.
En general, para la elaboración democrática de las normas de aula debemos
procurar seguir los siguientes pasos:
34. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
34
Sensibilización.
En un primer momento el profesor/a-tutor/a pretende sensibilizar y concienciar al
alumnado de la necesidad de tener unas normas en clase como en cualquier otro
grupo social, el concepto de norma y su importancia para las relaciones interpersonales.
Que reflexionen sobre sus objetivos como grupo-clase, así como sobre los derechos y
deberes del alumnado y profesorado.
Auto-revisión y toma de decisiones.
Cada equipo docente puede establecer una relación de aspectos a tratar en los
grupos de su nivel. Se puede disponer de documentos sencillos en los que anotar los
comportamientos inadecuados y aquellas situaciones más conflictivas del aula. Hacer
una puesta en común por parte de los equipos docentes de las preocupaciones más
comunes, del análisis de las causas que pueden subyacer a los problemas, así como de
las estrategias y actuaciones más eficaces que se llevan a cabo, puede ser de gran
ayuda a la hora de facilitar y dar coherencia al proceso de elaboración de normas de
aula.
El equipo docente tiene que decidir el grado de participación y responsabilidad
del alumnado en el proceso de elaboración de normas de aula. Se debe acordar si se
considera también el establecimiento de normas para el profesorado en el aula. Esta
decisión puede suponer la mejora del restablecimiento de la autoridad reconocida al
profesorado y adquirir un talante de coherencia y justicia para el alumnado.
Producción de normas.
En esta fase se formulan, con la participación de todos y todas y mediante un
procedimiento democrático, las normas de convivencia, las del profesorado y las del
alumnado.
Se realiza una propuesta de aquellas que se consideran más adecuadas,
explicando el sentido y la finalidad de las mismas en base a los objetivos del grupo:
llevarnos bien, atender,... analizando qué es aquello que dificulta su consecución
(conductas de indisciplina, uso inadecuado de material, impuntualidad...) y qué normas
pueden servir para lograr nuestros objetivos.
35. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
35
Se podrán incluir una graduación de actuaciones previas a las medidas
correctoras, de manera que el profesorado tenga acordado una especie de protocolo
de actuación ante conductas disruptivas que den coherencia a su intervención, que
faciliten el cumplimiento de las normas, y, por tanto, la eficacia de la normativa. Siempre
teniendo en cuenta la necesidad de flexibilizar las actuaciones para adaptarlas a cada
caso concreto como se establece en las NCOF. Así mismo puede ser conveniente
decidir quién es el responsable de estas actuaciones acordadas, en qué casos es el
profesor o profesora del grupo y cuándo intervienen otros responsables.
Es importante decidir previamente sobre qué aspectos de la vida del aula se van
a definir las normas, para lo es de gran utilidad la auto-revisión realizada en la fase
anterior y poder valorar las normas ya existentes, así como aquellas estrategias,
actuaciones y medidas correctoras que utilizamos de forma eficaz y aquellas que no
cumplen su objetivo.
Antes de comenzar la producción de las normas es básico dar pautas claras al
alumnado sobre:
Cuáles son los ámbitos sobre los que pueden decidir para ajustar sus
expectativas respecto a su capacidad de decisión, por ejemplo no podrán
hacerlo sobre horarios, agrupamientos... u otras decisiones que no son de su
competencia.
Los criterios necesarios para la formulación de las normas: que sean coherentes
con el objetivo del grupo-clase, con las normas de centro y los derechos y
deberes legales; deben ser claras y poco numerosas; que sean realizables y
concretas, resulte fácil determinar si se cumplen; que sean realistas y fáciles de
cumplir; que estén enunciadas en positivo.
Se proponen, con la participación de todos y todas, posibles medidas correctoras
o consecuencias a su incumplimiento dentro del marco que establece las NCOF. Es
importante aclarar cuál debe ser la finalidad de las sanciones y establecer los criterios
adecuados para definir las consecuencias, como por ejemplo: que sean realistas y
factibles; que guarden proporción con la gravedad de la falta cometida; que no vayan
en contra de los derechos fundamentales de la persona, etc. Así como las actuaciones
que vamos a acordar a la hora de intervenir en las situaciones de trasgresión de las
normas.
36. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
36
Consenso, elaboración definitiva y difusión.
En este momento se debe llegar a un pacto, fruto del consenso, en el que se
acuerden, de las normas formuladas, las que se consideran adecuadas por parte del
alumnado y todo el profesorado que imparte clase al grupo. Para que esta fase del
proceso sea eficaz se deben cumplir los siguientes requisitos:
Se deberá gozar de capacidad real de decisión en el grupo.
La comunicación debe ser eficaz.
Se puede comenzar con aquellas normas con las que tengamos posibilidad
de acuerdo.
Cuando aparezcan discrepancias insuperables se deben proponer
alternativas.
Se comenzarán con pocas normas, dos o tres.
Se puede considerar que se acuerde una normativa común para cada nivel o
cada ciclo, en cuyo caso los equipos docentes revisarán las propuestas de cada grupo
y elaboran las definitivas.
Es conveniente que las normas y sus correcciones estén siempre disponibles en las
aulas. Así mismo es muy importante la coordinación con las familias, que estén
informadas del proceso que se está realizando y de las normas y correcciones
acordadas. Contar con su colaboración hará más fácil hacer cumplir las normas.
Aplicación y revisión de las normas.
Tanto de las normas de centro como de las de aula es necesario un seguimiento
posterior a la difusión de la normativa y la aplicación de la misma. Debemos plantear su
evaluación, revisión y ajuste de la misma, para mantenerla actualizada. No tiene mucho
sentido tener establecidas normas que no suponen la solución a problemas reales, que
es imposible cumplirlas, y/o medidas correctoras que no se pueden llevar a cabo o que
se muestran ineficaces para hacer cumplir las normas como las expulsiones reiteradas
sin más, los partes o amonestaciones sin consecuencias...
Lógicamente esta revisión se hará de forma programada según se considere,
quincenal, mensual o trimestralmente. Al principio es mejor que se realice en periodos
más cortos de tiempo.
Podemos establecer los siguientes criterios para evaluar la adecuación de las
normas:
37. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
37
La norma debe ser necesaria.
La norma debe ser razonable.
La norma debe ser sencilla y clara.
La norma debe ser flexible.
Cuando sea posible la norma debe expresarse de forma positiva.
La norma debe ser adecuada a los niveles de desarrollo cognoscitivo y social de
los alumnos.
Y respecto al procedimiento se recomienda:
Las normas deben establecerse antes de que comience o al comienzo el curso
escolar.
Las normas deben exponerse por todo el centro educativo.
Toda la comunidad educativa debe tener ejemplares de las normas.
Las consecuencias de transgredir las normas, es decir las medidas correctoras, los
criterios de aplicación y su graduación, deben estar claras.
Debe haber el menor número de normas.
Los centros educativos deben “enseñar” las normas.
En nuestro CRA trabajamos las normas de aula al comienzo de cada curso de
manera que es un trabajo compartido y consensuado entre profesionales que
comparten problemáticas e inquietudes, estas normas de aula se encuentran
especificadas en los Anexos de este documento.
2.5 DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA
COMUNIDAD EDUCATIVA.
Promover la mejora de la convivencia en los centros escolares requiere
necesariamente, junto con otras actuaciones, el establecimiento de un sistema de
normas elaboradas democráticamente que sean el reflejo de la participación, el
diálogo y el consenso de la Comunidad Educativa:
38. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
38
DOCENTES
DERECHOS OBLIGACIONES
Ser respetado en su dignidad personal y
profesional.
Recibir la información pertinente sobre las
decisiones que se tomen en los respectivos
órganos competentes.
A intervenir en todo aquello que afecte a la
vida y disciplina del centro a través de los
canales reglamentados.
Asistir a las reuniones del Claustro con voz y
voto.
Participar en las reuniones de los órganos de
los que forma parte.
A ejercer funciones de docencia e
investigación haciendo uso de los métodos
que considere más adecuados, dentro de
las orientaciones pedagógicas, planes y
programas, en consonancia con el PEC.
Libertad de cátedra, orientando su ejercicio
a la realización de los fines educativos y, en
cualquier caso, de conformidad con el PEC.
Convocar a los padres de sus alumnos
individualmente o en grupo, con el
conocimiento previo del tutor y para tratar
temas relacionados con la formación de sus
hijos.
Condiciones dignas de trabajo y material
adecuado y suficiente para desempeñar sus
funciones.
A ejercer por tiempo limitado las funciones
directivas para las que fuese designado.
Los profesores, como funcionarios públicos
que son, tienen los derechos y deberes que
establecen la Ley Articulada de
Funcionarios Civiles del Estado de 7 de
febrero de 1.964 y la Ley 30/1.984, de 2 de
agosto, así como las que determinen, en su
día, las Leyes de Función Pública de la
Comunidad de C.L.M.
Asistir con puntualidad a sus clases y a las
reuniones de los órganos de los que forme
parte.
Programar y preparar el trabajo escolar,
procurando la mayor eficacia y
aprovechamiento en el trabajo docente.
Facilitar la participación y el respeto de los
alumnos en clase.
Desarrollar la evaluación objetiva, y
continua a los alumnos.
Mostrar a padres, madre o tutores legales los
exámenes realizados.
Cumplir las disposiciones sobre enseñanza,
cooperando con las Autoridades educativas
para conseguir la mayor eficacia de las
enseñanzas, en interés de los alumnos y de la
sociedad.
Llevar el registro de la asistencia de los
alumnos, así como el control de los trabajos y
ejercicios de los mismos.
Vigilar los patios, cuidar a los alumnos y
controlar sus comportamientos,
especialmente en el recreo y en aquellas
actividades fuera del aula.
Asistir puntualmente a los Claustros y a
cuantas reuniones sea convocado por la
autoridad competente.
A intervenir en todo aquello que afecte a la
vida y disciplina del centro a través de los
canales reglamentados.
Realizar las funciones para las que haya sido
elegido.
Extremar el cumplimiento de las normas
éticas que exige su función educativa.
Mantener con los padres de los alumnos un
clima de colaboración en lo concerniente a
la labor educativa de sus hijos.
Asegurar de manera permanente su propio
perfeccionamiento científico y pedagógico.
Velar por el cumplimento de las normas
covid-19, tanto dentro del aula como en el
centro.
Registrar todas aquellas conductas
desfavorables del alumnado referentes tanto
a comportamiento como al incumplimiento
de las medidas covid-19.
39. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
39
ALUMNADO
DERECHOS OBLIGACIONES
Recibir una formación de calidad, en
condiciones de igualdad, que contribuya
al pleno desarrollo de su personalidad
desde el respeto y la adaptación de la
enseñanza a su singularidad.
a. Para ello, se tendrá en cuenta que su
formación responda a los fines y principios
establecidos por el sistema educativo
(artículo 1 y 2 de la LOE) y permita el
desarrollo de las competencias básicas, en
un contexto normalizado y heterogéneo sin
exclusiones por razón de la capacidad
personal, la cultura, la lengua, el sexo, el
nivel social o las convicciones morales o
religiosas.
b. Asimismo, a la puesta en práctica de
programas personalizados adaptados a la
competencia, ritmos y estilos de aprendizaje
y, en general, a las necesidades específicas
de todos y cada uno de las alumnas y
alumnos.
c. En aplicación del artículo 44 del R.D.
732/1995 de 05-05-95, por el que se
establecen los derechos y deberes de los
alumnos, y para aquellos alumnos que
presenten un gran número de faltas de
asistencia, sea por enfermedad, temporeros,
incorporación tardía… debe existir una
evaluación inicial, y a su vuelta al centro, se
les realizará una enseñanza adaptada a su
ritmo de aprendizaje y nivel de
competencia curricular, practicándose una
evaluación continua. De cara a la
promoción, se les aplicarán los criterios
mínimos de promoción, establecidos en las
correspondientes programaciones
didácticas.
A recibir una educación en valores, que
favorezca la práctica democrática y los
valores sociales de comprensión, paz,
igualdad de los sexos y amistad entre
todos los pueblos, así como la adquisición
de hábitos de vida saludable y respeto al
medio ambiente. Para hacer efectivo este
derecho se tendrá en cuenta:
d. La incorporación al currículo de los valores
de calidad de vida personal y ambiental y
de convivencia democrática, con especial
referencia a la Educación para la
ciudadanía y los derechos humanos.
A respetar los derechos de los demás. El
alumnado tiene el deber de respetar el
ejercicio de los derechos y las libertades de
todos los componentes de la comunidad
educativa en lo relativo a su libertad de
conciencia, convicciones religiosas y
morales, dignidad, integridad e intimidad,
expresión de opiniones, derecho a recibir
educación en condiciones idóneas y a no
ser discriminados por razón de nacimiento,
raza, sexo y orientación sexual o por
cualquier otra circunstancia personal o
social.
A estudiar y respetar el estudio de los
compañeros. El estudio es un deber básico
del alumno que comporta el
aprovechamiento de sus aptitudes
personales y de las enseñanzas que se
impartan, con la finalidad de lograr un
óptimo desarrollo personal y una adecuada
preparación intelectual y profesional. Este
deber general se concreta en:
a. El deber de asistir a clase con puntualidad y, en
general, de respetar el horario escolar.
b. A participar en las actividades orientadas al
desarrollo de los planes de estudio, y
actividades previstas en la programación
general del centro.
c. A la realización de las tareas encomendadas
por el profesorado en el ejercicio de su
funciones docentes.
d. De respeto del derecho al estudio y el
aprendizaje de sus compañeros y compañeras.
A seguir las orientaciones de los profesores
respecto de su aprendizaje y mostrarle el
debido respeto y consideración.
A respetar y reconocer la autoridad del
profesorado. El alumnado tiene el deber de
respetar el derecho y la obligación del
profesorado a enseñar, el deber de
reconocer la autoridad de éste en la
aplicación de las Normas de Convivencia,
Organización y Funcionamiento del centro, y
el deber de acatar y cumplir con las órdenes
40. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
40
e. El ejercicio activo de la práctica
democrática y la participación en las
actividades del centro incluyendo la
regulación del marco propio de convivencia
en el aula.
f. La eliminación de los obstáculos que
dificulten la plena igualdad entre hombres y
mujeres y la formación en el respeto de la
igualdad de géneros.
A la valoración objetiva de su rendimiento
escolar y al reconocimiento del esfuerzo
desarrollado y el conocimiento alcanzado.
A tal fin:
g.El alumnado y sus familias serán informados
de los elementos básicos de las
programaciones didácticas, de los
contenidos que se consideran mínimos y de
los criterios por los que evalúa y califica su
competencia en los aprendizajes, así como
de los resultados de las pruebas realizadas
en evaluaciones parciales o finales de
cada curso.
h. Se harán públicos los criterios generales que
se van a aplicar en el Centro para la
evaluación de los aprendizajes y promoción
de los alumnos; y serán transmitidos de
forma comprensible al alumnado y sus
familias.
i. La información sobre el rendimiento escolar
será periódica.
Al respeto de sus propias convicciones. A
que se respete su libertad de conciencia,
sus convicciones religiosas y morales, y a
que sea respetada su identidad personal,
cultural y social.
Ninguna persona podrá ser obligada a
ejercer una opción religiosa, ideológica o
ética.
Los contenidos y materiales curriculares
excluirán cualquier elemento que pueda
constituir una manipulación ideológica o
propagandística, y no podrán incluir
estereotipos sexistas o discriminatorios.
Al respeto de su integridad física, su
intimidad y su dignidad personal, a la
protección contra todo acoso y agresión
física o moral.
A que el Centro mantenga las debidas
e instrucciones que el profesorado realice en
el desempeño de sus funciones y aceptar
con tolerancia a sus iguales.
De cumplir lo establecido en las Normas de
Convivencia, Organización y
Funcionamiento del centro y del aula y de
evitar la impunidad de los transgresores.
De conservar y respetar el material
curricular. El alumnado tiene el deber de
utilizar correctamente, cuidar y conservar los
espacios, los muebles, instalaciones del
Centro, y los materiales curriculares,
especialmente aquellos que se ponen a su
disposición por el centro para su uso gratuito
mediante el programa de gratuidad de
libros de texto y materiales curriculares
alternativos de Castilla La Mancha, así como
las pertenencias particulares de los demás
miembros de la Comunidad educativa.
A colaborar de forma activa en las
actividades que se organice en el centro y
en el aula, aportando ideas y esfuerzo
personal, y compartiendo tareas y
materiales. Asimismo tiene el deber de
colaborar activamente con el resto de
miembros de la comunidad escolar para
favorecer el mejor desarrollo de la actividad
educativa, de la tutoría y de la orientación, y
de la convivencia en el centro. En este
sentido, está obligado a contribuir en la
creación y mantenimiento de un clima
favorecedor de la convivencia.
Cumplir todas las medidas covid-19, velando
en todo momento por mantener un entorno
seguro tanto con los compañeros como con
los maestros.
41. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
41
reservas sobre toda aquella información
de que disponga acerca de las
circunstancias personales y familiares del
alumno. No obstante la Dirección del
Centro comunicará a la autoridad
competente las circunstancias que
puedan implicar malos tratos para el
alumno o cualquier otro incumplimiento
de los deberes establecidos por las leyes
de protección de los menores.
A participar en el funcionamiento y en la
vida del Centro, en las actividades
escolares y extraescolares que organice
el mismo.
A la libertad de expresión; a expresar las
propias opiniones sin más limitaciones
que las derivadas del respeto a los demás
y al marco establecido para el ejercicio
de dicho derecho.
Las Normas de Convivencia,
Organización y Funcionamiento
regularán la forma y el procedimiento
para el desarrollo del derecho a expresar
oralmente o por escrito las opiniones, ya
sean individuales o colectivas, ante
decisiones y acontecimientos
académicos, culturales o sociales, sin
prejuicio de los derechos de todos los
miembros de la comunidad educativa y
del respeto que, de acuerdo con los
principios y derechos constitucionales,
merecen todas las personas.
Derecho a la igualdad de oportunidades.
El alumnado tiene derecho a recibir las
ayudas y los apoyos precisos para
compensar las carencias y desventajas
de tipo personal, familiar, económico y
sociocultural, especialmente en el caso
de presentar necesidades educativas
especiales, que impidan o dificulten el
acceso a la permanencia en el sistema
educativo.
A recibir una educación sobre las
medidas preventivas para el covid-19
que vele por su seguridad.
42. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
42
FAMILIAS
DERECHOS OBLIGACIONES
A que sus hijos o pupilos reciban una
educación conforme a los fines
establecidos en la Constitución y en la
LODE, Artículo segundo.
A escoger centro docente distinto de los
creados por los poderes públicos.
A que sus hijos o pupilos reciban la
formación religiosa y moral que esté de
acuerdo con sus propias convicciones.
A la libre asociación en el ámbito
educativo con otros padres de alumnos del
Centro.
A participar en la gestión y control del
Centro de acuerdo con la legislación
vigente.
A que se les facilite el acceso a las pruebas
objetivas que haya realizado su hijo, una
vez corregidas y calificadas.
A recibir copia de los exámenes solicitados.
Ser informados al principio de curso de los
objetivos y contenidos mínimos para
obtener valoración positiva, así como de los
criterios de evaluación y de promoción de
sus hijos a los siguientes niveles educativos.
Ser tratados por el Centro de forma
respetuosa en su libertad y dignidad
personal.
Colaborar en la labor educativa del
Colegio, a través de los respectivos tutores,
especialmente en las actividades
complementarias y extraescolares.
Celebrar reuniones en los locales del
centro cuando tengan por objeto los fines
educativos y no interfieran el desarrollo
normal de las actividades, con
conocimiento expreso del Director del
Centro.
A recibir toda la información sobre las
medidas preventivas para el covid-19 que
Acatar el Proyecto Educativo del Centro,
las normas de convivencia, organización
y funcionamiento, los horarios y cuantas
indicaciones se hagan para el mejor
funcionamiento del Centro.
Colaborar en la labor educativa del
Colegio, animando a sus hijos al
cumplimiento de sus obligaciones de
estudiante, a observar las normas de
convivencia en el cumplimiento de sus
derechos y obligaciones, y participando
en las actividades extraescolares y
complementarias.
Proporcionar a su hijo el material, el
tiempo y las condiciones necesarias para
que se puedan cumplir los objetivos
educativos marcados.
Informar a su Tutor sobre las posibles
deficiencias físicas, psíquicas o aspectos
problemáticos de su hijo y adoptar las
medidas más adecuadas para corregirlos
o minimizarlos.
Justificar las faltas de asistencia de su hijo
al Centro, personalmente o por escrito.
Acatar las decisiones que en materia de
disciplina sean impuestas por los órganos
competentes en la materia, a tenor del
Real Decreto 732/1995, de 5 de mayo.
Evitar toda crítica negativa delante de los
hijos sobre los profesores y/o su labor
educativa.
Participar activamente en los órganos
colegiados para los que fuesen elegidos,
así como en los equipos de trabajo, según
sus posibilidades.
Concienciar a sus hijos/as para el
cumplimiento de todas las medidas
covid-19 implantadas por el centro.
Cumplir las normas covid-19 implantadas
por el centro para las familias: coger cita
43. NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CRA “La Manchuela”
43
vele por su seguridad y las de sus hijos/as . previa para acudir al centro, accediendo
siempre con mascarilla y guardando las
distancias de seguridad.
2.6 MEDIACIÓN: PROCEDIMIENTOS Y RESPONSABLES.
Entendemos la mediación escolar como un método para la resolución de
conflictos en el que interviene de forma imparcial una tercera persona, el cual puede
ser utilizado como estrategia preventiva en la gestión de conflictos entre los distintos
miembros de la comunidad educativa.
Este procedimiento tiene un principio fundamental, “la voluntariedad” para
acogerse o no al proceso de mediación. Otros principios básicos son: la imparcialidad
del mediador y la aceptación de la mediación y las medidas que del proceso se deriven
y el compromiso de su cumplimiento.
Los principios que rigen la mediación son:
Acto cooperativo en lugar de competitivo.
Carácter preventivo, es decir, orientado hacia el futuro y no hacia el
pasado.
Nadie pierde.
Exige honestidad y franqueza.
Es voluntario
Nosotros, dejando de un lado el yo.
Es confidencial.
No es punitivo.
Los objetivos a los que se dirige son especialmente:
Crear en el centro un ambiente más relajado y productivo
Contribuir a desarrollar actitudes de interés y de respeto por el otro.
Ayudar a reconocer y valorar los sentimientos, intereses, necesidades y
valores propios y de los otros.